Naciones Unidas

A/CONF.177/L.1


Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer

 Distr. LIMITED
24 de mayo de 1995
ESPAN~OL
ORIGINAL: INGLE'S



CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL                             
SOBRE LA MUJER                                         

                                                      
Beijing, China                                         
4 a 15 de septiembre de 1995                           


                PROPUESTAS QUE HABRA'N DE EXAMINARSE DURANTE LA
                  PREPARACIO'N DE UN PROYECTO DE DECLARACIO'N

                       Proyecto de Plataforma de Accio'n

                          Nota del Secretario General


     En su 39~ peri'odo de sesiones, celebrado en la Sede de las Naciones
Unidas del 15 de marzo al 7 de abril de 1995, la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer, en su calidad de o'rgano preparatorio de la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer:  Accio'n para la Igualdad, el
Desarrollo y la Paz, decidio' transmitir a la Conferencia, para su examen, el
material para un proyecto de declaracio'n, contenido en un documento oficioso,
y el proyecto de plataforma de accio'n, contenido en el documento
E/CN.6/1995/L.17 y las adiciones correspondientes, en su forma enmendada por
la Comisio'n.

           I.  PROYECTO DE DECLARACIO'N DE BEIJING QUE HABRA' DE ACOMPAN~AR
               AL PROYECTO DE PLATAFORMA DE ACCIO'N:  MATERIAL PRESENTADO
               POR PATRICIA B. LICUANAN (FILIPINAS), PRESIDENTA DE LA
               COMISIO'N DE LA CONDICIO'N JURI'DICA Y SOCIAL DE LA MUJER EN
               SU 39~ PERI'ODO DE SESIONES

     Los representantes de los grupos regionales y de los pai'ses que
participaron en las consultas acordaron una'nimemente que la Plataforma de
Accio'n deberi'a ir acompan~ada de una declaracio'n.  Convinieron tambie'n en
que no seri'a posible todavi'a celebrar negociaciones sobre el texto de la
declaracio'n y que en primer lugar seri'a conveniente solicitar que se
aportaran ideas.

     A continuacio'n se exponen las principales cuestiones planteadas durante
el debate.

Caracteri'sticas generales que debe reunir la Declaracio'n

     1.   Breve y concisa.

     2.   Comprensible e interesante para pu'blicos muy diversos.  La
Declaracio'n debe poder comunicar tanto a parlamentarios como a campesinas en
que' consistio' la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.

     3.   Centrada en unos pocos temas amplios, en lugar de abarcar las
12 esferas de especial preocupacio'n de la Plataforma.  Debe presentar los
principales mensajes y no reducirse a un resumen.

     4.   Amplia, ma's que concreta o detallada.

     5.   Debe ser estimulante y servir de inspiracio'n.

Principales elementos de la Declaracio'n

     Prea'mbulo

     1.   Expresio'n de inquietud por la situacio'n de la mujer.  Debe
transmitir una sensacio'n de urgencia y de necesidad de actuar de inmediato.

     2.   Metas/objetivos (¨que' se pretende conseguir en la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer?):

     ~  Igualdad, desarrollo y paz (metas antiguas que au'n no se han
        alcanzado)

     ~  Cuestiones que afectan todas las esferas de preocupacio'n:

          Potenciacio'n del papel de la mujer
     
          Asociacio'n plena y en pie de igualdad entre hombres y mujeres

          Incorporacio'n de la mujer al proceso de desarrollo en calidad tanto
          de agente como de beneficiaria

          Diversidad de mujeres y de las condiciones en que viven
     3.   Instrumentos internacionales anteriores:

     ~  Carta de las Naciones Unidas

     ~  Declaracio'n Universal de Derechos Humanos

     ~  Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de 
        discriminacio'n contra la mujer

     ~  Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de
        la mujer

     4.   Vi'nculos con el contexto histo'rico/pasado (¨que' se ha conseguido
     hasta la fecha?):

     ~  1945, Naciones Unidas

     ~  1975, Me'xico

     ~  1980, Copenhague

     ~  1985, Nairobi

     Entorno mundial (texto descriptivo)

     1.   Cambios en el mundo, nuevo siglo, nuevo milenio

     2.   Situacio'n de la mujer

     Entorno propicio (texto prescriptivo)

     1.   Potenciacio'n del papel de la mujer

     2.   Asociacio'n plena y en pie de igualdad entre hombres y mujeres

     3.   Incorporacio'n de la mujer al proceso de desarrollo

     4.   Fe/esperanza en las generaciones venideras

     Compromisos

     1.   Conferencia sobre compromisos

     2.   Compromiso poli'tico a un alto nivel respecto de la aplicacio'n de
la Plataforma de Accio'n

     3.   Medidas necesarias en los planos nacional e internacional

     Por u'ltimo, se decidio' que el resumen anterior, junto con los cuatro
textos presentados, se remitira'n a la Comisio'n en sesio'n plenaria para su
transmisio'n a la Conferencia.  Esta' previsto que esos textos sirvan de base
para la elaboracio'n de una Declaracio'n de Beijing.  Los textos presentados
por el Grupo de los 77, la Unio'n Europea, los Estados Unidos de Ame'rica y el
Canada' figuran a continuacio'n en los anexos I a IV.

                                    Anexo I

                     POSICIO'N INICIAL DEL GRUPO DE LOS 77

        (Este texto volvera' a ser considerado por el Grupo de los 77)

                            Declaracio'n de Beijing

     Nosotros, los Gobiernos, las mujeres y los hombres que participamos en la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer,

     Reunidos en Beijing en septiembre de 1995, en vi'speras del
cincuentenario de la fundacio'n de las Naciones Unidas, 

     Reafirmando:
 
     Nuestra fe en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, consagrada en
la Carta de las Naciones Unidas,

     Los objetivos de igualdad, desarrollo y paz contenidos en las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer

     El compromiso contrai'do en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas
las formas de discriminacio'n contra la mujer,

     Convencidos:

      De que la igualdad de derechos, la distribucio'n equitativa de
responsabilidades y oportunidades y la asociacio'n armoniosa entre hombres y
mujeres son indispensables para el bienestar de la humanidad, 

     De que el crecimiento econo'mico sostenido y el desarrollo sostenible
exigen la participacio'n plena y en pie de igualdad de mujeres y hombres en
calidad tanto de agentes como de beneficiarios, 

     De que la paz nacional, regional y mundial es alcanzable y las mujeres
son una fuerza fundamental como dirigentes y en la promocio'n de una paz
duradera,

     Decididos:

     A intensificar los esfuerzos encaminados a alcanzar antes de que termine
el siglo las metas de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro
para el adelanto de la mujer, 

     A adoptar todas las medidas que sean necesarias para eliminar todas las
formas de discriminacio'n contra las nin~as y las mujeres y a suprimir todos
los obsta'culos que se oponen a la igualdad entre los ge'neros y a la
emancipacio'n de las mujeres y las nin~as, 

     A promover y respetar los derechos humanos de la mujer y la nin~a,

     A desarrollar y movilizar todo el potencial de las nin~as y las mujeres
de todas las edades para construir un mundo mejor para todos,

     Por la presente adoptamos y nos comprometemos a aplicar la siguiente
Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.


                                   Anexo II

            POSICIO'N DE LA UNIO'N EUROPEA RESPECTO DEL PROYECTO DE
                DECLARACIO'N PRESENTADO POR EL GRUPO DE LOS 77

     La Unio'n Europea respalda el principio de que la Declaracio'n debe ser
concisa y estar redactada en un lenguaje claro y comprensible para todos.

     El texto del Grupo de los 77 contiene elementos positivos, pero no
responde a las expectativas de la Unio'n Europea.  No obstante, en la etapa
actual de las negociaciones, parece prematuro emprender un difi'cil ejercicio
de redaccio'n.

     De todos modos, la Unio'n Europea presenta a las delegaciones una lista
no exhaustiva de elementos importantes que deberi'an figurar en la
Declaracio'n de Beijing:

     ~  La promocio'n de la independencia econo'mica de la mujer, la
        realizacio'n de su potencial econo'mico y la erradicacio'n de la
        pobreza

     ~  La contribucio'n de la mujer al desarrollo sostenible

     ~  La distribucio'n equitativa del poder y las responsabilidades

     ~  El respeto de los derechos humanos de la mujer y la nin~a

     ~  La igualdad de acceso a la educacio'n y la salud

     ~  El papel de la mujer en la promocio'n de la paz

     ~  La incorporacio'n de la cuestio'n de la igualdad entre los sexos a
        todos los programas y poli'ticas

     ~  La posibilidad de que tanto hombres como mujeres puedan compaginar la
        vida familiar y la vida profesional

     ~  La eliminacio'n de la violencia

     ~  La concienciacio'n de hombres y mujeres para que colaboren en el logro
        de la igualdad

     ~  La promocio'n del poder de las mujeres



                                   Anexo III

             ENMIENDAS A LA POSICIO'N INICIAL DEL GRUPO DE LOS 77
                PRESENTADAS POR LOS ESTADOS UNIDOS DE AME'RICA

                            Declaracio'n de Beijing

     Nosotros, los Gobiernos, las mujeres y los hombres que participamos en la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, reunidos en Beijing en septiembre
de 1995, en vi'speras del cincuentenario de la fundacio'n de las Naciones
Unidas,

     Celebrando las voces de mujeres del mundo entero, la labor de las mujeres
que allanaron nuestro camino y la esperanza que reside en la juventud del
mundo.

     Reconociendo:

     Que, en el u'ltimo decenio, el mundo ha experimentado cambios
considerables que han mejorado la situacio'n de la mujer en numerosos
aspectos,

     Que ahora ma's que nunca las funciones cri'ticas y mu'ltiples de la mujer
en la vida econo'mica, social, cultural y poli'tica esta'n recibiendo el
debido reconocimiento, 

     Que la persistencia de la pobreza y la negacio'n de los derechos humanos
ponen en peligro el logro de nuevas mejoras en la situacio'n de la mujer,

     Reafirmando:

     Nuestra fe en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, consagrada en
la Carta de las Naciones Unidas,

     Todos los derechos y las libertades enunciados en la Declaracio'n
Universal de Derechos Humanos, sin distincio'n alguna de raza, color, sexo,
idioma, religio'n, opinio'n poli'tica o de otra i'ndole, origen nacional o
social, posicio'n econo'mica, nacimiento o cualquier otra condicio'n,

     Los objetivos de igualdad, desarrollo y paz contenidos en las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer y el
compromiso contrai'do en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las
formas de discriminacio'n contra la mujer,

     Que la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se basa en los progresos
fundamentales realizados en las anteriores conferencias de las Naciones Unidas
- sobre la Mujer, celebrada en Nairobi (1985), sobre Medio Ambiente y el
Desarrollo, celebrada en Ri'o (1992), sobre los Derechos Humanos, celebrada en
Viena (1993), sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, celebrada en El Cairo
(1994) -
y en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (1995),

     Convencidos:

     De que la igualdad de derechos, la distribucio'n igualitaria de
responsabilidades y oportunidades y la asociacio'n armoniosa entre hombres y
mujeres son indispensables para el bienestar de la humanidad, 

     De que el desarrollo sostenible exige la participacio'n plena y en pie de
igualdad de mujeres y hombres en calidad tanto de agentes como de
beneficiarios,

     De que la paz nacional, regional y mundial es alcanzable y las mujeres
son una fuerza fundamental como dirigentes y en la promocio'n de una paz
duradera,


                                   Anexo IV

ENMIENDAS A LA POSICIO'N INICIAL DEL GRUPO DE LOS 77
PRESENTADAS POR EL CANADA'

Declaracio'n de Beijing

     Nosotros, los Gobiernos que participamos en la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, reunidos en Beijing en septiembre de 1995, en vi'speras del
cincuentenario de la fundacio'n de las Naciones Unidas, reconocemos que la
situacio'n de la mujer ha mejorado en aspectos importantes durante el u'ltimo
decenio, aunque esa mejora no ha sido homoge'nea y persisten las desigualdades
entre hombres y mujeres.  Ello entran~a graves consecuencias para el bienestar
de todos los pueblos y exige la adopcio'n, con esperanza y determinacio'n, de
medidas urgentes, tanto para el presente como para adentrarnos en el siglo
pro'ximo.

     Reafirmamos nuestro empen~o en lograr la igualdad de derechos entre el
hombre y la mujer, consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, los
objetivos de igualdad, desarrollo y paz contenidos en las Estrategias de
Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer y nuestras
obligaciones en virtud de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las
formas de discriminacio'n contra la mujer y los compromisos contrai'dos en
anteriores cumbres y conferencias mundiales de las Naciones Unidas.

     Estamos convencidos de que:

     ~  La igualdad de derechos, la distribucio'n igualitaria de
        responsabilidades y oportunidades en todos los aspectos de la vida y
        la asociacio'n armoniosa entre hombres y mujeres son cri'ticos para el
        bienestar de la humanidad

     ~  El desarrollo sostenible centrado en los seres humanos exige la
        participacio'n plena y en pie de igualdad de hombres y mujeres en
        calidad tanto de agentes como de beneficiarios

     ~  La paz nacional, regional y mundial es alcanzable y las mujeres son
        una fuerza fundamental como dirigentes y en la promocio'n de una paz
        duradera

     ~  Es no so'lo indispensable sino tambie'n posible disen~ar y aplicar
        poli'ticas eficaces, eficientes y sine'rgicas que promuevan la
        igualdad, el desarrollo y la paz.

     Estamos decididos:

     ~  A intensificar los esfuerzos encaminados a alcanzar antes de que
        termine el siglo las metas de las Estrategias de Nairobi orientadas
        hacia el futuro para el adelanto de la mujer

     ~  A adoptar todas las medidas que sean necesarias para eliminar todas
        las formas de discriminacio'n contra las nin~as y las mujeres y a
        suprimir todos los obsta'culos que se oponen a la igualdad entre el
        hombre y la mujer y a la emancipacio'n de las mujeres y las nin~as

     ~  A promover y proteger los derechos humanos de todas las mujeres y las
        nin~as

     ~  A fomentar la participacio'n plena y en pie de igualdad de nin~as y
        mujeres de todas las edades en la construccio'n de un mundo mejor para
        todos.

     Por la presente, adoptamos y nos comprometemos, en calidad de Gobiernos,
a aplicar la siguiente Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer.  Pedimos al sistema de las Naciones Unidas, a las
organizaciones no gubernamentales y a todos los dema's agentes de la sociedad
civil, asi' como a cada mujer y cada hombre, que contribuyan plenamente a la
aplicacio'n de este plan de accio'n.



                    II.  PROYECTO DE PLATAFORMA DE ACCIO'N

                                  Capi'tulo I

                           DECLARACIO'N DE OBJETIVOS

1.   La Plataforma de Accio'n es un programa encaminado a crear condiciones
para la potenciacio'n del papel de la mujer en la sociedad.  Tiene por objeto
acelerar la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el
futuro para el adelanto de la mujer 1/ y eliminar todos los obsta'culos que
dificultan la participacio'n activa de la mujer en todas las esferas de la
vida pu'blica y privada mediante una participacio'n plena y en pie de igualdad
en el proceso de adopcio'n de decisiones en las esferas econo'mica, social,
cultural y poli'tica.  Esto tambie'n supone el establecimiento del principio
de que hombres y mujeres deben compartir el poder y las responsabilidades en
el hogar, en el lugar de trabajo y, a nivel ma's amplio, en la comunidad
nacional e internacional.  La igualdad entre hombres y mujeres es una
cuestio'n de derechos humanos y constituye una condicio'n para el logro de la
justicia social, adema's de ser un requisito previo necesario y fundamental
para la igualdad, el desarrollo y la paz.  Para obtener el desarrollo
sostenible basado en el ser humano es indispensable que haya una relacio'n
transformada basada en la igualdad entre mujeres y hombres.  Se necesita un
empen~o sostenido y a largo plazo para que mujeres y hombres puedan trabajar
de consuno para que ellos mismos, sus hijos y la sociedad este'n en
condiciones de enfrentar los desafi'os del siglo XXI.

2.   [La Plataforma de Accio'n reafirma el principio fundamental, establecido
en la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena 2/ aprobados por la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos, de que los derechos humanos de las
mujeres y las nin~as son una parte inalienable, integral e indivisible de los
derechos humanos universales.]  Como programa de accio'n, la Plataforma apunta
a promover y proteger [el pleno disfrute de todos los derechos humanos
universales] todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de
todas las mujeres a lo largo de su vida.

3.   La Plataforma de Accio'n hace hincapie' en que las mujeres comparten
problemas comunes que so'lo pueden resolverse trabajando de consuno y en
asociacio'n con los hombres para alcanzar el objetivo comu'n de la igualdad
entre hombres y mujeres en todo el mundo.  La Plataforma respeta y valora la
plena diversidad de las situaciones y condiciones en que se encuentra la mujer
y reconoce que algunas mujeres enfrentan barreras especiales que obstaculizan
su participacio'n plena y en pie de igualdad en la sociedad.

4.   La Plataforma de Accio'n pide la adopcio'n de medidas inmediatas y
concertadas por todos para crear un mundo paci'fico, justo, humano [y
equitativo] basado en [los derechos humanos y las libertades fundamentales
universales, con inclusio'n de] el principio de la igualdad [y la equidad]
para todas las personas independientemente de su edad y de su situacio'n en la
vida.

5.   Para que la Plataforma de Accio'n tenga e'xito sera' preciso obtener el
empen~o decidido de los gobiernos, las organizaciones internacionales y las
instituciones a todos los niveles, asi' como recursos [suficientes] [nuevos y
adicionales] para aplicar los acuerdos a que se llegue; una dedicacio'n a la
igualdad de derechos, la igualdad de responsabilidades y oportunidades y la
participacio'n en pie de igualdad de mujeres y hombres en todos los o'rganos y
procesos de adopcio'n de poli'ticas nacionales, regionales e internacionales,
y el establecimiento o el fortalecimiento de mecanismos a todos los niveles
para el proceso de rendicio'n de cuentas a las mujeres del mundo.


                                 Capi'tulo II

                               CONTEXTO MUNDIAL

6.   La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer:  Accio'n para la Igualdad,
el Desarrollo y la Paz se celebra en momentos en que el mundo se apresta a
trasponer el umbral de un nuevo milenio.

7.   La presente Plataforma de Accio'n hace suya la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer 3/ y se
apoya en las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el
adelanto de la mujer, asi' como en las resoluciones pertinentes aprobadas por
el Consejo Econo'mico y Social y la Asamblea General.  La formulacio'n de la
Plataforma de Accio'n apunta a establecer un grupo ba'sico de medidas
prioritarias que deberi'an aplicarse en el curso de los pro'ximos cinco an~os.

8.   En la Plataforma de Accio'n se reconoce la importancia de los acuerdos
alcanzados en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la Conferencia
Mundial de Derechos Humanos, la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n
y el Desarrollo y la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, donde se
establecieron enfoques y compromisos concretos para fomentar el desarrollo
sostenible y la cooperacio'n internacional y fortalecer la funcio'n de las
Naciones Unidas en ese sentido.  En la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible de los Pequen~os Estados Insulares en Desarrollo, la Conferencia
Internacional sobre Nutricio'n, la Conferencia Internacional sobre Atencio'n
Primaria de la Salud y la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos se
encararon asimismo distintos aspectos del desarrollo y de los derechos humanos
[reconocidos universalmente] y, dentro de sus perspectivas particulares, se
presto' especial atencio'n al papel que desempen~an las mujeres y las nin~as. 
Adema's, en el contexto del An~o Internacional de las Poblaciones Indi'genas
del Mundo 4/, el An~o Internacional de la Familia 5/, el An~o Internacional
para
la Tolerancia 6/, la Declaracio'n de Ginebra en pro de la Mujer Rural 7/, y la
Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la mujer 8/ se
subrayaron tambie'n las cuestiones relacionadas con la potenciacio'n y la
igualdad de la mujer.

9.   [La Plataforma de Accio'n esta' redactada en plena consonancia con los
propo'sitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y del derecho
internacional.  Se reconoce en ella que la formulacio'n y la aplicacio'n de
las estrategias, las poli'ticas, los programas y las medidas en todas las
esferas de intere's corren por cuenta de cada pai's, con pleno respeto de [los
valores e'ticos y religiosos, la formacio'n cultural y la conviccio'n
filoso'fica de toda su poblacio'n] particulares y de conformidad con todos los
derechos humanos [universales] y las libertades fundamentales.]

10.  Desde la realizacio'n de la Conferencia Mundial para el Examen y la
Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: 
Igualdad, Desarrollo y Paz, celebrada en Nairobi en 1985, y la aprobacio'n de
las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la
mujer,
el mundo ha experimentado profundas transformaciones poli'ticas, econo'micas,
sociales y culturales que han tenido efectos tanto positivos como negativos
para la mujer.

11.  [En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se reconocio' que los
derechos humanos de la mujer y de la nin~a son parte inalienable, integrante e
indivisible de los derechos humanos universales.  [El cara'cter universal de
esos derechos humanos y libertades no admite dudas.]  La plena participacio'n,
en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida poli'tica, civil,
econo'mica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional
y la erradicacio'n de todas las formas de discriminacio'n basadas en el sexo
son objetivos prioritarios de la comunidad internacional.]

12.  [La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirmo' el solemne
compromiso de todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el
respeto universal, asi' como la observancia y la proteccio'n, de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales de todos de conformidad con la
Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos relativos a los derechos
humanos y el derecho internacional.  El cara'cter universal de esos derechos y
libertades no admite dudas.]

13.  El fin de la guerra fri'a ha acarreado cambios internacionales y una
menor competencia entre las superpotencias.  La amenaza de un conflicto armado
mundial ha disminuido, las relaciones internacionales han mejorado y las
perspectivas de paz han aumentado.  Aunque la amenaza de un conflicto mundial
se ha reducido, las guerras de agresio'n, los conflictos armados, [la
dominacio'n fora'nea y la ocupacio'n extranjera], las guerras civiles, el
terrorismo y [la violencia extremista], siguen asolando muchas partes del
mundo.  Se cometen graves violaciones de los derechos humanos de las mujeres,
en particular en e'pocas de conflicto armado, que incluyen el asesinato, la
tortura, las violaciones sistema'ticas, [embarazos forzados] y abortos
[forzados], en particular en lugares donde se aplican poli'ticas de
"depuracio'n e'tnica".

14.  El mantenimiento de la paz y la seguridad a nivel mundial, regional y
local, junto con la prevencio'n de las poli'ticas de agresio'n y de
depuracio'n e'tnica y la solucio'n de los conflictos armados, tienen
importancia decisiva para la proteccio'n de los derechos humanos [universales]
de las mujeres y las nin~as, asi' como para la eliminacio'n de todas las
formas de violencia contra ellas y de su utilizacio'n como arma de guerra.

15.  [En consecuencia, una parte considerable de los gastos mundiales se han
dedicado a la produccio'n, el tra'fico y el comercio de armas, y de esa manera
han reducido sustancialmente los recursos para el desarrollo social.  Adema's,
la carga de la deuda ha obligado a muchos pai'ses en desarrollo a aplicar
poli'ticas de ajuste estructural que van en detrimento de su desarrollo
social.  Asi' pues, el nu'mero de personas que viven en la pobreza ha
aumentado desproporcionalmente en la mayori'a de los pai'ses en desarrollo, en
particular en los pai'ses fuertemente endeudados, durante el u'ltimo decenio.]

16.  [En este contexto, tambie'n se debe subrayar la dimensio'n social del
desarrollo.  El crecimiento econo'mico acelerado, si bien necesario para el
desarrollo social, en si' mismo no mejora la calidad de vida de la poblacio'n:

por el contrario, puede acentuar la desigualdad social y la marginacio'n. 
De alli' que sea indispensable buscar nuevas alternativas basadas en un
enfoque integral de todos los aspectos del desarrollo:  crecimiento, igualdad,
desarrollo sostenible, solidaridad, participacio'n, paz y respeto por los
derechos humanos.]

17.  La tendencia mundial hacia la democratizacio'n abrio' el proceso
poli'tico en muchas naciones, pero la participacio'n popular de las mujeres en
la adopcio'n de decisiones fundamentales como parti'cipes plenas y en
condiciones de igualdad, en particular en la poli'tica, au'n no se ha logrado.

[En Suda'frica se desmantelo' la poli'tica de racismo institucionalizado, el
apartheid, lo cual dio lugar a un traspaso poli'tico y democra'tico del
poder.]  [Ana'logamente, en Europa central y oriental la transicio'n a la
democracia parlamentaria ha sido ra'pida y relativamente paci'fica.  En
algunos pai'ses de la misma regio'n, este proceso ha derivado en conflictos
armados que tuvieron como consecuencias graves violaciones de los derechos
humanos.]

18.  La recesio'n econo'mica generalizada y la inestabilidad poli'tica en
algunas regiones han sido las causantes del retraso de los objetivos de
desarrollo en muchos pai'ses, lo cual ha provocado el aumento de la pobreza
hasta li'mites indescriptibles.  El nu'mero de personas que vive en situacio'n
de indigencia supera los 1.000 millones, de los cuales un gran porcentaje son
mujeres.  El ra'pido proceso de cambio y ajuste en todos los sectores ha
provocado tambie'n un incremento del desempleo y el subempleo, que han
afectado especialmente a la mujer.  En [muchos] casos, los programas de ajuste
estructural no se han concebido de manera que los efectos negativos para los
grupos vulnerables y desfavorecidos o las mujeres se redujeran al ma'ximo, ni
con miras a favorecer a esos grupos y tratar de evitar que quedaran al margen
de las actividades sociales y econo'micas.  En el Acta Final de la Ronda
Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales 9/ se puso de relieve la
creciente interdependencia de las economi'as nacionales y la importancia de la
liberalizacio'n del comercio y el acceso a mercados dina'micos y abiertos.  El
peri'odo se ha caracterizado tambie'n por los elevados gastos militares en
algunas regiones.  A pesar de que la asistencia oficial para el desarrollo
(AOD) ha aumentado en algunos pai'ses, en te'rminos generales ha disminuido
recientemente. 

19.  La indigencia y la feminizacio'n de la pobreza, el desempleo, la
creciente fragilidad del medio ambiente, la continua violencia contra la mujer
y la exclusio'n generalizada de la mitad de la humanidad de las instituciones
de poder y gobierno ponen de manifiesto la necesidad de seguir luchando por
conseguir el desarrollo, la paz y la seguridad y encontrar soluciones para
alcanzar un desarrollo sostenible centrado en las personas.  La participacio'n
y la asuncio'n de funciones directivas por parte de la mitad de la humanidad,
compuesta por mujeres, es fundamental para lograr ese objetivo.  Asi' pues,
so'lo [un orden internacional social y econo'mico justo y equitativo y] una
transformacio'n radical de la relacio'n entre el hombre y la mujer en una
asociacio'n plena y en condiciones de igualdad hara'n posible que el mundo
salve las dificultades del siglo XXI.

20.  Los recientes acontecimientos econo'micos ocurridos en la esfera
internacional han tenido a menudo consecuencias desproporcionadas para las
mujeres y los nin~os, la mayori'a de los cuales viven en pai'ses en
desarrollo.  En los Estados con una pesada carga de deuda externa, los
programas y las medidas de ajuste estructural, aunque beneficiosos a largo
plazo, han dado lugar a una reduccio'n del gasto social, que ha perjudicado a
la mujer, sobre todo en
A'frica y en los pai'ses menos adelantados.  Esta situacio'n se ha visto
exacerbada en los casos en que la responsabilidad de los servicios sociales
ba'sicos ha pasado de los gobiernos a las mujeres.

21.  La recesio'n econo'mica en muchos pai'ses desarrollados y en desarrollo,
asi' como la reestructuracio'n que actualmente se esta' llevando a cabo en los
pai'ses con economi'as en transicio'n han tenido consecuencias sumamente
negativas para el empleo de la mujer.  A menudo, las mujeres no tienen ma's
remedio que aceptar empleos sin seguridad laboral a largo plazo o peligroso,
dedicarse a actividades productivas no protegidas en el hogar o quedarse sin
empleo.  Muchas mujeres entran en el mercado laboral aceptando empleos
infrarremunerados e infravalorados para aumentar sus ingresos familiares y
otras deciden emigrar por los mismos motivos.  Al no reducirse ninguna de sus
dema's responsabilidades, la carga total de trabajo de la mujer ha aumentado.

22.  Las poli'ticas y los programas macroecono'micos y microecono'micos,
incluido el ajuste estructural, no siempre han sido concebidos teniendo en
cuenta las consecuencias que pueden acarrear para las mujeres y las nin~as, en
especial las que viven en condiciones de pobreza.  La pobreza ha aumentado en
te'rminos absolutos y relativos y el nu'mero de mujeres pobres ha aumentado en
la mayori'a de las regiones.  Muchas mujeres de las zonas urbanas viven en la
pobreza, pero merece especial atencio'n la difi'cil situacio'n de las mujeres
que viven en las zonas rurales y remotas, debido al estancamiento del
desarrollo en dichas zonas.  En los pai'ses en desarrollo, aun en aquellos en
que los indicadores nacionales han mostrado una cierta mejori'a, la mayor
parte de las mujeres de las zonas rurales siguen viviendo en condiciones de
subdesarrollo econo'mico y marginacio'n social.

23.  Las mujeres contribuyen decisivamente a la economi'a y luchan con gran
empen~o para combatir la pobreza, ya sea con el trabajo remunerado o con las
labores no remuneradas que realizan en el hogar, la comunidad o el lugar de
trabajo.  Cada vez es mayor el nu'mero de mujeres que adquieren independencia
econo'mica gracias a sus empleos remunerados.

24.  La cuarta parte de todos los hogares del mundo esta'n encabezados por
mujeres y muchos otros dependen de los ingresos de la mujer aun cuando el
hombre este' presente en el hogar.  En los estratos ma's pobres, muy a menudo
es la mujer quien mantiene el hogar debido, entre otras cosas, a la
discriminacio'n en materia de sueldos, a los patrones de segregacio'n
ocupacional en el mercado laboral y a otras barreras creadas por motivos de
sexo.  La desintegracio'n familiar, los movimientos demogra'ficos entre zonas
urbanas y rurales dentro de los pai'ses, la migracio'n internacional, las
guerras y los desplazamientos internos son factores que contribuyen al aumento
de hogares encabezados por mujeres.

25.  Tras reconocer que el logro y el mantenimiento de la paz y la seguridad
son requisitos previos indispensables para el progreso econo'mico y social, la
mujer se erige cada vez ma's en protagonista de primer orden en cada una de
las numerosas sendas que recorre la humanidad hacia la paz.  Su plena
participacio'n en la adopcio'n de decisiones, la prevencio'n y resolucio'n de
conflictos y todas las dema's iniciativas orientadas a la paz resulta esencial
para la consecucio'n de una paz duradera.

26.  La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer:  Accio'n para la Igualdad,
el Desarrollo y la Paz, debera' acelerar el proceso que se inicio' formalmente
en 1975, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamo' el An~o
Internacional de la Mujer.  Dicho An~o marco' un hito, pues, a partir de esa
fecha, se incluyeron los asuntos relativos a la mujer en el programa de la
Organizacio'n.  El Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985)
fue una iniciativa de alcance mundial tendiente a examinar la condicio'n y los
derechos de la mujer y a colocar a e'sta en puestos de adopcio'n de decisiones
en todos los niveles.  En 1979, la Asamblea General aprobo' la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer,
que entro' en vigor en 1981 y fijo' una pauta internacional para esclarecer el
concepto de igualdad entre mujeres y hombres.  En 1985, la Conferencia Mundial
para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones
Unidas para la Mujer:  Igualdad, Desarrollo y Paz aprobo' las Estrategias de
Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, que se
aplicari'an hasta el an~o 2000.  Se ha avanzado considerablemente en el logro
de la igualdad entre mujeres y hombres.  Muchos gobiernos han promulgado leyes
que fomentan la igualdad entre mujeres y hombres y han establecido mecanismos
nacionales para velar por la inclusio'n de las perspectivas de ambos sexos en
todas las esferas de intere's general de la sociedad.  Los organismos
internacionales han dedicado mayor atencio'n a la situacio'n juri'dica y
social de la mujer y a las funciones que desempen~a.

27.  La creciente influencia del sector no gubernamental, en particular,
las organizaciones de mujeres, [y otras organizaciones que apoyan los ideales
feministas] ha pasado a ser un catalizador del cambio.  Las organizaciones no
gubernamentales han desempen~ado una importante funcio'n de promocio'n de
proyectos de ley o mecanismos que velan por el adelanto de la mujer. 
Asimismo, estas organizaciones han generado nuevos enfoques del desarrollo. 
Muchos gobiernos han ido reconociendo progresivamente el destacado papel que
desempen~an las organizaciones no gubernamentales y la importancia de trabajar
con ellas para lograr avances en la consecucio'n de las metas.  [Aun asi', en
algunos pai'ses, los gobiernos siguen imponiendo restricciones que impiden el
libre funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales.]  Por conducto
de las organizaciones no gubernamentales, la mujer ha participado en foros
comunales, nacionales, regionales y mundiales, asi' como en debates
internacionales y en todas esas instancias ha ejercido una decidida
influencia.

28.  Desde 1975 ha aumentado el conocimiento acerca de la situacio'n de
hombres y mujeres y ello contribuye a la adopcio'n de medidas encaminadas a
promover la igualdad entre ambos.  En varios pai'ses se han registrado
importantes cambios en las relaciones entre hombres y mujeres, sobre todo en
aquellos en los que se han logrado grandes adelantos en la educacio'n de la
mujer y aumentos significativos en su participacio'n en la fuerza de trabajo
remunerada.  Gradualmente se han ido eliminando las fronteras entre las
funciones productiva y reproductiva en la divisio'n del trabajo a medida que
la mujer ha comenzado a integrarse a esferas de trabajo en las que antan~o
predominaban los hombres y los hombres han comenzado a aceptar ma's
responsabilidades dome'sticas, incluido el cuidado de los hijos.  Sin embargo,
los cambios registrados en las funciones de la mujer han sido mayores y mucho
ma's ra'pidos que los cambios en las funciones del hombre.  En muchos pai'ses,
las diferencias entre los logros y las actividades de la mujer y del hombre en
lugar de reconocerse como consecuencias de funciones socialmente establecidas
para cada sexo siguen achaca'ndose a diferencias biolo'gicas inmutables.

29.  Es ma's, 10 an~os despue's de la Conferencia de Nairobi, no ha podido
lograrse au'n la igualdad entre el hombre y la mujer.  En te'rminos generales,
las mujeres constituyen apenas el 10% del total de los legisladores electos en
todo el mundo y en la mayori'a de las estructuras administrativas nacionales e
internacionales, tanto pu'blicas como privadas, sigue teniendo muy poca
representacio'n.  Las Naciones Unidas no son la excepcio'n.  Cincuenta an~os
despue's de su creacio'n, las Naciones Unidas siguen privadas de las ventajas
de la direccio'n de la mujer a causa de la falta de representacio'n de e'sta
en las instancias donde se adoptan decisiones dentro de la Secretari'a y en
los organismos especializados.

30.  [Las mujeres desempen~an una funcio'n decisiva en la familia, el nu'cleo
ba'sico de la sociedad.  Los Estados partes que han ratificado la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer
lo han hecho pensando en la gran contribucio'n de la mujer al bienestar de la
familia y al desarrollo de la sociedad, que todavi'a no se reconoce
plenamente.  Tambie'n han tenido presente la importancia social de la
maternidad y de la funcio'n de ambos progenitores en la familia, asi' como en
la crianza de los hijos, y son conscientes de que la funcio'n de la mujer en
la procreacio'n no debe ser motivo de discriminacio'n, sino que la crianza de
los hijos requiere que el hombre y la mujer, asi' como la sociedad en su
conjunto, compartan responsabilidades.]

31.  [La religio'n desempen~a una importante funcio'n en las vidas de millones
de mujeres, en la manera en que viven y en las aspiraciones que tienen para el
futuro.  Si bien toda forma de extremismo, sea religioso o laico, tiene
repercusiones negativas para la mujer en la forma de violencia y
discriminacio'n, es menester crear una atmo'sfera moral y e'tica que impida
toda forma de corrupcio'n en la sociedad y de explotacio'n de la mujer para
lograr que la igualdad, el desarrollo y la paz se materialicen.  Los graves
problemas que encara el mundo de hoy requieren una respuesta ma's eficaz de
las sociedades no so'lo a las necesidades materiales de los individuos,
incluida la mujer, sino tambie'n a las necesidades espirituales.]

32.  Pese a que ha disminuido la tasa de crecimiento de la poblacio'n mundial,
la poblacio'n mundial sigue a un nivel sin precedentes en cifras absolutas, y
el incremento actual llega anualmente a los 90 millones de personas.  Otras
dos tendencias demogra'ficas principales repercuten significativamente en la
relacio'n de dependencia dentro de las familias.  En muchos pai'ses en
desarrollo, entre el 45% y el 50% de la poblacio'n tiene menos de 25 an~os,
mientras que en los pai'ses industrializados esta'n aumentando tanto el
nu'mero como la proporcio'n de personas de edad.  Segu'n ca'lculos de las
Naciones Unidas, para el an~o 2025 el 70% de la poblacio'n mayor de 60 an~os
estara' viviendo en los pai'ses en desarrollo y, de ese total, ma's de la
mitad sera'n mujeres.  El cuidado de los hijos, los enfermos y las personas de
edad son una responsabilidad que recae desproporcionadamente sobre la mujer
debido a la falta de igualdad y a la distribucio'n desequilibrada del trabajo
remunerado y no remunerado entre el hombre y la mujer.

33.  Muchas mujeres enfrentan barreras especi'ficas que obedecen a diversos
factores, adema's de su sexo.  A menudo esos factores ai'slan o marginan a la
mujer y llevan, entre otras cosas, a la negacio'n de sus derechos humanos
[universales] y a su falta de acceso, o a la negacio'n de su acceso, a la
educacio'n y la formacio'n profesional, al empleo, la vivienda y la
autosuficiencia econo'mica, adema's la excluyen de los procesos de adopcio'n
de decisiones.  Esas mujeres suelen verse privadas de la oportunidad de
contribuir a sus comunidades y de figurar entre los protagonistas principales.

34.  El pasado decenio ha presenciado tambie'n un reconocimiento cada vez
mayor de los intereses y las preocupaciones propios de la mujer indi'gena,
cuya identidad, tradiciones culturales y formas de organizacio'n social
mejoran y fortalecen las comunidades en que vive.  Con frecuencia la mujer
indi'gena enfrenta barreras tanto por su condicio'n de mujer como por ser
miembro de comunidades indi'genas.

35.  En los u'ltimos 20 an~os el mundo ha sido testigo de una explosio'n en el
campo de las comunicaciones.  En virtud de los avances en la tecnologi'a de
las computadoras y televisio'n por sate'lite y cable, el acceso mundial a la
informacio'n sigue aumentando y expandie'ndose, con lo que se crean nuevas
oportunidades para la participacio'n de la mujer en las comunicaciones y en
los medios de difusio'n, asi' como para la divulgacio'n de informacio'n sobre
la mujer.  Por otra parte, las redes mundiales de comunicacio'n se han
utilizado para difundir ima'genes estereotipadas y degradantes de la mujer con
estrechos fines comerciales y de consumismo.  Mientras la mujer no participe
equitativamente en las esferas te'cnica y de adopcio'n de decisiones dentro
del contexto de las comunicaciones y los medios de difusio'n, incluidas las
artes, seguira' siendo objeto de representaciones falsas y se seguira'
desconociendo co'mo es en realidad su vida.  [Es grave la escasa dedicacio'n
de los medios de difusio'n al fomento de los valores y la dignidad humanos.]

36.  La incesante degradacio'n del medio ambiente, que afecta a todos los
seres humanos, suele tener una repercusio'n ma's directa en la mujer.  La
salud de la mujer y sus condiciones de vida se ven amenazadas por la
contaminacio'n y los desechos to'xicos, la deforestacio'n en gran escala, la
desertificacio'n, la sequi'a y el agotamiento de los suelos y de los recursos
costeros y marinos, como indica la incidencia cada vez mayor de problemas de
salud, e incluso fallecimientos, relacionados con el medio ambiente, que se
registran entre las mujeres y las nin~as.  Las ma's afectadas son las mujeres
que habitan en zonas rurales y las indi'genas, cuyas condiciones de vida y
subsistencia diaria dependen directamente de ecosistemas sostenibles.

37.  [La causa principal de la degradacio'n incesante del medio ambiente
mundial radica en las insostenibles pautas de consumo y produccio'n,
particularmente en los pai'ses industrializados, que constituyen motivo de
profunda preocupacio'n puesto que agravan la pobreza y los desequilibrios.] 
Asi' pues, es preciso buscar el desarrollo sostenible en un desarrollo social
que reconozca la necesidad de crear condiciones para que las personas que
viven en la pobreza, en particular las mujeres, utilicen los recursos
ambientales de una manera sostenible.  En calidad de ciudadana, la mujer puede
ayudar a cambiar las pautas de consumo en el desempen~o de su papel mu'ltiple
como consumidora, ama de casa, trabajadora y votante.

38.  Las tendencias mundiales han provocado profundos cambios en las
estrategias y estructuras de supervivencia familiar.  La migracio'n de las
zonas rurales a las zonas urbanas se ha incrementado notablemente en todas las
regiones.  Segu'n las proyecciones, en el an~o 2000 la poblacio'n urbana
mundial equivaldra' al 57% de la poblacio'n total.  Se estima que 125 millones
de personas son migrantes, refugiados y desplazados, y que la mitad de ellas
vive en pai'ses en desarrollo.  Estos movimientos en gran escala han tenido
profundas repercusiones en la estructura y el bienestar de la familia, asi'
como consecuencias desiguales para el hombre y la mujer, incluida en muchos
casos la explotacio'n sexual de esta u'ltima.

39.  De acuerdo con estimaciones de la Organizacio'n Mundial de la Salud
(OMS), al comienzo de 1995 el nu'mero total de casos del si'ndrome de
inmunodeficiencia adquirida (SIDA) era de 4,5 millones.  Desde que se
diagnostico' por primera vez el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), se
estima que 19,5 millones de hombres, mujeres y nin~os han sido infectados con
ese virus y, conforme a las proyecciones, otros 20 millones estara'n
infectados al final del decenio.  Entre los casos nuevos, las posibilidades de
infeccio'n son el doble para las mujeres que para los hombres.  En las
primeras etapas de la pandemia del SIDA, el nu'mero de mujeres infectadas no
era elevado; en cambio, actualmente asciende a unos 8 millones.  Las jo'venes
y las adolescentes son particularmente vulnerables.  Se estima que en el an~o
2000 habra' ma's de 13 millones de mujeres infectadas y que 4 millones de
mujeres habra'n muerto de enfermedades relacionadas con el SIDA.  Por
an~adidura, se estima que todos los an~os se producen alrededor de 250
millones de casos nuevos de enfermedades transmitidas por contacto sexual.  La
tasa de transmisio'n de estas enfermedades, del VIH y del SIDA aumenta a un
ritmo alarmante entre las mujeres y las nin~as, especialmente en los pai'ses
en desarrollo.

40.  Desde 1975 se ha generado un notable volumen de conocimientos e
informacio'n acerca de la situacio'n de la mujer y de las condiciones en que
vive.  Durante todo el transcurso de su vida, la existencia diaria de la mujer
y sus aspiraciones a largo plazo se ven restringidas por actitudes
discriminatorias, estructuras sociales y econo'micas injustas y falta de
recursos en la mayori'a de los pai'ses, lo cual impide su participacio'n plena
y equitativa.  En varios pai'ses, la pra'ctica de la seleccio'n prenatal del
sexo, las tasas de mortalidad ma's elevadas entre las muchachas muy jo'venes y
las tasas inferiores de matri'cula escolar para las nin~as, en comparacio'n
con los nin~os, sugieren que la "preferencia por el hijo" esta' limitando el
acceso de las nin~as a los alimentos, la educacio'n y la atencio'n de la salud
[e incluso a la propia vida].  [La discriminacio'n contra la mujer comienza
incluso antes del nacimiento y, por tanto, debe enfrentarse desde el
nacimiento mismo en adelante.]

41.  [La nin~a de hoy es la mujer de man~ana.  Los conocimientos, las ideas y
la energi'a de las nin~as son cruciales para el pleno logro de los objetivos
de la igualdad, el desarrollo y la paz.  [Para que una nin~a desarrolle
plenamente sus capacidades es preciso que crezca en un medio propicio donde se
satisfagan sus necesidades de supervivencia, proteccio'n y desarrollo y se
salvaguarden sus derechos en condiciones de igualdad.]  [Si la mujer ha de
participar en las actividades en condiciones de igualdad con el hombre, es
tiempo de que se reconozcan la dignidad [humana] y el valor de la nin~a y de
que se le garantice el pleno disfrute de sus derechos humanos y sus libertades
fundamentales.]  [Si la mujer de man~ana ha de participar en condiciones de
igualdad con el hombre en el cambio y el desarrollo, es tiempo de que [se
otorguen a la nin~a la dignidad humana y las oportunidades que le corresponden
y de que se le garantice el pleno disfrute [respeto] de todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales [incluida la ratificacio'n universal de
la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o] 10/.  Sin embargo, existen en
todo
el mundo indicios de indiscriminacio'n y violencia contra la nin~as [que
empiezan incluso antes de su nacimiento [desde su concepcio'n] y continu'an y
persisten durante toda su vida].  Las nin~as tienen a menudo menos acceso a la
nutricio'n, los servicios de salud fi'sica y mental y la educacio'n y
disfrutan de menos derechos, menos oportunidades y menos beneficios en la
infancia y en la adolescencia que los nin~os.  Son con frecuencia objeto de
explotacio'n sexual y econo'mica, de violencia y de pra'cticas nocivas como
[el feticidio] el infanticidio [en el momento de la concepcio'n], [la
seleccio'n prenatal del sexo], el incesto, la mutilacio'n genital y el
matrimonio prematuro.  Su existencia diaria y sus aspiraciones a largo plazo
se ven limitadas por actitudes, estructuras y falta de recursos que impiden su
participacio'n plena e igualitaria en la sociedad.]]

42.  Ma's de la mitad de la poblacio'n mundial tiene menos de 25 an~os, y la
mayor parte de los jo'venes del mundo - ma's del 80% - vive en pai'ses en
desarrollo.  Los encargados de formular las poli'ticas deberi'an reconocer lo
que implican estos factores demogra'ficos.  Es preciso tomar medidas
especiales para asegurar que las jo'venes adquieran preparacio'n para la vida
de manera que puedan participar activa y eficazmente en todos los niveles de
la direccio'n social, cultural, poli'tica y econo'mica.  Sera' indispensable
que la comunidad internacional demuestre un intere's renovado en el futuro, y
se comprometa a inspirar a una nueva generacio'n de hombres y mujeres para que
trabajen juntos por una sociedad ma's justa.  Esta nueva generacio'n de
dirigentes debe aceptar y promover un mundo en el que todos los nin~os este'n
a salvo de injusticias, opresio'n y desigualdad, y en libertad de desarrollar
su propio potencial.  Por consiguiente, el principio de la igualdad [y de la
equidad] del hombre y la mujer debe formar parte integrante del proceso de
socializacio'n.


                                       *

                                    *     *


     Se propone la inclusio'n del siguiente pa'rrafo en el capi'tulo IV:

     [Se requieren medidas a corto plazo y la reformulacio'n de las poli'ticas
e inversiones a largo plazo para lograr una distribucio'n ma's [equitativa]
[uniforme] de las responsabilidades familiares entre el hombre y la mujer. 
[Las mujeres tienen diferentes necesidades en las distintas etapas de su ciclo
de vida, que deben atenderse mediante la planificacio'n de poli'ticas y la
ejecucio'n de programas y proyectos basados en ana'lisis que tengan en cuenta
las diferencias entre los sexos.]]

     Se propone la inclusio'n del siguiente pa'rrafo en el capi'tulo V:

     [Las conferencias internacionales, las reuniones en la cumbre y los
procesos descritos supra demuestran que el mundo enfrenta en la actualidad
importantes desafi'os y que esta' en condiciones de hacerlo.  El
reconocimiento del papel de la mujer en la empresa de enfrentar estos
desafi'os es un requisito previo para alcanzar la igualdad y la distribucio'n
de responsabilidades entre el hombre y la mujer.  Existe consenso
internacional acerca del papel de la mujer en el desarrollo, y la comunidad
internacional debe comprometerse a tomar medidas para aplicar las estrategias
esbozadas en la Plataforma de Accio'n.  Con todo, la aplicacio'n tambie'n
requiere compromisos por parte de los gobiernos.  Asi' pues, dado que la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer es una conferencia de compromisos y
de accio'n, los Estados han respondido al reto formulando sus respectivos
compromisos nacionales dentro del contexto de la Plataforma de Accio'n, y ello
debera' producir resultados pra'cticos para las nin~as y las mujeres de todas
las edades.  Los compromisos concretos formulados por cada nacio'n figuran en
el anexo a la presente Plataforma.]


                                 Capi'tulo III

                       ESFERAS DE ESPECIAL PREOCUPACIO'N

43.  El adelanto de la mujer y el logro de [la] [del respeto a su dignidad
innata y a la fundamental] igualdad entre el hombre y la mujer son [una
cuestio'n de derechos humanos y una condicio'n para la] [no son simplemente
una cuestio'n de] justicia social y no deben ser enfocados aisladamente como
un problema de la mujer.  þnicamente despue's de alcanzados esos objetivos se
podra' instaurar una sociedad viable, justa y desarrollada.  La potenciacio'n
del papel de la mujer y la igualdad [y la equidad] entre el hombre y la mujer
son condiciones indispensables para lograr la seguridad poli'tica, social,
econo'mica, cultural y ecolo'gica entre todos los pueblos.

44.  La mayori'a de los objetivos establecidos en las Estrategias de Nairobi
orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer no se han alcanzado. 
Siguen existiendo barreras que se oponen a la potenciacio'n de la mujer, pese
a los esfuerzos de gobiernos, organizaciones no gubernamentales y mujeres y
hombres de todas partes.  [Vastas crisis poli'ticas, econo'micas y
ecolo'gicas, la discriminacio'n siste'mica o de hecho, los conflictos armados
[la dominacio'n u ocupacio'n extranjera, colonial o de otro tipo] [la falta de
proteccio'n de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de
todas las mujeres, inclusive el derecho al desarrollo] y los arraigados
prejuicios respecto de las mujeres y las jo'venes son apenas algunos de los
obsta'culos con que se ha tropezado desde la celebracio'n en 1985 de la
Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio
de las Naciones Unidas para la Mujer:  Igualdad, Desarrollo y Paz.]

45.  Al examinar los progresos alcanzados desde la Conferencia de Nairobi se
ponen de manifiesto preocupaciones especiales, esferas que requieren medidas
especialmente urgentes y que se destacan como prioridades para la accio'n. 
Todas las partes que trabajan para el adelanto de la mujer deben centrar la
atencio'n y los recursos en los objetivos estrate'gicos de las esferas de
especial preocupacio'n que, necesariamente, esta'n relacionadas entre si', son
independientes y tienen igual prioridad.  Es necesario que esas partes
elaboren y apliquen mecanismos para determinar la responsabilidad en todas
esas esferas.

46.  Para lograr este fin, se exhorta a los gobiernos, a la comunidad
internacional y a la sociedad civil, inclusive las organizaciones no
gubernamentales y el sector privado, a que adopten medidas estrate'gicas en
las siguientes esferas decisivas de especial preocupacio'n [respetando
plenamente los valores religiosos y e'ticos, los antecedentes culturales y las
convicciones filoso'ficas y de conformidad con todos los derechos humanos y
las libertades fundamentales]:

    [~  Persistente y creciente carga de la pobreza que afecta a la mujer

     ~  Desigualdad de acceso a la educacio'n e insuficiencia de oportunidades
        de capacitacio'n de buena calidad en todos los niveles

     ~  Desigualdades en materia de atencio'n de la salud y servicios conexos

     ~  Todas las formas de violencia contra la mujer [y la joven]

     ~  Consecuencias de las persecuciones y de los conflictos armados y de
        otro tipo en la mujer [en particular la que vive bajo ocupacio'n o
        dominacio'n extranjera]

     ~  Desigualdad de acceso y participacio'n de la mujer en la definicio'n
        de las estructuras y las poli'ticas econo'micas y en el proceso de
        produccio'n

     ~  Desigualdad entre el hombre y la mujer en el ejercicio del poder y en
        la adopcio'n de decisiones a todos los niveles

     ~  Falta de mecanismos suficientes a todos los niveles para promover el
        adelanto de la mujer

     ~  Promocio'n y proteccio'n de todos los derechos humanos [universales]
        de la mujer

     ~  La mujer y los medios de difusio'n

     ~  La mujer y el medio ambiente

     ~  [Persistencia de la discriminacio'n [contra la nin~a y violacio'n de
        sus derechos]]

        [Supervivencia, proteccio'n y desarrollo de la nin~a]




                                 Capi'tulo IV

                      OBJETIVOS ESTRATE'GICOS Y MEDIDAS 

47.  En cada esfera de especial preocupacio'n, el problema se diagnostica y se
proponen objetivos estrate'gicos, asi' como las medidas concretas que han de
tomar los distintos participantes a fin de alcanzar esos objetivos.  Los
objetivos estrate'gicos proceden de las esferas de especial preocupacio'n y
las medidas concretas que se han de tomar para alcanzarlos afectan a la vez a
la igualdad, el desarrollo y la paz - las metas de las Estrategias de Nairobi
orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer - y reflejan su
interdependencia.  Los objetivos y las medidas esta'n interrelacionados,
tienen un alto grado de prioridad y se refuerzan mutuamente.  [El programa
tiene por objeto mejorar la condicio'n de todas las mujeres,
independientemente de su edad, y si bien reconoce las diferencias entre las
mujeres, procura prestar especial atencio'n a los grupos de mujeres que se
encuentran en situacio'n de alto riesgo, asi' como a las mujeres rurales,
indi'genas, discapacitadas, refugiadas y desplazadas.]

48.  [Las medidas tienen por objeto mejorar la condicio'n y la situacio'n de
todas las mujeres y, por consiguiente, reconocen que muchas mujeres hacen
frente a barreras especiales a consecuencia de diversos factores como su raza,
edad, idioma, origen e'tnico, cultura, religio'n [orientacio'n sexual,] o
discapacidad, o porque pertenecen a poblaciones indi'genas.  Muchas mujeres
hacen frente a barreras relacionadas con su situacio'n familiar, en particular
en familias monoparentales, a su situacio'n socioecono'mica, incluidas las
condiciones de vida en regiones rurales o aisladas y en regiones empobrecidas,
rurales y urbanas, o a su condicio'n de inmigrantes.  Tambie'n existen
barreras especiales para las mujeres refugiadas, migrantes o desplazadas asi'
como para las afectadas por desastres ambientales, enfermedades graves e
infecciosas, la adiccio'n y diversos tipos de violencia contra la mujer.]


                A.  Persistente y creciente carga de la pobreza
                    que afecta a la mujer                  

49.  Ma's de mil millones de personas en todo el mundo, en su mayori'a
mujeres, viven actualmente en condiciones inaceptables de pobreza,
principalmente en los pai'ses en desarrollo.  La pobreza tiene muchas causas,
algunas de ellas de cara'cter estructural.  La pobreza es un problema complejo
y multidimensional y sus ori'genes esta'n tanto en el a'mbito nacional como en
el internacional.  [Al incierto panorama econo'mico mundial se han sumado la
reestructuracio'n econo'mica, persistentes problemas relativos a la deuda
externa y programas de ajuste estructural.]  [Toda suerte de conflictos, el
desplazamiento de personas y el deterioro del medio ambiente han contribuido
tambie'n a socavar la capacidad de los gobiernos para atender a las
necesidades ba'sicas de sus poblaciones.]  Las transformaciones globales de la
economi'a mundial esta'n modificando profundamente los para'metros del
desarrollo social en todos los pai'ses.  Se ha observado una pronunciada
tendencia al creciente empobrecimiento de la mujer cuyo alcance vari'a de una
regio'n a otra.  Las disparidades fundadas en el sexo en lo tocante al reparto
de la capacidad econo'mica constituyen asimismo un importante factor
coadyuvante a la pobreza de la mujer.  [Se agregara' el texto completo sobre
el desempleo y el subempleo.]  La migracio'n y los consiguientes cambios en
las estructuras familiares han representado cargas adicionales para la mujer,
especialmente para las que tienen a varias personas a su cargo. 
Las poli'ticas macroecono'micas deben replantearse y reformularse para que
respondan a esas tendencias.  Esas poli'ticas, dirigidas casi exclusivamente
al sector estructurado, tienden adema's a obstaculizar las iniciativas de las
mujeres y no tienen en cuenta las diferentes consecuencias que tienen en las
mujeres y en los hombres.  La aplicacio'n a una amplia variedad de poli'ticas
y programas de un ana'lisis basado en el ge'nero es, por lo tanto, un elemento
esencial de las estrategias de reduccio'n de la pobreza.  [Para erradicar la
pobreza y lograr el desarrollo sostenible, las mujeres y los hombres deben
participar plenamente y por igual en la formulacio'n de las poli'ticas y
estrategias macroecono'micas y sociales para la erradicacio'n de la pobreza.] 
Esto no se puede lograr por medio de programas contra la pobreza u'nicamente,
sino que requerira' la participacio'n democra'tica y cambios en las
estructuras econo'micas con miras a garantizar a todas las mujeres el acceso a
los recursos, las oportunidades y los servicios pu'blicos.  La pobreza se
manifiesta de diversas maneras, entre ellas la carencia de ingresos y recursos
productivos suficientes para procurarse un medio de vida sostenible; el hambre
y la malnutricio'n; la mala salud; la falta de acceso, o el acceso limitado, a
la educacio'n y otros servicios ba'sicos; el aumento de la morbilidad y la
mortalidad causada por enfermedades; la vivienda inadecuada o la carencia de
vivienda; las condiciones de inseguridad y la discriminacio'n y exclusio'n
sociales.  Se caracteriza tambie'n por la falta de participacio'n en el
proceso de adopcio'n de decisiones y en la vida civil, social y cultural.  La
pobreza esta' presente en todos los pai'ses:  en muchos pai'ses en desarrollo
afecta a grandes masas, mientras que en pai'ses desarrollados aparece en
enclaves de pobreza situados en medio de la prosperidad.  La pobreza puede ser
causada por una recesio'n econo'mica que ocasione la pe'rdida del medio de
sustento o por un desastre o conflicto.  Esta' por otra parte la pobreza de
los trabajadores que perciben bajos salarios y la indigencia total de las
personas que quedan al margen de los sistemas de apoyo a la familia, las
instituciones sociales y las redes de seguridad.

50.  Durante el u'ltimo decenio, el nu'mero de mujeres que viven en
condiciones de pobreza ha aumentado en forma desproporcionada al nu'mero de
hombres, particularmente en los pai'ses en desarrollo.  La feminizacio'n de la
pobreza ha empezado tambie'n recientemente a ser un serio problema en los
pai'ses con economi'as en transicio'n como consecuencia a corto plazo del
proceso de transformacio'n poli'tica, econo'mica y social.  Adema's de
factores de cara'cter econo'mico, la rigidez de las funciones asignadas a la
mujer por la sociedad y su limitado acceso al poder, la educacio'n, la
capacitacio'n y los recursos productivos [asi' como nuevos factores culturales
y sociales que ocasionan la inestabilidad y el deterioro de las familias]
contribuyen tambie'n a la feminizacio'n de la pobreza.  Otro factor
coadyuvante es el hecho de que no se haya integrado en todos los ana'lisis
econo'micos y en la planificacio'n econo'mica una perspectiva centrada en el
ge'nero y que no se hayan abordado las causas estructurales de la pobreza.

51.  Las mujeres contribuyen a la economi'a y a la lucha contra la pobreza
mediante su trabajo remunerado y no remunerado en el hogar, en la comunidad y
en el lugar de trabajo.  La concesio'n a la mujer de los medios necesarios
para la realizacio'n de su potencial es un factor decisivo para erradicar la
pobreza.

52.  Aunque la pobreza afecta a los hogares en general, debido a la divisio'n
del trabajo y las responsabilidades relativas al bienestar familiar, las
mujeres soportan una carga desproporcionada al tratar de administrar el
consumo y la produccio'n del hogar en condiciones de creciente escasez.  La
pobreza afecta de manera especialmente aguda a las mujeres que viven en
hogares rurales.

53.  La pobreza de la mujer esta' directamente relacionada con la ausencia de
oportunidades y autonomi'a econo'micas, la falta de acceso a la educacio'n,
los servicios de apoyo y los recursos econo'micos, incluidos el cre'dito, la
propiedad de la tierra y el derecho a herencia, y con su mi'nima
participacio'n en el proceso de adopcio'n de decisiones.  La pobreza puede
asimismo empujar a las mujeres a situaciones en las que se ven expuestas a la
explotacio'n sexual.

54.  En demasiados pai'ses los sistemas de bienestar social no toman
suficientemente en consideracio'n las condiciones especi'ficas de las mujeres
que viven en la pobreza y se observa una tendencia a la reduccio'n de los
servicios prestados por dichos sistemas.  El riesgo de caer en la pobreza es
mayor para las mujeres que para los hombres, especialmente en la vejez, donde
los sistemas de seguridad social se basan en el principio de empleo remunerado
continuo.  En algunos casos, las mujeres no satisfacen ese requisito debido a
las interrupciones en su trabajo provocadas por la desigual distribucio'n del
trabajo remunerado y no remunerado.  Adema's, las mujeres de ma's edad deben
hacer frente a mayores obsta'culos para volver a incorporarse en el mercado de
trabajo.

55.  En muchos pai'ses desarrollados, donde el nivel de educacio'n general y
formacio'n profesional de las mujeres y los hombres son similares y donde se
dispone de sistemas de proteccio'n contra la discriminacio'n, las
transformaciones econo'micas del u'ltimo decenio han producido en algunos
sectores un marcado aumento del desempleo femenino o de la precariedad de su
empleo, con el consiguiente aumento de la proporcio'n de mujeres entre los
pobres.  En los pai'ses con un nivel elevado de matri'cula escolar entre las
jo'venes, las que abandonan ma's temprano el sistema escolar sin obtener
algu'n tipo de preparacio'n constituyen uno de los sectores ma's vulnerables
en el mercado de trabajo.

56.  En los pai'ses con economi'as en transicio'n y en otros pai'ses que
esta'n sufriendo transformaciones poli'ticas, econo'micas y sociales
fundamentales, esas transformaciones frecuentemente han ocasionado una
reduccio'n de los ingresos de las mujeres o las han privado de sus ingresos.

57.  Particularmente en los pai'ses en desarrollo, se deberi'a aumentar la
capacidad productiva de la mujer mediante el acceso al capital, los recursos,
el cre'dito, las tierras, la tecnologi'a, la informacio'n, la asistencia
te'cnica y la capacitacio'n a fin de aumentar sus ingresos y mejorar el estado
de la nutricio'n, la educacio'n y la atencio'n de la salud en el hogar.  La
liberacio'n del potencial productivo de la mujer es esencial para interrumpir
el ciclo de pobreza a fin de que la mujer pueda compartir plenamente los
beneficios del desarrollo y disfrutar del producto de su propio trabajo.

58.  El desarrollo sostenible y el crecimiento econo'mico a la vez sostenido y
sostenible so'lo pueden alcanzarse mejorando la condicio'n econo'mica, social,
poli'tica, juri'dica y cultural de la mujer.  Para alcanzar un desarrollo
sostenible, es fundamental un desarrollo social equitativo que reconozca la
necesidad de dar a los pobres, en particular a las mujeres, la posibilidad de
utilizar los recursos ambientales de manera sostenible.

59.  El e'xito de las poli'ticas y de las medidas destinadas a respaldar o
reforzar la promocio'n de la igualdad entre los sexos y la mejora de la
condicio'n de la mujer debe basarse en la integracio'n de los aspectos
relacionados con el ge'nero en las poli'ticas generales relacionadas con todas
las esferas de la sociedad, asi' como en la aplicacio'n de medidas positivas. 
[con ayuda institucional y financiera adecuada en todos los niveles].


                [Capacitar a la mujer para superar la pobreza]

     Objetivo estrate'gico A.1.  Revisar, adoptar y mantener poli'ticas
                                macroecono'micas y estrategias de     
                                desarrollo que tengan en cuenta las  
                                necesidades de las mujeres y apoyen  
                                sus esfuerzos por superar la pobreza 
                                en el marco de un desarrollo sostenible

Medidas que han de adoptarse

60.  Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [Revisar y modificar, con la participacio'n plena e igualitaria de
          la mujer, las poli'ticas macroecono'micas y sociales con miras a
          alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n;]

     b)   [Analizar, desde una perspectiva que tenga en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero, las poli'ticas y los programas,
          incluidos los relativos a la estabilidad macroecono'mica, el ajuste
          estructural, los problemas de la deuda externa, la tributacio'n, las
          inversiones, el empleo, los mercados y todos los sectores
          pertinentes de la economi'a, en relacio'n con sus efectos en la
          pobreza, en la desigualdad y, particularmente en la mujer; evaluar
          las repercusiones de esas poli'ticas y programas en el bienestar y
          las condiciones de vida de la
          familia y ajustar e'stos, segu'n convenga, para fomentar una
          distribucio'n ma's equitativa de los bienes de produccio'n, el
          patrimonio, las oportunidades, los ingresos y los servicios;]

     c)   [Formular y aplicar poli'ticas macroecono'micas y sectoriales
          racionales y estables, elaboradas con la participacio'n plena e
          igualitaria de la mujer, que fomenten un crecimiento econo'mico
          sostenido de amplia base [en el contexto de un desarrollo sostenible
          centrado en la poblacio'n] [para un desarrollo sostenible centrado
          en el ser humano], que aborden las causas estructurales de la
          pobreza y que este'n orientadas hacia la erradicacio'n de la pobreza
          y la reduccio'n de la desigualdad entre los sexos;]

     d)   [Aplicar poli'ticas sectoriales y macroecono'micas racionales,
          elaboradas y supervisadas con la plena participacio'n de la mujer,
          que fomenten un crecimiento econo'mico sostenido de amplia base en
          el contexto de un desarrollo sostenible [centrado en la poblacio'n]
          [centrado en el ser humano], aborden las causas estructurales de la
          pobreza y este'n orientadas hacia la erradicacio'n de la pobreza y
          la reduccio'n de la desigualdad entre los sexos;]

     e)   Reestructurar y dirigir la asignacio'n del gasto pu'blico con miras
          a aumentar las oportunidades econo'micas para la mujer y promover el
          acceso igualitario [y ma's equitativo] de la mujer a los recursos
          productivos, y atender las necesidades sociales, educativas y de
          salud ba'sicas de la mujer, en particular de las que viven en la
          pobreza;

     f)   Desarrollar los sectores agri'cola y pesquero, cuando y donde sea
          menester, a fin de asegurar, segu'n proceda, la seguridad
          alimentaria del hogar y nacional y la autosuficiencia alimentaria,
          mediante la asignacio'n de los recursos financieros, te'cnicos y
          humanos necesarios;

     g)   Formular poli'ticas y programas para promover la distribucio'n
          equitativa de los alimentos en el hogar;

     h)   Proporcionar redes de seguridad apropiadas y fortalecer los sistemas
          de apoyo del Estado [y los basados en la comunidad] como parte
          integrante de la poli'tica social, a fin de que las mujeres que
          viven en la pobreza puedan hacer frente a entornos econo'micos
          adversos y mantener sus medios de vida, sus bienes y sus ingresos en
          tiempos de crisis;

     i)   Generar poli'ticas econo'micas que tengan un efecto positivo en el
          empleo y los ingresos de las trabajadoras, tanto en el sector
          estructurado como en el sector no estructurado, y adoptar medidas
          concretas para abordar el desempleo de las mujeres, en particular su
          desempleo a largo plazo;

     j)   Formular y aplicar, cuando proceda, poli'ticas concretas
          econo'micas, sociales, agri'colas y de otra i'ndole, en apoyo de los
          hogares encabezados por mujeres;

     k)   Elaborar y ejecutar programas contra la pobreza, incluidos programas
          de empleo, que mejoren el acceso de las mujeres que viven en la
          pobreza a los alimentos, incluso mediante la utilizacio'n de
          mecanismos adecuados de fijacio'n de precios y de distribucio'n;

     l)   [Introducir medidas para mejorar la situacio'n de las mujeres
          migrantes y las mujeres internamente desplazadas mediante la
          flexibilizacio'n de las poli'ticas migratorias rigurosas y
          restrictivas, el reconocimiento de las calificaciones y aptitudes de
          las mujeres que son inmigrantes legales y su integracio'n plena en
          la fuerza de trabajo, y mediante la aplicacio'n de otras medidas
          necesarias para la realizacio'n plena de los derechos humanos de las
          personas internamente desplazadas;]

     m)   [Introducir medidas para integrar o reintegrar a las mujeres que
          viven en la pobreza y a las mujeres socialmente marginadas en el
          empleo productivo y en el entorno econo'mico predominante, y
          asegurar el acceso pleno de las mujeres internamente desplazadas a
          las oportunidades econo'micas, asi' como el reconocimiento de las
          calificaciones y aptitudes de las mujeres inmigrantes y refugiadas;]

     n)   Facilitar a las mujeres viviendas a precios razonables y el acceso a
          las tierras, mediante, entre otras cosas, la eliminacio'n de todos
          los obsta'culos que impiden ese acceso, con especial hincapie' en la
          atencio'n de las necesidades de las mujeres, en particular de las
          que viven en la pobreza y las jefas de familia;

     o)   [En caso de que se apruebe una modificacio'n del pa'rrafo 48 supra o
          una seccio'n anterior en que figuren grupos de intere's especial, se
          suprimira' el subpa'rrafo o):  Elaborar programas especiales que
          reflejen las necesidades concretas de los nin~os, particularmente de
          las nin~as, las jo'venes, las ancianas y las mujeres discapacitadas
          que esta'n en peores condiciones para tener acceso a los servicios
          sociales y a los recursos productivos, segu'n proceda;]

     p)   Formular y aplicar poli'ticas y programas que proporcionen a las
          agricultoras y pescadoras (incluidas las agricultoras y productoras
          de subsistencia, especialmente en las zonas rurales) mejor acceso a
          servicios financieros, te'cnicos, de extensio'n y de
          comercializacio'n; proporcionar control de las tierras y acceso a
          ellas e infraestructura y tecnologi'a apropiadas a fin de elevar los
          ingresos de la mujer y promover la seguridad alimentaria en el
          hogar, sobre todo en las zonas rurales, y, donde proceda, alentar la
          creacio'n de cooperativas de mercado pertenecientes a los
          productores;

     q)   Crear sistemas de seguridad social donde no existan, o revisarlos,
          con miras a situar a la mujer en pie de igualdad con el hombre en
          todas las etapas de su vida;

     r)   Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de bajo costo,
          incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica destinada especialmente
          a las mujeres que viven en la pobreza;

     s)   Adoptar medidas especiales para promover y fortalecer poli'ticas y
          programas para las mujeres indi'genas que permitan su plena
          participacio'n y en los que se respete su diversidad cultural, de
          manera que tengan oportunidad y posibilidades de eleccio'n en los
          procesos de desarrollo a fin de erradicar la pobreza que las afecta.

61.  Medidas que han de adoptar las instituciones financieras y de desarrollo
multilaterales, incluidos el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y
las instituciones de desarrollo regionales, y medidas que han de adoptarse
mediante la cooperacio'n bilateral para el desarrollo:

     a)   [[Aumentar los recursos asignados a] [Asignar los recursos que se
          requieran para] la eliminacio'n de la pobreza [absoluta] y prestar
          especial atencio'n a las mujeres [y las familias] que viven en la
          pobreza.] [Apoyar a los pai'ses en desarrollo mediante la
          asignacio'n de recursos nuevos y adicionales para la erradicacio'n
          de la pobreza y prestar especial atencio'n a las mujeres que viven
          en la pobreza];

     b)   Fortalecer la capacidad anali'tica a fin de consolidar de manera
          ma's sistema'tica las cuestiones referentes a la desigualdad entre
          los sexos e integrarlas en el disen~o y la ejecucio'n de programas
          de concesio'n de pre'stamos, incluidos los programas de ajuste
          estructural y de recuperacio'n econo'mica;

     c)   [Cancelar o reducir sustancialmente la deuda externa, o canjear los
          servicios de la deuda de los pai'ses en desarrollo, en particular
          los pai'ses muy endeudados de bajos ingresos, a fin de ayudarlos a
          financiar programas y proyectos dirigidos al desarrollo, incluido el
          adelanto de la mujer, y a alcanzar un crecimiento econo'mico
          sostenido y el desarrollo sostenible sin incurrir en una nueva
          crisis de la deuda;]

     d)   Velar por que en la elaboracio'n de los programas de ajuste
          estructural se procure reducir al mi'nimo sus efectos negativos
          sobre los grupos y comunidades vulnerables y menos favorecidos, asi'
          como asegurar sus efectos positivos sobre tales grupos y comunidades
          evitando que queden marginados en las actividades econo'micas y
          sociales e ideando medidas encaminadas a darles control sobre los
          recursos econo'micos y las actividades econo'micas y sociales, asi'
          como acceso a e'stos; deberi'an tomarse medidas para reducir la
          desigualdad y la disparidad econo'micas; 

     e)   Examinar la repercusio'n de los programas de ajuste estructural
          sobre el desarrollo social mediante evaluaciones de su efecto social
          y otros me'todos pertinentes que tengan en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero, con miras a elaborar poli'ticas para
          reducir sus efectos negativos y mejorar los positivos, asegurando
          que no recaiga sobre la mujer una parte desproporcionada del costo
          de la transicio'n; complementar los pre'stamos para el ajuste con un
          aumento de los pre'stamos para el desarrollo social;

     f)   Crear un clima propicio para que las mujeres tengan acceso a medios
          permanentes de ganarse la vida.

62.  [Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales
nacionales e internacionales y los grupos de mujeres:

     a)   Todas las partes interesadas en el proceso de desarrollo, incluidas
          las instituciones acade'micas, las organizaciones no gubernamentales
          y los grupos de base comunitaria y de mujeres, se deberi'an
          movilizar para mejorar la eficacia de los programas de lucha contra
          la pobreza dirigidos a los grupos de mujeres ma's pobres y
          desfavorecidos, como las mujeres indi'genas y de las zonas rurales,
          las mujeres jefas de familia, las jo'venes y las ancianas, y las
          migrantes y discapacitadas.  Ahora bien, los gobiernos no deberi'an
          abandonar su responsabilidad de velar por el bienestar social
          transfirie'ndola a las organizaciones no gubernamentales y las
          mujeres;

     b)   Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de
          mujeres deberi'an crear grupos de presio'n, establecer mecanismos de
          supervisio'n e instituir otras actividades pertinentes para velar
          por la aplicacio'n de las recomendaciones sobre la pobreza
          enunciadas en la Plataforma de Accio'n.  Estas actividades deberi'an
          estar encaminadas a asegurar que los sectores estatal y privado
          asuman su responsabilidad y actu'en con transparencia;

     c)   Las organizaciones de mujeres deberi'an incluir en sus actividades a
          mujeres con necesidades diversas por razo'n de edad, grupo e'tnico y
          cultura.  Deberi'an reconocer la participacio'n cada vez mayor de
          las organizaciones de jo'venes como asociadas eficaces en los
          programas de desarrollo; 

     d)   Las organizaciones de mujeres y otras organizaciones no
          gubernamentales, en cooperacio'n con los sectores oficial y privado,
          deberi'an formular una estrategia nacional amplia de mejoramiento de
          los servicios de salud, educacio'n y sociales, para que las nin~as y
          las mujeres de todas las edades que viven en la pobreza tengan pleno
          acceso a ellos.  Asimismo, deberi'a procurarse financiacio'n para
          asegurar el acceso a los servicios desde la perspectiva de las
          necesidades de la mujer, asi' como ampliar esos servicios para que
          lleguen a las zonas rurales y remotas que no esta'n dentro del
          a'mbito de las organizaciones gubernamentales;

     e)   Las organizaciones de mujeres y las organizaciones no
          gubernamentales, en cooperacio'n con los gobiernos, los empleadores
          y otros asociados y partes interesadas en cuestiones sociales,
          deberi'an elaborar poli'ticas de ensen~anza, capacitacio'n y
          readiestramiento a fin de asegurar que las mujeres puedan adquirir
          una amplia gama de conocimientos para satisfacer las nuevas
          exigencias.  Se necesitan poli'ticas destinadas a asegurar el
          suministro de ensen~anza primaria, proporcionar formacio'n
          profesional y te'cnica para las nin~as y mujeres de todas las edades
          y aumentar el acceso a la educacio'n en los campos de las ciencias y
          la tecnologi'a, las matema'ticas, la ingenieri'a, la tecnolo'gica de
          la informacio'n y la alta tecnologi'a, asi' como la capacitacio'n en
          materia de gestio'n;

     f)   Se deben hacer valer los derechos humanos de la mujer al control de
          las tierras, las propiedades y el cre'dito asi' como al acceso igual
          en estas esferas, con independencia del derecho consuetudinario, las
          tradiciones y las pra'cticas relativas a la herencia y el
          matrimonio.  Las organizaciones no gubernamentales y las
          organizaciones de mujeres deberi'an movilizarse para proteger los
          derechos tradicionales a la tierra y la propiedad de todas las
          mujeres, incluidas las criadoras de ganado, las dedicadas a la
          pesqueri'a, las pertenecientes a grupos no'madas y poblaciones
          indi'genas, las refugiadas y las trabajadoras migrantes.]


     Objetivo estrate'gico A.2*.  Revisar las leyes y las pra'cticas   
                                   administrativas que limitan el      
                                   acceso de las mujeres a los recursos
                                   econo'micos                         

*    Se propone trasladar este objetivo a la seccio'n F.2.

Medidas que han de adoptarse

63.  Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de bajo costo,
          incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica, especialmente para las
          mujeres que viven en la pobreza;

     b)   Emprender reformas legislativas y administrativas para dar a la
          mujer acceso pleno y equitativo a los recursos econo'micos, incluido
          el derecho a la herencia [y la posesio'n de tierras] y otras
          propiedades, el cre'dito, los recursos naturales y las tecnologi'as
          apropiadas;

     c)   Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio No. 169 de la
          Organizacio'n Internacional del Trabajo (OIT) como parte de los
          esfuerzos encaminados a promover y proteger los derechos de las
          poblaciones indi'genas.


        Objetivo estrate'gico A.3.  Dar a la mujer acceso a mecanismos
                                   e instituciones de ahorro y cre'dito

Medidas que han de adoptarse

64.  Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Mejorar el acceso de las mujeres en situacio'n desventajosa de las
          zonas rurales, remotas y urbanas a servicios financieros,
          fortaleciendo los vi'nculos entre los bancos y las organizaciones de
          pre'stamo intermediarias, incluso mediante apoyo legislativo,
          capacitacio'n para la mujer y fortalecimiento de las instituciones
          intermediarias, con miras a movilizar capital para esas
          instituciones y aumentar la disponibilidad de cre'ditos;

     b)   Alentar las vinculaciones entre las instituciones financieras y las
          organizaciones no gubernamentales y apoyar las pra'cticas
          innovadoras de concesio'n de pre'stamos, incluidas las que integran
          los cre'ditos con servicios y capacitacio'n para la mujer y
          proporcionan facilidades de cre'dito a las mujeres de las zonas
          rurales.

65.  Medidas que han de adoptar los bancos comerciales, las instituciones
financieras especializadas y el sector privado al examinar sus poli'ticas:

     a)   Emplear metodologi'as de ahorro y cre'dito que tengan en cuenta a la
          mujer que vive en la pobreza y adoptar me'todos innovadores para
          reducir los costos de las transacciones y redefinir los riesgos;

     b)   Abrir ventanillas especiales de pre'stamo para las mujeres,
          incluidas las jo'venes, que no tienen acceso a las fuentes
          tradicionales de garanti'as;

     c)   Simplificar las pra'cticas bancarias, por ejemplo, reduciendo el
          monto del depo'sito mi'nimo y otras condiciones para abrir cuentas
          bancarias;

     d)   Lograr la participacio'n, y la aplicacio'n del re'gimen de propiedad
          conjunta cuando sea posible, de las mujeres prestatarias en el
          proceso de adopcio'n de decisiones de las instituciones que
          proporcionan servicios de cre'dito y financieros.

66.  Medidas que han de adoptar las organizaciones multilaterales y
bilaterales de cooperacio'n para el desarrollo:

     Apoyar, mediante el suministro de capital y recursos, a las instituciones
     financieras que prestan servicios a las mujeres de bajos ingresos a cargo
     de microempresas y empresas de pequen~a escala y productoras, tanto en el
     sector estructurado como en el no estructurado.

67.  Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones financieras
multilaterales, segu'n proceda:

     Apoyar a las instituciones que cumplen con las normas de rendimiento
     llegando a gran nu'mero de mujeres y hombres de bajos ingresos mediante
     la capitalizacio'n, la refinanciacio'n y el apoyo al desarrollo
     institucional de maneras que favorezcan la autosuficiencia.

68.  Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales:  

     [Aumentar la] [Proporcionar] financiacio'n [suficiente] para los
     programas y proyectos encaminados a fomentar las actividades
     empresariales sostenibles y productivas de generacio'n de ingresos entre
     las mujeres en situacio'n desventajosa y las que viven en la pobreza.


       Objetivo estrate'gico A.4.  Realizar investigaciones que permitan
                                  a la mujer superar la pobreza        

Medidas que han de adoptarse

69.  Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales, las instituciones acade'micas y de investigacio'n y el
sector privado:

     a)   Elaborar medios teo'ricos y pra'cticos para incorporar perspectivas
          relacionadas con las diferencias de trato por razo'n de sexo en
          todos los aspectos de la formulacio'n de poli'ticas econo'micas,
          incluso la planificacio'n y los programas de ajuste estructural;

     b)   Aplicar esos me'todos para analizar las consecuencias para el hombre
          y la mujer de todas las poli'ticas y programas, incluso los
          programas de ajuste estructural, y difundir los resultados de la
          investigacio'n.

70.  Medidas que han de adoptar las organizaciones nacionales e
internacionales de estadi'stica:

     a)   Reunir datos desglosados por sexo y por edad sobre la pobreza y
          todos los aspectos de la actividad econo'mica y elaborar indicadores
          estadi'sticos cuantitativos y cualitativos para facilitar la
          evaluacio'n del rendimiento econo'mico desde una perspectiva que
          abarque a los dos sexos;

     b)   Elaborar medios estadi'sticos apropiados para reconocer y hacer
          visible en toda su extensio'n el trabajo de la mujer y todas sus
          contribuciones a la economi'a nacional, incluso en el sector no
          remunerado y en el hogar, y examinar la relacio'n entre el trabajo
          no remunerado de la mujer y la incidencia de la pobreza y la
          vulnerabilidad de las mujeres a ella.


B.  Desigualdad de acceso a la educacio'n e insuficiencia
    de oportunidades de educacio'n                       

71.  La educacio'n es un derecho [humano] ba'sico y constituye un instrumento
indispensable para lograr los objetivos de la igualdad, el desarrollo y la
paz.  La educacio'n no discriminatoria beneficia tanto a las nin~as como a los
nin~os y, de esa manera, conduce en u'ltima instancia a relaciones ma's
igualitarias entre mujeres y hombres.  La igualdad de acceso a la educacio'n y
la obtencio'n de        educacio'n son necesarias para que ma's mujeres se
conviertan en agentes de cambio.  La alfabetizacio'n de la mujer es importante
para mejorar la salud, la nutricio'n y la educacio'n en la familia, asi' como
para habilitar a la mujer para participar en la adopcio'n de decisiones en la
sociedad.  Ha quedado demostrado que la inversio'n en la educacio'n y la
capacitacio'n formal y no formal de las nin~as y las mujeres, que tiene un
rendimiento social y econo'mico excepcionalmente alto, es uno de los mejores
medios de lograr un desarrollo sostenible y un crecimiento econo'mico a la vez
sostenido y sostenible.

72.  En el plano regional, las nin~as y los nin~os han logrado la igualdad de
acceso a la ensen~anza primaria, excepto en algunas partes de A'frica, en
particular el A'frica subsahariana, y de Asia central, donde el acceso a las
instituciones educacionales sigue siendo insuficiente.  Se han alcanzado
adelantos en la ensen~anza secundaria; en algunos pai'ses, se ha logrado la
igualdad de acceso de nin~os y nin~as a esa educacio'n.  La matri'cula de
mujeres en la ensen~anza terciaria ha aumentado considerablemente.  En muchos
pai'ses, las escuelas privadas han cumplido una importante funcio'n
complementaria en la mejora del acceso a la educacio'n en todos los niveles. 
Sin embargo, ma's de cinco an~os despue's de que la Conferencia Mundial sobre
Educacio'n para Todos (Jomtien, Tailandia, 1990) aprobara la Declaracio'n
Mundial sobre Educacio'n para Todos y el Marco de Accio'n para Satisfacer las
Necesidades Ba'sicas de Aprendizaje 11/, unos 100 millones de nin~os, de los
que por lo menos 60 millones son nin~as, carecen de acceso a la ensen~anza
primaria, y ma's de las dos terceras partes de los 960 millones de analfabetos
adultos del mundo son mujeres.  El alto nivel de analfabetismo existente en la
mayor parte de los pai'ses en desarrollo, en particular el A'frica
subsahariana y algunos Estados a'rabes, sigue constituyendo un grave
obsta'culo para el adelanto de la mujer y para el desarrollo.

  En muchas regiones persiste la discriminacio'n en el acceso de las nin~as
a la educacio'n debido a actitudes arraigadas, a embarazos [y matrimonios a
edad temprana], a la insuficiencia y el sesgo respecto de los sexos del
material dida'ctico y educacional [al acoso sexual] y a la falta de
instalaciones de ensen~anza apropiadas y accesibles en el sentido fi'sico y en
otros sentidos.  Las nin~as comienzan a realizar tareas dome'sticas pesadas a
edad muy temprana.  Se espera que las nin~as y las mujeres asuman a la vez
responsabilidades respecto de su educacio'n y responsabilidades dome'sticas,
lo que a menudo conduce a un rendimiento escolar insatisfactorio y a la
desercio'n escolar temprana, con consecuencias duraderas en todos los aspectos
de la vida de la mujer.

74.  [La creacio'n de un entorno educacional y social propicio en que se
aliente sistema'ticamente a todos los seres humanos, hombres y mujeres, nin~os
y nin~as, a cultivar valores morales y espirituales seri'a un instrumento
sumamente eficaz para eliminar las causas de la discriminacio'n contra la
mujer y la desigualdad entre hombres y mujeres.]

75.  La mujer deberi'a poder seguir adquiriendo conocimientos y aptitudes
pasada su juventud.  Este concepto de aprendizaje permanente incluye los
conocimientos y las aptitudes adquiridas en la educacio'n y la capacitacio'n
formal, asi' como el aprendizaje informal, por ejemplo en las actividades
voluntarias, el trabajo no remunerado y los conocimientos tradicionales.

76.  Sigue habiendo un sesgo considerable en los programas de estudio y el
material dida'ctico y rara vez se atiende a las necesidades especiales de las
nin~as y las mujeres.  Esto refuerza las funciones tradicionales del hombre y
de la mujer, y priva a e'stas u'ltimas de la oportunidad de participar en la
sociedad plenamente y en condiciones de igualdad.  La falta de sensibilidad de
los educadores de todos los niveles respecto a las diferencias de trato segu'n
el sexo aumenta las desigualdades entre el hombre y la mujer al reforzar las
tendencias discriminatorias y socavar la autoestima de las nin~as.  [La falta
de educacio'n sexual y reproductiva tiene profundas repercusiones en la mujer
y el hombre] [teniendo en cuenta los derechos, deberes y responsabilidades de
los padres y otras personas legalmente responsables de los nin~os y de
conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o].

77.  Las diferencias basadas en el sexo son particularmente notables en los
programas de estudio de las ciencias.  Los libros de texto sobre ciencias no
guardan relacio'n con la experiencia cotidiana de las mujeres y las nin~as ni
dan el debido reconocimiento a las mujeres cienti'ficas.  A menudo, no se
imparten a las nin~as nociones y aptitudes te'cnicas ba'sicas en las
matema'ticas y las ciencias, que les proporcionari'an conocimientos que
podri'an aplicar para mejorar su vida cotidiana y aumentar sus oportunidades
de empleo.  Los estudios avanzados de ciencia y tecnologi'a preparan a la
mujer para desempen~ar una funcio'n activa en el desarrollo tecnolo'gico e
industrial de su pai's, por lo que es preciso adoptar un enfoque mu'ltiple
respecto de la capacitacio'n profesional y te'cnica.  La tecnologi'a esta'
transformando ra'pidamente el mundo y tambie'n ha
afectado a los pai'ses en desarrollo.  Es indispensable que la mujer no so'lo
se beneficie de la tecnologi'a, sino que tambie'n participe en el proceso
desde la etapa de disen~o hasta las de aplicacio'n, supervisio'n y
evaluacio'n.

78.  [Cabe sen~alar que la notable mejora, en los pai'ses desarrollados en
particular, de la situacio'n de las nin~as en todos los niveles de la
ensen~anza, incluido el nivel superior, es uno de los factores de su continuo
progreso en las actividades profesionales.  No obstante, hay que reconocer que
las mujeres siguen concentra'ndose en un nu'mero [demasiado] limitado de los
sectores de estudios [superiores].]  Incluso en un nivel superior de
educacio'n las mujeres son objeto de ma's prejuicios que los hombres en varios
sectores, lo cual les impide sacar el ma'ximo provecho de sus titulaciones
acade'micas.

79.  Los medios de difusio'n son un importante medio de educacio'n. 
Los educadores y las instituciones gubernamentales y no gubernamentales pueden
utilizar los medios de comunicacio'n como un instrumento de ensen~anza para el
adelanto de la mujer y para el desarrollo.  La educacio'n y los sistemas de
informacio'n computadorizados se esta'n convirtiendo en elementos cada vez
ma's importantes del aprendizaje y de la difusio'n de conocimientos.  La
televisio'n, en particular, influye en mayor medida en los jo'venes, por lo
que ofrece la posibilidad de forjar valores, actitudes y percepciones en las
mujeres y en la nin~as de formas tanto positivas como negativas.  Por
consiguiente, es fundamental que los educadores desarrollen el juicio cri'tico
y la capacidad anali'tica de sus alumnos.

80.  [En muchos pai'ses, los recursos que se asignan a la educacio'n son
insuficientes y, donde se aplican programas de ajuste estructural, esos
recursos son au'n ma's reducidos.  A largo plazo, esta situacio'n perjudica al
desarrollo humano, en particular el desarrollo la mujer.]

81.  Para hacer frente a la desigualdad de acceso a la ensen~anza y a las
oportunidades educacionales insuficientes, los gobiernos y otros agentes
sociales deberi'an promover una poli'tica activa y visible de integracio'n de
las perspectivas de uno y otro sexo en todas las poli'ticas y programas, a fin
de que se analicen, antes de adoptar decisiones, sus posibles efectos en las
mujeres y los hombres.


[Asegurar el acceso de las mujeres a una educacio'n y   
una capacitacio'n de buena calidad a fin de lograr su   
autosuficiencia en todos los niveles y en todas las    
esferas y sectores]                                    

          Objetivo estrate'gico B.1.  Asegurar la igualdad de acceso
                                     a la educacio'n 

Medidas que han de adoptarse

82.  Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [Alcanzar los objetivos de igualdad de acceso a la educacio'n sin
          distinciones por razo'n del sexo, la raza, la nacionalidad, la edad,
          la discapacidad u otra forma de discriminacio'n y asegurar que se
          establezcan procedimientos para dar curso a las reclamaciones;]

     b)   Asegurar el acceso universal a la ensen~anza ba'sica y lograr que
          terminen la ensen~anza primaria por lo menos el 80% de los nin~os
          para el an~o 2000; lograr la igualdad de acceso a la ensen~anza
          primaria y secundaria para el an~o 2005 y la ensen~anza primaria
          universal en todos los pai'ses antes del an~o 2015;

     c)   Eliminar las diferencias entre los sexos en el acceso a todos los
          a'mbitos de la ensen~anza terciaria, velando por que la mujer tenga
          igual acceso que el hombre al desarrollo profesional, a la
          capacitacio'n y a las becas y adoptando medidas de promocio'n activa
          segu'n corresponda;

     d)   Establecer un sistema educacional en que se tengan en cuenta las
          cuestiones relacionadas con el ge'nero, a fin de promover la
          igualdad de oportunidades de educacio'n y capacitacio'n, asi' como
          la participacio'n igualitaria de la mujer en la administracio'n y la
          adopcio'n de poli'ticas y decisiones en materia de educacio'n;

     e)   Ofrecer a las jo'venes, en colaboracio'n con los padres, las
          organizaciones no gubernamentales, incluidas las organizaciones de
          jo'venes, las comunidades y el sector privado, formacio'n acade'mica
          y te'cnica, planificacio'n de su carrera profesional, conocimientos
          directivos y sociales y experiencia laboral que las prepare para
          participar plenamente en la sociedad;

     f)   Aumentar la matri'cula y las tasas de retencio'n escolar de las
          nin~as, asignando a esa actividad los recursos presupuestarios
          necesarios y obteniendo el apoyo de los padres y de la comunidad,
          asi' como realizando campan~as, estableciendo horarios escolares
          flexibles, otorgando incentivos y becas y adoptando otras medidas
          encaminadas a reducir los costos que entran~a para la familia la
          educacio'n de las nin~as [y facilitar a los padres la posibilidad de
          elegir una educacio'n de buena calidad para sus hijas];

          [velando por que las instituciones educacionales respeten los
          derechos de las mujeres y las nin~as a la libertad de conciencia y
          de religio'n] [derogando todo tipo de legislacio'n discriminatoria
          desde los puntos de vista religioso, racial o cultural];

     g)   Promover un entorno educacional en que se eliminen todas las
          barreras que impiden la asistencia a la escuela de las adolescentes
          embarazadas y las madres jo'venes, que incluya, segu'n corresponda,
          servicios accesibles y asequibles de guarderi'a y educacio'n de los
          padres a fin de alentar a quienes deben ocuparse del cuidado de sus
          hijos y hermanos en edad escolar a reanudar los estudios o a
          llevarlos a te'rmino;

     h)   [Aumentar la igualdad de la educacio'n para asegurar que se impartan
          a las mujeres de todas las edades los conocimientos, la capacidad de
          razonamiento, las aptitudes y los valores e'ticos necesarios para
          desarrollar plenamente sus capacidades con salud y dignidad y para
          participar cabalmente en el proceso de desarrollo social, econo'mico
          y poli'tico.   A ese respecto, habri'a que dar prioridad a las
          mujeres y a las nin~as;]

     i)   Proporcionar servicios de orientacio'n escolar y programas de
          preparacio'n de maestros no discriminatorios y que tengan en cuenta
          las diferencias basadas en el ge'nero a fin de alentar a las nin~as
          a seguir estudios acade'micos y te'cnicos y de ampliar sus futuras
          oportunidades de carrera;

     j)   Promover la ratificacio'n del Pacto Internacional de Derechos
          Econo'micos, Sociales y Culturales 12/ en los pai'ses que au'n no lo
          hayan ratificado.


        Objetivo estrate'gico B.2.  Eliminar el analfabetismo entre las
                                   mujeres en todo el mundo [para el
                                   an~o 2000]

Medidas que han de adoptarse

83.  Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales,
regionales e internacionales, los donantes bilaterales y multilaterales y las
organizaciones no gubernamentales:

     a)   Reducir la tasa de analfabetismo femenino por lo menos a la mitad de
          la tasa de 1990, con especial hincapie' en la alfabetizacio'n de las
          mujeres rurales, migrantes, refugiadas y desplazadas internamente,
          asi' como en las mujeres con discapacidades;

     b)   Proporcionar acceso universal a la ensen~anza primaria a las nin~as,
          y procurar lograr la igualdad entre ambos sexos en la finalizacio'n
          de dicha ensen~anza, para el an~o 2000;

     c)   Eliminar las diferencias en las tasas de alfabetizacio'n elemental y
          funcional de hombres y mujeres, como recomienda la Declaracio'n de
          Jomtien sobre Educacio'n para Todos;

     d)   Reducir las disparidades entre los pai'ses desarrollados y los
          pai'ses en desarrollo;

     e)   Alentar la participacio'n de los adultos y las familias en la
          ensen~anza, a fin de promover la alfabetizacio'n total de todas las
          personas;

     f)   [Ampliar la definicio'n de alfabetizacio'n, a fin de incluir los
          conocimientos cienti'ficos y tecnolo'gicos.]


      Objetivo estrate'gico B.3.  Aumentar el acceso de las mujeres a la
                                 formacio'n profesional, la ciencia y la
                                 tecnologi'a y la educacio'n permanente   

Medidas que han de adoptarse

84.  Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con los
empleadores, los trabajadores y los sindicatos, las organizaciones
internacionales y no gubernamentales, incluidas las organizaciones de mujeres
y jo'venes, y las instituciones educativas:

     a)   Elaborar y aplicar poli'ticas de ensen~anza, capacitacio'n y
          readiestramiento para las mujeres, en particular las jo'venes y las
          que retornen al mercado de trabajo, para impartirles conocimientos
          que permitan satisfacer las necesidades de un contexto
          socioecono'mico cambiante, a fin de mejorar sus oportunidades de
          empleo;

     b)   Fomentar el reconocimiento de las oportunidades de ensen~anza
          extraescolar para las nin~as y las mujeres en el sistema educativo;

     c)   Proporcionar a las mujeres y las nin~as informacio'n sobre la
          disponibilidad de formacio'n profesional, programas de capacitacio'n
          en ciencia y tecnologi'a y programas de educacio'n permanente y
          sobre las ventajas que pueden reportarles;

     d)   Formular programas de ensen~anza y capacitacio'n para mujeres
          desempleadas a fin de proporcionarles nuevos conocimientos teo'ricos
          y pra'cticos que incrementen y ampli'en sus oportunidades de empleo,
          incluido el empleo por cuenta propia, y el desarrollo de su
          capacidad empresarial;

     e)   Diversificar la formacio'n profesional y te'cnica y aumentar el
          acceso y la retencio'n de nin~as y mujeres en la ensen~anza y la
          formacio'n profesional en los campos de las ciencias, las
          matema'ticas, la ingenieri'a, la ciencia y la tecnologi'a
          ambientales, la tecnologi'a de la informacio'n y la alta
          tecnologi'a, asi' como la capacitacio'n en materia de gestio'n;

     f)   Promover el papel central de la mujer en los programas de
          investigacio'n, extensio'n y ensen~anza en los campos alimentario y
          agrario;

     g)   Fomentar la adaptacio'n de los planes de estudio y los materiales
          dida'cticos, fomentar un ambiente educativo favorable y adoptar
          medidas positivas, a fin de promover la capacitacio'n para toda la
          gama de posibilidades ocupacionales en carreras no tradicionales
          para las mujeres y los hombres, incluido el desarrollo de cursos
          multidisciplinarios para profesores de ciencias y matema'ticas, a
          fin de sensibilizarlos respecto a la importancia de la ciencia y la
          tecnologi'a en la vida de la mujer;

     h)   Elaborar planes de estudio y materiales dida'cticos, y formular y
          adoptar medidas positivas para garantizar un mayor acceso y
          participacio'n de la mujer en los sectores te'cnicos y cienti'ficos,
          especialmente en aquellos en que no este'n representadas o este'n
          infrarrepresentadas;

     i)   Elaborar poli'ticas y programas para fomentar la participacio'n de
          la mujer en todos los programas de aprendizaje;

     j)   Aumentar la capacitacio'n te'cnica, en administracio'n, extensio'n
          agraria y comercializacio'n para la mujer en la agricultura, la
          pesca, la industria y el comercio, las artes y los oficios, a fin de
          ampliar las oportunidades de generacio'n de ingresos, la
          participacio'n de la mujer en la adopcio'n de decisiones
          econo'micas, en particular mediante las organizaciones femeninas en
          las comunidades, y su contribucio'n a la produccio'n, la
          comercializacio'n, las empresas, la ciencia y la tecnologi'a;

     k)   Garantizar el acceso a la ensen~anza y la formacio'n [de buena
          calidad] en todos los niveles apropiados a las mujeres adultas sin
          educacio'n previa o con educacio'n escasa, a las mujeres con
          discapacidades y a las mujeres emigrantes, refugiadas y desplazadas,
          a fin de mejorar sus oportunidades de trabajo.


        Objetivo estrate'gico B.4.  Establecer sistemas de educacio'n y
                                   capacitacio'n no discriminatorios

Medidas que han de adoptarse

85.  Medidas que han de adoptar los gobiernos, las autoridades educativas y
otras instituciones educativas y acade'micas:

     a)   Formular recomendaciones y elaborar planes de estudio, libros de
          texto y material dida'ctico libres de estereotipos respecto a los
          sexos para todos los niveles de ensen~anza, incluida la formacio'n
          de personal docente, en colaboracio'n con todos los interesados: 
          editoriales, profesores, autoridades pu'blicas y asociaciones de
          padres;

     b)   [Elaborar programas de ensen~anza y material dida'ctico para
          docentes y educadores que aumenten la comprensio'n de la condicio'n,
          el papel y la contribucio'n de la mujer y el hombre en la familia y
          la sociedad; en ese contexto, promover la igualdad, [la equidad], la
          cooperacio'n, el respeto mutuo y las responsabilidades compartidas
          entre nin~as y nin~os [a una edad apropiada coherente con la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y reconociendo los
          derechos, deberes y responsabilidades de los padres y otras personas
          legalmente encargadas de los nin~os] [desde el nivel preescolar en
          adelante] [y elaborar, en particular, mo'dulos educativos para
          garantizar que los nin~os adquieran los conocimientos necesarios
          para hacerse cargo de sus propias necesidades dome'sticas y
          compartir las responsabilidades de sus hogares y de la atencio'n de
          las personas a su cargo];]

     c)   Elaborar programas de capacitacio'n y materiales dida'cticos para
          docentes y educadores que aumenten la comprensio'n de su propio
          papel en el proceso educativo, con miras a proporcionarles
          estrategias eficaces para una ensen~anza encaminada a eliminar las
          diferencias de trato por razo'n del sexo;

     d)   Adoptar medidas para garantizar que las maestras y profesoras tengan
          las mismas posibilidades y la misma categori'a que los maestros y
          profesores, teniendo en cuenta la importancia de contar con
          profesoras en todos los niveles y a fin de atraer y retener a las
          nin~as en las escuelas; 

     e)   Introducir y promover la capacitacio'n en materia de resolucio'n de
          conflictos por medios paci'ficos;

     f)   Adoptar medidas positivas para aumentar la proporcio'n de mujeres
          que participan en la elaboracio'n de poli'ticas y la adopcio'n de
          decisiones en materia de educacio'n, particularmente de profesoras,
          en todos los niveles de la ensen~anza y en las disciplinas
          acade'micas que habitualmente esta'n dominadas por el hombre, como
          los campos cienti'fico y tecnolo'gico;

     g)   Apoyar y realizar estudios e investigaciones sobre cuestiones
          relacionadas con el ge'nero en todos los niveles de la ensen~anza,
          especialmente en el nivel de postgrado en las instituciones
          acade'micas, y aplicarlos a la elaboracio'n de programas, incluidos
          los de estudios universitarios, libros de texto y material
          dida'ctico y en la formacio'n de personal docente;

     h)   Desarrollar la capacitacio'n y las oportunidades para el liderazgo
          para todas las mujeres, a fin de alentarlas a desempen~ar funciones
          directivas, lo mismo como estudiantes que como adultas en la
          sociedad civil;

     i)   Elaborar programas apropiados de ensen~anza e informacio'n con el
          debido respeto al multilingu"ismo, particularmente en colaboracio'n
          con los medios de comunicacio'n, a fin de lograr que el pu'blico, y
          en particular los padres, sean conscientes de la importancia de una
          ensen~anza no discriminatoria de los nin~os y las nin~as, y del
          reparto por igual de las responsabilidades familiares entre las
          nin~as y los nin~os;

     j)   Elaborar programas de educacio'n en materia de derechos humanos que
          incorporen los aspectos relacionados con el ge'nero en todos los
          niveles de la ensen~anza, en particular fomentando la inclusio'n en
          los planes de estudio de las instituciones de ensen~anza superior,
          especialmente en los planes de estudios de postgrado en los campos
          juri'dico, social y de ciencias poli'ticas, del estudio de los
          derechos humanos de la mujer tal como figuran en las convenciones de
          las Naciones Unidas;

     k)   Eliminar las barreras legales y regulatorias que se oponen a la
          ensen~anza [de cuestiones sexuales y de salud reproductiva] en la
          educacio'n acade'mica [respecto de las cuestiones relacionadas
          con la salud de la mujer];

     l)   [Promover, con el apoyo de sus padres y en colaboracio'n con el
          personal y las instituciones docentes, la elaboracio'n de programas
          educativos para nin~as y nin~os y la creacio'n de servicios
          integrados relacionados con la sexualidad juvenil, a fin de fomentar
          la comprensio'n de sus responsabilidades y ayudarles a asumir esas
          responsabilidades, teniendo en cuenta la importancia de esa
          educacio'n y esos servicios para el desarrollo personal y la
          autoestima, asi' como la necesidad urgente de evitar los embarazos
          no deseados, la propagacio'n de enfermedades transmitidas
          sexualmente, especialmente el VIH/SIDA, y feno'menos tales como la
          violencia y los abusos sexuales;]

     m)   Proporcionar instalaciones recreativas y deportivas accesibles y
          establecer y reforzar programas que tengan en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero para nin~as y mujeres de todas las
          edades en las instituciones educativas y comunitarias, y apoyar el
          adelanto de la mujer en todas las esferas del deporte y la actividad
          fi'sica, incluidos la ensen~anza, el entrenamiento y la
          administracio'n, asi' como su participacio'n en los planos nacional,
          regional e internacional;

     n)   Reconocer y apoyar el derecho de las mujeres y nin~as indi'genas a
          la educacio'n; promover un enfoque multicultural de la educacio'n
          que responda a las necesidades, aspiraciones y culturas de las
          mujeres indi'genas, inclusive mediante la elaboracio'n de programas
          educativos, planes de estudio y medios dida'cticos apropiados, en la
          medida posible en los idiomas de las poblaciones indi'genas y con la
          participacio'n de las mujeres indi'genas en esos procesos;

     o)   Reconocer y respetar las actividades arti'sticas, espirituales y
          culturales de las mujeres indi'genas;

     p)   [Garantizar que la diversidad cultural y religiosa se respeten en
          las instituciones educativas basada en el ge'nero y se reflejen en
          los materiales dida'cticos;]

     q)   Promover la ensen~anza, la capacitacio'n y los programas de
          informacio'n pertinentes para las mujeres de los medios rurales y
          agrarios mediante el uso de tecnologi'as accesibles y apropiadas y
          de los medios de comunicacio'n - por ejemplos, programas de radio,
          casetes y unidades mo'viles;

     r)   Proporcionar ensen~anza extraescolar, especialmente a las mujeres de
          las zonas rurales, a fin de que desarrollen sus posibilidades con
          respecto a la salud, las microempresas, la agricultura y los
          derechos legales;

     s)   [Eliminar todas las barreras que impiden la asistencia a la escuela
          de las muchachas embarazadas y las madres jo'venes, y proporcionar
          los servicios de guarderi'a y otros servicios de apoyo.]


     Objetivo estrate'gico B.5*.  Asignar recursos suficientes para las
                                  reformas de la educacio'n y vigilar
                                  la aplicacio'n de esas reformas   

*    Se propone examinar esta seccio'n en los capi'tulos V y VI.

Medidas que han de adoptarse

86.  Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Proporcionar al sector educativo los recursos financieros necesarios
          mediante la reasignacio'n dentro de ese sector, a fin de garantizar
          un aumento de recursos para la ensen~anza ba'sica, segu'n proceda;

     b)   Establecer, en los niveles apropiados, un mecanismo de vigilancia de
          la aplicacio'n de las reformas educativas y de las medidas conexas
          en los ministerios pertinentes, y establecer programas de asistencia
          te'cnica, segu'n proceda, para examinar las cuestiones planteadas
          por las actividades de vigilancia.

87.  [Medidas que han de adoptar los gobiernos,] [Invitar a] las instituciones
privadas y pu'blicas, las fundaciones, los institutos de investigacio'n y las
organizaciones no gubernamentales:

     a)   [[A] movilizar fondos adicionales [de las organizaciones del sector
          privado] [, siempre que sea necesario,] [para sufragar] [para ayudar
          a sufragar] los gastos de la educacio'n [de todas las nin~as y
          mujeres con especial hincapie' en las poblaciones desatendidas];]

     b)   Proporcionar financiacio'n para programas especiales, como los
          programas de matema'ticas, ciencias y tecnologi'a de computadoras,
          a fin de aumentar las oportunidades de todas las nin~as y mujeres.

88.  Medidas [que han de adoptar] [cuya adopcio'n han de considerar] las
instituciones multilaterales de desarrollo, incluidos el Banco Mundial, los
bancos regionales de desarrollo, los donantes bilaterales y las fundaciones:

     a)   Aumentar la financiacio'n para atender con cara'cter prioritario las
          necesidades de educacio'n y capacitacio'n de las nin~as y las
          mujeres en los programas de asistencia para el desarrollo;

     b)   [Mantener o elevar los niveles de financiacio'n para la educacio'n
          en los programas de ajuste estructural, incluidos los programas de
          pre'stamos y de estabilizacio'n.]

89.  Medidas que han de adoptar, a nivel mundial, las organizaciones
internacionales e intergubernamentales, en particular la Organizacio'n de las
Naciones Unidas para la Educacio'n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO):

     a)   [Vigilar los progresos logrados, utilizando indicadores del nivel de
          educacio'n elaborados por o'rganos nacionales, regionales e
          internacionales, y hacer responsables a los gobiernos de la
          aplicacio'n de medidas para eliminar las diferencias entre el hombre
          y la mujer en
          cuanto a las oportunidades de educacio'n y formacio'n, y en los
          niveles alcanzados en todos los campos, en particular en los
          programas de ensen~anza primaria y de alfabetizacio'n;]

     b)   Proporcionar asistencia te'cnica, cuando la soliciten, a los pai'ses
          en desarrollo a fin de reforzar su capacidad de vigilar los
          progresos realizados en la reduccio'n de las diferencias entre la
          mujer y el hombre en la ensen~anza, la formacio'n y la
          investigacio'n, y en los niveles de logros en todas las esferas,
          particularmente en la ensen~anza ba'sica y la eliminacio'n del
          analfabetismo;

     c)   Realizar una campan~a internacional de promocio'n del derecho de las
          mujeres y las nin~as a la educacio'n;

     d)   [Asignar un porcentaje mi'nimo de asistencia a la ensen~anza ba'sica
          para las mujeres y las nin~as.]


         Objetivo estrate'gico B.6.  [Promover [procesos educativos para]
                                    la ensen~anza permanente de las nin~as   
                                    y las mujeres]           

Medidas que han de adoptarse

90.  Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones educativas y
las comunidades:

     a)   Garantizar la disponibilidad de una amplia gama de programas de
          ensen~anza y formacio'n que lleven a la adquisicio'n permanente por
          las mujeres y las nin~as de los conocimientos y las capacidades
          necesarios para vivir en sus comunidades y naciones, contribuir a
          ellas y beneficiarse de ellas;

     b)   Proporcionar apoyo a los servicios de guarderi'a y de otra i'ndole
          que permitan a las madres continuar su educacio'n;

     c)   Crear programas flexibles de ensen~anza, capacitacio'n y
          readiestramiento para un aprendizaje permanente que facilite la
          transicio'n entre las actividades de las mujeres en todas las
          etapas de su vida.


             C.  Desigualdades en materia de atencio'n de la salud
                 y servicios conexos                         

91.  La mujer tiene derecho a disfrutar del ma's alto nivel posible de salud
fi'sica y mental.  El disfrute de ese derecho es esencial para su vida y su
bienestar y para su capacidad de participar en todas las esferas de la vida
pu'blica y privada.  La salud no es so'lo la ausencia de enfermedades o
dolencias, sino un estado de pleno bienestar fi'sico, mental y social.  La
salud de la mujer incluye su bienestar emocional, social y fi'sico;
contribuyen a determinar su salud tanto factores biolo'gicos como el contexto
social, poli'tico y econo'mico en que vive.  Ahora bien, la mayori'a de las
mujeres no goza de salud ni de bienestar.  El [principal] obsta'culo que
impide a la mujer alcanzar el ma's alto nivel posible de salud es la
desigualdad entre el hombre y la mujer [y entre mujeres].  En foros nacionales
e internacionales, las mujeres han hecho hincapie'
en que la igualdad, incluidas las obligaciones familiares compartidas,
el desarrollo y la paz son condiciones necesarias para gozar de un nivel
o'ptimo de salud durante todo el ciclo vital.

92.  El acceso de la mujer a los recursos ba'sicos de salud, incluidos los
servicios de atencio'n primaria de la salud, y su utilizacio'n de esos
recursos es diferente y desigual en lo relativo a la prevencio'n y el
tratamiento de las enfermedades infantiles, la malnutricio'n, la anemia, las
enfermedades diarreicas, las enfermedades contagiosas, el paludismo y otras
enfermedades tropicales y la tuberculosis, entre otras afecciones.  Las
oportunidades de la mujer tambie'n son diferentes y desiguales en lo relativo
a la proteccio'n, la promocio'n y el mantenimiento de la salud.  En muchos
pai'ses en desarrollo, causa especial preocupacio'n la falta de servicios
obste'tricos de emergencia.  En las poli'ticas y programas de salud a menudo
se perpetu'an estereotipos [sexuales] y no se consideran las diferencias
socioecono'micas y otras diferencias entre mujeres, ni se tiene plenamente en
cuenta la falta de autonomi'a de la mujer respecto de su salud.  La salud de
la mujer tambie'n se ve sujeta a discriminaciones [por motivos de sexo] en el
sistema de salud y por los servicios me'dicos insuficientes e inadecuados que
se prestan a las mujeres.

93.  En muchos pai'ses, en particular pai'ses en desarrollo y pai'ses menos
adelantados, [el ajuste estructural] [,] [el empeoramiento de los sistemas de
salud pu'blica, la disminucio'n de los gastos de salud pu'blica y, en algunos
casos, la privatizacio'n cada vez mayor de los sistemas de salud sin
garanti'as adecuadas de acceso universal] reduce[n] au'n ma's la
disponibilidad de los servicios de atencio'n de la salud.  Esa situacio'n no
so'lo afecta directamente a la salud de nin~as y mujeres, sino que adema's
impone obligaciones desproporcionadas a la mujer, que no recibe el apoyo
social, psicolo'gico y econo'mico que necesita al no reconocerse a menudo sus
mu'ltiples funciones, incluidas las funciones relacionadas con la familia y la
comunidad.

94.  Es preciso lograr que la mujer pueda ejercer el derecho a disfrutar el
ma's alto nivel posible de salud durante todo su ciclo vital en pie de
igualdad con el hombre.  Las mujeres padecen muchas de las afecciones que
padecen los hombres, pero de diferente manera.  La incidencia de la pobreza y
la dependencia econo'mica en la mujer, su experiencia de la violencia, las
actitudes negativas hacia las mujeres y las nin~as, la discriminacio'n racial
y otras formas de discriminacio'n [, el control limitado que muchas mujeres
ejercen sobre su vida sexual y reproductiva] y su falta de influencia en la
adopcio'n de decisiones son realidades sociales que tienen efectos
perjudiciales sobre su salud.  La falta de alimento para las nin~as y mujeres
y la distribucio'n desigual de los alimentos en el hogar, el acceso
insuficiente al agua potable, al saneamiento y al combustible, sobre todo en
las zonas rurales y en las zonas urbanas pobres, y las condiciones de vivienda
deficientes pesan en exceso sobre la mujer y su
familia y repercuten negativamente en su salud.  La buena salud es
indispensable para vivir en forma productiva y satisfactoria [y el derecho de
todas las mujeres a controlar su propia fecundidad es fundamental para su
emancipacio'n].

95.  En el acceso a los servicios de nutricio'n y de atencio'n de la salud, la
discriminacio'n contra las nin~as, consecuencia frecuente de la preferencia
por los hijos varones, pone en peligro su salud y bienestar presentes y
futuros.  Las condiciones que fuerzan a las nin~as al matrimonio, el embarazo
y la reproduccio'n a edad temprana y las someten a pra'cticas perjudiciales,
como la mutilacio'n genital, acarrean grandes riesgos para su salud.  Las
adolescentes necesitan tener acceso a servicios de salud y nutricio'n durante
su crecimiento; sin embargo, a menudo carecen de ese acceso.  [El
asesoramiento y el acceso a la informacio'n y a los servicios relativos a la
salud sexual y reproductiva de los adolescentes siguen siendo insuficientes o
inexistentes; no se suele tomar en consideracio'n el derecho de las muchachas
a la intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento
fundamentado, teniendo en cuenta las obligaciones de los padres.]  Desde los
puntos de vista biolo'gico y psicosocial, las adolescentes son ma's
vulnerables que los varones al abuso sexual, la violencia y la prostitucio'n y
a las consecuencias de las relaciones sexuales [prematuras] [y sin
proteccio'n].  La tendencia a tener experiencias sexuales a temprana edad,
sumada a la falta de informacio'n y servicios, aumenta el riesgo de embarazos
[no deseados y] a edad prematura, asi' como de contraer el VIH y otras
enfermedades de transmisio'n sexual [y de abortar en condiciones peligrosas]. 
La maternidad prematura sigue siendo un obsta'culo para el progreso
educacional, econo'mico y social de la mujer en todo el mundo.  En li'neas
generales, el matrimonio y la maternidad prematuros pueden reducir
dra'sticamente las oportunidades de educacio'n y empleo de las nin~as y,
probablemente, perjudicar a largo plazo la calidad de su vida y de la vida de
sus hijos.  No se suele ensen~ar a los adolescentes a respetar [la libre
determinacio'n de] [a] [la mujer] y a compartir con ella la responsabilidad
que conllevan las cuestiones relativas a la sexualidad y a la reproduccio'n.

96.  [La salud reproductiva no es so'lo la ausencia de enfermedades o
dolencias, sino un estado de pleno bienestar fi'sico, mental y social en todos
los aspectos relativos al sistema reproductivo y a sus funciones y procesos. 
Asi' pues, gozar de salud reproductiva implica tener una vida sexual
satisfactoria y libre de riesgos y la capacidad de reproducirse, asi' como la
libertad de decidir cua'ndo y con que' frecuencia.  Los derechos reproductivos
se basan en el reconocimiento del derecho ba'sico de todas las parejas e
individuos a decidir con libertad y responsabilidad el nu'mero de hijos que
desean, el momento en que los tendra'n y el espacio entre los nacimientos,
asi' como el derecho a la informacio'n y los medios para hacerlo y el derecho
a alcanzar el nivel ma's alto de salud sexual y reproductiva.  Los derechos
reproductivos tambie'n incluyen el derecho de las parejas a adoptar decisiones
relativas a la reproduccio'n sin verse sujetas a discriminacio'n, coercio'n ni
violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos
humanos.  La salud sexual mejora la vida y las relaciones personales y no se
limita u'nicamente al asesoramiento y a la atencio'n relacionados con la
reproduccio'n y las enfermedades de transmisio'n sexual.]

97.  [Los derechos sexuales incluyen el derecho de la persona a tener control
sobre las cuestiones relativas a su sexualidad y decidir libremente respecto
de esas cuestiones, sin verse sujeta a la coercio'n, la discriminacio'n y la
violencia.  Las relaciones igualitarias entre la mujer y el hombre respecto de
las relaciones sexuales y la reproduccio'n, incluido el pleno respeto de la
integridad fi'sica del cuerpo humano, exigen un consentimiento reci'proco y la
voluntad de asumir la responsabilidad de las consecuencias del comportamiento
sexual.]

98.*      Adema's, la salud de la mujer esta' expuesta a riesgos particulares
debidos a la inadecuacio'n y a la falta de servicios para atender las
necesidades relativas a la salud sexual y reproductiva.  En muchas partes del
mundo en desarrollo, las complicaciones relacionadas con el embarazo y el
parto se cuentan entre las principales causas de mortalidad y morbilidad de
las mujeres en edad reproductiva.  Existen en cierta medida problemas
similares en algunos pai'ses con economi'a en transicio'n.  [El aborto en
condiciones peligrosas] pone en peligro la vida de un gran nu'mero de mujeres
y representa un grave problema de salud pu'blica, puesto que son las mujeres
ma's pobres y jo'venes las que corren ma's riesgos.  [La mayori'a de las
muertes, problemas de salud y lesiones se pueden evitar [, mejorando el acceso
a servicios adecuados de atencio'n de la salud, incluidos los me'todos de
planificacio'n de la familia eficaces y sin riesgos y la atencio'n obste'trica
de emergencia] [, reconociendo el derecho de la mujer y del hombre a la
informacio'n y al acceso a me'todos seguros, eficaces, asequibles y aceptables
de planificacio'n de la familia, asi' como a otros me'todos li'citos que
decidan adoptar para el control de la fecundidad, y al acceso a servicios
adecuados de atencio'n de la salud que permitan que el embarazo y el parto
transcurran en condiciones de seguridad y ofrezcan a las parejas las mayores
posibilidades de tener un hijo sano].  [Habri'a que examinar estos problemas y
los medios para combatirlos sobre la base del informe de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, con particular referencia a
los pa'rrafos [1.15], [7.1], 7.2, 7.3, 7.6 y 8.25, entre otros, del Programa
de Accio'n de la Conferencia 13/.]  En la mayor parte de los pai'ses, la falta
de atencio'n de los derechos [reproductivos] de la mujer limita gravemente sus
oportunidades en la vida pu'blica y privada, incluidas las oportunidades de
educacio'n y pleno ejercicio de sus derechos econo'micos y poli'ticos.  [La
capacidad de la mujer para controlar su propia fecundidad constituye una base
fundamental para el disfrute de otros derechos.]  La responsabilidad
compartida por la mujer y el hombre de las cuestiones relativas al
comportamiento sexual y reproductivo tambie'n es indispensable para mejorar la
salud de la mujer.
*    Au'n no se ha determinado la ubicacio'n del pa'rrafo.

99.  El VIH/SIDA y otras enfermedades transmitidas por contacto sexual, cuyo
contagio es a veces consecuencia de la violencia sexual, tienen efectos
devastadores en la salud de la mujer, en particular de las adolescentes y
jo'venes.  Las mujeres [y las adolescentes no suelen tener el poder necesario
para insistir en que se adopten pra'cticas sexuales libres de riesgo] [no
esta'n en condiciones de insistir en que sus parejas adopten un comportamiento
sexual responsable] [y] tienen un acceso reducido a la informacio'n y a los
servicios de prevencio'n y tratamiento.  Las mujeres, que representan la mitad
de los adultos que contraen el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
sexual, han hecho hincapie' en [que] su vulnerabilidad social y las relaciones
de poder desiguales entre la mujer y el hombre [constituyen obsta'culos para
la negociacio'n del sexo libre de riesgos], en sus esfuerzos por reducir la
propagacio'n de las enfermedades de transmisio'n sexual.  Las consecuencias
del VIH/SIDA no so'lo afectan a la salud de la mujer, sino tambie'n a su
funcio'n de [madre,] encargada del cuidado de otros y a su contribucio'n al
apoyo econo'mico de su familia.
Es preciso adoptar un punto de vista [en que se tenga en cuenta la situacio'n
de uno y otro sexo] para examinar los efectos del VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual en la sociedad, el desarrollo y la salud.

100. La violencia sexual [y basada en el ge'nero], incluidos los malos tratos
fi'sicos y psicolo'gicos, la trata de mujeres y nin~as, otras formas de malos
tratos [y la prostitucio'n] exponen a las nin~as y a las mujeres a un alto
riesgo de padecer traumas fi'sicos y mentales, asi' como enfermedades [y
embarazos no deseados].  Esas situaciones suelen disuadir a las mujeres de
utilizar los servicios de salud y otros servicios.

101. Los trastornos mentales relacionados con [la alienacio'n,] [la
marginalizacio'n,] la impotencia y la pobreza, junto con el trabajo excesivo,
el estre's y la frecuencia cada vez mayor de la violencia en el hogar, asi'
como el uso indebido de sustancias, se cuentan entre otras cuestiones de salud
que preocupan cada vez ma's a la mujer.  En todo el mundo, las mujeres,
especialmente las jo'venes, fuman cada vez ma's cigarrillos, con los graves
efectos que ello acarrea para su salud y la de sus hijos.  Tambie'n han
cobrado importancia las cuestiones relacionadas con la salud ocupacional, pues
un nu'mero cada vez mayor de mujeres realiza trabajos poco remunerados en el
mercado laboral estructurado o no estructurado en condiciones tediosas e
insalubres.  El ca'ncer de mama, de cuello del u'tero y otros ca'nceres del
sistema reproductivo, asi' como la infertilidad, afectan a un nu'mero cada vez
mayor de mujeres; esas afecciones son evitables o curables con un diagno'stico
precoz.

102. Con el aumento de la esperanza de vida y el nu'mero cada vez mayor de
ancianas, la salud de las mujeres de edad avanzada exige una atencio'n
particular.  Las perspectivas a largo plazo de la salud de la mujer sufren
transformaciones en la menopausia que, sumadas a afecciones cro'nicas y a
otros factores, como la mala nutricio'n y la falta de actividad fi'sica,
pueden aumentar el riesgo de enfermedades cardiovasculares y osteoporosis. 
Tambie'n merecen una atencio'n particular otras enfermedades asociadas al
envejecimiento y las relaciones entre el envejecimiento y la discapacidad de
la mujer.

103. Al igual que el hombre, la mujer, sobre todo en las zonas rurales y en
las zonas urbanas pobres, esta' cada vez ma's expuesta a los riesgos que
entran~an para la salud las cata'strofes ambientales y la degradacio'n del
medio ambiente.
Los diversos peligros, contaminantes y sustancias que se encuentran en el
medio ambiente afectan a la mujer de forma diferente que al hombre, por lo que
su exposicio'n a esos factores tiene consecuencias diferentes.

104. La calidad de la atencio'n de la salud de la mujer suele ser deficiente
en diversos aspectos, segu'n las circunstancias locales.  [En muchos casos, no
se trata a la mujer con respeto, no se le garantiza la privacidad y la
confidencialidad ni se le ofrece informacio'n completa sobre las opciones y
los servicios a su alcance.]  Adema's, en algunos pai'ses se suelen recetar
ma's medicamentos de los necesarios o dosis ma's altas para tratar las
afecciones propias de la mujer, lo cual suele ocasionar intervenciones
quiru'rgicas innecesarias y una medicacio'n inadecuada.

105. Las estadi'sticas sobre salud no se suelen hacer, desglosar y analizar de
forma sistema'tica por edad, sexo y situacio'n socioecono'mica [, raza y
origen e'tnico] [y otros para'metros pertinentes] entre otras variables.  En
muchos pai'ses no existen datos recientes y fidedignos sobre la mortalidad y
la morbilidad de la mujer, ni sobre las afecciones y enfermedades que afectan
a la mujer en particular.  Se sabe relativamente poco sobre las formas en que
los factores sociales y econo'micos afectan a la salud de nin~as y mujeres de
todas las edades, sobre la prestacio'n de servicios de salud a nin~as y
mujeres y las modalidades de su utilizacio'n de esos servicios y sobre el
valor de los programas de prevencio'n de enfermedades y de promocio'n de la
salud de las mujeres.  No se han hecho investigaciones suficientes sobre temas
de importancia para la salud de la mujer, y a menudo se carece de fondo para
esas investigaciones.  Las investigaciones sobre las enfermedades coronarias,
por ejemplo, y los estudios epidemiolo'gicos de muchos pai'ses suelen basarse
u'nicamente en el ana'lisis de pacientes varones.  Los ensayos cli'nicos con
mujeres encaminados a establecer informacio'n ba'sica sobre las dosis, los
efectos secundarios y la eficacia de medicamentos [, incluidos los
anticonceptivos,] son notablemente raros y, cuando los hay, no se suelen
ajustar a las normas e'ticas de investigacio'n y ensayo.  Muchos protocolos de
terapias de drogas y otros tratamientos me'dicos que se aplican a la mujer,
asi' como muchas intervenciones que se le practican, se basan en
investigaciones sobre pacientes varones que no se han sometido a un ana'lisis
o ajuste posterior para dar cabida a las diferencias entre uno y otro sexo.

106. En la lucha contra las desigualdades en materia de salud, asi' como
contra el acceso desigual a los servicios de atencio'n de la salud y su
insuficiencia, los gobiernos y otros agentes deberi'an promover una poli'tica
activa y visible de integracio'n de la situacio'n de la mujer en todas las
poli'ticas y programas, a fin de que se haga un ana'lisis de los efectos en
uno y otro sexo de las decisiones antes de adoptarlas.

[Fomentar el pleno acceso de la mujer durante toda su vida
 a servicios de atencio'n de la salud y servicios conexos    
adecuados, de bajo costo y de buena calidad]

       Objetivo estrate'gico C.1.  Fomentar el acceso de la mujer durante
                                  toda su vida a servicios de atencio'n
                                  de la salud y a informacio'n y servicios
                                  conexos adecuados, gratuitos o de bajo
                                  costo y de buena calidad[*]

[*  La aplicacio'n de las medidas que se han de adoptar contenidas en la
seccio'n relativa a la salud son un derecho soberano de cada pai's y deben
ajustarse a las leyes nacionales y las prioridades de desarrollo, respetar
plenamente los distintos valores religiosos y e'ticos y las tradiciones
culturales de sus poblaciones y observar los derechos humanos internacionales
reconocidos universalmente.]  [La seccio'n relativa a la salud se gui'a
principalmente por los principios contenidos en el capi'tulo II del Programa
de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo, en particular los pa'rrafos introductorios.]

Medidas que han de adoptarse

107. Medidas que han de adoptar los gobiernos, [en colaboracio'n con las
organizaciones no gubernamentales y los empleadores y con el respaldo de
instituciones internacionales]:

     a)   Respaldar y cumplir [sus compromisos] [los compromisos contrai'dos]
          [con respecto al informe de la Conferencia Internacional sobre la
          Poblacio'n y el Desarrollo] [en el Programa de Accio'n de la
          Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo,
          teniendo presentes las reservas y las declaraciones formuladas en
          ese documento] y la Declaracio'n y Programa de Accio'n sobre
          Desarrollo Social adoptados en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo
          Social 14/ celebrada en Copenhague y los acuerdos internacionales
          pertinentes, para satisfacer las necesidades de las nin~as y las
          mujeres de todas las edades en materia de salud;

     b)   Reafirmar el derecho al disfrute del ma's alto nivel posible de
          salud fi'sica y mental, proteger y promover el respeto de ese
          derecho de la mujer y de la nin~a, por ejemplo, incorpora'ndolo en
          las legislaciones nacionales; examinar las leyes en vigor, incluidas
          las relativas a la atencio'n de salud, y las poli'ticas conexas,
          cuando sea oportuno, para poner de manifiesto el intere's por la
          salud de la mujer y asegurarse de que responden a las nuevas
          funciones y responsabilidades de la mujer, dondequiera que vivan;

     c)   Concebir y ejecutar, en colaboracio'n con mujeres y organizaciones
          locales, programas de salud que tengan en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero que prevean, por ejemplo, servicios de
          salud descentralizados, presten atencio'n a las necesidades de la
          mujer durante toda su vida y a sus mu'ltiples funciones y
          responsabilidades, su limitada disponibilidad de tiempo, las
          necesidades especiales de la mujer de los medios rurales y la mujer
          con discapacidades y las diversas necesidades de la mujer segu'n su
          edad y su condicio'n socioecono'mica y cultural, entre otras cosas,
          y permitan participar a la mujer, especialmente la mujer indi'gena y
          la mujer de las comunidades locales, en la determinacio'n de las
          prioridades y la preparacio'n de programas de atencio'n de salud; [y
          suprimir todos los obsta'culos que impiden el acceso de la mujer a
          los servicios de salud] [y ofrecer el acceso ma's amplio posible a
          toda una serie de servicios de asistencia sanitaria];

     d)   [Posibilitar el acceso de la mujer a los sistemas de seguridad
          social en condiciones de igualdad con el hombre durante toda su
          vida;]

     e)   Proporcionar servicios de atencio'n primaria de salud ma's
          accesibles, econo'micos y de calidad que incluyan, [la atencio'n de
          la salud sexual y reproductiva y los servicios de planificacio'n de
          la familia y la informacio'n al respecto] y concedan especial
          importancia a los servicios de maternidad y de obstetricia de
          urgencia [como figura en el informe de la Conferencia Internacional
          sobre la Poblacio'n y el Desarrollo] [como se acordo' en el Programa
          de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
          Desarrollo];

     f)   Reformular los sistemas de informacio'n, los servicios y la
          capacitacio'n en materia de salud destinados a los trabajadores de
          la salud, de manera que tengan en cuenta los aspectos relacionados
          con el ge'nero y se hagan eco de las perspectivas de los usuarios
          con respecto a la capacidad de comunicacio'n y relacio'n personal y
          del derecho del usuario a la privacidad y confidencialidad. 
          [Reconociendo los derechos, deberes y responsabilidades de los
          padres y otras personas legalmente responsables de los nin~os y de
          conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o].  Estos
          servicios y los servicios de informacio'n y capacitacio'n deben
          basarse en un enfoque integral [segu'n lo ha definido la OMS];

     g)   [Asegurarse de que todos los servicios y trabajadores relacionados
          con la atencio'n de salud respetan los derechos humanos y siguen
          normas e'ticas, profesionales y no sexistas a la hora de prestar
          servicios a la mujer, para lo cual se debe contar con el
          consentimiento responsable, voluntario y bien fundado de e'sta.] 
          [Preparar, aplicar y divulgar ampliamente co'digos de e'tica a este
          respecto.]  [No obstante, nada de lo previsto en esta Plataforma de
          Accio'n tiene por objeto exigir a ningu'n profesional de salud ni
          centro sanitario que presten (o recomienden) servicios con los que
          no este'n de acuerdo y que por motivos de creencias religiosas o
          convicciones morales consideren una violacio'n de sus principios];

     h)   [Adoptar todas las medidas necesarias para acabar con las
          intervenciones me'dicas perjudiciales para la salud, innecesarias
          desde un punto de vista me'dico o coercitivas y con los tratamientos
          inadecuados o la administracio'n excesiva de medicamentos a la
          mujer.  Todas las mujeres deben disponer de informacio'n completa
          sobre las posibilidades que se les ofrecen, incluidos los beneficios
          y efectos secundarios posibles;]

     (Primera alternativa)

          [Asegurarse de que la mujer dispone de informacio'n detallada,
          facilitada verbalmente por personal capacitado para ello, y por
          escrito cuando sea necesario, sobre los posibles peligros, efectos
          secundarios y contraindicaciones y las posibles ventajas de los
          servicios de atencio'n de salud que se le ofrecen, como los
          tratamientos con fa'rmacos o cualquier intervencio'n quiru'rgica; es
          preciso adoptar las medidas adecuadas para poner te'rmino a las
          intervenciones me'dicas perjudiciales para la salud, innecesarias
          desde el punto de vista me'dico o coercitivas, y con los
          tratamientos inadecuados y la administracio'n excesiva de
          medicamentos a la mujer; hay que conseguir que la inmunizacio'n de
          las mujeres y las nin~as se efectu'e con arreglo a las normas
          me'dicas e'ticas establecidas;]

     (Segunda alternativa)

          [Asegurarse de que antes de recetar un medicamento, implantar un
          dispositivo meca'nico o llevar a cabo una operacio'n de
          esterilizacio'n, la mujer sea examinada por un me'dico que le de'
          informacio'n completa, oralmente o por escrito, sobre los posibles
          peligros, efectos secundarios y contraindicaciones de todos los
          me'todos disponibles de planificacio'n familiar; asegurarse de que
          no se utilizan medicamentos, vacunas ni abortivos experimentales en
          la inmunizacio'n de la mujer y la nin~a;]

     i)   Fortalecer y reorientar los servicios de salud, en particular la
          atencio'n primaria de salud, con el fin de dar acceso universal a
          servicios de salud de calidad para nin~as y mujeres, [teniendo en
          cuenta los derechos, deberes y responsabilidades de los padres y
          otras personas legalmente responsables de los nin~os y de
          conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o] y de
          reducir las enfermedades y la morbilidad derivada de la maternidad y
          alcanzar a nivel mundial el objetivo convenido de reducir la
          mortalidad derivada de la maternidad como mi'nimo en un 50% de los
          valores de 1990 para el an~o 2000 y en otro 50% para el an~o 2015;
          garantizar que cada sector del sistema de atencio'n sanitaria
          ofrezca los servicios necesarios; y tomar las medidas oportunas para
          que se ofrezca atencio'n de salud gene'sica, a trave's del sistema
          de atencio'n primaria de salud, a todas las personas en edad de
          recibirla lo antes posible y no ma's tarde del an~o 2015;

     j)   [Reconocer y afrontar las consecuencias que tienen para la salud los
          abortos peligrosos, por ser una cuestio'n de gran importancia para
          la salud pu'blica, tal como se acordo' en el Programa de Accio'n de
          la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo;]
          [el pa'rrafo 8.25 del Programa de Accio'n de la Conferencia
          Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo dice lo siguiente:

          "En ningu'n caso se debe promover el aborto como me'todo de
          planificacio'n de la familia.  Se insta a todos los gobiernos y a
          las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
          pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a
          ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos
          realizados en condiciones no adecuadas 15/ como un importante
          problema de salud pu'blica y a reducir el recurso al aborto mediante
          la prestacio'n de ma's amplios y mejores servicios de planificacio'n
          de la familia.  Las mujeres que tienen embarazos no deseados deben
          tener fa'cil acceso a informacio'n fidedigna y a asesoramiento
          comprensivo.  Cualesquiera medidas o cambios relacionados con el
          aborto que se introduzcan en el sistema de salud se pueden
          determinar u'nicamente a nivel nacional o local de conformidad con
          el proceso legislativo nacional.  En los casos en que el aborto no
          es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones
          adecuadas.  En todos los casos, las mujeres deberi'an tener acceso a
          servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de
          abortos.  Se deberi'an ofrecer con prontitud servicios de
          planificacio'n de la familia, educacio'n y asesoramiento postaborto
          que ayuden tambie'n a evitar la repeticio'n de los abortos."]

     k)   [Considerar la posibilidad de revisar las leyes que preve'n medidas
          punitivas contra las mujeres que han tenido abortos ilegales;]

     l)   Prestar especial atencio'n a las necesidades de las nin~as [teniendo
          en cuenta los derechos, deberes y responsabilidades de los padres y
          otras personas legalmente responsables de los nin~os y de
          conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o], en
          particular la promocio'n de actividades saludables, como las
          actividades fi'sicas; adoptar medidas concretas para reducir las
          tasas de morbilidad y mortalidad de las muchachas en situacio'n
          desfavorecida, y al mismo tiempo alcanzar las metas aprobadas a
          nivel internacional en materia de reduccio'n de la mortalidad de
          lactantes y de nin~os, y concretamente reducir para el an~o 2000 la
          tasa de mortalidad de lactantes y de nin~os menores de cinco an~os
          en una tercera parte de los valores de 1990, o de 50 a 70 por
          1.000 nacidos vivos si esa cifra es menor; para el an~o 2015 se
          deberi'a alcanzar una tasa de mortalidad de lactantes de 35 por
          1.000 nacidos vivos y una tasa de mortalidad de nin~os menores de
          cinco an~os de menos de 45 por 1.000;

     m)   Conseguir que las nin~as [teniendo en cuenta los derechos, deberes y
          responsabilidades de los padres y otras personas legalmente
          responsables de los nin~os y de conformidad con la Convencio'n sobre
          los Derechos del Nin~o] dispongan de manera permanente de la
          informacio'n y los servicios necesarios en materia de salud y
          nutricio'n a medida que van creciendo, con el fin de facilitar una
          transicio'n saludable de la nin~ez a la edad adulta;

     n)   Preparar informacio'n, programas y servicios para ayudar a la mujer
          a comprender y asimilar los cambios relacionados con la edad, y
          abordar las necesidades en materia de salud de las mujeres de edad
          avanzada, prestando especial atencio'n a las que tengan problemas de
          tipo fi'sico o psicolo'gico;

     o)   Conseguir que las muchachas y las mujeres de cualquier edad que
          tengan discapacidades reciban servicios de apoyo;

     p)   Formular poli'ticas especiales, preparar programas y promulgar las
          leyes necesarias para reducir y eliminar los riesgos para la salud
          relacionados con el medio ambiente y con el trabajo de la mujer en
          el hogar, en el lugar de trabajo y en cualquier otra parte
          [prestando especial atencio'n a las mujeres embarazadas y
          lactantes];

     q)   Integrar los servicios de salud mental en los sistemas de atencio'n
          primaria de la salud u otros sistemas pertinentes, elaborar
          programas de apoyo y capacitar a los trabajadores atencio'n primaria
          de la salud para que puedan reconocer y tratar a las nin~as y a las
          mujeres de todas las edades que hayan sido vi'ctimas de cualquier
          tipo de violencia, especialmente violencia en el hogar, abusos
          sexuales u otro tipo de abuso durante conflictos armados y de otra
          i'ndole;

     r)   Promover la informacio'n pu'blica sobre las ventajas de la lactancia
          materna; estudiar las posibles maneras de aplicar plenamente el
          Co'digo Internacional de Comercializacio'n de Suceda'neos de la
          Leche Materna (OMS/UNICEF), y ofrecer a las madres apoyo legal,
          econo'mico, pra'ctico y emocional para que puedan amamantar a sus
          hijos;

     s)   Establecer mecanismos que respalden y posibiliten la participacio'n
          de organizaciones no gubernamentales, en particular organizaciones
          de mujeres, grupos profesionales y otros o'rganos dedicados al
          mejoramiento de la salud de las nin~as y las mujeres en la
          elaboracio'n de poli'ticas, la formulacio'n de programas, segu'n sea
          oportuno, y su ejecucio'n en el sector de la salud y sectores
          conexos en todos los niveles;

     t)   Prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales dedicadas a la
          salud de la mujer y ayudar a establecer redes con el objeto de
          mejorar la coordinacio'n y la colaboracio'n entre todos los sectores
          relacionados con la salud;

     u)   Racionalizar las poli'ticas de adquisicio'n de medicamentos y
          asegurarse de que exista una oferta permanente de medicamentos de
          calidad [anticonceptivos] y suministros y equipo de otro tipo,
          [sobre la base de la lista de medicamentos esenciales de la OMS;] y
          garantizar la seguridad de los fa'rmacos y dispositivos me'dicos
          mediante mecanismos nacionales de regulacio'n de la aprobacio'n de
          fa'rmacos;

     v)   Facilitar el acceso a tratamientos adecuados y servicios de
          rehabilitacio'n para toxico'manas y sus familias;

     w)   Propiciar y alcanzar la seguridad alimentaria a nivel nacional y en
          el hogar, segu'n sea oportuno, y poner en marcha programas
          destinados a mejorar el estado de nutricio'n de todas las nin~as y
          mujeres, cumpliendo los compromisos contrai'dos en el plan de
          accio'n sobre nutricio'n de la Conferencia Internacional sobre
          Nutricio'n 16/, incluida la reduccio'n a nivel mundial de la
          malnutricio'n grave y moderada de los nin~os menores de cinco an~os
          en un 50% de los niveles de 1990 para el an~o 2000, concediendo
          especial atencio'n a las diferencias entre los
          sexos en materia de nutricio'n, y la reduccio'n de la anemia
          ferrope'nica de las nin~as y las mujeres en un tercio de los niveles
          de 1990 para el an~o 2000;

     x)   Garantizar la disponibilidad y el acceso universal al agua apta para
          el consumo y el saneamiento e instalar sistemas eficaces de
          distribucio'n pu'blica lo antes posible;

     y)   Garantizar el acceso pleno y en condiciones de igualdad a la
          infraestructura y los servicios de atencio'n de salud para las
          mujeres indi'genas.


Objetivo estrate'gico C.2.  Fortalecer los programas de prevencio'n
                             para hacer frente a las amenazas para   
                           la salud de las mujeres               
                         
Medidas que han de adoptarse

108. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con las
organizaciones no gubernamentales, los medios de informacio'n, el sector
privado y las organizaciones internacionales pertinentes, entre ellas los
o'rganos adecuados de las Naciones Unidas:

     a)   [Dar prioridad a los programas de educacio'n formal y no formal que
          apoyan a la mujer y le permiten desarrollar su autoestima, adquirir
          conocimientos, tomar decisiones y asumir responsabilidades sobre su
          propia salud, [lograr el respeto mutuo en asuntos relativos a la]
          sexualidad y fecundidad, e informar a los hombres sobre la
          importancia de la salud y el bienestar de las mujeres, prestando
          especial atencio'n a los programas, tanto para hombres como para
          mujeres, en que se hace hincapie' en la eliminacio'n de las
          actitudes y pra'cticas nocivas, entre ellas la mutilacio'n genital
          femenina, la preferencia por los hijos varones (que lleva al
          infanticidio femenino y a la seleccio'n prenatal del sexo), los
          matrimonios a edad temprana, la violencia contra la mujer, [la
          prostitucio'n], los malos tratos sexuales, que a veces llevan a la
          infeccio'n con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
          sexual, el uso indebido de drogas, la discriminacio'n contra las
          nin~as y las mujeres en la distribucio'n de alimentos y otras
          actitudes y pra'cticas perjudiciales que afectan a la vida, la salud
          y el bienestar de las mujeres, y reconocer que algunas de estas
          pra'cticas pueden constituir violaciones de los derechos humanos y
          los principios me'dicos e'ticos;]

     b)   Aplicar poli'ticas sociales, de desarrollo humano, de educacio'n y
          de empleo encaminadas a eliminar la pobreza entre las mujeres a fin
          de reducir su susceptibilidad a las enfermedades y mejorar su salud;

     c)   Alentar a los hombres a que participen en condiciones de igualdad en
          el cuidado de los hijos y el trabajo dome'stico y a que aporten la
          parte que les corresponde de [suficiente] apoyo financiero a sus
          familias, incluso cuando no vivan con ellas;

     d)   [Reforzar las leyes, reformar las instituciones y promover normas y
          pra'cticas que eliminen la discriminacio'n contra las mujeres y
          alentar tanto a las mujeres como a los hombres a asumir la
          responsabilidad de su comportamiento sexual con respecto a la
          procreacio'n; [garantizar el pleno respeto a la integridad fi'sica
          del cuerpo humano]; [y tomar medidas para garantizar las condiciones
          necesarias para que las mujeres ejerzan sus derechos con respecto a
          la procreacio'n] [y eliminar, en la medida de lo posible, las leyes
          y pra'ctica coercitivas];]

     e)   [Preparar y difundir informacio'n accesible, mediante campan~as de
          salud pu'blica, los medios de comunicacio'n, buenos servicios de
          asesoramiento y el sistema educacional, con el objeto de garantizar
          que las mujeres y los hombres, en particular las jo'venes y los
          jo'venes, puedan adquirir conocimientos sobre su salud,
          especialmente informacio'n sobre la sexualidad y la reproduccio'n,
          [teniendo en cuenta los derechos, deberes y responsabilidades de los
          padres y de otras personas juri'dicamente responsables de los nin~os
          y de conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o]
          [de conformidad con lo acordado en el Programa de Accio'n de la
          Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo] [tal
          como figura en el informe de la Conferencia Internacional sobre la
          Poblacio'n y el Desarrollo];]

     f)   Crear y apoyar programas en el sistema educacional, en el lugar de
          trabajo, y en la comunidad para que las nin~as y las mujeres de
          todas las edades puedan participar en los deportes, las actividades
          fi'sicas y de recreo puestas a su disposicio'n sobre la misma base
          en que participan los hombres y los muchachos en las actividades
          puestas a la disposicio'n de ellos;

     g)   [Reconocer las necesidades especi'ficas de los adolescentes, [de
          ambos sexos] y aplicar programas adecuados concretos, por ejemplo de
          informacio'n [sobre cuestiones de salud sexual y reproductiva y]
          sobre enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA,
          y reconocer su derecho a la intimidad, confidencialidad, respeto y
          consentimiento bien informado; [teniendo en cuenta los derechos,
          deberes y responsabilidades de los padres y de otras personas
          legalmente responsables de los nin~os y de conformidad con la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o];]

     h)   Establecer poli'ticas que reduzcan la carga desproporcionada y cada
          vez mayor que recae sobre las [madres] mujeres [que desempen~an
          mu'ltiples funciones dentro de la familia y de la comunidad]
          proporcionando a las mujeres apoyo suficiente y programas con cargo
          a los servicios de salud y sociales; 

     i)   Adoptar normas que garanticen que las condiciones de trabajo, entre
          ellas la remuneracio'n y el ascenso de las mujeres a todos los
          niveles del sistema de salud no sean discriminatorias y se ajusten a
          pautas justas y profesionales a fin de permitirles trabajar con
          eficacia;

     j)   Garantizar que la informacio'n y capacitacio'n en materia de salud y
          nutricio'n formen parte integrante de todos los programas de
          alfabetizacio'n de adultos y de los programas escolares desde el
          nivel primario;

     k)   Formular y aplicar campan~as de difusio'n y programas de
          informacio'n y educacio'n que informen a las mujeres y a las
          muchachas sobre los riesgos para la salud y los riesgos conexos que
          plantea el uso indebido de drogas y la adiccio'n, y preparar
          estrategias y programas que desalienten el uso indebido de drogas y
          la adiccio'n y promuevan la rehabilitacio'n y la recuperacio'n;

     l)   Formular y aplicar programas amplios y coherentes para la
          prevencio'n, el diagno'stico y el tratamiento de la osteoporosis,
          afeccio'n que sufren sobre todo las mujeres;

     m)   Establecer y/o fortalecer programas y servicios, incluidas campan~as
          en los medios de comunicacio'n, que se ocupen de la prevencio'n, la
          deteccio'n precoz y el tratamiento [del ca'ncer de mama, el ca'ncer
          cervical y otros ca'nceres del sistema reproductivo]; 

     n)   Reducir los riesgos ambientales que plantean una amenaza cada vez
          mayor a la salud, especialmente en las regiones y las comunidades
          pobres; aplicar un planteamiento preventivo, de conformidad con lo
          acordado en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio Ambiente y el
          Desarrollo aprobada por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
          el Medio Ambiente y el Desarrollo 17/ e incluir informacio'n sobre
          los riesgos para la salud de las mujeres relacionados con el medio
          ambiente en la supervisio'n de la aplicacio'n del Programa 21;

     o)   Crear conciencia entre las mujeres, los profesionales de salud, los
          encargados de determinar poli'ticas y el pu'blico en general sobre
          los riesgos para la salud, graves pero que pueden prevenirse, que
          plantea el consumo de tabaco y la necesidad de adoptar medidas
          normativas y de informacio'n para reducir el ha'bito de fumar como
          actividades importantes de promocio'n de la salud y prevencio'n de
          enfermedades;

     p)   [Garantizar que los programas de las facultades de medicina y otros
          programas de formacio'n sanitaria incluyan cursos generales y
          obligatorios sobre la salud de las mujeres de conformidad con lo
          definido en el pa'rrafo 91 supra];

     q)   Adoptar medidas especi'ficas preventivas para proteger a las
          mujeres, los jo'venes y [los nin~os] de todo maltrato, abuso sexual,
          explotacio'n, tra'fico y violencia, por ejemplo en la formulacio'n y
          la aplicacio'n de las leyes, y prestar proteccio'n juri'dica y
          me'dica y otro tipo de asistencia.



      Objetivo estrate'gico C.3.  [Tomar iniciativas multisectoriales que
                                 tengan en cuenta las diferencias entre
                                 hombres y mujeres] para hacer frente a
                                 las enfermedades de transmisio'n sexual,
                                 la pandemia del VIH/SIDA y otras 
                                 cuestiones [de salud sexual y
                                 reproductiva]

Medidas que han de adoptarse

109. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los organismos internacionales,
incluidas las organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas, los donantes
bilaterales y multilaterales y las organizaciones no gubernamentales:

     a)   Garantizar la participacio'n de las mujeres, en particular de las
          infectadas con el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
          sexual o afectadas por la pandemia del VIH/SIDA, en todas las
          decisiones relativas al desarrollo, la aplicacio'n, la supervisio'n
          y la evaluacio'n de las poli'ticas y los programas sobre el VIH/SIDA
          y otras enfermedades de transmisio'n sexual;

     b)   [Revisar y enmendar las leyes y pra'cticas, segu'n sea pertinente,
          que puedan contribuir a la susceptibilidad de las mujeres a la
          infeccio'n con el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual,
          entre otras cosas promulgando leyes contra las pra'cticas
          [socioculturales] que contribuyen a ello] y, aplicar leyes,
          poli'ticas y pra'cticas que protejan a las mujeres, las adolescentes
          y las nin~as de la discriminacio'n basada en el VIH/SIDA;

     c)   Alentar a todos los sectores de la sociedad, incluido el sector
          pu'blico, asi' como a las organizaciones internacionales, a que
          formulen poli'ticas y pra'cticas compasivas y de apoyo, no
          discriminatorias, en relacio'n con el VIH/SIDA, que protejan los
          derechos de las personas infectadas;

     d)   Reconocer el alcance de la pandemia VIH/SIDA en sus pai'ses,
          teniendo en cuenta en especial su repercusio'n en las mujeres, con
          miras a garantizar que las mujeres infectadas no sean estigmatizadas
          y discriminadas [entre otras ocasiones, durante viajes];

     e)   Preparar programas y estrategias multisectoriales [que tengan en
          cuenta las diferencias entre hombres y mujeres] para poner fin a la
          subordinacio'n social de las mujeres y las nin~as y garantizar su
          potenciacio'n e igualdad social y econo'mica; y facilitar la
          promocio'n de programas para informar a los hombres y capacitarles
          para que asuman sus responsabilidades en la prevencio'n del VIH/SIDA
          y otras enfermedades de transmisio'n sexual;

     f)   Facilitar el desarrollo de estrategias de la comunidad que protejan
          a las mujeres de todas las edades del VIH y otras enfermedades de
          transmisio'n sexual, proporcionen atencio'n y apoyo a las nin~as y a
          las mujeres afectadas y a sus familias y movilicen a todas las
          partes de la comunidad en respuesta a la pandemia del VIH/SIDA para
          que ejerzan presio'n sobre todas las autoridades responsables a fin
          de que respondan de manera puntual, efectiva, sostenible [y que
          tenga en cuenta la condicio'n de varo'n o mujer]; 

     g)   Apoyar y fortalecer la capacidad nacional de crear y mejorar
          poli'ticas y programas sobre el VIH/SIDA y otras enfermedades de
          transmisio'n sexual [que tengan en cuenta la condicio'n de varo'n o
          mujer], incluido el suministro de recursos y facilidades a las
          mujeres que tienen a su cargo la responsabilidad principal del
          cuidado, o el apoyo econo'mico de personas infectadas por el
          VIH/SIDA o que esta'n afectadas por la pandemia, y a los
          sobrevivientes, en particular nin~os o ancianos;

     h)   Impartir seminarios y educacio'n y formacio'n especializada a los
          padres, a los encargados de adoptar decisiones y a quienes crean
          opinio'n a todos los niveles de la comunidad, incluidas las
          autoridades religiosas y tradicionales, sobre la prevencio'n del
          VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual y sus
          consecuencias en las mujeres y en los hombres de todas las edades;
          [en lenguaje accesible para los padres y madres];

     i)   [Dar a todas las mujeres toda la informacio'n pertinente sobre el
          VIH/SIDA y el embarazo y las consecuencias para el bebe', incluso
          para la lactancia materna;]

     j)   Prestar asistencia a las mujeres [de todas las edades] [reconociendo
          los derechos, deberes y responsabilidades de los padres y de otras
          personas legalmente responsables de los nin~os y de conformidad con
          la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o] y a sus organizaciones
          oficiales y no oficiales para que establezcan y ampli'en programas
          eficaces de educacio'n e informacio'n de sus iguales y participen en
          la elaboracio'n, aplicacio'n y supervisio'n de estos programas;
          [teniendo en cuenta los derechos, deberes y responsabilidades de los
          padres y otras personas legalmente responsables de los nin~os y de
          conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o];

     k)   Prestar plena atencio'n a promover relaciones [entre el hombre y la
          mujer] mutuamente respetuosas y justas y, en particular, atender a
          las necesidades docentes y de servicios de los adolescentes para que
          puedan encarar su sexualidad de manera positiva y responsable [de
          conformidad con lo acordado en el Programa de Accio'n de la
          Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo] [de
          conformidad con lo que figura en el informe de la Conferencia
          Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo];

     l)   [Preparar programas especi'ficos para nin~os, adolescentes, [con el
          apoyo y la orientacio'n de sus padres], [reconociendo los derechos,
          deberes y responsabilidades de los padres y otras personas
          legalmente responsables de los nin~os y de conformidad con la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o] y hombres de todas las
          edades, con objeto de proporcionar informacio'n [fidedigna]
          [completa y fiel] y alentar [la abstinencia hasta el matrimonio como
          forma de comportamiento sexual responsable.] un comportamiento
          sexual y reproductivo seguro y responsable, que incluya me'todos
          voluntarios, pertinentes y eficaces adoptados por los varones para
          la prevencio'n del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
          sexual.] [capacitacio'n en el fomento de un comportamiento sexual
          seguro y responsable, incluida la abstinencia voluntaria y [el uso
          de preservativos]];

     m)   Garantizar la prestacio'n, mediante el sistema de atencio'n primaria
          de la salud, de [el acceso universal de las personas y las parejas
          a] servicios de prevencio'n de las enfermedades de transmisio'n
          sexual, entre ellas el VIH/SIDA, pertinentes y asequibles, y ampliar
          la prestacio'n de asesoramiento y de servicios de diagno'stico
          voluntario y confidencial y de tratamiento para las mujeres; y
          garantizar el suministro y la distribucio'n a los servicios
          sanitarios de preservativos [de calidad, asi' como de] medicinas
          para el tratamiento de las enfermedades sexuales, en la medida de lo
          posible;

     n)   Preparar programas de apoyo que tengan en cuenta que el mayor riesgo

            que corren las mujeres de contraer el VIH se relaciona con un
          comportamiento de alto riesgo, que incluye el uso de sustancias
          intravenosas y la influencia de la droga, el comportamiento sexual
          [no protegido] [irresponsable], y tomar medidas preventivas
          pertinentes;

     o)   Apoyar y acelerar las investigaciones orientadas hacia la accio'n
          sobre me'todos asequibles, controlados por las mujeres, para
          prevenir el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual, sobre
          estrategias que permitan a las mujeres protegerse de las
          enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA, y
          sobre me'todos de atencio'n, apoyo y tratamiento propios de las
          mujeres, garantizando su participacio'n en todos los aspectos de
          tales investigaciones;

     p)   [Apoyar e iniciar investigaciones que se ocupen de las necesidades
          de las mujeres y de las situaciones que las aparten, incluidas
          investigaciones sobre la infeccio'n por el VIH y otras enfermedades
          de transmisio'n sexual en las mujeres, sobre me'todos de proteccio'n
          controlados por las mujeres, por ejemplo microbicidas no
          espermicidas, y sobre actitudes y pra'cticas arriesgadas masculinas
          y femeninas;].


      Objetivo estrate'gico C.4.  Promover la investigacio'n y la difusio'n
                                 de informacio'n sobre la salud de la 
                                 mujer     

Medidas que han de adoptarse

110. Medidas que han de adoptar los gobiernos, el sistema de las
Naciones Unidas, los profesionales de salud, las instituciones de
investigacio'n, las organizaciones no gubernamentales, los donantes, las
industrias farmace'uticas y los medios de comunicacio'n, segu'n convenga:

     a)   Impartir formacio'n a los investigadores e introducir sistemas que
          permitan el uso de los datos reunidos, analizados y desglosados,
          entre otras cosas, por sexo y edad [raza y origen e'tnico] y
          variables socioecono'micas, en la determinacio'n de poli'ticas,
          segu'n convenga, la planificacio'n, supervisio'n y evaluacio'n;

     b)   Promover investigaciones, tratamientos y tecnologi'as que tengan en
          cuenta las diferencias entre varones y mujeres y se centren en las
          mujeres, y vincular los conocimientos tradicionales e indi'genas con
          la medicina moderna, poniendo la informacio'n a disposicio'n de las
          mujeres para permitirles tomar decisiones informadas y responsables;

     c)   Aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de direccio'n en las
          profesiones de la salud, incluso entre los investigadores y
          cienti'ficos, para alcanzar la igualdad lo antes posible;

     d)   Aumentar el apoyo financiero y de otra i'ndole de todas las fuentes
          a las investigaciones preventivas, biome'dicas, del comportamiento,
          epidemiolo'gicas y de los servicios de la salud sobre cuestiones
          relativas a la salud de las mujeres y a las investigaciones sobre
          las causas sociales, econo'micas y poli'ticas de los problemas de
          salud de las mujeres y sus consecuencias, incluida la repercusio'n
          de las desigualdades [entre hombres y mujeres y] de edad,
          especialmente con respecto a las enfermedades cro'nicas y no
          transmisibles, en particular las enfermedades y afecciones
          cardiovasculares, los ca'nceres, las infecciones y lesiones del
          aparato reproductivo, el VIH/SIDA y otras enfermedades de
          transmisio'n sexual, la violencia dome'stica, la salud en el
          trabajo, las incapacidades, los problemas sanitarios relacionados
          con el medio ambiente, las enfermedades tropicales y los aspectos de
          salud que plantea el envejecimiento;

     e)   [Informar a las mujeres sobre los datos que muestran que los
          anticonceptivos hormonales, los abortos y la promiscuidad aumentan
          los riesgos de desarrollar ca'nceres e infecciones del aparato
          reproductivo, para que puedan tomar decisiones informadas sobre su
          salud];

     f)   Apoyar y financiar investigaciones sociales, econo'micas, poli'ticas
          y culturales sobre la manera en que las desigualdades basadas en la
          condicio'n femenina o masculina afectan la salud de las mujeres, que
          incluyan cuestiones de etiologi'a, epidemiologi'a, prestacio'n y
          utilizacio'n de servicios y resultado final del tratamiento;

     g)   Prestar apoyo a la investigacio'n de los sistemas y las operaciones
          de los servicios de salud para fortalecer el acceso y mejorar la
          calidad de la prestacio'n de servicios, garantizar un apoyo adecuado
          a las mujeres que prestan servicios de salud y examinar modalidades
          de prestacio'n de servicios de salud a las mujeres y de la
          utilizacio'n de tales servicios por las mujeres;

     h)   Prestar apoyo financiero e institucional a la investigacio'n sobre
          [medicinas y] tecnologi'as seguras, eficaces, asequibles y
          aceptables para [la salud reproductiva y sexual de] los hombres y
          las mujeres, incluidos me'todos ma's seguros, eficaces, asequibles y
          aceptables [como la planificacio'n natural de la familia] [para la
          regulacio'n de la fecundidad] para ambos sexos, me'todos para la
          proteccio'n contra el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
          sexual y me'todos sencillos y baratos para el diagno'stico de tales
          enfermedades, entre otras cosas.  Estas investigaciones deben
          guiarse en todas las etapas por los usuarios y han de llevarse a
          cabo desde la perspectiva de la distinta condicio'n entre varones y
          mujeres, en particular desde la perspectiva de las mujeres,
          y realizarse en estricta conformidad con normas de investigacio'n
          biome'dica, juri'dicas, e'ticas, me'dicas y cienti'ficas
          internacionalmente aceptadas;

     i)   Dado que [el aborto sin condiciones de seguridad] plantea una grave
          amenaza a la salud y la vida de las mujeres, deben promoverse las
          investigaciones encaminadas a comprender y encarar con mayor
          eficacia las condiciones que determinan el aborto inducido y sus
          consecuencias, incluidos sus efectos futuros en la fecundidad, la
          salud reproductiva y mental y en la pra'ctica [anticonceptiva],
          adema's de las investigaciones sobre el tratamiento de
          complicaciones planteadas por los abortos, y los cuidados con
          posterioridad al aborto;

     j)   Reconocer y alentar la atencio'n tradicional de la salud de efectos
          beneficiosos, especialmente la practicada por mujeres indi'genas,
          con objeto de preservar e incorporar el valor de la atencio'n
          tradicional a la salud en la prestacio'n de servicios sanitarios, y
          apoyar las investigaciones encaminadas a alcanzar este objetivo;

     k)   Elaborar mecanismos para evaluar y difundir los datos disponibles y
          los resultados de las investigaciones a los investigadores, los
          encargados de adoptar poli'ticas, los profesionales de la salud y
          los grupos de mujeres, entre otros;

     l)   [Informar sobre todas las investigaciones de ingenieri'a geno'mica y
          gene'tica].


Objetivo estrate'gico C.5.  Aumentar los recursos y supervisar el 
                           seguimiento de la salud de las mujeres

Medidas que han de adoptarse

111. Medidas que han de adoptar los gobiernos (a todos los niveles, en
colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales, especialmente las
organizaciones de mujeres y de jo'venes]:

     a)   Aumentar [en los casos en que sea necesario] las asignaciones
          presupuestarias para atencio'n [ba'sica] [primaria] de la salud y
          servicios sociales, con suficiente apoyo a nivel secundario y
          terciario, y prestar especial atencio'n a la salud [reproductiva y
          sexual] de las muchachas y las mujeres; debe darse prioridad a los
          programas de salud en las zonas rurales y en las zonas urbanas
          pobres;

     b)   Elaborar [cuando sea necesario] planteamientos innovadores para la
          financiacio'n de los servicios de salud mediante la promocio'n de la
          participacio'n de la comunidad y la financiacio'n local; aumentar
          [cuando sea necesario] las consignaciones presupuestarias para los
          centros de salud de las comunidades y los programas y servicios
          basados en la comunidad que se ocupan de necesidades en materia de
          salud especi'ficas de las mujeres;

     c)   Elaborar [cuando sea necesario] servicios de salud locales,
          promoviendo la incorporacio'n de una participacio'n basada en la
          comunidad y la autonomi'a que tenga en cuenta la condicio'n de
          varo'n o mujer y programas de salud preventiva formulados
          especialmente;

     d)   Establecer objetivos y plazos, cuando convenga, para mejorar la
          salud de las mujeres y para planificar, aplicar, supervisar y
          evaluar los programas, sobre la base de evaluaciones de la
          repercusio'n en los varones y en las mujeres utilizando datos
          cualitativos y cuantitativos desglosados por sexo, edad [raza y
          origen e'tnico] y variables socioecono'micas;

     e)   [Esforzarse por establecer [cuando convenga] mecanismos
          ministeriales e interministeriales con la participacio'n de las
          organizaciones no gubernamentales responsables de supervisar la
          aplicacio'n de las reformas de las poli'ticas y los programas de
          salud de las mujeres y establecer centros de coordinacio'n a alto
          nivel en los ministerios nacionales de planificacio'n responsables
          de la supervisio'n para garantizar que en todos los organismos y los
          programas gubernamentales competentes se de' la debida importancia a
          las preocupaciones sobre la salud de la mujer.]

112. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las Naciones Unidas y sus
organismos especializados, las instituciones financieras internacionales, los
donantes bilaterales y el sector privado, segu'n convenga:

     a)   Formular poli'ticas favorables a la inversio'n [pu'blica] en la
          salud de la mujer y [cuando convenga] aumentar los cre'ditos para
          estas inversiones;

     b)   [Proporcionar asistencia material, financiera y logi'stica adecuada
          a las organizaciones no gubernamentales de jo'venes para
          fortalecerlas y permitirles ocuparse de las preocupaciones relativas
          a los jo'venes en la esfera de la salud [con inclusio'n de la salud
          sexual y reproductiva;]

     c)   [Dar mayor prioridad a la salud de la mujer y establecer mecanismos
          para coordinar y aplicar los objetivos de la salud de la Plataforma
          de Accio'n y los [acuerdos internacionales] que sean pertinentes
          para garantizar el progreso.]


                       D.  La violencia contra la mujer 

113. La violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos de
igualdad, desarrollo y paz*.  La violencia contra la mujer viola y menoscaba
o impide su disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales
[universales]*.  La inveterada incapacidad de proteger y promover esos
derechos y libertades en los casos de violencia contra la mujer es un problema
que incumbe a todos los Estados y exige que se adopten medidas al respecto. 
Desde la Conferencia de Nairobi se ha ampliado considerablemente el
conocimiento de las causas, las consecuencias y el alcance de esa violencia,
asi' como las medidas encaminadas a ponerle fin.  En [todas] las sociedades,
en mayor o menor medida, las mujeres
y las nin~as esta'n sujetas a malos tratos de i'ndole fi'sica, sexual y
psicolo'gica,
sin distincio'n en cuanto a su nivel de ingresos, clase y cultura.  La baja
condicio'n social y econo'mica de la mujer puede ser tanto una causa como una
consecuencia de la violencia de que es vi'ctima.

[* Au'n no se ha determinado la ubicacio'n de esta oracio'n.]

114. La expresio'n "violencia contra la mujer" se refiere a todo acto de
violencia basado en el hecho de pertenecer al sexo femenino que tiene como
resultado posible o real un dan~o de naturaleza fi'sica, sexual o
psicolo'gica, incluidas las amenazas, la coercio'n o la privacio'n arbitraria
de la libertad, ya se produzcan en la vida pu'blica o en la privada.  Por
consiguiente, la violencia contra la mujer puede tener, entre otras, las
siguientes formas:

     a)   La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica en la familia, incluidos
los golpes, el abuso sexual de las nin~as en el hogar, la violencia
relacionada con la dote, la violacio'n por el marido, la mutilacio'n genital y
otras pra'cticas tradicionales que atentan contra la mujer, la violencia
ejercida por personas distintas del marido y la violencia relacionada con la
explotacio'n;

     b)   La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica al nivel de la comunidad
en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento y
la intimidacio'n sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en
otros a'mbitos, la trata de mujeres y la prostitucio'n forzada;

     c)   La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica perpetrada o tolerada
por el Estado, dondequiera que ocurra.

115. Entre otros actos de violencia contra la mujer cabe sen~alar las
violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto
armado, en particular los asesinatos, las violaciones sistema'ticas, la
esclavitud sexual [y los embarazos forzados].  [Los actos de violencia contra
la mujer tambie'n incluyen el terrorismo, la esterilizacio'n forzada [y el
aborto forzado], la utilizacio'n coercitiva o forzada de anticonceptivos, [el
feticidio femenino o la determinacio'n prenatal del sexo y el infanticidio de
nin~as.]

116. Algunos grupos de mujeres, como las que pertenecen a minori'as, las
indi'genas, las refugiadas, las migrantes, las mujeres pobres que viven en
comunidades rurales o distantes, las mujeres indigentes, las mujeres recluidas
en instituciones o ca'rceles, las nin~as, las mujeres con discapacidades, las
mujeres de edad y las mujeres en situaciones de conflicto armado son tambie'n
particularmente vulnerables a la violencia.

117. Las mujeres desplazadas [dentro del pai's], las mujeres repatriadas, las
trabajadoras migratorias, las mujeres que viven en la pobreza y [las que viven
en zonas sometidas a la ocupacio'n extranjera o en zonas donde ocurren actos
de terrorismo] tambie'n son particularmente vulnerables a la violencia.

118. Los actos o las amenazas de violencia ya se trate de los actos que
ocurren en el hogar o en la comunidad o de los actos perpetrados o tolerados
por el Estado, infunden miedo e inseguridad en la vida de las mujeres e
impiden lograr la igualdad [y la equidad], el desarrollo y la paz.  El miedo a
la violencia, incluido el hostigamiento, es un obsta'culo constante para la
movilidad de la mujer, que limita su acceso a actividades y recursos ba'sicos.

La violencia contra la mujer tiene costos sociales, sanitarios y econo'micos
elevados para el individuo y la sociedad.  La violencia contra la mujer es uno
de los mecanismos sociales fundamentales mediante los que se coloca a la mujer
en una posicio'n de subordinacio'n frente al hombre.  En muchos casos, la
violencia contra las mujeres y las nin~as ocurre en la familia o en el hogar,
donde a menudo se tolera la violencia.  El abandono, el abuso fi'sico y sexual
y la violacio'n de las nin~as y las mujeres por miembros de la familia y otros
habitantes de la casa, asi' como los casos de abusos cometidos por el marido u
otros familiares, no suelen denunciarse, por lo que son difi'ciles de
detectar.  Aun cuando se denuncien, a menudo sucede que no se protege a las
vi'ctimas ni se castiga a los agresores.

119. La violencia contra la mujer es una manifestacio'n de las relaciones de
poder histo'ricamente desiguales entre hombres y mujeres, que han causado la
dominacio'n de la mujer por el hombre, la discriminacio'n contra la mujer y la
interposicio'n de obsta'culos contra su pleno desarrollo.  La violencia contra
la mujer a lo largo de su ciclo vital dimana esencialmente de pautas
culturales, en particular de los efectos perjudiciales de algunas pra'cticas
tradicionales o consuetudinarias y de todos los actos de extremismo
relacionados con la raza, el sexo, el idioma o la religio'n que perpetu'an la
condicio'n inferior que se asigna a la mujer en la familia, el lugar de
trabajo, la comunidad y la sociedad.  La violencia contra la mujer se ve
agravada por presiones sociales, como la vergu"enza de denunciar ciertos
actos; la falta de acceso de la mujer a informacio'n, asistencia letrada o
proteccio'n juri'dica; la falta de leyes que prohi'ban efectivamente la
violencia contra la mujer; el hecho de que no se reformen las leyes vigentes;
el hecho de que las autoridades pu'blicas no pongan el suficiente empen~o en
difundir y hacer cumplir las leyes vigentes; y la falta de medios
educacionales y de otro tipo para combatir las causas y consecuencias de la
violencia.  Las ima'genes de violencia contra la mujer que aparecen en los
medios de difusio'n, en particular las representaciones de la violacio'n o la
esclavitud sexual, asi' como la utilizacio'n de mujeres y nin~as como objetos
sexuales, y la pornografi'a, [son] factores que contribuyen a que se perpetu'e
esa violencia, que perjudica a la comunidad en general, y en particular a los
nin~os y los jo'venes.

120. La adopcio'n de un enfoque integral y multidisciplinario que permita
abordar la complicada tarea de crear familias, comunidades y Estados libres de
la violencia contra la mujer es no so'lo una necesidad, sino una posibilidad
real.  La igualdad, la colaboracio'n entre mujeres y hombres y el respeto de
la dignidad humana deben permear todos los estadios del proceso de
socializacio'n.  Los sistemas educacionales deberi'an promover el respeto
propio, el respeto mutuo y la cooperacio'n entre mujeres y hombres.

121. La falta de estadi'sticas y datos suficientes desglosados por sexos sobre
el alcance de la violencia dificulta la elaboracio'n de programas y la
vigilancia de los cambios.  La documentacio'n e investigacio'n insuficientes
de la violencia dome'stica, el hostigamiento sexual y la violencia contra las
mujeres y nin~as, en privado y en pu'blico, incluso en el lugar de trabajo,
obstaculizan los esfuerzos encaminados a preparar estrategias concretas de
intervencio'n.  La experiencia obtenida en varios pai'ses demuestra que es
posible movilizar a mujeres y hombres a fin de superar la violencia en todas
sus formas, y que pueden adoptarse medidas pu'blicas eficaces para hacer
frente tanto a las causas como a las consecuencias de la violencia.  Los
grupos de hombres que luchan contra la violencia en ge'nero del sexo son
aliados necesarios para el cambio.

122. [Las mujeres y las nin~as refugiadas, desplazadas [dentro del pai's y
migrantes, incluidas las trabajadoras migratorias, asi' como las mujeres
detenidas y las que viven en situaciones de conflicto armado [u ocupacio'n o
dominacio'n extranjera], son especialmente vulnerables a todo tipo de
violencia, como el terrorismo, el asesinato, la tortura, la prostitucio'n,
incluida la prostitucio'n forzada, la violacio'n, en particular su
utilizacio'n sistema'tica como arma de guerra, [los embarazos forzados,] el
abuso, la esclavitud, el hostigamiento sexual y otras formas de violencia que
son a menudo perpetradas por personas que ocupan posiciones de autoridad. 
Esas pra'cticas constituyen cri'menes de lesa humanidad y violaciones de los
derechos humanos [y de los Convenios de Ginebra pertinentes]].  La
capacitacio'n de todos los funcionarios en derecho humanitario y derechos
humanos y el castigo de quienes cometen actos de violencia contra la mujer
contribuiri'an a impedir que esa violencia fuera cometida por funcionarios
pu'blicos en quienes las mujeres deberi'an poder confiar, como los
funcionarios de la polici'a y de las ca'rceles y las fuerzas de seguridad.

123. La eliminacio'n efectiva de la trata de mujeres y nin~as para el comercio
sexual es un problema internacional urgente.  Es preciso examinar y fortalecer
la aplicacio'n del Convenio para la represio'n de la trata de personas y de la
explotacio'n de la prostitucio'n ajena de 1949, asi' como otros instrumentos
pertinentes 18/.  El empleo de mujeres en redes internacionales de
prostitucio'n y trata de personas se ha convertido en una de las principales
actividades de la delincuencia organizada internacional.  Se invita a la
Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la violencia
contra la mujer [, que ha considerado esas actividades como otra causa de la
violacio'n de los derechos humanos y las libertades de mujeres y nin~as,] a
que, conforme a su mandato, aborde como cuestio'n urgente el tema de la trata
internacional de personas para el comercio sexual, asi' como los temas de la
prostitucio'n forzada, la violacio'n, el abuso sexual y el turismo sexual. 
Las mujeres y las nin~as que son vi'ctimas de ese comercio internacional
corren mayores riesgos de encontrarse en
situaciones violentas, asi' como de [quedar embarazadas contra su voluntad y]
de contraer enfermedades de transmisio'n sexual, incluida la infeccio'n con
el VIH/SIDA.

124. Cuando traten de cuestiones relacionadas con la violencia contra la
mujer, los gobiernos y otras entidades debera'n propiciar la integracio'n
activa y visible de los temas relativos a la desigualdad entre el hombre y la
mujer en todas las poli'ticas y programas, a fin de que se puedan analizar las
consecuencias para el hombre y la mujer antes de adoptar decisiones.


                    [Eliminar la violencia contra la mujer]

Objetivo estrate'gico D.1.  Adoptar medidas integradas para prevenir
                           y eliminar la violencia contra la mujer 

Medidas que han de adoptarse

125. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Condenar la violencia contra la mujer y abstenerse de invocar
          ninguna costumbre, tradicio'n o consideracio'n de cara'cter
          religioso para eludir las obligaciones con respecto a su
          eliminacio'n [de conformidad con la Declaracio'n sobre la
          Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer];

     b)   No cometer actos de violencia contra la mujer y tomar las medidas
          necesarias para prevenir, investigar y, de conformidad con las leyes
          nacionales en vigor, castigar los actos de violencia contra la
          mujer, ya hayan sido cometidos por el Estado o por particulares; 

     c)   Introducir sanciones penales, civiles, laborales y administrativas
          en las legislaciones nacionales, o reforzar las vigentes, con el fin
          de castigar y reparar los dan~os causados a las mujeres y las nin~as
          vi'ctimas de cualquier tipo de violencia, ya sea en el hogar, el
          lugar de trabajo, la comunidad o la sociedad;

     d)   Adoptar o aplicar las leyes pertinentes, y revisarlas y analizarlas
          perio'dicamente a fin de asegurar su eficacia para eliminar la
          violencia contra la mujer, haciendo hincapie' en la prevencio'n de
          la violencia y el enjuiciamiento de los responsables; adoptar
          medidas para garantizar la proteccio'n de las mujeres vi'ctimas de
          la violencia, [la reparacio'n de los dan~os causados] y la curacio'n
          de las vi'ctimas y la rehabilitacio'n de los agresores;

     e)   [Examinar,] [ratificar y] aplicar [todas] [las normas] [los
          instrumentos] internacionales [pertinentes] de derechos humanos
          [reconocidos universalmente] relacionados con la violencia contra la
          mujer, incluidos los contenidos en la Declaracio'n Universal de
          Derechos Humanos 19/, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
          Poli'ticos 12/, el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos,
          Sociales y Culturales y la Convencio'n contra la Tortura y Otros
          Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 20/;

     f)   Aplicar [las normas contenidas en] la Convencio'n sobre la
          eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer,
          teniendo en cuenta la recomendacio'n general 19, aprobada por el
          Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer
          en su 11~ peri'odo de sesiones 21/;

     g)   Promover la integracio'n activa y visible de las cuestiones
          relacionadas con el ge'nero en todas las poli'ticas y programas en
          materia de violencia contra la mujer, alentar, vigorosamente
          respaldar y aplicar las medidas y los programas destinados a
          desarrollar los conocimientos y propiciar la comprensio'n de las
          causas, las consecuencias y los mecanismos de la violencia contra la
          mujer entre los responsables de la aplicacio'n de esas poli'ticas,
          como los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley, los
          miembros de la polici'a y los asistentes sociales, el personal
          me'dico y el personal judicial, asi' como entre las personas que se
          dedican a actividades relacionadas con las minori'as, los migrantes
          y los refugiados, y establecer estrategias para impedir que las
          mujeres vi'ctimas de la violencia vuelvan a sufrirla por falta de
          leyes o pra'cticas de aplicacio'n de la ley o procedimientos
          judiciales en que se tenga presente la desigualdad entre el hombre y
          la mujer;

     h)   Ofrecer a las mujeres vi'ctimas de la violencia acceso a los
          sistemas judiciales y, segu'n con lo previsto en las leyes
          nacionales, a soluciones justas y eficaces para reparar el dan~o de
          que han sido objeto, e informarles acerca de su derecho a obtener
          compensacio'n a trave's de esos mecanismos;

     i)   Aprobar y aplicar leyes contra los responsables de pra'cticas y
          actos de violencia contra la mujer, como la mutilacio'n genital
          femenina [el feticidio femenino, la seleccio'n prenatal del sexo]
          los infanticidios y la violencia relacionada con las dotes, y
          respaldar con determinacio'n los esfuerzos de las organizaciones no
          gubernamentales y locales por eliminar esas pra'cticas;

     j)   Formular y aplicar planes de accio'n [nacional y local] para
          erradicar la violencia contra la mujer;

     k)   Adoptar todas las medidas necesarias, especialmente en el a'mbito de
          la ensen~anza, para modificar los modelos de conducta sociales y
          culturales del hombre y la mujer, y eliminar los prejuicios y las
          pra'cticas consuetudinarias y de otro tipo basadas en la idea de la
          inferioridad o la superioridad de uno de los sexos y en funciones
          estereotipadas asignadas al hombre y la mujer;

     l)   Crear mecanismos institucionales, o reforzar los existentes, a fin
          de que las mujeres y las nin~as puedan dar parte de los actos de
          violencia cometidos contra ellas e interponer denuncias al respecto
          en condiciones de seguridad y confidencialidad, y sin temor a
          castigos o represalias;

     m)   Garantizar el acceso de las mujeres con discapacidad a la
          informacio'n y los servicios disponibles en el a'mbito de la
          violencia contra la mujer;

     n)   [Instaurar, financiar y mejorar] o promover, segu'n resulte
          apropiado, la formacio'n del personal judicial, letrado, me'dico,
          social, pedago'gico y de polici'a e inmigracio'n para evitar los
          abusos de poder que dan pie a la violencia contra la mujer, y
          sensibilizar a esas
          personas en cuanto a la naturaleza de los actos y las amenazas de
          violencia basados en la discriminacio'n sexual, para conseguir que
          las mujeres vi'ctimas reciban un trato justo;

     o)   Promulgar nuevas leyes cuando sea necesario y reforzar las vigentes
          en  que se prevean penas para los miembros de la polici'a o de las
          fuerzas de seguridad o cualquier otro agente del Estado que cometa
          actos de violencia contra la mujer en el desempen~o de sus
          funciones, revisar las leyes vigentes y adoptar medidas eficaces
          contra los responsables de esos actos de violencia;

     p)   Asignar recursos suficientes en el presupuesto del Estado y
          movilizar recursos locales para actividades relacionadas con la
          eliminacio'n de la violencia contra la mujer, incluso recursos para
          la aplicacio'n de planes de accio'n [nacionales y locales];

     q)   Incluir, en los informes presentados de conformidad con los
          instrumentos pertinentes de derechos humanos de las Naciones Unidas,
          informacio'n sobre la violencia contra la mujer y sobre las medidas
          adoptadas para aplicar la Declaracio'n de las Naciones Unidas sobre
          la Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer;

     r)   Cooperar con la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos
          Humanos sobre la violencia contra la mujer en el cumplimiento de su
          mandato y proporcionarle toda la informacio'n solicitada; colaborar
          tambie'n con otros responsables en la materia, como el Relator
          Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la cuestio'n de
          la tortura y el Relator Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos
          sobre ejecuciones extrajudiciales sumarias, y arbitrarias en todo lo
          que atan~e a la violencia contra la mujer;

     s)   Recomendar a la Comisio'n de Derechos Humanos que renueve el mandato
          de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer cuando
          llegue a su fin en 1997 y, de ser necesario, [que lo actualice y] lo
          refuerce.

126. Medidas que han de adoptar los gobiernos, incluidos los gobiernos
locales, las organizaciones populares, las organizaciones no gubernamentales,
las instituciones de ensen~anza, los sectores pu'blico y privado, en
particular las empresas, y los medios de informacio'n, segu'n proceda: 

     a)   Establecer centros de acogida y servicios de apoyo dotados de los
          recursos necesarios para auxiliar a las nin~as y mujeres vi'ctimas
          de la violencia y prestarles servicios me'dicos, psicolo'gicos y de
          asesoramiento, asi' como asesoramiento letrado a ti'tulo gratuito o
          de bajo costo, cuando sea necesario, adema's de la asistencia que
          corresponda para ayudarles a encontrar medios de vida suficientes; 

     b)   Establecer servicios lingu"i'stica y culturalmente accesibles para
          las mujeres y nin~as inmigrantes, incluidas las trabajadoras
          migratorias, que sean vi'ctimas de la violencia en razo'n de su
          sexo;

     c)   Reconocer la vulnerabilidad frente a la violencia y a otras formas
          de maltrato de las inmigrantes, incluidas las trabajadoras
          migratorias, cuya condicio'n juri'dica en el pai's de acogida
          depende de empleadores que pueden explotar su situacio'n;

     d)   Apoyar las iniciativas de las organizaciones femeninas y de las
          organizaciones no gubernamentales de todo el mundo encaminadas a
          despertar la conciencia sobre el problema de la violencia contra la
          mujer y contribuir a su eliminacio'n;

     e)   Organizar, apoyar y financiar campan~as de educacio'n y
          capacitacio'n de las comunidades encaminadas a despertar la
          conciencia de que la violencia contra la mujer constituye una
          violacio'n de sus derechos humanos y alentar en las comunidades
          locales el empleo de me'todos tradicionales e innovadores apropiados
          de resolucio'n de conflictos que tengan en cuenta la problema'tica
          de la mujer;

     f)   Reconocer, apoyar y promover el papel fundamental que desempen~an
          las instituciones intermedias, como los centros de atencio'n
          primaria de salud, [los centros de planificacio'n de la familia, los
          servicios de salud que existen en las escuelas], los servicios de
          proteccio'n de madres y recie'n nacidos, los centros para familias
          de inmigrantes y otros similares en materia de informacio'n y
          educacio'n relativas a los malos tratos;

     g)   [Organizar [y financiar] campan~as de informacio'n y programas de
          educacio'n y capacitacio'n para nin~as y varones, mujeres y hombres,
          en particular para los que corren un alto riesgo de ser vi'ctimas de
          la violencia, acerca de los efectos personales y sociales negativos
          de la violencia en la familia, la comunidad y la sociedad [co'mo
          comunicarse sin violencia] de modo que puedan aprender a protegerse
          y proteger a otros de esas formas de violencia];

     h)   Difundir informacio'n sobre la asistencia de que disponen las
          mujeres y las familias que son vi'ctimas de la violencia;

     i)   [Promover,] [proporcionar] [iniciar y financiar] servicios de
          asesoramiento y rehabilitacio'n para los autores de actos de
          violencia y promover el estudio de las posibilidades de realizar
          nuevas actividades de asesoramiento y rehabilitacio'n para prevenir
          nuevos casos de violencia;

     j)   [Despertar la conciencia acerca de la responsabilidad de los medios
          de comunicacio'n de promover ima'genes no estereotipadas de mujeres
          y hombres y de eliminar los patrones de conducta generadores de
          violencia que en ellos se presentan, asi' como alentar a los
          responsables del contenido del material que se difunde a que
          establezcan directrices y co'digos de conducta profesionales; y
          despertar tambie'n la conciencia sobre la importante funcio'n de los
          medios de informacio'n en lo tocante a informar y educar a la
          poblacio'n acerca de las causas y los efectos de la violencia contra
          la mujer y a estimular el debate pu'blico sobre el tema.]

127. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores, los
sindicatos, las organizaciones populares y juveniles y las organizaciones no
gubernamentales, segu'n proceda: 

     a)   Desarrollar programas y procedimientos tendientes a eliminar el
          hostigamiento sexual y otras formas de violencia contra la mujer de
          todas las instituciones de ensen~anza, lugares de trabajo y dema's
          a'mbitos;

     b)   Desarrollar programas y procedimientos encaminados a educar y a
          despertar la conciencia sobre los actos de violencia contra la mujer
          que constituyen delito y violan sus derechos humanos; 

     c)   Desarrollar programas de asesoramiento, rehabilitacio'n y apoyo para
          nin~as, adolescentes y jo'venes que hayan sido o sean objeto de
          relaciones abusivas, en particular las que viven en hogares o
          instituciones en que exista esa clase de relaciones;

     d)   Adoptar medidas especiales para eliminar la violencia contra las
          mujeres, en particular las especialmente vulnerables, como las
          jo'venes, las refugiadas, las desplazadas interna y externamente,
          las que sufren discapacidad y las trabajadoras migratorias, entre
          ellas medidas encaminadas a hacer cumplir la legislacio'n vigente y
          a elaborar, segu'n proceda, nueva legislacio'n para las trabajadoras
          migratorias tanto en los pai'ses de origen como en los de acogida.

128. Medidas que ha de adoptar el Secretario General de las Naciones Unidas:

     Prestar a la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos Humanos sobre
     la violencia contra la mujer toda la asistencia necesaria, en particular
     el personal y los recursos indispensables para desempen~ar todas sus
     funciones, especialmente para llevar a cabo y supervisar misiones [ya sea
     en forma independiente o conjuntamente con otros relatores especiales y
     grupos de trabajo], y la ayuda necesaria para que pueda celebrar
     consultas perio'dicas con el Comite' para la Eliminacio'n de la
     Discriminacio'n contra la Mujer y con todos los o'rganos establecidos en
     virtud de tratados.

129. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
internacionales y las organizaciones no gubernamentales:

     Alentar la difusio'n y aplicacio'n de las directrices del Alto
     Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) sobre la
     proteccio'n de las refugiadas y la prevencio'n y atencio'n de los casos
     de violencia sexual contra los refugiados.


Objetivo estrate'gico D.2.  Estudiar las causas de la violencia contra 
                             la mujer y buscar me'todos para elaborar      
                           estrategias de prevencio'n                  

Medidas que han de adoptarse

130. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones regionales,
las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales, los institutos de
investigacio'n, las organizaciones femeninas y juveniles y las organizaciones
no gubernamentales, segu'n corresponda:

     a)   Promover la investigacio'n, recoger datos y elaborar estadi'sticas,
          especialmente en lo concerniente a la violencia en el hogar,
          relacionadas con la frecuencia de las distintas formas de violencia
          contra la mujer, y fomentar las investigaciones sobre las causas, la
          naturaleza, la gravedad y las consecuencias de esta violencia, asi'
          como sobre la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y
          reparar sus efectos [en su contexto social, econo'mico, cultural y
          poli'tico];

     b)   Difundir ampliamente los resultados de los estudios e
          investigaciones;

     c)   Apoyar e iniciar investigaciones sobre las consecuencias de los
          actos de violencia, por ejemplo las violaciones, para las mujeres y
          las nin~as, y publicar la informacio'n y las estadi'sticas
          resultantes;

     d)   Alentar a los medios de informacio'n a que examinen las
          consecuencias de los papeles estereotipados del hombre y la mujer,
          incluidos los que se perpetu'an en los avisos comerciales [que
          promueven] la violencia y las desigualdades en razo'n del sexo, asi'
          como tambie'n la manera en que se transmiten durante el ciclo vital,
          y a que adopten medidas para eliminar esas ima'genes negativas con
          miras a promover una sociedad sin violencia.


Objetivo estrate'gico D.3.  Adoptar medidas especiales tendientes a 
                           eliminar la trata de mujeres y a prestar
                           asistencia a las mujeres vi'ctimas de la 
                           violencia derivada de la prostitucio'n y 
                           la trata de mujeres                     

Medidas que han de adoptarse

131. Medidas que han de adoptar los gobiernos de los pai'ses de origen,
tra'nsito y destino y las organizaciones regionales e internacionales, segu'n
proceda:

     a)   Examinar la posibilidad de ratificar y dar cumplimiento a los
          convenios internacionales relativos a la trata de personas y a la
          esclavitud;

     b)   Adoptar medidas apropiadas para abordar las causas fundamentales,
          incluidos los factores externos, que promueven la trata de mujeres y
          nin~as para fines de prostitucio'n, [otros trabajos vinculados con
          el comercio sexual,] los matrimonios forzados y el trabajo forzado,
          con el objeto de eliminar la trata de mujeres, entre ellas las
          encaminadas a fortalecer la legislacio'n vigente, con miras a
          proteger mejor los derechos de las mujeres y las nin~as y a castigar
          a los autores por la vi'a penal y civil; 

     c)   Intensificar la cooperacio'n y las medidas concertadas de todas las
          autoridades e instituciones pertinentes con miras a desmantelar las
          redes [nacionales e internacionales] de traficantes; 

     d)   [Asignar recursos a la formulacio'n de programas amplios encaminados
          a [rehabilitar a las vi'ctimas de la trata de mujeres], entre ellos
          los de formacio'n profesional, asistencia letrada y atencio'n de
          salud
          confidencial,] y adoptar medidas de cooperacio'n con las
          organizaciones no gubernamentales para la atencio'n social, me'dica
          y psicolo'gica de las vi'ctimas; 

     e)   Elaborar programas y poli'ticas de educacio'n y capacitacio'n y
          examinar la posibilidad de promulgar legislacio'n encaminada a
          impedir el turismo y el tra'fico sexuales, haciendo particular
          hincapie' en la proteccio'n de las jo'venes y los nin~os.


    E.  Fomentar la paz, promover la solucio'n de los conflictos y reducir
        las consecuencias de los conflictos armados o de otra i'ndole     
         sobre la mujer                                                   

132. [Un entorno que mantenga la paz mundial y promueva los derechos humanos
[universales], la democracia y el arreglo paci'fico de controversias, [en que
se defiendan los principios de abstencio'n de recurrir a la amenaza o al uso
de la fuerza y de respeto mutuo de la integridad territorial y la soberani'a
es una condicio'n previa para el adelanto de la mujer.]  [Sin paz no habra'
igualdad ni desarrollo.]  Los conflictos armados y de otra i'ndole no han
disminuido con el fin de la guerra fri'a; la agresio'n, [la ocupacio'n
extranjera] los conflictos e'tnicos y religiosos [y de otra i'ndole] son una
realidad que afecta constantemente a la mujer en pra'cticamente todas las
regiones.  Siguen producie'ndose en todo el mundo violaciones abiertas y
sistema'ticas de los derechos humanos y situaciones que constituyen
obsta'culos graves para su pleno disfrute de los derechos humanos.  Esas
violaciones y esos obsta'culos incluyen, adema's de la tortura y los tratos
crueles, inhumanos y degradantes o las detenciones sumarias y arbitrarias,
todas las formas de racismo, discriminacio'n racial, xenofobia, denegacio'n de
derechos econo'micos, sociales y culturales e intolerancia religiosa.  El
terrorismo es un feno'meno nuevo que esta' surgiendo a nivel mundial.  Se
desconoce en forma sistema'tica el derecho humanitario internacional, que
prohi'be los ataques contra las poblaciones civiles; [[todas] las partes en
los conflictos armados violan los derechos humanos].  Ello ha trai'do como
consecuencia graves violaciones de los derechos humanos de la mujer, incluidos
el asesinato, la tortura, la violacio'n sistema'tica [y los embarazos
forzados], especialmente en la poli'tica de depuracio'n e'tnica como una
estrategia de guerra, y sus consecuencias.  Algunas de esas situaciones de
conflicto armado tienen su origen en la conquista o la colonizacio'n de un
pai's por otro pai's o Estado y la perpetuacio'n de esa situacio'n colonial
mediante la represio'n estatal y militar.]

133. En el Convenio de Ginebra relativo a la proteccio'n de las personas
civiles en tiempo de guerra de 1949 [y en sus Protocolos Adicionales] se
establece que las mujeres sera'n especialmente amparadas contra todo atentado
a su honor y, en particular, contra los tratos humillantes y degradantes,
contra la violacio'n, contra el forzamiento a la prostitucio'n y contra todo
atentado a su pudor 22/.  En la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena
aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se sen~ala adema's que
"las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de
conflicto armado constituyen violaciones de los principios fundamentales de
los derechos humanos y del derecho humanitario internacionales" 23/. 
Continu'an ocurriendo en diferentes partes del mundo situaciones y violaciones
evidentes y sistema'ticas que constituyen graves obsta'culos al pleno goce de
los derechos humanos.  Esas violaciones y obsta'culos comprenden, asi' como la
tortura y los tratos crueles,
inhumanos y degradantes o la detencio'n sumaria y arbitraria, todas las formas
de racismo, discriminacio'n racial, xenofobia, denegaciones de los derechos
econo'micos, sociales y culturales e intolerancia religiosa.

134. Las violaciones de los derechos humanos en situaciones de conflicto
armado y de ocupacio'n militar son violaciones de los principios fundamentales
de los derechos humanos y el derecho humanitario internacionales enunciados en
los instrumentos internacionales de derechos humanos y en los Convenios de
Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales.  [Las fuerzas armadas y de
seguridad y otras partes en los conflictos armados pasan por alto y violan
sistema'ticamente el derecho humanitario, por el que se prohi'ben los ataques
contra la poblacio'n civil, y la legislacio'n internacional sobre derechos
humanos.]  Siguen cometie'ndose violaciones abiertas de los derechos humanos y
aplica'ndose poli'ticas de depuracio'n e'tnica en las zonas asoladas por la
guerra y ocupadas.  Esas pra'cticas han dado lugar, entre otras cosas, a
corrientes masivas de refugiados y de personas [internamente] desplazadas, la
mayori'a de los cuales son mujeres, muchachas adolescentes y nin~os.  Las
vi'ctimas civiles, en su mayor parte mujeres y nin~os, con frecuencia son ma's
numerosas que las bajas producidas entre los combatientes.  Adema's, las
mujeres con frecuencia atienden a los combatientes heridos y, como
consecuencia del conflicto, encuentran inesperadamente que han pasado a ser el
u'nico progenitor y la u'nica encargada del hogar y de los parientes ancianos.

135. En un mundo de constante inestabilidad y violencia, hay que aplicar con
urgencia me'todos de cooperacio'n para lograr la paz y la seguridad.  [En la
aplicacio'n de me'todos de cooperacio'n para las cuestiones de paz y
seguridad, [deberi'a hacerse hincapie' en] [se requieren] estrategias de
prevencio'n y la consolidacio'n de la paz como un concepto especial orientado
hacia la prevencio'n.  Las perspectivas de la mujer podri'an aportar un
criterio ma's constructivo a la utilizacio'n del poder y a la solucio'n de
conflictos.]  Aunque las mujeres han comenzado a desempen~ar una funcio'n
importante en la solucio'n de conflictos, en el mantenimiento de la paz y en
los mecanismos de defensa y de relaciones exteriores, siguen estando
insuficientemente representadas en los niveles de adopcio'n de decisiones. 
Para que las mujeres desempen~en en pie de igualdad una funcio'n en la tarea
de lograr y mantener la paz, deben alcanzar responsabilidades poli'ticas y
econo'micas y estar representadas debidamente en todos los niveles del proceso
de adopcio'n de decisiones.

136. [Aunque hay comunidades enteras que sufren las consecuencias de los
conflictos armados, el terrorismo y [la ocupacio'n y la dominacio'n
extranjera], las mujeres y las nin~as se ven especialmente afectadas debido a
su condicio'n en la sociedad y a su [sexo/ge'nero].  Las partes en el
conflicto a menudo violan a las mujeres con impunidad, utilizando a veces la
violacio'n sistema'tica como ta'ctica de guerra y terrorismo.  Los efectos de
la violencia contra la mujer y de la violacio'n de los derechos humanos de la
mujer en ese tipo de situaciones son experimentados por las mujeres de todas
las edades que son vi'ctimas de desplazamiento, pe'rdida del hogar y de los
bienes, pe'rdida o desaparicio'n involuntaria de parientes cercanos, pobreza y
separacio'n y desintegracio'n de la familia, y que son vi'ctimas de actos de
asesinato, terrorismo, tortura, desapariciones involuntarias, esclavitud
sexual, violacio'n [y sus consecuencias], abuso sexual y [embarazos forzados],
especialmente como resultado de poli'ticas de depuracio'n e'tnica y otras
nuevas formas de violencia.  Ello se ve agravado por las trauma'ticas
consecuencias de cara'cter social, econo'mico y psicolo'gico causadas por los
conflictos armados y [la ocupacio'n extranjera], consecuencias que se sufren
durante toda la vida.]

137. Las mujeres y los nin~os constituyen un 80% de los 23 millones de
refugiados y de los 26 millones de personas [internamente] desplazadas en el
mundo.  Se ven amenazados con la privacio'n de sus bienes, de bienes y
servicios y de su derecho [ba'sico] de regresar a su hogar de origen, asi'
como con la violencia y la inseguridad.  Habri'a que prestar especial
atencio'n a la violencia sexual contra las mujeres y las nin~as desarraigadas,
que se emplea como me'todo de persecucio'n en campan~as sistema'ticas de
terror e intimidacio'n, y al hecho de que se obligue a los miembros de un
determinado grupo e'tnico, cultural o religioso a huir abandonando sus
hogares.  [Las mujeres tambie'n pueden verse obligadas a huir debido a la
persecucio'n que entran~a y [la violencia sexual o por razo'n de sexo,] siguen
siendo vulnerables a la violencia y la explotacio'n durante su hui'da, en los
pai'ses de asilo y de reasentamiento, y durante y despue's de la
repatriacio'n.  Con frecuencia, en algunos pai'ses de asilo, las mujeres
encuentran dificultades para que se las reconozca como refugiadas debido a la
persecucio'n que entran~a [violencia sexual o por razo'n de sexo]].

138. Las mujeres refugiadas, desplazadas y migrantes en la mayori'a de los
casos muestran fortaleza, resistencia y habilidad y pueden contribuir en forma
positiva en los pai'ses de reasentamiento o al regresar a sus pai'ses de
origen.  Es necesario que participen debidamente en las decisiones que las
afectan.

139. Muchas organizaciones no gubernamentales de mujeres han pedido que se
reduzcan los gastos militares en todo el mundo, asi' como el comercio, el
tra'fico y la proliferacio'n de armas a nivel internacional.  Las personas
ma's afectadas por [los conflictos] [los gastos militares excesivos] son las
que viven en la pobreza, que se ven privadas de servicios ba'sicos debido a la
falta de inversio'n en dichos servicios.  Las mujeres pobres, especialmente
las mujeres de las zonas rurales, tambie'n sufren los efectos de la
utilizacio'n de armas que puedan considerarse excesivamente nocivas o de
efectos indiscriminados.  Hay ma's de 100 millones de minas terrestres contra
personal diseminadas en 64 pai'ses.  [El gasto militar excesivo es una de las
principales limitaciones para el desarrollo.]  [Al mismo tiempo, el
mantenimiento de la seguridad y la paz nacionales [es un importante factor]
[es indispensable] para el crecimiento econo'mico y el desarrollo y para la
potenciacio'n de la mujer.]

140. [La estabilidad y la seguridad internacionales son requisitos previos
para lograr el crecimiento econo'mico y el desarrollo.  En el nuevo entorno
internacional, el poderi'o militar no es garanti'a de seguridad.  Los efectos
de las migraciones en masa, la delincuencia, el problema de las drogas, las
enfermedades, las violaciones de los derechos humanos, la degradacio'n del
medio ambiente, las presiones del crecimiento de la poblacio'n y el
subdesarrollo trascienden las fronteras nacionales.  Esos nuevos problemas que
se presentan a la paz y la seguridad tienen consecuencias a nivel local,
regional y mundial.]

141. Durante los conflictos armados y la destruccio'n de las comunidades, la
funcio'n de las mujeres es decisiva.  Ellas procuran conservar el orden social
en medio de los conflictos armados y de otra i'ndole.  [Las mujeres aportan
una contribucio'n importante, aunque con frecuencia no reconocida, como
educadoras en pro de la paz tanto en la familia como en la sociedad.]

142. Para conseguir una paz duradera es imprescindible impartir, desde
temprana edad, una educacio'n que promueva una cultura de paz en que se
defienda la justicia y la tolerancia para todas las naciones y los pueblos. 
Esa educacio'n debe incluir elementos de solucio'n de conflictos, mediacio'n,
disminucio'n de prejuicios y respeto por la diversidad.

143. Al encarar los conflictos armados o de otra i'ndole, deberi'a fomentarse
un criterio activo y visible de incorporar en todas las poli'ticas y programas
una perspectiva en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con el
ge'nero, de manera que antes de adoptar una decisio'n se analicen los efectos
sobre la mujer y el hombre respectivamente.

[Incrementar la participacio'n de la mujer en la solucio'n de los
conflictos y proteger a las mujeres en los conflictos armados  
y de otra i'ndole y bajo la ocupacio'n extranjera]

Objetivo estrate'gico E.1.  Incrementar y fortalecer la participacio'n      
                           de la mujer en la solucio'n de los conflictos   
                           y en el proceso de adopcio'n de decisiones y     
                           en la direccio'n de actividades relacionadas    
                           con la paz y la seguridad y proteger a las     
                           mujeres en los conflictos armados y de otra    
                           i'ndole [y a las que viven bajo la ocupacio'n
                           extranjera]

Medidas que han de adoptarse

144. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones
intergubernamentales internacionales y regionales:

     a)   [Adoptar medidas para establecer un nivel que permita promover el
          equilibrio entre los sexos y asegurar la participacio'n de la mujer
          en pie de igualdad, teniendo debidamente en cuenta la distribucio'n
          geogra'fica equitativa, y asegurar que se ofrezcan oportunidades a
          las mujeres calificadas para participar en todos los foros y las
          actividades en pro de la paz de las Naciones Unidas a nivel de
          representacio'n y de adopcio'n de decisiones, incluso en la
          Secretari'a de las Naciones Unidas;]

     b)   Reforzar la funcio'n de la mujer y [aumentar el porcentaje de
          mujeres en todos los niveles de adopcio'n de decisiones en las
          instituciones nacionales e internacionales que puedan formular o
          influir la formulacio'n de poli'ticas con respecto a cuestiones
          relativas al mantenimiento de la paz] [incluso en las misiones de
          observacio'n] [establecimiento de la paz, actividades de
          determinacio'n de los hechos y diplomacia preventiva,] y en todas
          las etapas de los procesos de mediacio'n y las negociaciones de paz;
          [de conformidad con las recomendaciones concretas formuladas por el
          Secretario General en su plan de accio'n estrate'gico para el
          mejoramiento de la condicio'n de la mujer en la Secretari'a (1995-
          2000) (A/49/587, secc. IV);

     c)   [Integrar una [perspectiva en que se tengan en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero] en el resultado de los conflictos
          armados o de otra i'ndole [y la ocupacio'n extranjera] y procurar
          lograr un equilibrio entre los sexos al promover candidatos para
          ocupar puestos judiciales y de otra i'ndole en organismos
          internacionales, [como los tribunales de cri'menes de guerra,
          incluidos los Tribunales Internacionales de las Naciones Unidas para
          la antigua Yugoslavia y para Rwanda,] la Corte Internacional de
          Justicia [asi' como otras instituciones relacionadas con el arreglo
          paci'fico de controversias];]

     d)   Asegurar que todos estos o'rganos puedan tratar debidamente las
          cuestiones relacionadas con el ge'nero impartiendo la capacitacio'n
          correspondiente a los fiscales y a los magistrados y a otros
          funcionarios en los casos relativos a violaciones [y sus
          consecuencias], [embarazos forzados], atentados al pudor y otras
          formas de violencia contra la mujer [en los conflictos armados y en
          la ocupacio'n extranjera e integrar una perspectiva apropiada en su
          labor].

     e)   Reforzar la participacio'n de la mujer en los procesos de
          reconciliacio'n y reconstruccio'n nacionales despue's de todas
          las formas de conflicto.


Objetivo estrate'gico E.2.  [Reducir los gastos militares y limitar 
                               la disponibilidad de armamentos]            
                            [Reducir y eliminar la disponibilidad de 
                              instrumentos de violencia contra la mujer] 

Medidas que han de adoptarse

145. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Aumentar y hacer ma's ra'pida, atendiendo a las consideraciones
          relativas a la seguridad nacional, la conversio'n de recursos
          militares e industrias conexas a objetivos [de desarrollo y de paz];

     b)   Explorar medios innovadores de generar nuevos recursos financieros
          pu'blicos y privados, entre otras cosas mediante la reduccio'n
          adecuada de los gastos militares excesivos, inclusive los gastos
          militares y el comercio de armamentos en el plano mundial, y las
          inversiones en produccio'n y adquisicio'n de armas, teniendo en
          cuenta las exigencias de la seguridad nacional, para permitir la
          posible asignacio'n de fondos adicionales al desarrollo social y
          econo'mico, [en particular para el adelanto de la mujer];

     c)   [[Comunicar datos al Registro de Armas Convencionales de las
          Naciones Unidas y examinar la posibilidad de ampliar el Registro
          para abarcar un mayor nu'mero de tipos de armamentos] [Promover la
          universalidad del Registro de Armas Convencionales de las Naciones
          Unidas como medio efectivo de fomentar la confianza en el plano
          mundial] [e incluir en sus informes anuales informacio'n sobre las
          existencias y las compras de armas sobre la base de la produccio'n
          nacional].  Registrar, y finalmente eliminar, el desarrollo, la
          produccio'n, el despliegue y la venta de armas ofensivas y, como
          primera medida, ampliar [el Registro de Armas Convencionales de las
          Naciones Unidas para incluir la produccio'n y la comercializacio'n]
          haciendo obligatoria la presentacio'n de informes, e incluir todos
          los tipos de armas, como las armas nucleares, qui'micas y
          biolo'gicas];

     d)   [Reconocer y examinar los peligros que representan para la sociedad
          los conflictos armados, la produccio'n excesiva y el comercio
          ili'cito de armas, vinculados al blanqueo de dinero, y la venta de
          armas particularmente nocivas o de efectos indiscriminados, el
          terrorismo, la violencia, la delincuencia y la produccio'n, la
          utilizacio'n y el tra'fico ili'citos de drogas y el tra'fico de
          mujeres y nin~os.]  Aunque es necesario reconocer las necesidades
          legi'timas de la defensa nacional, tambie'n hay que reconocer y
          abordar los peligros que para la sociedad representan los conflictos
          armados, los efectos negativos de los gastos militares excesivos, el
          comercio de armamentos, sobre todo de armamentos particularmente
          nocivos o de efectos indiscriminados, y las inversiones excesivas en
          la produccio'n de armas.  De modo ana'logo, debe reconocerse la
          necesidad de luchar contra el tra'fico ili'cito de armas, la
          violencia, la delincuencia, la produccio'n, la utilizacio'n y el
          tra'fico ili'citos de drogas y el tra'fico de mujeres y nin~os;

     e)   [Adoptar inmediatamente/examinar la posibilidad de adoptar] una
          moratoria respecto de la exportacio'n y colocacio'n de minas
          terrestres antipersonal y facilitar la transferencia de la
          tecnologi'a de remocio'n de minas sin restriccio'n ni
          discriminacio'n; comprometerse a destruir las existencias actuales
          de minas terrestres antipersonal; incrementar la asistencia para la
          remocio'n de minas, en particular para promover la investigacio'n
          cienti'fica encaminada a hacer avanzar ra'pidamente la tecnologi'a
          de deteccio'n y remocio'n de minas; y examinar la posibilidad de
          ratificar la Convencio'n de las Naciones Unidas de 1981 sobre
          prohibiciones y restricciones del empleo de ciertas armas
          convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de
          efectos indiscriminados 24/ y del Protocolo sobre prohibiciones o
          restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos
          24/ (Protocolo II);

     f)   [Promover la eliminacio'n de todas las armas de destruccio'n en
          masa, sobre todo las armas nucleares.]


Objetivo estrate'gico E.3.  Promover formas no violentas de solucio'n
                           de conflictos y reducir la incidencia de
                           las violaciones de los derechos humanos 
                           en las situaciones de conflicto         

Medidas que han de adoptarse

146. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Examinar la posibilidad de ratificar los instrumentos
          internacionales que contengan disposiciones relativas a la
          proteccio'n de las mujeres y los nin~os en los conflictos armados, o
          de adherirse a esos instrumentos, inclusive el Convenio de Ginebra
          relativo a la proteccio'n debida a las personas civiles en tiempo de
          guerra de 1949, el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra de
          1949 relativo a la proteccio'n de las vi'ctimas de los conflictos
          armados internacionales (Protocolo I) y la proteccio'n de las
          vi'ctimas de los conflictos armados sin cara'cter internacional
          (Protocolo II);

     b)   Respetar plenamente en los conflictos armados las normas del derecho
          internacional humanitario y adoptar todas las medidas necesarias
          para proteger a las mujeres y los nin~os, en particular contra la
          violacio'n, la prostitucio'n forzada y cualquier otra forma de
          agresio'n con cara'cter sexual.

147. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y regionales:

     a)   Reafirmar el derecho a la libre determinacio'n de todos los pueblos,
          en particular de los pueblos bajo dominacio'n colonial u otra forma
          de dominacio'n extranjera u ocupacio'n extranjera, y la importancia
          de la realizacio'n efectiva de ese derecho, segu'n se enuncia, entre
          otras cosas, en la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena 2/,
          aprobados por la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos;

     b)   [Alentar la diplomacia, [la diplomacia preventiva,] la negociacio'n
          y el arreglo paci'fico de las controversias, de conformidad con la
          Carta de las Naciones Unidas, en particular los pa'rrafos 3 y 4 del
          Arti'culo 2;]

     c)   [Examinar la posibilidad de establecer una dependencia especial de
          las Naciones Unidas para la prevencio'n y solucio'n por terceros de
          los conflictos y estudiar la composicio'n por sexos de esa
          dependencia;]

     d)   Instar a que se identifique y condene la pra'ctica sistema'tica de
          la violacio'n y otras formas de tratos inhumanos y degradantes
          utilizados contra las mujeres como instrumento deliberado de guerra
          y de depuracio'n e'tnica, y adoptar medidas para asegurar que se
          proporcione asistencia a las vi'ctimas de esos abusos para su
          rehabilitacio'n fi'sica y mental;

     e)   [Declarar que la violacio'n en el curso de un conflicto armado puede
          constituir un crimen de guerra y un crimen de lesa humanidad y, en
          ciertas circunstancias, puede considerarse un acto de genocidio, y
          adoptar todas las medidas necesarias para proteger a las mujeres y a
          los nin~os y fortalecer los mecanismos para investigar y castigar
          las violaciones y otros actos ana'logos;]

     f)   Aplicar y reforzar las normas enunciadas en los instrumentos
          internacionales humanitarios y los instrumentos internacionales de
          derechos humanos para evitar todos los actos de violencia contra las
          mujeres en situaciones de conflicto armado y en conflictos de otra
          i'ndole, y realizar investigaciones completas de todos los actos de
          violencia cometidos contra las mujeres durante las guerras, en
          particular [las violaciones sistema'ticas y] la esclavitud sexual,
          enjuiciar a todos los criminales responsables de los cri'menes de
          guerra contra las mujeres y proporcionar compensacio'n plena a las
          mujeres vi'ctimas; 

     g)   [Instar a la comunidad internacional a que condene el terrorismo y
          adopte medidas contra e'l;]

     h)   Adoptar medidas para investigar y castigar a los miembros de la
          polici'a, las fuerzas armadas, las fuerzas de seguridad y otras
          fuerzas que realicen actos de violencia contra las mujeres,
          violaciones del [derecho internacional humanitario] y violaciones de
          los derechos humanos de la mujer [que violen los derechos humanos de
          la mujer] en situaciones de conflicto armado;

     i)   Tener en cuenta las preocupaciones (relacionadas con el ge'nero al
          elaborar programas de formacio'n para todo el personal en materia de
          cuestiones de derecho internacional humanitario y de derechos
          humanos [en el plano internacional] y recomendar que se de' ese tipo
          de formacio'n a quienes participan en operaciones de asistencia
          humanitaria y de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, en
          particular con objeto de prevenir la violencia contra la mujer;

     j)   [Alentar la eliminacio'n de medidas coercitivas unilaterales que
          violen el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas,
          afecten negativamente a la poblacio'n de los pai'ses de que se
          trate, en particular a las mujeres, y puedan provocar situaciones
          que desencadenen conflictos, y abstenerse de adoptar esas medidas;]

     k)   [Adoptar medidas de conformidad con el derecho [y la legitimidad]
          internacional con miras a aliviar las repercusiones negativas para
          las mujeres y los nin~os de las sanciones econo'micas.]


Objetivo estrate'gico E.4.  Promover la contribucio'n de la mujer
                           al logro de una cultura de paz      

Medidas que han de adoptarse

148. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones
intergubernamentales internacionales y regionales y las organizaciones no
gubernamentales:

     a)   Promover la solucio'n paci'fica de los conflictos y la paz, la
          reconciliacio'n y la tolerancia mediante la educacio'n, la
          capacitacio'n, la accio'n comunitaria y los programas de intercambio
          de jo'venes, en particular de mujeres;

     b)   [En los exa'menes futuros] de la aplicacio'n del Plan de Accio'n
          para el Decenio de las Naciones Unidas para la educacio'n en la
          esfera de los derechos humanos (1995-2004), se debera'n tener en
          cuenta los resultados de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
          Mujer:  Accio'n para la Igualdad, el Desarrollo y la Paz;

     c)   Alentar la realizacio'n de investigaciones sobre la paz en que
          participen mujeres para examinar las repercusiones sobre las mujeres
          y los nin~os de los conflictos armados y el cara'cter y la
          contribucio'n de la participacio'n de las mujeres en los movimientos
          de paz nacionales, regionales e internacionales; realizar
          investigaciones e individualizar mecanismos innovadores para limitar
          la violencia y solucionar los conflictos, a fin de difundirlos entre
          el pu'blico y para su utilizacio'n por mujeres y hombres;

     d)   Realizar y difundir investigaciones sobre los efectos fi'sicos,
          psicolo'gicos, econo'micos y sociales sobre las mujeres,
          especialmente las jo'venes y las nin~as, de los conflictos armados,
          con miras a elaborar poli'ticas y programas para solucionar las
          consecuencias de esos conflictos.

     e)   Examinar la posibilidad de crear programas educativos para nin~as
          y nin~os a fin de fomentar una cultura de paz centrada en la
          solucio'n de conflictos.  [Estos programas deben promover, entre
          otras cosas, modelos positivos para hombres y nin~os que los
          alienten a utilizar medios no violentos para la solucio'n de
          conflictos.]


         Objetivo estrate'gico E.5.  Proporcionar proteccio'n, asistencia y  
                                    capacitacio'n a las mujeres refugiadas y
                                    desplazadas [inclusive a las desplazadas
                                    internamente]              

Medidas que han de adoptarse

149. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y otras instituciones que
proporcionan proteccio'n, asistencia y capacitacio'n a los refugiados y a las
personas desplazadas [internamente], como la Oficina del Alto Comisionado de
las Naciones Unidas para los Refugiados y el Programa Mundial de Alimentos,
segu'n proceda:

     a)   Adoptar medidas para asegurar que las mujeres participen plenamente
          en la planificacio'n, disen~o, aplicacio'n, supervisio'n y
          evaluacio'n de todos los proyectos y programas a corto y largo plazo
          que proporcionan asistencia a los refugiados y a las mujeres
          desplazadas [internamente], e inclusive en la gestio'n de los
          campamentos de refugiados y de los recursos para los refugiados. 
          Asegurar que las mujeres y nin~as refugiadas y desplazadas tengan
          acceso directo a los servicios proporcionados;

     b)   Ofrecer proteccio'n y asistencia adecuadas a las mujeres y nin~os 
          internamente desplazados y encontrar soluciones para las causas
          fundamentales de su desplazamiento a fin de poder evitarlo y, cuando
          proceda, facilitar su regreso o reasentamiento;

     c)   Adoptar medidas para proteger la seguridad y la integridad fi'sica
          de las refugiadas y las mujeres desplazadas [internamente] durante
          su desplazamiento y a su regreso a sus comunidades de origen,
          inclusive mediante programas de rehabilitacio'n; adoptar medidas
          eficaces para proteger de la violencia a las mujeres refugiadas o
          desplazadas, realizar una investigacio'n imparcial y exhaustiva de
          las violaciones de esa i'ndole y enjuiciar a los responsables;

     d)   [Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el derecho 
          de las mujeres refugiadas y desplazadas a regresar a sus hogares en
          condiciones seguras y bajo proteccio'n;]

     e)   Adoptar medidas, en el plano nacional y con la cooperacio'n
          internacional cuando proceda, de conformidad con la Carta de las
          Naciones Unidas para encontrar soluciones duraderas a los problemas
          de las mujeres desplazadas internamente, inclusive haciendo efectivo
          su derecho a regresar voluntariamente en condiciones de seguridad a
          sus hogares de origen;

     f)   [Tener en cuenta las necesidades y recursos concretos de las mujeres
          y los nin~os refugiados o desplazados, especialmente su acceso
          apropiado y suficiente a alimentos, agua, vivienda y servicios de
          atencio'n de la salud, inclusive de la salud reproductiva, en la
          prestacio'n de socorro de emergencia y asistencia a largo plazo]
          [Asegurar que la comunidad internacional y las organizaciones
          internacionales proporcionen recursos financieros y de otra i'ndole
          a los gobiernos [en los pai'ses de asilo] a fin de poder prestar
          socorro de emergencia y asistencia a largo plazo, teniendo en cuenta
          las necesidades y recursos concretos de las mujeres y los nin~os
          refugiados o desplazados, especialmente su acceso apropiado y
          suficiente a alimentos, agua, vivienda y servicios de atencio'n de
          la salud, inclusive de la salud reproductiva] [inclusive vacunas;
          medicinas ba'sicas y medicinas para la curacio'n de enfermedades
          tropicales, como el paludismo y la fiebre tifoidea; atencio'n plena
          de la maternidad, inclusive la atencio'n prenatal y postnatal;
          atencio'n dental; y atencio'n de la salud reproductiva;]

     g)   Facilitar la disponibilidad de material docente, en el idioma 
          apropiado - tambie'n en las situaciones de emergencia - a fin de
          reducir al mi'nimo la interrupcio'n de la ensen~anza entre los
          nin~os refugiados y desplazados;

     h)   Aplicar normas internacionales para garantizar la igualdad de acceso
          y la igualdad de trato de mujeres y hombres en lo que respecta a los
          procedimientos de determinacio'n del estatuto de refugiado y
          concesio'n de asilo, incluido el pleno respeto y la observancia
          estricta del principio de no devolucio'n [en particular para las
          mujeres y los nin~os refugiados] por medio, entre otras cosas, de la
          adaptacio'n de las normas nacionales de inmigracio'n a los
          instrumentos internacionales pertinentes, y considerar la
          posibilidad [los factores relacionados con el sexo] de reconocer
          como refugiadas a las mujeres cuya solicitud de reconocimiento de la
          condicio'n de refugiada se base [en un miedo bien fundado de sufrir
          persecuciones en forma de violencia sexual o por factores
          relacionados con el ge'nero] [en las] razones enumeradas en la
          Convencio'n sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el
          Protocolo de 1967 y facilitar el acceso a funcionarios especialmente
          capacitados, especialmente funcionarias, para entrevistar a las
          mujeres cuando se trate de experiencias delicadas o dolorosas tales
          como la agresio'n sexual;

     i)   [Apoyar y promover los esfuerzos] de los Estados dirigidos a
          [Considerar la posibilidad de] desarrollar criterios y directrices
          sobre las respuestas a la persecucio'n dirigida especi'ficamente a
          las mujeres, mediante el intercambio de informacio'n sobre las
          iniciativas de los Estados para formular tales criterios y
          directrices y la supervisio'n a fin de lograr su aplicacio'n justa y
          consecuente;

     j)   Promover la autosuficiencia de las mujeres refugiadas y desplazadas
          [internamente] y ofrecer programas para las mujeres, en particular
          las jo'venes, de formacio'n de liderazgo y adopcio'n de decisiones
          en las comunidades de refugiados y repatriados;

     k)   Lograr que se protejan los derechos humanos de las refugiadas y las
          mujeres desplazadas y que e'stas conozcan esos derechos; garantizar
          el reconocimiento de la importancia vital de la reunificacio'n de
          las familias;

     l)   [Adoptar medidas especiales, segu'n resulte apropiado, para ofrecer
          a las mujeres reconocidas como refugiadas programas de formacio'n
          profesional, incluyendo en esos programas la ensen~anza de idiomas,
          la capacitacio'n para el establecimiento de empresas en pequen~a
          escala, la planificacio'n de la familia y la asistencia a las
          vi'ctimas de todas las formas de violencia contra las mujer, incluso
          la rehabilitacio'n de las vi'ctimas de la tortura y de los traumas,
          y aumentar considerablemente la contribucio'n internacional a los
          programas generales para ayudar a los refugiados, en particular en
          los pai'ses que acogen al mayor nu'mero de refugiados;]

     m)   Aumentar la conciencia del pu'blico sobre la contribucio'n que
          aportan las mujeres refugiadas a los pai'ses de reasentamiento;
          promover el entendimiento de sus derechos humanos y de sus
          necesidades y capacidades; y fomentar el entendimiento y la
          aceptacio'n mutuos por medio de programas educacionales que
          promuevan la concordia entre las culturas y las razas; 

     n)   [Proporcionar servicios ba'sicos y de apoyo a las mujeres
          desplazadas de sus lugares de origen a consecuencia del terrorismo,
          la violencia, el tra'fico de drogas en otras razones relacionadas
          con situaciones de violencia;]

     o)   Desarrollar la conciencia de los derechos humanos [internacionales]
          de las mujeres y proporcionar, cuando resulte apropiado, ensen~anza
          y capacitacio'n en materia de derechos humanos al personal militar y
          policial que actu'a en zonas de los conflictos armados y en zonas
          donde hay refugiados.

150. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Difundir y aplicar las Directrices del ACNUR sobre la proteccio'n de
          las mujeres refugiadas y las directrices sobre la evaluacio'n y el
          cuidado de las vi'ctimas de traumas y violencia, o elaborar
          directrices ana'logas, en estrecha cooperacio'n con las mujeres
          refugiadas y en todos los sectores de los programas para refugiados;

     b)   [Proteger a las mujeres y a los nin~os que emigran como miembros de
          una familia del abuso o la denegacio'n de sus derechos humanos por
          parte de los patrocinadores y examinar la posibilidad de prorrogar
          su estancia en caso de que se disuelva la relacio'n familiar, dentro
          de los li'mites de la legislacio'n nacional;] [Este apartado se
          trasladara' a otro sitio.]


          [Nuevo objetivo estrate'gico E.6.  Proporcionar asistencia a las
                                            mujeres de las colonias        

Medidas que han de adoptarse

151. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales:

     a)   [Apoyar y promover el reconocimiento y la aplicacio'n del derecho
          universal de todos los pueblos a la libre determinacio'n y
          garantizar que, en virtud de ese derecho, determinen libremente su
          condicio'n poli'tica y traten de lograr libremente su desarrollo
          econo'mico, social y cultural, teniendo en cuenta los intereses de
          las mujeres de las colonias y proporcionando programas especiales de
          formacio'n en capacidad de organizacio'n y de adopcio'n de
          decisiones;]]

     b)   [Aumentar la conciencia pu'blica por conducto de los medios de
          comunicacio'n, la educacio'n a todos los niveles y los programas
          especiales para lograr un mejor entendimiento de la situacio'n de
          las mujeres de las colonias].]


        F.  [Desigualdad de acceso y participacio'n de la mujer en la
            definicio'n de las estructuras y las poli'ticas econo'micas
            [y en el proceso de produccio'n]] [Potencial econo'mico
            e independencia de la mujer] [Igualdad entre el hombre
            y la mujer en las estructuras y las poli'ticas econo'micas
            y en todas las formas de actividad productiva]

152. El grado de acceso del hombre y la mujer a las estructuras econo'micas de
sus sociedades y sus respectivas oportunidades de ejercer poder en ellas son
considerablemente diferentes.  En la mayor parte del mundo es escasa o nula la
presencia de mujeres en los niveles de adopcio'n de decisiones econo'micas,
incluida la formulacio'n de poli'ticas financieras, monetarias, comerciales y
de otra i'ndole, asi' como los sistemas fiscales y los regi'menes salariales. 
Dado que a menudo esas poli'ticas determinan la forma en que los hombres y las
mujeres deciden, entre otras cosas, co'mo dividira'n su tiempo entre el
trabajo remunerado y el no remunerado en el marco de esas poli'ticas, la
evolucio'n real de esas estructuras y poli'ticas econo'micas incide
directamente en el acceso de la mujer y el hombre a los recursos econo'micos,
en su poder econo'mico y, por ende, en su situacio'n reci'proca en el plano
individual y familiar, asi' como en la sociedad en su conjunto.

153. En muchas regiones, la participacio'n de la mujer en el trabajo
remunerado durante el pasado decenio aumento' notablemente y se transformo'
tanto en el mercado laboral estructurado como en el no estructurado.  [Aunque
siguieron trabajando en los sectores agri'cola y pesquero, las mujeres
comenzaron a participar cada vez ma's en microempresas y empresas de pequen~a
y mediana escala, y adquirieron ma's preponderancia en un sector no
estructurado cada vez mayor.  El aspecto negativo es que fueron las penurias
econo'micas las que obligaron a muchas mujeres a incorporarse al mercado
laboral, donde se las prefirio' a los hombres por considerarse que eran ma's
fa'ciles de subordinar trabajando muchas veces en condiciones deficientes y
con bajo salario.  Otras mujeres, por el contrario, se incorporaron a la
fuerza de trabajo por propia eleccio'n, a medida que cobraron una mayor
conciencia de sus derechos].  [En otras regiones, la participacio'n de la
mujer en la vida econo'mica se transformo' como parte del proceso de
reestructuracio'n que elimino' puestos de trabajo para muchas profesionales y
trabajadoras especializadas].  La economi'a sigue teniendo como
caracteri'stica predominante el empleo separado por sexos; persisten las
diferencias entre los sueldos de hombres y mujeres por un trabajo de igual
valor, tanto en el sector privado como en el sector pu'blico.  Aunque las
mujeres se han ido convirtiendo en propietarias y directoras de empresas
pequen~as y medianas, su participacio'n sigue siendo insuficiente en los
niveles de adopcio'n de decisiones econo'micas tanto en el plano nacional como
en el internacional.  [Asimismo, las cuestiones que afectan a la mujer y la
diferencia de trato por razo'n de sexo esta'n ausentes en gran medida en el
proceso de elaboracio'n de

poli'ticas de las instituciones multilaterales [que definen las condiciones en
que se desarrollan los programas de ajuste estructural y se otorgan los
pre'stamos y las subvenciones].]

154. La discriminacio'n en los sistemas de educacio'n y capacitacio'n, asi'
como en las pra'cticas de contratacio'n, remuneracio'n, ascenso y movilidad
horizontal, las condiciones de trabajo inflexibles, la falta de acceso a los
recursos productivos, la distribucio'n inadecuada de las tareas familiares,
junto con la falta o insuficiencia de servicios tales como los de guarderi'a
siguen restringiendo el empleo asi' como las oportunidades econo'micas,
profesionales y de otra i'ndole y la movilidad de las mujeres, aumentan los
problemas relacionados con su participacio'n en las actividades econo'micas. 
Adema's, hay obsta'culos psicolo'gicos que dificultan la participacio'n de la
mujer en la formulacio'n de poli'ticas econo'micas y [en algunas regiones,
restringen el acceso de las nin~as a] la educacio'n y la capacitacio'n para la
gestio'n econo'mica.

155. La participacio'n de la mujer en la fuerza laboral sigue aumentando; en
casi todas partes ha aumentado el trabajo de la mujer fuera del hogar, aunque
no se ha aligerado en consecuencia su carga de trabajo no remunerado en el
hogar y en la comunidad.  Los ingresos que aporta la mujer son cada vez ma's
necesarios en hogares de todo tipo.  En algunas regiones han aumentado las
actividades empresariales y otras actividades auto'nomas de la mujer, en
particular en el sector no estructurado.  En muchos pai'ses son mujeres la
mayori'a de los trabajadores empleados en condiciones especiales, a saber, las
personas que trabajan en forma temporal, eventual, las que tienen varios
empleos a jornada parcial, los trabajadores por contrata y los que trabajan en
su propio domicilio.

156.  [Las migrantes, especialmente las trabajadoras dome'sticas, contribuyen
con sus remesas a la economi'a del pai's de donde provienen y, al mismo
tiempo, contribuyen a la economi'a del pai's donde trabajan al hacerse cargo
de la labor dome'stica de las mujeres de ese pai's, lo cual permite a e'stas
participar en el trabajo productivo.]

157. A causa de la poca atencio'n que se ha prestado a los ana'lisis segu'n el
ge'nero, a menudo se pasan por alto la contribucio'n y los intereses de la
mujer en las estructuras econo'micas, tales como los mercados y las
instituciones financieras, los mercados laborales, la economi'a como
disciplina acade'mica, la infraestructura econo'mica y social, los sistemas
fiscales y de seguridad social, asi' como en la familia y en el hogar.  En
consecuencia, es posible que muchas poli'ticas y programas sigan contribuyendo
a la desigualdad entre la mujer y el hombre.  En los casos en que se ha
avanzado en la integracio'n de los aspectos relacionados con el ge'nero,
tambie'n ha aumentado la eficacia de los programas y las poli'ticas.

158. Aunque muchas mujeres han mejorado su situacio'n en las estructuras
econo'micas, la mayor parte, sobre todo las que tropiezan con impedimentos
adicionales, siguen sin poder alcanzar la autonomi'a econo'mica y medios de
vida sostenibles para ellas y las personas a su cargo.  Las mujeres suelen
realizar actividades econo'micas de diversa i'ndole en forma combinada, desde
el trabajo asalariado y las actividades agri'colas y pesqueras de subsistencia
hasta las actividades del sector no estructurado.  No obstante, las barreras
juri'dicas
y consuetudinarias que impiden la propiedad o el acceso a la tierra, los
recursos naturales, el capital, el cre'dito, la tecnologi'a y otros medios de
produccio'n, asi' como las diferencias salariales, contribuyen a obstaculizar
el progreso econo'mico de la mujer.  [Todavi'a no se reconoce debidamente ni
se registra el valor de la contribucio'n no remunerada de las mujeres a la
economi'a, ya sea [en el hogar,] en las actividades agri'colas, la produccio'n
alimentaria, las empresas familiares[,] los servicios comunitarios [o el
trabajo dome'stico], por lo que no queda reflejado en las estadi'sticas
laborales ni en las cuentas nacionales].  Al elaborar poli'ticas econo'micas y
sociales es preciso mejorar la formulacio'n de conceptos estadi'sticos y los
me'todos para medir [y valorar] las actividades productivas no remuneradas.

159. [Aunque se han creado algunas nuevas oportunidades de empleo para las
mujeres como consecuencia de [los acontecimientos econo'micos recientes]
[la internacionalizacio'n de la economi'a], tambie'n han surgido tendencias
que han agravado las desigualdades entre las mujeres y los hombres.  En
algunos casos la internacionalizacio'n menoscaba las iniciativas auto'nomas de
las mujeres en materia de ahorro, produccio'n y comercio.  En algunas
regiones, la divisio'n internacional del trabajo y la divisio'n del trabajo
basada en el sexo con frecuencia ha aumentado la tendencia a circunscribir a
la mujer a un nu'mero limitado de ocupaciones.]

160. Esas tendencias se han caracterizado por los salarios bajos, poca o
ninguna proteccio'n de las normas laborales, deficientes condiciones de
trabajo particularmente con respecto a la seguridad y la salud ocupacional de
la mujer, bajos niveles de especializacio'n profesional y la falta de
seguridad social y seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado
como en el no estructurado.  El desempleo de la mujer es un problema grave que
va en aumento en muchos pai'ses y sectores.  Las trabajadoras jo'venes del
sector no estructurado y el sector rural y las trabajadoras migrantes siguen
siendo las categori'as menos protegidas por la legislacio'n laboral y las
leyes de inmigracio'n.  Las mujeres, particularmente las que son jefas del
hogar con nin~os pequen~os, tienen escasas oportunidades de empleo debido,
entre otras cosas, a que las condiciones de trabajo no son flexibles y a que
los hombres y la sociedad no comparten lo suficiente las responsabilidades
familiares.

161. [En los pai'ses que esta'n sufriendo una transformacio'n poli'tica,
econo'mica y social fundamental, los conocimientos de la mujer han aportado
una importante contribucio'n a la vida econo'mica de sus pai'ses, pero esos
conocimientos no se aprovechan de manera apropiada en las nuevas economi'as
que esta'n surgiendo.]

162. La falta de empleos en el sector privado y las reducciones de servicios
pu'blicos y de los puestos correspondientes han afectado de manera
desproporcionada a la mujer.  En algunos pai'ses, las mujeres se hacen cargo
de ma's trabajo no remunerado [reemplazando a los servicios pu'blicos], como
el cuidado de los nin~os, de los enfermos o de los ancianos y como
compensacio'n de los ingresos familiares perdidos [particularmente cuando no
se dispone de servicios pu'blicos].  En muchos casos, [las estrategias de
creacio'n de empleo han tendido, no obstante, a concentrarse en las
ocupaciones y los sectores en que tradicionalmente han predominado los
hombres].

163. [Muchas de las mujeres que tienen un trabajo remunerado tropiezan con
obsta'culos que les impiden realizar su potencial.  Si bien cada vez es ma's
frecuente que haya algunas mujeres en los niveles administrativos inferiores,
a menudo la discriminacio'n psicolo'gica impide que sigan ascendiendo. 
La experiencia del hostigamiento sexual es una afrenta a la dignidad de la
trabajadora e impide a las mujeres efectuar una contribucio'n acorde con sus
capacidades.  La inexistencia de un entorno de trabajo propicio para la
familia, incluida la falta de servicios de guarderi'a infantil apropiados y
asequibles y los horarios de trabajo poco flexibles, impiden adema's a las
mujeres realizar su pleno potencial.]

164. En el sector privado, [tanto en las empresas transnacionales como en las
nacionales,] las mujeres esta'n ausentes en gran medida de los niveles
ejecutivos y de gestio'n, lo cual denota que las poli'ticas y pra'cticas de
contratacio'n y ascenso son discriminatorias.  El entorno laboral
desfavorable, asi' como el nu'mero limitado de oportunidades de empleo
disponibles, han llevado a muchas mujeres a buscar otras opciones.  Cada vez
hay ma's mujeres empleadas por cuenta propia y propietarias y administradoras
de microempresas o de empresas pequen~as y medianas.  La expansio'n del sector
no estructurado en muchos pai'ses, y de la empresa auto'noma e independiente
se debe en gran parte a las mujeres, cuyas iniciativas [y pra'cticas
tradicionales, de colaboracio'n y de autoayuda] en los sectores productivo y
mercantil representan un recurso econo'mico fundamental.  Mediante el acceso
al capital y su control, el cre'dito y otros recursos, la tecnologi'a y la
capacitacio'n, las mujeres pueden aumentar la produccio'n,
la comercializacio'n y los ingresos para el desarrollo sostenible.

165. Habida cuenta de que la continuacio'n de las desigualdades coexiste con
progresos tangibles, es necesario replantear las poli'ticas de empleo a fin de
que en ellas se tengan en cuenta los intereses de la mujer y sen~alar una gama
ma's amplia de oportunidades, asi' como hacer frente a las posibles
consecuencias negativas para la mujer de las actuales estructuras de trabajo y
empleo.  Para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer en su
contribucio'n a la economi'a, se requieren esfuerzos decididos para que se
reconozca y aprecie por igual la influencia que el trabajo, la experiencia,
los conocimientos y los valores tanto de la mujer como del hombre, tienen en
la sociedad. 

166. Al tratar la cuestio'n del potencial econo'mico y la independencia
econo'mica de la mujer, los gobiernos y otros interesados deberi'an fomentar
una poli'tica activa y evidente que consista en lograr que en todas las
poli'ticas y programas de cara'cter general se incorporen los factores
relacionados con el ge'nero de manera que antes de adoptar decisiones, se
analicen los efectos que han de tener tanto para la mujer como para el hombre.


            [Promover la autosuficiencia econo'mica de la mujer,   
            incluidos el acceso al empleo, condiciones de trabajo 
            apropiadas y el control de los recursos econo'micos,   
               a saber, la tierra, el capital y la tecnologi'a]

       Objetivo estrate'gico F.1.  [Promover la autosuficiencia de la 
                                  mujer, incluidos el acceso al empleo,    
                                  condiciones de trabajo apropiadas y  
                                  el control de los recursos econo'micos,
                                  a saber, la tierra, el capital, el
                                  cre'dito y la tecnologi'a] [Garantizar
                                  los derechos econo'micos de la mujer]       

   

Medidas que han de adoptase

167. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen los derechos de la
          mujer y el hombre a una remuneracio'n igual por el mismo trabajo o
          por un trabajo de igual valor;

     b)   Aprobar y aplicar leyes contra la discriminacio'n por motivos de
          sexo, [edad, raza y religio'n] en el mercado de trabajo, en la
          contratacio'n y el ascenso, en la concesio'n de prestaciones
          laborales y de seguridad social y en las condiciones de trabajo;

     c)   Adoptar medidas apropiadas para tener en cuenta el papel y las
          funciones reproductivas de la mujer y eliminar las pra'cticas
          discriminatorias de los empleadores, tales como no contratar o
          despedir a mujeres debido al embarazo o la lactancia materna, o
          exigir pruebas de utilizacio'n de anticonceptivos, y adoptar medidas
          eficaces para garantizar que las mujeres embarazadas, las mujeres
          con licencia de maternidad o las mujeres que se reintegran al
          mercado laboral despue's de tener hijos no sufran discriminacio'n
          alguna;

     d)   Elaborar mecanismos y tomar medidas positivas que permitan a la
          mujer participar plenamente y en condiciones de igualdad en la
          formulacio'n de poli'ticas y en la definicio'n de estructuras por
          medio de organizaciones como los ministerios de hacienda y comercio,
          las comisiones econo'micas nacionales, los institutos de
          investigacio'n econo'mica y otros organismos fundamentales, asi'
          como mediante su participacio'n en los o'rganos internacionales
          pertinentes;

     e)   [Emprender reformas legislativas y administrativas que otorguen a la
          mujer iguales derechos que los hombres [derechos equitativos] a los
          recursos econo'micos, incluso a la propiedad y el control de la
          tierra y otros bienes, al cre'dito, a la herencia, a los recursos
          naturales y a la tecnologi'a apropiada;]

     f)   Revisar los sistemas nacionales de impuestos sobre la renta y de
          impuestos sobre la herencia y los sistemas de seguridad social con
          objeto de eliminar cualquier posible discriminacio'n contra la
          mujer;

     g)   Tratar de llegar a un conocimiento ma's completo en materia de
          trabajo y empleo, entre otras cosas, mediante actividades para medir
          y comprender mejor el tipo, el alcance y la distribucio'n del
          trabajo no remunerado, particularmente el trabajo de cuidar de los
          familiares a cargo y el trabajo no remunerado realizado para las
          empresas o explotaciones agri'colas familiares, y estimular el
          intercambio y la difusio'n de informacio'n sobre los estudios y la
          experiencia en esta materia, inclusive la formulacio'n de me'todos
          para determinar su valor en te'rminos cuantitativos que permitan
          eventualmente reflejar dicho valor en cuentas que puedan producirse
          por separado, aunque de manera acorde con las cuentas nacionales
          ba'sicas; 

     h)   [Proporcionar a los pai'ses en desarrollo asistencia te'cnica y
          financiacio'n para reunir datos sobre el trabajo no remunerado e
          incorporarlos a sus cuentas nacionales y sus estadi'sticas
          econo'micas;]

     i)   Revisar y reformar las leyes que regulen el funcionamiento de las
          instituciones financieras a fin de que e'stas presten servicios a
          las mujeres en las mismas condiciones que se aplican a los hombres;

     j)   [Procurar que los procesos presupuestarios sean ma's abiertos y
          transparentes];

     k)   Revisar y aplicar poli'ticas nacionales que apoyen los mecanismos
          nacionales de ahorro, cre'dito y pre'stamo para la mujer;

     l)   Lograr que las poli'ticas nacionales relacionadas con los acuerdos
          comerciales internacionales y regionales no tengan efectos
          perjudiciales para las actividades econo'micas nuevas y
          tradicionales de la mujer;

     m)   [Velar por que las empresas transnacionales cumplan las leyes y
          co'digos nacionales, las normas de seguridad social, las leyes
          relativas al medio ambiente y otras leyes pertinentes;]

     n)   Modificar las poli'ticas de empleo a fin de facilitar la
          reestructuracio'n de los regi'menes laborales de manera que
          promuevan la posibilidad de compartir las responsabilidades
          familiares;

     o)   Establecer mecanismos y otros foros que permitan a las empresarias y
          a las trabajadoras contribuir a la formulacio'n de las poli'ticas y
          programas que este'n elaborando los ministerios econo'micos y las
          instituciones financieras;

     p)   Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen la igualdad de
          oportunidades, adoptar medidas positivas y asegurar su cumplimiento
          en los sectores pu'blico y privado por distintos medios;

     q)   Utilizar en la formulacio'n de las poli'ticas macroecono'micas,
          microecono'micas y sociales el ana'lisis de sus efectos particulares
          en el hombre y la mujer a fin de vigilar esos efectos y modificar
          las poli'ticas en los casos en que tengan efectos perjudiciales;

     r)   Fomentar poli'ticas y medidas que tengan en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero a fin de crear las condiciones para que
          la mujer pueda participar en un pie de igualdad con el hombre en los
          campos te'cnico, administrativo y empresarial;

     s)   Reformar las leyes o aplicar poli'ticas nacionales en apoyo del
          establecimiento de una legislacio'n laboral que garantice la
          proteccio'n de todas las trabajadoras, incluidas las pra'cticas de
          trabajo seguras, el derecho a organizarse y el acceso a la justicia.


Objetivo estrate'gico F.2.  Aplicar medidas tendientes a facilitar  
                           el acceso de la mujer, en condiciones de
                               igualdad, a los recursos, el empleo, los    
                           mercados y el comercio                  

Medidas que han de adoptarse

168. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Fomentar y respaldar el trabajo por cuenta propia de la mujer y la
          creacio'n de pequen~as empresas y fortalecer el acceso de las
          mujeres al cre'dito y al capital en condiciones apropiadas e iguales
          a las que se conceden a los hombres mediante la promocio'n de
          instituciones dedicadas a fomentar la capacidad empresarial de la
          mujer, incluidos, segu'n proceda, planes de cre'dito mutuo y no
          tradicional, asi' como nuevos tipos de relaciones con instituciones
          financieras;

     b)   Fortalecer la concesio'n de iniciativas por el Estado, en su
          cara'cter de empleador, para crear una poli'tica de oportunidades
          iguales [equitativas] para las mujeres y los hombres;

     c)   Mejorar, a nivel nacional y local, el potencial de generacio'n de
          ingresos de las mujeres de las zonas rurales facilitando la igualdad
          de acceso y el control de los recursos productivos, la tierra, el
          cre'dito, el capital, los derechos de propiedad, los programas de
          desarrollo y las estructuras cooperativas;

     d)   Fomentar y fortalecer las microempresas, las nuevas empresas
          pequen~as, las empresas cooperativas, la ampliacio'n de los mercados
          y otras oportunidades de empleo y, segu'n proceda, facilitar la
          transicio'n del sector no estructurado al sector estructurado,
          particularmente en las zonas rurales;

     e)   Crear y modificar programas que reconozcan y fortalezcan el papel
          decisivo de la mujer en la seguridad alimentaria y proporcionar a
          las productoras remuneradas y no remuneradas, especialmente a las
          que se dedican a actividades de produccio'n de alimentos, como la
          agricultura, la pesca y la acuicultura asi' como a las empresas
          urbanas, igualdad de acceso a tecnologi'as apropiadas, transporte,
          servicios de extensio'n, comercializacio'n y facilidades de cre'dito
          a nivel local y comunitario;

     f)   Crear mecanismos apropiados y fomentar instituciones
          intersectoriales que permitan a las cooperativas de mujeres aumentar
          al ma'ximo su acceso a los servicios necesarios;

     g)   Incrementar la proporcio'n de mujeres entre el personal de los
          servicios de extensio'n y otros servicios gubernamentales que
          proporcionan asistencia te'cnica o administran programas
          econo'micos;

     h)   Revisar, reformular si conviene y aplicar poli'ticas, incluso en el
          a'mbito de la legislacio'n relativa a las empresas, el comercio y
          los contratos, y de los reglamentos gubernamentales a fin de
          asegurar que no existan discriminaciones contra las empresas
          pequen~as y medianas de propiedad de mujeres en las zonas rurales y
          urbanas;

     i)   Proporcionar ana'lisis, asesoramiento y coordinacio'n respecto de
          poli'ticas que integren las necesidades y los intereses de las
          mujeres empleadas, las trabajadoras por cuenta propia y las
          empresarias en las poli'ticas, los programas y los presupuestos
          sectoriales e interministeriales;

     j)   Procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a una
          capacitacio'n laboral eficaz, al readiestramiento, el asesoramiento
          y los servicios de colocacio'n que no se limiten a las esferas de
          empleo tradicionales;

     k)   Eliminar los obsta'culos de poli'tica y reglamentacio'n con que
          tropiezan las mujeres en los programas sociales y de desarrollo que
          desalientan la iniciativa privada e individual.

     l)   Salvaguardar y promover el respeto de los derechos fundamentales de
          los trabajadores, inclusive la prohibicio'n del trabajo forzoso y
          del trabajo infantil, la libertad de asociacio'n y el derecho a
          organizarse y a concertar contratos colectivos; establecer la
          igualdad de remuneracio'n para el hombre y la mujer por trabajo de
          igual valor y la no discriminacio'n en el empleo, respetando
          plenamente los convenios de la Organizacio'n Internacional del
          Trabajo en el caso de los Estados partes en esos convenios y
          teniendo en cuenta los principios en que se fundan esos convenios en
          el caso de los pai'ses que no son Estados partes en ellos, a fin de
          lograr un crecimiento econo'mico sostenido y un desarrollo
          sostenible de cara'cter genuino;

169. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los bancos centrales y los
bancos nacionales de desarrollo, asi' como las instituciones bancarias
privadas, segu'n proceda:

     a)   Aumentar la participacio'n de la mujer, incluidas las mujeres
          empresarias, en juntas consultivas y otros foros para que las
          empresarias de todos los sectores y sus organizaciones puedan
          contribuir a la formulacio'n y el examen de las poli'ticas y los
          programas que elaboren los ministerios de economi'a y las
          instituciones bancarias;

     b)   Movilizar al sector bancario para que conceda ma's pre'stamos y la
          refinanciacio'n mediante incentivos y la formacio'n de
          intermediarios que se ocupen de las necesidades de las mujeres
          empresarias y productoras en las zonas rurales y urbanas, y para que
          incluya a las mujeres en sus o'rganos directivos y en la
          planificacio'n y la adopcio'n de decisiones;

     c)   Estructurar servicios que queden al alcance de las mujeres de las
          zonas rurales y urbanas que participan en microempresas y empresas
          pequen~as y medianas, prestando especial atencio'n a las mujeres
          jo'venes, a las mujeres de bajos ingresos, a las que pertenezcan a
          minori'as e'tnicas y raciales, y a las mujeres indi'genas, que
          carezcan de acceso al capital y a los bienes; ampliar el acceso de
          la mujer a los mercados financieros seleccionando y alentando
          reformas financieras en la supervisio'n y la reglamentacio'n que
          respalden los esfuerzos directos e indirectos de las instituciones
          financieras para atender mejor las necesidades de cre'dito y otras
          necesidades financieras de las microempresas y las empresas
          pequen~as y medianas de propiedad de mujeres;

     d)   Asegurar que las prioridades de la mujer se incluyan en los
          programas de inversiones pu'blicas para la infraestructura
          econo'mica, como el agua y el saneamiento, la electrificacio'n y la
          conservacio'n de energi'a, el transporte y la construccio'n de
          caminos.  Fomentar una mayor participacio'n de las mujeres
          beneficiarias en las etapas de planificacio'n y ejecucio'n de
          proyectos para asegurar el acceso a los empleos y los contratos.

170. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones no
gubernamentales:

     a)   Prestar especial atencio'n a las necesidades de la mujer al difundir
          informacio'n sobre los mercados, el comercio y los recursos e
          impartir capacitacio'n adecuada en esas esferas;

     b)   Alentar estrategias de desarrollo econo'mico de la comunidad que se
          basen en asociaciones entre los gobiernos, y alentar a los miembros
          del sector privado a que creen empleos y se ocupen de la situacio'n
          social de las personas, las familias y las comunidades.

171. Medidas que han de adoptar los proveedores de financiacio'n
multilaterales, los bancos de desarrollo regionales y los organismos de
financiacio'n bilaterales y privados, en los planos internacional, regional y
subregional:

     a)   Examinar, reformular, cuando proceda, y ejecutar poli'ticas,
          programas y proyectos para procurar que una mayor proporcio'n de
          recursos quede a disposicio'n de las mujeres en las zonas rurales y
          apartadas [sin imponer condiciones con las cuales la mujer se pueda
          sentir presionada a actuar en contra de sus valores e'ticos y
          religiosos];

     b)   Elaborar disposiciones flexibles de financiacio'n para financiar
          instituciones intermediarias que este'n orientadas a las actividades
          econo'micas de la mujer, y fomentar la autosuficiencia y el aumento
          de la capacidad y rentabilidad de las empresas econo'micas de
          propiedad de mujeres;

     c)   [Elaborar estrategias para que las instituciones financieras
          internacionales [de desarrollo] y los bancos de desarrollo
          regionales consoliden y ampli'en su asistencia al sector de las
          microempresas y las empresas pequen~as y medianas, y para que
          colaboren con los organismos bilaterales a fin de coordinar y
          afianzar la eficacia de ese sector, aprovechando la experiencia y
          los recursos financieros de sus propias organizaciones, al igual que
          los de los organismos bilaterales, los gobiernos y las
          organizaciones no gubernamentales.]

172. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales,
multilaterales y bilaterales de cooperacio'n para el desarrollo:

     Prestar apoyo, mediante el suministro de capital o de recursos, a las
     instituciones financieras que atienden a las mujeres empresarias y
     productoras de bajos ingresos que administran empresas pequen~as y
     microempresas en los sectores estructurado y no estructurado.

173. Medidas que han de adoptar los gobiernos o las instituciones financieras
multilaterales:

     Examinar las reglas y los procedimientos de las instituciones financieras
     nacionales e internacionales del sector estructurado que constituyen un
     obsta'culo para repetir el prototipo del Banco Grameen, que proporciona
     servicios de cre'dito a las mujeres rurales.

174. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales:

     [Tratar de] Prestar apoyo adecuado a los programas y proyectos destinados
     a fomentar actividades empresariales sostenibles y productivas entre las
     mujeres, en especial las que se encuentran en situacio'n desventajosa.


Objetivo estrate'gico F.3.  Proporcionar a las mujeres de bajos  
                           ingresos servicios comerciales y     
                           acceso a los mercados, la informacio'n
                           y la tecnologi'a                      

Medidas que han de adoptarse

175. Medidas que han de adoptar los gobiernos [en cooperacio'n con las
organizaciones no gubernamentales y el sector privado]:

     a)   Proporcionar infraestructura pu'blica para [asegurar] [facilitar]
          la igualdad de acceso a los mercados para los empresarios de ambos
          sexos;

     b)   Elaborar programas que proporcionen capacitacio'n y readiestramiento
          a las mujeres, especialmente en nuevas tecnologi'as y servicios
          asequibles en gestio'n de empresas, desarrollo de productos,
          financiacio'n, control de la produccio'n y la calidad,
          comercializacio'n y aspectos juri'dicos de la actividad comercial;

     c)   Proporcionar programas de divulgacio'n para informar a las mujeres
          de bajos ingresos y a las mujeres pobres, especialmente en las zonas
          rurales y apartadas, de las oportunidades de acceso a los mercados y
          las tecnologi'as, y prestar asistencia para aprovechar dichas
          oportunidades;

     d)   Crear [fondos de inversio'n] [servicios de apoyo] no
          discriminatorios para las empresas de propiedad de mujeres y tener
          especialmente en cuenta a las mujeres, especialmente las de bajos
          ingresos, en los programas de promocio'n del comercio;

     e)   Difundir informacio'n sobre mujeres empresarias que hayan tenido
          e'xito en actividades econo'micas tradicionales y no tradicionales y
          sobre la preparacio'n necesaria para obtener ese e'xito; facilitar
          la creacio'n de redes y el intercambio de informacio'n;

     f)   Adoptar medidas para asegurar la igualdad de acceso de la mujer a la
          capacitacio'n permanente en el lugar de trabajo, incluidas las
          mujeres desempleadas, las madres solteras, las mujeres que se
          reintegran al mercado laboral tras abandonar temporalmente el empleo
          por un peri'odo prolongado debido a responsabilidades familiares y
          otras causas, y las mujeres desplazadas por nuevas formas de
          produccio'n o por reducciones del personal, y aumentar los
          incentivos a las empresas para que incrementen el nu'mero de centros
          de formacio'n profesional y capacitacio'n que capaciten a la mujer
          en esferas no tradicionales;

     g)   Prestar servicios de apoyo asequibles, como servicios de guarderi'a
          de buena calidad, flexibles y asequibles, que tengan en cuenta las
          necesidades de los trabajadores de ambos sexos;

176. Medidas que han de adoptar las organizaciones empresariales locales,
nacionales, regionales e internacionales y las organizaciones no
gubernamentales interesadas en las cuestiones relacionadas con la mujer:

     Abogar en todos los niveles por la promocio'n y el apoyo de los negocios
     y las empresas de propiedad de mujeres, incluidas las del sector no
     estructurado, y por la igualdad de acceso de la mujer a los recursos
     productivos.


Objetivo estrate'gico F.4.  Reforzar la capacidad econo'mica y las
                           redes comerciales de la mujer        

Medidas que han de adoptarse

177. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Adoptar poli'ticas que alienten a las organizaciones empresariales,
          organizaciones no gubernamentales, cooperativas, fondos rotatorios
          de
          pre'stamo, cooperativas de ahorro y cre'dito, organizaciones
          populares, grupos femeninos de autoayuda y otros proyectos a fin de
          que presten servicios a las empresarias en las zonas rurales y
          urbanas;

     b)   [Elaborar programas especiales para las mujeres que se vean
          afectadas por la reestructuracio'n econo'mica [y los programas de
          ajuste estructural] y por el proceso de transicio'n a la economi'a
          de mercado y para las mujeres que trabajan en el sector no
          estructurado;]

     c)   [Adoptar poli'ticas para fortalecer los grupos de autoayuda para la
          mujer y las asociaciones de trabajadoras por medio de formas no
          convencionales de apoyo;]

     d)   Prestar apoyo a los programas que mejoren la autosuficiencia de
          grupos especiales de mujeres, como las mujeres jo'venes, las mujeres
          con discapacidad, las mujeres ancianas y las mujeres que pertenezcan
          a minori'as raciales y e'tnicas;

     e)   [Utilizar las investigaciones realizadas por economistas,
          cienti'ficos y tecno'logos para promover la igualdad de los sexos;

     f)   Prestar apoyo a las actividades econo'micas de las mujeres
          indi'genas teniendo en cuenta sus conocimientos tradicionales, de
          manera de mejorar su situacio'n y desarrollo;

     g)   [Adoptar poli'ticas que ampli'en o mantengan la proteccio'n que
          prestan las leyes laborales y las disposiciones sobre bienestar
          social a las personas que realizan trabajo remunerado en el hogar;]

     h)   Reconocer y alentar la contribucio'n de las investigaciones
          efectuadas por las cienti'ficas y las tecno'logas;

     i)   Asegurar que las poli'ticas y las reglamentaciones no discriminen
          contra las microempresas y las empresas pequen~as y medianas
          administradas por mujeres.

178. Medidas para [alentar a] los intermediarios financieros, los institutos
nacionales de capacitacio'n, las cooperativas de ahorro y cre'dito, las
organizaciones no gubernamentales, las asociaciones de mujeres, las
organizaciones profesionales y el sector privado, segu'n proceda:

     a)   Impartir capacitacio'n a nivel nacional, regional e internacional en
          diversas materias te'cnicas, comerciales y financieras que permita a
          las mujeres, en especial a las jo'venes, participar en la
          formulacio'n de poli'ticas econo'micas en esos niveles;

     b)   Proporcionar servicios comerciales, incluso informacio'n sobre el
          comercio y la distribucio'n, el desarrollo y la creacio'n de nuevos
          productos, transferencia de tecnologi'a y el control de calidad, a
          las empresas comerciales de propiedad de mujeres, incluso en los
          sectores de exportacio'n de la economi'a;

     c)   Promover vi'nculos te'cnicos y comerciales y crear empresas mixtas
          entre empresarias en los planos nacional, regional e internacional
          para apoyar las iniciativas surgidas de la comunidad;

     d)   Fortalecer la participacio'n de la mujer en cooperativas de
          produccio'n y comercializacio'n mediante la prestacio'n de apoyo en
          materia de comercializacio'n y financiacio'n, especialmente en zonas
          rurales y apartadas, incluso a las mujeres marginadas;

     e)   Fomentar y fortalecer las microempresas de mujeres, las empresas
          pequen~as nuevas, las empresas cooperativas, los mercados ampliados
          y otras oportunidades de empleo y, cuando proceda, facilitar la
          transicio'n del sector no estructurado al estructurado, en las zonas
          rurales y urbanas;

     f)   Invertir capital y crear carteras de inversio'n que financien
          empresas comerciales de propiedad de mujeres;

     g)   Prestar la debida atencio'n a la prestacio'n de asistencia te'cnica,
          servicios de asesoramiento, capacitacio'n y readiestramiento a la
          mujer en relacio'n con el ingreso a la economi'a de mercado;

     h)   Prestar apoyo a redes de cre'dito y empresas innovadoras, incluidos
          los sistemas de ahorro tradicionales;

     i)   Establecer redes para empresarias, incluso oportunidades para que
          las mujeres ma's experimentadas aconsejen a las menos
          experimentadas;

     j)   Alentar a las organizaciones comunitarias y a las autoridades
          pu'blicas a crear fondos de pre'stamo para empresarias, aprovechando
          modelos de pequen~as cooperativas que hayan tenido e'xito.

179. Medidas que han de adoptar [Alentar a] [las empresas transnacionales y
nacionales a] [el sector privado a]:

     a)   Adoptar poli'ticas y establecer mecanismos para otorgar contratos
          sobre bases no discriminatorias;

     b)   Contratar mujeres para ocupar puestos directivos, de adopcio'n de
          poli'ticas y de gestio'n y proporcionarles programas de
          capacitacio'n, todo ello en un pie de igualdad con los hombres;

     c)   Cumplir las leyes nacionales en materia de ambiente de trabajo,
          proteccio'n de los consumidores, salud y seguridad, sobre todo las
          que afectan a la mujer.


        Objetivo estrate'gico F.5.  Eliminar la segregacio'n en el trabajo
                                   y todas las formas de discriminacio'n 
                                   en el empleo                         

Medidas que han de adoptarse

180. Medidas han de adoptar los gobiernos, los empleadores, los empleados, los
sindicatos y las organizaciones de mujeres:

     a)   [Aplicar y hacer cumplir las leyes, los reglamentos y los co'digos
          de conducta con arreglo a los cuales se hacen extensivos las normas
          y los derechos laborales internacionales a las trabajadoras de las
          zonas de elaboracio'n de exportaciones;]

     b)   [Promulgar y hacer cumplir las leyes incluso mediante el
          establecimiento de mecanismos de recurso y el acceso a la justicia
          en caso de incumplimiento, a fin de prohibir la discriminacio'n
          directa e indirecta por motivos de sexo, orientacio'n sexual y
          situacio'n familiar en relacio'n con el acceso al empleo y las
          condiciones de empleo, con inclusio'n de la capacitacio'n, los
          ascensos, la salud y la seguridad, y en relacio'n con el despido y
          la seguridad social de los trabajadores, incluso la proteccio'n
          legal contra el hostigamiento sexual y racial;]

     c)   Promulgar y hacer cumplir leyes y elaborar poli'ticas aplicables en
          el lugar de trabajo contra la discriminacio'n por motivo de [edad y]
          sexo en el mercado de trabajo, en la contratacio'n y los ascensos y
          en la concesio'n de las prestaciones de empleo y la seguridad
          social, asi' como en lo relativo a las condiciones de trabajo
          discriminatorias y el hostigamiento sexual; se deben establecer
          mecanismos para revisar y vigilar perio'dicamente esas leyes;

     d)   Eliminar las pra'cticas discriminatorias utilizadas por los
          empleadores basadas en las funciones reproductivas de la mujer,
          incluida la denegacio'n de empleo y el despido de mujeres debido al
          embarazo o la lactancia;

     e)   [Elaborar y promover programas y servicios de empleo para las
          mujeres que ingresan por primera vez o se reincorporan al mercado de
          trabajo, especialmente las mujeres pobres de las zonas urbanas y
          rurales, las mujeres jo'venes y las mujeres que se hayan visto
          afectadas por programas de ajuste estructural; esas medidas
          deberi'an tambie'n adoptarse en favor de las que trabajan por cuenta
          propia;]

     f)   Aplicar y supervisar programas de empleo equitativo y de accio'n
          positiva en los sectores pu'blico y privado para superar la
          discriminacio'n siste'mica contra las mujeres en el mercado de
          trabajo, en particular contra las mujeres con discapacidad y las
          mujeres de otros grupos desfavorecidos, en las esferas [del empleo,]
          de la contratacio'n, la retencio'n y los ascensos, y la formacio'n
          profesional de las mujeres en todos los sectores;

     g)   Eliminar la segregacio'n en las ocupaciones, especialmente
          promoviendo una participacio'n igual de la mujer en trabajos de alta
          especializacio'n y en los puestos de direccio'n y otras medidas,
          tales como el asesoramiento y la colocacio'n, que promuevan las
          perspectivas de carrera y la movilidad ascendente en el mercado de
          trabajo, y estimulando la diversificacio'n de las posibilidades
          ocupacionales de las mujeres y los hombres.  Alentar a las mujeres a
          realizar trabajos no tradicionales, especialmente en la esfera de la
          ciencia y la tecnologi'a [y alentar a los hombres a buscar empleo en
          el sector social];

     h)   Reconocer que la negociacio'n colectiva constituye un derecho y es
          un mecanismo importante para eliminar las desigualdades en la
          remuneracio'n de las mujeres y mejorar las condiciones de trabajo;

     i)   Promover la eleccio'n de mujeres como dirigentes sindicales y
          asegurar que se garantice a las dirigentes sindicales [la
          proteccio'n en el empleo], la seguridad fi'sica en el desempen~o sus
          funciones;

     j)   [Asegurar]  el acceso a los programas especiales que se elaboren
          para permitir a las mujeres con discapacidad obtener y mantener un
          puesto de trabajo y [asegurar] su acceso a la ensen~anza y a la
          formacio'n a todos los niveles adecuados, de conformidad con las
          Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las
          personas con discapacidad 25/; modificar, en la medida de lo
posible,
          las condiciones de trabajo a fin de adecuarlas a las necesidades de
          las mujeres con discapacidad, a las que se debe ofrecer proteccio'n
          legal contra la pe'rdida infundada del puesto de trabajo debido a su
          discapacidad;

     k)   Incrementar los esfuerzos por eliminar las diferencias entre la
          remuneracio'n de las mujeres y de los hombres, adoptar medidas para
          aplicar el principio de la remuneracio'n igual por el mismo trabajo
          o por un trabajo de igual valor mediante el mejoramiento de la
          legislacio'n, incluido el cumplimiento de la legislacio'n y las
          normas laborales internacionales, y promover los planes de
          evaluacio'n de las funciones con criterios neutrales en cuanto al
          ge'nero;

     l)   Establecer o fortalecer los mecanismos de decisio'n judicial en
          materias relacionadas con la discriminacio'n en la remuneracio'n;

     m)   Fijar plazos para [eliminar] todas las formas de trabajo infantil
          que sean contrarias a las normas internacionalmente aceptadas y
          asegurar el pleno cumplimiento de las leyes vigentes al respecto y,
          cuando proceda, promulgar la legislacio'n necesaria para aplicar la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y las normas de la
          Organizacio'n Internacional del Trabajo a fin de proteger a los
          nin~os que trabajan, sobre todo los nin~os de la calle, mediante la
          provisio'n de servicios adecuados de salud y educacio'n y otros
          servicios sociales;

     n)   [Procurar que en las estrategias para eliminar el trabajo infantil
          se reconozcan las demandas excesivas que se hacen a algunas nin~as
          en lo relativo a las labores no remuneradas en el hogar;]

     o)   Revisar y analizar [reestructurar] las escalas de sueldos y salarios
          en las profesiones en que predominan las mujeres, como la
          ensen~anza, la enfermeri'a y la atencio'n de los nin~os, con miras a
          mejorar su categori'a y aumentar la remuneracio'n conexa.

     p)   Facilitar el empleo productivo de las trabajadoras migrantes
          documentadas (incluidas las mujeres reconocidas como refugiadas con
          arreglo a la Convencio'n sobre el Estatuto de los Refugiados de
          1951, mediante un mayor reconocimiento de la educacio'n y de los
          ti'tulos, diplomas y credenciales extranjeros y la adopcio'n de un
          criterio integral en lo que respecta a la formacio'n necesaria para
          incorporarse al mercado de trabajo, formacio'n que debe incluir la
          ensen~anza del idioma del pai's.


Objetivo estrate'gico F.6.  [Crear un ambiente de trabajo flexible]
                           [Armonizar mejor las responsabilidades 
                           de las mujeres y los hombres en lo que 
                           respecta al trabajo y la familia]      

Medidas que han de adoptarse

181. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [Adoptar poli'ticas para ampliar la proteccio'n de las leyes
          laborales y de seguridad social a los empleos en jornada parcial y
          los empleos temporales, a los trabajadores estacionales y a los que
          trabajan en el hogar, y promulgar leyes para promover las
          perspectivas de carrera sobre la base de condiciones de trabajo
          flexibles;]

     b)   [Asegurar que las mujeres y los hombres puedan decidir libremente y
          en un pie de igualdad si trabajan en jornada completa o jornada
          parcial, y examinar la posibilidad de proporcionar una proteccio'n
          adecuada a los trabajadores ati'picos en lo relativo al acceso al
          empleo, las condiciones de trabajo y la seguridad social;]

     c)   [Promulgar y aplicar leyes para conceder licencias y prestaciones de
          paternidad o de maternidad, y promover una divisio'n equitativa de
          funciones dentro de la familia entre hombres y mujeres, incluso
          mediante leyes, incentivos y esti'mulos adecuados;]

     (Alternativa)

          [Asegurar, mediante leyes apropiadas, que se concedan incentivos o
          esti'mulos y se den oportunidades adecuadas a las mujeres y los
          hombres para obtener licencias y prestaciones de maternidad o
          paternidad;]

     d)   Elaborar poli'ticas, entre otras cosas, en la esfera de la
          ensen~anza,  para modificar las aptitudes que refuerzan la divisio'n
          del trabajo sobre la base del sexo, con objeto de promover el
          concepto de las responsabilidades familiares compartidas en lo que
          respecta al trabajo dome'stico, en particular en lo relativo a la
          atencio'n de los nin~os y los ancianos;

     e)   Mejorar el desarrollo de tecnologi'as que faciliten el trabajo
          profesional, asi' como el trabajo dome'stico, y promover el acceso a
          esas tecnologi'as, estimular la autosuficiencia y las actividades
          generadoras de ingresos, transformar dentro del proceso productivo
          las funciones que se consideran caracteri'sticas de uno u otro sexo,
          y dar a las mujeres la posibilidad de cambiar los trabajos mal
          remunerados por otros mejores;

     f)   Examinar una serie de poli'ticas y programas, incluso las leyes
          sobre seguridad social y los regi'menes fiscales, de conformidad con
          las prioridades y las poli'ticas nacionales, para determinar co'mo
          promover la igualdad entre los sexos y la flexibilidad en el modo en
          que las personas dividen su tiempo entre la educacio'n y la
          formacio'n, el empleo remunerado, las responsabilidades familiares,
          las actividades voluntarias y otras formas de trabajo, descanso y
          esparcimiento socialmente u'tiles, y en el modo en que obtienen
          beneficios de esas actividades.

182. Medidas que han de adoptar, segu'n proceda, los gobiernos, el sector
privado y las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y las Naciones
Unidas: 

     a)   Adoptar, con la participacio'n de los o'rganos gubernamentales y las
          asociaciones de empleadores y empleados pertinentes, medidas
          adecuadas para que los hombres y las mujeres puedan obtener
          licencias temporales, tener la posibilidad de transferir sus
          prestaciones laborales y su jubilacio'n y hacer arreglos para
          modificar el horario de trabajo sin sacrificar sus perspectivas de
          perfeccionamiento profesional y de carrera;

     b)   Elaborar y suministrar programas educacionales mediante campan~as
          innovadoras en los medios de informacio'n y programas de ensen~anza
          a nivel escolar y comunitario a fin de promover la igualdad entre
          los sexos y los papeles no estereotipados de los hombres y las
          mujeres dentro de la familia; proporcionar servicios e instalaciones
          de apoyo, como guarderi'as en el lugar de trabajo y horarios de
          trabajo flexibles;

     c)   Promulgar y aplicar leyes para luchar contra el acoso sexual y otras
          formas de hostigamiento en todos los lugares de trabajo.


G.  [Desigualdad entre el hombre y la mujer en el ejercicio del  
    poder [de las responsabilidades familiares] y en la adopcio'n
    de decisiones a todos los niveles] [Poder compartido:  la   
    mujer en la adopcio'n de decisiones]                         

183. La Declaracio'n Universal de Derechos Humanos establece que toda persona
tiene derecho a participar en el gobierno de su pai's.  La habilitacio'n y
autonomi'a de la mujer y el mejoramiento de su condicio'n social, econo'mica y
poli'tica son fundamentales para el logro de un gobierno y una administracio'n
transparentes y responsables y del desarrollo sostenible en todas las esferas
de la vida.  Las relaciones de poder que impiden que las mujeres puedan llegar
a realizarse plenamente funcionan a muchos niveles de la sociedad, desde el
ma's personal al ma's pu'blico.  La consecucio'n del objetivo de igualdad de
participacio'n de la mujer y el hombre en la adopcio'n de decisiones
proporcionara' un equilibrio que reflejara' de una manera ma's exacta la
composicio'n de la sociedad [y es un requisito previo para el buen
funcionamiento de la democracia] [y promovera' el buen funcionamiento de la
democracia].  La igualdad en la adopcio'n de decisiones poli'ticas ejerce un
poder de intercesio'n sin el cual es muy poco probable que resulte viable la
integracio'n real de la igualdad en la formulacio'n de poli'ticas
gubernamentales.  A ese respecto, la participacio'n equitativa de la mujer en
la vida poli'tica desempen~a un papel crucial en el proceso general de
adelanto de la mujer.  La participacio'n igualitaria de la mujer en la
adopcio'n de decisiones no so'lo es una exigencia ba'sica de justicia o
democracia sino que puede considerarse una condicio'n necesaria para que se
tengan en cuenta los intereses de la mujer.  Sin la participacio'n activa de
la mujer y la incorporacio'n del punto de vista de la mujer a todos los
niveles del proceso de adopcio'n de decisiones no se podra'n conseguir los
objetivos de igualdad, desarrollo y paz.

184. A pesar de que en la mayori'a de los pai'ses existe un movimiento
generalizado de democratizacio'n, la mujer suele estar insuficientemente
representada en casi todos los niveles de gobierno, sobre todo a nivel de los
ministerios y otros o'rganos ejecutivos, y ha avanzado poco en el logro de
poder poli'tico en los o'rganos legislativos o en lo que respecta al
cumplimiento del objetivo aprobado por el Consejo Econo'mico y Social de que
para 1995 haya un 30% de mujeres en puestos directivos.  A nivel mundial,
so'lo un 10% de los escan~os de los o'rganos legislativos y un porcentaje
inferior de los cargos ministeriales esta'n ocupados por mujeres.  De hecho,
en algunos pai'ses, incluso en los que esta'n experimentando cambios
poli'ticos, econo'micos y sociales fundamentales, ha disminuido
significativamente el nu'mero de mujeres representadas en los o'rganos
legislativos.  Aunque las mujeres constituyen por lo menos la mitad del
electorado de casi todos los pai'ses y han adquirido el derecho a votar y a
desempen~ar cargos pu'blicos en casi todos los Estados Miembros de las
Naciones Unidas, la proporcio'n de candidatas a cargos pu'blicos es realmente
muy baja.  Las modalidades tradicionales de muchos partidos poli'ticos y
estructuras gubernamentales siguen siendo un obsta'culo para la participacio'n
de la mujer en la vida pu'blica.  Las actitudes y pra'cticas discriminatorias,
las responsabilidades con respecto a la familia y la crianza de los hijos y el
elevado costo que supone aspirar a cargos pu'blicos y mantenerse en ellos son
factores que pueden disuadir a las mujeres de ocupar puestos poli'ticos.  Las
mujeres que ocupan puestos poli'ticos y de adopcio'n de decisiones en los
gobiernos y los o'rganos legislativos contribuyen a redefinir las prioridades
poli'ticas al incluir en los programas de los gobiernos nuevos temas que
reflejan los valores, experiencias y preocupaciones propios de la mujer y
atienden estas preocupaciones, y pueden ofrecer nuevos puntos de vista sobre
cuestiones poli'ticas generales.

185. La mujer ha demostrado una considerable capacidad de liderazgo en
organizaciones comunitarias y no oficiales, asi' como en cargos pu'blicos. 
Sin embargo, los estereotipos sociales negativos en cuanto a las funciones de
la mujer y el hombre, incluidos los estereotipos fomentados por los medios de
difusio'n, refuerzan la tendencia a que las decisiones poli'ticas sigan siendo
predominantemente una funcio'n de los hombres.  Asimismo, la escasa
representacio'n de la mujer en puestos directivos en el campo de las artes, la
cultura, los deportes, los medios de comunicacio'n, la educacio'n, la
religio'n y el derecho, ha impedido que la mujer pueda ejercer suficiente
influencia en muchas instituciones clave.

186. Debido a su acceso limitado a las vi'as tradicionales de poder, como son
los o'rganos de decisio'n de los partidos poli'ticos, las organizaciones
patronales y los sindicatos, la mujer ha conseguido acceder al poder a trave's
de estructuras alternativas, particularmente en el sector de las
organizaciones no gubernamentales.  A trave's de las organizaciones no
gubernamentales y las organizaciones de base popular, las mujeres han podido
dar expresio'n a sus intereses y preocupaciones e incluir las cuestiones
relativas a la mujer en los programas nacionales, regionales e
internacionales.

187. La desigualdad en el terreno pu'blico tiene muchas veces su rai'z [en la
familia, cuando hay un desequilibrio en las relaciones de poder entre el
hombre y la mujer] [en las actitudes y pra'cticas discriminatorias que existen
en el seno de la familia].  La desigual divisio'n del trabajo y de las
responsabilidades en los hogares, que tiene su origen en unas relaciones de
poder tambie'n desiguales, limita las posibilidades que tiene la mujer de
encontrar tiempo para adquirir los conocimientos necesarios para participar en
la adopcio'n de decisiones en foros pu'blicos ma's amplios, y, por lo tanto,
sus posibilidades de adquirirlos.  Al repartirse ma's equitativamente esas
responsabilidades entre la mujer y el hombre, no so'lo se proporciona una
mejor calidad de vida a las mujeres y a sus hijas, sino que tambie'n se les
dan ma's oportunidades de configurar y elaborar poli'ticas, pra'cticas y
gastos pu'blicos, de forma que sus intereses puedan ser reconocidos y tenidos
en cuenta.  [Las redes y modalidades no oficiales de adopcio'n de decisiones a
nivel de las comunidades locales, que reflejan un espi'ritu predominantemente
masculino, restringen la capacidad de la mujer de participar en pie de
igualdad en la vida poli'tica, econo'mica y social.]

188. El hecho de que haya una proporcio'n tan baja de mujeres entre los
encargados de adoptar decisiones econo'micas y poli'ticas a los niveles local,
nacional, regional e internacional obedece a la existencia de barreras tanto
estructurales como ideolo'gicas que deben superarse mediante la adopcio'n de
medidas positivas.  Los gobiernos, las empresas transnacionales y nacionales,
los medios de comunicacio'n de masas, los bancos, las instituciones
acade'micas y cienti'ficas y las organizaciones regionales e internacionales,
incluidas las del sistema de las Naciones Unidas, no aprovechan plenamente las
aptitudes que tiene la mujer para la administracio'n de alto nivel, la
formulacio'n de poli'ticas, [la diplomacia y la negociacio'n].

189. La distribucio'n equitativa del poder y de la adopcio'n de decisiones en
todos los niveles depende de que los gobiernos y otros agentes realicen
ana'lisis estadi'sticos de la desigualdad entre el hombre y la mujer e
incorporen el punto de vista de la mujer al proceso de formulacio'n de
poli'ticas y de ejecucio'n de programas.  [La adopcio'n de medidas positivas
en favor de la mujer en algunos pai'ses donde su representacio'n en el
gobierno a nivel local y nacional es de 33,3%, ha potenciado el papel de la
mujer en el proceso de adopcio'n de decisiones.]

190. Las instituciones de estadi'stica nacionales, regionales e
internacionales no tienen todavi'a la capacidad necesaria para presentar las
cuestiones relacionadas con la igualdad de trato de hombres y mujeres en las
esferas econo'mica y social.  No se utilizan todavi'a suficientemente las
bases de datos y las metodologi'as existentes en la importante esfera de la
adopcio'n de decisiones.

191. Al abordar la cuestio'n de la desigualdad entre el hombre y la mujer en
el ejercicio del poder y en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles,
los gobiernos y otros agentes deberi'an promover una poli'tica activa y
visible de incorporacio'n del punto de vista de la mujer en todas las
poli'ticas y programas, de modo que antes de que se adopten las decisiones se
analicen sus efectos para la mujer y el hombre.


[Fortalecer factores que promuevan la participacio'n plena
y equitativa de la mujer en las estructuras de poder y   
en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles y en    
todos los sectores]

       Objetivo estrate'gico G.1.  [Adoptar medidas especiales para garantizar
                                  a la mujer igualdad de acceso y la plena  
                                  participacio'n en las estructuras de poder  
                                  y en la adopcio'n de decisiones]   

Medidas que han de adoptarse

192. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Comprometerse a establecer el objetivo de la paridad entre ambos
          sexos en los o'rganos y comite's gubernamentales, asi' como en las
          entidades de la administracio'n pu'blica y en la judicatura,
          incluidas [la fijacio'n de objetivos concretos y] medidas de
          aplicacio'n a fin de aumentar sustancialmente el nu'mero de mujeres
          [con miras a lograr una representacio'n paritaria de las mujeres y
          los hombres] en todos los puestos gubernamentales y de la
          administracio'n pu'blica;

     b)   [Considerar la posibilidad de adoptar, en los sistemas electorales,
          medidas que alienten a los partidos poli'ticos a incorporar mujeres
          en los puestos pu'blicos electivos y no electivos en la misma
          proporcio'n y las mismas categori'as que los hombres;]

     c)   Proteger y promover la igualdad de derechos de las mujeres y los
          hombres en materia de participacio'n en actividades poli'ticas y
          libertad de asociacio'n, incluida su afiliacio'n a partidos
          poli'ticos y sindicatos;

     d)   [Examinar el efecto diferencial de los sistemas electorales en la
          representacio'n poli'tica de las mujeres en los o'rganos electivos y
          examinar, cuando proceda, la posibilidad de ajustar o reformar esos
          sistemas;]

     e)   Vigilar y evaluar los progresos logrados en la representacio'n de
          las mujeres mediante la reunio'n, el ana'lisis y la difusio'n
          regular de datos cuantitativos y cualitativos sobre las mujeres y
          los hombres en todos los niveles de los diversos puestos de
          adopcio'n de decisiones en los sectores pu'blico y privado, y
          difundir anualmente datos sobre el nu'mero de mujeres y hombres
          empleados en diversos niveles en los gobiernos; garantizar que las
          mujeres y los hombres tengan igual acceso a toda la gama de
          nombramientos pu'blicos y establecer, dentro de estructuras
          gubernamentales, mecanismos que permitan vigilar los progresos
          realizados en esa esfera;

     f)   Apoyar a las organizaciones no gubernamentales y los institutos de
          investigacio'n que realicen estudios sobre la participacio'n y la
          influencia de las mujeres en la adopcio'n de decisiones y en el
          a'mbito de adopcio'n de decisiones;

     g)   Alentar una mayor participacio'n de la mujer indi'gena en la
          adopcio'n de decisiones a todos los niveles;

     h)   [Promover] [Garantizar] que las organizaciones que reciban
          financiacio'n pu'blica adopten poli'ticas y pra'cticas no
          discriminatorias [a fin de aumentar el nu'mero y elevar la
          categori'a de las mujeres en sus organizaciones;]

     i)   [Reconocer que las responsabilidades compartidas entre las mujeres y
          los hombres en el a'mbito laboral y en la familia fomentan una mayor
          participacio'n de la mujer en la vida pu'blica, y adoptar medidas
          apropiadas para lograr ese objetivo, incluidas medidas encaminadas a
          hacer compatibles la vida familiar y la profesional;]

     j)   Procurar el equilibrio entre ambos sexos en las listas de candidatos
          nacionales designados para su eleccio'n o nombramiento para los
          o'rganos de las Naciones Unidas, los organismos especializados y
          otras organizaciones auto'nomas del sistema de las Naciones Unidas,
          en particular para puestos de categori'a superior.

193. Medidas que han de adoptar los partidos poli'ticos:

     a)   Considerar la posibilidad de examinar la estructura y los
          procedimientos de los partidos a fin de eliminar todas las barreras
          que discriminen directa o indirectamente contra la participacio'n de
          la mujer;

     b)   Considerar la posibilidad de establecer iniciativas que permitan a
          las mujeres participar plenamente en todas las estructuras internas
          de adopcio'n de decisiones y en los procesos de nombramiento por
          designacio'n o eleccio'n;

     c)   Considerar la posibilidad de incorporar a su programa poli'tico
          cuestiones relativas a la paridad entre ambos sexos [y garantizar la
          participacio'n de las mujeres en la direccio'n de los partidos
          poli'ticos, a fin de lograr la paridad y la integracio'n de ambos
          sexos].

194. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales, el
sector privado, los partidos poli'ticos, los sindicatos, las organizaciones de
empleadores, las instituciones de investigacio'n y acade'micas, los o'rganos
subregionales y regionales y las organizaciones no gubernamentales e
internacionales:

     a)   Adoptar medidas positivas para conseguir que exista un nu'mero
          decisivo de mujeres dirigentes, ejecutivas y administradoras [con
          las debidas calificaciones] en puestos estrate'gicos de adopcio'n de
          decisiones;

     b)   [Crear o'rganos normativos y mecanismos de aplicacio'n para vigilar
          el acceso de la mujer a los niveles superiores de adopcio'n de
          decisiones;]

     c)   Revisar los criterios de contratacio'n y nombramiento para los
          o'rganos consultivos y de adopcio'n de decisiones y el ascenso a
          puestos superiores para garantizar que tales criterios son
          pertinentes y no discriminan contra la mujer;

     d)   Alentar los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales, los
          sindicatos y el sector privado para conseguir la igualdad [y la
          equidad] entre mujeres y hombres en sus distintas categori'as,
          incluida la participacio'n igual en sus o'rganos de adopcio'n de
          decisiones y en las negociaciones en todos los sectores y a todos
          los niveles;

     e)   Desarrollar estrategias de comunicacio'n para fomentar el debate
          pu'blico sobre los nuevos papeles que los hombres y las mujeres
          este'n llamados a desempen~ar en la sociedad [y en la familia];

     f)   Reestructurar los programas de contratacio'n y desarrollo
          profesional para velar por que las mujeres, y especialmente las
          jo'venes, tengan igualdad de acceso a la capacitacio'n en asuntos de
          gestio'n, conocimientos empresariales, te'cnicos y de jefatura,
          comprendida la capacitacio'n en el empleo; 

     g)   Desarrollar programas de adelanto profesional para mujeres de todas
          las edades mediante la planificacio'n profesional, la preparacio'n
          para funciones determinadas, la orientacio'n profesional, el
          asesoramiento individual, la capacitacio'n y el readiestramiento;

     h)   Alentar y apoyar la participacio'n de las organizaciones no
          gubernamentales de mujeres en las conferencias de las Naciones
          Unidas y en sus procesos preparatorios;

     i)   Proponer como objetivo y apoyar el equilibrio entre los sexos en la
          composicio'n de las delegaciones ante las Naciones Unidas y ante
          otros foros internacionales.

195. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:

     a)   [Aplicar las poli'ticas y medidas existentes y adoptar otras nuevas
          en materia de contratos de todos los tipos a fin de lograr una
          paridad general de hombres y mujeres en el empleo, especialmente en
          el cuadro orga'nico, para el an~o 2000, teniendo en cuenta la
          distribucio'n geogra'fica equitativa de conformidad con el
          pa'rrafo 3 del Arti'culo 101 de la Carta de las Naciones Unidas;]

     b)   Desarrollar mecanismos para presentar a mujeres como candidatas para
          el nombramiento a puestos superiores en las Naciones Unidas, los
          organismos especializados y otras organizaciones y o'rganos del
          sistema de las Naciones Unidas;

     c)   Seguir reuniendo y difundiendo datos cuantitativos y cualitativos
          sobre la mujer en la adopcio'n de decisiones [y analizar las
          repercusiones diferenciales en la adopcio'n de decisiones y vigilar
          los progresos realizados hacia el logro del objetivo del Secretario
          General de que para el an~o 2000 este'n adjudicados a mujeres el 50%
          o, por lo menos, el 40% de los puestos administrativos y de
          adopcio'n de decisiones].

196. Medidas que han de adoptar las organizaciones de mujeres, las
organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, los interlocutores
sociales, los productores, las organizaciones industriales y las
organizaciones profesionales:

     a)   Fomentar y reforzar la solidaridad entre las mujeres mediante la
          informacio'n, la educacio'n y las actividades de sensibilizacio'n;

     b)   Defender a la mujer en todos los niveles para que pueda influir en
          las decisiones, procesos y sistemas poli'ticos, econo'micos y
          sociales y esforzarse por conseguir que los representantes elegidos
          actu'en responsablemente en lo que respecta a su compromiso de tener
          en cuenta las diferencias de sexo;

     c)   [Establecer bases de datos sobre la mujer y sus calificaciones para
          utilizarlos en el nombramiento de mujeres a puestos superiores de
          adopcio'n de decisiones y de asesoramiento y para difundirlos entre
          los gobiernos, las organizaciones regionales e internacionales y la
          empresa privada.]


       Objetivo estrate'gico G.2.  Aumentar la capacidad de la mujer de
                              participar en la adopcio'n de decisiones
                                   y en los niveles directivos    
     

Medidas que han de adoptarse

197. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos nacionales, el
sector privado, los partidos poli'ticos, los sindicatos, las organizaciones de
empleadores, los o'rganos subregionales y regionales, las organizaciones no
gubernamentales e internacionales y las instituciones de ensen~anza:

     a)   Proporcionar capacitacio'n para ocupar puestos directivos y fomentar
          la autoestima con el fin de prestar asistencia a las mujeres y a las
          nin~as, especialmente a las que tienen necesidades especiales, a las
          mujeres con discapacidades y a las mujeres que pertenecen a
          minori'as raciales y e'tnicas, para que refuercen su autoestima y
          para alentarlas a ocupar puestos de adopcio'n de decisiones;

     b)   Aplicar criterios transparentes para los puestos de adopcio'n de
          decisiones y garantizar que los o'rganos selectivos tengan una
          composicio'n equilibrada en lo que se refiere a la diferencia de
          sexos;

     c)   Crear un sistema de asesoramiento para las mujeres que carecen de
          experiencia y, en particular, ofrecer capacitacio'n, incluida la
          capacitacio'n para puestos directivos y para la adopcio'n de
          decisiones, para tomar la palabra en pu'blico y para la
          autoafirmacio'n, asi' como en lo que respecta a hacer campan~as
          poli'ticas;

     d)   Proporcionar a mujeres y hombres una capacitacio'n que sea sensible
          a la diferencia de sexos con el fin de fomentar relaciones de
          trabajo no discriminatorias y el respeto por la diversidad en el
          trabajo y en los estilos de administracio'n;

     e)   Desarrollar mecanismos y proporcionar capacitacio'n para alentar a
          la mujer a participar en los procesos electorales, las actividades
          poli'ticas y otros sectores relacionados con las actividades de
          direccio'n.


H.  Falta de mecanismos suficientes a todos los niveles
    para promover el adelanto de la mujer              

198. Se han creado en casi todos los Estados Miembros mecanismos nacionales
para el adelanto de la mujer orientados, entre otras cosas, a disen~ar,
fomentar, aplicar, [ejecutar,] vigilar, evaluar, estimular y movilizar el
apoyo de poli'ticas que promuevan el adelanto de la mujer.  Los mecanismos
nacionales adoptan formas diversas y tienen una eficacia desigual, y en
algunos casos se han reducido.  Marginados a menudo en las estructuras
nacionales de gobierno, estos mecanismos se ven, con frecuencia, perjudicados
debido a mandatos poco claros, falta de personal, capacitacio'n, datos
adecuados y recursos suficientes y un apoyo insuficiente de los dirigentes
poli'ticos nacionales.

199. En los planos regional e internacional, los mecanismos y las
instituciones destinados a promover el adelanto de la mujer como parte
integrante del desarrollo poli'tico, econo'mico, social y cultural general y
de las iniciativas en materia de desarrollo y de derechos humanos, tropiezan
con problemas similares derivados de la falta de compromiso en los niveles
superiores.

200. En sucesivas conferencias internacionales se ha subrayado la necesidad de
tener en cuenta los factores relacionados con el ge'nero en la planificacio'n
de las poli'ticas y los programas.  Sin embargo, en muchos casos esto no se ha
realizado.

201. [Se han fortalecido los o'rganos regionales dedicados al adelanto de la
mujer, conjuntamente con los mecanismos internacionales, tales como la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y el Comite' para la
Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer.  Sin embargo, los
limitados recursos disponibles siguen obstaculizando la plena aplicacio'n de
sus mandatos.]

202. En muchas organizaciones se han elaborado metodologi'as orientadas a
realizar un ana'lisis de las diferencias basadas en el ge'nero en las
poli'ticas y programas y a tener en cuenta las distintas repercusiones de las
poli'ticas en uno y otro sexo; estas metodologi'as esta'n disponibles, pero, a
menudo, no se aplican o no se utilizan en forma coherente.

203. Los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer son la dependencia
central de coordinacio'n de poli'ticas de los gobiernos.  Su tarea principal
es prestar apoyo en la incorporacio'n de la cuestio'n de la igualdad de los
sexos en todas las esferas de poli'tica y en todos los niveles de gobierno. 
Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos nacionales es preciso
que:

     a)   Se los considere en las instancias ma's altas de gobierno que sea
          posible, [y que este'n bajo la responsabilidad de un ministro del
          gabinete];

     b)   [Existan mecanismos o procesos institucionales que agilicen, segu'n
          proceda, la planificacio'n descentralizada, la aplicacio'n y la
          vigilancia con miras a lograr la participacio'n de las
          organizaciones no gubernamentales y organizaciones comunitarias,
          empezando por las de base;]

     c)   Se disponga de suficientes recursos presupuestarios y capacidad
          profesional;

     d)   Haya oportunidades para ejercer influencia en la formulacio'n de
          todas las poli'ticas gubernamentales. 

204. [Al abordar la cuestio'n de los mecanismos para la promocio'n del
adelanto de la mujer, los gobiernos y otros agentes deben fomentar la
formulacio'n de poli'ticas activas y visibles para la incorporacio'n de las
cuestiones relacionadas con el ge'nero en todas las poli'ticas y programas de
modo que, antes de que se adopten las decisiones, se realice un ana'lisis de
sus posibles efectos para uno y otro sexo.]


         [Integrar elementos relacionados con la igualdad entre hombres y
         mujeres en la planificacio'n y ejecucio'n de poli'ticas y programas
                 a todos los niveles y en todos los sectores]

Objetivo estrate'gico H.1.  Crear o fortalecer mecanismos
                           nacionales y otros o'rganos   
                           gubernamentales              

Medidas que han de adoptarse

205. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Velar por que la responsabilidad de las cuestiones relacionadas con
          el adelanto de la mujer recaiga en las esferas ma's altas de
          gobierno que sea posible; en muchos casos esta tarea podri'a estar a
          cargo de un ministro del gabinete;

     b)   [Crear, sobre la base de un so'lido compromiso poli'tico, un
          mecanismo nacional, cuando no exista, y fortalecer, segu'n proceda,
          los mecanismos nacionales existentes para el adelanto de la mujer en
          las instancias ma's altas de gobierno que sea posible]; el mecanismo
          deberi'a tener mandatos y atribuciones claramente definidos, la
          disponibilidad de recursos suficientes, la capacidad y competencia
          para influir en cuestiones de poli'ticas y formular y examinar la
          legislacio'n seri'an elementos decisivos.  Entre otras cosas,
          deberi'a realizar un ana'lisis de poli'ticas y llevar a cabo
          funciones de fomento, comunicacio'n, coordinacio'n y vigilancia de
          la aplicacio'n;

     c)   Proporcionar capacitacio'n en el disen~o y el ana'lisis de datos
          teniendo en cuenta las perspectivas relacionadas con el ge'nero;

     d)   Establecer procedimientos que permitan al mecanismo recopilar
          informacio'n sobre cuestiones de poli'tica, en todas las esferas del
          gobierno, en una fase temprana y utilizarla en el proceso de
          formulacio'n y examen de poli'ticas dentro del gobierno;

     e)   [Informar perio'dicamente a los o'rganos legislativos y al gabinete
          acerca del progreso alcanzado, segu'n proceda, en la aplicacio'n de
          las medidas encaminadas a incorporar las cuestiones de las
          diferencias entre los sexos, teniendo en cuenta la aplicacio'n de la
          Plataforma de Accio'n;]

     f)   Alentar y promover la participacio'n activa de la amplia y diversa
          gama de agentes institucionales en los sectores pu'blico, privado y
          voluntario, a fin de trabajar por la igualdad entre el hombre y
          la mujer.

[206.*  Medidas que han de adoptar las organizaciones regionales e
internacionales, en particular las instituciones para el desarrollo,
especialmente el Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n
para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW) y el Fondo de Desarrollo de las
Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM), y los donantes bilaterales:

     a)   Brindar asistencia financiera y asesoramiento a los mecanismos
          nacionales a fin de incrementar su capacidad de reunir informacio'n,
          establecer redes y llevar a cabo su mandato;

     b)   Fortalecer los mecanismos internacionales para promover el adelanto
          de la mujer, mediante sus mandatos respectivos, en cooperacio'n con
          los gobiernos.]

* Se propone pasar este pa'rrafo al capi'tulo V.


     Objetivo estrate'gico H.2.  Integrar las perspectivas relacionadas
                                con el ge'nero en [todas] las legislaciones,
                                poli'ticas, programas y proyectos estatales

Medidas que han de adoptarse

207. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Velar por que, antes de adoptar decisiones en materia de poli'ticas,
          se realice [segu'n proceda], un ana'lisis de sus repercusiones en
          los hombres y las mujeres;

     b)   [Revisar sistema'ticamente las poli'ticas, los programas y los
          proyectos, y su aplicacio'n, a fin de velar por que en ellos se
          reflejen las distintas repercusiones de las medidas generales en los
          hombres y las mujeres, y sus contribuciones respectivas al
          desarrollo, teniendo en cuenta las desigualdades existentes;
          elaborar me'todos destinados al ana'lisis de las repercusiones en
          uno y otro sexo e introducir formas pra'cticas para su aplicacio'n
          en una fase temprana del proceso de elaboracio'n de poli'ticas [en
          particular, con respecto a la repercusio'n de las poli'ticas de
          empleo y de ingresos];]

     (Alternativa)

          [Revisar perio'dicamente las poli'ticas, programas y proyectos
          nacionales, asi' como su ejecucio'n, evaluando la repercusio'n de
          las poli'ticas de empleo e ingresos a fin de garantizar que las
          mujeres sean las beneficiarias directas del desarrollo [y que su
          contribucio'n se refleje en las cuentas nacionales];]

     c)   Promover estrategias y objetivos nacionales relacionados con la
          igualdad entre hombres y mujeres a fin de eliminar los obsta'culos
          al ejercicio de los derechos de la mujer y erradicar todas las
          formas de discriminacio'n contra la mujer;

     d)   Trabajar con los miembros de los o'rganos legislativos, segu'n
          proceda, a fin de promover la introduccio'n en todas las
          legislaciones y poli'ticas de una perspectiva basada en el ge'nero;

     e)   [Establecer redes de centros de coordinacio'n en todos los
          ministerios y organismos con el mandato de revisar las poli'ticas y
          programas, y crear mecanismos para que los centros de coordinacio'n
          se reu'nan perio'dicamente con el mecanismo nacional a fin de
          supervisar los avances en la aplicacio'n de la Plataforma de
          Accio'n.]

208. Medidas que ha de adoptar el mecanismo nacional:

     a)   Facilitar la formulacio'n y aplicacio'n de poli'ticas
          gubernamentales sobre la igualdad entre hombres y mujeres, elaborar
          estrategias y metodologi'as adecuadas, y promover la coordinacio'n y
          la cooperacio'n dentro del gobierno central a fin de conseguir que
          los aspectos relacionados con el ge'nero se incorporen normalmente
          en todos los procesos de formulacio'n de poli'ticas;

     b)   Promover y establecer relaciones de cooperacio'n con las
          dependencias pertinentes del gobierno, los centros de estudio e
          investigacio'n sobre la mujer, las instituciones acade'micas y
          educacionales, el sector privado, los medios de difusio'n, las
          organizaciones no gubernamentales, especialmente las organizaciones
          de mujeres, y todos los dema's agentes de la sociedad civil;

     c)   [Emprender actividades centradas en la reforma juri'dica con
          relacio'n a la familia, las condiciones de empleo, la seguridad
          social, el impuesto sobre la renta, la igualdad de oportunidades en
          la educacio'n, las medidas positivas para promover el adelanto de la
          mujer, y la percepcio'n de actitudes y de una cultura favorables a
          la igualdad;]

     d)   [Promover una perspectiva centrada en los aspectos relacionados con
          el ge'nero en las reformas juri'dicas relativas, entre otras cosas,
          al empleo, la seguridad social, la tributacio'n y la educacio'n;]

     e)   [Promover una mayor participacio'n de la mujer como agente activa y
          beneficiaria en el proceso de desarrollo a fin de mejorar la calidad
          de la vida para todos;]

     f)   Establecer vi'nculos directos con o'rganos nacionales, regionales e
          internacionales relacionados con el adelanto de la mujer;

     g)   Dar capacitacio'n y asesoramiento a los organismos gubernamentales a
          fin de que tengan en cuenta en sus poli'ticas y programas las
          diferencias por razo'n del ge'nero.


Objetivo estrate'gico H.3.  Preparar y difundir datos e  
                           informacio'n destinados a la  
                           planificacio'n y la evaluacio'n
                           desglosados por sexo         

Medidas que han de adoptarse

209. Medidas que han de adoptar los servicios nacionales, regionales e
internacionales de estadi'stica, asi' como los o'rganos gubernamentales y los
organismos pertinentes de las Naciones Unidas, en cooperacio'n con las
organizaciones de investigacio'n y documentacio'n, en sus respectivas esferas
de actuacio'n:

     a)   [Tratar de] Velar por que se recojan, compilen, analicen y presenten
          por sexo y edad [todas] las estadi'sticas sobre la persona [y por
          que reflejen los problemas y cuestiones relativos al hombre y la
          mujer en la sociedad;]

     b)   Recoger, compilar, analizar y presentar perio'dicamente datos
          desglosados por edad, sexo, indicadores socioecono'micos y otros
          pertinentes, incluido el nu'mero de familiares a cargo, para
          utilizarlos en la planificacio'n y aplicacio'n de poli'ticas y
          programas [y para reflejar problemas y cuestiones relacionados con
          los hombres y las mujeres en la sociedad];

     c)   Asegurar la participacio'n de las organizaciones y centros de
          estudio e investigacio'n sobre la mujer en la elaboracio'n y ensayo
          de [indicadores y] me'todos de investigacio'n [adecuados] para
          mejorar los ana'lisis en funcio'n del sexo, asi' como en la
          vigilancia y evaluacio'n de las medidas para alcanzar las metas de
          la Plataforma de Accio'n;

     d)   Designar o nombrar personal para fortalecer los programas de
          estadi'stica desglosados por sexo y asegurar su coordinacio'n,
          supervisio'n y vinculacio'n a todos los dema's campos estadi'sticos,
          y preparar resultados en que se integren las estadi'sticas
          correspondientes a los diversos a'mbitos de que se trata;

     e)   [Adoptar medidas para] Mejorar [y adaptar] [los conceptos y me'todos
          de] la obtencio'n de datos sobre toda la contribucio'n de la mujer y
          del hombre a la economi'a [adoptando medidas] para [medir] [poner de
          manifiesto] su participacio'n en el sector no estructurado(s);

     f)   [[Tratar de] desarrollar un conocimiento ma's integral de los
          conceptos de trabajo y empleo mediante, entre otras cosas,
          iniciativas para medir y entender mejor el tipo, alcance y
          distribucio'n del trabajo no remunerado, particularmente el trabajo
          dedicado al cuidado de los familiares a cargo y el trabajo no
          remunerado que se hace en explotaciones agri'colas o empresas
          familiares, y fomentar, compartir y divulgar informacio'n, estudios
          y experiencias en este campo, incluida informacio'n sobre el
          desarrollo de me'todos para determinar el valor de ese trabajo en
          te'rminos cuantitativos, para su posible inclusio'n en cuentas que
          se preparara'n por separado de las cuentas nacionales ba'sicas, pero
          en consonancia con e'stas;]

     g)   [Desarrollar una clasificacio'n internacional de actividades para
          las estadi'sticas sobre el empleo del tiempo y hacer que los
          gobiernos inicien estudios sobre el uso del tiempo, y dar prioridad
          a la continuacio'n de los trabajos a nivel nacional para elaborar
          presentaciones secundarias de la contribucio'n econo'mica no
          remunerada del hombre y la mujer, incluida la cuantificacio'n de las
          labores dome'sticas, segu'n proceda, elaborando estas cuentas por
          separado de las cuentas nacionales ba'sicas, pero en consonancia con
          ellas; definir al trabajador no remunerado como trabajador del
          sistema de cuentas nacionales e incorporar en las estadi'sticas
          sobre el empleo la distincio'n entre el trabajo remunerado y el no
          remunerado;]

     h)   Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de datos sobre
          la medicio'n de la pobreza entre hombres y mujeres, incluido el
          acceso a los recursos;

     i)   Fortalecer los sistemas de estadi'sticas vitales e incorporar los
          ana'lisis por sexo en las publicaciones e investigaciones; dar
          prioridad a las diferencias entre los sexos en el disen~o de la
          investigacio'n y en la obtencio'n de datos y los ana'lisis a fin de
          mejorar la informacio'n sobre la morbilidad; y mejorar la obtencio'n
          de datos sobre el acceso a los servicios de salud, [incluido el
          acceso a los servicios completos de salud sexual y reproductiva,
          maternidad y planificacio'n de la familia, dando prioridad especial
          a las madres adolescentes y al cuidado de los ancianos];

     j)   Desarrollar mejores datos desagregados por sexo y edad sobre las
          vi'ctimas y los autores de [todas las formas de] violencia contra la
          mujer, como la violencia dome'stica, el hostigamiento sexual, la
          violacio'n, el incesto y el abuso sexual, y la trata de mujeres y
          nin~as, asi' como sobre la violencia por parte de agentes del
          Estado;

     k)   Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de datos sobre
          la participacio'n de las mujeres y de los hombres con
          discapacidades, incluido su acceso a los recursos.

210. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Asegurar la preparacio'n perio'dica de una publicacio'n sobre
          estadi'sticas relacionadas con las diferencias de trato por razo'n
          de sexo en que se presenten e interpreten datos pertinentes en forma
          que resulte u'til para una amplia gama de usuarios no te'cnicos;

     b)   Velar por que en cada pai's los productores y usuarios de las
          estadi'sticas revisen perio'dicamente la utilidad del sistema
          oficial de estadi'sticas y el grado en que mide las cuestiones
          relacionadas con el ge'nero, y elaborar un plan de las mejoras
          necesarias, cuando proceda;

     c)   Desarrollar y estimular el desarrollo de estudios cuantitativos y
          cualitativos por parte de las organizaciones de investigacio'n, los
          sindicatos, los empleadores, el sector privado, y las organizaciones
          no gubernamentales, sobre la distribucio'n del poder y la influencia
          en la sociedad, en que se indique el nu'mero de mujeres y de hombres
          en cargos superiores, tanto en el sector pu'blico como en el
          privado;

     d)   Utilizar, en la formulacio'n de poli'ticas y en la ejecucio'n de
          programas y proyectos, datos en que se tengan ma's en cuenta las
          diferencias entre los sexos.

211. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:

     a)   Promover el desarrollo de me'todos [estadi'sticos] para hallar
          formas ma's adecuadas de obtener, comparar y analizar datos
          referentes a los derechos humanos de las mujeres, incluida la
          violencia contra la mujer [para su uso por la Comisio'n de la
          Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, la Comisio'n de Derechos
          Humanos, el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n
          contra la Mujer y otros o'rganos creados en virtud de tratados sobre
          derechos humanos];

     b)   Promover el desarrollo ulterior de me'todos estadi'sticos para
          mejorar los datos relacionados con la mujer en el desarrollo
          econo'mico, social, cultural y poli'tico;

     c)   Preparar cada cinco an~os, nuevas ediciones de La Mujer en el Mundo
          y distribuirlas ampliamente;

     d)   Ayudar a los pai'ses que lo soliciten a desarrollar [conceptos y]
          programas que tengan en cuenta las diferencias entre los sexos; 

     e)   [Informar perio'dicamente y de manera coordinada sobre los avances
          alcanzados a nivel nacional e internacional a la Comisio'n de
          Estadi'stica de las Naciones Unidas, el INSTRAW y la Comisio'n de la
          Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer.]

212. [Medidas que han de adoptar los donantes bilaterales y las instituciones
multilaterales de financiacio'n del desarrollo:

     Apoyar el desarrollo de una capacidad nacional en los pai'ses en
     desarrollo y en los pai'ses con economi'as en transicio'n para medir
     plenamente el trabajo realizado por las mujeres, incluidos el trabajo
     remunerado y el no remunerado].  [Elaborar cuentas especiales del trabajo
     no remunerado, que podri'an elaborarse separadamente de las cuentas
     nacionales ba'sicas pero en consonancia con ellas, teniendo presente que
     esas cuentas especiales deberi'an de utilizarse con independencia de las
     cuentas nacionales.]


I.  [Desconocimiento y falta de dedicacio'n con respecto a 
    los derechos humanos de la mujer [reconocidos nacional
    e internacionalmente]]  [El disfrute de [todos] los   
    derechos humanos [universales] por parte de la mujer] 

[213.*  Los derechos humanos y las libertades fundamentales son patrimonio
inalienable de todos los seres humanos; su promocio'n y proteccio'n es la
responsabilidad primordial de los gobiernos. 

*    Todavi'a no se ha acordado do'nde y co'mo se incluira' este texto.

     *La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma el solemne
compromiso de todos los Estados de cumplir su obligacio'n de promover el
respeto universal, asi' como la observancia y proteccio'n de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales de todos de conformidad con la
Carta de las Naciones Unidas, otros instrumentos relativos a los derechos
humanos y el derecho internacional.  El cara'cter universal de esos derechos y
libertades no admite cuestionamiento.

     *La Plataforma de Accio'n reafirma que todos los derechos humanos, es
decir, los derechos civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales,
incluido el derecho al desarrollo, son universales, indivisibles e
interdependientes y esta'n relacionados entre si', segu'n se expresa en la
Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena.  La Conferencia Mundial de
Derechos Humanos reafirma que los derechos humanos de la mujer y de la nin~a
son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos
universales.  El disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los
derechos humanos y las libertades fundamentales [universales] por la mujer y
la nin~a [es un requisito del derecho internacional] [es esencial para el
adelanto de la mujer].]

214. La igualdad de derechos del hombre y la mujer se menciona expli'citamente
en el Prea'mbulo de la Carta de las Naciones Unidas.  [En todos los
principales instrumentos internacionales de derechos humanos se incluye el
sexo entre los motivos por los cuales se prohi'be a los Estados toda
discriminacio'n; entre esos instrumentos cabe citar la Declaracio'n Universal
de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos y
el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales, la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer, la Convencio'n Internacional sobre la Eliminacio'n de todas
las Formas de Discriminacio'n Racial 26/ y la Convencio'n sobre los Derechos
del Nin~o, asi' como la Declaracio'n sobre el Derecho al Desarrollo 27/ y la
Declaracio'n sobre la Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer.]

215. Los gobiernos no so'lo deben abstenerse de violar los derechos humanos de
todas las mujeres, sino tambie'n trabajar activamente para promover y proteger
esos derechos.  [Sin embargo, hay que tener presente que las actividades de
las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos deben racionalizarse,
simplificarse y reforzarse [habida cuenta de la necesidad de] [a fin de]
evitar duplicaciones innecesarias.]  El reconocimiento de la importancia de
los derechos humanos de la mujer se refleja en el hecho de que las tres
cuartas partes de los Estados Miembros de las Naciones Unidas se han adherido
a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer.

216. [En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se reafirmo' con toda
claridad que los derechos humanos de la mujer, en todo su ciclo vital, son
inalienables y constituyen parte integrante e indivisible de los derechos
humanos universales.  En la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo se reafirmaron los derechos reproductivos de la mujer y el derecho
al desarrollo.  Tanto la Declaracio'n de los Derechos del Nin~o como la
Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o garantizan los derechos del nin~o y
sostienen el principio de la no discriminacio'n por motivo de sexo.  Tres
cuartas partes de los Estados Miembros de las Naciones Unidas son partes en la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer.  Un nu'mero cada vez mayor de pai'ses han creado mecanismos
para que las mujeres puedan ejercer sus derechos.]

217. La brecha entre la existencia de derechos y la posibilidad de
disfrutarlos efectivamente se deriva del hecho de que los gobiernos no esta'n
verdaderamente empen~ados en promover y proteger esos derechos y no informan
por igual a las mujeres y a los hombres acerca de ellos.  La falta de
mecanismos apropiados de presentacio'n de recursos a nivel nacional e
internacional, y la insuficiencia de medios a ambos niveles agravan el
problema.  En la mayor parte de los pai'ses se han adoptado medidas para
incorporar en el derecho nacional los derechos garantizados por la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. 
Varios pai'ses han establecido mecanismos encaminados a fortalecer la
capacidad de la mujer para ejercer sus derechos.

218. Para proteger los derechos humanos de la mujer es necesario que, dentro
de lo posible, se evite recurrir a las reservas y que se procure que ninguna
de ellas sea incompatible con el objeto y el propo'sito de la Convencio'n [o
contraria en cualquier otra forma al derecho internacional de los tratados]. 
Los derechos humanos de la mujer, tal como han sido definidos por los
instrumentos internacionales de derechos humanos, so'lo sera'n letra muerta si
no se reconocen plenamente y se protejen, aplican, realizan y hacen cumplir
efectivamente, tanto en el derecho como en la pra'ctica nacional, en los
co'digos de familia, civiles, penales, laborales y comerciales y en las
reglamentaciones administrativas.

219. En los pai'ses que todavi'a no son partes en la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer y en otros
instrumentos internacionales de derechos humanos, o en los que han formulado
reservas que sean incompatibles con el objeto o el propo'sito de la
Convencio'n, o en los que todavi'a no se han revisado las leyes nacionales
para aplicar las normas internacionales, la igualdad [de jure] de la mujer
sigue sin conseguirse.  [El pleno disfrute de la igualdad de derechos por la
mujer se ve obstaculizado por las discrepancias existentes entre las leyes
nacionales y el derecho internacional y los instrumentos internacionales de
derechos humanos, los procedimientos excesivamente complejos, la falta de
sensibilizacio'n de los o'rganos judiciales respecto de los derechos humanos
de la mujer y la falta de una vigilancia adecuada de las violaciones de los
derechos humanos de todas las mujeres, junto con una representacio'n
insuficiente de la mujer en los sistemas de justicia, la escasez de
informacio'n sobre los derechos existentes y la persistencia de actitudes y
pra'cticas que perpetu'an la desigualdad de la mujer.]  [El incumplimiento de
los co'digos civil, penal, laboral y comercial o de los reglamentos y normas
administrativos ha impedido el acceso de la mujer a la proteccio'n que le
ofrecen los instrumentos internacionales de derechos humanos.]

220. Toda persona debe tener derecho a participar en el desarrollo cultural,
econo'mico, poli'tico y social, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de
e'l.  En muchos casos, las mujeres y las nin~as sufren discriminacio'n en la
asignacio'n de recursos econo'micos y sociales, lo que constituye una
violacio'n directa de sus derechos econo'micos, sociales y culturales. 
[Tambie'n sufren los efectos negativos de las poli'ticas de ajuste
estructural.]

221. [Los derechos humanos de todas las mujeres y las nin~as [deben constituir
una parte integrante de] [deben integrarse en] las actividades de las
Naciones Unidas relativas a los derechos humanos.]  Es menester intensificar
los esfuerzos por integrar la igualdad de derechos y los derechos humanos de
todas las mujeres y las nin~as en las actividades de las Naciones Unidas a
nivel de todo el sistema y abordar esas cuestiones regular y sistema'ticamente
por intermedio de los o'rganos y mecanismos competentes.  Para ello, entre
otras cosas, es necesario mejorar la cooperacio'n y la coordinacio'n entre la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, el Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisio'n de Derechos
Humanos, incluidos sus relatores especiales y expertos independientes, los
grupos de trabajo y la Subcomisio'n de Prevencio'n de Discriminaciones y
Proteccio'n a las Minori'as, la Comisio'n sobre el Desarrollo Sostenible, la
Comisio'n de Desarrollo Social, la Comisio'n de Prevencio'n del Delito y
Justicia Penal, y el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra
la Mujer y otros o'rganos de derechos humanos creados en virtud de tratados, y
todas las entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas, incluidos
los organismos especializados [; tambie'n es necesario establecer cooperacio'n
para fortalecer y racionalizar la estructura y las actividades [a fin de]
[tener en cuenta la necesidad de] evitar duplicaciones innecesarias.]

222. [El ana'lisis de los aspectos relacionados con el ge'nero aplicado a la
legislacio'n relativa a los derechos humanos ha demostrado que el requisito
formal de que se trate en un pie de igualdad a hombres y mujeres no tiene
en cuenta el cara'cter sistema'tico de la discriminacio'n contra la mujer. 
En consecuencia, para lograr la meta de la realizacio'n universal de los
derechos humanos de todos, los instrumentos [juri'dicos] internacionales de
derechos humanos [universalmente aceptados] deben aplicarse en una forma que
tenga en cuenta ese hecho.]

223. [La Conferencia Mundial de Derechos Humanos y la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo [que no crearon ningu'n tipo
de derechos humanos] reafirman [todos los aspectos de los derechos humanos
[universales] de la mujer, incluidos] los derechos a la procreacio'n [segu'n
se definen en el Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, teniendo en cuenta las reservas formuladas al
programa de accio'n y el derecho al desarrollo.]  Teniendo presente las
definiciones que figuran en el capi'tulo II, el pa'rrafo 7.2 del capi'tulo VII
y el capi'tulo VIII del Programa de Accio'n 13/ [los derechos a la
procreacio'n] se basan en el reconocimiento del derecho ba'sico de todas las
parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el nu'mero de hijos,
el espaciamiento de los nacimientos y el momento en que desean tener hijos y a
disponer de la informacio'n y de los medios para ello, y el derecho a alcanzar
el nivel ma's elevado de salud sexual y reproductiva.  Tambie'n incluyen su
derecho a adoptar decisiones relativas a la reproduccio'n sin sufrir
discriminacio'n, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en
los documentos de derechos humanos.  [Por consiguiente, es menester reconocer
y valorar la funcio'n singular que corresponde a la mujer [y al hombre] en
relacio'n con la procreacio'n y la reproduccio'n.]  [Los cambios en la
conciencia, las actitudes y el comportamiento, tanto de los hombres como de
las mujeres, son una condicio'n necesaria para lograr que hombres y mujeres
tengan una relacio'n armoniosa.  Es indispensable mejorar la comunicacio'n
entre la mujer y el hombre en lo que respecta a las cuestiones relacionadas
con las responsabilidades que comparten, incluidas las que se refieren a la
sexualidad y la salud reproductiva, de manera que la mujer y el hombre
participen en un pie de igualdad en la vida pu'blica y privada.  Es preciso
insistir especialmente en que el hombre debe compartir las responsabilidades y
promover su participacio'n activa en la crianza de los hijos y en el
comportamiento sexual y reproductivo responsable.]

224. [Para lograr una relacio'n armoniosa entre hombres y mujeres es preciso
que se produzca un cambio en sus conocimientos, actitudes y comportamientos
respectivos.  Es indispensable mejorar la comunicacio'n entre la mujer y el
hombre en lo que respecta a las cuestiones relacionadas con las
responsabilidades que comparten, incluidas las que se refieren a la sexualidad
y la salud reproductiva, de manera que la mujer y el hombre participen en un
pie de igualdad en la vida pu'blica y privada.  Es preciso insistir
especialmente en que el hombre debe compartir las responsabilidades y promover
su participacio'n activa en la crianza de los hijos y en el comportamiento
sexual y reproductivo responsable.]

225. [La violencia contra la mujer constituye una violacio'n de sus derechos
humanos y libertades fundamentales y un obsta'culo o un impedimento para el
disfrute de esos derechos.  La falta de proteccio'n y promocio'n de esos
derechos y libertades en lo que respecta a la violencia contra la mujer es un
hecho de larga data.  La violencia sexista y todas las formas de hostigamiento
sexual, prostitucio'n, pornografi'a, esclavitud y explotacio'n sexuales,
incluidas las transgresiones derivadas de los prejuicios culturales, el
racismo y la discriminacio'n racial, la xenofobia, la depuracio'n e'tnica, el
extremismo religioso y antirreligioso y la trata internacional de mujeres y
nin~os son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y
deben eliminarse.  Es menester prohibir y eliminar todo aspecto nocivo de
ciertas pra'cticas tradicionales, habituales o modernas que violan los
derechos de la mujer.  Los gobiernos deben adoptar medidas urgentes para
combatir y eliminar todas las formas de violencia contra la mujer en la vida
privada y pu'blica, ya sean perpretadas o toleradas por el Estado o por
personas privadas, especialmente en situaciones de conflicto armado [o
experimentadas como resultado de esas situaciones], [ocupacio'n extranjera] o
terrorismo.  Debe hacerse especial hincapie' en la prevencio'n de la violencia
contra la mujer.]

(Primera alternativa)

     [La violencia contra la mujer constituye una violacio'n de sus derechos
humanos y libertades fundamentales y perjudica o impide el disfrute de esos
derechos y libertades.  La falta de proteccio'n y promocio'n de esos derechos
y libertades en relacio'n con la violencia contra la mujer es de larga data. 
Todas las formas de violencia sexista, incluidas las derivadas de los
conflictos armados, la ocupacio'n extranjera, el racismo, la discriminacio'n
racial, la xenofobia, la depuracio'n e'tnica, el extremismo, el terrorismo,
los prejuicios culturales y la trata internacional [de mujeres y nin~os] son
incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana y deben
eliminarse.  [Con ese fin] los gobiernos y la comunidad internacional deben
adoptar medidas urgentes y eficaces para eliminar todas las formas de
violencia contra la mujer.]

(Segunda alternativa)

     [La violencia contra la mujer constituye una violacio'n de los derechos
humanos y las libertades fundamentales de la mujer y un obsta'culo o un
impedimento para el disfrute de esos derechos y libertades.  La falta de
proteccio'n y promocio'n de esos derechos y libertades en relacio'n con la
violencia contra la mujer es de larga data.  Es necesario hacer especial
hincapie' en la prevencio'n de la violencia contra la mujer.]

226. [Las mujeres en circunstancias especialmente vulnerables, como las
migrantes, incluidas las trabajadoras migrantes, las refugiadas o las mujeres
desplazadas [internamente] o las que pertenecen a minori'as raciales o
e'tnicas o grupos indi'genas se ven a menudo en desventaja y marginadas por su
falta de conocimientos y de reconocimiento de sus derechos humanos, asi' como
por la carencia de mecanismos de recurso para reparar las violaciones de sus
derechos.  Los factores que causan la huida de las refugiadas y las mujeres
desplazadas [internamente] pueden ser diferentes de los que afectan a los
hombres.  Las mujeres refugiadas y desplazadas [internamente] siguen siendo
vulnerables a los abusos de sus derechos humanos durante la huida y en los
pai'ses de asilo y de reasentamiento debido a los diversos efectos de su
desplazamiento, incluida la falta de acceso a mecanismos de recurso en materia
de derechos humanos y de informacio'n sobre sus derechos.  Otras mujeres
migrantes tambie'n pueden experimentar esos efectos del desplazamiento.]

(Alternativa)

     [Muchas mujeres enfrentan otras barreras para el disfrute de sus derechos
humanos debido a factores tales como su raza, idioma, origen e'tnico, cultura,
religio'n, orientacio'n sexual, incapacidades o clase socioecono'mica o debido
a que son indi'genas, migrantes, personas desplazadas o refugiadas.  Tambie'n
se encuentran en situacio'n desventajosa y marginadas por falta de
conocimientos y por el no reconocimiento de sus derechos humanos asi' como por
los obsta'culos que encuentran para tener acceso a la informacio'n y a los
mecanismos de recurso en caso de que se violen sus derechos.]

227. Si bien las mujeres esta'n utilizando cada vez ma's el sistema judicial
para ejercer sus derechos, en muchos pai'ses la ignorancia de esos derechos
constituye un obsta'culo para el pleno disfrute de sus derechos humanos y el
logro de la igualdad.  La experiencia adquirida en muchos pai'ses ha
demostrado que es posible habilitar a la mujer y motivarla para hacer valer
sus derechos, sea cual fuere su nivel de educacio'n o situacio'n
socioecono'mica.  Los programas encaminados a impartir conocimientos
juri'dicos elementales y las estrategias basadas en los medios de informacio'n
han sido eficaces para ayudar a la mujer a comprender la vinculacio'n entre
sus derechos y otros aspectos de su vida y para demostrar que es posible
emprender iniciativas eficaces en funcio'n de los costos para ayudarla a
obtener esos derechos.  El suministro de educacio'n sobre derechos humanos es
esencial para promover una comprensio'n de los derechos humanos de la mujer,
incluido el conocimiento de los mecanismos de recurso para reparar las
violaciones de sus derechos.  Es necesario que todas las personas,
especialmente las mujeres en situacio'n vulnerable, tengan pleno conocimiento
de sus derechos y acceso al recurso juri'dico contra las violaciones de esos
derechos.

228. Es menester proteger a las mujeres que se dedican a la defensa de los
derechos humanos.  Los gobiernos tienen el deber de garantizar a que las
mujeres que trabajan paci'ficamente a ti'tulo personal o dentro de una
organizacio'n a favor de la promocio'n y proteccio'n de los derechos humanos
puedan disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en la
Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Poli'ticos y el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos Sociales
y Culturales.  Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de
mujeres [asi' como los grupos feministas] han desempen~ado una funcio'n
catali'tica en la promocio'n de los derechos humanos de la mujer mediante
actividades populares, el establecimiento de redes y la defensa de los
intereses de la mujer, y los gobiernos deben alentar y apoyar a dichas
organizaciones y facilitar su acceso a la informacio'n con objeto de que
lleven a cabo esas actividades.

229. Al ocuparse del disfrute de los derechos humanos, los gobiernos y otros
interesados deben promover una poli'tica activa y visible encaminada a
incorporar los aspectos relacionados con el ge'nero en todas las poli'ticas y
los programas de manera que, antes de que se adopten decisiones, se analicen
los efectos que han de tener para las mujeres y los hombres.

[Aplicar y hacer cumplir la legislacio'n y las normas internacionales
para promover y salvaguardar el pleno disfrute por la mujer de todos
sus derechos humanos, en condiciones de igualdad]

          Objetivo estrate'gico I.1. Promover y proteger [todos] los derechos
                                     humanos de la mujer, mediante la plena
                                     aplicacio'n de todos los instrumentos
                                     [internacionales] de derechos humanos,
                                     especialmente mediante la Convencio'n
                                     sobre la eliminacio'n de todas las
                                     formas dediscriminacio'n contra la mujer

Medidas que han de adoptarse

230. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [Considerar la posibilidad de] Ratificar los tratados
          internacionales y regionales de derechos humanos, adherirse a ellos
          y aplicarlos;

     b)   [Considerar] la posibilidad de ratificar o adherirse a [garantizar]
          la aplicacio'n de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las
          formas de discriminacio'n contra la mujer de manera que sea posible
          lograr la ratificacio'n universal de la Convencio'n para el an~o
          2000; 

     c)   [Considerar la posibilidad de retirar las reservas a la Convencio'n
          sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra
          la mujer;]

     d)   [Limitar el alcance de cualesquiera reservas que se formulen a la
          Convencio'n, formular las reservas en la forma ma's precisa y
          restringida posible, asegurar que ninguna reserva sea incompatible
          con el objeto y el propo'sito de la Convencio'n o en otra forma
          contraria al derecho de los tratados internacionales y examinar
          perio'dicamente sus reservas, con miras a retirarlas a la mayor
          brevedad;] 

     e)   Considerar la posibilidad de establecer planes de accio'n nacionales
          en los que se determinen medidas para mejorar la promocio'n y
          proteccio'n de los derechos humanos, incluidos los derechos humanos
          de la mujer, tal como se recomendo' en la Conferencia Mundial de
          Derechos Humanos;

     f)   Crear o fortalecer instituciones nacionales [independientes] para la
          proteccio'n y promocio'n de esos derechos, incluidos los derechos
          humanos de la mujer, como se recomendo' en la Conferencia Mundial de
          Derechos Humanos;

     g)   Elaborar un programa amplio de educacio'n sobre derechos humanos con
          objeto de aumentar la conciencia de la mujer acerca de sus derechos
          humanos y aumentar la conciencia de otras personas acerca de los
          derechos humanos de la mujer;

     h)   [Si son Estados partes, aplicar la Convencio'n mediante un examen de
          todas las leyes, poli'ticas, pra'cticas y procedimientos, con objeto
          de determinar si cumplen las obligaciones establecidas en la
          Convencio'n, y una revisio'n de todas las leyes, poli'ticas,
          pra'cticas y procedimientos que no se ajusten a ella a fin de
          cumplir las obligaciones internacionales dispuestas en la
          Convencio'n;]

     i)   Incluir los aspectos relacionados con el ge'nero en la presentacio'n
          de informes con arreglo a todas las dema's convenciones e
          instrumentos de derechos humanos, incluidos los convenios de la OIT,
          con objeto de que se analicen y examinen los derechos humanos de la
          mujer; 

     j)   Presentar informes oportunos al Comite' para la Eliminacio'n de la
          Discriminacio'n contra la Mujer acerca de la aplicacio'n de la
          Convencio'n, ajusta'ndose cabalmente a las directrices establecidas
          por el Comite' y haciendo intervenir, cuando corresponda, a las
          organizaciones no gubernamentales o teniendo en cuenta sus
          contribuciones en la preparacio'n de los informes;

     k)   [Facilitar al Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n
          contra la Mujer el pleno cumplimiento de su mandato, por ejemplo
          [revisando la Convencio'n con objeto de que haya suficiente tiempo
          para la celebracio'n de reuniones y] promoviendo me'todos de trabajo
          eficaces;]

     l)   [Adoptar medidas para apoyar la redaccio'n de] [Considerar la
          posibilidad de] redactar un protocolo facultativo a la Convencio'n
          para establecer un procedimiento relacionado con [el derecho de
          peticio'n y consulta] [las comunicaciones] que pueda entrar en vigor
          antes del an~o 2000 [lo antes posible];

     m)   [Considerar] Ratificar la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o o
          adherirse a ella y procurar que se aplique [plenamente] con objeto
          de garantizar la igualdad de derechos para nin~as y nin~os y
          exhortar a aquellos que todavi'a no se han adherido a la Convencio'n
          a que lo hagan a fin de lograr la aplicacio'n universal de la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o para el an~o 2000;

     n)   Abordar los agudos problemas de los nin~os, incluso mediante el
          apoyo a las actividades que se realicen dentro del sistema de las
          Naciones Unidas con objeto de adoptar medidas internacionales
          eficaces para la prevencio'n y la erradicacio'n del infanticidio
          femenino, el trabajo infantil perjudicial, la venta de nin~os [y sus
          o'rganos], la prostitucio'n infantil, la pornografi'a infantil y
          otras formas de abuso sexual y considerar [directrices para redactar
          un posible proyecto de] [la posibilidad de redactar un] protocolo
          facultativo a la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o;

     o)   [Promover la aprobacio'n y aplicacio'n de una convencio'n
          internacional contra todas las formas abiertas o encubiertas de
          explotacio'n sexual que incluya el suministro de servicios sociales
          a las vi'ctimas y el enjuiciamiento de todas las personas que se
          ocupen de las industrias del turismo sexual y la trata de personas;]

     p)   Teniendo en cuenta la necesidad de asegurar el pleno respeto de los
          derechos humanos de las mujeres indi'genas, considerar la
          posibilidad de redactar una declaracio'n sobre los derechos de las
          personas indi'genas para que sea aprobada por la Asamblea General
          dentro del Decenio Internacional de las Poblaciones Indi'genas del
          Mundo y alentar la participacio'n de las mujeres indi'genas en el
          grupo de trabajo que elabore el proyecto de declaracio'n, de
          conformidad con las disposiciones relativas a la participacio'n de
          organizaciones de personas indi'genas.

231. [Las Naciones Unidas] [El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos] [todos los o'rganos de derechos humanos del sistema de
las Naciones Unidas asi' como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados], a la vez de promover una mayor eficacia y eficiencia mediante el
mejoramiento de la coordinacio'n de los diversos o'rganos, mecanismos y
procedimientos, teniendo en cuenta la necesidad de evitar duplicaciones
innecesarias de sus mandatos y tareas:

     a)   Prestar atencio'n cabal, igual y sostenida a los derechos humanos de
          la mujer en el ejercicio de sus respectivos mandatos para promover
          el respeto universal de todos los derechos humanos, a saber,
          civiles, culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, incluido el
          derecho al desarrollo, y la proteccio'n de esos derechos;

     b)   Asegurar la aplicacio'n de las recomendaciones de la Conferencia
          Mundial de Derechos Humanos en el sentido de que se integren e
          incorporen plenamente los derechos humanos de la mujer;

     c)   Elaborar un programa amplio de poli'tica para la incorporacio'n de
          los derechos humanos de la mujer en todo el sistema de las Naciones
          Unidas, incluso en las actividades relativas a los servicios de
          asesoramiento, asistencia te'cnica, metodologi'a de presentacio'n de
          informes, evaluacio'n de los efectos para el hombre y la mujer,
          coordinacio'n, informacio'n pu'blica y educacio'n en derechos
          humanos, y desempen~ar un papel activo en la ejecucio'n de ese
          programa;

     d)   Garantizar la integracio'n y la plena participacio'n de la mujer
          como agente y beneficiaria en el proceso de desarrollo, y reiterar
          los objetivos establecidos para la accio'n mundial en favor de la
          mujer en lo que respecta al desarrollo sostenible y equitativo,
          segu'n se establecio' en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio
          Ambiente y el Desarrollo;

     e)   Incluir en sus actividades informacio'n sobre las violaciones de los
          derechos humanos por razo'n de sexo e integrar las conclusiones en
          todos sus programas y actividades;

     f)   Procurar que haya colaboracio'n y coordinacio'n en la labor de todos
          los o'rganos y mecanismos de derechos humanos con objeto de asegurar
          que se respeten los derechos humanos de la mujer;

     g)   Fortalecer la cooperacio'n y coordinacio'n entre la Comisio'n de la
          Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer, la Comisio'n de Derechos
          Humanos, la Comisio'n de Desarrollo Social, la Comisio'n de
          Desarrollo Sostenible, la Comisio'n de Prevencio'n del Delito y
          Justicia Penal, los o'rganos de fiscalizacio'n creados en virtud de
          tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluidos el
          Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer,
          el UNIFEM, el INSTRAW, el PNUD, el UNICEF y otras organizaciones del
          sistema de las Naciones Unidas, dentro de sus respectivos mandatos,
          en la promocio'n de los derechos humanos de la mujer, y mejorar la
          cooperacio'n entre la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer y el
          Centro de Derechos Humanos;

     h)   [Exhortar al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
          Derechos Humanos, y a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
          para los Refugiados a que establezcan una cooperacio'n eficaz dentro
          de sus respectivos mandatos, teniendo en cuenta el hecho de que las
          mujeres refugiadas, desplazadas y repatriadas son objeto de formas
          especiales de abuso de los derechos humanos;]

     (Alternativa)

          [Exhortar al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
          Derechos Humanos y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
          los Refugiados a que establezcan una cooperacio'n eficaz, dentro de
          sus respectivos mandatos, teniendo en cuenta [la estrecha
          vinculacio'n existente entre las situaciones en materia de derechos
          humanos, la agresio'n militar, la depuracio'n e'tnica y el
          genocidio, las mujeres refugiadas, desplazadas y repatriadas, y el
          hecho de que esas mujeres son objeto de formas especiales de abuso
          de los derechos humanos];]

     i)   Fomentar la incorporacio'n de los aspectos relativos al ge'nero en
          los programas de accio'n nacionales y las instituciones nacionales
          de derechos humanos, en el contexto de los programas de servicios de
          asesoramiento en derechos humanos;

     j)   Impartir capacitacio'n sobre los derechos humanos de la mujer a todo
          el personal y los funcionarios de las Naciones Unidas, especialmente
          a los que se ocupan de actividades de derechos humanos y de socorro
          humanitario, y promover su comprensio'n de los derechos humanos de
          la mujer, de manera que reconozcan las violaciones de esos derechos
          y se ocupen de dichas violaciones y que puedan tener plenamente en
          cuenta los aspectos de su trabajo que se relacionan con el ge'nero.


          Objetivo estrate'gico I.2. Garantizar la igualdad y la no
                                     discriminacio'n ante la ley

Medidas que han de adoptarse

232. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Dar prioridad a la promocio'n y proteccio'n del disfrute pleno y
          amplio, por mujeres y hombres en condiciones de igualdad, de todos
          los derechos humanos y las libertades fundamentales sin distincio'n
          de
          ningu'n tipo en cuanto a raza, color, sexo, idioma, religio'n,
          opiniones poli'ticas o de otra i'ndole, ori'genes nacionales o
          sociales, bienes, nacimiento u otra condicio'n;

     b)   Proporcionar garanti'as constitucionales o promulgar leyes
          apropiadas para prohibir la discriminacio'n por razones de sexo de
          todas las mujeres y las nin~as de todas las edades y garantizar a
          las mujeres, sea cual fuere su edad, la igualdad de derechos y el
          pleno disfrute de esos derechos;

     c)   Incorporar el principio de la igualdad de hombres y mujeres en su
          legislacio'n y garantizar, mediante leyes y otros medios apropiados,
          la realizacio'n pra'ctica de ese principio;

     d)   [Considerar la posibilidad de] revisar las leyes nacionales
          [incluidas las normas consuetudinarias y las pra'cticas juri'dicas
          en las esferas del derecho de familia, el derecho civil, penal,
          laboral y comercial] con objeto de procurar que se apliquen los
          principios y procedimientos de todos los instrumentos
          internacionales de derechos humanos pertinentes, mediante la
          legislacio'n nacional, y [considerar la posibilidad de] revocar
          cualesquiera leyes restantes que discriminen por motivos de sexo y
          eliminar los prejuicios sexistas en la administracio'n de justicia;

     e)   Fortalecer y fomentar la elaboracio'n de programas de proteccio'n de
          los derechos humanos de la mujer en las instituciones nacionales de
          derechos humanos que ejecutan programas, tales como las comisiones
          de derechos humanos o la institucio'n del ombudsman, acorda'ndoles
          la condicio'n y los recursos apropiados asi' como acceso al Gobierno
          para prestar asistencia a los particulares, en especial a las
          mujeres, y procurar que esas instituciones presten la debida
          atencio'n a los programas relacionados con la violacio'n de los
          derechos humanos de la mujer;

     f)   [Adoptar medidas para garantizar que se reconozcan y respeten
          plenamente los derechos [sexuales y] los derechos a la procreacio'n
          de la mujer;]

     g)   [Adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar la violencia
          contra la mujer, que constituye una violacio'n de los derechos
          humanos, derivada de pra'cticas nocivas relacionadas con la
          tradicio'n o la costumbre, los prejuicios culturales y el extremismo
          [religioso, antirreligioso o secular].  [Tambie'n se les exhorta a]
          Prohibir la mutilacio'n genital femenina dondequiera que ocurra y
          apoyar vigorosamente las actividades de las organizaciones no
          gubernamentales y comunitarias y las instituciones religiosas
          encaminadas a eliminar tales pra'cticas;]

     h)   [Considerar que' salvaguardias juri'dicas pueden ser necesarias para
          impedir la discriminacio'n por motivos de orientacio'n sexual o de
          estilo de vida;]

     i)   Impartir ensen~anza y capacitacio'n que tenga en cuenta las
          diferencias entre el hombre y la mujer a los funcionarios pu'blicos,
          incluidos, entre otros, el personal policial y militar, los
          funcionarios penitenciarios, el personal me'dico y de salud y los
          asistentes sociales, incluidas las personas que se ocupan de las
          cuestiones relacionadas con la migracio'n y los refugiados, y los
          maestros a todos los niveles del sistema de ensen~anza, y facilitar
          tambie'n ese tipo de ensen~anza y capacitacio'n a los funcionarios
          judiciales y a los miembros del parlamento con objeto de que puedan
          cumplir mejor sus responsabilidades pu'blicas;

     j)   [Promover el derecho de las mujeres, en un pie de igualdades, a ser
          miembro de sindicatos y otras organizaciones profesionales y
          sociales;]

     k)   Establecer mecanismos eficaces para investigar las violaciones de
          los derechos humanos de la mujer perpetradas por cualquier
          funcionario pu'blico y adoptar las medidas juri'dicas y punitivas
          necesarias con arreglo a las leyes nacionales;

     l)   Revisar y enmendar las leyes y los procedimientos penales, segu'n
          sea necesario, para eliminar toda discriminacio'n contra la mujer
          con objeto de procurar que la legislacio'n y los procedimientos
          penales garanticen una proteccio'n efectiva contra los delitos
          dirigidos contra la mujer o que la afecten en forma
          desproporcionada, asi' como el enjuiciamiento por esos delitos, sea
          cual fuere la relacio'n entre el perpetrador y la vi'ctima, y
          procurar que las mujeres acusadas, vi'ctimas o testigos no se
          conviertan otra vez en vi'ctimas ni sufran discriminacio'n alguna en
          la investigacio'n de los delitos y el juicio correspondiente;

     m)   Garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho que los hombres a
          ser [jueces], abogados, funcionarios de otro tipo en los tribunales,
          asi' como funcionarios policiales y funcionarios penitenciarios,
          entre otras cosas;

     n)   Fortalecer los mecanismos administrativos existentes o establecer
          otros posibles mecanismos administrativos de fa'cil acceso,
          gratuitos, o a precios asequibles, asi' como programas de asistencia
          juri'dica para ayudar a las mujeres en situacio'n desventajosa a
          pedir reparacio'n por las violaciones de sus derechos;

     o)   [Garantizar el pleno disfrute de todos los derechos humanos por las
          activistas y otras mujeres que sean miembros de organizaciones no
          gubernamentales en esta esfera, y su libertad para llevar a cabo
          esas actividades;]

     (Alternativa)

          [Asegurar que todas las mujeres y [los miembros de] las
          organizaciones no gubernamentales [y sus miembros] que trabajen
          efectivamente en la esfera de la proteccio'n y promocio'n de todos
          los derechos humanos, a saber, civiles, culturales, econo'micos,
          poli'ticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, disfruten
          de los derechos y libertades reconocidos en la Declaracio'n
          Universal de Derechos Humanos, y de la proteccio'n de las leyes
          nacionales;]

     p)   Fortalecer y alentar la aplicacio'n de las recomendaciones que
          figuran en las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades
          para las personas con discapacidad, prestando especial atencio'n a
          garantizar la no discriminacio'n y el disfrute de todos los derechos
          humanos y las libertades fundamentales, en un pie de igualdad, por
          las mujeres y las nin~as con discapacidad, incluido su acceso a la
          informacio'n y los servicios en la esfera de la violencia contra la
          mujer, asi' como su participacio'n activa y su contribucio'n
          econo'mica en todos los aspectos de la sociedad;

     q)   Alentar la elaboracio'n de programas de derechos humanos que tengan
          en cuenta las diferencias entre el hombre y la mujer.


        Objetivo estrate'gico I.3.  Fomentar la adquisicio'n de conocimientos
                                   juri'dicos elementales                   

Medidas que han de adoptarse

233. Medidas que han de adoptar los gobiernos [con el apoyo de] [y] las
organizaciones no gubernamentales, las Naciones Unidas y otras organizaciones
internacionales, segu'n corresponda:

     a)   Traducir, siempre que sea posible, a los idiomas locales e
          indi'genas y en otras formas apropiadas para las personas con
          discapacidad y las personas poco alfabetizadas y dar publicidad a
          las leyes y la informacio'n relativas a la igualdad de condicio'n y
          a los derechos humanos de todas las mujeres, incluidos la
          Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional
          de Derechos Civiles y Poli'ticos, el Pacto Internacional de Derechos
          Econo'micos, Sociales y Culturales, la Convencio'n sobre la
          eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer,
          la Convencio'n Internacional sobre la Eliminacio'n de todas las
          Formas de Discriminacio'n Racial, la Convencio'n sobre los Derechos
          del Nin~o, la Convencio'n contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
          Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Declaracio'n sobre el Derecho
          al Desarrollo y la Declaracio'n sobre la Eliminacio'n de la
          Violencia contra la Mujer, asi' como los resultados de las
          conferencias y cumbres de las Naciones Unidas que sean pertinentes y
          en los informes nacionales presentados al Comite' sobre la
          Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y divulgarlos;

     b)   Dar publicidad a esa informacio'n y divulgarla en formas fa'ciles de
          comprender y en otras formas posibles que sean apropiadas para las
          personas con discapacidad, y para las personas poco alfabetizadas;

     c)   Divulgar informacio'n sobre la legislacio'n nacional y sus efectos
          sobre la mujer, incluidas directrices fa'cilmente asequibles sobre
          co'mo utilizar el sistema judicial para ejercer los propios
          derechos;

     d)   [Incluir informacio'n sobre los instrumentos y las normas
          internacionales y regionales en las actividades de informacio'n
          pu'blica y de ensen~anza de los derechos humanos y en los programas
          de educacio'n y capacitacio'n para adultos, particularmente para
          grupos tales como los militares, la polici'a y otro personal
          encargado de hacer cumplir
          la ley, los funcionarios del poder judicial y los miembros de las
          profesiones juri'dica y de salud para asegurar la proteccio'n eficaz
          de los derechos humanos;]

     e)   Facilitar ampliamente y dar gran publicidad a la informacio'n sobre
          la existencia de mecanismos nacionales, regionales e internacionales
          para pedir reparacio'n cuando se violen los derechos humanos de la
          mujer;

     f)   Alentar a los grupos locales y regionales de mujeres, a las
          organizaciones no gubernamentales pertinentes, a los educadores y a
          los medios de informacio'n, coordinar sus actividades y cooperar con
          ellos para ejecutar programas de ensen~anza de los derechos humanos
          a fin de que la mujer tenga conciencia de sus derechos humanos;

     g)   [Promover la educacio'n sobre los derechos humanos y juri'dicos de
          la mujer en los planes de estudio escolares a todos los niveles y
          emprender campan~as pu'blicas en los idiomas ma's ampliamente
          utilizados en el pai's, acerca de la igualdad de hombres y mujeres
          en la vida pu'blica y privada, incluidos sus derechos dentro de la
          familia y los instrumentos de derechos humanos pertinentes con
          arreglo al derecho nacional e internacional;]

     h)   Promover en todos los pai'ses la ensen~anza en materia de derechos
          humanos y de derecho internacional humanitario para los miembros de
          las fuerzas armadas y de las fuerzas nacionales de seguridad,
          incluidos los asignados a las operaciones de mantenimiento de la paz
          de las Naciones Unidas, en forma sistema'tica y permanente,
          recorda'ndoles que deben respetar los derechos de la mujer en todo
          momento tanto dentro del servicio como fuera de e'l, y
          sensibiliza'ndolos a ese respecto, prestando especial atencio'n a
          las normas sobre la proteccio'n de las mujeres y los nin~os y a la
          proteccio'n de los derechos humanos en situaciones de conflicto
          armado;

     i)   Adoptar medidas apropiadas para garantizar que las mujeres
          refugiadas y desplazadas, las mujeres migrantes y las trabajadoras
          migrantes se sensibilicen en lo que respecta a sus derechos humanos
          y a los mecanismos de recurso de que disponen.


J.  Desigualdad de acceso y participacio'n de la mujer en
    todos los sistemas de comunicaciones, sobre todo en 
    los medios de difusio'n, y movilizacio'n insuficiente 
    de e'stos para promover las contribuciones positivas 
    de la mujer a la sociedad [Movilizar a los medios   
    de difusio'n para que reflejen las contribuciones de 
    la mujer a la sociedad] [Responsabilidad de los     
    medios de difusio'n por la influencia que tienen en  
    la mujer los temas que tratan] [La mujer y los      
    medios de difusio'n]                                 

234. En el u'ltimo decenio, los avances en la tecnologi'a de la informacio'n
han facilitado el desarrollo de una red mundial de comunicaciones que
trasciende las fronteras nacionales y tiene la capacidad de influir en las
poli'ticas estatales y en las actitudes privadas, sobre todo las de los nin~os
y adultos jo'venes.  Existe en todas partes la posibilidad de que los medios
de comunicacio'n contribuyan en medida mucho mayor al adelanto de la mujer.

235. Ha aumentado el nu'mero de mujeres que hacen carrera en el sector de las
comunicaciones, pero son pocas las que han llegado a ocupar puestos directivos
o que formen parte de juntas directivas y o'rganos que influyen en la
poli'tica de los medios de difusio'n.  La falta de sensibilidad de e'stos ante
los problemas relacionados con el ge'nero se manifiesta en el hecho de que no
se haya logrado erradicar los estereotipos sexuales que divulgan normalmente
las organizaciones de difusio'n pu'blicas y privadas locales, nacionales e
internacionales.

236. Hay que suprimir la proyeccio'n constante de ima'genes negativas y
degradantes de la mujer en los medios de difusio'n, sean electro'nicos,
impresos, visuales o sonoros.  Los medios impresos y electro'nicos de la
mayori'a de los pai'ses no ofrecen una imagen equilibrada de los diversos
estilos de vida de las mujeres y de su aportacio'n a la sociedad en un mundo
en evolucio'n.  Adema's, los productos violentos y degradantes o
pornogra'ficos [tambie'n perjudican] [pueden perjudicar tambie'n] a la mujer y
su participacio'n en la sociedad.  Los programas que insisten en presentar a
la mujer en sus papeles tradicionales pueden ser igualmente perjudiciales.  La
tendencia mundial al consumismo ha creado un clima en el que los anuncios y
mensajes comerciales presentan a la mujer sobre todo como consumidora y se
dirigen a las muchachas y a las mujeres de todas las edades en forma
inapropiada. 

237. Deberi'a potenciarse el papel de la mujer mejorando sus conocimientos
teo'ricos y pra'cticos y su acceso a la tecnologi'a de la informacio'n, lo que
aumentari'a su capacidad de luchar contra la imagen negativa que de ella se
ofrece a escala internacional y de oponerse a los abusos de poder de una
industria cada vez ma's importante.  Hay que instaurar mecanismos de
autorregulacio'n en los medios de difusio'n y fortalecerlos, asi' como idear
me'todos para erradicar los programas que adolecen de prejuicios sexuales [y
limitar el control y la influencia excesivos de las empresas transnacionales].

La mayori'a de las mujeres, sobre todo en los pai'ses en desarrollo, carecen
de acceso efectivo a las infopistas electro'nicas, que esta'n en vi'as de
expansio'n y, por lo tanto, no pueden crear redes que les ofrezcan nuevas
fuentes de informacio'n.  Asi' pues, es necesario que las mujeres intervengan
en la adopcio'n de las decisiones que afectan al desarrollo de las nuevas
tecnologi'as, a fin de participar plenamente en su expansio'n y en el control
de su influencia.

238. Al abordar el problema de la movilizacio'n de los medios de difusio'n,
los gobiernos y otras entidades deberi'an fomentar una poli'tica activa y
visible de incorporacio'n de los aspectos relacionados con el ge'nero en sus
poli'ticas y programas.


[Mejorar el papel de los medios de comunicacio'n de masas
tradicionales y modernos en la sensibilizacio'n eficaz   
acerca de la igualdad entre el hombre y la mujer] 

Objetivo estrate'gico J.1.  Aumentar el acceso de la mujer a la    
                           expresio'n de sus ideas y a la adopcio'n 
                           de decisiones en los medios de difusio'n
                           y por conducto de ellos, asi' como a las
                           nuevas tecnologi'as de comunicacio'n     

Medidas que han de adoptarse:

239. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Fomentar la educacio'n, la capacitacio'n y el empleo de la mujer a
          fin de [garantizarle un mayor] [favorecer su igual] acceso a todas
          las esferas y niveles de los medios de difusio'n;

     b)   Fomentar la investigacio'n de todos los aspectos de la imagen de la
          mujer en los medios de difusio'n para determinar las esferas que
          requieren atencio'n y examinar las actuales poli'ticas de difusio'n
          para hacerlas receptivas a los problemas relacionados con el
          ge'nero; 

     c)   Promover la participacio'n [plena y] equitativa de la mujer en los
          medios de difusio'n, incluida la participacio'n en la gestio'n, la
          produccio'n de programas, la educacio'n, la capacitacio'n y la
          investigacio'n;

     d)   Procurar que se distribuyan equitativamente los nombramientos de
          mujeres y hombres en todos los o'rganos consultivos, de gestio'n, de
          reglamentacio'n o de supervisio'n relacionados con los medios de
          difusio'n privados y estatales o pu'blicos;

     e)   Alentar a esos o'rganos, en la medida en que ello no atente contra
          la libertad de expresio'n, a que aumenten el nu'mero de programas
          destinados a la mujer, y realizados por mujeres, y a velar por que
          las necesidades y los problemas de la mujer se traten en forma
          apropiada;

     f)   Estimular y reconocer las redes de comunicacio'n de mujeres, entre
          ellas las redes electro'nicas y otras nuevas tecnologi'as aplicadas
          a la comunicacio'n, como medio para la difusio'n de informacio'n y
          el intercambio de ideas, tanto en el plano nacional como
          internacional, y prestar apoyo a los grupos de mujeres que
          participan en todos los a'mbitos de los medios de difusio'n y de los
          sistemas de comunicacio'n a esos fines;

     g)   Alentar la utilizacio'n creativa de programas en los medios de
          difusio'n nacionales, y proporcionar medios o incentivos a ese
          efecto, con miras a divulgar informacio'n sobre las diversas formas
          culturales de la poblacio'n auto'ctona, y desarrollar los aspectos
          sociales y educacionales conexos en el marco de la legislacio'n
          nacional; 

     h)   Garantizar la libertad de los medios de difusio'n y su proteccio'n
          dentro del marco de la legislacio'n nacional [y alentar la
          participacio'n positiva de los medios de difusio'n en las cuestiones
          sociales y de desarrollo].

240. Medidas que han de adoptar los sistemas de difusio'n nacionales e
internacionales:

     Elaborar, en la medida en que no atente contra la libertad de expresio'n,
     mecanismos normativos, incluidos los voluntarios, que permitan a los
     sistemas de comunicaciones internacionales y a los medios de difusio'n
     dar una imagen equilibrada y diferenciada de la mujer y que fomenten una
     mayor participacio'n del hombre y la mujer en la produccio'n y en la
     adopcio'n de decisiones.

241. Medidas que han de adoptar los gobiernos, segu'n proceda, o los
mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer:

     a)   Fomentar la organizacio'n de programas de educacio'n y capacitacio'n
          de la mujer a fin de que se prepare informacio'n destinada a los
          medios de difusio'n, incluida la financiacio'n de actividades
          experimentales y la utilizacio'n de nuevas tecnologi'as aplicadas a
          la comunicacio'n, a la ciberne'tica, y a la comunicacio'n espacial y
          por sate'lite, ya sea en la esfera pu'blica o privada;

     b)   Alentar la utilizacio'n de los sistemas de comunicacio'n, incluidas
          las nuevas tecnologi'as, como medio de fortalecer la participacio'n
          de la mujer en los procesos democra'ticos;

     c)   Facilitar la recopilacio'n de una lista de especialistas en los
          medios de difusio'n en cuestiones relacionadas con la mujer;

     d)   Alentar la participacio'n de la mujer en la elaboracio'n de
          [directrices profesionales y co'digos de conducta] [mecanismos
          normativos apropiados] para fomentar una imagen equilibrada y [no
          estereotipada] de la mujer en los medios de difusio'n.

242. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales y las
asociaciones profesionales de difusio'n:

     a)   Estimular la creacio'n de grupos de control que puedan vigilar a los
          medios de difusio'n, y celebrar consultas con ellos a fin de velar
          por que las necesidades y los problemas de la mujer se reflejen en
          forma apropiada;

     b)   [Tener en cuenta la posibilidad de] Capacitar a la mujer para que
          pueda utilizar mejor la tecnologi'a de la informacio'n aplicada a la
          comunicacio'n y a los medios de difusio'n, incluso a nivel
          internacional;

     c)   Crear redes entre las organizaciones no gubernamentales, las
          organizaciones femeninas y las organizaciones de difusio'n
          profesionales, y elaborar programas de informacio'n para esas
          organizaciones, a fin de que se reconozcan las necesidades concretas
          de la mujer en los medios de difusio'n, y facilitar una mayor
          participacio'n de la mujer en la comunicacio'n, en particular en el
          plano internacional, en apoyo del dia'logo Sur-Sur y Norte-Norte
          entre esas organizaciones con miras a, entre otras cosas, promover
          los derechos humanos de la mujer y la igualdad entre la mujer y el
          hombre;

     d)   Alentar a la industria de los medios de difusio'n y a las
          instituciones de ensen~anza y de capacitacio'n en materia de medios
          de difusio'n a que elaboren, en los idiomas apropiados, formas de
          difusio'n destinadas a los grupos tradicionales y auto'ctonos y a
          otros grupos e'tnicos, tales como la narracio'n, el teatro, la
          poesi'a y el canto, [que reflejen sus culturas] [que reflejen sus
          valores culturales propios] [que reflejen sus valores morales,
          e'ticos y religiosos], y utilizar esas formas de comunicacio'n para
          difundir informacio'n sobre cuestiones sociales y de desarrollo.


Objetivo estrate'gico J.2.  Fomentar una imagen [positiva] [equilibrada
                      y no estereotipada] de la mujer en los
  medios de difusio'n

Medidas que han de adoptarse

243. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales, en la medida en que no atenten contra la libertad de
expresio'n:

     a)   Fomentar la investigacio'n y la aplicacio'n de una estrategia de
          informacio'n, educacio'n y comunicacio'n orientada a estimular la
          presentacio'n de una imagen equilibrada de las mujeres y las nin~as
          y de las mu'ltiples funciones que ellas desempen~an; 

     b)   Alentar a los medios de difusio'n y a los organismos de publicidad a
          que elaboren programas especiales para fomentar el intere's en la
          Plataforma de Accio'n;

     c)   Fomentar una capacitacio'n que tenga en cuenta los aspectos
          relacionados con el ge'nero para los profesionales de los medios de
          difusio'n, incluidos los propietarios y los administradores, a fin
          de alentar la creacio'n y la utilizacio'n de ima'genes [positivas]
          [no estereotipadas] de la mujer en los medios de difusio'n;

     d)   Alentar a los medios de difusio'n a que se abstengan de presentar a
          la mujer como un ser inferior y explotarla como objeto sexual y bien
          de consumo, en lugar de presentarla como un ser creativo, agente
          principal, contribuyente y beneficiaria del proceso de desarrollo;

     e)   Fomentar la idea de que los estereotipos sexistas que se presentan
          en los medios de difusio'n son discriminatorios para la mujer,
          degradantes y ofensivos;

     f)   Adoptar medidas efectivas, que incluyan normas legislativas
          pertinentes, contra la pornografi'a y la proyeccio'n de programas en
          los que se muestren escenas de violencia contra mujeres y nin~os en
          los medios de difusio'n.

244. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n de masas y las
organizaciones de publicidad:

     a)   Elaborar [mecanismos apropiados de control] [directrices
          profesionales y co'digos de conducta] y otras formas de autocontrol
          para fomentar la presentacio'n de ima'genes no estereotipadas de la
          mujer;

     b)   [Establecer directrices profesionales y co'digos de conducta que se
          ocupen de los materiales de contenido violento, degradante o
          pornogra'fico sobre la mujer en los medios de informacio'n, incluso
          en la publicidad;]

     c)   Elaborar una perspectiva femenina acerca de todas las cuestiones de
          intere's para las comunidades, los consumidores y la sociedad civil;

     d)   Aumentar la participacio'n de la mujer en la toma de decisiones en
          los medios informativos a todos los niveles.

245. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n, las organizaciones
no gubernamentales y el sector privado, en colaboracio'n, donde corresponda,
con los mecanismos nacionales encargados de la promocio'n de la mujer:

     a)   Fomentar la participacio'n en pie de igualdad en las
          responsabilidades familiares, mediante campan~as en los medios de
          difusio'n [que hagan hincapie' en la igualdad de los sexos y en
          versiones no estereotipadas de los papeles del hombre y la mujer
          dentro de la familia], y que difundan informacio'n tendiente a
          eliminar el abuso dome'stico de co'nyuges y nin~os y todas las
          formas de violencia contra la mujer, incluso la violencia en el
          hogar; 

     b)   Producir y/o difundir materiales en los medios de difusio'n sobre la
          mujer como dirigente, entre otras cosas, como [madre soli'cita y
          gui'a de una familia feliz] administradora y empresaria, para servir
          de modelo, particularmente para las mujeres jo'venes;

     c)   Fomentar campan~as de amplio alcance que utilicen los programas de
          educacio'n pu'blica y privada para difundir informacio'n sobre [los
          derechos humanos de la mujer] [los derechos de la mujer segu'n los
          instrumentos internacionales de derechos humanos] con miras a
          fomentar la conciencia acerca de sus derechos humanos;

     d)   [Brindar apoyo al desarrollo de nuevos] [Elaborar y financiar]
          medios optativos y la utilizacio'n de todas las formas de
          comunicacio'n para difundir la informacio'n dirigida a la mujer y
          sobre la mujer y sus intereses. 

     e)   Elaborar criterios y capacitar a expertas para que apliquen el
          ana'lisis de los aspectos relacionados con el ge'nero a los
          programas de los medios de difusio'n.


K.  [Falta del reconocimiento y el apoyo debidos para] [Promover]
    la contribucio'n de la mujer a la ordenacio'n de los recursos  
    naturales y la proteccio'n del medio ambiente [La mujer y el  
    medio ambiente]                                              

246. [El ser humano es el elemento central del desarrollo sostenible.  Tiene
derecho a una vida saludable y productiva en armoni'a con la naturaleza.]* 
La funcio'n de la mujer en la creacio'n de modalidades de consumo y
produccio'n sostenibles y ecolo'gicamente racionales y de me'todos para la
ordenacio'n de los recursos naturales es sumamente importante, como se
reconocio' en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y
el Desarrollo y en la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo, y se dejo' plasmado en todo el Programa 21.  En el u'ltimo decenio
ha aumentado considerablemente la preocupacio'n por el agotamiento de los
recursos, la degradacio'n de los sistemas naturales y los peligros de las
sustancias contaminantes.  Esas condiciones de degradacio'n causan la
destruccio'n de ecosistemas fra'giles y el desplazamiento de comunidades, en
particular el de las mujeres que forman parte de ellas, de las actividades
productivas y representan una amenaza cada vez mayor para un medio ambiente
seguro y saludable.  [La causa principal del continuo deterioro del medio
ambiente en el mundo son las modalidades insostenibles de consumo y
produccio'n, especialmente en los pai'ses industrializados.  El aumento del
nivel de los mares como consecuencia del calentamiento de la tierra constituye
una amenaza grave e inmediata para las personas que viven en pai'ses insulares
y zonas costeras.  La utilizacio'n de sustancias que provocan una disminucio'n
del ozono, como los productos halogenados y los productos con
clorofluorocarbono, los pla'sticos expansibles y de otros tipos, perjudican
considerablemente a la atmo'sfera, pues permiten que los rayos ultravioletas
dan~inos lleguen a la superficie de la Tierra y afecten gravemente la salud de
las personas.]

*  Las dos primeras oraciones no esta'n sujetas a debate, pero todavi'a no se
ha decidido si se incluira'n o no en esta seccio'n.

247. Todos los Estados y todas las personas debera'n cooperar en la tarea
fundamental de erradicar la pobreza, como requisito indispensable para
alcanzar el desarrollo sostenible, a fin de reducir las desigualdades de los
niveles de vida y atender mejor las necesidades de la mayori'a de la
poblacio'n mundial.  [La pobreza y la degradacio'n del medio ambiente esta'n
estrechamente relacionadas.]  [Adema's, las guerras, los conflictos armados,
la ocupacio'n extranjera y los desplazamientos guardan tambie'n una estrecha
relacio'n con la degradacio'n del medio ambiente.]  El deterioro de los
recursos naturales desplaza a las comunidades y especialmente a las mujeres
que forman parte de ellas, de las actividades generadoras de ingresos, a la
vez que aumenta considerablemente la cantidad de trabajo no remunerado que es
necesario realizar.  Tanto en las zonas urbanas como en las rurales, la
degradacio'n del medio ambiente repercute negativamente en la salud, el
bienestar y la calidad de vida de la poblacio'n en general, y sobre todo de
las nin~as y mujeres de todas las edades.  Es fundamental conceder una
atencio'n y un reconocimiento particulares a la funcio'n y la situacio'n
especial de las mujeres que viven en las zonas rurales y las que trabajan en
el sector agri'cola, en el que el acceso a la capacitacio'n, la tierra, los
recursos naturales y productivos, los cre'ditos, los programas de desarrollo y
las estructuras de cooperativas pueden ayudarlas a participar en mayor medida
en el desarrollo sostenible.  Los riesgos ambientales en el hogar y en el
lugar de trabajo pueden tener consecuencias desproporcionadas para la salud de
la mujer, debido a que su vulnerabilidad a los efectos to'xicos de diversos
productos qui'micos es variable.  Esos riesgos son particularmente elevados
[en las zonas urbanas y en las zonas de ingresos bajos] donde existe una alta
concentracio'n de instalaciones industriales contaminantes.

248. [Mediante la gestio'n y el uso de los recursos naturales, la mujer
sostiene a su familia y a la comunidad.  Como consumidora, cuidadora de su
familia y educadora, su funcio'n es fundamental para la promocio'n del
desarrollo sostenible, como lo es su preocupacio'n por la calidad y el
cara'cter sostenible de la vida para las generaciones actuales y futuras.  Las
mujeres han manifestado su intencio'n de crear un nuevo paradigma de
desarrollo en el que se integre la preservacio'n del medio ambiente con la
justicia y la igualdad entre los sexos dentro de una misma generacio'n y entre
distintas generaciones, como se afirma en el capi'tulo 24 del Programa 21
17/.]

249. La mujer sigue en gran medida sin participar en el proceso de
formulacio'n de poli'ticas y adopcio'n de decisiones en materia de
ordenacio'n, conservacio'n, proteccio'n y rehabilitacio'n del medio ambiente y
los recursos naturales; su experiencia y aptitudes en la defensa y la
vigilancia de la ordenacio'n adecuada de los recursos naturales siguen muy a
menudo marginadas de los o'rganos normativos y de adopcio'n de decisiones,
asi' como de los puestos directivos en las instituciones de ensen~anza y los
organismos relacionados con el medio ambiente.  Son pocas las mujeres que
reciben capacitacio'n profesional en la ordenacio'n de los recursos naturales
y tienen capacidad normativa, por ejemplo como expertas en planificacio'n de
la ordenacio'n territorial, agronomi'a, silvicultura, ciencias marinas y
derecho ambiental.  Incluso cuando reciben capacitacio'n  profesional en la
ordenacio'n de los recursos naturales, no suelen tener una representacio'n
suficiente en las instituciones oficiales con capacidad normativa a nivel
nacional, regional e internacional.  Por lo general, la mujer no participa en
pie de igualdad en la gestio'n de las instituciones financieras y las empresas
cuyas decisiones son las que ma's afectan a la calidad del medio ambiente. 
Adema's, existen deficiencias institucionales en la coordinacio'n entre las
organizaciones no gubernamentales de mujeres y las instituciones nacionales
que se ocupan de cuestiones ambientales, pese al ra'pido aumento y la
importancia de las organizaciones no gubernamentales de mujeres que se dedican
a esas cuestiones a todos los niveles.

250. La mujer ha desempen~ado a menudo funciones de liderazgo o tomado la
iniciativa para promover una e'tica del medio ambiente, disminuir el uso de
recursos y reutilizar y reciclar recursos para reducir al ma'ximo los desechos
y el consumo excesivo.  La mujer puede influir en forma considerable en las
decisiones en materia de consumo sostenible.  Adema's, su contribucio'n a la
ordenacio'n del medio ambiente, por ejemplo, a trave's de campan~as para los
jo'venes y las comunidades destinadas a proteger el medio ambiente, suele
tener lugar a nivel local, donde es ma's necesaria y decisiva una accio'n
descentralizada sobre cuestiones de medio ambiente.  La mujer, y en particular
la mujer indi'gena, tiene conocimientos especiales de los vi'nculos
ecolo'gicos y de la ordenacio'n de los ecosistemas fra'giles.  En muchas
comunidades, la mujer es la principal fuerza de trabajo para la produccio'n de
subsistencia, por ejemplo, la recoleccio'n de mariscos; asi' pues, su funcio'n
es fundamental para el abastecimiento de alimentos y la nutricio'n, la mejora
de las actividades de subsistencia y del sector no estructurado y la
proteccio'n del medio ambiente.  En algunas regiones, la mujer suele ser el
miembro ma's estable de la comunidad, ya que el hombre a menudo trabaja en
lugares lejanos y deja a la mujer para que proteja el medio ambiente y vele
por una distribucio'n adecuada de los recursos dentro del hogar y la
comunidad.

251. Las medidas estrate'gicas necesarias para una buena ordenacio'n del medio
ambiente exigen un me'todo global, multidisciplinario e intersectorial.  La
participacio'n y el liderazgo de la mujer son fundamentales en todos los
aspectos de dicho me'todo.  En las recientes conferencias mundiales de las
Naciones Unidas sobre el desarrollo, asi' como las conferencias regionales
preparatorias de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, se ha
reconocido que las poli'ticas en materia de desarrollo sostenible en que no se
cuente con la participacio'n del hombre y la mujer no lograra'n sus resultados
a largo plazo.  Han solicitado la participacio'n eficaz de la mujer en la
generacio'n de conocimientos y educacio'n ambiental, la adopcio'n de
decisiones y la gestio'n en todos los niveles.  Las experiencias y
contribuciones de la mujer a un medio ambiente ecolo'gicamente racional deben
ocupar un lugar prioritario en el programa para el siglo XXI.  Mientras la
contribucio'n de la mujer a la ordenacio'n del medio ambiente no reciba
reconocimiento y apoyo, el desarrollo sostenible seguira' siendo un objetivo
difi'cil de alcanzar.

252.  Cuando los gobiernos y otros agentes traten la cuestio'n de la falta del
reconocimiento y el apoyo debidos a la contribucio'n de la mujer en la
conservacio'n y ordenacio'n de los recursos naturales y la proteccio'n del
medio ambiente, debera'n propiciar la integracio'n activa y visible de las
cuestiones relacionadas con la desigualdad entre el hombre y la mujer en todas
las poli'ticas y programas, [de manera que se analicen las consecuencias para
el hombre y la mujer antes de adoptar decisiones].


Objetivo estrate'gico K.1.  Lograr la participacio'n activa de la mujer  
                           en la adopcio'n de decisiones relativas al   
                           medio ambiente en todos los niveles         

Medidas que han de adoptarse

253. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en todos los niveles, con
inclusio'n de las autoridades municipales segu'n proceda:

     a)   [Asegurar] oportunidades a las mujeres, inclusive las pertenecientes
          a poblaciones indi'genas, para que participen en la adopcio'n de
          decisiones relativas al medio ambiente en todos los niveles, incluso
          como administradoras, elaboradoras de proyectos y planificadoras y
          como ejecutoras y evaluadoras de los proyectos relativos al medio
          ambiente;

     b)   Facilitar y fomentar el acceso de la mujer a la informacio'n y la
          educacio'n, inclusive en las esferas de la ciencia, la tecnologi'a y
          la economi'a, promoviendo de ese modo sus conocimientos, aptitudes y
          oportunidades de participacio'n en las decisiones relativas al medio
          ambiente;

     c)   [Estimular, mediante leyes nacionales y con sujecio'n a ellas, los
          conocimientos, tradicionales, innovaciones, pra'cticas y aptitudes
          de las mujeres indi'genas, inclusive los relativos a medicina
          tradicional, biodiversidad y tecnologi'as indi'genas, asegurar que
          sean protegidos y mejorados y que sean respetados, conservados y
          mantenidos, segu'n se preve' en el Convenio sobre la Diversidad
          Biolo'gica 28/, y que se salvaguarden sus derechos de propiedad
          intelectual y se aliente la divisio'n equitativa de los beneficios
          obtenidos de la utilizacio'n de esos conocimientos;]

     d)   Adoptar medidas adecuadas para reducir los riesgos para la mujer
          resultantes de peligros ambientales identificados, tanto en el hogar
          como en el trabajo y en otros ambientes, inclusive la aplicacio'n
          adecuada de tecnologi'as poco contaminantes, teniendo en cuenta el
          enfoque preventivo convenido en la Declaracio'n de Ri'o sobre el
          Medio Ambiente y el Desarrollo;

     e)   Adoptar medidas para integrar [las preocupaciones de las mujeres y]
          una perspectiva basada en el genero en el disen~o y la utilizacio'n,
          entre otras cosas, de mecanismos de gestio'n de [energi'a] y
          recursos, te'cnicas de produccio'n y desarrollo de las
          infraestructuras en las zonas rurales y urbanas, que sean
          ecolo'gicamente racionales y sostenibles;

     f)   [Adoptar medidas que reconozcan el papel social de las mujeres
          como consumidoras a fin de que puedan adoptar medidas ambientales
          eficaces en sus hogares, comunidades y lugares de trabajo;]

     g)   Promover la participacio'n de las comunidades locales,
          particularmente de las mujeres, en la individualizacio'n de las
          necesidades en materia de servicios pu'blicos, planificacio'n del
          espacio y disen~o y creacio'n de infraestructuras urbanas.

254. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y las instituciones del sector privado, segu'n proceda:

     a)   Tener en cuenta la repercusiones de los aspectos relacionados con el
          ge'nero en la labor de la Comisio'n sobre el Desarrollo Sostenible y
          otros o'rganos pertinentes de las Naciones Unidas y en las
          actividades de las instituciones financieras internacionales;

     b)   Promover la participacio'n de la mujer y tener en cuenta las
          perspectivas relacionadas con el ge'nero en el disen~o, la
          aprobacio'n y la ejecucio'n de proyectos financiados con cargo al
          Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras organizaciones
          pertinentes de las Naciones Unidas;

     c)   Alentar el disen~o de proyectos en los sectores de intere's para el
          Fondo para el Medio Ambiente Mundial que beneficien a las mujeres, y
          el disen~o de proyectos administrados por mujeres;

     d)   Establecer estrategias y mecanismos, en particular en los niveles 
          ma's ba'sicos, para aumentar la proporcio'n de mujeres que
          participan como dirigentes, planificadoras, administradoras,
          cienti'ficas y asesoras te'cnicas en el disen~o, desarrollo y
          ejecucio'n de poli'ticas y programas para la ordenacio'n de recursos
          naturales y la proteccio'n y conservacio'n del medio ambiente y que
          se benefician de esas actividades;

     e)   Alentar a las instituciones sociales, econo'micas, poli'ticas y
          cienti'ficas a que se ocupen del deterioro del medio ambiente y de
          las repercusiones que ello tiene sobre las mujeres.

255. Medidas que han de adoptar las organizaciones no gubernamentales y el
sector privado:

     a)   Asumir la defensa de las cuestiones relativas a la ordenacio'n del
          medio ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales que
          preocupan a las mujeres y proporcionar informacio'n a fin de
          contribuir a la movilizacio'n de recursos para la proteccio'n y
          conservacio'n del medio ambiente;

     b)   Facilitar el acceso de las agricultoras, pescadoras y pastoras a
          conocimientos, aptitudes, servicios de comercializacio'n y
          tecnologi'as ecolo'gicamente racionales a fin de apoyar y fortalecer
          sus papeles decisivos y su experiencia en el aprovechamiento de los
          recursos y la conservacio'n de la diversidad biolo'gica.


Objetivo estrate'gico K.2.  Asegurar la integracio'n de las 
                           preocupaciones y perspectivas  
                           relacionadas con el ge'nero en  
                           las poli'ticas y programas en   
                           favor del desarrollo sostenible

Medidas que han de adoptarse

256. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [Integrar las perspectivas y los conocimientos de todas las mujeres
          en materia de ordenacio'n sostenible de los recursos, incluidos los
          de las mujeres indi'genas, en la formulacio'n de poli'ticas y
          programas de desarrollo sostenible, particularmente los destinados a
          atender y prevenir la degradacio'n ambiental de la tierra;]

     b)   Evaluar las poli'ticas y programas desde el punto de vista de su
          repercusio'n sobre el medio ambiente y de la igualdad de acceso y de
          utilizacio'n por la mujer de los recursos naturales;

     c)   Asegurar que se realicen investigaciones adecuadas para evaluar de
          que' modo y en que' medida las mujeres son particularmente
          susceptibles o esta'n particularmente expuestas al deterioro del
          medio ambiente y a los peligros derivados de e'ste, inclusive,
          cuando proceda, la realizacio'n de investigaciones y la reunio'n de
          datos sobre grupos concretos de mujeres, sobre todo mujeres de bajos
          ingresos, mujeres indi'genas y mujeres pertenecientes a minori'as;

     d)   [Integrar los conocimientos y las pra'cticas tradicionales de las
          mujeres rurales en relacio'n con el uso y la ordenacio'n sostenibles
          de los recursos cuando se elaboren programas de ordenacio'n del
          medio ambiente y de divulgacio'n;]

     e)   Integrar los resultados de investigaciones en que se tiene en cuenta
          una perspectiva basada en el ge'nero en las poli'ticas con el fin de
          crear asentamientos humanos sostenibles;

     f)   Promover el conocimiento de la funcio'n de las mujeres y fomentar
          las investigaciones sobre esta funcio'n, en particular de las
          mujeres rurales e indi'genas, en la recoleccio'n y produccio'n de
          alimentos, la conservacio'n del suelo, el riego y la ordenacio'n de
          cuencas hidrogra'ficas, el saneamiento, la ordenacio'n de las zonas
          costeras y el aprovechamiento de los recursos marinos, el control
          integrado de las plagas, la planificacio'n del uso de la tierra, la
          conservacio'n de los bosques y la silvicultura comunitaria, la
          pesca, la prevencio'n de los desastres naturales y las fuentes de
          energi'a nuevas y renovables, prestando especial atencio'n a los
          conocimientos y a las experiencias de las mujeres indi'genas;

     g)   Elaborar una estrategia de cambio para eliminar todos los
          obsta'culos que impiden la participacio'n plena y equitativa de las
          mujeres en el desarrollo sostenible y su acceso a los recursos [y el
          control de e'stos] en un pie de igualdad;

     h)   Fomentar la educacio'n de las nin~as y las mujeres de todas las
          edades en las esferas de la ciencia, la tecnologi'a y la economi'a,
          y otras disciplinas relacionadas con el medio ambiente natural, de
          manera que puedan hacer elecciones bien fundadas y proporcionar
          informacio'n bien fundamentada en la determinacio'n de las
          prioridades econo'micas, cienti'ficas y ambientales locales para la
          ordenacio'n y el uso apropiado de los recursos y ecosistemas
          naturales y locales;

     i)   Elaborar programas para lograr la participacio'n de mujeres
          profesionales y cienti'ficas, asi' como de trabajadoras te'cnicas,
          administrativas y de oficina, en la ordenacio'n del medio ambiente,
          elaborar programas de capacitacio'n de nin~as y mujeres en esas
          esferas, aumentar las oportunidades de contratacio'n y promocio'n de
          las mujeres en esas esferas y poner en pra'ctica medidas especiales
          encaminadas a promover los conocimientos especializados y la
          participacio'n de la mujer en dichas actividades;

     j)   Individualizar y fomentar tecnologi'as ecolo'gicamente racionales
          disen~adas, elaboradas y perfeccionadas con la participacio'n de la
          mujer que sean adecuadas tanto para las mujeres como para los
          hombres;

     k)   Apoyar el desarrollo de un acceso equitativo de las mujeres a la
          infraestructura de vivienda, el agua apta para el consumo y las
          tecnologi'as energe'ticas seguras, tales como la energi'a eo'lica y
          solar, la biomasa y otras fuentes renovables, por medio de la
          evaluacio'n de las necesidades de participacio'n, la planificacio'n
          de la energi'a y la formulacio'n de poli'ticas energe'ticas a escala
          local y nacional;

     l)   Lograr que para el an~o 2000 todos tengan acceso a agua limpia y que
          se disen~en y apliquen planes de proteccio'n y conservacio'n
          ambiental para rehabilitar los sistemas de abastecimiento de agua
          contaminados y reconstruir las cuencas hidrogra'ficas dan~adas.

257. Medidas que han de adoptar las organizaciones internacionales, las
organizaciones no gubernamentales y las instituciones del sector privado:

     a)   Lograr la participacio'n de la mujer en las industrias de la
          comunicacio'n a fin de aumentar los conocimientos sobre los temas
          ambientales, en particular sobre las repercusiones de los productos,
          las tecnologi'as y los procesos industriales sobre el medio ambiente
          y la salud;

     b)   Alentar a los consumidores a que hagan uso de su poder adquisitivo
          para fomentar la fabricacio'n de productos ecolo'gicamente correctos
          y alentar las inversiones en actividades y tecnologi'as
          ecolo'gicamente racionales y productivas en la agricultura, la
          pesca, el comercio y la industria;

     c)   Apoyar las iniciativas de las mujeres consumidoras mediante la
          promocio'n de la comercializacio'n de alimentos orga'nicos y
          servicios de reciclado, la informacio'n sobre productos [y el
          etiquetado de productos, incluido el etiquetado para analfabetos de
          los productos qui'micos to'xicos y los contenedores de plaguicidas].


     Objetivo estrate'gico K.3.  Establecer o fortalecer mecanismos a nivel   

                                regional, nacional e internacional para 
                                evaluar los efectos de las poli'ticas 
                                de desarrollo y medio ambiente en la mujer

Medidas que han de adoptarse

258. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones regionales e
internacionales y las organizaciones no gubernamentales, segu'n resulte
apropiado:

     a)   Ofrecer asistencia te'cnica a las mujeres, en particular en los
          pai'ses en desarrollo, en los sectores de la agricultura, las
          pesqueri'as, la pequen~a empresa, el comercio y la industria, a fin
          de lograr el
          fomento continuo del desarrollo de los recursos humanos y la
          elaboracio'n de tecnologi'as ecolo'gicamente racionales, asi' como
          de las empresas de mujeres;

     b)   Elaborar bases de datos y sistemas de informacio'n [y supervisio'n]
          y llevar a cabo investigaciones, metodologi'as y ana'lisis de
          poli'ticas participatorios y dina'micos en que se tengan en cuenta
          las diferencias entre hombres y mujeres, con la colaboracio'n de las
          instituciones acade'micas y de las investigadoras locales, sobre las
          cuestiones siguientes:

          i)   Los conocimientos y la experiencia de la mujer en la
               ordenacio'n y conservacio'n de los recursos naturales para su
               inclusio'n en las bases de datos y los sistemas de informacio'n
               en la esfera del desarrollo sostenible;

         ii)   Las consecuencias para la mujer de la degradacio'n del medio
               ambiente y de los recursos naturales derivada, entre otras
               cosas, de unas pautas de produccio'n y consumo no sostenibles,
               la sequi'a, la mala calidad del agua, el calentamiento de la
               atmo'sfera, la desertificacio'n, la elevacio'n del nivel del
               mar, los desechos peligrosos, los desastres naturales, los
               productos qui'micos to'xicos y los residuos de plaguicidas, los
               residuos radiactivos, los conflictos armados [y las corrientes
               de refugiados];

        iii)   Ana'lisis de los vi'nculos estructurales entre las relaciones
               entre los sexos, el medio ambiente y el desarrollo, con
               particular hincapie' en determinados sectores tales como la
               agricultura, la industria, la pesca, la silvicultura, la salud
               ambiental, la diversidad biolo'gica, el clima, los recursos
               hi'dricos y el saneamiento;

         iv)   Medidas encaminadas a elaborar e incluir ana'lisis ambientales,
               econo'micos, [culturales], sociales y relacionados con las
               diferencias entre los sexos como paso fundamental para la
               preparacio'n [y la vigilancia] de programas y poli'ticas;

          v)   Programas encaminados a crear centros rurales y urbanos de
               capacitacio'n, investigacio'n y recursos que permitan difundir
               tecnologi'as ecolo'gicamente racionales destinadas a las
               mujeres;

     c)   [Prohibir el movimiento transfronterizo de desechos to'xicos
          peligrosos y de material radiactivo;]

     d)   Fomentar la coordinacio'n dentro y entre las instituciones para
          aplicar la presente Plataforma de Accio'n y el capi'tulo 24 del
          Programa 21 17/ [y, entre otras cosas, pedir a [la Comisio'n de la
          Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer,] la Comisio'n sobre el
          Desarrollo Sostenible y el Consejo Econo'mico y Social que
          [supervisen y] evalu'en perio'dicamente la aplicacio'n del Programa
          21 en lo que respecta a las mujeres y el medio ambiente].


            L.  [Persistencia de la discriminacio'n contra la nin~a
                 y violacio'n de sus derechos] [Supervivencia,    
                 proteccio'n y desarrollo] de la nin~a             

259. En la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o se reconoce que "Los
Estados partes respetara'n los derechos enunciados en la presente Convencio'n
y asegurara'n su aplicacio'n a cada nin~o sujeto a su jurisdiccio'n, sin
distincio'n alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el
idioma, la religio'n, la opinio'n poli'tica o de otra i'ndole, el origen
nacional, e'tnico o social, la posicio'n econo'mica, los impedimentos
fi'sicos, el nacimiento o cualquier otra condicio'n del nin~o, de sus padres o
de sus representantes legales" (pa'rrafo 1 del arti'culo 2) 10/.  ["Los
Estados
partes respetara'n las responsabilidades, los derechos y los deberes de los
padres o, en su caso, de los miembros de la familia ampliada o de la
comunidad, segu'n establezca la costumbre local, de los tutores u otras
personas encargadas legalmente del nin~o de impartirle, en consonancia con la
evolucio'n de sus facultades, direccio'n y orientacio'n apropiadas para que el
nin~o ejerza los derechos reconocidos en la presente Convencio'n" (arti'culo
5)] 10/.  No obstante, los indicadores de que se dispone demuestran que en
muchos pai'ses se discrimina contra la nin~a desde [la concepcio'n o la
infancia,] durante toda su nin~ez y hasta alcanzar la edad adulta.  [En
algunas partes del mundo, el nu'mero de hombres excede al de mujeres en la
proporcio'n de 105 a 100.  Los motivos de esta disparidad, que denota la falta
de millones de mujeres son, entre otros, las actitudes y pra'cticas
perjudiciales, como la mutilacio'n genital de las mujeres, la preferencia por
los hijos varones, que se traduce a su vez en el infanticidio de las nin~as [y
en la seleccio'n del sexo antes del nacimiento], el matrimonio precoz, la
violencia contra la mujer, la prostitucio'n, el abuso sexual, la
discriminacio'n contra la nin~a en las raciones alimentarias y otras
pra'cticas que afectan a la salud y al bienestar.  Como resultado de todo
ello, menos nin~as que nin~os llegan a la edad adulta.]

260. Las nin~as suelen ser consideradas inferiores y se les ensen~a a ponerse
siempre en u'ltimo lugar, con lo que se les quita el sentido de su propia
dignidad.  La discriminacio'n y el descuido de que son objeto en la infancia
pueden ser el comienzo de una espiral descendente que durara' toda la vida, en
la que la mujer se vera' sometida a privaciones y excluida de la vida social
en general.  Deben adoptarse iniciativas para preparar a la nin~a a
participar, activa y eficazmente y en pie de igualdad con el nin~o, en todos
los niveles de la direccio'n en las esferas social, econo'mica, poli'tica y
cultural.

261. Los medios educativos viciados por prejuicios basados en el ge'nero, como
los programas de estudios, materiales y pra'cticas, las actitudes de los
profesores y las relaciones dentro del aula, refuerzan las desigualdades ya
existentes entre los sexos.

262. Puede ser que la nin~a y la mujer adolescente reciba, ya sea de sus
padres, profesores o compan~eros o de los medios de comunicacio'n, una
multiplicidad de mensajes conflictivos entre si' y que la confunden en cuanto
a su papel como mujer.  Es preciso que mujeres y hombres colaboren en los
trabajos de atencio'n a la infancia y a la juventud para acabar con
estereotipos sexuales arraigados [reconociendo los derechos, deberes y
obligaciones de los padres y otras personas legalmente encargadas de los
nin~os, y de conformidad con la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o].

263. Aunque el nu'mero de nin~os instruidos ha aumentado en los u'ltimos 20
an~os en algunos pai'ses los nin~os se han beneficiado proporcionalmente mucho
ma's que las nin~as.  En 1990, habi'a 130 millones de nin~os sin acceso a la
escuela primaria; de ellos 81 millones eran nin~as.  [Este hecho puede
atribuirse a factores que incluyen actitudes dictadas por la costumbre, el
trabajo infantil, el matrimonio precoz, la falta de dinero y de servicios
escolares adecuados y los embarazos de adolescentes.]  [En algunos pai'ses, la
escasez de maestras puede coartar la matriculacio'n de las nin~as.]  En muchos
casos, a las nin~as se las pone a realizar labores dome'sticas pesadas a una
edad muy temprana y se espera que atiendan al mismo tiempo a sus quehaceres
dome'sticos y educativos, lo que da a menudo como resultado un bajo
rendimiento en los estudios y el abandono precoz de la escuela.

264. El porcentaje de nin~as en la ensen~anza secundaria sigue siendo
significativamente bajo en muchos pai'ses.  No suele alentarse a las nin~as a
seguir estudios cienti'ficos o tecnolo'gicos ni se les da oportunidad de
hacerlo, con lo que se las priva de los conocimientos que necesitan para su
vida cotidiana y para hallar oportunidades de empleo.

265. Se estimula menos a la nin~a que al nin~o a participar en las funciones
sociales, econo'micas y poli'ticas de la sociedad y a aprender acerca de esas
funciones, con el resultado de que no se le deparan las mismas oportunidades
de acceder a los procesos de adopcio'n de decisiones que al nin~o.

266. La discriminacio'n que se practica contra la nin~a en el acceso a la
nutricio'n y a los servicios de salud fi'sica y mental pone en peligro su
salud presente y futura.  Se estima que en los pai'ses en desarrollo 450
millones de mujeres adultas han tenido un desarrollo detenido a causa de la
malnutricio'n proteicocalo'rica en la infancia.

267. [En el pa'rrafo 7.3 del Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo 13/ se reconocio' que "se
debe prestar plena atencio'n, a la promocio'n de relaciones de respeto mutuo e
igualdad entre hombres y mujeres, y particularmente a las necesidades de los
adolescentes en materia de ensen~anza y de servicios con objeto de que puedan
asumir su sexualidad de modo positivo y responsable".]  [Reconociendo los
derechos, obligaciones y responsabilidades de los padres y de otras personas
encargadas legalmente del nin~o, y de conformidad con la Convencio'n sobre los
Derechos del Nin~o,] [la conducta sexual responsable, la sensibilidad y la
igualdad en las relaciones entre los sexos, especialmente cuando se infunden
en los an~os de formacio'n, son factores que promueven relaciones
caracterizadas por el respeto y la armoni'a entre el hombre y la mujer.  Debe
prestarse apoyo a la integracio'n de una educacio'n sexual para los jo'venes,
con el respaldo y la gui'a de los padres, en la que se subraye la
responsabilidad de los varones con respecto a su propia sexualidad y
fecundidad y en la que les ayude a asumir esas responsabilidades;]

268. Cada an~o, ma's de 15 millones de nin~as de entre 15 y 19 an~os de edad
traen hijos al mundo.  La maternidad a edades muy tempranas entran~a
complicaciones durante el embarazo y el parto y constituye un riesgo para la
salud de la madre muy superior a la media.  Los niveles de morbilidad y
mortalidad entre los hijos de madres jo'venes son ma's elevados.  La
maternidad precoz sigue constituyendo un impedimento para la mejora de la
condicio'n educativa, econo'mica y social de la mujer en todas las partes del
mundo.  En general, el matrimonio y la maternidad precoces pueden reducir
gravemente las oportunidades educativas y de empleo y pueden afectar a largo
plazo negativamente la calidad de vida de la mujer y de sus hijos.

269. La violencia sexual y las enfermedades de transmisio'n sexual, incluido
el VIH/SIDA, tienen un efecto devastador en la salud del nin~o, y la nin~a es
ma's vulnerable que el varo'n a las consecuencias [de las relaciones sexuales
sin proteccio'n o de una conducta sexual prematura e irresponsable].  A menudo
se ejercen presiones sobre la nin~a para que se entregue a actividades
sexuales.  Debido a factores tales como su juventud, las presiones sociales,
la falta de leyes que la protejan o el hecho de que e'stas no se hagan
cumplir, la nin~a es ma's vulnerable a todo tipo de violencia, especialmente
la sexual, inclusive la violacio'n, el abuso sexual, la prostitucio'n, la
trata [incluso de o'rganos y tejidos humanos] y los trabajos forzados.

270. [Adema's de tener que lidiar con todos los problemas que entran~a el ser
nin~a, la que es adema's discapacitada ha de enfrentarse tambie'n a la
discriminacio'n que sufre debido a su discapacidad.]

271. Algunos nin~os son especialmente vulnerables, en particular los
abandonados, los que carecen de hogar y los desplazados, los nin~os de la
calle y los que viven en zonas de conflicto y aquellos contra los que se
discrimina por pertenecer a una etnia o raza minoritaria.

272. Deben eliminarse en consecuencia todos los obsta'culos a fin de permitir
que las nin~as [en toda su diversidad] desarrollen su pleno potencial y todas
sus capacidades mediante la igualdad de acceso a la educacio'n y a la
formacio'n, a la nutricio'n, a los servicios de salud fi'sica y mental y a la
informacio'n conexa.

273. [Al ocuparse de las cuestiones relativas a la infancia y la juventud, los
gobiernos deben promover una poli'tica activa y manifiesta en el sentido de
incorporar los aspectos relacionados con el ge'nero en todas las poli'ticas y
programas [de forma que antes de adoptar cualquier decisio'n se analice de
que' forma afectara' a la nin~a y al nin~o respectivamente].]


        Objetivo estrate'gico L.1.  Eliminacio'n de todas las formas de
                                   discriminacio'n contra la nin~a 

Medidas que han de adoptarse

274. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   [En el caso de los Estados que au'n no han firmado o ratificado la
          Convencio'n de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Nin~o,
          estudiar su firma y ratificacio'n, y en el de los Estados que han
          firmado y ratificado la Convencio'n, garantizar su pleno
          cumplimiento] [mediante la promulgacio'n o enmienda de leyes,
          reglamentos y otros procedimientos] y fomentando un entorno que
          posibilite y aliente el pleno respeto de los derechos del nin~o;

     b)   De conformidad con el arti'culo 7 de la Convencio'n sobre los
          Derechos del Nin~o, adoptar medidas para garantizar la inscripcio'n
          del nin~o inmediatamente despue's de su nacimiento y su derecho
          desde ese momento a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y
          [en la medida de lo posible] a conocer a sus padres y a ser cuidado
          por ellos 10/;

     c)   Adoptar disposiciones para velar por que el nin~o cuente con el
          adecuado apoyo econo'mico de sus padres mediante, entre otras
          medidas, la garanti'a del cumplimiento de las leyes relativas a la
          manutencio'n del nin~o;

     d)   [Promulgar, segu'n proceda, y hacer que se cumplan leyes por las
          cuales se garantice la igualdad de derechos sucesorios de todos los
          hijos independientemente del sexo.]  [Segu'n proceda, promulgar
          leyes que garanticen los derechos sucesorios de la nin~a];

     e)   Promulgar y hacer que se cumplan estrictamente las leyes destinadas
          a velar por [que no se contraiga matrimonio sin el libre y pleno
          consentimiento de los contrayentes].  Adema's, la promulgar y hacer
          que se cumplan estrictamente las leyes relativas a la edad mi'nima
          par aprestar consentimiento y contraer matrimonio y elevar la edad
          mi'nima para contraer matrimonio cuando sea necesario;

     f)   Desarrollar y aplicar poli'ticas, planes de accio'n y programas
          amplios para la supervivencia, proteccio'n, desarrollo y adelanto de
          la nin~a a fin de promover y proteger su pleno disfrute de sus
          derechos [humanos universales] y para velar por la igualdad de
          oportunidades de la nin~a; dichos planes deben formar parte
          integrante del proceso global de desarrollo;

     g)   Velar por que se desglosen por sexo y edad todos los datos relativos
          al nin~o en cuanto a salud, educacio'n y otros sectores, a fin de
          incluir la perspectiva correspondiente a ambos sexos en la
          planificacio'n, la aplicacio'n y la vigilancia de esos programas.

275. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   Desglosar la informacio'n y los datos sobre la infancia por sexo y
          edad, emprender investigaciones sobre la situacio'n de la nin~a e
          integrar, segu'n proceda, los resultados en la formulacio'n de
          poli'ticas, programas y decisiones para el adelanto de la nin~a;

     b)*  Generar apoyo social a la observancia de las leyes sobre la
          edad mi'nima para contraer matrimonio, especialmente proporcionando
          a las nin~as oportunidades educativas.

*    Se decidira' ma's adelante el lugar donde se incluira' este apartado; es
probable que se incluya dentro del objetivo estrate'gico L.2.

      Objetivo estrate'gico L.2.  Eliminar las actitudes y las pra'cticas
                                 culturales que perjudican a la nin~a   

Medidas que han de adoptarse

276. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Alentar y apoyar, segu'n proceda, a las organizaciones no
          gubernamentales y a las organizaciones de base comunitaria en su
          labor de fomento de la evolucio'n de las actitudes y pra'cticas
          negativas para la nin~a;

     b)   Poner en marcha programas de educacio'n y elaborar material
          dida'ctico y libros de texto que sensibilicen e informen a los
          adultos sobre los efectos perjudiciales para la nin~a que entran~an
          determinadas pra'cticas tradicionales o impuestas por la costumbre;

     c)   Elaborar y aprobar programas de estudios, material dida'ctico y
          libros de texto que mejoren el concepto de si' misma de la nin~a, su
          vida y sus oportunidades de trabajo, especialmente en a'reas en que
          la mujer ha estado tradicionalmente menos representada, como las
          matema'ticas, la ciencia y la tecnologi'a;

     d)   [Adoptar medidas de forma que el vestido [y las pra'cticas]
          tradicionales y religiosas de la nin~a no constituyan motivo de
          discriminacio'n en las instituciones educativas.]

277. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales [segu'n proceda]:

     a)   Promover un entorno educativo en el que se eliminen las barreras que
          impiden la asistencia a las escuelas de las nin~as casadas o
          embarazadas y las madres jo'venes, inclusive, segu'n proceda,
          mediante servicios de guarderi'a asequibles y accesibles, asi' como
          mediante la educacio'n de los padres, para alentar a las que tengan
          que ocuparse de sus hijos y sus hermanos cuando au'n esta'n en edad
          escolar a reemprender o continuar sus estudios hasta completar la
          ensen~anza;

     b)   Alentar a las instituciones de educacio'n y a los medios de
          informacio'n a que adopten y proyecten una imagen del nin~o y la
          nin~a equilibrada y libre de estereotipos y a que se esfuercen en
          eliminar la pornografi'a infantil y las representaciones degradantes
          o violentas de la nin~a;

     c)   [Eliminar todas las formas de discriminacio'n contra la nin~a y las
          causas ba'sicas de la preferencia por los hijos varones, que
          resultan en pra'cticas dan~inas e inmorales como el infanticidio
          femenino y la seleccio'n prenatal del sexo.  Este hecho se ve a
          menudo agravado por la utilizacio'n cada vez ma's frecuente de
          te'cnicas que permiten determinar el sexo del feto, desembocando
          todo ello en el aborto de fetos del sexo femenino;]

     d)   Desarrollar poli'ticas y programas en los que se de' prioridad a los
          programas oficiales y no oficiales que ayuden y permitan a la nin~a
          adquirir conocimientos, desarrollar el sentido de su propia dignidad
          y asumir la responsabilidad de su propia vida.  Prestar especial
          atencio'n a los programas destinados a educar a mujeres y hombres,
          especialmente los padres, sobre la importancia de la salud fi'sica y
          mental y del bienestar de la nin~a, incluidos la eliminacio'n de la
          discriminacio'n contra la nin~a en la racio'n alimentaria, el
          matrimonio precoz, la violencia ejercida contra ella, su mutilacio'n
          genital y la prostitucio'n infantil [abuso sexual, violacio'n e
          incesto].


      Objetivo estrate'gico L.3. [Intensificar la conciencia pu'blica del
                                 valor, las necesidades y los derechos de la
                                 nin~a,] [inclusive la nin~a con necesidades
                                 especiales y en circunstancias difi'ciles, y
                                 reforzar su autoestima y su sentido de la
                                 propia dignidad y condicio'n]

Medidas que han de adoptarse

278. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   Concientizar a los gobernantes, planificadores, administradores y
          encargados de aplicar las poli'ticas en todos los planos, asi' como
          a las familias y comunidades, de la situacio'n desfavorable en que
          se encuentran las nin~as;

     b)   Hacer que las nin~as, sobre todo las que pasan por circunstancias
          difi'ciles, cobren conciencia de sus propias posibilidades e
          instruirlas acerca de los derechos que les corresponden [conforme a
          los instrumentos internacionales de derechos humanos, sobre todo la
          Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o], de la legislacio'n
          promulgada en su favor y de las diversas medidas que han adoptado
          tanto las organizaciones gubernamentales como las no gubernamentales
          a fin de mejorar su condicio'n;

     c)   Educar a las mujeres, los hombres, las nin~as y los nin~os para que
          se esfuercen por mejorar la situacio'n de las nin~as y exhortarlos a
          trabajar en pro del respeto mutuo y de la colaboracio'n en pie de
          igualdad entre los jo'venes de ambos sexos;

     d)   Favorecer la igualdad en la prestacio'n de los servicios y el
          suministro de aparatos apropiados a las nin~as con discapacidades y
          proporcionar a sus familias, cuando proceda, los servicios de apoyo
          pertinentes.


           Objetivo estrate'gico L.4.  Eliminar la discriminacio'n contra
                                      las nin~as en la educacio'n y en la
                                      formacio'n profesional

Medidas que han de adoptarse

279. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   Velar por que todos los nin~os y nin~as tengan acceso universal y en
          condiciones de igualdad a la ensen~anza primaria y puedan
          completarla y suprimir las diferencias existentes actualmente entre
          nin~os y nin~as, conforme a lo estipulado en el arti'culo 28 de la
          Convencio'n de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Nin~o 10/;
          garantizar asimismo el acceso en condiciones de igualdad de
          oportunidades a la educacio'n secundaria para el an~o 2005 y a la
          educacio'n superior, incluida la formacio'n profesional y te'cnica,
          para todas las nin~as y nin~os, incluidos los discapacitados y los
          especialmente dotados;

     b)   Adoptar medidas para coordinar los programas de alfabetizacio'n
          funcional y de aritme'tica elemental, particularmente los destinados
          a las nin~as que no asisten a la escuela que participan en programas
          de desarrollo.

     c)   Fomentar la instruccio'n en materia de derechos humanos en los
          programas educativos e incluir en esta educacio'n la idea de que los
          derechos humanos de la mujer y de la nin~a son parte inalienable e
          indivisible de los derechos humanos universales;

     d)   Aumentar la tasa de matri'cula escolar y las tasas de retencio'n de
          las nin~as proporcionando los recursos presupuestarios apropiados,
          movilizando el apoyo de la comunidad y de los padres mediante
          campan~as y horarios escolares flexibles, incentivos, becas,
          programas de acceso para muchachas no escolarizadas y otras medidas;

     e)   Elaborar programas y materiales de capacitacio'n para maestros y
          educadores que les permitan cobrar conciencia de su propia funcio'n
          en el proceso educativo y aplicar estrategias efectivas de
          ensen~anza en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con
          el ge'nero;

     f)   Adoptar medidas para que las maestras y profesoras universitarias
          tengan las mismas posibilidades y la misma categori'a que sus
          colegas del sexo masculino.

280. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   Proporcionar educacio'n y capacitacio'n a las nin~as para que tengan
          mayores oportunidades de encontrar empleo y de acceder a los puestos
          de adopcio'n de decisiones;

     b)   Proporcionar educacio'n a las muchachas para que conozcan mejor,
          desde el punto de vista teo'rico y pra'ctico, el funcionamiento de
          los sistemas econo'micos, financieros y poli'ticos;

     c)   Garantizar a las nin~as con discapacidades el acceso a la educacio'n
          y la capacitacio'n apropiadas, a fin de que puedan participar
          plenamente en la sociedad;

     d)   Fomentar la participacio'n plena e igual de las muchachas en
          actividades no acade'micas como los deportes, el teatro y los actos
          culturales.


      Objetivo estrate'gico L.5.  Eliminar la discriminacio'n contra las
                                  nin~as en el a'mbito de la salud y la
                                  nutricio'n

Medidas que han de adoptarse

281. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   Difundir informacio'n pu'blica sobre la erradicacio'n de las
          pra'cticas discriminatorias contra las nin~as en materia de
          distribucio'n de alimentos, nutricio'n y acceso a los servicios de
          salud;

     b)   Concientizar a las nin~as, los padres, los maestros y la sociedad
          sobre la buena salud y la nutricio'n en general y sobre los peligros
          para la salud y los problemas de otra i'ndole que entran~an los
          embarazos precoces [reconociendo los derechos, deberes y
          responsabilidades de los padres y de los dema's responsables
          juri'dicos de los nin~os y respetando la Convencio'n sobre los
          Derechos del Nin~o.];

     c)   Fortalecer y reformar la educacio'n sanitaria y los servicios de
          salud, sobre todo los programas de atencio'n primaria de la salud
          [incluidas la salud sexual y reproductiva], crear buenos programas
          de salud para satisfacer las necesidades fi'sicas y mentales de las
          muchachas [reconociendo los derechos, deberes y responsabilidades de
          los padres y de las dema's personas legalmente responsables de los
          nin~os y respetando la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o], y
          prestar atencio'n a las madres jo'venes, a las mujeres embarazadas y
          a las madres lactantes;

     d)   Establecer programas de educacio'n entre compan~eros y de
          divulgacio'n destinados a intensificar la labor individual y
          colectiva con miras a disminuir la vulnerabilidad de las muchachas
          al VIH/SIDA y a otras enfermedades de transmisio'n sexual; [conforme
          a lo acordado en el Programa de Accio'n de la Conferencia
          Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo de El Cairo,]
          [reconociendo los derechos, deberes y responsabilidades de los
          padres y de las dema's personas legalmente responsables de los
          nin~os y respetando la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o.];

     e)   Velar por que las muchachas, sobre todo las adolescentes, reciban
          educacio'n e informacio'n en materia de fisiologi'a reproductiva,
          [salud reproductiva y salud sexual, conforme a lo acordado en el
          Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la
          Poblacio'n y el Desarrollo de El Cairo,] [y sobre todos los me'todos
          seguros de planificacio'n de la familia y de tratamiento y
          prevencio'n del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n
          sexual,] [reconociendo los derechos, deberes y responsabilidades de
          los padres y de las dema's personas legalmente responsables de los
          nin~os y respetando la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o];

     f)   Incorporar la formacio'n sanitaria y nutricional para las nin~as a
          los programas de alfabetizacio'n y los planes de estudio acade'mico
          desde la ensen~anza primaria;

     g)   Hacer hincapie' en la responsabilidad que incumbe a los adolescentes
          por lo que respecta a la salud y las actividades sexuales y
          reproductivas mediante la prestacio'n de los servicios y el
          asesoramiento apropiados [segu'n lo establecido en el informe de la
          Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo]
          [conforme a lo acordado en el Plan de Accio'n de la Conferencia
          Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo.]  [Teniendo en
          cuenta las reservas y las declaraciones que se hacen en ese
          documento, reconociendo los derechos, deberes y responsabilidades de
          los padres y de las dema's personas legalmente responsables de los
          nin~os y respetando la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o.];

     h)   Elaborar programas de informacio'n y capacitacio'n que se ocupen de
          las necesidades de salud especiales de las nin~as, destinados a las
          personas encargadas de planificar y ejecutar las poli'ticas de
          salud;

     i)   [Adoptar todas las medidas oportunas para abolir las pra'cticas
          tradicionales que perjudican la salud de los nin~os, conforme a lo
          estipulado en el arti'culo 24 de la Convencio'n sobre los Derechos
          del Nin~o 10/.]


         Objetivo estrate'gico L.6.  [Eliminar la explotacio'n econo'mica
                                    del trabajo infantil y proteger a  
                                    las nin~as que trabajan]  

Medidas que han de adoptarse

282. Medidas que han de adoptar los gobiernos:

     a)   De conformidad con lo dispuesto en el arti'culo 32 de la Convencio'n
          sobre los Derechos del Nin~o 10/, proteger a los nin~os contra la
          explotacio'n econo'mica y contra el desempen~o de cualquier trabajo
          que pueda ser peligroso o entorpecer su educacio'n, o que sea nocivo
          para su salud o para su desarrollo fi'sico, mental, espiritual,
          moral o social;

     b)   Fijar en la legislacio'n nacional correspondiente a todos los
          sectores una edad mi'nima [para trabajar] para los nin~os de ambos
          sexos;

     c)   Proteger a las nin~as que trabajan mediante las medidas siguientes:

          i)   Fijar una edad o edades mi'nimas de admisio'n en [el empleo];

         ii)   Vigilar estrictamente las condiciones de trabajo (respeto de la
               jornada laboral, la prohibicio'n de que trabajen las nin~as a
               quienes se lo impide la legislacio'n nacional, la inspeccio'n
               de las condiciones de higiene y salud en el trabajo);

        iii)   Otorgar proteccio'n de la seguridad social;

         iv)   Establecer una capacitacio'n y una educacio'n permanentes;

     d)   Reforzar, en caso necesario, la legislacio'n que reglamenta el
          trabajo infantil y fijar multas u otras sanciones apropiadas para
          garantizar el cumplimiento efectivo de la legislacio'n;

     e)   Inspirarse en las normas de trabajo internacionales vigentes,
          incluidas, en su caso, las normas de la OIT sobre la proteccio'n de
          los nin~os trabajadores, al elaborar la legislacio'n y las
          poli'ticas laborales nacionales;


Objetivo estrate'gico L.7.  Erradicar la violencia contra
                           las nin~as

Medidas que han de adoptarse

283. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   [Adoptar medidas eficaces para promulgar y aplicar la legislacio'n a
          fin de] garantizar la seguridad de las muchachas frente a toda forma
          de violencia en el trabajo, incluidos los programas de capacitacio'n
          y los programas de apoyo; y adoptar medidas para erradicar el acoso
          sexual de las muchachas en las instituciones de educacio'n y de otra
          i'ndole;

     b)   Adoptar las medidas legislativas, administrativas, sociales y
          educativas oportunas para defender a las nin~as, tanto en la familia
          como en la sociedad, contra toda forma de violencia fi'sica o
          mental, lesiones o abusos, abandono o trato negligente, malos tratos
          o explotacio'n, incluido el abuso sexual;

     c)   [Impartir educacio'n sobre los problemas relacionados con el
          ge'nero] a las personas que trabajan en programas de tratamiento,
          rehabilitacio'n y de asistencia de otra i'ndole destinados a las
          muchachas vi'ctimas de la violencia y promover programas de
          informacio'n, apoyo y capacitacio'n para e'stas;

     d)   [Promulgar y aplicar leyes] que protejan a las muchachas contra toda
          forma de violencia, como el infanticidio, [el feticidio/la eleccio'n
          prenatal del sexo], la mutilacio'n genital, el incesto, los abusos
          sexuales, la explotacio'n sexual, la prostitucio'n y la pornografi'a
          infantiles, y poner en funcionamiento programas [seguros y
          confidenciales] y servicios de apoyo [me'dico y psicolo'gico]
          apropiados para cada edad [reconociendo los derechos, deberes y
          responsabilidades
          de los padres y de los dema's responsables juri'dicos de los nin~os
          y respetando la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o] destinados
          a las nin~as que son vi'ctimas de la violencia;

      Objetivo estrate'gico L.8.  Educar a las nin~as acerca de las cuestiones
                                 y problemas sociales, econo'micos y
poli'ticos

Medidas que han de adoptarse

284. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:

     a)   Facilitar a las muchachas el acceso a la educacio'n y la
          informacio'n sobre cuestiones sociales, culturales, econo'micas y
          poli'ticas, y a los medios de difusio'n que se ocupan de estas
          cuestiones, y permitirles expresar sus opiniones;

     b)   Respaldar a las organizaciones no gubernamentales, y sobre todo a
          las destinadas a la juventud, en su labor de promocio'n de la
          igualdad y la participacio'n de las muchachas en la sociedad.


     [Objetivo estrate'gico L.9. [Fortalecer [la funcio'n de] [la
                                 responsabilidad de] la familia en cuanto a
                                 mejorar la condicio'n de las nin~as]

Medidas que han de adoptarse

285. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en colaboracio'n con las
organizaciones no gubernamentales:

     a)   Elaborar poli'ticas y programas para ayudar a [la familia] [las
          familias] en sus funciones de apoyo, educacio'n y crianza, haciendo
          especial hincapie' en la erradicacio'n de la discriminacio'n contra
          las nin~as en el seno familiar;

     b)   Crear un entorno que fortalezca [la familia] [las familias], con
          miras a adoptar medidas de apoyo y prevencio'n [destinadas a
          proteger a las nin~as] [que protejan y respeten a las nin~as];

     c)   [Fomentar la educacio'n y lanzar campan~as destinadas a] [Educar y
          estimular a] los padres y los encargados para [que promuevan la
          igualdad de trato] que traten de igual modo [a las muchachas y a los
          muchachos] y para que procuren que tanto las muchachas como los
          muchachos compartan las responsabilidades familiares.]


                                  Capi'tulo V

                         DISPOSICIONES INSTITUCIONALES

286. En la Plataforma de Accio'n se establecen una serie de medidas que han de
dar lugar a cambios fundamentales.  Es indispensable que se adopten medidas
inmediatas y responsables a fin de lograr los objetivos para el an~o 2000.  Su
aplicacio'n debe estar a cargo fundamentalmente de los gobiernos, pero depende
tambie'n de una gran variedad de instituciones del sector pu'blico, privado y
no gubernamental a nivel comunitario, nacional, subregional/regional e
internacional.

287. Durante el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985), se
crearon en los planos nacional, regional e internacional numerosas
instituciones dedicadas especi'ficamente al adelanto de la mujer.  En el plano
internacional, se establecieron el Instituto Internacional de Investigaciones
y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW), el Fondo de
Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y el Comite'
encargado de vigilar la aplicacio'n de la Convencio'n sobre la eliminacio'n de
todas las formas de discriminacio'n contra la mujer.  Esas entidades, junto
con la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y su
secretari'a, la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer, pasaron a ser las
principales instituciones de las Naciones Unidas dedicadas
especi'ficamente al adelanto de la mujer a nivel mundial.  En el plano
nacional, varios pai'ses crearon o fortalecieron mecanismos nacionales de
planificacio'n, defensa, y control de los progresos alcanzados en el adelanto
de la mujer.

288. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por las instituciones
nacionales, subregionales/regionales e internacionales, tanto pu'blicas como
privadas, se facilitari'a si hubiera transparencia, una mayor vinculacio'n
entre las redes y organizaciones y una corriente de informacio'n constante
entre todos los interesados.  Tambie'n es preciso contar con objetivos claros
y mecanismos de rendicio'n de cuentas.  Debe haber vi'nculos con otras
instituciones en los planos nacional, subregional/regional e internacional y
con las redes y organizaciones dedicadas al adelanto de la mujer.

289. Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la
comunidad tienen una funcio'n especi'fica que desempen~ar en la creacio'n de
un clima social, econo'mico, poli'tico e intelectual basado en la igualdad
entre la mujer y el hombre.  Las mujeres deben participar activamente en la
aplicacio'n y vigilancia de la Plataforma de Accio'n.

290. [La aplicacio'n eficaz de la Plataforma tambie'n exigira' la
modificacio'n de la estructura interna de las instituciones y organizaciones,
incluidos los valores, actitudes, normas y procedimientos.  Se debe eliminar
el acoso sexual, inclusive el trato de la mujer como objeto sexual.]

291. Las instituciones nacionales, subregionales/regionales e internacionales
deben contar con mandatos amplios y claros y con la autoridad, los recursos y
los mecanismos de rendicio'n de cuentas que se requieran para cumplir las
funciones establecidas en la Plataforma de Accio'n.  Sus me'todos de
funcionamiento deben garantizar una aplicacio'n eficiente y eficaz de la
Plataforma.  Debe existir un compromiso claro respecto de las normas y los
esta'ndares internacionales de igualdad [y equidad] entre la mujer y el hombre
como base para toda la accio'n [con el debido respeto de los valores
culturales de las naciones].

292. Para garantizar las aplicacio'n eficaz de la Plataforma de Accio'n y
promover el adelanto de la mujer en los planos nacional, subregional/regional
e internacional, los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y otras
organizaciones pertinentes deben apoyar una poli'tica activa y visible de
incorporacio'n de las cuestiones relacionadas con el ge'nero en la vigilancia
y evaluacio'n de todos los programas y poli'ticas.


                     A.  Actividades en el plano nacional

293. Los gobiernos son los principales responsables de la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n.  Es indispensable contar con un compromiso al ma's alto
nivel poli'tico para su aplicacio'n, y los gobiernos deben adoptar un papel
rector en la coordinacio'n, el control y la evaluacio'n de los progresos
alcanzados en el adelanto de la mujer.  [Con tal fin, se ha instado a los
gobiernos a expresar sus compromisos nacionales especi'ficos respecto de la
adopcio'n de medidas prioritarias en el contexto de la Plataforma de Accio'n. 
Tales compromisos especi'ficos se traducira'n en resultados pra'cticos para la
mujer y la nin~a y han de garantizar que la Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer sea una
conferencia de compromisos.  Los compromisos concretos anunciados por los
distintos gobiernos en la Conferencia figuran en el anexo del informe de la
Conferencia.]

294. Los mecanismos y las instituciones nacionales para el adelanto de la
mujer deben participar en la formulacio'n de poli'ticas oficiales y fomentar
la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por medio de diversos o'rganos e
instituciones, incluido el sector privado, y, cuando sea necesario, deben
impulsar la elaboracio'n de nuevos programas para el an~o 2000 en esferas que
no correspondan a las instituciones existentes. 

295. Debe alentarse el apoyo y la participacio'n de una variedad amplia y
diversa de instituciones, tales como o'rganos legislativos, instituciones
acade'micas y de investigacio'n, asociaciones de profesionales, sindicatos,
cooperativas, grupos comunitarios locales, organizaciones no gubernamentales,
incluidas organizaciones de mujeres [y movimientos feministas], medios de
difusio'n, grupos religiosos, organizaciones de jo'venes y grupos culturales,
asi' como organizaciones financieras y organizaciones sin fines de lucro.

296. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n exige la adopcio'n de medidas
encaminadas a establecer o fortalecer los mecanismos nacionales para el
adelanto de la mujer al nivel poli'tico ma's elevado, procedimientos
apropiados y personal para la coordinacio'n en los ministerios y entre
ministerios y otras instituciones con el mandato y la capacidad de ampliar la
participacio'n de la mujer e incorporar el ana'lisis de las cuestiones
relativas a la mujer en los programas y poli'ticas.  La primera etapa del
proceso para todas las instituciones debe consistir en el examen de sus
objetivos, programas y procedimientos operacionales en funcio'n de las medidas
que se piden en la Plataforma.  Una actividad importante debe ser promover la
conciencia y el apoyo del pu'blico respecto de los objetivos de la Plataforma
de Accio'n, entre otras cosas, por conducto de los medios de comunicacio'n y
la educacio'n pu'blica.

297. En consulta con las instituciones y organizaciones no gubernamentales
pertinentes, los gobiernos deben comenzar a formular estrategias de
aplicacio'n de la Plataforma cuanto antes y de preferencia para fines de 1995
y deben preparar sus estrategias y planes de accio'n de ser posible para fines
de 1996.  En el proceso de planificacio'n deben participar personas del ma's
alto nivel de autoridad gubernamental y representantes apropiados de la
sociedad civil.  Las estrategias de aplicacio'n deben ser amplias y contar con
calendarios para los objetivos y datos de referencia sobre la vigilancia e
incluir propuestas relativas a la asignacio'n y reasignacio'n de recursos
relacionados con la aplicacio'n.  Cuando sea necesario, se obtendra' el apoyo
de la comunidad internacional, inclusive en materia de financiacio'n.

298. Se debe alentar a las organizaciones no gubernamentales a contribuir a la
formulacio'n y aplicacio'n de las estrategias o los planes de accio'n
nacionales.  Tambie'n se les debe animar a formular sus propios programas
destinados a complementar las actividades del gobierno.  Se debe alentar a las
organizaciones de mujeres [y a los movimientos feministas] a que, en
colaboracio'n con otras organizaciones no gubernamentales, organicen segu'n
convenga redes para promover y apoyar la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n por los gobiernos y los o'rganos regionales e internacionales.

299. Los gobiernos deben [comprometerse a] [establecer el objetivo del]
equilibrio entre la mujer y el hombre, entre otras cosas, mediante la
creacio'n de mecanismos especiales en todas las [comisiones gubernamentales]
juntas y otros o'rganos oficiales pertinentes, asi' como en todos los
o'rganos, instituciones y organizaciones internacionales, especialmente
mediante la presentacio'n y promocio'n de candidatas.


               B.  Actividades en el plano subregional/regional

300. Las comisiones regionales de las Naciones Unidas y otras estructuras
subregionales deben alentar a las instituciones nacionales pertinentes a que
vigilen y apliquen la Plataforma de Accio'n de conformidad con sus mandatos, y
prestarles la asistencia necesaria.  Ello debe hacerse en coordinacio'n con la
aplicacio'n de las plataformas o los planes de accio'n regionales respectivos
y en [estrecha] colaboracio'n con la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y
Social de la Mujer, habida cuenta de la necesidad de coordinar las actividades
complementarias de las conferencias de las Naciones Unidas en las esferas
econo'mica, social [de derechos humanos] y esferas conexas.

301. A fin de facilitar el proceso regional de aplicacio'n, vigilancia y
evaluacio'n, el Consejo Econo'mico y Social debe considerar la posibilidad de
adaptar la capacidad institucional de las comisiones regionales de las
Naciones Unidas, dentro del marco de sus mandatos, y especialmente de sus
dependencias y centros de coordinacio'n encargados del adelanto de la mujer,
para que se ocupen de cuestiones relacionadas con el ge'nero a la luz de la
Plataforma de Accio'n y de las plataformas y planes de accio'n regionales. 
Conviene que, cuando resulte apropiado se examine, entre otras cosas, el
aumento de la capacidad en este sentido.

302. En el marco de sus mandatos actuales, las comisiones regionales deben
integrar en sus actividades generales las cuestiones relativas a la mujer y al
ge'nero y tambie'n deben examinar la conveniencia de establecer mecanismos y
procesos para garantizar la aplicacio'n y vigilancia de la Plataforma de
Accio'n y de los planes y plataformas de accio'n regionales.  De acuerdo con
sus mandatos, las comisiones regionales deben colaborar en las cuestiones
relacionadas con el ge'nero, con otras organizaciones intergubernamentales,
organizaciones no gubernamentales, instituciones financieras y de
investigacio'n regionales y con el sector privado.

303. Las oficinas regionales de los organismos especializados del sistema de
las Naciones Unidas deben, cuando resulte apropiado, formular y dar a conocer
un plan de accio'n para aplicar la Plataforma de Accio'n que incluya la
determinacio'n de calendarios y recursos.  En la asistencia te'cnica y las
actividades
operacionales en el plano regional deben establecerse objetivos claramente
definidos para la promocio'n de la mujer.  Con tal fin, se requiere una
coordinacio'n permanente entre o'rganos y organismos de las Naciones Unidas.

304. Se debe prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales de cada
regio'n en sus esfuerzos por crear redes para coordinar las actividades de
promocio'n y de divulgacio'n de informacio'n sobre la Plataforma de Accio'n
mundial y las plataformas o los planes de accio'n regionales correspondientes.


                   C.  Actividades en el plano internacional

                              1.  Naciones Unidas

305. Es preciso que la Plataforma de Accio'n se aplique con la colaboracio'n
de todos los o'rganos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas
durante el peri'odo 1995-2000, de forma especi'fica y como parte integrante de
una programacio'n ma's general.  En el peri'odo 1995-2000 se debe mejorar el
marco internacional de cooperacio'n en cuestiones relacionadas con la mujer a
fin de garantizar la aplicacio'n integrada y amplia de la Plataforma de
Accio'n, la adopcio'n de medidas complementarias y las actividades de
evaluacio'n, habida cuenta de los resultados obtenidos en las reuniones de
alto nivel y las conferencias mundiales de las Naciones Unidas.  El hecho de
que los gobiernos se hayan comprometido en todas las reuniones en la cumbre y
conferencias a promover la plenitud de derechos de la mujer en diferentes
esferas exige la coordinacio'n de las estrategias complementarias de la
Plataforma de Accio'n.  [En este contexto tambie'n conviene que se tengan
presentes las observaciones sobre el programa de desarrollo y el programa de
paz.]

306. Se debe fortalecer la capacidad institucional del sistema de las Naciones
Unidas a fin de que pueda desempen~ar y coordinar su responsabilidad de
aplicar la Plataforma de Accio'n; tambie'n conviene aumentar su experiencia y
mejorar sus me'todos de trabajo respecto de la promocio'n del adelanto de la
mujer.

307. El sistema de las Naciones Unidas debe asignar al nivel ma's alto posible
la responsabilidad de garantizar que en todos los programas y poli'ticas se
aplique la Plataforma de Accio'n y se integre la cuestio'n del adelanto de la
mujer.

308. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de las
Naciones Unidas en lo que hace a apoyar la igualdad y promocio'n de la mujer
en el plano nacional y de aumentar su capacidad de alcanzar los objetivos de
la Plataforma de Accio'n, es preciso renovar, reformar y revitalizar las
distintas partes de ese sistema.  [Esto incluiri'a el examen de las
estrategias y los me'todos de trabajo de los diversos mecanismos de las
Naciones Unidas para la promocio'n de la mujer con miras a reforzar sus
funciones de asesoramiento, esti'mulo y vigilancia en relacio'n con los
o'rganos y organismos principales.  Se necesitan para ello dependencias
especiales que se encarguen de las cuestiones relacionadas con la mujer y el
ge'nero, pero es preciso tambie'n elaborar nuevas estrategias a fin de impedir
que se produzca una marginacio'n involuntaria en lugar de una verdadera
inclusio'n de los aspectos relacionados con el ge'nero en todas las
operaciones].

309. [Al realizar este examen general y en los esfuerzos encaminados a
renovar, reformar y revitalizar diversas partes del sistema de las Naciones
Unidas, se debe considerar la posibilidad de crear un puesto de categori'a
superior en la Oficina del Secretario General con el mandato de asesorar al
Secretario General sobre la vigilancia de la integracio'n de las cuestiones
relativas a la mujer.  El funcionario que ocupara ese puesto deberi'a informar
al Secretario General acerca de la consecucio'n en todo el sistema de los
objetivos de integracio'n de las cuestiones relativas al ge'nero aprobados en
la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y enunciados en conferencias
mundiales anteriores, y examinar las medidas adoptadas por las Naciones Unidas
en todas las esferas.]

310. Al aplicar las recomendaciones de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer, todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas interesadas en
el adelanto de la mujer deben contar con [los recursos y el apoyo] necesarios
para realizar actividades complementarias.  En la formulacio'n de poli'ticas,
la planificacio'n, la programacio'n y la presupuestacio'n generales deben
integrarse debidamente las actividades de los centros de coordinacio'n
relacionados con la situacio'n de la mujer en las organizaciones.

311. De conformidad con la Plataforma de Accio'n, las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales deben tomar medidas para eliminar los
obsta'culos que se oponen al adelanto de la mujer en sus organizaciones.

312. [Las Naciones Unidas deben organizar una conferencia mundial sobre la
mujer de mitad del peri'odo con miras a evaluar la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n.]

Asamblea General

313. En su calidad de o'rgano intergubernamental superior de las Naciones
Unidas, la Asamblea General es el principal o'rgano encargado de la
formulacio'n de poli'ticas y la evaluacio'n de cuestiones relativas a las
medidas complementarias de la Conferencia y, por consiguiente, debe integrar
las cuestiones relativas a la mujer en todos sus trabajos.  La Asamblea debe
medir los progresos alcanzados en la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n,
teniendo en cuenta que las cuestiones relativas a la mujer guardan relacio'n
con aspectos tanto sociales como poli'ticos y econo'micos.  En su
quincuage'simo peri'odo de sesiones, que ha de celebrarse en 1995, la Asamblea
tendra' a la vista el informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.

Con arreglo a su resolucio'n 49/161, tambie'n examinara' el informe del
Secretario General sobre las actividades complementarias de la Conferencia,
teniendo presentes las recomendaciones de la Conferencia.  La Asamblea debe
incluir las actividades complementarias de la Conferencia como parte de su
labor constante de promocio'n de la mujer.  Examinara' la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n en 1996, 1997 y 2000.

Consejo Econo'mico y Social

314. En el contexto de la funcio'n que le asigna la Carta de las Naciones
Unidas y de conformidad con las resoluciones de la Asamblea General 45/264,
46/235 y 48/162, el Consejo Econo'mico y Social se encargara' de la
coordinacio'n en todo el sistema de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n
y formulara' recomendaciones al respecto.  Debe invitarse el Consejo a
examinar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, prestando la debida
atencio'n a los informes de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social
de la Mujer.  En su calidad de o'rgano de coordinacio'n, se debe invitar al
Consejo a examinar el mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y
Social de la Mujer, habida cuenta de la necesidad de contar con una
coordinacio'n eficaz con las dema's comisiones interesadas y las actividades
complementarias de la Conferencia.  El Consejo debe incorporar los asuntos
relativos a la mujer en su examen de todas las cuestiones normativas, teniendo
en cuenta las recomendaciones preparadas por la Comisio'n.  Debe considerar la
posibilidad de dedicar por lo menos una serie de sesiones de alto nivel antes
del an~o 2000 a la promocio'n de la mujer y a la aplicacio'n de la Plataforma
de Accio'n con una participacio'n activa, entre otros, de los organismos
especializados, incluidos el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.

315. El Consejo debe examinar la posibilidad de dedicar antes del an~o 2000
por lo menos una serie de sesiones de coordinacio'n a promover el adelanto de
la mujer, basa'ndose en el plan revisado de mediano plazo a nivel de todo el
sistema para el adelanto de la mujer.

316. El Consejo debe dedicar antes del an~o 2000 por lo menos una serie de
sesiones sobre actividades operacionales a coordinar las actividades de
desarrollo relacionadas con el ge'nero basa'ndose en el plan revisado de
mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer con
miras a adoptar directrices y procedimientos para la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n por los fondos y los programas del sistema de las
Naciones Unidas.

317. El Comite' Administrativo de Coordinacio'n (CAC) debe examinar la forma
en que las entidades participantes puedan coordinar mejor sus actividades,
entre otras cosas, mediante los procedimientos existentes a nivel
interinstitucional para garantizar la coordinacio'n en todo el sistema con
miras a la aplicacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n y la
adopcio'n de medidas complementarias.

[Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer

318. Se invita a la Asamblea General y al Consejo Econo'mico y Social a
examinar el mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer, tomando en consideracio'n la Plataforma de Accio'n y la necesidad de
coordinacio'n con otras comisiones interesadas y las actividades
complementarias de la Conferencia.

319. En su calidad de comisio'n orga'nica que presta asistencia al Consejo
Econo'mico y Social, la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer debe desempen~ar una funcio'n central en la vigilancia de la aplicacio'n
de la Plataforma de Accio'n y debe asesorar al Consejo al respecto.  Es
preciso que la Comisio'n disponga de un mandato claro y del apoyo financiero
necesario que le permita realizar actividades perio'dicas de vigilancia y
coordinar la presentacio'n de informes sobre la aplicacio'n de la Plataforma
de Accio'n con organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas,
en particular las que se encargan del adelanto de la mujer, y diversos
mecanismos y centros de coordinacio'n regionales y nacionales.

320. Para facilitar su labor de formulacio'n y vigilancia del criterio de la
participacio'n de todo el sistema en la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n, la Comisio'n debe recibir informes sobre la vigilancia, inclusive
informes de organizaciones y organismos del sistema de las Naciones Unidas. 
Asi' pues, la Comisio'n pasari'a a ser el o'rgano del Consejo Econo'mico y
Social encargado del ana'lisis de las cuestiones relacionadas con el ge'nero,
lo que reforzari'a la funcio'n de coordinacio'n normativa del Consejo.

321. Al organizar su programa de trabajo para el peri'odo 1996-2000, la
Comisio'n debe examinar las esferas de especial preocupacio'n de la Plataforma
de Accio'n y preparar su programa de forma que se incluya un tema relativo a
las actividades complementarias de la Conferencia Mundial sobre la Mujer,
especialmente el ana'lisis del papel de la mujer respecto de cuestiones
importantes de las que se ocupan las Naciones Unidas, cuyo contenido quedara'
determinado por los asuntos que examinen el Consejo Econo'mico y Social y la
Asamblea General.]

Otras comisiones orga'nicas

322. En el marco de sus mandatos, otras comisiones orga'nicas del Consejo
Econo'mico y Social tambie'n deben tomar en consideracio'n la Plataforma de
Accio'n y garantizar la integracio'n en sus actividades respectivas de los
aspectos relacionados con la mujer.

Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y otros
o'rganos creados en virtud de tratados

323. Al cumplir sus responsabilidades con arreglo a la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, el
Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer debe, en el
marco de su mandato, tomar en consideracio'n la Plataforma de Accio'n cuando
examine los informes presentados por los Estados partes.

324. Se invita a los Estados Partes en la Convencio'n sobre la eliminacio'n de
todas las formas de discriminacio'n contra la mujer a que, cuando presenten
informes con arreglo al arti'culo 18 de la Convencio'n, incluyan informacio'n
sobre las medidas adoptadas para aplicar la Plataforma de Accio'n a fin de
facilitar la tarea del Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n
contra la Mujer de velar por que la mujer ejerza efectivamente los derechos
garantizados por la Convencio'n.

325. Se debe reforzar la capacidad del Comite' para la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer de vigilar la aplicacio'n de la Convencio'n
[proporciona'ndole los recursos humanos y financieros con cargo al presupuesto
ordinario de las Naciones Unidas, inclusive la asistencia de asesores
juri'dicos y, con arreglo a la resolucio'n 49/164 de la Asamblea General,
suficiente tiempo de reuniones para el Comite'.]  El Comite' debe aumentar su
coordinacio'n con otros o'rganos de derechos humanos creados en virtud de
tratados, teniendo presentes las recomendaciones de la Declaracio'n y Programa
de Accio'n de Viena.

326. En el marco de su mandato, otros o'rganos creados en virtud de tratados
tambie'n deben tomar en consideracio'n la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n y garantizar la integracio'n de la igualdad de situacio'n y los
derechos humanos [universales] de la mujer en sus actividades.

Secretari'a de las Naciones Unidas

     Oficina del Secretario General

327. Se pide al Secretario General que se encargue de la coordinacio'n de las 
poli'ticas en las Naciones Unidas respecto de la aplicacio'n de la Plataforma
de Accio'n y la incorporacio'n de las cuestiones relacionada con el ge'nero en
todas
las actividades del sistema de las Naciones Unidas en el marco del mandato de
los o'rganos interesados.  El Secretario General debe examinar medidas
concretas para garantizar la coordinacio'n eficaz de la aplicacio'n de tales
objetivos.

     Divisio'n para el Adelanto de la Mujer

328. La funcio'n principal de la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer del
Departamento de Coordinacio'n de Poli'ticas y de Desarrollo Sostenible es
prestar servicios sustantivos a la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y
Social de la Mujer y otros o'rganos intergubernamentales en lo tocante al
adelanto de la mujer, asi' como al Comite' para la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer.  Se ha designado al Comite' como centro de
coordinacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia
el futuro para el adelanto de la mujer.  A la luz del examen del mandato de la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer mencionado en el
pa'rrafo 314, tambie'n sera' preciso evaluar las funciones de la Divisio'n
para el Adelanto de la Mujer.  [Se pide al Secretario General que aumente la
eficacia de la Divisio'n, entre otras cosas, proporciona'ndole suficientes
recursos financieros y humanos con cargo al presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas.]

329. La Divisio'n debe examinar los obsta'culos que se oponen al adelanto de
la mujer mediante el ana'lisis de las diferencias de trato por razo'n del
ge'nero al preparar los estudios de poli'ticas para la Comisio'n de la
Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y mediante el apoyo de otros
o'rganos subsidiarios.  Despue's de la celebracio'n de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer debe desempen~ar una funcio'n coordinadora al preparar
la revisio'n del plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el
adelanto de la mujer para el peri'odo 1996-2001 y debe seguir actuando como
secretari'a de la coordinacio'n interinstitucional para el adelanto de la
mujer.  Conviene que la Divisio'n siga manteniendo una corriente de
informacio'n con las comisiones nacionales, las instituciones nacionales para
la promocio'n de la mujer y las organizaciones no gubernamentales en lo
tocante a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n.

     Otras dependencias de la Secretari'a de las Naciones Unidas

330. Las diversas dependencias de la Secretari'a de las Naciones Unidas deben
examinar sus programas para determinar la mejor forma de contribuir a la
aplicacio'n coordinada de la Plataforma de Accio'n.  Las propuestas para la
aplicacio'n de la Plataforma deben reflejarse en la revisio'n del plan de
mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el
peri'odo 1996-2001, asi' como en el proyecto de plan de mediano plazo de las
Naciones Unidas para el peri'odo 1998-2002.  El contenido de las actividades
dependera' de los mandatos de las oficinas de que se trate.

331. Se deben establecer o reforzar los vi'nculos en la Secretari'a a fin de
garantizar que en todas sus actividades figure como elemento central la
cuestio'n del papel de la mujer.

332. La Oficina de Recursos Humanos, en colaboracio'n con los administradores
de programas de todo el mundo y de conformidad con el plan de accio'n
estrate'gico para el mejoramiento de la situacio'n de la mujer en la
Secretari'a (1995-2000), debe continuar concediendo prioridad a la
contratacio'n y el ascenso de mujeres en puestos sujetos a distribucio'n
geogra'fica, sobre todo en las categori'as superiores encargadas de la
formulacio'n de poli'ticas y la adopcio'n de decisiones, a fin de alcanzar los
objetivos establecidos en las resoluciones 45/125 y 45/239 C de la Asamblea
General y reafirmados en las resoluciones de la 46/100, 47/93, 48/106 y
49/167.  El servicio de capacitacio'n debe disen~ar y desarrollar programas
perio'dicos de capacitacio'n sobre cuestiones relacionadas con el ge'nero o
incluir en todas sus actividades formacio'n en esa esfera.

333. El Departamento de Informacio'n Pu'blica debe intentar integrar la
cuestio'n del adelanto de la mujer en sus actividades generales de
informacio'n y, con cargo a los recursos existentes, reforzar y mejorar sus
programas sobre la mujer y la nin~a.  Con tal fin, el Departamento debe
formular una estrategia de comunicaciones para los diversos medios de
difusio'n a fin de apoyar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, teniendo
plenamente en cuenta las nuevas tecnologi'as.  Los productos perio'dicos del
Departamento tambie'n deben promover los objetivos de la Plataforma, sobre
todo en los pai'ses en desarrollo.

334. La Divisio'n de Estadi'stica del Departamento de Informacio'n Econo'mica
y Social y Ana'lisis de Poli'ticas debe desempen~ar la funcio'n importante de
coordinar la labor internacional en materia de estadi'sticas descrita
anteriormente en el objetivo estrate'gico H.3 de la seccio'n IV.

Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la
Promocio'n de la Mujer

335. [De conformidad con su mandato en materia de investigacio'n,
capacitacio'n  y difusio'n de informacio'n para el adelanto de la mujer, el
Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n
de la Mujer (INSTRAW) debe examinar su programa de trabajo a la luz de la
Plataforma de Accio'n que, conjuntamente con el Programa 21, la Declaracio'n y
Programa de Accio'n de Viena, el Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y el Programa de Accio'n de
la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, proporcionara' directrices respecto
de la preparacio'n de un programa para dar cumplimiento a los aspectos de la
Plataforma de Accio'n que correspondan a su mandato.  El Instituto debe
determinar el tipo y la metodologi'a de investigacio'n a los que convenga
conceder prioridad, reforzar la capacidad nacional para realizar estudios
sobre la mujer e investigaciones relativas a las cuestiones relacionadas con
el ge'nero, incluida la investigacio'n de la situacio'n de la nin~a, y crear
redes de instituciones de investigacio'n que puedan movilizarse con tal fin. 
Las investigaciones que se proponen sobre las diferencias de trato por razo'n
de sexo deben reflejar los cambios perio'dicos en la condicio'n
socioecono'mica de la mujer y la nin~a en diversas regiones.  El Instituto
debe seleccionar el tipo de educacio'n y capacitacio'n que puede apoyar y
promover con eficacia y actuar de centro de coordinacio'n en todo el sistema
de las Naciones Unidas en la esfera de su competencia para la capacitacio'n
sobre el papel de la mujer.]

(Alternativa)

     [De conformidad con su mandato en materia de investigacio'n,
capacitacio'n  y difusio'n de informacio'n para el adelanto de la mujer, el
Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n
de la Mujer (INSTRAW), en su calidad de organizacio'n de las Naciones Unidas
cuyo objetivo es promover la investigacio'n y la capacitacio'n sobre la
situacio'n y el adelanto de la mujer, debe examinar su programa de trabajo a
la luz de la Plataforma de Accio'n conjuntamente con el Programa 21, la
Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena, el Programa de Accio'n de la
Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y el Programa de
Accio'n de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, y preparar un programa
para dar cumplimiento a los aspectos de la Plataforma de Accio'n que
correspondan a su mandato.  El Instituto debe determinar el tipo y la
metodologi'a de investigacio'n a los que convenga conceder prioridad, reforzar
la capacidad nacional para realizar estudios sobre la mujer e investigaciones
relativas a las diferencias de trato por razo'n de sexo, incluida la
investigacio'n de la situacio'n de la nin~a, y crear redes de instituciones de
investigacio'n que puedan movilizarse con tal fin.  Las investigaciones que se
proponen sobre las diferencias de trato por razo'n de sexo deben reflejar los
cambios perio'dicos en la condicio'n socioecono'mica de la mujer y la nin~a en
diversas regiones.  El Instituto debe seleccionar el tipo de educacio'n y
capacitacio'n que puede apoyar y promover con eficacia y actuar de centro de
coordinacio'n en el sistema de las Naciones Unidas segu'n proceda para la
capacitacio'n sobre el papel de la mujer.]

Fondo de Desarrollo las Naciones Unidas para la Mujer

336. [En su cara'cter de fondo auto'nomo asociado al PNUD, el Fondo de
Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) aumenta las opciones
y oportunidades para el desarrollo econo'mico y social de la mujer en los
pai'ses en desarrollo proporcionando asistencia te'cnica y financiera para
incorporar la cuestio'n del adelanto de la mujer en el desarrollo a todos los
niveles.  El UNIFEM debe examinar y reforzar su programa de trabajo para
aplicar la Plataforma de Accio'n.  Es preciso que se proporcionen suficientes
recursos al UNIFEM a fin de que pueda iniciar medidas y actividades concretas
para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n.  Debe incrementarse la
funcio'n de promocio'n del UNIFEM fomentando la toma de conciencia
internacional de la potenciacio'n del papel de la mujer.  Es preciso que se
pongan a disposicio'n del UNIFEM recursos suficientes.]

(Alternativa al pa'rrafo 336)

     [El Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) es
el u'nico o'rgano del sistema de las Naciones Unidas creado con el mandato de
aumentar las opciones y oportunidades para el desarrollo econo'mico y social
de la mujer en los pai'ses en desarrollo proporcionando asistencia te'cnica y
financiera para incorporar la cuestio'n del adelanto de la mujer en el
desarrollo a todos los niveles.  Por consiguiente, el UNIFEM debe examinar y
reforzar su programa de trabajo a la luz de la Plataforma de Accio'n y de las
recomendaciones de recientes reuniones de alto nivel y conferencias, en las
que se destaca la necesidad de habilitar a la mujer en las esferas social y
econo'mica.  Con tal fin, se debe reforzar al UNIFEM a fin de permitirle
iniciar medidas y actividades concretas para la aplicacio'n de la Plataforma
de Accio'n.  Debe incrementarse la funcio'n de promocio'n del UNIFEM
fomentando la toma de conciencia internacional de la potenciacio'n del papel
de la mujer y el dia'logo poli'tico multilateral sobre el tema, y es preciso
que se pongan a disposicio'n del UNIFEM recursos suficientes.]

(Alternativa a los pa'rrafos 335 y 336)

     [Se debe examinar el papel y funcionamiento del Instituto Internacional
de Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW) y
el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) en el
futuro a la luz de la decisio'n que adopte la Asamblea General en su
quincuage'simo peri'odo de sesiones sobre la propuesta de fusionar las dos
organizaciones.]

Organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas

337. Para reforzar su apoyo a la accio'n en el plano nacional y aumentar su
contribucio'n a las actividades complementarias coordinadas que realicen las
Naciones Unidas, cada organizacio'n debe estipular las medidas concretas que
tenga previstas, inclusive los objetivos y las metas para efectuar un ajuste
de las prioridades y reorientar los recursos a fin de atender las prioridades
mundiales enunciadas en la Plataforma de Accio'n.  Debe existir un deslinde
claro de responsabilidad y rendicio'n de cuentas.  Las propuestas quedara'n
reflejadas a su vez en el plan de mediano plazo a nivel de todo el sistema
para el adelanto de la mujer para el peri'odo 1996-2001.

338. Cada organizacio'n debe comprometerse al nivel ma's alto posible y, en el
cumplimiento de sus objetivos, debe adoptar medidas para aumentar y apoyar el
papel y la responsabilidad de sus centros de coordinacio'n sobre cuestiones
relativas a la mujer.

339. Adema's, los organismos especializados cuyos mandatos incluyan la
prestacio'n de asistencia te'cnica a los pai'ses en desarrollo, en particular
a los pai'ses de A'frica y a los pai'ses menos adelantados, deben colaborar en
mayor medida para garantizar la promocio'n continua del adelanto de la mujer.

340. El sistema de las Naciones Unidas debe examinar la asistencia te'cnica
que convenga y proporcionar esa asistencia y otras formas de asistencia a los
pai'ses con economi'a en transicio'n a fin de facilitar la solucio'n de sus
problemas especi'ficos relacionados con el adelanto de la mujer.

341. Cada organizacio'n debe conceder mayor prioridad a la contratacio'n y el
ascenso de las funcionarias del cuadro orga'nico con miras a alcanzar un mayor
equilibrio entre los sexos, sobre todo al nivel de adopcio'n de decisiones. 
En la contratacio'n del personal y la determinacio'n de las condiciones de
servicio, la consideracio'n principal debe ser la necesidad de garantizar los
niveles ma's altos de eficiencia, competencia e integridad.  Se debe tener en
cuenta la importancia de contratar personal en base a una distribucio'n
geogra'fica lo ma's amplia posible.  Las organizaciones deben informar
perio'dicamente a sus o'rganos rectores sobre los progresos alcanzados con tal
fin.

342. Conviene mejorar la coordinacio'n de las actividades operacionales de las
Naciones Unidas para el desarrollo en el plano nacional por conducto del
sistema de coordinadores residentes de conformidad con las resoluciones
pertinentes de la Asamblea General, en particular la resolucio'n 47/199,
teniendo plenamente en cuenta la Plataforma de Accio'n.


           2.  Otras instituciones y organizaciones internacionales

343. [Al aplicar la Plataforma de Accio'n, se debe alentar a las instituciones
financieras internacionales a examinar y revisar sus poli'ticas,
procedimientos y dotacio'n de personal [con miras a proporcionar recursos
nuevos y adicionales] para asegurar que las inversiones y los programas
beneficien a la mujer y contribuyan asi' al desarrollo sostenible.  Deben
[considerar la posibilidad de] aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de
categori'a superior, aumentar la capacitacio'n del personal en el ana'lisis de
las cuestiones relacionadas con la mujer y establecer poli'ticas y directrices
para lograr que se examinen plenamente las consecuencias diferentes que tienen
para la mujer y el hombre los programas de pre'stamos y otras actividades.  Se
debe alentar a las instituciones de Bretton Woods y otros organismos de
desarrollo a reforzar la cooperacio'n en cuestiones relativas al adelanto de
la mujer a fin de aumentar la eficacia de la accio'n internacional en esta
esfera.]

344. [La Asamblea General debe examinar la posibilidad de invitar a la
Organizacio'n Mundial del Comercio a estudiar en que' forma puede contribuir a
la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, inclusive mediante la cooperacio'n
con el sistema de las Naciones Unidas.]

345. Las organizaciones no gubernamentales internacionales tienen un
importante papel que desempen~ar en la aplicacio'n [y vigilancia de la
aplicacio'n] de la Plataforma de Accio'n.  [Es preciso que se estudie la
posibilidad de establecer un mecanismo de colaboracio'n con las organizaciones
no gubernamentales para vigilar la aplicacio'n de la Plataforma a diversos
niveles.]


                                 Capi'tulo VI

                           DISPOSICIONES FINANCIERAS

346. Los recursos financieros y humanos han sido generalmente insuficientes
para el adelanto de la mujer, lo que ha contribuido a la lentitud del progreso
alcanzado hasta la fecha en la aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi
orientadas hacia el futuro de la mujer.  Para aplicar plena y eficazmente la
Plataforma de Accio'n, incluidos los compromisos pertinentes contrai'dos en
cumbres y conferencias anteriores de las Naciones Unidas, se requerira' la
voluntad poli'tica de aportar los recursos humanos y financieros que se
necesitan para la promocio'n de la mujer.  Para esto sera' a su vez necesario
que en las decisiones presupuestarias sobre poli'ticas y programas se integre
una perspectiva basada en los aspectos relacionados con el ge'nero, al mismo
tiempo que una financiacio'n adecuada de los programas encaminados a lograr la
igualdad entre la mujer y el hombre.  Para aplicar la Plataforma de Accio'n,
sera' preciso movilizar fondos de todas las fuentes y de todos los sectores. 
Tal vez resulte necesario reformular las poli'ticas y reasignar recursos
dentro de los programas y entre ellos, aunque es probable que haya
modificaciones de poli'tica que no tengan necesariamente consecuencias
financieras.  [Tambie'n podra' ser necesario movilizar recursos adicionales,
tanto pu'blicos como privados, incluso recursos provenientes de fuentes
innovadoras de financiacio'n.]


                           A.  En el plano nacional

347. La principal responsabilidad de la aplicacio'n de los objetivos
estrate'gicos de la Plataforma de Accio'n corresponde a los gobiernos.  Para
lograr esos objetivos, los gobiernos deberi'an tomar medidas para revisar
sistema'ticamente la manera en que las mujeres se benefician de los gastos del
sector pu'blico; ajustar los presupuestos para lograr la igualdad de acceso a
los gastos del sector pu'blico, tanto para aumentar la capacidad productiva
como para satisfacer las necesidades sociales; y lograr los compromisos
relacionados con la igualdad entre el hombre y la mujer contrai'dos en otras
cumbres y conferencias de las Naciones Unidas.  Para elaborar buenas
estrategias nacionales de aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los
gobiernos deberi'an asignar suficientes recursos, incluidos los necesarios
para llevar a cabo ana'lisis de los efectos de las cuestiones relacionadas con
el ge'nero.  Los gobiernos tambie'n deberi'an alentar a las organizaciones no
gubernamentales, al sector privado y a otras instituciones a que movilicen
recursos adicionales.

348. Deberi'an asignarse recursos suficientes a los mecanismos nacionales para
el adelanto de la mujer, asi' como a todas las instituciones apropiadas que
puedan contribuir a la aplicacio'n y supervisio'n de la Plataforma de Accio'n.

349. Donde au'n no se hayan establecido mecanismos nacionales para el adelanto
de la mujer, o donde todavi'a no este'n establecidos de manera permanente, los
gobiernos deberi'an procurar poner a disposicio'n de dichos mecanismos
recursos suficientes y constantes.

350. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los gobiernos
deberi'an reducir, segu'n resulte apropiado, los gastos militares excesivos y
las inversiones para la produccio'n y adquisicio'n de armas de manera
compatible con las necesidades de seguridad nacional.

351. Deberi'a alentarse a las organizaciones no gubernamentales, al sector
privado y a otros integrantes de la sociedad civil a que estudiaran la
posibilidad de asignar los recursos necesarios para la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n.  Los gobiernos deberi'an crear un entorno favorable
para la movilizacio'n de recursos por las organizaciones no gubernamentales,
en particular las organizaciones y redes de la mujer, [asociaciones
feministas,] el sector privado y otros integrantes de la sociedad civil a fin
de permitirles hacer contribuciones para ese fin.  Deberi'a fortalecerse y
aumentarse la capacidad de las organizaciones no gubernamentales en ese
aspecto.


                           B.  En el plano regional

352. Se deberi'a solicitar a los bancos de desarrollo regionales, las
asociaciones de negocios y otras instituciones regionales que contribuyan a la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en sus actividades de concesio'n de
cre'ditos y de otro tipo y que ayuden a movilizar recursos para ese fin. 
Tambie'n se los deberi'a alentar a que tomen en cuenta la Plataforma de
Accio'n en sus poli'ticas y modalidades de financiacio'n.

353. [Las comisiones subregionales y regionales deberi'an prestar asistencia,
en caso necesario, en la movilizacio'n de fondos para la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n.]

                         C.  En el plano internacional

354. Se deberi'an asignar recursos financieros suficientes en el plano
internacional para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses
en desarrollo, en particular en A'frica y en los pai'ses menos adelantados. 
Para fortalecer la capacidad nacional de los pai'ses en desarrollo de aplicar
la Plataforma de Accio'n sera' necesario esforzarse por alcanzar el objetivo
convenido para la asistencia oficial para el desarrollo del 0,7% del producto
nacional bruto de los pai'ses desarrollados a la brevedad posible, asi' como
aumentar el porcentaje de financiacio'n correspondiente a las actividades
destinadas a aplicar la Plataforma de Accio'n.  Adema's, los pai'ses que
brindan cooperacio'n para el desarrollo deberi'an realizar un ana'lisis
cri'tico de sus programas de asistencia con miras a mejorar la calidad y la
eficacia de la ayuda mediante la integracio'n de un enfoque de las cuestiones
relacionadas con el ge'nero.

355. Se deberi'a invitar a las instituciones financieras internacionales, con
inclusio'n del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, el Fondo
Internacional de Desarrollo Agri'cola y los bancos regionales de desarrollo, a
que examinaran sus subsidios y sus pre'stamos y a que asignaran pre'stamos y
donaciones a los programas que tienen por objeto la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n, especialmente en A'frica y en los pai'ses menos
adelantados.

356. El sistema de las Naciones Unidas deberi'a proporcionar cooperacio'n
te'cnica y otras formas de asistencia a los pai'ses en desarrollo, en
particular en A'frica, y a los pai'ses menos adelantados para la aplicacio'n
de la Plataforma de Accio'n.

357. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses con economi'as
en transicio'n requerira' la prestacio'n constante de cooperacio'n y
asistencia internacionales.  Las organizaciones y o'rganos del sistema de las
Naciones Unidas, incluidos los organismos te'cnicos y sectoriales, deberi'an
facilitar las actividades de elaboracio'n y aplicacio'n de poli'ticas y
programas para el adelanto de la mujer en esos pai'ses.  A este efecto, se
deberi'a invitar al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial a que
apoyaran esas actividades.

358. Deberi'an llevarse a la pra'ctica los resultados de la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social [asi' como de anteriores reuniones en la cumbre y
conferencias] en materia de gestio'n y reduccio'n de la deuda con miras a
facilitar la realizacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n.

359. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los pai'ses
desarrollados y los pai'ses en desarrollo interesados deberi'an contraer el
compromiso mutuo de asignar, en promedio, el 20% de la asistencia oficial para
el desarrollo y el 20% del presupuesto nacional a programas sociales ba'sicos
y, en tal sentido, deberi'an tener en cuenta la perspectiva relacionada con el
ge'nero.

360. Los fondos y programas de desarrollo del sistema de las Naciones Unidas
deberi'an [Se deberi'a invitar a los fondos y programas de desarrollo del
sistema de las Naciones Unidas a] emprender de inmediato un ana'lisis de la
medida en que sus programas y proyectos esta'n orientados a la aplicacio'n de
la Plataforma de Accio'n y, en los pro'ximos ciclos de programacio'n, [por lo
menos duplicar] [examinar la idoneidad de] los recursos destinados a la
eliminacio'n de las disparidades entre hombres y mujeres en sus actividades de
asistencia te'cnica y financiacio'n.

361. [En reconocimiento de las funciones especiales del Fondo de Desarrollo de
las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y el Instituto Internacional de
Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW) en lo
relativo a la potenciacio'n del papel de la mujer, los recursos proporcionados
por los gobiernos deberi'an incrementarse considerablemente para el an~o
2000.]

(Primera alternativa)

     [El UNIFEM y el INSTRAW esta'n llamados a desempen~ar funciones
especiales en el adelanto de la condicio'n de la mujer y en la promocio'n de
sus derechos humanos.  La comunidad internacional deberi'a aceptar su
responsabilidad primordial en lo que respecta al fortalecimiento del UNIFEM y
proporcionar al Fondo recursos sustancialmente mayores que le permitan cumplir
sus
responsabilidades en la aplicacio'n eficaz de la Plataforma de Accio'n. 
Es preciso reforzar considerablemente el INSTRAW para que se pueda aplicar la
Plataforma de Accio'n en el marco de su mandato.]

(Segunda alternativa)

     [En reconocimiento de las funciones especiales del UNIFEM y del INSTRAW
en lo relativo a la potenciacio'n del papel de la mujer y, por tanto, en la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n dentro de sus respectivos mandatos,
los recursos proporcionados por la comunidad internacional deberi'an
incrementarse considerablemente para el an~o 2000.]

362. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de las Naciones
Unidas en sus esfuerzos por promover el adelanto de la mujer y de aumentar su
capacidad para alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n, es
necesario renovar, reformar y reactivar los diversos componentes del sistema
de las Naciones Unidas, en particular la Divisio'n para el Adelanto de la
Mujer de la Secretari'a de las Naciones Unidas, asi' como otras dependencias y
o'rganos subsidiarios que tienen el mandato concreto de promover el adelanto
de la mujer.  En este sentido, se exhorta a los organismos rectores
pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que presten especial
atencio'n a la aplicacio'n eficaz de la Plataforma de Accio'n y revisen sus
poli'ticas, programas, presupuestos y actividades con miras a lograr la
utilizacio'n ma's efectiva y eficaz posible de los fondos dedicados a ese fin.

[Tal vez tambie'n sea necesario movilizar recursos adicionales con cargo al
presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para aplicar la Plataforma de
Accio'n.]


                                     Notas

     1/   Informe de la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de
los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer:  Igualdad,
Desarrollo y Paz, Nairobi, 15 a 26 de julio de 1985 (publicacio'n de las
Naciones Unidas, nu'mero de venta:  S.85.IV.10), cap. I, secc. A.

     2/   Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 14 a
25 de junio de 1993 (A/CONF.157/24 (Part I)), cap. III.

     3/   Resolucio'n 34/180 de la Asamblea General, anexo.

     4/   Resolucio'n 45/164 de la Asamblea General.

     5/   Resolucio'n 44/82 de la Asamblea General.

     6/   Resolucio'n 48/126 de la Asamblea General.

     7/   A/47/308-E/1992/97, anexo.

     8/   Resolucio'n 48/104 de la Asamblea General.

     9/   Ve'ase Instrumentos juri'dicos en que se incorporan los resultados
de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales (Ginebra,
secretari'a del GATT, 1994).

    10/   Resolucio'n 44/25 de la Asamblea General, anexo.

    11/   Informe Final de la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos:

Satisfaccio'n de las Necesidades Ba'sicas de Aprendizaje, Jomtien, Tailandia,
5 a 9 de marzo de 1990, Comisio'n Interinstitucional (PNUD, UNESCO, UNICEF,
Banco Mundial) de la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos, Nueva
York, 1990, ape'ndice I.

    12/   Resolucio'n 2200 A (XXI) de la Asamblea General, anexo.

    13/   Informe de la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (A/CONF.171/13 y Add.1),
cap. I, resolucio'n 1, anexo.

    14/   Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6
a 12 de marzo de 1995 (A/CONF.166/9), cap. I, resolucio'n 1, anexos I y II.

    15/   Se entiende por aborto peligroso el procedimiento realizado por
personas que no poseen las calificaciones necesarias, o en un medio en que no
existen los requisitos me'dicos mi'nimos, o ambas cosas, con objeto de poner
te'rmino a un embarazo no deseado (definicio'n basada en la publicacio'n de la
Organizacio'n Mundial de la Salud The Prevention and Management of Unsafe
Abortion, informe de un grupo de trabajo te'cnico, Ginebra, abril de 1992
(WHO/MSM/92.5)).

    16/   Informe Final de la Conferencia Internacional sobre Nutricio'n,
Roma, 5 a 11 de diciembre de 1992 (Roma, Organizacio'n de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentacio'n, 1993), parte II.

    17/   Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo, Ri'o de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992
(publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta:  S.93.I.8 y
correcciones), vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia, resolucio'n
1, anexo I.

    18/   Resolucio'n 317 (IV) de la Asamblea General, anexo.

    19/   Resolucio'n 217 A (III) de la Asamblea General.

    20/   Resolucio'n 39/46 de la Asamblea General, anexo.

    21/   Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadrage'simo se'ptimo
peri'odo de sesiones, Suplemento No. 38 (A/47/38), cap. I.

    22/   Naciones Unidas, Recueil des Traite's, vol. 75, No. 973, pa'g. 287.

    23/   Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos ..., cap. III,
secc. II, pa'rr. 38.

    24/   Ve'ase Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme, vol. 5:  1980
(publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta:  S.81.IX.4), ape'ndice
VII.

    25/   Resolucio'n 48/96 de la Asamblea General, anexo.

    26/   Resolucio'n 2106 A (XX) de la Asamblea General, anexo.

    27/   Resolucio'n 41/128 de la Asamblea General, anexo.

    28/   Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Convenio sobre
la Diversidad Biolo'gica (Centro de Actividad del Programa de Derecho e
Instituciones Ambientales), junio de 1992.


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Date last updated: 08 May 2000 by DESA/DAW
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