De conformidad con el artículo 52 del Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional (“Acuerdo BBNJ”, por sus siglas en inglés), el mecanismo financiero para el suministro de recursos financieros adecuados, accesibles, nuevos y adicionales y previsibles establecido en el Acuerdo incluye el fondo fiduciario del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM).

A raíz de su inclusión en el mecanismo financiero del Acuerdo BBNJ, el Consejo del FMAM autorizó el uso de hasta 34 millones de dólares del octavo ciclo de reposición de recursos del FMAM (de julio de 2022 a junio de 2026) para financiar actividades de apoyo a la ratificación del Acuerdo BBNJ y de acción temprana conexa (decisión 14/2023 del Consejo del FMAM, solo en inglés). En febrero de 2024, el Consejo del FMAM aprobó unas directrices iniciales sobre las actividades de asistencia y los proyectos de apoyo a la ratificación del Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la Conservación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional (solo en inglés) (decisión 14/2024 del Consejo del FMAM, solo en inglés).

La Secretaría del FMAM ha seleccionado a los tres organismos del FMAM siguientes para que ayuden a los países que reúnan los requisitos a acceder a apoyo a la ratificación del Acuerdo BBNJ y a financiación para acción temprana: la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA). Esta labor se lleva a cabo en estrecha coordinación con la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas (DAODM), que desempeña las funciones de secretaría en relación con el Acuerdo.

La DAODM y la secretaría del FMAM colaboran estrechamente evitando que surjan lagunas y duplicaciones en la prestación de asistencia de forma que los esfuerzos estén coordinados y los recursos se utilicen con eficiencia. A ese respecto, la DAODM y la secretaría del FMAM han hecho un estudio inicial de las necesidades en materia de creación de capacidad y asistencia técnica (solo en inglés), incluso en lo tocante a los avances en la firma y ratificación, aprobación, aceptación o adhesión, cuyos resultados fundamentarán la asistencia que se preste en adelante a los procesos destinados a hacerse parte en el Acuerdo y a fomentar la disposición de implementarlo. En este enlace se puede consultar la recopilación de los resultados del estudio inicial (solo en inglés).