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UN Programme on Disability   Working for full participation and equality
 

56/115. Aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos:
hacia una sociedad para todos en el siglo XXI

Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/572)]

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   La Asamblea General,

   Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y reafirmando las obligaciones establecidas en los instrumentos de derechos humanos pertinentes, incluidas la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer [1] y la Convención sobre los Derechos del Niño [2],

   Recordando también sus resoluciones 37/52, de 3 de diciembre de 1982, en la que aprobó el Programa de Acción Mundial para los Impedidos [3], 48/96, de 20 de diciembre de 1993, por la que se adoptaron las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, 49/153, de 23 de diciembre de 1994, 50/144, de 21 de diciembre de 1995, 52/82, de 12 de diciembre de 1997, y 54/121, de 17 de diciembre de 1999,

   Recordando además todas sus resoluciones y las del Consejo Económico y Social y sus comisiones funcionales que se refieren a la igualdad de oportunidades y los derechos humanos para las personas con discapacidad,

   Recordando la Declaración del Milenio aprobada el 8 de septiembre de 2000 por los Jefes de Estado y de Gobierno en ocasión de la Cumbre del Milenio [2], y reconociendo la necesidad de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad,

   Observando con reconocimiento las medidas adoptadas por los gobiernos para aplicar las secciones correspondientes de las Normas Uniformes y otras resoluciones en la materia que prestan especial atención a los entornos accesibles y a las tecnologías de la información y las comunicaciones, la salud, la educación y los servicios sociales y el empleo y los medios de subsistencia sostenibles, incluidas las actividades pertinentes de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales,

   Reafirmando los resultados de las principales conferencias y cumbres de las Naciones Unidas y de su correspondiente seguimiento,

   Observando con reconocimiento la evaluación realizada por el Secretario General de la aplicación de los resultados de las principales conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en lo relativo a la promoción de los derechos y el bienestar de las personas con discapacidad, asegurando su plena participación e igualdad, así como las medidas adoptadas por el sistema de las Naciones Unidas para prevenir las condiciones de discapacidad  [5],

   Observando la invitación dirigida a la Asamblea General por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban (Sudáfrica) del 31 de agosto al 8 de septiembre de 2001, para que considere la conveniencia de preparar un convenio internacional íntegro y cabal que proteja y fomente los derechos y la dignidad de las personas discapacitadas e incluya en particular disposiciones relativas a las prácticas y tratos discriminatorios contra estas personas,

   Reconociendo la importante función que desempeñan las organizaciones no gubernamentales en la promoción y la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad y observando a este respecto la labor que realizan de promoción de la preparación de un convenio internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad,

   Observando con reconocimiento la útil labor del Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad en apoyo de la formación de la capacidad nacional para promover las Normas Uniformes con miras a crear oportunidades a fin de que las personas con discapacidad dispongan de medios de subsistencia sostenibles,

   Observando también con reconocimiento las importantes contribuciones que aportan los seminarios y conferencias subregionales, regionales e internacionales relativos a las personas con discapacidad,

   Consciente de la necesidad de adoptar y aplicar normas y estrategias efectivas para promover los derechos y la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en la vida económica, social, cultural y política, en condiciones de igualdad, a fin de alcanzar una sociedad para todos,

   Acogiendo con satisfacción las iniciativas para la celebración de conferencias internacionales relativas a las personas con discapacidad, entre ellas la Sexta Asamblea Mundial de la Internacional de Personas con Discapacidad, que tendrá lugar en el Japón en 2002,

   Preocupada por el hecho de que la mayor conciencia de las cuestiones de discapacidad y del respeto de los derechos humanos de las personas con discapacidad no han sido suficientes para mejorar la calidad de vida de esas personas en todo el mundo,

   Observando con profunda preocupación que las situaciones de conflicto armado siguen teniendo consecuencias especialmente devastadoras para los derechos humanos de las personas con discapacidad,

   Reconociendo la importancia de contar con datos actualizados y fiables sobre los temas, la planificación de programas y la evaluación relacionados con la discapacidad, y la necesidad de seguir desarrollando una metodología estadística práctica para la reunión y compilación de datos sobre las poblaciones con discapacidad,

   Reiterando que la tecnología, y en particular las tecnologías de la información y las comunicaciones, ofrece nuevas posibilidades de mejorar el acceso y el empleo de las personas con discapacidad y puede facilitar la plena y efectiva participación y la igualdad de estas personas, y acogiendo complacida las iniciativas de las Naciones Unidas encaminadas a promover las tecnologías de la información y las comunicaciones como medio de alcanzar el objetivo universal de una sociedad para todos,

   1. Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General [6] sobre la aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos[3];

   2. Acoge con beneplácito las muchas iniciativas y actividades de los gobiernos y los órganos y organizaciones competentes de las Naciones Unidas, incluidas las instituciones de Bretton Woods, y las organizaciones no gubernamentales, encaminadas a promover los derechos de las personas con discapacidad y a fomentar la igualdad de oportunidades de esas personas, por sí mismos y con su participación en todos los sectores de la sociedad;

   3. Observa con reconocimiento la valiosa labor realizada por el Relator Especial sobre Discapacidad de la Comisión de Desarrollo Social para vigilar la aplicación de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en su tercer mandato que abarca el período de 2000 a 2002, y observa también con reconocimiento el apoyo proporcionado por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a la labor del Relator Especial;

   4. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y al sector privado, según proceda, a que sigan tomando medidas concretas para promover la aplicación de las resoluciones de las Naciones Unidas en la materia, y las normas internacionales convenidas respecto de las personas con discapacidad, en particular las Normas Uniformes, a fin de darles mayor igualdad de oportunidades prestando especial atención a la accesibilidad, la salud, la educación, los servicios sociales, incluidos los de capacitación y rehabilitación, las redes de seguridad, el empleo y los medios de subsistencia sostenibles, en el diseño y la aplicación de estrategias, normas y programas para promover una sociedad más incluyente;

   5. Pide a los gobiernos que adopten todas las medidas necesarias a fin de avanzar más allá de la adopción de planes nacionales para las personas con discapacidad, entre otras cosas adoptando mecanismos para dar a conocer las cuestiones de discapacidad y crear conciencia de ellas mejorando los existentes, y asignando recursos suficientes para la plena aplicación de los planes e iniciativas existentes, y destaca a este respecto la importancia de la cooperación internacional en apoyo de las actividades nacionales;

   6. Alienta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que sigan adoptando medidas prácticas, entre ellas campañas de información pública, para las personas con discapacidad y con su participación con el fin de crear una mayor conciencia y sensibilidad respecto de la discapacidad y de las cuestiones que plantea, así como de combatir y superar la discriminación contra las personas con discapacidad y promover su participación plena y efectiva en la sociedad;

   7. Alienta a los gobiernos a que sigan prestando apoyo a las organizaciones no gubernamentales que contribuyen a la plena aplicación del Programa de Acción Mundial para los Impedidos;

   8. Alienta también a los gobiernos a que den participación a las personas con discapacidad en la formulación de estrategias y planes encaminados a erradicar la pobreza, promover la educación y fomentar el empleo;

   9. Insta a los organismos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos que correspondan y las comisiones regionales, así como a las organizaciones e instituciones intergubernamentales y no gubernamentales a que sigan cooperando estrechamente con el programa para las personas con discapacidad de la División de Política Social y Desarrollo de la Secretaría en la promoción de los derechos de esas personas, incluso mediante actividades sobre el terreno, y den a conocer a tal efecto sus experiencias, conclusiones y recomendaciones sobre las personas con discapacidad;

   10. Insta a los gobiernos a que cooperen con la División de Estadística de la Secretaría para seguir preparando estadísticas e indicadores mundiales sobre discapacidad y les alienta a que recurran a la asistencia técnica de la División para formar una mayor capacidad para los sistemas nacionales de compilación de datos, incluida la compilación y difusión de datos sobre las personas discapacitadas, así como la elaboración de métodos para la compilación de datos y estadísticas sobre la discapacidad, según proceda;

   11. Insta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que proporcionen protección especial a las mujeres jóvenes y adultas con discapacidad, las personas ancianas con discapacidad y las personas con discapacidades psiquiátricas y de desarrollo, prestando particular atención a su integración en la sociedad y a la protección y la promoción de sus derechos humanos;

   12. Insta a los gobiernos a que, en colaboración con el sistema de las Naciones Unidas, presten especial atención a los derechos, las necesidades y el bienestar de los niños con discapacidad y sus familias en la formación de normas y programas, incluida la aplicación de las Normas Uniformes;

   13. Alienta a los gobiernos, a las organizaciones intergubernamentales, a las organizaciones no gubernamentales interesadas y al sector privado a que sigan prestando apoyo al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para Problemas de Discapacidad con miras a darle mayor capacidad para prestar apoyo a actividades catalizadoras e innovadoras destinadas a dar plena aplicación al Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes, incluida la labor del Relator Especial, y a que presten apoyo a las actividades de formación de capacidad nacional, teniendo especialmente en cuenta las prioridades de acción señaladas en la presente resolución;

   14. Pide al Secretario General que continúe proporcionando apoyo a las iniciativas de los órganos y organizaciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, así como de las organizaciones e instituciones regionales, intergubernamentales y no gubernamentales, para la promoción de todos los derechos humanos de las personas con discapacidad, la no discriminación de estas personas y la ulterior aplicación del Programa de Acción Mundial, así como a su labor para integrar a las personas con discapacidad en actividades de cooperación técnica, tanto en calidad de beneficiarios como en la adopción de las decisiones;

   15. Expresa su agradecimiento al Secretario General por lo que ha hecho para mejorar el acceso a las Naciones Unidas de las personas con discapacidad y le insta a que siga aplicando planes para ofrecer un entorno libre de obstáculos;

   16. Acoge con beneplácito los preparativos propuestos por el Secretario General en su actual informe6 para el cuarto examen y evaluación quinquenal del Programa de Acción Mundial en 2002, incluido el marco propuesto para ese examen, y pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo octavo período de sesiones, por conducto de la Comisión de Desarrollo Social y del Consejo Económico y Social, un informe sobre las conclusiones y las recomendaciones basadas en este examen y evaluación, así como un informe sobre la aplicación de esta resolución.

88ª sesión plenaria
19 de diciembre de 2001

A la tapa


1 Resolución 34/180, anexo.

2 Resolución 44/25, anexo.

3 A/37/351/Add.1 y Corr.1, anexo, secc. VIII, recomendación I (IV).

4 Véase resolución 55/2.

5 Véase A/56/169 y Corr.1, párrs. 25 y 26.

6 A/56/169 y Corr.1.

A la tapa


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