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Resolución 61/271 sobre el Día Internacional de la No Violencia

Resolución aprobada por la Asamblea General: A/RES/61/271 del 27 de junio de 2007

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La Asamblea General,

Reafirmando
la Carta de las Naciones Unidas, en particular los principios y propósitos que en ella figuran,

Recordando sus resoluciones 53/243 A y B, de 13 de septiembre de 1999, que contienen la Declaración sobre una cultura de paz y el Programa de Acción sobre una cultura de paz, 55/282, de 7 de septiembre de 2001, relativa al Día Internacional de la Paz, y 61/45, de 4 de diciembre de 2006, relativa al Decenio Internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo, 2001-2010, así como otras resoluciones pertinentes,

Consciente de que la no violencia, la tolerancia, el pleno respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, la democracia, el desarrollo, el entendimiento mutuo y el respeto de la diversidad están interrelacionados y se refuerzan entre sí,

Reafirmando la importancia universal del principio de la no violencia y abrigando el deseo de asegurar una cultura de paz, tolerancia, entendimiento y no violencia,

  1. Decide,, con efecto a partir del sexagésimo segundo período de sesiones y guiada por la Carta de las Naciones Unidas, observar el Día Internacional de la No Violencia el 2 de octubre de cada año, y que ese Día Internacional se señale a la atención de todas las personas para que se celebre y observe en esa fecha;
  2. Invita a todos los Estados Miembros, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones regionales y no gubernamentales y a los particulares a celebrar de manera apropiada el Día Internacional de la No Violencia y a difundir el mensaje de la no violencia por medios como las actividades educativas y de sensibilización de la opinión pública;
  3. Pide al Secretario General que formule recomendaciones sobre medios y arbitrios que, dentro de los límites de los recursos existentes, podrían utilizar el sistema de las Naciones Unidas y la Secretaría de las Naciones Unidas para ayudar a los Estados Miembros, a petición de éstos, a organizar actividades destinadas a celebrar el Día Internacional de la No Violencia;
  4. Pide también al Secretario General que, dentro de los límites de los recursos existentes, adopte las medidas necesarias para que en las Naciones Unidas se observe el Día Internacional de la No Violencia;
  5. Pide además al Secretario General que la informe, en su sexagésimo tercer período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución en el sistema de las Naciones Unidas por lo que respecta a la observancia del Día Internacional de la No Violencia.

103a sesión plenaria
15 de junio de 2007