Prohibición de los componentes de artefactos explosivos improvisados

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 38 de la resolución 2662 (2022), cuando un artículo que figure en la parte I del anexo C de la resolución se venda, suministre o transfiera de forma directa o indirecta a Somalia como se indica en el párrafo 37, el Estado deberá notificar al Comité la venta, el suministro o la transferencia en un plazo no superior a 15 días hábiles después de que se efectúe la venta, el suministro o la transferencia. Dichas notificaciones contendrán toda la información pertinente, como el propósito para el que se utilizarán los artículos, el usuario final, las especificaciones técnicas y la cantidad de artículos que se enviarán.

Las notificaciones se deben enviar al:

  • Presidente del Comité, Excmo. Sr. Kazuyuki Yamazaki, por conducto de la Misión Permanente de Japón ante las Naciones Unidas

Con copia a:

  • La Secretaria Principal del Comité, Sra. Sana Khan,

dirección de correo electrónico: SC-751-Committee@un.org