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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

Vigilancia de la aplicación de las Normas Uniformes sobre 
la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

Nota del Secretario General

Página 2/4 Antecendentes Siguientes

Anexo

Informe definitivo del Relator Especial de la Comisión de Desarrollo Social relativo a las actividades de vigilancia de la aplicación de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad realizadas durante su segunda misión, 1997-2000

Índice

Prefacio

I. Antecedentes y marco de la misión

II. Exposición de las actividades del Relator Especial

III. Observaciones y conclusiones

Cualquier violación del principio fundamental de igualdad y cualquier discriminación o diferencia negativa de trato de las personas con discapacidad que contravenga las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad vulnera los derechos humanos de esas personas.

Comisión de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas
Resolución 1998/31

Prefacio

En mi calidad de Relator Especial encargado de vigilar la aplicación de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, tengo el honor de presentar a la Comisión de Desarrollo Social mi informe definitivo sobre el segundo período de vigilancia (1997-2000). Ha sido para mí un privilegio y un estímulo trabajar como Relator Especial en este ámbito. Deseo expresar mi sincero agradecimiento al Consejo Económico y Social por la confianza que depositó en mí al renovar mi mandato por un segundo período. También quisiera dar las gracias a todos los gobiernos que han contribuido económicamente a este proyecto, incluido el Gobierno de Suecia, que me ha proporcionado una oficina durante todo mi período de servicio.

Desde que inicié la labor de vigilancia y a lo largo de todo el período, he contado con el pleno apoyo del Secretario General Adjunto de Asuntos Económicos y Sociales, Sr. Nitin Desai, y con el excelente asesoramiento profesional del Sr. Andraej Krassowski y de su equipo de la División de Política Social y Desarrollo. También he contado con la cooperación de diversos organismos de las Naciones Unidas, en especial de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que, en estrecha colaboración conmigo, ha realizado un estudio mundial sobre la aplicación de diversas normas. Asimismo, deseo expresar mi agradecimiento a Eva Sagström, de la oficina de Suecia, por la excelente labor realizada.

El grupo de expertos creado en 1994 por seis organizaciones no gubernamentales internacionales importantes que se ocupan de los discapacitados ha sido un elemento fundamental de esta campaña de supervisión. Los expertos, cinco hombres y cinco mujeres que representaban a todas las regiones y contaban con experiencias diversas en el ámbito de la discapacidad, proporcionaron una valiosa orientación. También fueron muy comprensivos en los casos en que la escasez de recursos impidió poner en práctica todas las ideas e iniciativas acertadas.

Por último, quisiera dar las gracias a todos los gobiernos y organizaciones no gubernamentales que facilitaron información útil para mi labor.

I. Antecedentes y marco de la misión

A. Antecedentes

  1. Siempre han existido diferencias en el funcionamiento físico, mental y sensorial de los seres humanos. Sin embargo, las personas con limitaciones funcionales, es decir, discapacidades, corren permanentemente el riesgo de quedar excluidas o marginadas. A lo largo de los siglos hemos concebido y construido nuestras sociedades como si las personas con discapacidades no existieran, como si todos los seres humanos pudieran ver, oír, andar, comprender y reaccionar rápida y adecuadamente a las señales procedentes del mundo que los rodea. Esa ilusión, esa concepción errónea de la naturaleza humana, esa incapacidad para tener en cuenta las necesidades de todos los ciudadanos en la configuración de la sociedad, es el motivo principal del aislamiento y la exclusión de las personas con discapacidades que se observa en formas diversas y en grados variables en todo el mundo. Hará falta mucho tiempo para modificar este comportamiento, profundamente arraigado en los prejuicios, el miedo, la vergüenza y la incomprensión de lo que significa realmente vivir con una discapacidad. Sin embargo, se han puesto en marcha iniciativas internacionales para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidades y se está avanzando en ese sentido.
  2. En las naciones industrializadas hace mucho tiempo que se empezó a hacer un esfuerzo sistemático para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidades. En los últimos 50 años, los llamados Estados del bienestar avanzados han creado programas y servicios diversos con miras a atender las necesidades de esas personas. No obstante, durante un período muy largo, esos programas se limitaban a prestar diferentes tipos de apoyo al individuo y se organizaban como servicios para discapacidades concretas no integrados en el funcionamiento ordinario de la sociedad.
  3. En los decenios de 1960 y 1970 empezó a aumentar la conciencia, en especial entre las personas con discapacidad de algunos países, de que la participación en las actividades de la sociedad sólo era posible si el entorno y los servicios y actividades generales estaban concebidos para atender las necesidades de las personas con discapacidades. Se aplicó entonces un planteamiento nuevo a las políticas sobre discapacidad en que se situaba en primer plano la falta de acceso predominante en la sociedad y se destacaba el derecho a la participación.
  4. La proclamación de 1981 Año Internacional de los Impedidos por las Naciones Unidas fue un acontecimiento de importancia histórica. La adopción del tema "Participación e igualdad plenas" para las actividades del Año debe considerarse también un importante avance político hacia la aplicación de un planteamiento basado en los derechos humanos en el ámbito de la discapacidad.
  5. En el Programa de Acción Mundial para los Impedidos, aprobado por la Asamblea General en su resolución 37/52, de 3 de diciembre de 1982, se formulaba esa filosofía y se determinaban diversos ámbitos de acción importantes. Por primera vez en las actividades internacionales dedicadas a los discapacitados, en el Programa Mundial se pedía a todos los órganos de derechos humanos que prestaran atención a los problemas relacionados con las discapacidades. Otras de las grandes contribuciones realizadas por el Programa Mundial fueron la introducción del concepto de establecimiento de la igualdad de oportunidades como un ámbito nuevo de intervención y el reconocimiento del derecho de los discapacitados y sus organizaciones a participar en la adopción de decisiones sobre las cuestiones que les afectaban.
  6. El Año Internacional y el Programa Mundial de Acción pusieron en marcha un proceso de cambio y desarrollo que se inició en el Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos (1983-1992) y prosigue en la actualidad, casi 20 años más tarde. En los primeros años del Decenio, en muchos países se prestó una gran atención a las cuestiones relacionadas con las discapacidades. No obstante, unos años después ese interés fue disminuyendo, y así se observó en la evaluación de mitad de período realizada en una reunión de expertos celebrada en 1987. En el informe de esa reunión se sugirieron varias medidas encaminadas a fortalecer el liderazgo de las Naciones Unidas en la aplicación de la nueva política sobre discapacidades. El resultado final de esa iniciativa fue la elaboración y aprobación de las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
  7. Aunque las Normas Uniformes reflejan la misma filosofía en materia de discapacidad que el Programa Mundial de Acción, incluyen también importantes elementos nuevos que son resultado de la experiencia adquirida durante el Decenio. En las Normas se establece con mayor claridad la función de los gobiernos de los Estados Miembros en la ejecución del proceso, pero el elemento nuevo más destacado es el establecimiento de un mecanismo de supervisión activo y diferenciado.

  8. A la tapa

    B. Condiciones de la vigilancia

  9. Uno de los rasgos más destacados de las Normas Uniformes es que su aplicación debe vigilarse activamente, como se indica en el capítulo IV de las Normas, en el cual figura una descripción bastante detallada del mecanismo de supervisión:
  10. "La finalidad del mecanismo de supervisión es promover la aplicación efectiva de las Normas Uniformes. Dicho mecanismo prestará asistencia a todos los Estados en la evaluación de su grado de aplicación de las Normas Uniformes y la medición de los progresos que se alcancen. La supervisión debe ayudar a determinar los obstáculos y a sugerir medidas idóneas que contribuyan a una aplicación eficaz de las Normas."

  11. En la labor de supervisión intervienen tres instancias. En las Normas Uniformes se indica que la supervisión debe llevarse a cabo en el marco de los períodos de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social, que esa labor debe correr a cargo de un relator especial, que informará a la Comisión, y que debe invitarse a las organizaciones no gubernamentales (ONG) que se ocupan de los discapacitados a que constituyan un grupo de expertos al cual pueda consultar el Relator Especial.
  12. El Secretario General, Sr. Boutros Boutros-Ghali, me nombró Relator Especial en marzo de 1994. En septiembre del mismo año, seis organizaciones no gubernamentales -nbsp;la Organización Mundial de Personas Impedidas, Inclusion International, Rehabilitación Internacional, la Unión Mundial de Ciegos, la Federación Mundial de Sordos y la World Federation of Psychiatric Survivors and Users - constituyeron un grupo de 10 expertos.
  13. La Comisión de Desarrollo Social fue informada de las actividades realizadas durante el primer período de vigilancia en su 35° período de sesiones (A/52/56, anexo).
  14. En su período de sesiones de 1997, el Consejo Económico y Social, en cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Desarrollo Social, decidió renovar el mandato del Relator Especial por un nuevo período de tres años, es decir de 1997 a 2000 (resolución 1997/19 del Consejo). También la Asamblea General hizo suyas las actividades del Relator Especial en su resolución 52/82, de 12 de diciembre de 1997.
  15. Para realizar la vigilancia era necesario recaudar fondos extrapresupuestarios mediante los cuales sufragar la mayor parte de las actividades. En el primer período, 11 gobiernos hicieron aportaciones financieras al proyecto. En el segundo período, han sido seis los gobiernos que han hecho contribuciones. Se calcula que esas contribuciones ascienden a un total de 700.000 dólares. En el segundo período de vigilancia (1997-2000) se ha mantenido el acuerdo de servicios especiales firmado entre la Secretaría y el Relator Especial en agosto de 1994, en el cual se preveía que éste llevaría a cabo su labor desde una pequeña oficina situada en Suecia y que la Secretaría le proporcionaría asesoramiento y servicios administrativos.

  16. A la tapa

    C. Directrices de la Comisión de Desarrollo Social

  17. En su 35° período de sesiones, la Comisión de Desarrollo Social decidió recomendar que se renovara el mandato del Relator Especial por un nuevo período de tres años a fin de que pudiera seguir supervisando la aplicación de las Normas Uniformes. En su resolución 35/2, la Comisión:
  18. "Instó al Secretario General y a los gobiernos a que impulsaran la aplicación efectiva de las Normas Uniformes y a que hicieran hincapié en la dimensión de los derechos humanos, incluso para las personas con discapacidades psiquiátricas y de desarrollo;

    Invitó al Relator Especial y al Comité sobre los Derechos del Niño a que prosiguieran y reforzaran su cooperación a fin de asegurar que en el proceso de preparación de informes del Comité se tuvieran en cuenta en forma integral los derechos de los niños con discapacidad;

    Pidió al Relator Especial que, al supervisar la aplicación de las Normas Uniformes, prestaran especial atención a la situación de los niños con discapacidad."

  19. Estas directrices de la Comisión han desempeñado una función importante en las actividades realizadas por el Relator Especial en el segundo período de vigilancia. Las actividades relacionadas con cada aspecto concreto se describen en apartados particulares del informe.

  20. A la tapa

    D. Reuniones del grupo de expertos

  21. En el segundo período de vigilancia (1997-2000) se organizaron tres reuniones del grupo de expertos. La primera se celebró en mayo de 1997 y en ella se trataron dos temas principales. El grupo analizó el resultado del primer período de vigilancia y debatió qué actividades debían llevarse a cabo en el segundo. En la reunión participaron diversos organismos de las Naciones Unidas, que informaron al grupo de sus actividades. Se invitó a los miembros del grupo a presentar sus opiniones y de este modo se inició un proceso de consulta.
  22. En la segunda reunión, que se celebró en octubre de 1998, se trataron algunas novedades, entre ellas la aprobación de la resolución 1998/31 de la Comisión de Derechos Humanos, en la cual figuraban diversas recomendaciones importantes sobre medidas complementarias de las organizaciones no gubernamentales y la elaboración de una política en materia de discapacidad por el Banco Mundial.
  23. Prosiguieron las consultas con diversos organismos de las Naciones Unidas y se celebró un debate preliminar sobre la promoción de la política de las Naciones Unidas en materia de discapacidad una vez finalizado el segundo período de vigilancia.
  24. El grupo celebrará una tercera reunión coincidiendo con el 38º período de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social, previsto para febrero de 2000.

A la tapa


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