Comité 1540
Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1540 (2004)

  Información general

Como se establece en los párrafos 22 y 23 de la parte dispositiva de la resolución 2663 (2022), el Consejo de Seguridad...

Reitera la necesidad de seguir estrechando la cooperación que mantienen el Comité 1540, el Comité del Consejo de Seguridad dimanante de las resoluciones 1267 (1999), 1989 (2001) y 2253 (2015) relativas al EIIL (Dáesh), Al-Qaida y las personas, grupos, empresas y entidades asociadas, y el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo, incluso, si procede, aumentando el intercambio de información y la coordinación sobre las visitas a los Estados, en el marco de sus respectivos mandatos, la asistencia técnica y otras cuestiones pertinentes para los tres Comités, expresa nuevamente su intención de ofrecer orientación a los Comités sobre ámbitos de interés común a fin de coordinar mejor sus actividades, y decide que los tres Comités seguirán informándolo de manera conjunta una vez al año sobre su cooperación.

Continúa exhortando a las organizaciones internacionales, regionales y subregionales a que designen, comuniquen al Comité 1540 y actualicen, según proceda, un punto de contacto o coordinador para la resolución 1540 (2004), y las alienta a que intensifiquen la cooperación y el intercambio de información con el Comité 1540 y los Estados Miembros sobre la asistencia técnica y todas las demás cuestiones pertinentes para la aplicación de la resolución 1540 (2004).

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