Mandato

Mandato

De conformidad con la resolución 43/222 de la Asamblea General, el Comité tiene las siguientes atribuciones:

  1. Asesorar a la Asamblea General sobre todas las cuestiones relacionadas con la organización de conferencias en las Naciones Unidas.
  2. Planificar y coordinar las conferencias y reuniones en estrecha consulta con la Secretaría y todos los órganos competentes en la preparación del proyecto del calendario, en particular mediante el escalonamiento de las conferencias y reuniones a lo largo del año, y evitar en la mayor medida posible la superposición de reuniones relacionadas con el mismo sector de actividad en el mismo lugar de celebración.
  3. En este contexto, examinar las propuestas del Secretario General acerca del proyecto de calendario preparado sobre la base de sus propuestas presupuestarias y recomendar a la Asamblea General un proyecto de calendario de conferencias y reuniones que atienda las necesidades de las Naciones Unidas y permita una utilización óptima de los recursos de servicios de conferencias. En lo que se refiere a los cambios propuestos en relación con el calendario de conferencias y reuniones aprobado que tengan consecuencias administrativas y financieras, actuar en nombre de la Asamblea General, ajustándose al proceso presupuestario en vigor y respetando plenamente los mandatos de otros órganos.
  4. Determinar los medios de velar por la utilización óptima de las instalaciones y los servicios de conferencias, incluida la documentación, y presentar recomendaciones apropiadas a la Asamblea General.
  5. Asesorar a la Asamblea General acerca de las necesidades actuales y futuras de la Organización en materia de servicios e instalaciones de conferencias, así como de documentación.
  6. Formular recomendaciones, según proceda, a la Asamblea General sobre los medios de garantizar una mejor coordinación de las conferencias en el sistema de las Naciones Unidas, incluso los servicios y las instalaciones de conferencias, y celebrar consultas apropiadas al respecto.
  7. Vigilar la aplicación de todas las resoluciones de la Asamblea General sobre la organización, la prestación de servicios y la documentación relativas a reuniones y conferencias.
  8. Vigilar la política de publicaciones de la Organización, con la ayuda de la Junta de Publicaciones de la Secretaría y teniendo en cuenta la posición que hayan adoptado al respecto el Comité de Información y otros órganos pertinentes.
  9. Presentar un informe anual a la Asamblea General sobre la cuestión.

 

Recursos

OSS
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Calendar
Calendario de conferencias
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Diario
ODS
Sistema de Archivo de Documentos
GA res
Resoluciones de la Asamblea General