Mandato
Mandato
De conformidad con la resolución 43/222Opens a new window de la Asamblea General, el Comité tiene las siguientes atribuciones:
- Asesorar a la Asamblea General sobre todas las cuestiones relacionadas con la organización de conferencias en las Naciones Unidas.
- Planificar y coordinar las conferencias y reuniones en estrecha consulta con la Secretaría y todos los órganos competentes en la preparación del proyecto del calendario, en particular mediante el escalonamiento de las conferencias y reuniones a lo largo del año, y evitar en la mayor medida posible la superposición de reuniones relacionadas con el mismo sector de actividad en el mismo lugar de celebración.
- En este contexto, examinar las propuestas del Secretario General acerca del proyecto de calendario preparado sobre la base de sus propuestas presupuestarias y recomendar a la Asamblea General un proyecto de calendario de conferencias y reuniones que atienda las necesidades de las Naciones Unidas y permita una utilización óptima de los recursos de servicios de conferencias. En lo que se refiere a los cambios propuestos en relación con el calendario de conferencias y reuniones aprobado que tengan consecuencias administrativas y financieras, actuar en nombre de la Asamblea General, ajustándose al proceso presupuestario en vigor y respetando plenamente los mandatos de otros órganos.
- Determinar los medios de velar por la utilización óptima de las instalaciones y los servicios de conferencias, incluida la documentación, y presentar recomendaciones apropiadas a la Asamblea General.
- Asesorar a la Asamblea General acerca de las necesidades actuales y futuras de la Organización en materia de servicios e instalaciones de conferencias, así como de documentación.
- Formular recomendaciones, según proceda, a la Asamblea General sobre los medios de garantizar una mejor coordinación de las conferencias en el sistema de las Naciones Unidas, incluso los servicios y las instalaciones de conferencias, y celebrar consultas apropiadas al respecto.
- Vigilar la aplicación de todas las resoluciones de la Asamblea General sobre la organización, la prestación de servicios y la documentación relativas a reuniones y conferencias.
- Vigilar la política de publicaciones de la Organización, con la ayuda de la Junta de Publicaciones de la Secretaría y teniendo en cuenta la posición que hayan adoptado al respecto el Comité de Información y otros órganos pertinentes.
- Presentar un informe anual a la Asamblea General sobre la cuestión.
Recursos
![]() Ventanilla Única |
![]() Calendario de conferencias |
![]() Diario |
![]() Sistema de Archivo de Documentos |
![]() Resoluciones de la Asamblea General |