Security Council Committee established pursuant to resolution 1533 (2004) concerning the Democratic Republic of the Congo

S/RES/1771 (2007)

Renueva hasta el 15 de febrero de 2008 el embargo de armas, así como las restricciones de viajes y financieras sobre personas designadas por el Comité en virtud de los establecido en las resoluciones 1596 (2005), 1649 (2006) y 1698 (2006). Pide al Secretario General que restablezca el Grupo de Expertos durante un período que venza el 15 de febrero de 2008.

Spanish

S/RES/1799 (2008)

Decide prorrogar hasta el 31 de marzo de 2008 las medidas relativas a las armas impuestas en la resolución 1493 (2003) y enmendadas y ampliadas en la resolución 1596 (2005); también las medidas relativas al transporte impuestas en la resolución 1596 (2005); las medidas financieras y relativas a los viajes impuestas en la resolución 1596 (2005), en la resolución 1649 (2005) y en la resolución 1698 (2006); Asimismo decide prorrogar el mandato del Grupo de Expertos.

Spanish

S/RES/1649 (2005)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5340ª sesión, celebrada el 21 diciembre de 2005, decide que, durante un período que concluirá el 31 de julio de 2006, las disposiciones de los párrafos 13 a 16 de la resolución 1596 (2005) se aplicarán a los responsables políticos y militares de los grupos armados extranjeros que operan en la República Democrática del Congo y de las milicias congoleñas que reciben apoyo del exterior, que obstaculicen el desarme y la repatriación o el reasentamiento voluntarios de los combatientes.

Spanish

S/RES/1493 (2003)

Decide que todos los Estados, incluida la República Democrática del Congo, tomen las medidas necesarias, durante un período inicial de 12 meses a partir de la aprobación de la presente resolución, para impedir el suministro, la venta o la transferencia, directa o indirecta, a partir de su territorio o por parte de sus nacionales o utilizando buques o aeronaves de su pabellón, de armas o material conexo o la prestación de asistencia, asesoramiento o adiestramiento conexo a las actividades militares a todos los grupos y milicias armados congoleños o extranjeros que operen en el territorio de

Spanish

S/RES/2293 (2016)

Prorroga las medidas relativas a las armas, el transporte, las finanzas y los viajes impuestas por la resolución 1807 (2008) hasta el 1 de julio de 2017, y prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 1 de agosto de 2017. Reafirma que, de conformidad con el párrafo 2 de la resolución 1807 (2008), las medidas ya no se aplican a la transferencia de armas y material conexo al Gobierno de la República Democrática del Congo.

Spanish