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Corte Internacional de Justicia

Las Conferencias de Paz de La Haya y la Corte Permanente de
Arbitraje (CPA)

La Conferencia de Paz de La Haya de 1899, reunida por iniciativa del zar Nicolás II, supuso el comienzo de una tercera fase en la historia moderna del arbitraje internacional. En la Conferencia participaron Estados minoritarios de Europa y algunos países de Asia y México, lo que supuso un adelanto para su época. El principal objetivo era debatir acerca de la paz y el desarme. La Conferencia concluyó con la adopción de un Convenio para el arreglo pacífico de las controversias internacionales; no solo trataba el arbitraje, sino también otros métodos de arreglo pacífico, como los buenos oficios y la mediación.

¿Sabías que?

¿Sabía usted Que?La Corte Permantente de Arbitraje se estableció en 1900 e inició su labor en 1902.

En cuanto al arbitraje, el Convenio de 1899 estimó la creación de un mecanismo permanente que permitiera que establecer tribunales arbitrales para facilitar su trabajo. Esta institución, conocida como la Corte Permanente de Arbitraje, estaba en esencia formada por un grupo de magistrados designado por cada Estado que estuviera en vías de adhesión al Convenio (cada país podía nombrar hasta cuatro magistrados); los miembros de cada tribunal arbitral se elegirían entre estas personas. Además, el Convenio creó una Dirección permanente, ubicada en La Haya, con funciones equivalentes a las de una secretaría del tribunal o una secretaría de carácter general y se estableció un reglamento para regir la realización de los arbitrajes. Se apreciará que el nombre de «Corte Permanente de Arbitraje» no es una descripción totalmente precisa de los mecanismos establecidos por el Convenio, que era un mero método o un dispositivo para facilitar la creación de tribunales arbitrales como y cuando fuera necesario. Sin embargo, el sistema se estableció de manera permanente y la convención «institucionalizó» la ley y la práctica del arbitraje, colocándolo en una posición mejor definida y en general más aceptada.

Unos años más tarde, en 1907, se celebró en La Haya una segunda Conferencia de Paz de La Haya, a la que los Estados de América Central y del Sur también fueron invitados. En esta Conferencia se revisaron el Convenio y la mejora de las normas que regían el reglamento arbitral; algunos de los participantes habrían preferido que la Conferencia no se hubiera limitado a la mejora del mecanismo creado en 1899. El Secretario de Estado de los Estados Unidos, Elihu Root, había dado instrucciones a la delegación de Estados Unidos para trabajar por la creación de un tribunal permanente, compuesto únicamente por magistrados, que no tuvieran otra ocupación laboral y que se dedicaran a tiempo completo al juicio de casos internacionales por métodos judiciales.

La Corte

Edificio de la Corte.

Los Estados Unidos, el Reino Unido y Alemania presentaron una propuesta conjunta para crear un tribunal permanente, pero la Conferencia no pudo llegar a un acuerdo sobre ello. En el curso de los debates se puso de manifiesto que una de las mayores dificultades era la de encontrar un mecanismo aceptable para elegir a los magistrados: ninguna de las propuestas que se habían presentado logró obtener el apoyo general. La Conferencia se limitó a recomendar la adopción del proyecto de convenio adjunto para el establecimiento de una Corte de Justicia Arbitral y su implantación tan pronto como se llegue a un acuerdo sobre la elección de jueces y la constitución de la Corte. A pesar de que tal tribunal nunca llegó a ver la luz, el proyecto de convenio que de él habría surgido sirvió para concebir ciertas ideas fundamentales en las que, algunos años más tarde, se inspiró la redacción de los Estatutos de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

A pesar de que aquellas propuestas no llegaron a buen puerto, la Corte Permanente de Arbitraje, que en 1913 fijó su residencia en el Palacio de la Paz (cuya construcción fue un regalo de Andrew Carnegie), ha hecho una contribución positiva al desarrollo del derecho internacional. Entre los casos considerados clásicos que se han decidido mediante el recurso a su mecanismo, se pueden citar los de Cartago y Manouba (1913), relacionados con el embargo de buques, y los de las divisiones internas de Timor (1914) y la soberanía sobre la Isla de Palmas (1928). Así se demostró que los tribunales arbitrales podían decidir sobre las controversias entre los Estados desde la base de la ley y la justicia y respetando las normas con imparcialidad. Sin embargo, estos casos también pusieron de manifiesto las deficiencias de la Corte Permanente de Arbitraje. No podía esperarse que tribunales de diferentes composiciones trataran el derecho internacional desde el mismo enfoque coherente; al menos, no en la misma medida que un único tribunal constituido de forma permanente. Además, la participación en el mecanismo tenía carácter de voluntariedad absoluta. El hecho de que los Estados fueran partes de los Convenios de 1899 y 1907 no los obligaba a someter sus controversias al arbitraje y, ni aunque así lo decidieran, estaban obligados a recurrir expresamente a la Corte Permanente de Arbitraje ni a seguir el reglamento establecido en los Convenios.

¿Sabías que?

¿Sabías que?La Corte Permanente de Arbitraje en 1913 fijó su residencia en el Palacio de la Paz cuya construcción fue un regalo de Andrew Carnegie.

Recientemente, la Corte Permanente de Arbitraje ha tratado de diversificar los servicios que puede ofrecer además de aquellos contemplados en los Convenios. La Oficina Internacional de la Corte Permanente ha actuado, entre otras cosas, como Secretaría en algunos arbitrajes internacionales importantes, entre ellos los de las cuestiones de soberanía territorial y delimitación marítima de Eritrea y Yemen (1998 y 1999), la delimitación de la frontera entre Eritrea y Etiopía (2002), y la Convención para la Protección del Medio Marino del Atlántico Nordeste (OSPAR, por sus siglas en inglés) entre Irlanda y el Reino Unido en 1992. Por otra parte, en 1993, la Corte Permanente de Arbitraje aprobó las nuevas «Normas de Arbitraje Optativas para Disputas entre Dos Partes de las Cuales sólo Una es un Estado» y, en 2001, el «Reglamento Facultativo para el arbitraje de Controversias Relativas al Medio Ambiente y/o Recursos Naturales».

Para más información sobre la Corte Permanente de Arbitraje, visite su sitio web: www.pca-cpa.org.

En cierto modo, el trabajo de las dos Conferencias de Paz de La Haya y las ideas a las que inspiraron en miembros políticos de los Estados y magistrados influyó a la creación de la Corte de Justicia Centroamericana (que estuvo en funcionamiento de 1908 a 1918) y en varios planes y propuestas que gobiernos y órganos nacionales e internacionales formularon entre 1911 y 1919 para el establecimiento de una corte de justicia internacional. Dichos planes culminaron en la creación de la Corte Permanente de Justicia Internacional, en el marco del nuevo sistema internacional que se erigió al fin de la Primera Guerra Mundial.