De conformidad con el artículo 47, párrafo 2, del Acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (el Acuerdo), la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo será convocada por el/la Secretario/a General de las Naciones Unidas a más tardar un año después de la entrada en vigor del Acuerdo.
En la resolución 80/107 de la Asamblea General, la Asamblea solicitó al Secretario General que organizara la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo a más tardar el 17 de enero de 2027, en fechas y con la duración que se determinen en consulta con la Copresidencia y la Mesa de la Comisión Preparatoria establecida en virtud de la resolución 78/272. Tras dichas consultas, y según se anunció durante el tercer período de sesiones de la Comisión Preparatoria celebrado en marzo de 2026, el Secretario General convocará la primera reunión de la Conferencia de las Partes en el Acuerdo del 11 al 22 de enero de 2027 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York.
En su primera reunión, la Conferencia de las Partes examinará, entre otros, los documentos contenidos en los anexos I a X del informe de la Comisión Preparatoria (A/AC.296/2026/9), cuya consideración en la primera reunión de la Conferencia de las Partes fue recomendada por la propia Comisión Preparatoria.