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Mandato
En las resoluciones por las que se establece la Comisión de Consolidación de la Paz, a saber, A/RES/60/180 y S/RES/1645 (2005) , del 20 de diciembre de 2005, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas le encomendaron:
- agrupar a todas las entidades pertinentes para reunir recursos, proponer estrategias integradas de consolidación de la paz y recuperación después de los conflictos y asesorar sobre esas estrategias;
- centrar la atención en las tareas de reconstrucción y consolidación de las instituciones necesarias para la recuperación después de los conflictos y apoyar la elaboración de estrategias integradas para sentar las bases del desarrollo sostenible;
- formular recomendaciones y proporcionar información para mejorar la coordinación de todas las entidades pertinentes, tanto de las Naciones Unidas como ajenas a la Organización, establecer prácticas óptimas, ayudar a asegurar una financiación previsible para las actividades iniciales de recuperación y ampliar el período en que la comunidad internacional presta atención a la recuperación después de los conflictos.
Examen de 2015 de la estructura para la consolidación de la paz
En las resoluciones A/RES/70/262 y S/RES/2282 (2016) , la Asamblea General y el Consejo de Seguridad también destacaron la importancia de que la Comisión de Consolidación de la Paz cumpliera las funciones siguientes a este respecto:
(a) Dedicar una atención internacional continuada al sostenimiento de la paz, y proporcionar acompañamiento político y actividades de promoción a los países afectados por conflictos, con su consentimiento;
(b) Promover un enfoque integrado, estratégico y coherente de la consolidación de la paz, haciendo notar que la seguridad, el desarrollo y los derechos humanos están estrechamente interrelacionados y se refuerzan mutuamente;
(c) Servir de enlace entre los órganos principales y las entidades pertinentes de las Naciones Unidas promoviendo el intercambio de asesoramiento sobre las necesidades y prioridades para la consolidación de la paz, en consonancia con las respectivas competencias y responsabilidades de estos órganos;
(d) Servir de plataforma para reunir a todos los agentes pertinentes de dentro y de fuera de las Naciones Unidas, con inclusión de los Estados Miembros, las autoridades nacionales, las misiones y los equipos de las Naciones Unidas en los países, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, las instituciones financieras internacionales, la sociedad civil, los grupos de mujeres, las organizaciones de jóvenes y, cuando proceda, el sector privado y las instituciones nacionales de derechos humanos, a fin de formular recomendaciones y proporcionar información para mejorar su coordinación, desarrollar y compartir las buenas prácticas en la consolidación de la paz, en particular en la creación de instituciones, y asegurar una financiación previsible para la consolidación de la paz.