S/RES/2078 (2012)

Prorroga hasta el 1 de febrero de 2014 las medidas relativas a las armas, el transporte, las finanzas y los viajes impuestas en la resolución 1807 (2008), y reafirma las disposiciones de los párrafos 10 y 12 de dicha resolución respecto de las personas y entidades indicadas en el párrafo 4 de la resolución 1857. Decide que las medidas financieras y relativas a los viajes se aplicarán a las personas y, cuando corresponda, las entidades que actúen en contravención de las medidas relativas a las armas, el transporte y las finanzas; a los líderes políticos y militares de los grupos armados extranjeros que operan en la República Democrática del Congo que impidan el desarme y la repatriación voluntaria de sus combatientes; a los líderes políticos y militares de las milicias congoleñas que reciben apoyo del exterior de la República Democrática del Congo, que impidan la participación de sus combatientes en los procesos de desarme, desmovilización y reintegración, y que recluten o utilicen a niños en los conflictos armados; a las personas o entidades que cometan graves violaciones mediante actos dirigidos deliberadamente contra niños o mujeres en situaciones de conflicto armado; que obstaculicen el acceso a la asistencia humanitaria o su distribución, que apoyen a grupos armados mediante el comercio ilícito de recursos naturales; y que actúen en nombre o a instancias de una persona designada o de una entidad que sea de propiedad o esté bajo el control de una persona designada. Prorroga hasta el 1 de febrero de 2014 el mandato del Grupo de Expertos. Expresa profunda preocupación por las informaciones que indican que sigue prestándose apoyo externo al M23. Reitera su exigencia de que cese inmediatamente el apoyo externo de todo tipo, y su exhortación a la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL) a que siga de cerca e investigue las informaciones sobre la prestación de apoyo al M23 desde el exterior. Acoge con beneplácito las medidas adoptadas por el Gobierno congoleño a fin de aplicar las directrices para el ejercicio de la diligencia debida, y exhorta a todos los Estados a que presten asistencia para aplicarlas. Expresa su pleno apoyo al Grupo de Expertos, y reitera su exigencia de que todas las partes y todos los Estados garanticen la seguridad de sus miembros y su personal de apoyo.

Resolution number: 
2078
Resolution Date: 
28 November 2012