S/RES/2159 (2014)
Submitted by Anónimo (not verified) on 27 June 2018 - 7:35pmProrroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de julio de 2015.
Prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de julio de 2015.
Prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de julio de 2014.
Prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de julio de 2013.
Prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de junio de 2012.
Establece un Grupo de Expertos integrado por ocho miembros para que asista al Comité 1737; decide que el Irán no deberá adquirir intereses en actividades comerciales de otro Estado que comporten la extracción de uranio o la producción o uso de los materiales y tecnologías nucleares indicados en la lista de control de exportaciones aprobada por las Naciones Unidas, en particular actividades de enriquecimiento y reprocesamiento de uranio, todas las actividades relacionadas con el agua pesada y tecnologías relacionadas con misiles balísticos capaces de transportar armas nucleares; decide que l
Exige al Irán que suspenda toda actividad relacionada con el enriquecimiento de uranio, así como las relativas a la investigación y el desarrollo asociados a las centrifugadoras y el enriquecimiento de uranio.
Impone a Irán un embargo de armas en ambas direcciones y refuerza la congelación de activos ya establecida.
Establece un Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad (Comité 1737); impone sanciones al Irán por no poner fin a su programa de enriquecimiento de uranio tras la resolución 1696 (2006); impone una prohibición sobre el suministro de tecnología y materiales nucleares o conexos y congela los activos de personas y empresas clave relacionadas con el programa de enriquecimiento.
Expresa su preocupación por las intenciones del programa nuclear del Irán y solicita que el Irán ponga fin a su programa de enriquecimiento de uranio.
Prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 9 de julio de 2016.