Resoluciones

Símbolo del documento Fecha de aprobación Descripción
22 December 2006

Decide examinar las medidas descritas en el apartado b) del párrafo 4 de la resolución 1267 (1999), el apartado c) del párrafo 8 de la resolución 1333 (2000) y los párrafos 1 y 2 de la resolución 1390 (2002) con miras a la posibilidad de que se vuelvan a reforzar dentro de 18 meses; Exhorta a los Estados a que, al proponer nombres para la Lista consolidada, utilicen el formulario de remisión que adjunta con el fin de asegurar la claridad y la uniformidad en las solicitudes de inclusión en la lista; Decide prorrogar el plazo para el examen por el Comité de las notificaciones presentadas con arreglo al apartado a) del párrafo 1 de la resolución 1452 (2002) y decide prorrogar el mandato del actual Equipo de Vigilancia  por un nuevo período de 18 meses (párrafos 1, 7, 15, 32 y 33)

21 December 2006

Toma nota con interés de los métodos y mejores prácticas mencionados en el informe del Grupo de Trabajo (S/2006/997) y pide a sus órganos subsidiarios que hagan lo mismo.

19 December 2006

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5599ª sesión celebrada el 19 de diciembre de 2006

19 December 2006

El proyecto de resolución (S/2006/996) ha sido aprobado por unanimidad como resolución 1730 (2006)

08 August 2006

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5507ª sesión celebrada el 8 de agosto de 2006

08 August 2006

El proyecto de resolución (S/2006/616) ha sido aprobado por unanimidad como resolución 1699 (2006)

29 July 2005

El proyecto de resolución (S/2005/495) ha sido aprobado por unanimidad como resolución 1617 (2005)

29 July 2005

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5244ª sesión celebrada el 29 de julio de 2005

30 January 2004

El proyecto de resolución (S/2004/79) ha sido aprobado por unanimidad como resolución 1526 (2004)

30 January 2004

Decide mejorar, según se establece en los párrafos siguientes de la presente resolución, la aplicación de las medidas impuestas en virtud del apartado b) del párrafo 4 de la resolución 1267 (1999), el apartado c) del párrafo 8 de la resolución 1333 (2000) y los párrafos 1 y 2 de la resolución 1390 (2002) y pide al Secretario General establecer por un período de 18 meses, con sede en Nueva York, un equipo encargado de prestar apoyo analítico y vigilar la aplicación de las sanciones (en adelante, “el Equipo de Vigilancia”)