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Publicaciónes Principales
Programa 21

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Capítulo

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Sección II
Conservación y Gestión de los Recursos para el Desarrollo
Capítulo 15

CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA

INTRODUCCION


15.1. Los objetivos y las actividades del presente capítulo del Programa 21 están destinados a mejorar la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, así como a apoyar el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

15.2. Los bienes y los servicios esenciales de nuestro planeta dependen de la variedad y la variabilidad de los genes, las especies, las poblaciones y los ecosistemas. Los recursos biológicos nos nutren, nos visten y nos proporcionan alojamiento, medicamentos y sustento espiritual. Los ecosistemas naturales de los bosques, las sabanas, las praderas y los pastizales, los desiertos, las tundras, los ríos, los lagos y los mares contienen la mayor parte de la biodiversidad de la Tierra. Las tierras de los agricultores y los jardines son también de gran importancia como reservas, en tanto que los bancos de genes, los jardines botánicos, los parques zoológicos y otras reservas de plasma germinal aportan una contribución pequeña pero importante. El actual empobrecimiento de la biodiversidad es en gran parte resultado de la actividad humana y constituye una grave amenaza para el desarrollo humano.

AREA DE PROGRAMAS


Conservación de la diversidad biológica

Bases para la acción

15.3. Pese a los crecientes esfuerzos hechos en el curso de los 20 últimos años, ha continuado el proceso de pérdida de la diversidad biológica del mundo, principalmente a causa de la destrucción de los hábitat, el cultivo excesivo, la contaminación y la introducción inadecuada de plantas y animales foráneos. Los recursos biológicos constituyen un capital con un gran rendimiento potencial de beneficios sostenibles. Es preciso tomar urgentemente medidas decisivas para conservar y mantener los genes, las especies y los ecosistemas, con miras a la ordenación y la utilización sostenibles de los recursos biológicos. Hay que reforzar en los planos nacional e internacional la capacidad de evaluación, estudio y observación sistemática de la biodiversidad. Se requieren una acción nacional y una cooperación internacional eficaces para la protección in situ de los ecosistemas, la conservación ex situ de los recursos biológicos y genéticos y el mejoramiento de las funciones de los ecosistemas. La participación y el apoyo de las comunidades locales son factores esenciales para el éxito de tal enfoque. Los adelantos recientes de la biotecnología han destacado la capacidad potencial que el material genético contenido en las plantas, los animales y los microorganismos tiene para la agricultura, la salud y el bienestar, así como para fines ambientales. Al mismo tiempo, es particularmente importante subrayar en este contexto que los Estados tienen el derecho soberano a explotar sus propios recursos biológicos en consonancia con sus políticas ambientales, así como la responsabilidad de conservar su biodiversidad, de utilizar sus recursos biológicos de manera sostenible y de velar por que las actividades que se realicen bajo su jurisdicción o control no causen daños a la biodiversidad biológica de otros Estados o de las zonas situadas fuera de los límites de la jurisdicción nacional.

Objetivos

15.4. Los gobiernos, al nivel que corresponda y con el apoyo de los organismos de las Naciones Unidas y de las organizaciones regionales, intergubernamentales y no gubernamentales competentes, el sector privado y las instituciones financieras, y teniendo en cuenta las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como los factores sociales y económicos, deberían:

(a) Presionar para la pronta entrada en vigor del Convenio sobre la Diversidad Biológica, con la participación más amplia posible;

(b) Elaborar estrategias nacionales para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(c) Incorporar en las estrategias y los planes nacionales de desarrollo las estrategias de conservación de la diversidad biológica y utilización sostenible de los recursos biológicos;

(d) Tomar las medidas apropiadas para la distribución justa y equitativa de los beneficios dimanantes de la investigación y el desarrollo y de la utilización de los recursos biológicos y genéticos, así como de la biotecnología, entre las fuentes de esos recursos y entre quienes los utilicen;

(e) Llevar a cabo estudios por países, según proceda, sobre la conservación de la diversidad biológica y sobre la utilización sostenible de los recursos biológicos, así como análisis de los costos y beneficios pertinentes, con particular referencia a los aspectos socioeconómicos;

(f) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre la biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales;

(g) Reconocer y fomentar los métodos y los conocimientos tradicionales de las poblaciones indígenas y sus comunidades, haciendo hincapié en la función particular de la mujer, que sean de interés para la conservación de la diversidad biológica y para la utilización sostenible de los recursos biológicos, y dar a esos grupos la oportunidad de participar en los beneficios económicos y comerciales dimanantes de la utilización de tales métodos y conocimientos tradicionales 1/

(h) Poner en práctica mecanismos para el mejoramiento, la generación, el desarrollo y la utilización sostenible de la biotecnología y para su transferencia inocua, particularmente a los países en desarrollo, teniendo en cuenta la contribución potencial de la biotecnología a la conservación de la diversidad biológica y a la utilización sostenible de los recursos biológicos 2/

(i) Promover una cooperación internacional y regional más amplia para fomentar la comprensión científica y económica de la importancia de la biodiversidad y de sus funciones en los ecosistemas;

(j) Idear medidas y disposiciones para poner en práctica el derecho de los países de origen de los recursos genéticos o los países que suministren los recursos genéticos, tal como están definidos en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, particularmente los países en desarrollo, a beneficiarse del desarrollo biotecnológico y de la utilización comercial de los productos derivados de tales recursos 2/ 3/

Actividades

A) Actividades De Gestión

15.5. Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda:

(a) Elaborar nuevas estrategias, planes o programas de acción, o reforzar los existentes, para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, teniendo en cuenta la labor de educación y capacitación necesaria 4/

(b) Incorporar en los planes, programas y políticas sectoriales o transectoriales pertinentes, las estrategias para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos, prestando particular atención a la especial importancia de los recursos biológicos y genéticos terrestres y acuáticos para la agricultura y la alimentación 5/

(c) Realizar estudios por países o utilizar otros métodos para reconocer los componentes de la diversidad biológica que son importantes para su conservación y para la utilización sostenible de los recursos biológicos, atribuir valores a los recursos biológicos y genéticos, reconocer los procesos y las actividades que tienen considerables repercusiones sobre la diversidad biológica, evaluar las repercusiones económicas potenciales de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos, y sugerir medidas prioritarias;

(d) Tomar medidas que constituyan incentivos eficaces en los sectores económico y social y en otros sectores pertinentes para fomentar la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, así como la promoción de sistemas de producción sostenibles, tales como los métodos tradicionales de la agricultura, la agrosilvicultura, la silvicultura y la ordenación de los pastos y de la flora y la fauna silvestres, que utilicen, mantengan o aumenten la biodiversidad 5/

(e) Sin perjuicio de la legislación nacional, tomar medidas para respetar, registrar, proteger y contribuir a aplicar más ampliamente los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que reflejan los estilos de vida tradicionales para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos, con miras a la participación justa y equitativa en los beneficios consiguientes, y promover la creación de mecanismos para que esas comunidades, incluidas las mujeres, participen en la conservación y la gestión de los ecosistemas 1/

(f) Realizar investigaciones a largo plazo sobre la importancia de la biodiversidad para el funcionamiento de los ecosistemas y sobre la función de los ecosistemas en la producción de bienes, servicios ambientales y otros valores que contribuyan a un desarrollo sostenible, prestando particular atención a la biología y a la capacidad de reproducción de las especies terrestres y acuáticas clave, entre ellas las especies nativas y las especies cultivadas; las nuevas técnicas de observación y de preparación de inventarios; las condiciones ecológicas necesarias para la conservación de la biodiversidad y la continuación de la evolución, y el comportamiento social y los hábitos de nutrición dependientes de los ecosistemas naturales, en relación con lo cual las mujeres desempeñan funciones clave; estos trabajos deberían realizarse con la participación más amplia posible, especialmente de las poblaciones indígenas y sus comunidades, incluidas las mujeres 1/

(g) Tomar medidas, cuando sea necesario, para la conservación de la diversidad biológica mediante la conservación in situ de los ecosistemas y los hábitat naturales, así como de las variedades primitivas obtenidas por selección y de las variedades silvestres emparentadas con ellas, y para el mantenimiento y la recuperación de poblaciones viables de especies en su entorno natural, y tomar medidas ex situ, preferiblemente en el país de origen; las medidas in situ deberían incluir el reforzamiento de los sistemas de las zonas terrestres, marinas y acuáticas protegidas para dar cabida a, en particular, las zonas pantanosas vulnerables, sean o no de agua dulce, y los ecosistemas ribereños, tales como los estuarios, los arrecifes de coral y los manglares 6/

(h)Promover la renovación y la restauración de los ecosistemas dañados y la recuperación de las especies amenazadas o en peligro;

(i) Formular políticas para fomentar la conservación de la biodiversidad y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos en las tierras de propiedad privada;

(j) Promover un desarrollo ecológicamente racional y sostenible en las zonas adyacentes a las zonas protegidas, con miras a reforzar la protección de estas zonas;

(k) Adoptar los procedimientos apropiados para la evaluación de las repercusiones ambientales de los proyectos propuestos que sea probable que vayan a surtir efectos considerables sobre la diversidad biológica, tomando medidas para que la información pertinente sea fácilmente asequible y para la participación del público, cuando proceda, y fomentar la evaluación de las repercusiones de las políticas y programas pertinentes sobre la diversidad biológica;

(l) Promover, cuando proceda, el establecimiento y mejoramiento de sistemas de inventario nacional, reglamentación o gestión y control al nivel apropiado en relación con los recursos biológicos;

(m) Tomar medidas para fomentar una mayor comprensión y apreciación del valor de la diversidad biológica, manifestada tanto en sus partes componentes como en los servicios prestados a los ecosistemas.

B) Datos E Información

15.6. Los gobiernos, al nivel que corresponda, en consonancia con las políticas y las prácticas nacionales, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda 7/

(a) Reunir, evaluar e intercambiar regularmente información sobre la conservación de la diversidad biológica y sobre la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(b) Elaborar métodos para el muestreo y la evaluación sistemáticos, en el plano nacional, de los componentes de la diversidad biológica reconocidos mediante estudios sobre países;

(c) Iniciar o continuar la elaboración de métodos y empezar o proseguir los estudios, al nivel que corresponda, sobre la situación de los ecosistemas y reunir información básica sobre los recursos biológicos y genéticos, entre ellos los de los ecosistemas terrestres, acuáticos, costeros y marinos, así como emprender la preparación de inventarios con la participación de las poblaciones locales e indígenas y sus comunidades;

(d) Determinar y evaluar las repercusiones y los beneficios económicos y sociales potenciales de la conservación y la utilización sostenible de las especies terrestres y acuáticas en cada país, partiendo de los resultados obtenidos mediante los estudios sobre países;

(e) Emprender la actualización, el análisis y la interpretación de los datos obtenidos mediante los trabajos de determinación, muestreo y evaluación descritos más arriba;

(f) Reunir, evaluar y proporcionar información pertinente y fiable, de manera oportuna y en forma adecuada para la adopción de decisiones a todos los niveles, con el apoyo y la participación plenos de las poblaciones locales e indígenas y sus comunidades.

C) Cooperación Y Coordinación En Los Planos Internacional Y Regional

15.7. Los gobiernos, al nivel que corresponda, con la cooperación de los organismos competentes de las Naciones Unidas y, según proceda, de las organizaciones intergubernamentales y con el apoyo de las poblaciones indígenas y de sus comunidades, de las organizaciones no gubernamentales y de otros grupos, incluidos los círculos mercantiles y científicos, y con arreglo al derecho internacional, deberían, según proceda:

(a) Considerar el establecimiento o el reforzamiento de los medios y las redes nacionales o internacionales para el intercambio de datos y de información que sean de interés para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos 7/

(b) Preparar y actualizar regularmente informes mundiales sobre la biodiversidad basándose en las evaluaciones nacionales efectuadas en todos los países;

(c) Promover la cooperación técnica y científica en la esfera de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos y genéticos; se debería prestar especial atención al desarrollo y el reforzamiento de la capacidad nacional mediante el aprovechamiento de los recursos humanos y la creación de instituciones, así como mediante la transferencia de tecnología y/o el desarrollo de instituciones de investigación y de gestión, tales como herbarios, museos, bancos de genes y laboratorios, en relación con la conservación de la biodiversidad 8/

(d) Sin perjuicio de las disposiciones pertinentes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, facilitar para este capítulo la transferencia de tecnologías que sean de interés para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos o tecnologías biológicas que utilicen recursos genéticos y no causen ningún daño apreciable al medio ambiente, de conformidad con el capítulo 34, y reconociendo que la tecnología incluye la biotecnología 2/ 8/

(e) Promover la cooperación entre las partes en las convenciones y los planes de acción internacionales pertinentes, con miras a intensificar y coordinar los esfuerzos por conservar la diversidad biológica y lograr la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(f) Reforzar el apoyo a los instrumentos, los programas y los planes de acción internacionales y regionales relacionados con la conservación de la diversidad biológica y con la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(g) Promover el mejoramiento de la coordinación internacional de las medidas encaminadas a la conservación y la ordenación eficaces de las especies migratorias que estén en peligro y que no constituyan plagas, incluidos los niveles apropiados de apoyo para el establecimiento y la ordenación de zonas protegidas en lugares transfronterizos;

(h) Promover los esfuerzos nacionales con respecto a las encuestas, la reunión de datos, los muestreos y la evaluación, así como al mantenimiento de bancos de genes.

Medios De Ejecución

A) Financiación Y Evaluación De Los Costos

15.8. La secretaría de la Conferencia ha estimado que el costo total medio por año (1993-2000) de ejecución de las actividades de este capítulo ascenderá a unos 3.500 millones de dólares, incluidos alrededor de 1.750 millones de dólares que la comunidad internacional suministrará a título de donación o en condiciones de favor. Estas estimaciones son indicativas y aproximadas únicamente y no han sido objeto de examen por los gobiernos. Los costos reales y las condiciones financieras, incluidas las no concesionarias, dependerán, entre otras cosas, de las estrategias y los programas específicos que los gobiernos decidan ejecutar.

B) Medios Científicos y Tecnológicos

15.9. Los aspectos concretos que han de abordarse incluyen la necesidad de formular:

(a) Métodos eficientes para realizar estudios de referencia e inventarios, así como para la evaluación y el muestreo sistemáticos de los recursos biológicos;

(b) Métodos y tecnologías para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(c) Métodos perfeccionados y diversificados para la conservación ex situ con miras a la conservación a largo plazo de los recursos genéticos que sean de importancia para la investigación y el desarrollo.

C) Desarrollo De Los Recursos Humanos

15.10. Es preciso, cuando proceda:

(a) Aumentar y/o utilizar más eficientemente el personal capacitado en los aspectos científicos y tecnológicos relativos a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(b) Mantener o establecer programas de educación científica y técnica y de capacitación de administradores y profesionales, especialmente en los países en desarrollo, en relación con las medidas encaminadas al reconocimiento, la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos;

(c) Promover y alentar la comprensión de la importancia de las medidas necesarias para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos en todos los planos de la formulación de políticas y la adopción de decisiones en los gobiernos, las empresas comerciales y las instituciones de crédito, y promover y alentar la incorporación de esos temas en los programas de educación.

D) Aumento De La Capacidad

15.11. Es preciso, cuando proceda:

(a) Fortalecer las instituciones que se ocupan de la conservación de la diversidad biológica o establecer nuevas instituciones de esa índole, y considerar la creación de mecanismos tales como institutos o centros nacionales de diversidad biológica;

(b) Seguir fortaleciendo la capacidad respecto de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos biológicos en todos los sectores pertinentes;

(c) Aumentar, especialmente en los gobiernos, las empresas comerciales y los organismos de desarrollo bilaterales y multilaterales, la capacidad de integrar los problemas concernientes a la diversidad biológica, sus posibles beneficios y los cálculos de los costos de sustitución en los procesos de formulación, aplicación y evaluación de proyectos, así como de evaluar las repercusiones de los proyectos de desarrollo propuestos sobre la diversidad biológica;

(d) Aumentar, en el plano pertinente, la capacidad de las instituciones públicas y privadas que se ocupan de la planificación y la gestión de las zonas protegidas de coordinar y planificar intersectorialmente con otras instituciones públicas, organizaciones no gubernamentales y, cuando proceda, con las poblaciones indígeneas y sus comunidades.


1/ Véanse el capítulo 26 (Reconocimiento y fortalecimiento del papel de las poblaciones indígenas y sus comunidades) y el capítulo 24 (Medidas mundiales en favor de la mujer para lograr un desarrollo sostenible y equitativo).

2/ Véase el capítulo 16 (Gestión ecológicamente racional de la biotecnología).

3/ El artículo 2 (Términos utilizados) del Convenio sobre la Diversidad Biológica incluye las definiciones siguientes: "Por 'país de origen de recursos genéticos' se entiende el país que posee esos recursos genéticos en condiciones in situ. Por 'país que aporta recursos genéticos' se entiende el país que suministra recursos genéticos obtenidos de fuentes in situ, incluidas las poblaciones de especies silvestres y domesticadas, o de fuentes ex situ, que pueden tener o no su origen en ese país."

4/ Véase el capítulo 36 (Fomento de la educación, la capacitación y la toma de conciencia).

5/ Véanse el capítulo 14 (Fomento de la agricultura y del desarrollo rural sostenibles) y el capítulo 11 (Lucha contra la deforestación).

6/ Véase el capítulo 17 (Protección de los océanos y de todos los tipos de mares, incluidos los mares cerrados y semicerrados, y de las zonas costeras, y protección, utilización racional y desarrollo de sus recursos vivos).

7/ Véase el capítulo 40 (Información para la adopción de decisiones).

8/ Véase el capítulo 34 (Transferencia de tecnología ecológicamente racional, cooperación y aumento de la capacidad).