Oficina del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo
Si bien el marco de coordinación del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo fue establecido por el Secretario General en 2005 con el fin de asegurar la coordinación y la coherencia de la labor de lucha contra el terrorismo que llevan a cabo las Naciones Unidas, el Equipo Especial se institucionalizó en el ámbito del Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas en diciembre de 2009 mediante la resolución 64/235 de la Asamblea General. Esta institucionalización permitió que el Equipo Especial contara con un núcleo dedicado de personal de la Secretaría en la Oficina del Equipo Especial sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo.
Entre las principales funciones de la Oficina del Equipo Especial se incluyen las siguientes:
- Asegurar la coordinación y la coherencia de las actividades generales de lucha contra el terrorismo que lleva a cabo el sistema de las Naciones Unidas y prestar asistencia al Secretario General en el cumplimiento de tareas conexas;
- Ejercer funciones de liderazgo en las iniciativas colectivas de todo el sistema de las Naciones Unidas, como las que se llevan a cabo por medio de los grupos de trabajo del Equipo Especial, para apoyar la puesta en práctica de la Estrategia;
- Facilitar y apoyar iniciativas y actividades de las entidades del sistema de las Naciones Unidas en las esferas de sus respectivos mandatos y conocimientos para contribuir a la ejecución de la Estrategia en su totalidad;
- Cumplir las funciones básicas de secretaría en lo que respecta a los aspectos sustantivos, de difusión, organización y administración de la labor del Equipo Especial y para el funcionamiento del Equipo como instrumento eficiente de coordinación para todo el sistema de las Naciones Unidas en la lucha contra el terrorismo;
- Movilizar y gestionar los recursos extrapresupuestarios para las iniciativas del Equipo Especial en apoyo de la prestación de asistencia técnica para la aplicación de la Estrategia y sus cuatro pilares.
En las resoluciones aprobadas por la Asamblea General como parte de su examen bienal de la Estrategia global (resoluciones 62/272 , 64/297 , 66/282 y 68/276 ), se amplió el mandato de la Oficina del Equipo Especial y se incluyeron las siguientes tareas:
- Trabajar en coordinación con las organizaciones internacionales, regionales y subregionales correspondientes en temas clave de la lucha contra el terrorismo;
- Participar en mayor medida con los Estados Miembros en actividades relativas a una amplia variedad de temas sustantivos para promover la aplicación de la Estrategia en los planos nacional, regional y mundial;
- Coordinar los datos de las entidades del Equipo Especial y preparar un informe consolidado en nombre del Secretario General, cada dos años, en que se incluya una evaluación del progreso logrado en la aplicación de la Estrategia y de las resoluciones que surjan de los exámenes posteriores, así como sugerencias sobre los pasos a seguir;
- Interactuar con los Estados Miembros mediante reuniones informativas e informes periódicos sobre la labor del Equipo Especial de manera de asegurar la transparencia y permitir a los Estados Miembros evaluar las actividades y ofrecer orientaciones de política y opiniones sobre la Estrategia;
- Suministrar los medios para mantener e intensificar el diálogo entre los funcionarios de los Estados Miembros que se ocupan de la lucha contra el terrorismo a fin de promover la cooperación internacional, regional y subregional y dar a conocer mejor la Estrategia, en particular en el contexto de la creación de capacidad.