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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality

A/RES/58/132
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Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 106 del programa

Resolución aprobada por la Asamblea General

[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/497 (Parte II))]

58/132. Aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos: hacia una sociedad para todos en el siglo XXI

La Asamblea General,

Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, y reafirmando las obligaciones establecidas en los instrumentos de derechos humanos pertinentes, incluida la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer[1] y la Convención sobre los Derechos del Niño[2], Recordando también sus resoluciones pertinentes, en particular las resoluciones 37/52, de 3 de diciembre de 1982, en la que aprobó el Programa de Acción Mundial para los Impedidos[3], 48/96, de 20 de diciembre de 1993, por la que se adoptaron las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, y 56/115, de 19 de noviembre de 2001, así como las resoluciones pertinentes del Consejo Económico y Social y sus comisiones orgánicas,

Recordando además la Declaración del Milenio, aprobada el 8 de septiembre de 2000 por los Jefes de Estado y de Gobierno en ocasión de la Cumbre del Milenio[4], subrayando la necesidad de promover y proteger el pleno goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, y reconociendo la importancia de incorporar la perspectiva de la discapacidad en la aplicación de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, con miras a lograr los objetivos de desarrollo internacionalmente convenidos, incluidos los que se recogen en la Declaración del Milenio,

Observando con reconocimiento las iniciativas y medidas adoptadas por los gobiernos para aplicar las secciones correspondientes de las Normas Uniformes y otras resoluciones en la materia que prestan especial atención a las cuestiones de los entornos accesibles y las tecnologías de la información y las comunicaciones, la salud, la educación y los servicios sociales, el empleo y los medios de subsistencia sostenibles, incluidas las actividades pertinentes de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales,

Reafirmando los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas y de sus correspondientes reuniones de seguimiento, Observando que el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, 2002, aprobado por la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento[5] , considera que “las personas de edad con discapacidad” son un problema específico de interés para la formulación de políticas, Observando también la labor preparatoria del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad encaminada a establecer un grupo de trabajo encargado de preparar y presentar un proyecto de texto que sirva de base para la negociación del proyecto de convención,

Reconociendo el firme compromiso de los gobiernos con la promoción de la igualdad de oportunidades y los derechos de las personas con discapacidad y con la promoción y protección del pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad, incluso en el contexto del desarrollo,

Reconociendo la importante función que desempeñan las organizaciones no gubernamentales en la promoción y protección del pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad, y observando a este respecto la labor que realizan para promover la preparación de una convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad,

Observando con reconocimiento las importantes contribuciones de las organizaciones intergubernamentales regionales y las comisiones regionales de las Naciones Unidas a la sensibilización de la opinión y la creación de capacidad para la plena participación e igualdad de las personas con discapacidad, así como los resultados de las conferencias internacionales relativas a las personas con discapacidad,

Consciente de la necesidad de adoptar y aplicar normas y estrategias efectivas para promover los derechos y la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad a todos los niveles,

Reconociendo la importancia de la accesibilidad tanto del entorno físico como de la información y la comunicación para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de sus derechos humanos,

Reiterando que la tecnología, en particular las tecnologías de la información y las comunicaciones, ofrece nuevas posibilidades de mejorar el acceso y el empleo de las personas con discapacidad y puede facilitar la plena y efectiva participación y la igualdad de estas personas, y acogiendo complacida las iniciativas de las Naciones Unidas y la contribución de los grupos regionales encaminadas a promover las tecnologías de la información y las comunicaciones, como medio de alcanzar el objetivo universal de una sociedad para todos,

Reconociendo la importancia de contar con datos actualizados y fiables sobre los temas, la planificación de programas y la evaluación relacionados con la discapacidad, y la necesidad de seguir desarrollando una metodología estadística práctica para la reunión y compilación de datos sobre las poblaciones con discapacidad,

Reconociendo también el reto que significa incorporar mejor la perspectiva de la discapacidad en las actividades de desarrollo y cooperación técnica,

Reconociendo además la necesidad de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad en todo el mundo a través de una mayor conciencia y sensibilidad respecto de los problemas de discapacidad y del respeto del pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad,

Reconociendo que en la elaboración de estrategias nacionales e internacionales de desarrollo es necesario tener en cuenta las repercusiones que tiene la pobreza, especialmente en las zonas rurales, en la situación de las personas con discapacidad,

Observando con profunda preocupación que las situaciones de conflicto armado siguen teniendo consecuencias especialmente devastadoras para los derechos humanos de las personas con discapacidad,

1. Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General[6] sobre la aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos[3], en particular las recomendaciones del Secretario General relativas a las opciones en materia de política para promover el pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad en el contexto del desarrollo;

2. Acoge con satisfacción la labor del Relator Especial sobre discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social para promover el pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad y la igualdad de oportunidades de estas personas;

3. Pide a los gobiernos que adopten todas las medidas necesarias a fin de avanzar más allá de la adopción de planes nacionales para las personas con discapacidad, entre otras cosas, adoptando mecanismos para dar a conocer las cuestiones de discapacidad y crear conciencia de ellas o mejorando los existentes, y asignando recursos suficientes para la plena aplicación de los planes e iniciativas aprobados, y destaca a este respecto la importancia de la cooperación internacional en apoyo de las actividades nacionales;

4. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y al sector privado, según proceda, a que sigan tomando medidas concretas para incorporar la perspectiva de la discapacidad en el proceso de desarrollo y promover la aplicación de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y de las normas internacionales convenidas respecto de las personas con discapacidad, en particular las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, y para promover la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad;

5. Alienta a los gobiernos a que sigan prestando apoyo a las organizaciones no gubernamentales y a otros grupos, incluidas las organizaciones de personas con discapacidad, que contribuyen a la aplicación del Programa de Acción Mundial;

6. Insta a los gobiernos a que den participación a las personas con discapacidad en la formulación de estrategias y planes, en particular en los que se refieren a estas personas;

7. Insta a los organismos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos que corresponda y las comisiones regionales, así como a las organizaciones e instituciones intergubernamentales y no gubernamentales, a que incorporen la perspectiva de la discapacidad en sus actividades, cuando proceda, y a que sigan cooperando estrechamente con la División de Política Social y Desarrollo de la Secretaría en la promoción del pleno goce de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad, incluso mediante actividades sobre el terreno, a través del intercambio de experiencias, conclusiones y recomendaciones sobre las personas con discapacidad;

8. Subraya la importancia de mejorar los datos y las estadísticas sobre las personas con discapacidad, de conformidad con la legislación nacional sobre protección de datos personales, de forma que puedan compararse a nivel internacional y nacional a los efectos de la formulación, planificación y evaluación de políticas desde la perspectiva de la discapacidad, y, en ese sentido, insta a los gobiernos a que cooperen con la División de Estadística de la Secretaría para seguir preparando estadísticas e indicadores mundiales sobre discapacidad, y los alienta a que recurran a la asistencia técnica de la División para reforzar su capacidad en materia de compilación de datos;

9. Insta a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales a que proporcionen protección especial a las personas con discapacidad mental o física que puedan ser objeto de discriminación en formas múltiples o agravadas, sobre todo a fin de integrarlas en la sociedad y proteger y promover su pleno goce de los derechos humanos;

10. Insta a los gobiernos a que tengan en cuenta la situación de las personas con discapacidad en todas las medidas que adopten para aplicar los tratados de derechos humanos en que sean partes;

11. Invita a los Estados a que sigan participando activamente en las negociaciones que tengan lugar en el seno del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad;

12. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales, a las organizaciones no gubernamentales interesadas y al sector privado a que sigan prestando apoyo al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad con miras a darle mayor capacidad para financiar actividades catalizadoras e innovadoras destinadas a la plena aplicación del Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes, incluida la labor del Relator Especial, y a que presten apoyo a las actividades de formación de capacidad nacional, teniendo especialmente en cuenta las prioridades de acción señaladas en la presente resolución;

13. Pide al Secretario General que continúe proporcionando apoyo a las iniciativas de los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, así como de las organizaciones e instituciones regionales, intergubernamentales y no gubernamentales, para la promoción del pleno goce de todos los derechos humanos por las personas con discapacidad, la no discriminación de estas personas y la ulterior aplicación del Programa de Acción Mundial, así como a su labor para integrar a las personas con discapacidad en actividades de cooperación técnica, tanto en calidad de beneficiarios como en la adopción de las decisiones;

14. Expresa su agradecimiento al Secretario General por lo que ha hecho para mejorar el acceso a las Naciones Unidas de las personas con discapacidad y le insta a que siga aplicando planes para obtener un entorno libre de obstáculos;

15. Acoge con beneplácito el cuarto examen y evaluación quinquenal del Programa de Acción Mundial realizado por el Secretario General en su informe6 y le pide que le presente en su sexagésimo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de esta resolución.

77ª sesión plenaria
22 de diciembre de 2003


1 Resolución 34/180, anexo.

2 Resolución 44/25, anexo.

3 A/37/351/Add.1 y Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación I (IV). I (IV).

4 Véase resolución 55/2.

5 Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexo II.

6 A/58/61 E/2003/5.

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