Otras medidas necesarias

En el anexo B de la resolución 2231 (2015) se exige a todos los Estados que adopten las medidas siguientes:

En el párrafo 6 f) del anexo B de la resolución 2231 (2015) se estipula que todos los Estados deberán adoptar las medidas necesarias, de conformidad con la resolución y las orientaciones proporcionadas por el Consejo de Seguridad, con respecto a los artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación se esté llevando a cabo en contravención de las disposiciones contenidas en el PAIC o en la presente declaración, y cooperar en esa labor.

Además, en el párrafo 7 del anexo B de la resolución 2231 (2015) se exhorta a todos los Estados a que faciliten la plena aplicación del PAIC:

  • Inspeccionando, de conformidad con sus autoridades y su legislación interna y con arreglo al derecho internacional, en particular el derecho del mar y los acuerdos pertinentes sobre aviación civil internacional, toda la carga cuyo origen o destino sea el Irán que esté presente en su territorio, incluidos los puertos y aeropuertos, si el Estado tiene información que ofrezca motivos fundados para creer que la carga contiene artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación se estén realizando en contravención de las disposiciones contenidas en el PAIC o en el anexo B de la resolución 2231 (2015); y
  • Cooperando en las inspecciones realizadas en alta mar con el consentimiento del Estado del pabellón, si tienen información que ofrezca motivos fundados para creer que la carga del buque contiene artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación se está llevando a cabo en contravención de las disposiciones contenidas en el PAIC o en el anexo B de la resolución 2231 (2015).

 

Además, en el párrafo 26 de la resolución 2231 (2015) del Consejo de Seguridad se insta a todos los Estados, los órganos competentes de las Naciones Unidas y otras partes interesadas a que cooperen plenamente con él en la realización de las tareas relacionadas con la resolución, en particular proporcionando cualquier información de que dispongan sobre la aplicación de las medidas enunciadas en ella.