Comunicado de prensa Las Naciones Unidas

SC/7982
16 de enero de 2004


Consejo de Seguridad - Resumen de 2003

A continuación se resumen las principales actividades
del Consejo de Seguridad durante 2003

África

Siguiendo la política de tratar de resolver la situación global de África gracias a una mayor interacción entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales, el Consejo dedicó 58 de sus sesiones oficiales, aproximadamente, el 32%, a la situación del continente, apoyó varias misiones de mantenimiento de la paz e iniciativas de paz de organizaciones subregionales y envió dos misiones del Consejo al continente, una al África occidental y otra al África central.

África central y occidental

El 18 de marzo, el Consejo celebró una sesión pública, en la que altos funcionarios de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) lo informaron de las amenazas contra la paz y la seguridad en la subregión del África occidental. En la resolución 1467, que contiene una declaración acerca de la proliferación de armas pequeñas y ligeras y las actividades mercenarias en África occidental, el Consejo recomendó que los Estados de la subregión considerasen ampliar la moratoria de la CEDEAO sobre armas pequeñas, así como la creación de un registro nacional de la CEDEAO en que constasen los inventarios nacionales de dichas armas.

Del 7 al 16 de julio, se efectuó una misión del Consejo al África central, que examinó la situación en la República Democrática del Congo y Burundi. Del 26 de junio al 5 de julio, una misión del Consejo visitó Guinea-Bissau, Nigeria, Ghana, Côte d’Ivoire, Guinea y Sierra Leona, en apoyo de las iniciativas de paz en la subregión del África occidental. Debido al conflicto que en ese momento había en Liberia, la misión no pudo visitar ese país y, en vez de eso, se trasladó a Accra (Ghana), donde estaban reunidas las partes en las conversaciones de paz de Liberia. El Consejo se reunió el 30 de mayo para preparar esas misiones.

El 18 de junio, el Consejo fue informado de la misión al África central por su jefe, Jean-Marc de la Sablière (Francia) y, el 9 de julio de la misión al África occidental, encabezada por Jeremy Greenstock (Reino Unido).

El 25 de julio, el Consejo formuló una declaración presidencial por la que hizo suyas las recomendaciones formuladas por ambas misiones, que figuran en los documentos S/2003/653 sobre el África central y S/2003/688 sobre el África occidental y recalcó la importancia de que se adoptara un criterio subregional al enfocar cuestiones como las de las armas pequeñas y ligeras, los mercenarios, los niños soldados y el acceso humanitario.

Del 8 al 22 de junio, una misión de evaluación de los países de la Comunidad Económica del África Central (CEAC) visitó el Gabón, Santo Tomé y Príncipe, el Congo, Angola, la República Democrática del Congo, Burundi, Rwanda, el Camerún, Guinea Ecuatorial, el Chad y la República Centroafricana.

El 24 de noviembre, el Consejo examinó el informe de la misión (documento S/2003/1077) con objeto de fortalecer la cooperación entre el sistema de las Naciones Unidas y los Estados de la subregión del África central. El Subsecretario General de Asuntos Políticos, Tuliameni Kalomoh, insistió en la necesidad de que se adoptara un enfoque holístico, integrado e intersectorial al tratar de resolver los conflictos armados, promover la estabilidad y el desarrollo a largo plazo y luchar contra problemas como el comercio ilícito de armas, los movimientos masivos de refugiados, la pobreza generalizada y las precarias instituciones estatales.

Región de los Grandes Lagos

El 20 de noviembre, el Consejo examinó los preparativos de una conferencia internacional sobre la región de los Grandes Lagos de África. El objetivo de la conferencia era crear un marco regional en torno a los temas de la paz y la seguridad, la democracia y el buen gobierno, el desarrollo económico y la integración regional y asuntos humanitarios y sociales. El proceso preparatorio de la conferencia consistirá en reuniones de los comités preparatorios nacionales y de un comité preparatorio regional, así como una serie de reuniones temáticas (las organizaciones subregionales, la mujer, la juventud), que culminarán en dos cumbres: la primera en junio de 2004 para adoptar principios y directrices generales y la segunda en una fecha que aún no se ha fijado.

En una declaración presidencial, el Consejo instó a los países de la región (Burundi, Kenya, la República Democrática del Congo, la República Unida de Tanzanía, Rwanda y Uganda) y a la comunidad internacional a que prestasen apoyo político, técnico y financiero a la conferencia, que se celebraría con los auspicios de las Naciones Unidas y la Unión Africana.

Seguridad alimentaria en África

El 7 de abril, el Director Ejecutivo del Programa Mundial de Alimentos (PMA), James T. Morris, informó al Consejo de la crisis alimentaria en África, que era una amenaza contra la paz y la seguridad y señaló que este año el PMA necesitaba 1.800 millones de dólares de los Estados Unidos para atender a las necesidades alimentarias de emergencia en África. Según el Sr. Morris, entre las causas de las crisis alimentarias de África cabía hablar de una combinación letal de repetidas sequías, el fracaso de las políticas económicas, los conflictos y el impacto cada vez mayor del VIH/SIDA. Los oradores que intervinieron en el debate que se celebró a continuación destacaron la necesidad de que la comunidad internacional afrontase la crisis, en el entendimiento de que la seguridad alimentaria estaba estrechamente relacionada con cuestiones de seguridad más amplias. Asimismo, insistieron en que había que hacer frente a las causas del hambre, en vez de limitarse a las situaciones de emergencia alimentaria.

Burundi

Después de un largo conflicto interno entre el ejército compuesto en su mayoría por tutsis y los rebeldes hutus, como resultado del cual murieron unas 200.000 personas y se produjeron desplazamientos masivos de la población, el 28 de agosto de 2000 la mayoría de las partes firmaron un Acuerdo de Paz y Reconciliación en Arusha (República Unida de Tanzanía). El 1° de noviembre de 2002, entró en vigor un plan de reparto del poder en virtud del cual ocuparán la Presidencia por turno un hutu y un tutsi. El 2 de diciembre de 2002, el Gobierno y las Fuerzas de Defensa de la Democracia acordaron la cesación del fuego.

En una declaración presidencial del 2 de mayo, el Consejo felicitó a las partes por la haber logrado que el traspaso de poder al cambiar la presidencia del Gobierno de transición el 1° de mayo, se hubiera hecho de forma pacífica, condenó enérgicamente los ataques perpetrados en abril por las fuerzas del Consejo Nacional de Defensa de la Democracia-Fuerzas de Defensa de la Democracia (CNDD-FDD) contra Bujumbura y otras ciudades y reiteró su petición a las Fuerzas Nacionales de Liberación (Palipehutu-FNL) de que acordasen una cesación incondicional del fuego con el Gobierno.

El 22 de diciembre, en una declaración presidencial, el Consejo celebró la firma, el 16 de noviembre, del acuerdo de cesación del fuego entre el Gobierno de transición de Burundi y el CNDD-FDD e instó una vez más al Palipehutu-FNL, único grupo rebelde que no se había sumado al proceso de Arusha, a que lo hiciese sin mayor dilación. Esa declaración se formuló después de una reunión celebrada el 4 de diciembre, en la que el Vicepresidente de Sudáfrica y Facilitador del proceso de paz en Burundi, Jacob Zuma, informó a los miembros de las novedades.

Côte d’Ivoire

Tras un intento de golpe de Estado en septiembre de 2002, que provocó actos de violencia generalizados y una crisis humanitaria, el país quedó prácticamente dividido, con la parte meridional bajo control del Gobierno, dirigido por el Presidente Laurent Gbagbo, y la septentrional en manos de grupos rebeldes. El 4 de febrero, el Consejo aprobó la resolución 1464, en la que pedía la plena e inmediata aplicación del acuerdo de paz firmado por las fuerzas políticas de Côte d’Ivoire en Linas-Marcoussis (Francia) el 24 de enero. El Consejo autorizó el despliegue de fuerzas de la CEDEAO y de Francia por un período de seis meses en apoyo del acuerdo. El 4 de agosto, se prorrogó la autorización por un período de seis meses (resolución 1498).

En una reunión ministerial celebrada el 29 de abril, el Secretario General pidió al Consejo y a la comunidad internacional que prestasen el apoyo financiero necesario a la fuerza de mantenimiento de la paz del África occidental y recomendó el establecimiento de una pequeña operación de las Naciones Unidas.

En virtud de la resolución 1479, de 13 de mayo, el Consejo estableció la Misión de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (MINUCI) por un período inicial de seis meses, para facilitar la aplicación del Acuerdo de Linas-Marcoussis. El 13 de noviembre, se prorrogó el mandato de la MINUCI por seis meses (resolución 1514).

En una declaración presidencial adoptada el 25 de julio, el Consejo reiteró la necesidad de que las fuerzas políticas de Côte d’Ivoire aplicasen plenamente y sin demora las disposiciones del Acuerdo de Linas-Marcoussis, así como las del acuerdo suscrito en Accra (Ghana) el 8 de mayo (“Accra II”), con miras a celebrar elecciones abiertas, libres y transparentes en 2005. En una declaración presidencial del 13 de noviembre, el Consejo expresó su preocupación por la aminoración del ritmo del proceso de paz en Côte d’Ivoire.

El 24 de noviembre, al dirigirse al Consejo, el Secretario General expresó su profunda preocupación por la paralización política a que se había llegado al retirarse las Forces Nouvelles del Gobierno de Reconciliación Nacional, las instó a que volviesen al Gobierno sin demora y pidió a todas las milicias que se disolviesen de inmediato, de manera que se pudiera concentrar y desarmar a los grupos armados.

El 4 de diciembre, en una declaración presidencial, el Consejo expresó su profunda preocupación por los intentos de elementos armados de cruzar la línea de cesación del fuego e instó a todas las partes a que se abstuviesen de cualquier acto que pudiese poner en peligro la observancia de la cesación del fuego y la aplicación del Acuerdo de Linas-Marcoussis. Destacó la importancia que atribuía a que las Forces Nouvelles participasen plenamente en el gobierno de reconciliación nacional y reafirmó la urgente necesidad de realizar operaciones para reagrupar a las fuerzas opuestas, de manera que se pudiese proceder al desarme y la desmovilización.

República Democrática del Congo

La labor del Consejo respecto de la República Democrática del Congo se centró en la continua inestabilidad en la parte oriental del país, junto con las continuas e innumerables violaciones de los derechos humanos y el saqueo de los recursos, al tiempo que el progreso político se consolidaba en torno a la formación del Gobierno de unidad nacional en julio. El conflicto se remonta a agosto de 1998, cuando, en un intento de estabilizar el país y consolidar su control, el entonces Presidente Laurent Kabila expulsó a las tropas rwandesas del país. Esa decisión pronto se convirtió en una controversia regional.

En julio de 1999, la República Democrática del Congo, Angola, Namibia, Rwanda, Uganda y Zimbabwe firmaron en Lusaka (Zambia) un acuerdo de cesación del fuego que el Movimiento de Liberación del Congo (MLC) —uno de los grupos rebeldes— firmó en agosto. Para ayudar a supervisar la aplicación de ese acuerdo en noviembre de 1999, se estableció la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC).

En las sesiones informativas celebradas el 13 de febrero y el 20 de marzo el Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, Jean-Marie Guéhenno, y el fallecido Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sergio Vieira de Mello, dieron la alarma respecto de la situación que imperaba en la parte oriental. Se informó al Consejo de que se habían producido violentos combates en la región de Ituri, en los que habían participado el Movimiento de Liberación del Congo (MLC), la Coalición Congoleña para la Democracia-Nacional, la Coalición Congoleña para la Democracia-Kisangani/Movimiento de Liberación y la Unión de Patriotas Congoleños (UPC), a pesar de la firma en diciembre de un acuerdo inclusivo en Pretoria (Sudáfrica). Los oradores insistieron en que era preciso acabar con las violaciones de los derechos humanos y el ambiente de impunidad.

En una declaración presidencial del 16 de mayo, el Consejo acogió con satisfacción el acuerdo de cesación del fuego en la región de Ituri, que se había firmado ese mismo día, así como las iniciativas del Secretario General para tratar de resolver la situación humanitaria de emergencia en Bunia, donde se estaban intensificando las matanzas étnicas, en particular la posibilidad de enviar una fuerza internacional de emergencia.

El 30 de mayo, el Consejo, en virtud del capítulo VII y de la resolución 1484, autorizó el establecimiento, hasta el 1° de septiembre, de una Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia en Bunia, facultada para adoptar todas las medidas necesarias para cumplir su mandato, a saber: contribuir a estabilizar la seguridad y la situación humanitaria en Bunia, proteger el aeropuerto y los campamentos de desplazados internos y, de ser necesario, proteger a la población, al personal de las Naciones Unidas y al personal humanitario.

En una sesión, celebrada el 7 de julio, en que el Sr. Guéhenno, Secretario General Adjunto de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, y Bertrand Gangapersaud Ramcharan, Alto Comisionado Adjunto para los Derechos Humanos informara de la situación, el Consejo se centró en dos informes de la Oficina del Alto Comisionado sobre las atrocidades cometidas en la región de Ituri. En los informes se llegaba a la conclusión de que en la parte oriental del país todas las partes utilizaban las violaciones de los derechos humanos para crear un ambiente de terror y opresión, a fin de controlar a la población y los recursos naturales.

Más entrado el mes, el Consejo fue informado de que había llegado a un momento decisivo en el proceso de paz, iniciado cuatro años antes, cuando 28 oradores hicieron uso de la palabra y celebraron la decisión de la Unión Europea de establecer la Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia en Bunia, autorizada en la resolución 1484, durante una sesión pública celebrada el 18 de julio para examinar la forma de seguir adelante. No obstante, varios oradores advirtieron que la sustitución de la Fuerza se debía efectuar sin interrupciones y con cuidado. Algunos pidieron que se impusiera un embargo de armas a la parte oriental del país y muchos reclamaron que se pusiera fin a la impunidad de los autores de actos de violencia. La instauración de un gobierno de transición, cuatro años después de la firma del Acuerdo de Cesación del Fuego de Lusaka, se calificó de histórica.

El 28 de julio, el Consejo se reunió por tercera vez ese mes para estudiar el asunto y prorrogó el mandato de la MONUC hasta el 30 de julio de 2004. La resolución 1493 situó a la MONUC en el marco del “capítulo VII”, autorizando a la Misión a utilizar “todos los medios que sean necesarios” para cumplir su mandato en la parte oriental del país, aumentó su fuerza militar autorizada a 10.800 hombres e impuso un embargo de armas de 12 meses contra zonas de la parte oriental del país. (El 26 de junio, el mandato de la MONUC se había prorrogado por un mes en virtud de la resolución 1489.)

El 26 de agosto, en la resolución 1501, el Consejo autorizó a la Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia a prestar asistencia mientras se reforzaba la Misión de las Naciones Unidas y se desplegaba en Bunia y sus alrededores el 1° de septiembre. Con esa asistencia se pretendía lograr una transición sin problemas a medida que la Misión de las Naciones Unidas asumiese las responsabilidades de la Fuerza, que debía completar su retirada antes del 15 de septiembre.

Explotación ilegal de los recursos naturales de la República Democrática del Congo

En junio de 2000, a petición del Consejo, el Secretario General creó un Grupo de Expertos encargado de examinar la cuestión de la explotación ilegal de los recursos naturales y otras riquezas de la República Democrática del Congo. El 24 de enero de ese año, el Consejo, en la resolución 1457, pidió un nuevo mandato de seis meses para el Grupo. En la resolución 1499, de 13 de agosto, se pidió que se prorrogase el mandato del Grupo hasta el 31 de octubre, para que pudiese terminar sus trabajos y presentar un informe final.

En una declaración presidencial del 19 de noviembre, el Consejo, a la luz del informe final del Grupo, condenó la constante explotación de esos recursos. Instó a todos los países afectados, especialmente a los de la región, a que adoptaran medidas para acabar con esas actividades ilícitas, continuando sus propias investigaciones sobre la base de la información acumulada por el Grupo. También alentó a los países, las organizaciones comerciales y los órganos especializados a que vigilaran el comercio de materias primas procedentes de la región.

Etiopía y Eritrea

La guerra entre Etiopía y Eritrea estalló en mayo de 1998 como consecuencia de una controversia fronteriza. La Misión de las Naciones Unidas en Etiopía y Eritrea (UNMEE) se estableció después de que ambos países firmasen un Acuerdo de Cesación de Hostilidades el 18 de junio de 2000 en Argel (Argelia), donde también se firmó un acuerdo general de paz el 12 de diciembre de 2000.

El mandato de la UNMEE se prorrogó en dos ocasiones, la última el 12 de septiembre, en virtud de la resolución 1507, hasta el 15 de marzo de 2004. En esa resolución, el Consejo instó a las partes a que cooperasen cabal y prontamente con la Comisión de Fronteras en sus actividades de delimitación y demarcación y pusiesen plenamente en práctica sus directrices y órdenes de demarcación.

El 17 de julio, el Consejo, en una declaración presidencial, celebró la aceptación por los países de la decisión de abril de 2002 sobre la delimitación como “final y obligatoria” e instó a las partes a que cooperaran cabal y prontamente con la Comisión de Fronteras para comenzar la demarcación en el sector oriental e iniciar los trabajos de prospección en los sectores central y occidental.

Guinea-Bissau

En marzo de 1999, el Consejo estableció una Oficina de Apoyo a la Consolidación de la Paz en Guinea-Bissau (UNOGBIS) para coordinar las iniciativas del sistema de las Naciones Unidas después de la guerra civil de fines del decenio de 1990.

Como reacción ante la frágil situación política imperante en Guinea-Bissau, en la primera de dos sesiones oficiales, el Consejo formuló una declaración presidencial, el 19 de junio (documento S/2003/PRST/8). Antes de su misión a la subregión del África occidental del 26 de junio al 5 de julio, instó a los dirigentes del país y a la comunidad internacional a que redoblasen sus esfuerzos conjuntos por asegurar que puedan “reanudarse cuanto antes” los programas humanitarios, de desarrollo y de consolidación de la paz. El Consejo pidió al Presidente y al Gobierno del país que aseguren la transparencia y la credibilidad de las elecciones legislativas del 6 de julio.

El 29 de septiembre, el Consejo se reunió para examinar la situación tras el golpe de Estado incruento del 14 de septiembre, cuando el ejército del país usurpó el poder del Presidente Kumba Yala, que había vuelto a aplazar las elecciones como lo había hecho en varias ocasiones desde que había disuelto el Gobierno el mes de noviembre anterior. José Ramos Horta, Ministro de Relaciones Exteriores de Timor-Leste y enviado especial de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa, dijo que, al parecer, el pueblo había acogido con satisfacción la intervención militar. Confiaba en que el actual gobierno de transición no pretendiese permanecer en el poder y que hubiese actuado movido verdaderamente por las condiciones socioeconómicas.

Liberia

Como consecuencia de su apoyo a grupos armados en la subregión del África occidental, incluida Sierra Leona, el Consejo impuso amplias sanciones a Liberia en 2001, que consistían en un embargo de armas y diamantes en bruto y la prohibición de efectuar viajes oficiales. En una declaración presidencial del 13 de diciembre de 2002, el Consejo expresó su preocupación por los ataques armados del grupo rebelde Liberianos Unidos por la Reconciliación y la Democracia (LURD). Se creó un grupo de expertos para investigar las violaciones de las sanciones.

En virtud de la resolución 1458, de 28 de enero, se restableció el Grupo de Expertos por otro período de tres meses. En la resolución 1478, de 6 de mayo se prorrogaron las sanciones en vigor durante 12 meses y se agregó la prohibición de importar troncos y productos de madera procedentes de Liberia durante 10 meses.

El 1° de agosto, al reanudarse los combates en Monrovia el 18 de julio después de un acuerdo de cesación del fuego firmado por las partes el 17 de junio, el Consejo, en la resolución 1497, autorizó a una fuerza multinacional a tomar “todas las medidas necesarias” en apoyo de la aplicación del acuerdo, se manifestó dispuesto a desplegar una fuerza de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas antes del 1° de octubre para ayudar a lograr un acuerdo general de paz y autorizó a la Misión de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNAMSIL) a que prestase apoyo logístico, por un período de 30 días como máximo, a los elementos avanzados de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO) de la fuerza multinacional.

Esa resolución fue aprobada por 12 votos a favor y la abstención de Francia, Alemania y México a causa de una disposición que limitaba la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y de terceros países.

El 27 de agosto, el Consejo, en una declaración presidencial, se felicitó por el Acuerdo General de Paz del 18 de agosto, después de una sesión a nivel ministerial en la que fue informado de la situación por altos funcionarios de la CEDEAO.

En virtud de la resolución 1509, aprobada el 19 de septiembre, el Consejo estableció una fuerza de estabilización de 15.000 hombres por un período de 12 meses para prestar asistencia en la cesación del fuego y la aplicación del acuerdo de paz. Asimismo, acogió con satisfacción la dimisión del Presidente Charles Taylor el 11 de agosto y la transferencia pacífica del poder en el país y pidió al Secretario General que transfiriese la autoridad de las fuerzas de la CEDEAO a la Misión de las Naciones Unidas en Liberia (UNMIL) el 1° de octubre. Esta decisión fue tomada tras una sesión celebrada el 16 de septiembre en que Jacques Paul Klein, Representante Especial del Secretario General para Liberia, informó al Consejo.

Con objeto de adaptar los embargos contra Liberia para tener en cuenta el cambio de las circunstancias, en particular la salida del Sr. Taylor y la formación del Gobierno Nacional de Transición, así como los progresos realizados en el proceso de paz en la vecina Sierra Leona el 22 de diciembre, el Consejo de Seguridad puso fin a la prohibición de vender o suministrar armas, diamantes y madera, así como la de viajar, y disolvió el Comité creado para supervisar la prohibición. Al mismo tiempo, volvió a aplicar las medidas bajo la supervisión de un nuevo órgano establecido en virtud de la resolución 1521.

Además, el Consejo pidió a todos los países del África occidental que tomasen medidas para impedir que personas y grupos armadas utilizasen su territorio para preparar y cometer ataques contra los países vecinos y se abstuviesen de cualquier acción que pudiese desestabilizar aún más la situación en la subregión.

Libia

Por 13 votos a favor y con la abstención de Francia y los Estados Unidos, el Consejo aprobó la resolución 1506 el 12 de septiembre, por la cual se levantaron las sanciones impuestas a Libia tras los atentados terroristas cometidos contra el vuelo 103 de Pan Am sobre Lockerbie, Escocia, en 1998, y el vuelo 772 de la compañía francesa Union de transports aeriens (UTA), sobre el Níger, en 1989, en virtud de que Libia aceptó la responsabilidad por los actos cometidos por funcionarios libios, renunció al terrorismo y tomó medidas para abonar una indemnización adecuada a las familias de las víctimas. En la sesión del 9 de septiembre se había pospuesto la adopción de medidas sobre el texto. El Consejo también suprimió este tema de la lista de asuntos.

Sierra Leona

En la resolución 1470, de 28 de marzo, se prorrogó por seis meses el mandato de la Misión de las Naciones Unidas en Sierra Leona (UNAMSIL). En la misma resolución se instó a la UNAMSIL a hacerse cargo de la seguridad interna y externa, completar la fase 2 y poner en marcha la fase 3 del plan de reducción de efectivos, de conformidad con el decimoquinto informe del Secretario General (documento S/2002/987).

El 18 de julio, mediante la resolución 1492, el Consejo aprobó la recomendación del Secretario General de que el proceso de reducción de efectivos de la UNAMSIL se efectuara de conformidad con la opción de “modificación del statu quo”, según la cual, tras cuatro fases de reducción de las tropas, el retiro completo concluiría en diciembre de 2004.

En la resolución 1508, de 19 de septiembre, se prorrogó nuevamente el mandato de la UNAMSIL hasta el 31 de marzo de 2004. El Consejo celebró la intención del Secretario General de reducir las tropas a 11.500 a partir de noviembre, si la situación en materia de seguridad se mantenía favorable. Está previsto que para octubre de 2004 se hayan reducido las tropas a 5.000 efectivos.

El conflicto en Sierra Leona se remonta a marzo de 1991, cuando combatientes del Frente Revolucionario Unido (FRU) pusieron en marcha una campaña bélica desde la región oriental del país, cerca de la frontera con Liberia, para derrocar al Gobierno. En octubre de 1999, el Consejo de Seguridad, en su resolución 1270 (1999), estableció la UNAMSIL para contribuir a la aplicación del Acuerdo de Paz de Lomé (Togo), firmado el 7 de julio de 1999 por el Gobierno de Sierra Leona y el FRU.

Somalia

Tras una década de anarquía y hambre en el país, se inició un proceso de reconciliación nacional con la celebración de una conferencia de paz entre las diversas facciones de Arta (Djibouti) a mediados de 2000 y la formación de un gobierno de transición. Dado que varios partidos de Somalia no apoyaron el proceso, siguió habiendo importantes problemas en materia de seguridad, reconstrucción y desarrollo. El 27 de octubre de 2002 se firmó en Eldoret (Kenya) la Declaración sobre la cesación de hostilidades y las estructuras y principios del proceso de reconciliación en Somalia.

El 12 de marzo, en una declaración del Presidente, el Consejo de Seguridad indicó que lamentaba profundamente que, a pesar de que se hubiera firmado la Declaración, todavía continuaron los enfrentamientos. Condenó a todos los involucrados en los enfrentamientos e instó a detener de inmediato todos los actos violentos. También hizo un llamamiento a los Estados y otras partes interesadas a aplicar escrupulosamente el embargo de armas establecido en la resolución 733 (1992).

En una declaración del Presidente de 11 de noviembre, el Consejo instó a los dirigentes de Somalia a llegar a un acuerdo viable y a una solución duradera del conflicto, mediante las reuniones de dirigentes que estaba previsto realizar el mes siguiente en Kenya. También instó a la comunidad internacional a apoyar el proyecto de reconciliación nacional de Somalia, el Fondo Fiduciario para la consolidación de la paz en Somalia y el llamamiento interinstitucional unificado de las Naciones Unidas para Somalia.

Como parte de su labor de supervisión del embargo de armas de 1992, el Consejo de Seguridad, en su resolución 1474, de 18 de abril, volvió a establecer el Grupo de Expertos que había creado en septiembre de 2002 para investigar las infracciones al embargo. El Consejo decidió además enviar una misión del Comité, establecido en 1992, para vigilar el embargo de armas.

Habiendo examinado el informe del Grupo de Expertos (documento S/2003/35), en el que se describen las extendidas infracciones del embargo, en particular la corriente de armas y municiones que entra y pasa por ese país hacia los países vecinos, lo que repercute en la seguridad de la región, el Consejo aprobó la resolución 1519 el 16 de diciembre, en la que se pedía al Secretario General que estableciera un Grupo de supervisión, por un período de seis meses, que comenzaría tan pronto como fuera posible, y que debía concentrarse en las infracciones del embargo de armas que se estaban cometiendo, incluidas las transferencias de municiones, armas de un solo uso y armas pequeñas.

Sudán

En una declaración del Presidente de 10 de octubre, el Consejo acogió con satisfacción el acuerdo sobre las medidas de seguridad alcanzado en septiembre en Naivasha (Kenya) por el Gobierno del Sudán y el Movimiento/Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés, y declaró que esperaba con interés que se concertara un acuerdo global de paz basado en el Protocolo de Machakos.

El Protocolo de Machakos, firmado el 20 de julio de 2002 en Machakos (Kenya) por el Gobierno del Sudán y el Movimiento/Ejército de Liberación del Pueblo Sudanés, es un acuerdo sobre un marco amplio de principios de gobernabilidad y procedimientos para el proceso de transición. Con arreglo al Protocolo, las partes alcanzaron un acuerdo sobre el derecho a la libre determinación de los habitantes del Sudán meridional.

Sáhara Occidental

En enero, el Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, James Baker III, presentó el “Plan de paz para la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental” a las partes participantes en la resolución del conflicto de larga data sobre ese Territorio. El plan propuesto (documento S/2003/565, anexo II) prevé que las Naciones Unidas lleven a cabo un referéndum sobre la situación final del Sáhara Occidental y se establezca una autoridad provisional hasta que se haga efectivo el resultado del referéndum.

Marruecos y el Frente Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro (Frente POLISARIO) se disputan el Territorio desde que España renunció a su control en 1974. La Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) fue establecida en 1991 para supervisar la celebración de un referéndum en el que el pueblo del Sáhara occidental pudiera elegir entre la independencia y la integración en Marruecos, como parte del Plan de Arreglo de las Naciones Unidas. Hace años que el proceso de referéndum está estancado.

A efectos de conceder a las partes el tiempo necesario para estudiar la propuesta, el mandato de la MINURSO se prorrogó por períodos cortos cinco veces en el transcurso del año; en la ocasión más reciente, hasta el 31 de enero de 2004, mediante la resolución 1513, de 28 de octubre.


Comunicado de prensa SC/7982 del 16 de enero de 2004.
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