S/RES/2198 (2015)

Prorroga las medidas relativas a las armas, el transporte, las finanzas y los viajes impuestas por la resolución 1807 (2008) hasta el 1 de julio de 2016, y prorroga el mandato del Grupo de Expertos hasta el 1 de agosto de 2016. Exhorta al Gobierno de la República Democrática del Congo a que mejore la seguridad de las existencias, la rendición de cuentas y la gestión respecto de armas y municiones, con la asistencia de los asociados internacionales, a fin de ocuparse urgentemente de las denuncias de desviación a grupos armados. Recuerda el mandato de la MONUSCO de vigilar la aplicación del embargo de armas, en cooperación con el Grupo de Expertos, y solicita a la MONUSCO que, en la medida de sus posibilidades, preste asistencia al Comité de Sanciones y al Grupo de Expertos, entre otras cosas transmitiéndoles información pertinente para la aplicación de las sanciones. Acoge con beneplácito las medidas adoptadas por los gobiernos de la región a fin de aplicar las directrices del Grupo de Expertos para el ejercicio de la diligencia debida, incluida la introducción en su legislación nacional del Mecanismo Regional de Certificación de la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos, de conformidad con las directrices de la OCDE y la práctica internacional, y solicita que se amplíe el proceso de certificación a otros Estados Miembros de la región, y alienta a todos los Estados, en particular a los de la región, a que continúen dando a conocer las directrices para el ejercicio de la diligencia debida.

Resolution number: 
2198
Resolution Date: 
29 January 2015