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 Plan de Aplicación

X. Medios de ejecución

81. La aplicación del Programa 21 y el logro de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluso los que figuran en la Declaración del Milenio y en el presente plan de acción, requieren un esfuerzo mucho mayor, tanto por parte de los propios países como del resto de la comunidad internacional, sobre la base del reconocimiento de que cada país debe asumir la responsabilidad principal por su propio desarrollo y que debe hacerse hincapié en la importantísima función de las estrategias de desarrollo y las políticas nacionales, teniendo plenamente en cuenta los principios de Río, incluido, en particular, el principio de las responsabilidades comunes pero diferenciadas, que establece:

"Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las pre-siones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen."

Los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluso los que figuran en la Declaración del Milenio y en el Programa 21, así como en el presente plan de acción, exigirán importantes incrementos de las corrientes de recursos financieros, como se estableció en el Consenso de Monterrey, incluso mediante el aporte de recursos nuevos y adicionales, y en particular las dirigidas a los países en desarrollo, a fin de prestar apoyo a la ejecución de las políticas y programas nacionales que hayan elaborado, mejorar las oportunidades comerciales, la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales y el acceso a ellas en condiciones favorables o preferenciales mutuamente convenidas, la educación y la elevación del nivel de conciencia de la población, el fomento de la capacidad y la información al servicio de la adopción de decisiones y la capacidad científica, dentro de los plazos convenidos que se requieren para alcanzar esos objetivos e iniciativas. Para que se obtengan progresos en ese sentido será necesario que la comunidad internacional aplique los acuerdos internacionales y los resultados de las principales conferencias de las Naciones Unidas, tales como los programas de acción aprobados en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados39 y la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, y los acuerdos internacionales pertinentes concertados a partir de 1992, en particular los de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo y la Cuarta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio, incluso utilizándolos como punto de partida en un proceso encaminado a lograr el desarrollo sostenible.

82. La movilización de recursos financieros y el incremento de la eficacia en su utilización, así como el establecimiento de las condiciones económicas nacionales e internacionales necesarias para alcanzar los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluso los que figuran en la Declaración del Milenio, de eliminar la pobreza, mejorar las condiciones sociales y elevar los niveles de vida y proteger nuestro medio ambiente, constituirán nuestro primer paso para lograr que el siglo XXI sea el siglo del desarrollo sostenible para todos.

83. Un problema crítico en nuestra búsqueda común del crecimiento, la eliminación de la pobreza y el desarrollo sostenible consiste en garantizar las condiciones internas necesarias para movilizar los ahorros internos, tanto públicos como privados, mantener niveles suficientes de inversiones productivas y aumentar la capacidad humana. Tiene importancia fundamental la tarea de incrementar la eficacia, la coherencia y la congruencia de la política macroeconómica. El logro de un entorno propicio en el plano nacional es esencial para movilizar los recursos internos, incrementar la productividad, reducir la fuga de capitales y estimular al sector privado, así como atraer las inversiones y la asistencia internacionales, y aprovecharlas mejor. La comunidad internacional debe apoyar los esfuerzos para crear ese entorno.

84. Facilitar mayores flujos de inversiones extranjeras directas a fin de apoyar las actividades de desarrollo sostenible de los países en desarrollo, incluso el desarrollo de sus infraestructuras, y aumentar los beneficios que los países en desarrollo pueden derivar de las inversiones extranjeras directas, con medidas especiales para:

a) Crear las condiciones internas e internacionales necesarias para facilitar incrementos significativos en la corriente de inversiones extranjeras directas hacia los países en desarrollo, en particular hacia los países menos adelantados; esas corrientes de inversiones extranjeras directas, especialmente las destinadas al desarrollo de la infraestructura y otras esferas prioritarias en los países en desarrollo a fin de complementar los recursos internos movilizados por dichos países, son esenciales para lograr el desarrollo sostenible;

b) Alentar las inversiones extranjeras directas en los países en desarrollo y los países con economías en transición mediante créditos a la exportación que puedan contribuir al desarrollo sostenible.

85. Reconocer que será necesario un aumento sustancial en la asistencia oficial para el desarrollo y otros recursos para que los países en desarrollo puedan alcanzar las metas y objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluso los que figuran en la Declaración del Milenio. Para promover el apoyo a la asistencia oficial para el desarrollo, colaboraremos para seguir perfeccionando las políticas y estrategias de desarrollo, tanto a nivel nacional como internacional, a fin de aumentar la eficacia de la ayuda, utilizando medidas encaminadas a:

a) Hacer efectivos los compromisos incrementados de asistencia oficial para el desarrollo anunciados por varios países desarrollados en la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo. Instar a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho a tomar medidas concretas para alcanzar la meta de proporcionar el 0,7% de su producto nacional bruto como asistencia oficial para el desarrollo a los países en desarrollo, y cumplir el compromiso asumido en relación con esa asistencia con los países menos adelantados, tal como figura en el párrafo 83 del Programa de Acción en favor de los países menos adelantados para el decenio 2001-201040  aprobado en Bruselas el 20 de mayo de 2001. Exhortamos también a los países en desarrollo a aprovechar los progresos alcanzados y asegurar que la asistencia oficial para el desarrollo se utilice eficazmente para ayudar a lograr las metas y objetivos de desarrollo, de conformidad con los resultados de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo. Reconocemos los esfuerzos de todos los donantes, elogiamos a los donantes cuyas contribuciones superan las metas, las alcanzan o están aumentando hacia su logro, y subrayamos la importancia de emprender el examen de los medios y plazos para el logro de las metas y objetivos;

b) Alentar a los países receptores y a los donantes, así como a las instituciones internacionales, a aumentar la eficacia y la eficiencia de la asistencia oficial para el desarrollo para la eliminación de la pobreza, el crecimiento económico sostenido y el desarrollo sostenible. Al respecto, intensificar los esfuerzos de las instituciones financieras y de desarrollo multilaterales y bilaterales, de conformidad con el párrafo 43 del Consenso de Monterrey, en particular para armonizar sus procedimientos operacionales con arreglo a las normas más elevadas, a fin de reducir los costos de las transacciones y hacer que la entrega y la prestación de la asistencia oficial para el desarrollo sea más flexible y más adecuada a las necesidades de los países en desarrollo, habida cuenta de las necesidades y objetivos de desarrollo nacionales con arreglo al principio de la autonomía de los países receptores, y utilizar marcos de desarrollo propios de los países en desarrollo e impulsados por éstos que incorporen estrategias de reducción de la pobreza, con inclusión de los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza, como vehículos para la prestación de la ayuda, a solicitud de los países receptores.

86. Utilizar de manera plena y eficaz los mecanismos e instituciones financieros existentes, adoptando en todos los niveles medidas encaminadas, entre otras cosas, a:

a) Fortalecer los esfuerzos en curso para reformar la estructura financiera internacional y promover un sistema transparente, equitativo e incluyente que pueda asegurar la participación efectiva de los países en desarrollo en las instituciones económicas internacionales y en los procesos de adopción de decisiones en la materia, así como su participación efectiva y equitativa en la formulación de normas y códigos financieros;

b) Promover, entre otras cosas, medidas en los países de origen y en los países de destino para mejorar la transparencia y la información sobre las corrientes financieras, a fin de contribuir a la estabilidad del entorno financiero internacional. Son importantes las medidas, que es preciso considerar, dirigidas a mitigar los efectos de la variabilidad excesiva de las corrientes de capital a corto plazo;

c) Esforzarse por asegurar que los fondos destinados a las organizaciones y organismos internacionales, cuando proceda, se suministren de manera oportuna y más segura y previsible para las actividades, programas y proyectos de esas organizaciones y organismos relacionados con el desarrollo sostenible;

d) Alentar al sector privado, incluidas las empresas transnacionales, las fundaciones privadas y las instituciones de la sociedad civil, a que preste asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo;

e) Prestar apoyo a los mecanismos de financiación de los sectores público/privado nuevos y existentes para los países en desarrollo y los países con economías en transición, con el fin de beneficiar en particular a los pequeños empresarios y a las pequeñas y medianas empresas y las empresas de base comunitaria y mejorar su infraestructura, y al mismo tiempo asegurar la transparencia y la rendición de cuentas de tales mecanismos.

87. Acoger con beneplácito la conclusión satisfactoria y sustancial de la tercera reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, que le permitirá atender las necesidades de financiación de las nuevas esferas de interés y las existentes y seguir respondiendo a las necesidades y preocupaciones de los países receptores, en particular los países en desarrollo, y seguir alentando al Fondo para el Medio Ambiente a movilizar nuevos fondos de organizaciones públicas y privadas, mejorar la gestión de los fondos mediante la introducción de procedimientos más rápidos y racionales y simplificar el ciclo de aprobación de proyectos.

88. Hallar los medios de generar fuentes públicas y privadas nuevas e innovadoras de financiación para el desarrollo, siempre que esas fuentes no supongan cargas excesivas para los países en desarrollo, tomando nota de la propuesta de utilizar asignaciones de derechos especiales de giro para fines de desarrollo, según lo expuesto en el párrafo 44 del Consenso de Monterrey. 

89. Reducir la carga insostenible de la deuda de los países en desarrollo, aplicando, por ejemplo, medidas de alivio de la carga de la deuda y, cuando proceda, de condonación de la deuda, así como otros mecanismos innovadores encaminados a abordar con amplitud los problemas de la deuda de los países en desarrollo, en particular los más pobres y los más endeudados. En consecuencia, deberían considerarse, cuando proceda, de manera vigorosa y rápida, medidas de mitigación de la deuda, incluso en los clubes de París y de Londres y otros foros pertinentes, a fin de contribuir a hacer sostenible la deuda y facilitar el desarrollo sostenible, reconociendo al mismo tiempo que los deudores y acreedores deben compartir la responsabilidad de prevenir y resolver situaciones insostenibles en materia de deuda, y que el alivio de la carga de la deuda externa puede desempeñar una función clave en la liberación de recursos que podrán entonces destinarse a actividades compatibles con el logro de un crecimiento y desarrollo sostenibles. Por consiguiente, apoyamos los párrafos 47 a 51 del Consenso de Monterrey relacionados con la deuda externa. En los arreglos de alivio de la deuda se debería tratar de evitar la imposición de cualquier clase de cargas injustas a otros países en desarrollo. Debería incrementarse la utilización del uso de concesiones a los países más pobres y vulnerables en materia de deuda. Se alienta a los países a elaborar estrategias nacionales amplias para supervisar y administrar sus pasivos externos, como elementos clave para reducir la vulnerabilidad nacional. Al respecto, se requieren medidas para: 

a) Poner en práctica de manera plena y con celeridad y eficacia la iniciativa reforzada a favor de los países pobres muy endeudados, que se debería financiar en su totalidad con recursos adicionales, contemplando, según corresponda, medidas adecuadas para afrontar cualquier cambio fundamental en las circunstancias económicas de los países en desarrollo para los cuales resulte insostenible la carga de la deuda a causa de catástrofes naturales, de grandes conmociones de la relación de intercambio o de conflictos, teniendo en cuenta las iniciativas que se han formulado para reducir el nivel de endeudamiento;

 b) Alentar la participación en la iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados de todos los acreedores que aún no lo hayan hecho;

c) Reunir a los deudores y acreedores internacionales en los foros internacionales pertinentes para reestructurar la deuda insostenible de manera oportuna y eficaz, teniendo en cuenta la necesidad de lograr que el sector privado participe en la resolución de las crisis debidas al endeudamiento cuando resulte apropiado;

d) Reconocer los problemas relativos a la sostenibilidad de la deuda de algunos países de bajos ingresos que no sean países pobres muy endeudados, en particular los que hagan frente a circunstancias excepcionales;

e) Alentar la búsqueda de mecanismos innovadores para abordar de manera amplia los problemas de la deuda de los países en desarrollo, con inclusión de los países de medianos ingresos y los países con economías en transición. Esos mecanismos pueden incluir canjes de deuda por financiación del desarrollo sostenible;

f) Alentar a los países donantes a adoptar medidas para asegurar que los recursos de asistencia oficial para el desarrollo destinados a los países en desarrollo.

90. Reconociendo el importante papel que puede desempeñar el comercio en el logro del desarrollo sostenible y en la eliminación de la pobreza, alentamos a los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a que cumplan el programa de trabajo convenido en su Cuarta Conferencia Ministerial. Para ayudar a los países en desarrollo, en especial a los menos adelantados, a lograr una participación en el crecimiento del comercio mundial que sea proporcional a las necesidades de su desarrollo económico, instamos a los miembros de la OMC a que adopten las siguientes medidas:

a) Facilitar el ingreso de todos los países en desarrollo, especialmente de los países menos adelantados, y de los países con economías en transición, que soliciten su admisión a la OMC, de conformidad con el Consenso de Monterrey;

b) Apoyar el programa de trabajo aprobado en la Conferencia Ministerial de Doha como un importante compromiso de los países desarrollados y los países en desarrollo encaminado a incorporar políticas comerciales apropiadas en sus respectivos programas y políticas de desarrollo;

c) Aplicar medidas sustanciales de asistencia técnica y fomento de la capacidad en relación con el comercio y apoyar el Fondo Fiduciario Global del Programa de Doha para el Desarrollo establecido tras la Conferencia Ministerial de Doha como paso importante para sentar una base sólida y previsible para la asistencia técnica y la creación de capacidad relacionadas con la OMC;

d) Aplicar la nueva estrategia de cooperación técnica para la creación de capacidad, el crecimiento y la integración establecida en la Declaración de Doha;

e) Apoyar plenamente la aplicación del Marco Integrado para la asistencia técnica a los países menos adelantados en relación con el comercio y exhortar a los asociados para el desarrollo a que aumenten considerablemente las contribuciones al Fondo Fiduciario del Marco, de conformidad con la Declaración Ministerial de Doha.

91. De conformidad con la Declaración de Doha, y con las decisiones pertinentes adoptadas en Doha, estamos decididos a adoptar medidas concretas para abordar las cuestiones y preocupaciones planteadas por los países en desarrollo respecto de la aplicación de algunos acuerdos y decisiones de la OMC, con inclusión de las dificultades y la limitación de recursos con que tropiezan para dar cumplimiento a esos acuerdos.

92. Exhortar a los miembros de la OMC a que cumplan los compromisos contraídos en la Declaración Ministerial de Doha, sobre todo en lo que se refiere al acceso a los mercados, en particular para los productos que interesan a las exportaciones de los países en desarrollo, en especial los menos adelantados, aplicando las siguientes medidas, de conformidad con el párrafo 45 de la Declaración Ministerial de Doha: 

a) Examinar todas las disposiciones sobre trato especial y diferencial con miras a reforzarlas y hacerlas más precisas, eficaces y operacionales, de conformidad con el párrafo 44 de la Declaración Ministerial de Doha;

b) Procurar reducir o, cuando proceda, eliminar los aranceles sobre los productos no agrícolas, incluso los aranceles máximos, los aranceles elevados y el aumento progresivo de aranceles, así como los obstáculos no arancelarios, en particular sobre los productos que interesan a las exportaciones de los países en desarrollo. La inclusión de productos debería ser amplia y sin exclusiones a priori. En las negociaciones deberán tenerse plenamente en cuenta las necesidades e intereses especiales de los países en desarrollo y los países menos adelantados, incluso incorporando una reciprocidad que no sea total en los compromisos de reducción, de conformidad con la Declaración Ministerial de Doha; 

c) Dar cumplimiento, sin prejuzgar el resultado de las negociaciones, al compromiso de celebrar negociaciones amplias, iniciadas con arreglo al artículo 20 del Acuerdo sobre la Agricultura a que se hace referencia en la Declaración Ministerial de Doha41, con el objeto de lograr mejoras sustanciales en el acceso a los mercados, reducción de todos los tipos de subvenciones a la exportación, con miras a su eliminación gradual y total, así como reducciones sustanciales en las medidas de ayuda interna que distorsionan el comercio, y acordando al mismo tiempo que las disposiciones que prevén un trato especial y diferenciados para los países en desarrollo deben ser parte integral de todos los elementos de las negociaciones y deben incorporarse a las listas de concesiones y compromisos y, según proceda, a las normas y disciplinas que serán objeto de negociación, de forma que tengan eficacia operacional y permitan a los países en desarrollo tener en cuenta de manera efectiva sus necesidades de desarrollo, con inclusión de la seguridad alimentaria y el desarrollo rural. Tomar nota de las cuestiones no relacionadas con el comercio, que se reflejan en las propuestas de negociación presentadas por miembros de la Organización Mundial del Comercio y confirmar que las cuestiones no relacionadas con el comercio se habrán de tener en cuenta en las negociaciones previstas en el Acuerdo sobre la Agricultura, de conformidad con la Declaración Ministerial de Doha.

93. Dirigir un llamamiento a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho para que procuren lograr el objetivo de un acceso libre de derechos y de contingentes para las exportaciones de los países menos adelantados, según lo previsto en el Programa de Acción en favor de los países menos adelantados para el decenio 2001-2010.

94. Comprometerse a ejecutar activamente el programa de trabajo de la Organización Mundial del Comercio para considerar las cuestiones y preocupaciones relacionadas con el comercio que afecten a la integración más completa de las economías pequeñas y vulnerables en el sistema de comercio multilateral, de manera compatible con sus circunstancias especiales y en apoyo de los esfuerzos que realizan para lograr el desarrollo sostenible, de conformidad con el párrafo 35 de la Declaración de Doha.

95. Aumentar la capacidad de los países que dependen de los productos básicos de diversificar sus exportaciones mediante, entre otras cosas, la asistencia técnica y financiera, asistencia internacional para la diversificación económica y la gestión sostenibles de los recursos, y abordar la cuestión de la inestabilidad de los precios de los productos básicos y el deterioro de la relación de intercambio y, al mismo tiempo, fortalecer las actividades comprendidas en la segunda cuenta del Fondo Común para los Productos Básicos dirigidas a apoyar el desarrollo sostenible.

96. Aumentar los beneficios derivados de la liberalización del comercio para los países en desarrollo y los países con economías en transición, en particular mediante asociaciones de carácter público y privado y entre otras cosas, medidas a todos los niveles que incluyan la prestación de apoyo financiero a los países en desarrollo para la asistencia técnica, el desarrollo de tecnologías y la creación de capacidad, con objeto de:

a) Mejorar la infraestructura comercial y reforzar las instituciones;

b) Incrementar la capacidad de los países en desarrollo de diversificar y aumentar las exportaciones para hacer frente a la inestabilidad en los precios de los productos básicos y el empeoramiento de la relación de intercambio;

c) Incrementar el valor añadido de las exportaciones de los países en desarrollo.

97. Seguir aumentando el apoyo mutuo del comercio, el medio ambiente y el desarrollo, con miras a lograr el desarrollo sostenible, mediante la adopción de medidas en todos los niveles para:

a) Alentar al Comité de Comercio y Medio Ambiente y al Comité de Comercio y Desarrollo de la OMC a que, dentro de sus respectivos mandatos, actúen, como foro para determinar y discutir los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, con el fin de ayudar a lograr un resultado que beneficie al desarrollo sostenible, de acuerdo con los compromisos contraídos en virtud de la Declaración Ministerial de Doha;

b) Apoyar la terminación del programa de trabajo de la Declaración Ministerial de Doha sobre subvenciones a fin de promover el desarrollo sostenible, y mejorar el medio ambiente y alentar la reforma de los subsidios que tengan efectos negativos considerables sobre el medio ambiente y sean incompatibles con el desarrollo sostenible;

c) Alentar los esfuerzos para promover la cooperación sobre el comercio, el medio ambiente y el desarrollo, incluso en la esfera del suministro de asistencia técnica a los países en desarrollo, entre las secretarías de la OMC, la UNCTAD, el PNUD, el PNUMA y otras organizaciones internacionales y regionales pertinentes en relación con el medio ambiente y el desarrollo; 

d) Alentar el uso voluntario de evaluaciones del impacto ambiental a nivel nacional, como instrumento importante para determinar mejor los vínculos existentes entre el comercio, el medio ambiente y el desarrollo. Seguir alentando a los países y organizaciones internacionales con experiencia en esa esfera a proporcionar asistencia técnica a los países en desarrollo para esos fines. 

98. Promover el apoyo mutuo entre el sistema de comercio multilateral y los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente, de acuerdo con los objetivos de desarrollo sostenible y en apoyo del programa de trabajo convenido por conducto de la OMC, reconociendo a la vez la importancia de mantener la integridad de ambos grupos de instrumentos.

99. Complementar y apoyar la Declaración Ministerial de Doha y el Consenso de Monterrey mediante la adopción de nuevas medidas en los planos nacional, regional e internacional, incluso mediante asociaciones público-privadas, para aumentar los beneficios, en particular para los países en desarrollo y para los países con economías en transición, de la liberalización del comercio mediante, entre otras cosas, la adopción de medidas a todos los niveles para:

a) Establecer y fortalecer los acuerdos y medidas de cooperación existentes con arreglo al sistema de comercio multilateral con miras a lograr el desarrollo sostenible;

b) Apoyar las iniciativas voluntarias compatibles con la OMC basadas en los mercados para la creación y expansión de los mercados internos e internacionales de mercancías y servicios no perjudiciales para el medio ambiente, con inclusión de los productos orgánicos que maximicen los beneficios ecológicos y de desarrollo mediante, entre otras cosas, el fomento de la capacidad y la asistencia técnica a los países en desarrollo; 

c) Apoyar medidas para simplificar y dar mayor transparencia a las reglamentaciones y procedimientos internos que afecten al comercio a fin de ayudar a los exportadores, en particular los de los países en desarrollo.

100. Abordar los problemas de salud pública que afectan a muchos países en desarrollo y países menos adelantados, especialmente los resultantes del VIH/SIDA, la tuberculosis, el paludismo y otras enfermedades epidémicas, tomando nota al mismo tiempo de la importancia de la Declaración de Doha sobre el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre la ADPIC) y la salud pública42, en el cual se acordó que dicho Acuerdo no impide ni debe impedir la adopción por los miembros de la OMC de medidas para la protección de la salud pública. En consecuencia, al tiempo que reiteramos nuestra adhesión al Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, reafirmamos que el Acuerdo puede y debe interpretarse y aplicarse de modo tal que apoye el derecho de los miembros de la OMC a proteger la salud pública y, en particular, a promover el acceso de todas las personas a los medicamentos.

101. Los Estados deben cooperar para promover un sistema económico internacional abierto, que preste apoyo y que conduzca al crecimiento económico y al desarrollo sostenible de todos los países y que aborde de la mejor manera posible los problemas del deterioro del medio ambiente. Las medidas de política comercial para fines relacionados con el medio ambiente no deben constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción encubierta del comercio internacional. Deben evitarse las medidas unilaterales para hacer frente a los problemas ambientales fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas ambientales relativas a los problemas ecológicos transfronterizos o mundiales deben, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.

102. Adoptar medidas con miras a evitar toda medida unilateral que no sea conforme con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas y que obstaculice el logro pleno del desarrollo económico y social por la población de los países afectados, en particular las mujeres y los niños, que atente contra su bienestar y que cree obstáculos al pleno disfrute de sus derechos humanos, incluido el derecho de todos a un nivel de vida adecuado para su salud y su bienestar y el derecho a los alimentos, la atención médica y los servicios sociales necesarios, y abstenerse de esas medidas. Garantizar que los alimentos y los medicamentos no se utilicen como instrumentos de presión política.

103. Adoptar nuevas medidas eficaces para eliminar los obstáculos a la realización del derecho de los pueblos a la libre determinación, en particular de los pueblos que viven bajo la ocupación colonial y extranjera, que continúan afectando adversamente su desarrollo económico y social y son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y deben combatirse y eliminarse. Debe protegerse a las poblaciones sujetas a la ocupación extranjera de conformidad con las disposiciones del derecho humanitario internacional.

104. Con arreglo a la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas43 no se entenderá que esto autoriza o alienta ninguna acción encaminada a desmembrar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes que actúen de conformidad con el principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos y que, por lo tanto, posean un gobierno que represente a toda la población del territorio sin distinción alguna.

* * *
105. Promover, facilitar y financiar, según proceda, el acceso a las tecnologías ecológicamente racionales y los conocimientos especializados correspondientes, así como su desarrollo, transferencia y difusión, en particular a los países en desarrollo y a los países con economías en transición, en condiciones favorables, inclusive en condiciones de favor y preferenciales, según arreglos mutuamente convenidos, como establece el capítulo 34 del Programa 21, incluso adoptando con carácter urgente medidas a todos los niveles para:

a) Proporcionar información de manera más eficaz;

b) Fomentar la capacidad institucional existente en los países en desarrollo para mejorar su acceso al desarrollo, la transferencia y la difusión de tecnologías ecológicamente racionales y los conocimientos especializados correspondientes;

c) Facilitar evaluaciones de las necesidades en materia de tecnología impulsadas por los propios países;

d) Establecer marcos jurídicos y reglamentarios en los países proveedores y receptores que agilicen la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales por parte de los sectores público y privado de una manera eficiente y apoyen su puesta en práctica;

e) Promover el acceso y la transferencia de tecnología relacionada con los sistemas de alerta temprana y los programas de mitigación para los países en desarrollo afectados por desastres naturales.

106. Mejorar la transferencia de tecnologías a los países en desarrollo, particularmente en los planos bilateral y regional incluso adoptando medidas urgentes a todos los niveles para:

a) Mejorar la interacción y la colaboración, las relaciones y redes de interesados entre las universidades, los centros de investigación, los organismos gubernamentales y el sector privado;

b) Desarrollar y fortalecer las redes de estructuras de apoyo institucional, como los centros de tecnología y productividad, las instituciones de investigación, capacitación y desarrollo y los centros de producción menos contaminante de ámbito nacional y regional;

c) Crear alianzas conducentes a la inversión y la transferencia, el desarrollo y la difusión de la tecnología a fin de asistir a los países en desarrollo y con economías en transición en el intercambio de prácticas óptimas y la promoción de programas de asistencia, y alentar la colaboración entre las empresas y los centros de investigación con objeto de potenciar la productividad agrícola e industrial, la gestión ambiental y la competitividad;

d) Prestar asistencia a los países en desarrollo, así como a los países con economías en transición, para que accedan a tecnología ecológicamente racional de propiedad o dominio público, así como a los conocimientos disponibles en el ámbito público sobre ciencia y tecnología, y para que accedan a los conocimientos especializados y las competencias necesarias para poder hacer un uso independiente de esos conocimientos con miras a la consecución de sus objetivos de desarrollo;

e) Apoyar los mecanismos existentes y, según proceda, establecer nuevos mecanismos para el desarrollo, la transferencia y la difusión de tecnologías ecológicamente racionales a los países en desarrollo y con economías en transición.


* * *
107. Ayudar a los países en desarrollo en el fomento de la capacidad para que tengan acceso a un mayor número de programas de investigación y desarrollo multilaterales y mundiales. En este sentido, fortalecer, y según proceda, crear centros para el desarrollo sostenible en los países en desarrollo.

108. Fomentar la capacidad científica y tecnológica al servicio del desarrollo sostenible, con iniciativas para mejorar la colaboración y las alianzas sobre investigación y desarrollo y su generalización entre los centros de investigación, las universidades, el sector privado, los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y las redes, así como entre científicos y académicos de los países desarrollados y en desarrollo y, en este contexto, alentar el establecimiento de contactos con centros de excelencia científica en los países en desarrollo y entre esos centros.

109. Mejorar la formulación de políticas y la adopción de decisiones a todos los niveles, entre otras cosas, estrechando la colaboración entre científicos de ciencias naturales y sociales, así como entre científicos y responsables políticos incluso adoptando medidas urgentes a todos los niveles para:

a) Incrementar el uso de la tecnología y los conocimientos científicos e incrementar el uso beneficioso de los conocimientos locales y autóctonos de manera que se respete a los depositarios de esos conocimientos y de conformidad con la legislación nacional;

b) Recurrir en mayor medida a las evaluaciones científicas integradas, las evaluaciones de riesgos y los planteamientos interdisciplinarios e intersectoriales;

c) Continuar el apoyo y la colaboración con las evaluaciones científicas internacionales que favorecen la adopción de decisiones, en particular el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, con la amplia participación de expertos de los países en desarrollo;

d) Prestar asistencia a los países en desarrollo en la elaboración y aplicación de políticas científicas y tecnológicas;

e) Forjar alianzas entre las instituciones científicas, públicas y privadas e integrar el asesoramiento de científicos en los procesos de adopción de decisiones a fin de afianzar el papel de la ciencia, el desarrollo tecnológico y los sectores técnicos;

f) Promover y mejorar la adopción de decisiones con base científica y reafirmar el criterio de precaución establecido en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, que dice:

"Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente."

110. Ayudar a los países en desarrollo, valiéndose de la cooperación internacional, a fomentar su capacidad para abordar cuestiones relativas a la protección del medio ambiente y en la formulación y aplicación de políticas para la ordenación y protección del medio ambiente, incluso adoptando medidas urgentes a todos los niveles para:

a) Mejorar el uso de la ciencia y la tecnología en relación con la supervisión del medio ambiente, los modelos de evaluación, las bases de datos precisas y los sistemas de información integrados;

b) Promover y, según proceda, mejorar el uso de los satélites con miras a la recopilación, verificación y actualización de datos fidedignos y perfeccionar las observaciones desde el aire y desde tierra, en apoyo de su empeño por obtener datos de calidad, exactos, a largo plazo, coherentes y fiables;

c) Establecer y, según proceda, consolidar servicios estadísticos nacionales capaces de aportar datos fidedignos sobre la educación científica y las actividades de investigación y desarrollo, que son necesarios para formular políticas científicas y tecnológicas eficaces.

111. Establecer vías de comunicación regulares entre los encargados de la formulación de políticas y la comunidad científica para solicitar y recibir asesoramiento científico y tecnológico con miras a la ejecución del Programa 21, y crear o reforzar a todos los niveles redes científicas y educativas para el desarrollo sostenible con el propósito de intercambiar conocimientos, experiencias y prácticas óptimas, además de fomentar la capacidad científica, especialmente en los países en desarrollo.

112. Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones, cuando proceda, como instrumentos para aumentar la frecuencia de la comunicación y el intercambio de experiencias y conocimientos, y mejorar la calidad de la tecnología de la información y las comunicaciones y el acceso a ella en todos los países, sobre la base de la labor realizada por el Grupo de Tareas de las Naciones Unidas sobre tecnología de la información y las comunicaciones y los trabajos de otros foros internacionales y regionales pertinentes.

113. Apoyar a las entidades de investigación y desarrollo financiadas con fondos públicos para que forjen alianzas estratégicas que potencien la investigación y el desarrollo de tecnologías de producción y productos menos contaminantes mediante, entre otras cosas, la movilización de recursos financieros y técnicos de todas las fuentes, incluso recursos nuevos y adicionales, y fomentar la transferencia y la difusión de esas tecnologías, en particular a los países en desarrollo.

114. Examinar las cuestiones de interés público mundial mediante seminarios abiertos, transparentes e inclusivos para promover una mejor comprensión de tales cuestiones por parte del público.

115. Decidimos también adoptar medidas concertadas contra el terrorismo internacional, que crea obstáculos graves para el desarrollo sostenible.

* * *
116. La enseñanza es de importancia crítica para promover el desarrollo sostenible. Por consiguiente, es esencial movilizar los recursos necesarios, incluidos recursos financieros en todos los planos, de donantes bilaterales y multilaterales, entre otros el Banco Mundial y los bancos regionales de desarrollo, la sociedad civil y las fundaciones, con objeto de complementar los esfuerzos de los gobiernos nacionales en la consecución de los objetivos y las medidas siguientes:

a) Alcanzar el objetivo de desarrollo del Milenio de lograr la universalidad de la enseñanza primaria, de modo que para 2015 los niños y las niñas de todo el mundo puedan culminar un ciclo completo de enseñanza primaria;

b) Brindar a todos los niños, en particular los que viven en zonas rurales y los que están sumidos en la pobreza, y sobre todo a las niñas, la posibilidad de completar el ciclo completo de enseñanza primaria.

117. Prestar asistencia financiera y apoyo a la enseñanza, la investigación, los programas de sensibilización del público y las instituciones de desarrollo en los países en desarrollo y con economías en transición, a fin de:

a) Respaldar sus infraestructuras y programas educativos, en particular los relativos a la educación sobre medio ambiente y salud pública;

b) Estudiar la manera de evitar las frecuentes y graves limitaciones financieras que afrontan numerosas instituciones de enseñanza superior, incluidas las universidades de todo el mundo, especialmente en los países en desarrollo y con economías en transición.

118. Encarar los efectos del VIH/SIDA en el sistema educativo en los países gravemente afectados por la pandemia.

119. Asignar recursos nacionales e internacionales a la enseñanza básica, conforme lo propuesto en el Marco de Acción de Dakar sobre Educación para Todos, y a una mejor integración del desarrollo sostenible en la educación y los programas de desarrollo bilaterales y multilaterales, y mejorar la integración entre las actividades de investigación y desarrollo financiadas por el sector público y los programas de desarrollo.

120. Erradicar la disparidad entre los géneros en la enseñanza primaria y secundaria para 2005, tal como se prevé en el Marco de Acción de Dakar sobre Educación para Todos, y en todos los niveles de enseñanza a más tardar en 2015, a fin de cumplir los objetivos de desarrollo de la Declaración del Milenio, con medidas encaminadas a garantizar, entre otras cosas, la igualdad de acceso a todos los niveles y formas de la enseñanza, la formación y el fomento de la capacidad por medio de la incorporación de la perspectiva de género y la creación de un sistema educativo que tenga en cuenta las cuestiones de género.

121. Integrar el desarrollo sostenible en los sistemas de enseñanza a todos los niveles a fin de promover el papel de la educación como agente clave del cambio.

122. Elaborar, aplicar, supervisar y examinar planes de acción y programas de educación en los planos nacional, subnacional y local, según proceda, que se ajusten al Marco de Acción de Dakar sobre Educación para Todos y se adapten a las condiciones y necesidades locales con miras a lograr el desarrollo de la comunidad, e integrar en dichos planes la educación en pro del desarrollo sostenible.

123. Ofrecer a todos los integrantes de la comunidad un gran abanico de posibilidades en materia de enseñanza permanente académica y no académica, en particular programas voluntarios para la comunidad, con objeto de acabar con el analfabetismo y subrayar la importancia del aprendizaje permanente y promover el desarrollo sostenible.

124. Apoyar el uso de la educación para promover el desarrollo sostenible mediante, entre otras cosas, la adopción de medidas urgentes en todos los planos para:

a) Integrar la tecnología de la información y las comunicaciones en la elaboración de planes de estudios para garantizar su disponibilidad en las comunidades urbanas y rurales y prestar asistencia, especialmente a los países en desarrollo, para, entre otras cosas, crear las condiciones propicias que requiere dicha tecnología;

b) Promover, según proceda, un mayor acceso, en condiciones asequibles, a programas para estudiantes, investigadores e ingenieros de los países en desarrollo en las universidades y centros de investigación de los países desarrollados, a fin de favorecer un intercambio de experiencias y capacidad que redunde en beneficio de todas las partes;

c) Seguir poniendo en práctica el programa de trabajo sobre educación para el desarrollo sostenible de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible;

d) Recomendar a la Asamblea General de las Naciones Unidas que considere la posibilidad de proclamar un decenio de la educación para el desarrollo sostenible a partir de 2005.

* * *
125. Fortalecer y acelerar las iniciativas de creación de capacidad humana, institucional y de infraestructura y, a ese respecto, promover asociaciones que respondan a las necesidades concretas de los países en desarrollo en el contexto del desarrollo sostenible.

126. Apoyar las iniciativas locales, nacionales, subregionales y regionales, con medidas destinadas a desarrollar, utilizar y adaptar los conocimientos y las técnicas y afianzar los centros de excelencia de educación, investigación y capacitación en los planos local, nacional, subregional y regional para reforzar la capacidad de adquirir conocimientos en los países en desarrollo y con economías en transición mediante, entre otras cosas, la movilización de recursos financieros y de otra índole suficientes, de todas las fuentes, incluso recursos nuevos y adicionales.

127. Prestar asistencia técnica y financiera a los países en desarrollo y, en especial, fortalecer las medidas de fomento de la capacidad, como el programa Capacidad 21 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, para:

a) Evaluar sus propias necesidades y posibilidades de fomento de la capacidad en los planos personal, institucional y social;

b) Diseñar programas de fomento de la capacidad y apoyar programas locales, nacionales y comunitarios que se centren en una respuesta más eficaz a los retos de la globalización y en el logro de los objetivos de desarrollo convenidos a nivel internacional, en particular los de la Declaración del Milenio;

c) Desarrollar la capacidad de la sociedad civil, en particular de la juventud, para que participe, según proceda, en la formulación, la aplicación y el examen de políticas y estrategias de desarrollo sostenible en todos los niveles;

d) Crear y, según proceda, fortalecer los mecanismos nacionales para poner eficazmente en práctica el Programa 21.

* * *

128. Garantizar el acceso a nivel nacional a la información ambiental y las actuaciones judiciales y administrativas en asuntos del medio ambiente, así como la participación del público en la adopción de decisiones de modo de impulsar la aplicación del principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, teniendo plenamente presentes los principios 5, 7 y 11 de esa Declaración.

129. Mejorar la información nacional y regional y los servicios estadísticos y analíticos de interés para las políticas y los programas de desarrollo sostenible, en particular los datos desglosados por sexo, edad y otros factores, y alentar a los donantes a que presten apoyo técnico y financiero a los países en desarrollo para aumentar su capacidad de formular políticas y ejecutar programas de desarrollo sostenible.

130. Alentar el incremento de la labor emprendida por los países en el plano nacional sobre los indicadores del desarrollo sostenible, incluida la integración de los aspectos de género, con carácter voluntario, de acuerdo con las condiciones y prioridades nacionales.

131. Promover la continuación de la labor emprendida sobre los indicadores, de conformidad con el párrafo 3 de la decisión 9/4 de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible44 .

132. Promover el desarrollo y la utilización más amplia de las tecnologías de observación de la Tierra, incluidos la teleobservación desde satélites, el levantamiento de mapas mundiales y los sistemas de información geográfica, para recopilar datos de alta calidad sobre las repercusiones ambientales, el uso de la tierra y los cambios en dicho uso, mediante, entre otras cosas, la adopción de medidas urgentes en todos los planos encaminadas a:

a) Impulsar la cooperación y coordinación entre los sistemas de observación y los programas de investigación mundiales con miras a la integración de las observaciones mundiales, teniendo en cuenta la necesidad de aumentar la capacidad y de intercambiar entre todos los países los datos procedentes de las observaciones terrestres, la teleobservación desde satélites y otras fuentes;

b) Desarrollar sistemas de información que permitan el intercambio de datos valiosos, en particular el intercambio activo de datos de observación de la Tierra;

c) Alentar las iniciativas y asociaciones para el levantamiento de mapas mundiales.

133. Apoyar a los países, especialmente a los países en desarrollo, en sus esfuerzos nacionales encaminados a:

a) Obtener datos exactos, a largo plazo, coherentes y fiables;

b) Utilizar los satélites y la tecnología de teleobservación con miras a la recopilación de datos y el perfeccionamiento de las observaciones terrestres;

c) Acceder a la información geográfica, analizarla y utilizarla mediante las tecnologías de teleobservación desde satélites, los sistemas de posicionamiento mundial por satélite, el levantamiento de mapas y los sistemas de información geográfica.

134. Apoyar la labor dirigida a prevenir y mitigar las consecuencias de los desastres naturales, entre otras cosas, con medidas urgentes en todos los niveles encaminadas a:

a) Ofrecer fácil acceso a la información relativa a los desastres a los efectos de la alerta temprana;

b) Convertir los datos disponibles, en particular los provenientes de los sistemas mundiales de observación meteorológica, en productos oportunos y útiles.

135. Seguir desarrollando las evaluaciones del impacto ambiental y promover su aplicación más amplia, entre otras cosas, como un instrumento nacional, según proceda, para suministrar información esencial de apoyo para la adopción de decisiones sobre proyectos que puedan tener importantes efectos adversos sobre el medio ambiente.

136. Promover y seguir desarrollando metodologías normativas, estratégicas y de proyectos para la adopción de decisiones relativas al desarrollo sostenible en los planos local y nacional y, cuando proceda, en el plano regional. A ese respecto, destacar que la elección de la metodología apropiada que se ha de aplicar en los países deberá estar en consonancia con las condiciones y circunstancias de cada país, tener carácter voluntario y ajustarse a las necesidades prioritarias en materia de desarrollo.
________________________

 39 A/CONF.192/13.

 40 A/CONF.191/11.

 41 A/C.2/56/2 anexo, párrs. 13 y 14.

 42 Ibíd., párrs. 17 a 19.

 43 Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General, anexo.

 44  Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 9 (E/2001/29), cap. I.B.

 

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