De conformidad con el párrafo 13 de la resolución 1822 (2008) y las resoluciones aprobadas posteriormente, el Comité de Sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida publica un resumen de los motivos por los que se han incluido la entrada o las entradas respecto de personas, grupos, empresas y entidades en la Lista de Sanciones contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida.
Umar Mahmud Irhayyim al-Kubaysi fue incluido en la Lista el 6 de marzo de 2018, de conformidad con los párrafos 2 y 4 de la resolución 2368 (2017), como persona asociada con el Islamic State in Iraq and the Levant (Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL)) o Al-Qaida por “la participación en la financiación, planificación, facilitación, preparación o comisión de actos o actividades ejecutados por” el EIIL, entidad incluida en la Lista como Al-Qaida in Iraq (QDe.115), “o realizados en o bajo su nombre, junto con [él] o en su apoyo” y por “el suministro, la venta o la transferencia de armas y material conexo” al EIIL.
La asociación de Umar Mahmud Irhayyim al-Kubaysi con el EIIL, entidad incluida en la Lista como Al-Qaida in Iraq (QDe.115), y las organizaciones que lo precedieron se remonta a 2006, cuando Al-Kubaysi transfería fondos operacionales principalmente para la entidad predecesora del EIIL, Al-Qaida in Iraq, y otros grupos insurgentes. Desde entonces, Al-Kubaysi ha colaborado con un facilitador de armas del EIIL y ha ejercido de facilitador financiero del EIIL. En concreto, a mediados de 2016 Al-Kubaysi estaba involucrado en actividades financieras con el EIIL y en 2014 colaboró con un facilitador de armas del EIIL para introducir de contrabando en el Iraq camionetas procedentes de la República Árabe Siria.
En la primavera de 2014, Al-Kubaysi, en calidad de propietario de Al-Kawthar Money Exchange (QDe.157), concilió los depósitos y las retiradas de fondos con Hanifa Money Exchange Office (Branch Located in Albu Kamal, Syrian Arab Republic) (QDe.153).