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Publicaciónes Principales
Programa 21

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Capítulo

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Sección III
Fortalecimiento del papel de los grupos principales
Capítulo 27

Fortalecimiento del Papel de las Organizaciones no Gubernamentales: Asociadas en la Busqueda de un Desarrollo Sostenible

AREA DE PROGRAMAS


Bases para la acción

27.1. Las organizaciones no gubernamentales desempeñan un papel fundamental en la empresa de dar forma y aplicación a la democracia participatoria. Su prestigio obedece al papel responsable y constructivo que desempeñan en la sociedad. Debería reconocerse a las organizaciones oficiales y no oficiales y a los movimientos populares como asociados para la ejecución del Programa 21. La índole del papel independiente que desempeñan las organizaciones no gubernamentales en una sociedad exige una participación genuina. Por consiguiente, la independencia es uno de los principales rasgos de las organizaciones no gubernamentales y condición previa para la participación genuina.

27.2. Uno de los principales problemas que enfrenta la comunidad internacional la tarea de reemplazar los patrones de desarrollo insostenible por un desarrollo ecológicamente racional y sostenible es la necesidad de estimular el sentimiento de que se persigue un objetivo común en nombre de todos los sectores de la sociedad. Ello dependerá de la buena voluntad de todos los sectores en participar en una auténtica empresa de labor social y diálogo, reconociendo, a la vez, la independencia de funciones, responsabilidades y aptitudes especiales de cada uno.

27.3. Las organizaciones no gubernamentales, incluidas las organizaciones sin fines de lucro que representan a los grupos de que se ocupa la presente sección del Programa 21, cuentan con una variedad de experiencia, pericia y capacidad firmemente establecida en esferas que serán de particular importancia para la aplicación y el examen de un desarrollo sostenible, ecológicamente racional y socialmente responsable, como se prevé en todo el Programa 21. Por consiguiente, la comunidad de organizaciones no gubernamentales ofrece una red mundial que debería utilizarse, investir de facultades y fortalecerse para apoyar las actividades en pro de esos objetivos comunes.

27.4. Para lograr que se materialice en su totalidad la posible aportación de las organizaciones no gubernamentales, debería fomentarse la máxima comunicación y cooperación posibles entre éstas y las organizaciones internacionales y los gobiernos nacionales y locales en el marco de instituciones encargadas de ejecutar el Programa 21. También será preciso que las organizaciones no gubernamentales fomenten la comunicación y cooperación entre sí para aumentar su eficacia como factores de ejecución del desarrollo sostenible.

Objetivos

27.5. La sociedad, los gobiernos y las organizaciones internacionales deberían desarrollar mecanismos para que las organizaciones no gubernamentales pudieran desempeñar su papel de asociadas en forma responsable y eficaz en el proceso del desarrollo sostenible y ecológicamente racional.

27.6. Para fortalecer la función de asociadas de las organizaciones no gubernamentales, el sistema de las Naciones Unidas y los gobiernos deberían iniciar, en consulta con las organizaciones no gubernamentales, un proceso encaminado a examinar los procedimientos y mecanismos oficiales para la participación de estas organizaciones en todos los planos, desde la formulación de políticas y la adopción de decisiones hasta la ejecución.

27.7. Para 1995 debería establecerse un diálogo mutuamente productivo a nivel nacional entre todos los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales y sus redes autoorganizadas con miras a reconocer y fortalecer sus respectivas funciones en la consecución del desarrollo ecológicamente racional y sostenible.

27.8. Los gobiernos y los órganos internacionales deberían fomentar y permitir la participación de las organizaciones no gubernamentales en la concepción, el establecimiento y la evaluación de los mecanismos y procedimientos oficiales destinados a examinar la ejecución del Programa 21 a todos los niveles.

Actividades

27.9. El sistema de las Naciones Unidas, así como los organismos internacionales de financiación y desarrollo, y todas las organizaciones y los foros intergubernamentales deberían adoptar, en consulta con las organizaciones no gubernamentales, medidas encaminadas a:

(a) Examinar los modos de mejorar los procedimientos y mecanismos actuales mediante los que las organizaciones no gubernamentales contribuyen a la formulación de políticas, la adopción de decisiones, la ejecución y la evaluación, e informar al respecto, a nivel de los distintos organismos, en debates interinstitucionales y en las conferencias de las Naciones Unidas;

(b) Sobre la base del inciso a) supra, mejorar los mecanismos y procedimientos existentes en los distintos organismos o, si no los hubiere, establecerlos para hacer uso de la experiencia y las opiniones de las organizaciones no gubernamentales en materia de formulación, ejecución y evaluación de políticas y programas;

(c) Examinar los niveles de financiación y apoyo administrativo a las organizaciones no gubernamentales, así como el alcance y la efectividad de su participación en la ejecución de planes y programas, con miras a aumentar su función de asociadas sociales;

(d) Crear medios flexibles y eficaces para lograr la participación de las organizaciones no gubernamentales en los procedimientos establecidos para examinar y evaluar la ejecución del Programa 21 a todos los niveles;

(e) Fomentar y autorizar la participación de las organizaciones no gubernamentales y sus redes autoorganizadas en el examen y la evaluación de las políticas y los programas formulados para ejecutar el Programa 21, y dar apoyo a las organizaciones no gubernamentales de los países en desarrollo y sus redes autoorganizadas;

(f) Tener en cuenta las conclusiones de los sistemas de examen y procesos de evaluación de las organizaciones no gubernamentales en los informes pertinentes del Secretario General a la Asamblea General y a todos los órganos y otras organizaciones intergubernamentales y foros de las Naciones Unidas relativos a la ejecución del Programa 21, de conformidad con el proceso de examen del Programa 21;

(g) Dar acceso a las organizaciones no gubernamentales a datos e información exactos y oportunos con el objeto de fomentar la eficacia de sus programas y actividades y de sus funciones de apoyo del desarrollo sostenible.

27.10. Los gobiernos deberían tomar medidas para:

(a) Establecer el diálogo con las organizaciones no gubernamentales y sus redes autoorganizadas que representen a todos los sectores sociales, o mejorar el diálogo ya entablado, lo que podría servir para: i) examinar los derechos y las responsabilidades de estas organizaciones; ii) encauzar de manera eficaz las aportaciones integradas de las organizaciones no gubernamentales al proceso gubernamental de formulación de políticas; y iii) coordinar la función de las organizaciones no gubernamentales en la ejecución de políticas nacionales a nivel de los programas;

(b) Estimular y posibilitar la asociación y el diálogo entre las organizaciones no gubernamentales y las autoridades locales en actividades dirigidas a lograr un desarrollo sostenible;

(c) Lograr la participación de las organizaciones no gubernamentales en todos los mecanismos o procedimientos nacionales establecidos para ejecutar el Programa 21, haciendo el mejor uso de sus capacidades individuales en las esferas de la educación, la mitigación de la pobreza y la protección y rehabilitación del medio ambiente;

(d) Tener en cuenta las conclusiones de los mecanismos de supervisión y examen de las organizaciones no gubernamentales en la concepción y evaluación de las políticas relativas a la ejecución del Programa 21 a todos los niveles;

(e) Examinar los sistemas gubernamentales de enseñanza para hallar la forma de permitir y aumentar la participación de las organizaciones no gubernamentales en las esferas de la educación académica y no académica y la divulgación;

(f) Poner a disposición de las organizaciones no gubernamentales los datos y la información necesarios para que puedan contribuir de manera eficaz a la investigación y a la formulación, ejecución y evaluación de programas.

Medios de ejecución

A) Financiación Y Evaluación De Los Costos

27.11. Según el resultado que tengan los procesos de examen y la evolución de las opiniones sobre la mejor manera de forjar una asociación y un diálogo entre las organizaciones oficiales y los grupos de organizaciones no gubernamentales, habrá que hacer gastos en los planos nacional e internacional relativamente bajos, si bien imposibles de prever, a fin de mejorar los procedimientos y mecanismos de consulta. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales necesitarán financiación complementaria para establecer sistemas de vigilancia del Programa 21 o bien para mejorar los existentes o contribuir a ellos. Estos costos serán importantes, pero no pueden calcularse sobre la base de la información con que se cuenta.

B) Aumento De La Capacidad

27.12. Será preciso que las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones y foros intergubernamentales, los programas bilaterales y el sector privado, según proceda, brinden mayor apoyo administrativo y financiero a las organizaciones no gubernamentales y sus redes autoorganizadas, en particular las basadas en los países en desarrollo, que contribuyen a la vigilancia y evaluación de los programas del Programa 21, y que proporcionen capacitación a las organizaciones no gubernamentales (y las ayuden a establecer sus propios programas de capacitación) a nivel internacional y regional para aumentar su participación en la formulación y ejecución de los programas.

27.13. Será menester que los gobiernos promulguen o fortalezcan, con sujeción a las condiciones particulares de los países, la legislación necesaria para permitir a las organizaciones no gubernamentales establecer grupos consultivos, y para garantizar el derecho de las organizaciones no gubernamentales a proteger el interés público iniciando acciones judiciales.