![]() Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer Distr. GENERAL
CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL .
SOBRE LA MUJER
Beijing, China
4 a 15 de septiembre de 1995
INFORME DE LA CUARTA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER*
(Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995)
* El presente documento es una versio'n preliminar del informe
de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Los anexos I a
IV se publicara'n como adiciones al presente documento. El
informe completo aparecera' como publicacio'n de las Naciones
Unidas.
I'NDICE
Capi'tulo Pa'gina
I. RESOLUCIONES APROBADAS POR LA CONFERENCIA 4
1. Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing 4
2. Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno de
la Repu'blica Popular de China 163
3. Credenciales de los representantes ante la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer 164
II. ASISTENCIA Y ORGANIZACIO'N DE LOS TRABAJOS 165
A. Fecha y lugar de celebracio'n de la Conferencia 165
B. Consultas previas a la Conferencia 165
C. Asistencia 165
D. Apertura de la Conferencia y eleccio'n de la Presidenta 168
E. Mensajes de Jefes de Estado o de Gobierno 169
F. Aprobacio'n del reglamento 169
G. Aprobacio'n del programa 169
H. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos
de la Presidenta 170
I. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el
establecimiento de la Comisio'n Principal de la
Conferencia 171
J. Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes 171
III. DEBATE GENERAL 172
IV. INFORME DE LA COMISIO'N PRINCIPAL 177
A. Organizacio'n de los trabajos 177
B. Examen del proyecto de Plataforma de Accio'n 178
C. Examen del proyecto de declaracio'n 185
V. APROBACIO'N DE LA DECLARACIO'N DE BEIJING Y DE LA PLATAFORMA
DE ACCIO'N 186
Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n de
la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing 186
VI. INFORME DE LA COMISIO'N DE VERIFICACIO'N DE PODERES 210
VII. APROBACIO'N DEL INFORME DE LA CONFERENCIA 213
VIII. CLAUSURA DE LA CONFERENCIA 214
Anexos*
I. Lista de documentos
II. Declaraciones de apertura
III. Declaraciones de clausura
IV. Declaracio'n de la Presidenta de la Conferencia sobre la
interpretacio'n ma's generalizada del te'rmino "ge'nero
________________________
* Se publicara'n como adicio'n al presente documento.
Capi'tulo I
RESOLUCIONES APROBADAS POR LA CONFERENCIA
Resolucio'n 1
Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing*
La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer,
Reunida en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995,
1. Aprueba la Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de
Beijing, que figuran como anexos de la presente resolucio'n;
2. Recomienda a la Asamblea General de las Naciones Unidas
en su quincuage'simo peri'odo de sesiones que haga suyas la
Declaracio'n y Plataforma de Accio'n de Beijing en la forma
aprobada por la Conferencia.
* Aprobada en la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de
septiembre de 1995; para el debate, ve'ase el capi'tulo V.
ANEXO I
Declaracio'n de Beijing
1. Nosotros, los Gobiernos que participamos en la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer,
2. Reunidos en Beijing en septiembre de 1995, an~o del
cincuentenario de la fundacio'n de las Naciones Unidas,
3. Decididos a promover los objetivos de igualdad, desarrollo y
paz para todas las mujeres del mundo, en intere's de toda la
humanidad,
4. Reconociendo las aspiraciones de las mujeres del mundo entero
y tomando nota de la diversidad de las mujeres y de sus
funciones y circunstancias, haciendo honor a las mujeres que
han allanado el camino, e inspirados por la esperanza que
reside en la juventud del mundo,
5. Reconocemos que la situacio'n de la mujer ha avanzado en
algunos aspectos importantes en el u'ltimo decenio, aunque
los progresos no han sido homoge'neos, persisten las
desigualdades entre mujeres y hombres y sigue habiendo
obsta'culos importantes, que entran~an graves consecuencias
para el bienestar de todos los pueblos,
6. Reconocemos asimismo que esta situacio'n se ha visto agravada
por una pobreza cada vez mayor, que afecta a la vida de la
mayor parte de la poblacio'n del mundo y tiene sus ori'genes
en el a'mbito nacional y en el a'mbito internacional,
7. Nos comprometemos sin reservas a combatir estas limitaciones
y obsta'culos y a promover asi' el adelanto y la
potenciacio'n del papel de la mujer en todo el mundo, y
convenimos en que esta tarea exige una accio'n urgente, con
espi'ritu decidido, esperanza, cooperacio'n y solidaridad,
ahora y en los albores del nuevo siglo.
Reafirmamos nuestro compromiso de:
8. Defender los derechos y la dignidad humana intri'nseca de las
mujeres y los hombres, todos los dema's propo'sitos y
principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, la
Declaracio'n Universal de Derechos Humanos y otros
instrumentos internacionales de derechos humanos, en
particular, la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las
formas de discriminacio'n contra la mujer y la Convencio'n
sobre los Derechos del Nin~o, asi' como la Declaracio'n sobre
la eliminacio'n de la violencia contra la mujer y la
Declaracio'n sobre el derecho al desarrollo;
9. Garantizar la plena aplicacio'n de los derechos humanos de
las mujeres y las nin~as como parte inalienable, integral e
indivisible de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales;
10. Impulsar el consenso y los progresos alcanzados en anteriores
conferencias de las Naciones Unidas - sobre la Mujer,
celebrada en Nairobi en 1985, sobre el Nin~o, celebrada en
Nueva York en 1990, sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
celebrada en Ri'o de Janeiro en 1992, sobre los Derechos
Humanos, celebrada en Viena en 1993, sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo, celebrada en El Cairo en 1994, y en la Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social, celebrada en Copenhague en
1995, con el objetivo de lograr la igualdad, el desarrollo y
la paz;
11. Conseguir la aplicacio'n plena y efectiva de las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la
mujer;
12. Promover la potenciacio'n del papel de la mujer y el adelanto
de la mujer, incluido el derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia, de religio'n y de creencia, lo
que contribuye a la satisfaccio'n de las necesidades morales,
e'ticas, espirituales e intelectuales de las mujeres y los
hombres, individualmente o en comunidad con otros, por lo que
les garantiza la posibilidad de realizar su pleno potencial
en la sociedad plasmando su vida de conformidad con sus
propias aspiraciones.
Estamos convencidos de que:
13. La potenciacio'n del papel de la mujer y la plena
participacio'n de la mujer en condiciones de igualdad en
todas las esferas de la sociedad, incluidos la participacio'n
en los procesos de adopcio'n de decisiones y el acceso al
poder, son fundamentales para el logro de la igualdad, el
desarrollo y la paz;
14. Los derechos de la mujer son derechos humanos;
15. La igualdad de derechos, de oportunidades y de acceso a los
recursos, la distribucio'n equitativa entre hombres y mujeres
de las responsabilidades respecto de la familia y una
asociacio'n armoniosa entre ellos son indispensables para su
bienestar y el de su familia, asi' como para la
consolidacio'n de la democracia;
16. La erradicacio'n de la pobreza basada en el crecimiento
econo'mico sostenido, el desarrollo social, la proteccio'n
del medio ambiente y la justicia social exige la
participacio'n de la mujer en el desarrollo econo'mico y
social e igualdad de oportunidades, y la participacio'n plena
y en pie de igualdad de mujeres y hombres en calidad de
agentes y de beneficiarios de un desarrollo sostenible
centrado en la persona;
17. El reconocimiento expli'cito y la reafirmacio'n del derecho
de todas las mujeres a controlar todos los aspectos de su
salud, en particular su propia fecundidad, es ba'sico para la
potenciacio'n de su papel;
18. La paz local, nacional, regional y mundial es alcanzable y
esta' inextricablemente vinculada al adelanto de la mujer,
que constituye una fuerza fundamental para la direccio'n de
la comunidad, la solucio'n de conflictos y la promocio'n de
una paz duradera a todos los niveles;
19. Es indispensable disen~ar, aplicar y vigilar, a todos los
niveles, con la plena participacio'n de la mujer, poli'ticas
y programas, entre ellos poli'ticas y programas de desarrollo
efectivos, eficaces y sine'rgicos, que tengan en cuenta el
ge'nero, y contribuyan a promover la potenciacio'n del papel
y el adelanto de la mujer;
20. La participacio'n y contribucio'n de todos los participantes
de la sociedad civil, en particular de los grupos y redes de
mujeres y otras organizaciones no gubernamentales y
organizaciones de la comunidad, con el pleno respeto de su
autonomi'a y en cooperacio'n con los gobiernos, son
importantes para una aplicacio'n y seguimiento efectivos de
la Plataforma de Accio'n;
21. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n exige el
compromiso de los gobiernos y de la comunidad internacional.
Al asumir compromisos de accio'n a nivel nacional e
internacional, incluidos los asumidos en la Conferencia, los
gobiernos y la comunidad internacional reconocen la necesidad
de tomar medidas prioritarias para la potenciacio'n del papel
y el adelanto de la mujer.
Estamos decididos a:
22. Intensificar los esfuerzos y acciones encaminados a alcanzar,
antes de que termine el siglo, las metas de las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la
mujer para fines del presente siglo;
23. Garantizar a todas las mujeres y las nin~as todos los
derechos humanos y libertades fundamentales, y tomar medidas
eficaces contra las violaciones de esos derechos y
libertades;
24. Adoptar las medidas que sean necesarias para eliminar todas
las formas de discriminacio'n contra las mujeres y las
nin~as, y suprimir todos los obsta'culos a la igualdad de
ge'nero y al adelanto y potenciacio'n del papel de la mujer;
25. Alentar a los hombres a que participen plenamente en todas
las acciones encaminadas a garantizar la igualdad;
26. Promover la independencia econo'mica de la mujer, incluido su
empleo, y erradicar la carga persistente y cada vez mayor de
la pobreza que recae sobre las mujeres, combatiendo las
causas estructurales de esta pobreza mediante cambios en las
estructuras econo'micas, garantizando la igualdad de acceso a
todas las mujeres, incluidas las de las zonas rurales, como
agentes vitales del desarrollo, a los recursos productivos,
oportunidades y servicios pu'blicos;
27. Promover un desarrollo sostenible centrado en la persona,
incluido el crecimiento econo'mico sostenido, mediante la
ensen~anza ba'sica, la educacio'n durante toda la vida, la
alfabetizacio'n y capacitacio'n, y la atencio'n primaria de
la salud para nin~as y mujeres;
28. Adoptar medidas positivas a fin de garantizar la paz para el
adelanto de la mujer y, reconociendo la funcio'n rectora que
han desempen~ado las mujeres en el movimiento en pro de la
paz, trabajar activamente hacia el desarme general y completo
bajo control internacional estricto y eficaz, y apoyar las
negociaciones para la concertacio'n, sin demora, de un
tratado amplio de prohibicio'n de los ensayos nucleares, de
alcance universal y verificable multilateral y efectivamente,
que contribuya al desarme nuclear y a la prevencio'n de la
proliferacio'n de las armas nucleares en todos sus aspectos;
29. Prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las
mujeres y las nin~as;
30. Garantizar la igualdad de acceso y la igualdad de trato de
hombres y mujeres en la educacio'n y la atencio'n de salud y
promover la salud sexual y reproductiva de la mujer y su
educacio'n;
31. Promover y proteger todos los derechos humanos de las mujeres
y las nin~as;
32. Intensificar los esfuerzos para garantizar el disfrute en
condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales a todas las mujeres y las nin~as que
enfrentan mu'ltiples barreras para lograr su potenciacio'n y
su adelanto por factores como la raza, la edad, el idioma, el
origen e'tnico, la cultura, la religio'n o la discapacidad, o
por pertenecer a la poblacio'n indi'gena;
33. Garantizar el respeto del derecho internacional, incluido el
derecho humanitario, a fin de proteger a las mujeres y las
nin~as en particular;
34. Potenciar al ma'ximo la capacidad de las mujeres y las nin~as
de todas las edades, garantizar su plena participacio'n, en
condiciones de igualdad, en la construccio'n de un mundo
mejor para todos y promover su papel en el proceso de
desarrollo.
Estamos decididos a:
35. Garantizar el acceso de las mujeres en condiciones de
igualdad a los recursos econo'micos, incluidos la tierra, el
cre'dito, la ciencia y la tecnologi'a, la capacitacio'n
profesional, la informacio'n, las comunicaciones y los
mercados, como medio de promover el adelanto de las mujeres y
las nin~as y la potenciacio'n de su papel, incluso mediante
el aumento de su capacidad para disfrutar de los beneficios
de la igualdad de acceso a esos recursos para lo que se
recurrira' a, entre otras cosas, la cooperacio'n
internacional;
36. Garantizar el e'xito de la Plataforma de Accio'n exigira' un
compromiso decidido de los gobiernos y de las organizaciones
e instituciones internacionales a todos los niveles. Estamos
firmemente convencidos de que el desarrollo econo'mico, el
desarrollo social y la proteccio'n del medio ambiente son
elementos interdependientes y sine'rgicos del desarrollo
sostenible, que es el marco de nuestros esfuerzos para lograr
una mejor calidad de vida para todos. Un desarrollo social
equitativo que reconozca que dar a los pobres, en particular
a las mujeres que viven en la pobreza, la posibilidad de
utilizar los recursos ambientales de manera sostenible es una
base necesaria del desarrollo sostenible. Reconocemos
tambie'n que el crecimiento econo'mico sostenido de base
amplia en el contexto del desarrollo sostenible es necesario
para apoyar el desarrollo social y la justicia social. El
e'xito de la Plataforma de Accio'n tambie'n requerira' una
movilizacio'n apropiada de recursos a nivel nacional e
internacional y recursos nuevos y adicionales para los
pai'ses en desarrollo procedentes de todos los mecanismos de
financiacio'n disponibles, incluidas las fuentes
multilaterales, bilaterales y privadas para el adelanto de la
mujer; recursos financieros para fortalecer la capacidad de
las instituciones nacionales, subregionales, regionales e
internacionales; el compromiso de lograr la igualdad de
derechos, la igualdad de responsabilidades y la igualdad de
oportunidades, asi' como la igualdad de participacio'n de las
mujeres y los hombres en todos los o'rganos y procesos de
determinacio'n de poli'ticas a nivel nacional, regional e
internacional; el establecimiento o fortalecimiento de
mecanismos en todos los niveles para rendir cuentas a las
mujeres del mundo;
37. Garantizar tambie'n el e'xito de la Plataforma de Accio'n en
los pai'ses con economi'as en transicio'n, lo que exigira'
cooperacio'n y asistencia internacionales constantes;
38. Por la presente nos comprometemos en calidad de Gobiernos a
aplicar la siguiente Plataforma de Accio'n y a garantizar que
todas nuestras poli'ticas y programas reflejen una
perspectiva de ge'nero. Instamos al sistema de las Naciones
Unidas, a las instituciones financieras regionales e
internacionales y a las dema's instituciones regionales e
internacionales pertinentes, a todas las mujeres y todos los
hombres, asi' como a las organizaciones no gubernamentales,
con pleno respeto de su autonomi'a, y a todos los sectores de
la sociedad civil a que, en cooperacio'n con los gobiernos,
se comprometan plenamente y contribuyan a la aplicacio'n de
esta Plataforma de Accio'n.
ANEXO II
Plataforma de Accio'n
I'NDICE
Capi'tulo Pa'rrafosPa'gina
I. DECLARACIO'N DE OBJETIVOS. . . . . . . . . . . . . . . . .. .1 - 511
II. CONTEXTO MUNDIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 - 4013
III. ESFERAS DE ESPECIAL PREOCUPACIO'N. . . . . . . . . . . .41 - 4422
IV. OBJETIVOS ESTRATE'GICOS Y MEDIDAS. . . . . . . . . . . . .. 45 - 28524
A. La mujer y la pobreza. . . . . . . . . . . . . . . . . .47 - 6824
B. Educacio'n y capacitacio'n de la mujer . . . . . . . . .69 - 8833
C. La mujer y la salud. . . . . . . . . . . . . . . . . .. 89 - 11144
D. La violencia contra la mujer . . . . . . . . . . . . ..112 - 13061
E. La mujer y los conflictos armados. . . . . . . . . . ..131 - 14970
F. La mujer y la economi'a. . . . . . . . . . . . . . . ..150 - 18082
G. La mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n de. 181 - 19598
decisiones
H. Mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer196 - 209104
I. Los derechos humanos de la mujer . . . . . . . . . . . 210 - 233111
J. La mujer y los medios de difusio'n . . . . . . . . . . 234 - 245123
K. La mujer y el medio ambiente . . . . . . . . . . . . . 246 - 258128
L. La nin~a . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 259 - 285136
V. DISPOSICIONES INSTITUCIONALES. . . . . . . . . . . . . . . 286 - 344147
A. Actividades en el plano nacional . . . . . . . . . . . 293 - 300148
B. Actividades en el plano subregional y regional . . . . 301 - 305149
C. Actividades en el plano internacional. . . . . . . . . 306 - 344150
VI. DISPOSICIONES FINANCIERAS. . . . . . . . . . . . . . . . . 345 - 361158
A. En el plano nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . 346 - 350158
B. En el plano regional . . . . . . . . . . . . . . . . . 351 - 352159
C. En el plano internacional. . . . . . . . . . . . . . . 353 - 361159
CAPI'TULO I
Declaracio'n de objetivos
1. La Plataforma de Accio'n es un programa encaminado a crear
condiciones necesarias para la potenciacio'n del papel de la mujer
en la sociedad. Tiene por objeto acelerar la aplicacio'n de las
Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto
de la mujer 1/ y eliminar todos los obsta'culos que dificultan la
participacio'n activa de la mujer en todas las esferas de la vida
pu'blica y privada mediante una participacio'n plena y en pie de
igualdad en el proceso de adopcio'n de decisiones en las esferas
econo'mica, social, cultural y poli'tica. Esto tambie'n supone el
establecimiento del principio de que mujeres y hombres deben
compartir el poder y las responsabilidades en el hogar, en el
lugar de trabajo y, a nivel ma's amplio, en la comunidad nacional
e internacional. La igualdad entre mujeres y hombres es una
cuestio'n de derechos humanos y constituye una condicio'n para el
logro de la justicia social, adema's de ser un requisito previo
necesario y fundamental para la igualdad, el desarrollo y la paz.
Para obtener el desarrollo sostenible basado en el ser humano, es
indispensable que haya una relacio'n transformada, basada en la
igualdad, entre mujeres y hombres. Se necesita un empen~o
sostenido y a largo plazo para que mujeres y hombres puedan
trabajar de consuno para que ellos mismos, sus hijos y la sociedad
este'n en condiciones de enfrentar los desafi'os del siglo XXI.
2. La Plataforma de Accio'n reafirma el principio fundamental,
establecido en la Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena
2/ aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, de
que los derechos humanos de las mujeres y las nin~as son una parte
inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos
universales. Como programa de accio'n, la Plataforma apunta a
promover y proteger el pleno disfrute de todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales de todas las mujeres a lo
largo de su vida.
3. La Plataforma de Accio'n hace hincapie' en que las mujeres
comparten problemas comunes que so'lo pueden resolverse trabajando
de consuno y en asociacio'n con los hombres para alcanzar el
objetivo comu'n de la igualdad de ge'nero* en todo el mundo. La
Plataforma respeta y valora la plena diversidad de las situaciones
y condiciones en que se encuentra la mujer y reconoce que algunas
mujeres enfrentan barreras especiales que obstaculizan su
participacio'n plena y en pie de igualdad en la sociedad.
4. La Plataforma de Accio'n pide la adopcio'n de medidas
inmediatas y concertadas por todos para crear un mundo paci'fico,
justo, humano y equitativo basado en los derechos humanos y las
libertades fundamentales, con inclusio'n del principio de la
igualdad para todas las personas, independientemente de su edad y
de su situacio'n en la vida, y con ese fin reconoce que se
necesita un crecimiento econo'mico amplio y sostenido en el
contexto del desarrollo sostenible para sustentar el desarrollo
social y la justicia social.
5. Para que la Plataforma de Accio'n tenga e'xito se necesitara'
el empen~o decidido de los gobiernos, las organizaciones
internacionales y las instituciones a todos los niveles. Tambie'n
sera' preciso movilizar recursos suficientes a nivel nacional e
internacional, asi' como recursos nuevos y adicionales para los
pai'ses en desarrollo, a trave's de todos los mecanismos de
financiacio'n existentes, incluso las fuentes multilaterales,
bilaterales y privadas para el adelanto de la mujer; recursos
financieros para fortalecer la capacidad de las instituciones
nacionales, subregionales, regionales e internacionales; una
dedicacio'n a la igualdad de derechos, la igualdad de
responsabilidades y oportunidades y la participacio'n en pie de
igualdad de mujeres y hombres en todos los o'rganos y procesos de
adopcio'n de poli'ticas nacionales, regionales e internacionales,
y el establecimiento o el fortalecimiento de mecanismos a todos
los niveles para el proceso de rendicio'n de cuentas a las mujeres
del mundo.
* Para la interpretacio'n ma's generalizada del te'rmino
"ge'nero", ve'ase el anexo IV del presente informe.
CAPI'TULO II
Contexto mundial
6. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebra en
momentos en que el mundo se apresta a trasponer el umbral de un
nuevo milenio.
7. La Plataforma de Accio'n hace suya la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la
mujer 3/ y se apoya en las Estrategias de Nairobi orientadas hacia
el futuro para el adelanto de la mujer, asi' como en las
resoluciones pertinentes aprobadas por el Consejo Econo'mico y
Social y la Asamblea General. La formulacio'n de la Plataforma de
Accio'n apunta a establecer un grupo ba'sico de medidas
prioritarias que deberi'an aplicarse en el curso de los pro'ximos
cinco an~os.
8. En la Plataforma de Accio'n se reconoce la importancia de los
acuerdos alcanzados en la Cumbre Mundial en favor de la Infancia,
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la
Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, donde se establecieron
enfoques y compromisos concretos para fomentar, el desarrollo
sostenible y la cooperacio'n internacional y fortalecer la
funcio'n de las Naciones Unidas en ese sentido. En la Conferencia
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequen~os Estados
Insulares en Desarrollo, la Conferencia Internacional sobre
Nutricio'n, la Conferencia Internacional sobre Atencio'n Primaria
de la Salud y la Conferencia Mundial sobre Educacio'n para Todos
se encararon asimismo distintos aspectos del desarrollo y de los
derechos humanos y, dentro de sus perspectivas particulares, se
presto' especial atencio'n al papel que desempen~an las mujeres y
las nin~as. Adema's, en el contexto del An~o Internacional de las
Poblaciones Indi'genas del Mundo 4/, el An~o Internacional de la
Familia 5/, el An~o Internacional para la Tolerancia 6/, la
Declaracio'n de Ginebra en pro de la Mujer Rural 7/, y la
Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la mujer
8/ se subrayaron tambie'n las cuestiones relacionadas con la
potenciacio'n y la igualdad de la mujer.
9. El objetivo de la Plataforma de Accio'n, que se ajusta
plenamente a los propo'sitos y principios de la Carta de las
Naciones Unidas y al derecho internacional, es la potenciacio'n
del papel de todas las mujeres en la sociedad. La plena
realizacio'n de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales de todas las mujeres es esencial para potenciar el
papel de las mujeres. Aunque hay que tener presentes la
importancia de las particularidades nacionales y regionales y los
diversos antecedentes histo'ricos, culturales y religiosos, los
Estados, independientemente de sus sistemas poli'ticos,
econo'micos y culturales, tienen la obligacio'n de promover y
proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales 9/.
La aplicacio'n de la presente Plataforma, en particular mediante
la promulgacio'n de leyes nacionales y la formulacio'n de
estrategias, poli'ticas, programas y prioridades para el
desarrollo, incumbe a la responsabilidad soberana de cada Estado,
de conformidad con todos los derechos humanos y libertades
fundamentales, y la importancia de los diversos valores religiosos
y e'ticos, antecedentes culturales y convicciones filoso'ficas de
los individuos y de las comunidades, asi' como el completo respeto
de esos valores, antecedentes y convicciones, deberi'an contribuir
al pleno disfrute de los derechos humanos por las mujeres a fin de
conseguir la igualdad, el desarrollo y la paz.
10. Desde la realizacio'n de la Conferencia Mundial para el
Examen y la Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones
Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, celebrada en
Nairobi en 1985, y la aprobacio'n de las Estrategias de Nairobi
orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, el mundo
ha experimentado profundas transformaciones poli'ticas,
econo'micas, sociales y culturales que han tenido efectos tanto
positivos como negativos para la mujer. En la Conferencia Mundial
de Derechos Humanos se reconocio' que los derechos humanos de la
mujer y de la nin~a son parte inalienable, integrante e
indivisible de los derechos humanos universales. La plena
participacio'n, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida
poli'tica, civil, econo'mica, social y cultural en los planos
nacional, regional e internacional y la erradicacio'n de todas las
formas de discriminacio'n basadas en el sexo son objetivos
prioritarios de la comunidad internacional. La Conferencia
Mundial de Derechos Humanos reafirmo' el solemne compromiso de
todos los Estados de cumplir sus obligaciones de promover el
respeto universal, asi' como la observancia y la proteccio'n de
todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos
de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros
instrumentos relativos a los derechos humanos y el derecho
internacional. El cara'cter universal de esos derechos y
libertades no admite dudas.
11. El fin de la guerra fri'a ha acarreado cambios
internacionales y una menor competencia entre las superpotencias.
La amenaza de un conflicto armado mundial ha disminuido, las
relaciones internacionales han mejorado y las perspectivas de paz
han aumentado. Aunque la amenaza de un conflicto mundial se ha
reducido, las guerras de agresio'n, los conflictos armados, la
dominacio'n colonial u otras formas de dominacio'n fora'nea y de
ocupacio'n extranjera, las guerras civiles y el terrorismo siguen
asolando muchas partes del mundo. Se cometen graves violaciones
de los derechos humanos de las mujeres, en particular en e'pocas
de conflicto armado, que incluyen el asesinato, la tortura, las
violaciones sistema'ticas, embarazos forzados y abortos forzados,
en particular en lugares donde se aplican poli'ticas de
depuracio'n e'tnica.
12. El mantenimiento de la paz y la seguridad a nivel mundial,
regional y local, junto con la prevencio'n de las poli'ticas de
agresio'n y de depuracio'n e'tnica y la solucio'n de los
conflictos armados, tienen importancia decisiva para la
proteccio'n de los derechos humanos de las mujeres y las nin~as,
asi' como para la eliminacio'n de todas las formas de violencia
contra ellas y de su utilizacio'n como arma de guerra.
13. Los gastos militares excesivos, incluidos los gastos
militares mundiales y el tra'fico y comercio de armas, y las
inversiones en la produccio'n y adquisicio'n de armas han reducido
los recursos disponibles para el desarrollo social. Como
resultado de la carga de la deuda y de otras dificultades
econo'micas, muchos pai'ses en desarrollo han aplicado poli'ticas
de ajuste estructural. Adema's, hay programas de ajuste
estructural mal disen~ados y ejecutados, lo cual ha tenido efectos
perjudiciales en el desarrollo social. El nu'mero de personas que
viven en la pobreza ha aumentado en forma desproporcionada en la
mayori'a de los pai'ses en desarrollo, en particular en los
pai'ses fuertemente endeudados, durante el u'ltimo decenio.
14. En este contexto, tambie'n se debe subrayar la dimensio'n
social del desarrollo. El crecimiento econo'mico acelerado, si
bien es necesario para el desarrollo social, en si' mismo no
mejora la calidad de vida de la poblacio'n. Es posible que en
algunos casos se presenten condiciones que puedan acentuar la
desigualdad social y la marginacio'n. De alli' que sea
indispensable buscar nuevas alternativas que garanticen que todos
los miembros de la sociedad reciban los beneficios del crecimiento
econo'mico basado en un enfoque integral de todos los aspectos del
desarrollo: crecimiento, igualdad entre mujeres y hombres,
justicia social, conservacio'n y proteccio'n del medio ambiente,
sostenibilidad, solidaridad, participacio'n, paz y respeto por los
derechos humanos.
15. La tendencia mundial hacia la democratizacio'n abrio' el
proceso poli'tico en muchas naciones, pero la participacio'n
popular de las mujeres en la adopcio'n de decisiones fundamentales
como parti'cipes plenas y en condiciones de igualdad, en
particular en la poli'tica, au'n no se ha logrado. En Suda'frica
se desmantelo' la poli'tica de racismo institucionalizado, el
apartheid, lo cual dio lugar a un traspaso poli'tico y
democra'tico del poder. En Europa central y oriental la
transicio'n a la democracia parlamentaria ha sido ra'pida y ha
dado lugar a una variedad de experiencias, segu'n las
circunstancias concretas de cada pai's. Si bien en general la
transicio'n ha sido paci'fica, en algunos pai'ses este proceso se
ha visto obstaculizado por conflictos armados que tuvieron como
consecuencia graves violaciones de los derechos humanos.
16. La recesio'n econo'mica generalizada y la inestabilidad
poli'tica en algunas regiones han sido las causantes del retraso
de los objetivos de desarrollo en muchos pai'ses, lo cual ha
provocado el aumento de la pobreza hasta li'mites indescriptibles.
El nu'mero de personas que vive en situacio'n de indigencia supera
los 1.000 millones, de los cuales un gran porcentaje son mujeres.
El ra'pido proceso de cambio y ajuste en todos los sectores ha
provocado tambie'n un incremento del desempleo y el subempleo, que
han afectado especialmente a la mujer. En muchos casos, los
programas de ajuste estructural no se han concebido de manera que
los efectos negativos para los grupos vulnerables y desfavorecidos
o las mujeres se redujeran al ma'ximo, ni con miras a favorecer a
esos grupos y tratar de evitar que quedaran al margen de las
actividades sociales y econo'micas. En el Acta Final de la Ronda
Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales 10/ se puso de
relieve la creciente interdependencia de las economi'as nacionales
y la importancia de la liberalizacio'n del comercio y el acceso a
mercados dina'micos y abiertos. El peri'odo se ha caracterizado
tambie'n por los elevados gastos militares en algunas regiones. A
pesar de que la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) ha
aumentado en algunos pai'ses, en te'rminos generales ha disminuido
recientemente.
17. La indigencia y la feminizacio'n de la pobreza, el desempleo,
la creciente fragilidad del medio ambiente, la continua violencia
contra la mujer y la exclusio'n generalizada de la mitad de la
humanidad de las instituciones de poder y gobierno ponen de
manifiesto la necesidad de seguir luchando por conseguir el
desarrollo, la paz y la seguridad y encontrar soluciones para
alcanzar un desarrollo sostenible centrado en las personas. La
participacio'n y la asuncio'n de funciones directivas por parte de
la mitad de la humanidad, compuesta por mujeres, es fundamental
para lograr ese objetivo. Asi' pues, so'lo una nueva era de
cooperacio'n internacional entre los gobiernos y los pueblos
basada en un espi'ritu de asociacio'n, un entorno social y
econo'mico internacional equitativo y una transformacio'n radical
de la relacio'n entre la mujer y el hombre en una asociacio'n
plena y en condiciones de igualdad hara'n posible que el mundo
salve las dificultades del siglo XXI.
18. Los recientes acontecimientos econo'micos en la esfera
internacional han tenido a menudo consecuencias desproporcionadas
para las mujeres y los nin~os, la mayori'a de los cuales viven en
pai'ses en desarrollo. En los Estados con una pesada carga de
deuda externa, los programas y las medidas de ajuste estructural,
aunque beneficiosos a largo plazo, han dado lugar a una reduccio'n
del gasto social que ha perjudicado a la mujer, sobre todo en
A'frica y en los pai'ses menos adelantados. Esta situacio'n se ha
visto exacerbada en los casos en que la responsabilidad de los
servicios sociales ba'sicos ha pasado de los gobiernos a las
mujeres.
19. La recesio'n econo'mica en muchos pai'ses desarrollados y en
desarrollo, asi' como la reestructuracio'n que actualmente se
esta' llevando a cabo en los pai'ses con economi'as en transicio'n
han tenido consecuencias sumamente negativas para el empleo de la
mujer. A menudo, las mujeres no tienen ma's remedio que aceptar
empleos sin seguridad laboral a largo plazo o peligroso, dedicarse
a actividades productivas no protegidas en el hogar o quedarse sin
empleo. Muchas mujeres entran en el mercado laboral aceptando
empleos infrarremunerados e infravalorados para aumentar sus
ingresos familiares y otras deciden emigrar por los mismos
motivos. Al no reducirse ninguna de sus dema's responsabilidades,
la carga total de trabajo de la mujer ha aumentado.
20. Las poli'ticas y los programas macroecono'micos y
microecono'micos, incluido el ajuste estructural, no siempre han
sido concebidos teniendo en cuenta las consecuencias que pueden
acarrear para las mujeres y las nin~as, en especial las que viven
en condiciones de pobreza. La pobreza ha aumentado en te'rminos
absolutos y relativos y el nu'mero de mujeres pobres ha aumentado
en la mayori'a de las regiones. Muchas mujeres de las zonas
urbanas viven en la pobreza, pero merece especial atencio'n la
difi'cil situacio'n de las mujeres que viven en las zonas rurales
y remotas, debido al estancamiento del desarrollo en dichas zonas.
En los pai'ses en desarrollo, aun en aquellos en que los
indicadores nacionales han mostrado una cierta mejori'a, la mayor
parte de las mujeres de las zonas rurales siguen viviendo en
condiciones de subdesarrollo econo'mico y marginacio'n social.
21. Las mujeres contribuyen decisivamente a la economi'a y luchan
para combatir la pobreza, ya sea con el trabajo remunerado o con
las labores no remuneradas que realizan en el hogar, la comunidad
o el lugar de trabajo. Cada vez es mayor el nu'mero de mujeres
que adquieren independencia econo'mica gracias a sus empleos
remunerados.
22. La cuarta parte de todos los hogares del mundo esta'n
encabezados por mujeres y muchos otros dependen de los ingresos de
la mujer aun cuando el hombre este' presente en el hogar. En los
estratos ma's pobres, muy a menudo es la mujer quien mantiene el
hogar debido, entre otras cosas, a la discriminacio'n en materia
de sueldos, a los patrones de segregacio'n ocupacional en el
mercado laboral y a otras barreras basadas en el ge'nero. La
desintegracio'n familiar, los movimientos demogra'ficos entre
zonas urbanas y rurales dentro de los pai'ses, la migracio'n
internacional, las guerras y los desplazamientos internos son
factores que contribuyen al aumento de hogares encabezados por
mujeres.
23. Tras reconocer que el logro y el mantenimiento de la paz y la
seguridad son requisitos previos indispensables para el progreso
econo'mico y social, la mujer se erige cada vez ma's en
protagonista de primer orden en cada una de las numerosas sendas
que recorre la humanidad hacia la paz. Su plena participacio'n en
la adopcio'n de decisiones, la prevencio'n y resolucio'n de
conflictos y todas las dema's iniciativas orientadas a la paz
resulta esencial para la consecucio'n de una paz duradera.
24. La religio'n, la espiritualidad y las creencias desempen~an
una funcio'n fundamental en las vidas de millones de mujeres y
hombres, en la manera en que viven y en las aspiraciones que
tienen para el futuro. El derecho a la libertad de pensamiento,
conciencia y religio'n es inalienable y debe ser disfrutado
universalmente. Ese derecho incluye la libertad de tener o
adoptar la religio'n o creencia de su eleccio'n, ya sea
individualmente o en comunidad con otros, en pu'blico o en
privado, y a manifestar su religio'n o creencia en el culto, la
observacio'n, la pra'ctica y la ensen~anza. A fin de lograr la
igualdad, el desarrollo y la paz, es necesario respetar plenamente
esos derechos y libertades. La religio'n, el pensamiento, la
conciencia y las creencias podri'an, y de hecho pueden, contribuir
a satisfacer las necesidades morales, e'ticas y espirituales de
las mujeres y los hombres y a realizar su pleno potencial en la
sociedad. No obstante, se reconoce que toda forma de extremismo
puede tener una repercusio'n negativa en las mujeres y puede
conducir a la violencia y la discriminacio'n.
25. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer debera' acelerar
el proceso que se inicio' formalmente en 1975, cuando la Asamblea
General de las Naciones Unidas proclamo' el An~o Internacional de
la Mujer. Dicho An~o marco' un hito, pues, a partir de esa fecha,
se incluyeron los asuntos relativos a la mujer en el programa de
la Organizacio'n. El Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer
(1976-1985) fue una iniciativa de alcance mundial tendiente a
examinar la condicio'n y los derechos de la mujer y a colocar a
e'sta en puestos de adopcio'n de decisiones en todos los niveles.
En 1979, la Asamblea General aprobo' la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la
mujer, que entro' en vigor en 1981 y fijo' una pauta internacional
para esclarecer el concepto de igualdad entre mujeres y hombres.
En 1985, la Conferencia Mundial para el Examen y la Evaluacio'n de
los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer:
Igualdad, Desarrollo y Paz aprobo' las Estrategias de Nairobi
orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer, que se
aplicari'an hasta el an~o 2000. Se ha avanzado considerablemente
en el logro de la igualdad entre mujeres y hombres. Muchos
gobiernos han promulgado leyes que fomentan la igualdad entre
mujeres y hombres y han establecido mecanismos nacionales para
velar por la inclusio'n de las perspectivas de ge'nero en todas
las esferas de intere's general de la sociedad. Los organismos
internacionales han dedicado mayor atencio'n a la situacio'n
juri'dica y social de la mujer y a las funciones que desempen~a.
26. La creciente influencia del sector no gubernamental, en
particular, las organizaciones de mujeres y los grupos feministas
ha pasado a ser un catalizador del cambio. Las organizaciones no
gubernamentales han desempen~ado una importante funcio'n de
promocio'n de proyectos de ley o mecanismos que velan por el
adelanto de la mujer. Asimismo, estas organizaciones han generado
nuevos enfoques del desarrollo. Muchos gobiernos han ido
reconociendo progresivamente el destacado papel que desempen~an
las organizaciones no gubernamentales y la importancia de trabajar
con ellas para lograr avances en la consecucio'n de las metas.
Aun asi', en algunos pai'ses, los gobiernos siguen imponiendo
restricciones que impiden el libre funcionamiento de las
organizaciones no gubernamentales. Por conducto de las
organizaciones no gubernamentales, la mujer ha participado en
foros comunales, nacionales, regionales y mundiales, asi' como en
debates internacionales y en todas esas instancias ha ejercido una
decidida influencia.
27. Desde 1975 ha aumentado el conocimiento acerca de la
situacio'n de mujeres y hombres y ello contribuye a la adopcio'n
de medidas encaminadas a promover la igualdad entre ambos. En
varios pai'ses se han registrado importantes cambios en las
relaciones entre mujeres y hombres, sobre todo en aquellos en los
que se han logrado grandes adelantos en la educacio'n de la mujer
y aumentos significativos en su participacio'n en la fuerza de
trabajo remunerada. Gradualmente se han ido eliminando las
fronteras entre las funciones productiva y reproductiva en la
divisio'n del trabajo a medida que la mujer ha comenzado a
integrarse a esferas de trabajo en las que antan~o predominaban
los hombres y los hombres han comenzado a aceptar ma's
responsabilidades dome'sticas, incluido el cuidado de los hijos.
Sin embargo, los cambios registrados en las funciones de la mujer
han sido mayores y mucho ma's ra'pidos que los cambios en las
funciones del hombre. En muchos pai'ses, las diferencias entre
los logros y las actividades de la mujer y del hombre en lugar de
reconocerse como consecuencias de funciones socialmente
establecidas para cada sexo siguen achaca'ndose a diferencias
biolo'gicas inmutables.
28. Es ma's, 10 an~os despue's de la Conferencia de Nairobi, no
ha podido lograrse au'n la igualdad entre la mujer y el hombre.
En te'rminos generales, las mujeres constituyen apenas el 10% del
total de los legisladores electos en todo el mundo y en la
mayori'a de las estructuras administrativas nacionales e
internacionales, tanto pu'blicas como privadas, sigue teniendo muy
poca representacio'n. Las Naciones Unidas no son la excepcio'n.
Cincuenta an~os despue's de su creacio'n, las Naciones Unidas
siguen privadas de las ventajas de la direccio'n de la mujer a
causa de la falta de representacio'n de e'sta en las instancias
donde se adoptan decisiones dentro de la Secretari'a y en los
organismos especializados.
29. Las mujeres desempen~an una funcio'n decisiva en la familia.
La familia es el nu'cleo ba'sico de la sociedad y como tal debe
fortalecerse. La familia tiene derecho a recibir proteccio'n y
apoyo amplios. En distintos sistemas culturales, poli'ticos y
sociales existen diversas formas de familia. Se deben respetar
los derechos, capacidades y responsabilidades de los miembros de
la familia. Las mujeres hacen una gran contribucio'n al bienestar
de la familia y al desarrollo de la sociedad, cuya importancia
todavi'a no se reconoce ni se considera plenamente. Debe
reconocerse la importancia social de la maternidad y de la
funcio'n de ambos progenitores en la familia, asi' como en la
crianza de los hijos. La crianza de los hijos requiere que los
progenitores, las mujeres y los hombres, asi' como la sociedad en
su conjunto, compartan responsabilidades. La maternidad, la
condicio'n de progenitor y la funcio'n de la mujer en la
procreacio'n no deben ser motivo de discriminacio'n ni limitar la
plena participacio'n de la mujer en la sociedad. Asimismo, se
debe reconocer el importante papel que en muchos pai'ses suele
desempen~ar la mujer en el cuidado de otros miembros de su
familia.
30. Pese a que ha disminuido la tasa de crecimiento de la
poblacio'n mundial, esa poblacio'n sigue teniendo un nivel sin
precedentes en cifras absolutas, y el incremento actual llega
anualmente a los 86 millones de personas. Otras dos tendencias
demogra'ficas principales repercuten significativamente en la
relacio'n de dependencia dentro de las familias. En muchos
pai'ses en desarrollo, entre el 45% y el 50% de la poblacio'n
tiene menos de 15 an~os, mientras que en los pai'ses
industrializados esta'n aumentando tanto el nu'mero como la
proporcio'n de personas de edad. Segu'n proyecciones de las
Naciones Unidas, el 72% de la poblacio'n mayor de 60 an~os estara'
viviendo en los pai'ses en desarrollo para el an~o 2025 y, de ese
total, ma's de la mitad sera'n mujeres. El cuidado de los hijos,
los enfermos y las personas de edad son una responsabilidad que
recae desproporcionadamente sobre la mujer debido a la falta de
igualdad y a la distribucio'n desequilibrada del trabajo
remunerado y no remunerado entre la mujer y el hombre.
31. Muchas mujeres enfrentan barreras especi'ficas que obedecen a
diversos factores, adema's de su sexo. A menudo esos factores
ai'slan o marginan a la mujer y llevan, entre otras cosas, a la
negacio'n de sus derechos humanos y a su falta de acceso, o a la
negacio'n de su acceso, a la educacio'n y la formacio'n
profesional, al empleo, la vivienda y la autosuficiencia
econo'mica y la excluyen adema's de los procesos de adopcio'n de
decisiones. Esas mujeres suelen verse privadas de la oportunidad
de contribuir a sus comunidades y de figurar entre los
protagonistas principales.
32. El pasado decenio ha presenciado tambie'n un reconocimiento
cada vez mayor de los intereses y las preocupaciones propios de la
mujer indi'gena, cuya identidad, tradiciones culturales y formas
de organizacio'n social mejoran y fortalecen las comunidades en
que vive. Con frecuencia la mujer indi'gena enfrenta barreras
tanto por su condicio'n de mujer como por ser miembro de
comunidades indi'genas.
33. En los u'ltimos 20 an~os el mundo ha sido testigo de una
explosio'n en el campo de las comunicaciones. En virtud de los
avances en la tecnologi'a de las computadoras y televisio'n por
sate'lite y cable, el acceso mundial a la informacio'n sigue
aumentando y expandie'ndose, con lo que se crean nuevas
oportunidades para la participacio'n de la mujer en las
comunicaciones y en los medios de difusio'n, asi' como para la
divulgacio'n de informacio'n sobre la mujer. Sin embargo, las
redes mundiales de comunicacio'n se han utilizado para difundir
ima'genes estereotipadas y degradantes de la mujer con estrechos
fines comerciales y de consumismo. Mientras la mujer no participe
equitativamente en las esferas te'cnica y de adopcio'n de
decisiones dentro del contexto de las comunicaciones y los medios
de difusio'n, incluidas las artes, seguira' siendo objeto de
representaciones falsas y se seguira' desconociendo co'mo es en
realidad su vida. Los medios de difusio'n tienen muchas
posibilidades de promover el adelanto de la mujer y la igualdad
entre mujeres y hombres mostrando a las mujeres y los hombres sin
estereotipos, de modo diverso y equilibrado, y respetando la
dignidad y el valor de la persona humana.
34. La incesante degradacio'n del medio ambiente, que afecta a
todos los seres humanos, suele tener una repercusio'n ma's directa
en la mujer. La salud de la mujer y sus condiciones de vida se
ven amenazadas por la contaminacio'n y los desechos to'xicos, la
deforestacio'n en gran escala, la desertificacio'n, la sequi'a y
el agotamiento de los suelos y de los recursos costeros y marinos,
como indica la incidencia cada vez mayor de problemas de salud, e
incluso fallecimientos, relacionados con el medio ambiente, que se
registran entre las mujeres y las nin~as. Las ma's afectadas son
las mujeres que habitan en zonas rurales y las indi'genas, cuyas
condiciones de vida y subsistencia diaria dependen directamente de
ecosistemas sostenibles.
35. La pobreza y la degradacio'n del medio ambiente esta'n
estrechamente vinculadas. Si bien la pobreza tiene algunos
efectos perjudiciales sobre el medio ambiente, la causa principal
de la degradacio'n incesante del medio ambiente mundial radica en
las insostenibles pautas de consumo y produccio'n, particularmente
en los pai'ses industrializados, que constituyen un motivo de
profunda preocupacio'n y agravan la pobreza y los desequilibrios.
36. Las tendencias mundiales han provocado profundos cambios en
las estrategias y estructuras de supervivencia familiar. La
migracio'n de las zonas rurales a las zonas urbanas se ha
incrementado notablemente en todas las regiones. Segu'n las
proyecciones, en el an~o 2000 la poblacio'n urbana mundial
equivaldra' al 47% de la poblacio'n total. Se estima que 125
millones de personas son migrantes, refugiados y desplazados, y
que la mitad de ellas vive en pai'ses en desarrollo. Estos
movimientos en gran escala han tenido profundas repercusiones en
las estructuras y el bienestar de la familia, asi' como
consecuencias desiguales para la mujer y el hombre, incluida en
muchos casos la explotacio'n sexual de la primera.
37. De acuerdo con estimaciones de la Organizacio'n Mundial de la
Salud (OMS), al comienzo de 1995 el nu'mero total de casos del
si'ndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) era de 4,5
millones. Desde que se diagnostico' por primera vez el virus de
inmunodeficiencia humana (VIH), se estima que 19,5 millones de
hombres, mujeres y nin~os han sido infectados con ese virus y,
conforme a las proyecciones, otros 20 millones estara'n infectados
al final del decenio. Entre los casos nuevos, las posibilidades
de infeccio'n son el doble para las mujeres que para los hombres.
En las primeras etapas de la pandemia del SIDA, el nu'mero de
mujeres infectadas no era elevado; en cambio, actualmente asciende
a unos 8 millones. Las jo'venes y las adolescentes son
particularmente vulnerables. Se estima que en el an~o 2000 habra'
ma's de 13 millones de mujeres infectadas y que 4 millones de
mujeres habra'n muerto de enfermedades relacionadas con el SIDA.
Por an~adidura, se estima que todos los an~os se producen
alrededor de 250 millones de casos nuevos de enfermedades
transmitidas por contacto sexual. La tasa de transmisio'n de
estas enfermedades, del VIH y del SIDA aumenta a un ritmo
alarmante entre las mujeres y las nin~as, especialmente en los
pai'ses en desarrollo.
38. Desde 1975 se ha generado un notable volumen de conocimientos
e informacio'n acerca de la situacio'n de la mujer y de las
condiciones en que vive. Durante todo el transcurso de su vida,
la existencia diaria de la mujer y sus aspiraciones a largo plazo
se ven restringidas por actitudes discriminatorias, estructuras
sociales y econo'micas injustas y falta de recursos en la mayori'a
de los pai'ses, lo cual impide su participacio'n plena y
equitativa. En varios pai'ses, la pra'ctica de la seleccio'n
prenatal del sexo, las tasas de mortalidad ma's elevadas entre las
muchachas muy jo'venes y las tasas inferiores de matri'cula
escolar para las nin~as, en comparacio'n con los nin~os, sugieren
que la preferencia por el hijo esta' limitando el acceso de las
nin~as a los alimentos, la educacio'n y la atencio'n de la salud
[e incluso a la propia vida]. La discriminacio'n contra la mujer
comienza en las primeras fases de la vida y, por tanto, debe
enfrentarse desde entonces en adelante.
39. La nin~a de hoy es la mujer de man~ana. Los conocimientos,
las ideas y la energi'a de las nin~as son cruciales para el pleno
logro de los objetivos de la igualdad, el desarrollo y la paz.
Para que una nin~a desarrolle plenamente sus potencialidades es
preciso que crezca en un medio propicio donde se satisfagan sus
necesidades espirituales, intelectuales y materiales de
supervivencia, proteccio'n y desarrollo y se salvaguarden sus
derechos en condiciones de igualdad. Para que la mujer participe
en las actividades en condiciones de igualdad con el hombre, en
todos los aspectos de la vida y el desarrollo, es hora de que se
reconozcan la dignidad humana y el valor de la nin~a y de que se
le garantice el pleno disfrute de sus derechos humanos y
libertades fundamentales, incluidos los derechos garantizados por
la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o 11/, cuya
ratificacio'n universal se pide encarecidamente. Sin embargo, es
evidente en todo el mundo que la discriminacio'n y la violencia
contra las nin~as empiezan en las primeras fases de la vida y
continu'an y persisten durante toda su vida. Las nin~as tienen a
menudo menos acceso a la nutricio'n, los servicios de salud
fi'sica y mental y la educacio'n, y disfrutan de menos derechos,
menos oportunidades y menos beneficios en la infancia y en la
adolescencia que los nin~os. Son con frecuencia objeto de
diversas formas de explotacio'n sexual y econo'mica, pedofilia,
prostitucio'n forzada y posiblemente venta de sus o'rganos y
tejidos, violencia y pra'cticas nocivas como el infanticidio
femenino y la seleccio'n prenatal del sexo, el incesto, la
mutilacio'n genital y el matrimonio prematuro, incluso en la
nin~ez.
40. La mitad de la poblacio'n mundial tiene menos de 25 an~os, y
la mayor parte de los jo'venes del mundo - ma's del 85% - vive en
pai'ses en desarrollo. Los encargados de formular las poli'ticas
deberi'an reconocer lo que implican estos factores demogra'ficos.
Es preciso tomar medidas especiales para asegurar que las jo'venes
adquieran preparacio'n para la vida de manera que puedan
participar activa y eficazmente en todos los niveles de la
direccio'n social, cultural, poli'tica y econo'mica. Sera'
indispensable que la comunidad internacional demuestre un intere's
renovado en el futuro, y se comprometa a inspirar a una nueva
generacio'n de mujeres y hombres para que trabajen juntos por una
sociedad ma's justa. Esta nueva generacio'n de dirigentes debe
aceptar y promover un mundo en el que todos los nin~os este'n a
salvo de injusticias, opresio'n y desigualdad, y en libertad de
desarrollar su propio potencial. Por consiguiente, el principio
de la igualdad de la mujer y el hombre debe formar parte
integrante del proceso de socializacio'n.
CAPI'TULO III
Esferas de especial preocupacio'n
41. El adelanto de la mujer y el logro de la igualdad entre la
mujer y el hombre son una cuestio'n de derechos humanos y una
condicio'n para la justicia social y no deben encararse
aisladamente como un problema de la mujer. U'nicamente despue's
de alcanzados esos objetivos se podra' instaurar una sociedad
viable, justa y desarrollada. La potenciacio'n del papel de la
mujer y la igualdad entre la mujer y el hombre son condiciones
indispensables para lograr la seguridad poli'tica, social,
econo'mica, cultural y ecolo'gica entre todos los pueblos.
42. La mayori'a de los objetivos establecidos en las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer
no se han alcanzado. Siguen existiendo barreras que se oponen a
la potenciacio'n de la mujer, pese a los esfuerzos de gobiernos,
organizaciones no gubernamentales y mujeres y hombres de todas
partes. Persisten en muchas partes del mundo vastas crisis
poli'ticas, econo'micas y ecolo'gicas. Entre ellas cabe sen~alar
las guerras de agresio'n, los conflictos armados, la dominacio'n
colonial y otras formas de dominacio'n u ocupacio'n extranjeras,
las guerras civiles y el terrorismo. Estas situaciones, unidas a
la discriminacio'n sistema'tica o de hecho, a las violaciones de
los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las
mujeres y sus derechos civiles, culturales, econo'micos,
poli'ticos y sociales, inclusive el derecho al desarrollo, y al
hecho de que no se protejan esos derechos y libertades, y los
arraigados prejuicios respecto de las mujeres y las jo'venes son
apenas algunos de los obsta'culos con que se ha tropezado desde la
celebracio'n en 1985 de la Conferencia Mundial para el Examen y la
Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para
la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz.
43. Al examinar los progresos alcanzados desde la Conferencia de
Nairobi se ponen de manifiesto preocupaciones especiales, esferas
que requieren medidas especialmente urgentes y que se destacan
como prioridades para la accio'n. Todas las partes que trabajan
para el adelanto de la mujer deben centrar la atencio'n y los
recursos en los objetivos estrate'gicos de las esferas de especial
preocupacio'n que, necesariamente, esta'n relacionadas entre si',
son independientes y tienen igual prioridad. Es necesario que
esas partes elaboren y apliquen mecanismos para determinar la
responsabilidad en todas esas esferas.
44. Para lograr este fin, se exhorta a los gobiernos, a la
comunidad internacional y a la sociedad civil, inclusive las
organizaciones no gubernamentales y el sector privado, a que
adopten medidas estrate'gicas en las siguientes esferas decisivas
de especial preocupacio'n:
- Persistente y creciente carga de la pobreza que afecta a
la mujer
- Disparidades e insuficiencias y desigualdad de acceso en
materia de educacio'n y capacitacio'n
- Disparidades e insuficiencias y desigualdad de acceso en
materia de atencio'n de la salud y servicios conexos
- Violencia contra la mujer
- Consecuencias de los conflictos armados y de otro tipo en
las mujeres, incluidas las que viven bajo ocupacio'n
extranjera
- Desigualdad en las estructuras y poli'ticas econo'micas,
en todas las formas de actividades productivas y en el
acceso a los recursos
- Desigualdad entre la mujer y el hombre en el ejercicio del
poder y en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles
- Falta de mecanismos suficientes a todos los niveles para
promover el adelanto de la mujer
- Falta de respeto y promocio'n y proteccio'n insuficientes
de los derechos humanos de la mujer
- Estereotipos sobre la mujer y desigualdad de acceso y
participacio'n de la mujer en todos los sistemas de
comunicacio'n, especialmente en los medios de difusio'n
- Desigualdades basadas en el ge'nero en la gestio'n de los
recursos naturales y la proteccio'n del medio ambiente
- Persistencia de la discriminacio'n contra la nin~a y
violacio'n de sus derechos
CAPI'TULO IV
Objetivos estrate'gicos y medidas
45. En cada una de las esferas de especial preocupacio'n, se
diagnostica el problema y se proponen objetivos estrate'gicos y
las medidas concretas que han de tomar los distintos participantes
a fin de alcanzar esos objetivos. Los objetivos estrate'gicos se
desprenden de las esferas que son motivo de especial
preocupacio'n, y las medidas especi'ficas que se han de tomar para
alcanzarlos afectan a la vez a la igualdad, el desarrollo y la paz
- metas de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro
para el adelanto de la mujer - y reflejan su interdependencia.
Los objetivos y las medidas esta'n relacionados entre si', tienen
alta prioridad y se refuerzan mutuamente. La Plataforma de
Accio'n tiene por objeto mejorar la situacio'n de todas las
mujeres, sin excepcio'n, que frecuentemente se enfrentan con
barreras similares, al tiempo que se debe prestar especial
atencio'n a los grupos ma's desfavorecidos.
46. En la Plataforma de Accio'n se reconoce que las mujeres hacen
frente a barreras que dificultan su plena igualdad y su progreso
por factores tales como su raza, edad, idioma, origen e'tnico,
cultura, religio'n o discapacidad, por ser mujeres que pertenecen
a poblaciones indi'genas o por otros factores. Muchas mujeres se
enfrentan con obsta'culos especi'ficos relacionados con su
situacio'n familiar, particularmente en familias monoparentales, y
con su situacio'n socioecono'mica, incluyendo sus condiciones de
vida en zonas rurales, aisladas o empobrecidas. Tambie'n existen
otras barreras en el caso de las mujeres refugiadas, de otras
mujeres desplazadas, incluso en el interior del pai's, y de las
mujeres inmigrantes y las mujeres migrantes, incluyendo las
trabajadoras migrantes. Muchas mujeres se ven adema's,
particularmente afectadas por desastres ambientales, enfermedades
graves e infecciosas y diversas formas de violencia contra la
mujer.
A. La mujer y la pobreza
47. Ma's de 1.000 millones de personas en todo el mundo, en su
mayori'a mujeres, viven actualmente en condiciones inaceptables de
pobreza, principalmente en los pai'ses en desarrollo. La pobreza
tiene muchas causas, algunas de ellas de cara'cter estructural.
Es un problema complejo y multidimensional y sus ori'genes esta'n
tanto en el a'mbito nacional como en el internacional. El
cara'cter universal que esta' adquiriendo la economi'a mundial y
la interdependencia cada vez mayor entre las naciones plantea
desafi'os y ofrece oportunidades para el crecimiento y el
desarrollo econo'mico sostenidos, asi' como riesgos e inseguridad
con respecto al futuro de la economi'a mundial. Al incierto
panorama econo'mico mundial se han sumado la reestructuracio'n
econo'mica y, en algunos pai'ses, el inmanejable y persistente
nivel de la deuda externa y los programas de ajuste estructural.
Adema's, toda suerte de conflictos, el desplazamiento de personas
y el deterioro del medio ambiente han contribuido a socavar la
capacidad de los gobiernos para atender a las necesidades ba'sicas
de sus poblaciones. Las transformaciones de la economi'a mundial
esta'n modificando profundamente los para'metros del desarrollo
social en todos los pai'ses. Se ha observado una pronunciada
tendencia al creciente empobrecimiento de la mujer cuyo alcance
vari'a de una regio'n a otra. Las disparidades basadas en el
ge'nero en el reparto del poder econo'mico constituyen asimismo un
importante factor coadyuvante a la pobreza de la mujer. La
migracio'n y los consiguientes cambios en las estructuras
familiares han representado cargas adicionales para la mujer,
especialmente para las que tienen a varias personas a su cargo.
Las poli'ticas macroecono'micas deben replantearse y reformularse
para que respondan a esas tendencias. Esas poli'ticas, dirigidas
casi exclusivamente al sector estructurado, tienden adema's a
obstaculizar las iniciativas de las mujeres y no tienen en cuenta
las diferentes consecuencias que tienen en las mujeres y en los
hombres. La aplicacio'n a una amplia variedad de poli'ticas y
programas de un ana'lisis basado en el ge'nero es, por lo tanto,
un elemento esencial de las estrategias de reduccio'n de la
pobreza. Para erradicar la pobreza y lograr el desarrollo
sostenible, las mujeres y los hombres deben participar plenamente
y por igual en la formulacio'n de las poli'ticas y estrategias
macroecono'micas y sociales para la erradicacio'n de la pobreza.
Esto no se puede lograr por medio de programas contra la pobreza
u'nicamente, sino que requerira' la participacio'n democra'tica y
cambios en las estructuras econo'micas con miras a garantizar a
todas las mujeres el acceso a los recursos, las oportunidades y
los servicios pu'blicos. La pobreza se manifiesta de diversas
maneras, entre ellas la carencia de ingresos y recursos
productivos suficientes para procurarse un medio de vida
sostenible; el hambre y la malnutricio'n; la mala salud; la falta
de acceso, o el acceso limitado, a la educacio'n y otros servicios
ba'sicos; el aumento de la morbilidad y la mortalidad causada por
enfermedades; la vivienda inadecuada o la carencia de vivienda;
las condiciones de inseguridad y la discriminacio'n y exclusio'n
sociales. Se caracteriza tambie'n por la falta de participacio'n
en el proceso de adopcio'n de decisiones y en la vida civil,
social y cultural. La pobreza esta' presente en todos los
pai'ses: en muchos pai'ses en desarrollo afecta a grandes masas,
mientras que en pai'ses desarrollados aparece en enclaves de
pobreza situados en medio de la prosperidad. La pobreza puede ser
causada por una recesio'n econo'mica que ocasione la pe'rdida del
medio de sustento o por un desastre o conflicto. Esta' por otra
parte la pobreza de los trabajadores que perciben bajos salarios y
la indigencia total de las personas que quedan al margen de los
sistemas de apoyo a la familia, las instituciones sociales y las
redes de seguridad.
48. Durante el u'ltimo decenio, el nu'mero de mujeres que viven
en condiciones de pobreza ha aumentado en forma desproporcionada
al nu'mero de hombres, particularmente en los pai'ses en
desarrollo. La feminizacio'n de la pobreza ha empezado tambie'n
recientemente a ser un serio problema en los pai'ses con
economi'as en transicio'n como consecuencia a corto plazo del
proceso de transformacio'n poli'tica, econo'mica y social.
Adema's de factores de cara'cter econo'mico, la rigidez de las
funciones que la sociedad asigna por razones de ge'nero y el
limitado acceso de la mujer al poder, la educacio'n, la
capacitacio'n y los recursos productivos asi' como nuevos factores
que ocasionan inseguridad para las familias, contribuyen tambie'n
a la feminizacio'n de la pobreza. Otro factor coadyuvante es el
hecho de que no se haya integrado en todos los ana'lisis
econo'micos y en la planificacio'n econo'mica una perspectiva de
ge'nero y que no se hayan abordado las causas estructurales de la
pobreza.
49. Las mujeres contribuyen a la economi'a y a la lucha contra la
pobreza mediante su trabajo remunerado y no remunerado en el
hogar, en la comunidad y en el lugar de trabajo. La concesio'n a
la mujer de los medios necesarios para la realizacio'n de su
potencial es un factor decisivo para erradicar la pobreza.
Aunque la pobreza afecta a los hogares en general, debido a
la divisio'n del trabajo sobre la base del ge'nero y las
responsabilidades relativas al bienestar familiar, las mujeres
soportan una carga desproporcionada al tratar de administrar el
consumo y la produccio'n del hogar en condiciones de creciente
escasez. La pobreza afecta de manera especialmente aguda a las
mujeres que viven en hogares rurales.
51. La pobreza de la mujer esta' directamente relacionada con la
ausencia de oportunidades y autonomi'a econo'micas, la falta de
acceso a la educacio'n, los servicios de apoyo y los recursos
econo'micos, incluidos el cre'dito, la propiedad de la tierra y el
derecho a herencia, y con su mi'nima participacio'n en el proceso
de adopcio'n de decisiones. La pobreza puede asimismo empujar a
las mujeres a situaciones en las que se ven expuestas a la
explotacio'n sexual.
52. En demasiados pai'ses los sistemas de bienestar social no
toman suficientemente en consideracio'n las condiciones
especi'ficas de las mujeres que viven en la pobreza y se observa
una tendencia a la reduccio'n de los servicios prestados por
dichos sistemas. El riesgo de caer en la pobreza es mayor para
las mujeres que para los hombres, especialmente en la vejez, donde
los sistemas de seguridad social se basan en el principio de
empleo remunerado continuo. En algunos casos, las mujeres no
satisfacen ese requisito debido a las interrupciones en su trabajo
provocadas por la desigual distribucio'n del trabajo remunerado y
no remunerado. Adema's, las mujeres de ma's edad deben hacer
frente a mayores obsta'culos para volver a incorporarse en el
mercado de trabajo.
53. En muchos pai'ses desarrollados, donde el nivel de educacio'n
general y formacio'n profesional de las mujeres y los hombres son
similares y donde se dispone de sistemas de proteccio'n contra la
discriminacio'n, las transformaciones econo'micas del u'ltimo
decenio han producido en algunos sectores un marcado aumento del
desempleo femenino o de la precariedad de su empleo, con el
consiguiente aumento de la proporcio'n de mujeres entre los
pobres. En los pai'ses con un nivel elevado de matri'cula escolar
entre las jo'venes, las que abandonan ma's temprano el sistema
escolar sin obtener algu'n tipo de preparacio'n constituyen uno de
los sectores ma's vulnerables en el mercado de trabajo.
54. En los pai'ses con economi'as en transicio'n y en otros
pai'ses que esta'n sufriendo transformaciones poli'ticas,
econo'micas y sociales fundamentales, esas transformaciones
frecuentemente han ocasionado una reduccio'n de los ingresos de
las mujeres o las han privado de sus ingresos.
55. Particularmente en los pai'ses en desarrollo, se deberi'a
aumentar la capacidad productiva de la mujer mediante el acceso al
capital, los recursos, el cre'dito, las tierras, la tecnologi'a,
la informacio'n, la asistencia te'cnica y la capacitacio'n a fin
de aumentar sus ingresos y mejorar la nutricio'n, la educacio'n,
la atencio'n de la salud y su situacio'n en el hogar. La
liberacio'n del potencial productivo de la mujer es esencial para
interrumpir el ciclo de pobreza a fin de que la mujer pueda
compartir plenamente los beneficios del desarrollo y disfrutar del
producto de su propio trabajo.
56. El desarrollo sostenible y el crecimiento econo'mico a la vez
sostenido y sostenible so'lo pueden alcanzarse mejorando la
condicio'n econo'mica, social, poli'tica, juri'dica y cultural de
la mujer. Para alcanzar un desarrollo sostenible, es fundamental
un desarrollo social equitativo que reconozca la necesidad de dar
a los pobres, en particular a las mujeres, la posibilidad de
utilizar los recursos ambientales de manera sostenible.
57. El e'xito de las poli'ticas y de las medidas destinadas a
respaldar o reforzar la promocio'n de la igualdad de ge'nero y la
mejora de la condicio'n de la mujer debe basarse en la
integracio'n de una perspectiva de ge'nero en las poli'ticas
generales relacionadas con todas las esferas de la sociedad, asi'
como en la aplicacio'n de medidas positivas con ayuda
institucional y financiera adecuada en todos los niveles.
Objetivo estrate'gico A.1. Revisar, adoptar y mantener
poli'ticas
macroecono'micas y estrategias
de desarrollo que tengan en
cuenta las necesidades de las
mujeres y apoyen sus esfuerzos
por superar la pobreza
Medidas que han de adoptarse
58. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Revisar y modificar, con la participacio'n plena e
igualitaria de la mujer, las poli'ticas macroecono'micas
y sociales con miras a alcanzar los objetivos de la
Plataforma de Accio'n;
b) Analizar, desde una perspectiva de ge'nero, las
poli'ticas y los programas, incluidos los relativos a la
estabilidad macroecono'mica, el ajuste estructural, los
problemas de la deuda externa, la tributacio'n, las
inversiones, el empleo, los mercados y todos los
sectores pertinentes de la economi'a, en relacio'n con
sus efectos en la pobreza, en la desigualdad y,
particularmente en la mujer; evaluar las repercusiones
de esas poli'ticas y programas en el bienestar y las
condiciones de vida de la familia y ajustar e'stos,
segu'n convenga, para fomentar una distribucio'n ma's
equitativa de los bienes de produccio'n, el patrimonio,
las oportunidades, los ingresos y los servicios;
c) Formular y aplicar poli'ticas macroecono'micas y
sectoriales racionales y estables, elaboradas y
supervisadas con la participacio'n plena e igualitaria
de la mujer, que fomenten un crecimiento econo'mico
sostenido de amplia base, que aborden las causas
estructurales de la pobreza y que este'n orientadas
hacia la erradicacio'n de la pobreza y la reduccio'n de
la desigualdad basada en el ge'nero, en el marco general
del logro de un desarrollo sostenido centrado en la
poblacio'n;
d) Reestructurar y dirigir la asignacio'n del gasto
pu'blico con miras a aumentar las oportunidades
econo'micas para la mujer y promover el acceso
igualitario de la mujer a los recursos productivos, y
atender las necesidades sociales, educativas y de salud
ba'sicas de la mujer, en particular de las que viven en
la pobreza;
e) Desarrollar los sectores agri'cola y pesquero, cuando y
donde sea menester, a fin de asegurar, segu'n proceda,
la seguridad alimentaria del hogar y nacional y la
autosuficiencia alimentaria, mediante la asignacio'n de
los recursos financieros, te'cnicos y humanos
necesarios;
f) Formular poli'ticas y programas para promover la
distribucio'n equitativa de los alimentos en el hogar;
g) Proporcionar redes de seguridad apropiadas y fortalecer
los sistemas de apoyo del Estado y los basados en la
comunidad como parte integrante de la poli'tica social,
a fin de que las mujeres que viven en la pobreza puedan
hacer frente a entornos econo'micos adversos y mantener
sus medios de vida, sus bienes y sus ingresos en tiempos
de crisis;
h) Generar poli'ticas econo'micas que tengan un efecto
positivo en el empleo y los ingresos de las
trabajadoras, tanto en el sector estructurado como en el
sector no estructurado, y adoptar medidas concretas para
abordar el desempleo de las mujeres, en particular su
desempleo a largo plazo;
i) Formular y aplicar, cuando proceda, poli'ticas concretas
econo'micas, sociales, agri'colas y de otra i'ndole, en
apoyo de los hogares encabezados por mujeres;
j) Elaborar y ejecutar programas contra la pobreza,
incluidos programas de empleo, que mejoren el acceso de
las mujeres que viven en la pobreza a los alimentos,
incluso mediante la utilizacio'n de mecanismos adecuados
de fijacio'n de precios y de distribucio'n;
k) Velar por la plena realizacio'n de los derechos humanos
de todas las mujeres migrantes, incluidas las
trabajadoras migrantes, y su proteccio'n contra la
violencia y la explotacio'n. Instituir medidas para
mejorar la situacio'n de las migrantes documentadas,
incluidas las trabajadoras migrantes, y facilitar su
empleo productivo mediante un mayor reconocimiento de
sus aptitudes, su educacio'n en el extranjero y sus
credenciales, y facilitar tambie'n su plena integracio'n
en la fuerza de trabajo;
l) Introducir medidas para integrar o reintegrar a las
mujeres que viven en la pobreza y a las mujeres
socialmente marginadas en el empleo productivo y en el
entorno econo'mico predominante, y asegurar el acceso
pleno de las mujeres internamente desplazadas a las
oportunidades econo'micas, asi' como el reconocimiento
de las calificaciones y aptitudes de las mujeres
inmigrantes y refugiadas;
m) Facilitar a las mujeres viviendas a precios razonables y
el acceso a las tierras, mediante, entre otras cosas, la
eliminacio'n de todos los obsta'culos que impiden ese
acceso, con especial hincapie' en la atencio'n de las
necesidades de las mujeres, en particular de las que
viven en la pobreza y las jefas de familia;
n) Formular y aplicar poli'ticas y programas que
proporcionen a las agricultoras y pescadoras (incluidas
las agricultoras y productoras de subsistencia,
especialmente en las zonas rurales) mejor acceso a
servicios financieros, te'cnicos, de extensio'n y de
comercializacio'n; proporcionar control de las tierras y
acceso a ellas e infraestructura y tecnologi'a
apropiadas a fin de elevar los ingresos de la mujer y
promover la seguridad alimentaria en el hogar, sobre
todo en las zonas rurales, y, donde proceda, alentar la
creacio'n de cooperativas de mercado pertenecientes a
los productores;
o) Crear sistemas de seguridad social donde no existan, o
revisarlos, con miras a situar a la mujer en pie de
igualdad con el hombre en todas las etapas de su vida;
p) Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de
bajo costo, incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica
destinada especialmente a las mujeres que viven en la
pobreza;
q) Adoptar medidas especiales para promover y fortalecer
poli'ticas y programas para las mujeres indi'genas que
permitan su plena participacio'n y en los que se respete
su diversidad cultural, de manera que tengan oportunidad
y posibilidades de eleccio'n en los procesos de
desarrollo a fin de erradicar la pobreza que las afecta.
59. Medidas que han de adoptar las instituciones financieras y de
desarrollo multilaterales, incluidos el Banco Mundial, el Fondo
Monetario Internacional y las instituciones de desarrollo
regionales, y medidas que han de adoptarse mediante la
cooperacio'n bilateral para el desarrollo:
a) De conformidad con los compromisos contrai'dos en la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, tratar de
movilizar recursos financieros nuevos y adicionales que
sean a la vez suficientes y previsibles y hacerlo de
modo tal que maximice la disponibilidad de esos recursos
y aproveche todas las fuentes y mecanismos de
financiacio'n disponibles con miras a contribuir al
logro del objetivo de erradicar la pobreza y beneficiar
a las mujeres que viven en la pobreza;
b) Fortalecer la capacidad anali'tica a fin de consolidar
de manera ma's sistema'tica las cuestiones referentes a
las perspectivas de ge'nero e integrarlas en el disen~o
y la ejecucio'n de programas de concesio'n de
pre'stamos, incluidos los programas de ajuste
estructural y de recuperacio'n econo'mica;
c) Encontrar soluciones eficaces, orientadas al desarrollo
y duraderas para los problemas de la deuda externa a fin
de ayudar a los pai'ses a financiar programas y
proyectos dirigidos al desarrollo, incluido el adelanto
de la mujer, entre otras cosas, mediante el cumplimiento
inmediato de las condiciones de la deuda, convenidas en
el Club de Pari's en diciembre de 1994, que comprendi'an
la reduccio'n de la deuda, incluso la cancelacio'n u
otras medidas de alivio de la carga de la deuda, y
desarrollar te'cnicas de conversio'n de la deuda
aplicadas a programas y proyectos de desarrollo social,
de conformidad con las prioridades de la Plataforma de
accio'n;
d) Invitar a las instituciones financieras internacionales
a estudiar nuevas formas de prestar asistencia a los
pai'ses de bajos ingresos a los que corresponda una
proporcio'n elevada de la deuda multilateral, con miras
a aliviar la carga de su deuda;
e) Velar por que en la elaboracio'n de los programas de
ajuste estructural se procure reducir al mi'nimo sus
efectos negativos sobre los grupos y comunidades
vulnerables y menos favorecidos, asi' como asegurar sus
efectos positivos sobre tales grupos y comunidades
evitando que queden marginados en las actividades
econo'micas y sociales e ideando medidas encaminadas a
darles control sobre los recursos econo'micos y las
actividades econo'micas y sociales, asi' como acceso a
e'stos; y se adopten medidas para reducir la desigualdad
y la disparidad econo'micas;
f) Examinar la repercusio'n de los programas de ajuste
estructural sobre el desarrollo social mediante
evaluaciones de su efecto social y otros me'todos
pertinentes que tengan en cuenta los aspectos basados en
el ge'nero, con miras a elaborar poli'ticas para reducir
sus efectos negativos y mejorar los positivos,
asegurando que no recaiga sobre la mujer una parte
desproporcionada del costo de la transicio'n;
complementar los pre'stamos para el ajuste con un
aumento de los pre'stamos para el desarrollo social;
g) Crear un clima propicio para que las mujeres tengan
acceso a medios permanentes de ganarse la vida.
60. Medidas que han de adoptar las organizaciones no
gubernamentales nacionales e internacionales y los grupos de
mujeres:
a) Movilizar a todas las partes interesadas en el proceso
de desarrollo, incluidas las instituciones acade'micas,
las organizaciones no gubernamentales y los grupos de
base comunitaria y de mujeres, para mejorar la eficacia
de los programas de lucha contra la pobreza dirigidos a
los grupos de mujeres ma's pobres y desfavorecidos, como
las mujeres indi'genas y de las zonas rurales, las
mujeres jefas de familia, las jo'venes y las ancianas, y
las migrantes y discapacitadas, reconociendo que el
desarrollo social es una responsabilidad primordial de
los gobiernos;
b) Participar en actividades de la promocio'n y en el
establecimiento de mecanismos de supervisio'n, segu'n
proceda, y en otras actividades encaminadas a velar por
la aplicacio'n de las recomendaciones sobre la
erradicacio'n de la pobreza formuladas en la Plataforma
de Accio'n y encaminadas a que los sectores estatal y
privado asuman su responsabilidad y actu'en con
transparencia;
c) Incluir en sus actividades a mujeres con necesidades
diversas y reconocer la participacio'n cada vez mayor de
las organizaciones de jo'venes como asociadas eficaces
en los programas de desarrollo;
d) Formular, en cooperacio'n con los sectores oficial y
privado, una estrategia nacional amplia de mejoramiento
de los servicios de salud, educacio'n y sociales, para
que las nin~as y las mujeres de todas las edades que
viven en la pobreza tengan pleno acceso a ellos;
procurar obtener financiacio'n para asegurar la
inclusio'n de una perspectiva de ge'nero en el acceso a
los servicios, asi' como para ampliar esos servicios de
manera que lleguen a las zonas rurales y remotas que no
esta'n dentro del a'mbito de las organizaciones
gubernamentales;
e) Contribuir, en cooperacio'n con los gobiernos, los
empleadores y otros asociados y partes interesadas en
cuestiones sociales, a la elaboracio'n de poli'ticas de
ensen~anza, capacitacio'n y readiestramiento a fin de
asegurar que las mujeres puedan adquirir una amplia gama
de conocimientos para satisfacer las nuevas exigencias;
f) Movilizarse para proteger el derecho de la mujer al
acceso pleno y equitativo a los recursos econo'micos,
incluido el derecho a la herencia, la posesio'n de
tierras y otras propiedades, el cre'dito, los recursos
naturales y las tecnologi'as apropiadas.
Objetivo estrate'gico A.2. Revisar las leyes y las pra'cticas
administrativas para asegurar a la
mujer igualdad de derechos y de
acceso a los recursos econo'micos
Medidas que han de adoptarse
61. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Asegurar el acceso a servicios juri'dicos gratuitos o de
bajo costo, incluida la capacitacio'n juri'dica ba'sica,
especialmente para las mujeres que viven en la pobreza;
b) Emprender reformas legislativas y administrativas para
dar a la mujer acceso pleno y equitativo a los recursos
econo'micos, incluido el derecho a la herencia y la
posesio'n de tierras y otras propiedades, el cre'dito,
los recursos naturales y las tecnologi'as apropiadas;
c) Considerar la posibilidad de ratificar el Convenio No.
169 de la Organizacio'n Internacional del Trabajo (OIT)
como parte de los esfuerzos encaminados a promover y
proteger los derechos de las poblaciones indi'genas.
Objetivo estrate'gico A.3. Dar a la mujer acceso a mecanismos e
instituciones de ahorro y cre'dito
Medidas que han de adoptarse
62. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Mejorar el acceso de las mujeres en situacio'n
desventajosa de las zonas rurales, remotas y urbanas a
servicios financieros, fortaleciendo los vi'nculos entre
los bancos y las organizaciones de pre'stamo
intermediarias, incluso mediante apoyo legislativo,
capacitacio'n para la mujer y fortalecimiento de las
instituciones intermediarias, con miras a movilizar
capital para esas instituciones y aumentar la
disponibilidad de cre'ditos;
b) Alentar las vinculaciones entre las instituciones
financieras y las organizaciones no gubernamentales y
apoyar las pra'cticas innovadoras de concesio'n de
pre'stamos, incluidas las que integran los cre'ditos con
servicios y capacitacio'n para la mujer y proporcionan
facilidades de cre'dito a las mujeres de las zonas
rurales.
63. Medidas que han de adoptar los bancos comerciales, las
instituciones financieras especializadas y el sector privado al
examinar sus poli'ticas:
a) Emplear metodologi'as de ahorro y cre'dito que tengan en
cuenta a la mujer que vive en la pobreza y adoptar
me'todos innovadores para reducir los costos de las
transacciones y redefinir los riesgos;
b) Abrir ventanillas especiales de pre'stamo para las
mujeres, incluidas las jo'venes, que no tienen acceso a
las fuentes tradicionales de garanti'as;
c) Simplificar las pra'cticas bancarias, por ejemplo,
reduciendo el monto del depo'sito mi'nimo y otras
condiciones para abrir cuentas bancarias;
d) Lograr la participacio'n, y la aplicacio'n del re'gimen
de propiedad conjunta cuando sea posible, de las mujeres
prestatarias en el proceso de adopcio'n de decisiones de
las instituciones que proporcionan servicios de cre'dito
y financieros.
64. Medidas que han de adoptar las organizaciones multilaterales
y bilaterales de cooperacio'n para el desarrollo:
Apoyar, mediante el suministro de capital y recursos, a las
instituciones financieras que prestan servicios a las mujeres
de bajos ingresos a cargo de microempresas y empresas de
pequen~a escala y productoras, tanto en el sector
estructurado como en el no estructurado.
65. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones
financieras multilaterales, segu'n proceda:
Apoyar a las instituciones que cumplen con las normas de
rendimiento llegando a gran nu'mero de mujeres y hombres de
bajos ingresos mediante la capitalizacio'n, la
refinanciacio'n y el apoyo al desarrollo institucional de
maneras que favorezcan la autosuficiencia.
66. Medidas que han de adoptar las organizaciones
internacionales:
Aumentar la financiacio'n para los programas y proyectos
encaminados a fomentar las actividades empresariales
sostenibles y productivas de generacio'n de ingresos entre
las mujeres en situacio'n desventajosa y las que viven en la
pobreza.
Objetivo estrate'gico A.4. Formular metodologi'as basadas en el
ge'nero y realizar investigaciones para abordar
el problema de la terminacio'n de la
pobreza Medidas que han de adoptarse
67. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales, las instituciones acade'micas y de
investigacio'n y el sector privado:
a) Elaborar medios teo'ricos y metodolo'gicos para
incorporar perspectivas de ge'nero en todos los aspectos
de la formulacio'n de poli'ticas econo'micas, incluso la
planificacio'n y los programas de ajuste estructural;
b) Aplicar esos me'todos para analizar los efectos desde el
punto de vista del ge'nero de todas las poli'ticas y
programas, incluso los programas de ajuste estructural,
y difundir los resultados de la investigacio'n.
68. Medidas que han de adoptar las organizaciones nacionales e
internacionales de estadi'stica:
a) Reunir datos desglosados por sexo y por edad sobre la
pobreza y todos los aspectos de la actividad econo'mica
y elaborar indicadores estadi'sticos cuantitativos y
cualitativos para facilitar la evaluacio'n del
rendimiento econo'mico desde una perspectiva de ge'nero;
b) Elaborar medios estadi'sticos apropiados para reconocer
y hacer visible en toda su extensio'n el trabajo de la
mujer y todas sus contribuciones a la economi'a
nacional, incluso en el sector no remunerado y en el
hogar, y examinar la relacio'n entre el trabajo no
remunerado de la mujer y la incidencia de la pobreza y
la vulnerabilidad de las mujeres a ella.
B. Educacio'n y capacitacio'n de la mujer
69. La educacio'n es un derecho humano y constituye un
instrumento indispensable para lograr los objetivos de la
igualdad, el desarrollo y la paz. La educacio'n no
discriminatoria beneficia tanto a las nin~as como a los nin~os y,
de esa manera, conduce en u'ltima instancia a relaciones ma's
igualitarias entre mujeres y hombres. La igualdad de acceso a la
educacio'n y la obtencio'n de educacio'n son necesarias para que
ma's mujeres se conviertan en agentes de cambio. La
alfabetizacio'n de la mujer es importante para mejorar la salud,
la nutricio'n y la educacio'n en la familia, asi' como para
habilitar a la mujer para participar en la adopcio'n de decisiones
en la sociedad. Ha quedado demostrado que la inversio'n en la
educacio'n y la capacitacio'n formal y no formal de las nin~as y
las mujeres, que tiene un rendimiento social y econo'mico
excepcionalmente alto, es uno de los mejores medios de lograr un
desarrollo sostenible y un crecimiento econo'mico a la vez
sostenido y sostenible.
70. En el plano regional, las nin~as y los nin~os han logrado la
igualdad de acceso a la ensen~anza primaria, excepto en algunas
partes de A'frica, en particular el A'frica subsahariana, y de
Asia central, donde el acceso a las instituciones educacionales
sigue siendo insuficiente. Se han alcanzado adelantos en la
ensen~anza secundaria; en algunos pai'ses, se ha logrado la
igualdad de acceso de nin~as y nin~os a esa educacio'n. La
matri'cula de mujeres en la ensen~anza terciaria ha aumentado
considerablemente. En muchos pai'ses, las escuelas privadas han
cumplido una importante funcio'n complementaria en la mejora del
acceso a la educacio'n en todos los niveles. Sin embargo, ma's de
cinco an~os despue's de que la Conferencia Mundial sobre
Educacio'n para Todos (Jomtien, Tailandia, 1990) aprobara la
Declaracio'n Mundial sobre Educacio'n para Todos y el Marco de
Accio'n para Satisfacer las Necesidades Ba'sicas de Aprendizaje
12/, unos 100 millones de nin~os, de los que por lo menos 60
millones son nin~as, carecen de acceso a la ensen~anza primaria, y
ma's de las dos terceras partes de los 960 millones de analfabetos
adultos del mundo son mujeres. El alto nivel de analfabetismo
existente en la mayor parte de los pai'ses en desarrollo, en
particular el A'frica subsahariana y algunos Estados a'rabes,
sigue constituyendo un grave obsta'culo para el adelanto de la
mujer y para el desarrollo.
71. En muchas regiones persiste la discriminacio'n en el acceso
de las nin~as a la educacio'n debido a actitudes arraigadas, a
embarazos y matrimonios a edad temprana, a lo inadecuado que
resulta el material dida'ctico y educacional y al sesgo de ge'nero
que e'ste muestra, al acoso sexual y a la falta de instalaciones
de ensen~anza apropiadas y accesibles en el sentido fi'sico y en
otros sentidos. Las nin~as comienzan a realizar tareas
dome'sticas pesadas a edad muy temprana. Se espera que las nin~as
y las mujeres asuman a la vez responsabilidades respecto de su
educacio'n y responsabilidades dome'sticas, lo que a menudo
conduce a un rendimiento escolar insatisfactorio y a la desercio'n
escolar temprana, con consecuencias duraderas en todos los
aspectos de la vida de la mujer.
72. La creacio'n de un entorno educacional y social en el que se
trate en pie de igualdad a las mujeres y los hombres y a las
nin~as y los nin~os, en el que se los aliente a alcanzar su pleno
potencial, respetando su libertad de pensamiento, conciencia,
religio'n y creencias, y en el que los recursos educacionales
promuevan ima'genes no estereotipadas de las mujeres y de los
hombres contribuiri'a eficazmente a eliminar las causas de la
discriminacio'n contra las mujeres y las desigualdades entre las
mujeres y los hombres.
73. La mujer deberi'a poder seguir adquiriendo conocimientos y
aptitudes pasada su juventud. Este concepto de aprendizaje
permanente incluye los conocimientos y las aptitudes adquiridas en
la educacio'n y la capacitacio'n formal, asi' como el aprendizaje
informal, por ejemplo en las actividades voluntarias, el trabajo
no remunerado y los conocimientos tradicionales.
74. En buena medida sigue habiendo un sesgo de ge'nero en
los programas de estudio y el material dida'ctico y rara vez se
atiende a las necesidades especiales de las nin~as y las mujeres.
Esto refuerza las funciones tradicionales de la mujer y del
hombre, y priva a e'stas u'ltimas de la oportunidad de participar
en la sociedad plenamente y en condiciones de igualdad. La falta
de sensibilidad de los educadores de todos los niveles respecto a
las diferencias de ge'nero aumenta las desigualdades entre la
mujer y el hombre al reforzar las tendencias discriminatorias y
socavar la autoestima de las nin~as. La falta de educacio'n
sexual y sobre la salud reproductiva tiene profundas repercusiones
en la mujer y el hombre.
75. Hay, en particular, sesgo de ge'nero en los programas de
estudio de las ciencias. Los libros de texto sobre ciencias no
guardan relacio'n con la experiencia cotidiana de las mujeres y
las nin~as ni dan el debido reconocimiento a las mujeres
cienti'ficas. A menudo, no se imparten a las nin~as nociones y
aptitudes te'cnicas ba'sicas en las matema'ticas y las ciencias,
que les proporcionari'an conocimientos que podri'an aplicar para
mejorar su vida cotidiana y aumentar sus oportunidades de empleo.
Los estudios avanzados de ciencia y tecnologi'a preparan a la
mujer para desempen~ar una funcio'n activa en el desarrollo
tecnolo'gico e industrial de su pai's, por lo que es preciso
adoptar un enfoque mu'ltiple respecto de la capacitacio'n
profesional y te'cnica. La tecnologi'a esta' transformando
ra'pidamente el mundo y tambie'n ha afectado a los pai'ses en
desarrollo. Es indispensable que la mujer no so'lo se beneficie
de la tecnologi'a, sino que tambie'n participe en el proceso desde
la etapa de disen~o hasta las de aplicacio'n, supervisio'n y
evaluacio'n.
76. El acceso y la retencio'n de las nin~as y mujeres en todos
los niveles de la ensen~anza, incluido el nivel superior es uno de
los factores de su continuo progreso en las actividades
profesionales. No obstante, hay que reconocer que las nin~as
siguen concentra'ndose en un nu'mero limitado de esferas de
estudio.
77. Los medios de difusio'n son un importante medio de
educacio'n. Los educadores y las instituciones gubernamentales y
no gubernamentales pueden utilizar los medios de comunicacio'n
como un instrumento de ensen~anza para el adelanto de la mujer y
para el desarrollo. La educacio'n y los sistemas de informacio'n
computadorizados se esta'n convirtiendo en elementos cada vez ma's
importantes del aprendizaje y de la difusio'n de conocimientos.
La televisio'n, en particular, influye en mayor medida en los
jo'venes, por lo que ofrece la posibilidad de forjar valores,
actitudes y percepciones en las mujeres y en la nin~as de formas
tanto positivas como negativas. Por consiguiente, es fundamental
que los educadores desarrollen el juicio cri'tico y la capacidad
anali'tica de sus alumnos.
78. En muchos pai'ses, los recursos que se asignan a la
educacio'n, especialmente a las nin~as y mujeres, son
insuficientes y en algunos casos se han reducido au'n ma's, en
particular en el contexto de poli'ticas y programas de ajuste.
Dicha insuficiencia en la asignacio'n de recursos perjudica al
desarrollo humano, en particular el desarrollo de la mujer.
79. Para hacer frente a la desigualdad de acceso a la ensen~anza
y a las oportunidades educacionales insuficientes, los gobiernos y
otros agentes sociales deberi'an promover una poli'tica activa y
visible de integracio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las
poli'ticas y programas, a fin de que se analicen, antes de adoptar
decisiones, sus posibles efectos en las mujeres y los hombres.
Objetivo estrate'gico B.1. Asegurar la igualdad de acceso
a la educacio'n
Medidas que han de adoptarse
80. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Promover el objetivo de la igualdad de acceso a la
educacio'n tomando medidas para eliminar la
discriminacio'n en la educacio'n en todos los niveles
por motivos de ge'nero, raza, idioma, religio'n, origen
nacional, edad o discapacidad, o cualquier otra forma de
discriminacio'n y, segu'n proceda, considerar la
posibilidad de establecer procedimientos para dar curso
a las reclamaciones;
b) Asegurar el acceso universal a la ensen~anza ba'sica y
lograr que terminen la ensen~anza primaria por lo menos
el 80% de los nin~os para el an~o 2000; superar las
diferencias por motivos de ge'nero que existan en el
acceso a la ensen~anza primaria y secundaria para el
an~o 2005; y proporcionar ensen~anza primaria universal
en todos los pai'ses antes del an~o 2015;
c) Eliminar las disparidades por motivos de ge'nero en el
acceso a todos los a'mbitos de la ensen~anza terciaria,
velando por que la mujer tenga igual acceso que el
hombre al desarrollo profesional, a la capacitacio'n y a
las becas y adoptando medidas de promocio'n activa
segu'n corresponda;
d) Establecer un sistema docente en que se tengan en cuenta
las cuestiones relacionadas con el ge'nero, a fin de
promover la igualdad de oportunidades de educacio'n y
capacitacio'n, asi' como la participacio'n igualitaria
de la mujer en la administracio'n y la adopcio'n de
poli'ticas y decisiones en materia de educacio'n;
e) Ofrecer a las jo'venes, en colaboracio'n con los padres,
las organizaciones no gubernamentales, incluidas las
organizaciones de jo'venes, las comunidades y el sector
privado, formacio'n acade'mica y te'cnica,
planificacio'n de su carrera profesional, conocimientos
directivos y sociales y experiencia laboral que las
prepare para participar plenamente en la sociedad;
f) Aumentar la matri'cula y las tasas de retencio'n escolar
de las nin~as, asignando a esa actividad los recursos
presupuestarios necesarios; obteniendo el apoyo de los
padres y de la comunidad, asi' como realizando
campan~as, estableciendo horarios escolares flexibles,
otorgando incentivos y becas y adoptando otras medidas
encaminadas a reducir los costos que entran~a para la
familia la educacio'n de las nin~as y facilitar a los
padres la posibilidad de elegir educacio'n para sus
hijas; velando por que las instituciones educacionales
respeten los derechos de las mujeres y las nin~as a la
libertad de conciencia y de religio'n y derogando todo
tipo de legislacio'n discriminatoria desde los puntos de
vista religioso, racial o cultural;
g) Promover un entorno docente en que se eliminen todas las
barreras que impiden la asistencia a la escuela de las
adolescentes embarazadas y las madres jo'venes, que
incluya, segu'n corresponda, servicios accesibles y
asequibles de guarderi'a y educacio'n de los padres a
fin de alentar a quienes deben ocuparse del cuidado de
sus hijos y hermanos en edad escolar a reanudar los
estudios o a llevarlos a te'rmino;
h) Aumentar la calidad de la educacio'n y la igualdad de
oportunidades para las mujeres y los hombres en lo que
se refiere al acceso, a fin de que las mujeres de todas
las edades puedan adquirir los conocimientos,
capacidades, aptitudes, destrezas y valores e'ticos
necesarios para desarrollarse y participar plenamente,
en condiciones de igualdad, en el proceso de desarrollo
social, econo'mico y poli'tico;
i) Proporcionar servicios de orientacio'n escolar y
programas de preparacio'n de maestros no
discriminatorios y que tengan en cuenta las diferencias
basadas en el ge'nero a fin de alentar a las nin~as a
seguir estudios acade'micos y te'cnicos y de ampliar sus
futuras oportunidades de carrera;
j) Promover la ratificacio'n del Pacto Internacional de
Derechos Econo'micos, Sociales y Culturales 13/ en los
pai'ses que au'n no lo hayan ratificado.
Objetivo estrate'gico B.2. Eliminar el analfabetismo entre
las mujeres
Medidas que han de adoptarse
81. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos
nacionales, regionales e internacionales, los donantes bilaterales
y multilaterales y las organizaciones no gubernamentales:
a) Reducir la tasa de analfabetismo femenino por lo menos a
la mitad de la tasa de 1990, con especial hincapie' en
la alfabetizacio'n de las mujeres rurales, migrantes,
refugiadas y desplazadas internamente, asi' como en las
mujeres con discapacidades;
b) Proporcionar acceso universal a la ensen~anza primaria a
las nin~as, y procurar lograr la igualdad de ge'nero en
la tasa de finalizacio'n de dicha ensen~anza, para el
an~o 2000;
c) Eliminar las diferencias por motivos de ge'nero en las
tasas de alfabetizacio'n elemental y funcional de
mujeres y hombres, como recomienda la Declaracio'n de
Jomtien sobre Educacio'n para Todos;
d) Reducir las disparidades entre los pai'ses desarrollados
y los pai'ses en desarrollo;
e) Alentar la participacio'n de los adultos y las familias
en la ensen~anza, a fin de promover la alfabetizacio'n
total de todas las personas;
f) Promover, conjuntamente con la alfabetizacio'n, la
adquisicio'n de conocimientos pra'cticos, cienti'ficos y
tecnolo'gicos, y procurar ampliar la definicio'n de
alfabetizacio'n teniendo en cuenta los objetivos y los
puntos de referencia vigentes.
Objetivo estrate'gico B.3. Aumentar el acceso de las mujeres a la
formacio'n profesional, la ciencia y la
tecnologi'a y la educacio'n permanente
Medidas que han de adoptarse
82. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con
los empleadores, los trabajadores y los sindicatos, las
organizaciones internacionales y no gubernamentales, incluidas las
organizaciones de mujeres y jo'venes, y las instituciones
educativas:
a) Elaborar y aplicar poli'ticas de ensen~anza,
capacitacio'n y readiestramiento para las mujeres, en
particular las jo'venes y las que retornen al mercado de
trabajo, para impartirles conocimientos que permitan
satisfacer las necesidades de un contexto
socioecono'mico cambiante, a fin de mejorar sus
oportunidades de empleo;
b) Fomentar el reconocimiento de las oportunidades de
ensen~anza extraescolar para las nin~as y las mujeres en
el sistema educativo;
c) Proporcionar a las mujeres y las nin~as informacio'n
sobre la disponibilidad de formacio'n profesional,
programas de capacitacio'n en ciencia y tecnologi'a y
programas de educacio'n permanente y sobre las ventajas
que pueden reportarles;
d) Formular programas de ensen~anza y capacitacio'n para
mujeres desempleadas a fin de proporcionarles nuevos
conocimientos teo'ricos y pra'cticos que incrementen y
ampli'en sus oportunidades de empleo, incluido el empleo
por cuenta propia, y el desarrollo de su capacidad
empresarial;
e) Diversificar la formacio'n profesional y te'cnica y
aumentar el acceso y la retencio'n de nin~as y mujeres
en la ensen~anza y la formacio'n profesional en los
campos de las ciencias, las matema'ticas,
la ingenieri'a, la ciencia y la tecnologi'a ambientales,
la tecnologi'a de la informacio'n y la alta tecnologi'a,
asi' como la capacitacio'n en materia de gestio'n;
f) Promover el papel central de la mujer en los programas
de investigacio'n, extensio'n y ensen~anza en las
esferas alimentaria y agraria;
g) Fomentar la adaptacio'n de los planes de estudio y los
materiales dida'cticos, fomentar un ambiente educativo
favorable y adoptar medidas positivas, a fin de promover
la capacitacio'n para toda la gama de posibilidades
ocupacionales en carreras no tradicionales para las
mujeres y los hombres, incluido el desarrollo de cursos
multidisciplinarios para profesores de ciencias y
matema'ticas, a fin de sensibilizarlos respecto a la
importancia de la ciencia y la tecnologi'a en la vida de
la mujer;
h) Elaborar planes de estudio y materiales dida'cticos, y
formular y adoptar medidas positivas para garantizar un
mayor acceso y participacio'n de la mujer en los
sectores te'cnicos y cienti'ficos, especialmente en
aquellos en que no este'n representadas o este'n
infrarrepresentadas;
i) Elaborar poli'ticas y programas para fomentar la
participacio'n de la mujer en todos los programas de
aprendizaje;
j) Aumentar la capacitacio'n te'cnica, en administracio'n,
extensio'n agraria y comercializacio'n para la mujer en
la agricultura, la pesca, la industria y el comercio,
las artes y los oficios, a fin de ampliar las
oportunidades de generacio'n de ingresos, la
participacio'n de la mujer en la adopcio'n de decisiones
econo'micas, en particular mediante las organizaciones
femeninas en las comunidades, y su contribucio'n a la
produccio'n, la comercializacio'n, las empresas, la
ciencia y la tecnologi'a;
k) Garantizar el acceso a la ensen~anza y la formacio'n de
buena calidad en todos los niveles apropiados a las
mujeres adultas sin educacio'n previa o con educacio'n
escasa, a las mujeres con discapacidades y a las mujeres
emigrantes, refugiadas y desplazadas, a fin de mejorar
sus oportunidades de trabajo.
Objetivo estrate'gico B.4. Establecer sistemas de educacio'n y
y capacitacio'n no discriminatorios
Medidas que han de adoptarse
83. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las autoridades
educativas y otras instituciones educativas y acade'micas:
a) Formular recomendaciones y elaborar planes de estudio,
libros de texto y material dida'ctico libres de
estereotipos basados en el ge'nero para todos los
niveles de ensen~anza, incluida la formacio'n de
personal docente, en colaboracio'n con todos los
interesados: editoriales, profesores, autoridades
pu'blicas y asociaciones de padres;
b) Elaborar programas de ensen~anza y material dida'ctico
para docentes y educadores que aumenten la comprensio'n
de la condicio'n, el papel y la contribucio'n de la
mujer y el hombre en la familia, tal como se define en
el pa'rrafo 29 supra, y en la sociedad; en este
contexto, promover la igualdad, la cooperacio'n, el
respeto mutuo y las responsabilidades compartidas entre
nin~as y nin~os desde el nivel preescolar en adelante y
elaborar, en particular, mo'dulos educativos para
garantizar que los nin~os adquieran los conocimientos
necesarios para hacerse cargo de sus propias necesidades
dome'sticas y compartir las responsabilidades de sus
hogares y de la atencio'n de las personas a su cargo;
c) Elaborar programas de capacitacio'n y materiales
dida'cticos para docentes y educadores que aumenten la
comprensio'n de su propio papel en el proceso educativo,
con miras a proporcionarles estrategias eficaces para
una ensen~anza con orientacio'n de ge'nero;
d) Adoptar medidas para garantizar que las maestras y
profesoras tengan las mismas posibilidades y la misma
categori'a que los maestros y profesores, teniendo en
cuenta la importancia de contar con profesoras en todos
los niveles y a fin de atraer y retener a las nin~as en
las escuelas;
e) Introducir y promover la capacitacio'n en materia de
resolucio'n de conflictos por medios paci'ficos;
f) Adoptar medidas positivas para aumentar la proporcio'n
de mujeres que participan en la elaboracio'n de
poli'ticas y la adopcio'n de decisiones en materia de
educacio'n, particularmente de profesoras, en todos los
niveles de la ensen~anza y en las disciplinas
acade'micas que habitualmente esta'n dominadas por el
hombre, como los campos cienti'fico y tecnolo'gico;
g) Apoyar y realizar estudios e investigaciones sobre el
ge'nero en todos los niveles de la ensen~anza,
especialmente en el nivel de postgrado en las
instituciones acade'micas, y aplicarlos a la
elaboracio'n de programas, incluidos los de estudios
universitarios, libros de texto y material dida'ctico y
en la formacio'n de personal docente;
h) Desarrollar la capacitacio'n y las oportunidades para el
liderazgo para todas las mujeres, a fin de alentarlas a
desempen~ar funciones directivas, lo mismo como
estudiantes que como adultas en la sociedad civil;
i) Elaborar programas apropiados de ensen~anza e
informacio'n con el debido respeto al multilingu"ismo,
particularmente en colaboracio'n con los medios de
comunicacio'n, a fin de lograr que el pu'blico, y en
particular los padres, sean conscientes de la
importancia de una ensen~anza no discriminatoria de las
nin~as y los nin~os, y del reparto por igual de las
responsabilidades familiares entre las nin~as y
los nin~os;
j) Elaborar programas de educacio'n en materia de derechos
humanos que incorporen la dimensio'n de ge'nero en todos
los niveles de la ensen~anza, en particular fomentando
la inclusio'n en los planes de estudio de las
instituciones de ensen~anza superior, especialmente en
los planes de estudios de postgrado en los campos
juri'dico, social y de ciencias poli'ticas, del estudio
de los derechos humanos de la mujer tal como figuran en
las convenciones de las Naciones Unidas;
k) Eliminar, en los programas de educacio'n acade'mica
sobre las cuestiones relacionadas con la salud de la
mujer, cuando proceda, las barreras legales y
reglamentarias que se oponen a la ensen~anza de
cuestiones sexuales y de salud reproductiva;
l) Promover, con el apoyo de sus padres y en colaboracio'n
con el personal y las instituciones docentes, la
elaboracio'n de programas educativos para nin~as y
nin~os y la creacio'n de servicios integrados, a fin de
fomentar la comprensio'n de sus responsabilidades y
ayudarles a asumir esas responsabilidades, teniendo en
cuenta la importancia de esa educacio'n y esos servicios
para el desarrollo personal y la autoestima, asi' como
la necesidad urgente de evitar los embarazos no
deseados, la propagacio'n de enfermedades transmitidas
sexualmente, especialmente el VIH/SIDA, y feno'menos
tales como la violencia y el abuso sexuales;
m) Proporcionar instalaciones recreativas y deportivas
accesibles y establecer y reforzar en las instituciones
educativas y comunitarias programas para nin~as y
mujeres de todas las edades que tengan en cuenta los
aspectos relacionados con el ge'nero y apoyar el
adelanto de la mujer en todas las esferas de la
actividad deportiva a la actividad fi'sica, incluidos la
ensen~anza, el entrenamiento y la administracio'n, asi'
como su participacio'n en los planos nacional, regional
e internacional;
n) Reconocer y apoyar el derecho de las mujeres y nin~as
indi'genas a la educacio'n, y promover un enfoque
multicultural de la educacio'n que responda a las
necesidades, aspiraciones y culturas de las mujeres
indi'genas, inclusive mediante la elaboracio'n de
programas educativos, planes de estudio y medios
dida'cticos apropiados, en la medida posible en los
idiomas de las poblaciones indi'genas y con la
participacio'n de las mujeres indi'genas en esos
procesos;
o) Reconocer y respetar las actividades arti'sticas,
espirituales y culturales de las mujeres indi'genas;
p) Garantizar que la igualdad de ge'nero y las diversidades
culturales, religiosas y de otro tipo se respeten en las
instituciones educativas;
q) Promover la ensen~anza, la capacitacio'n y los programas
de informacio'n pertinentes para las mujeres de los
medios rurales y agrarios mediante el uso de
tecnologi'as accesibles y apropiadas y de los medios de
comunicacio'n - por ejemplo, programas de radio, casetes
y unidades mo'viles;
r) Proporcionar ensen~anza extraescolar, especialmente a
las mujeres de las zonas rurales, a fin de que
desarrollen sus posibilidades con respecto a la salud,
las microempresas, la agricultura y los derechos
legales;
s) Eliminar todas las barreras que impiden el acceso a la
educacio'n acade'mica de las muchachas embarazadas y las
madres jo'venes y apoyar el suministro de servicios de
guarderi'a y otros servicios de apoyo, en los casos en
que sean necesarios.
Objetivo estrate'gico B.5. Asignar recursos suficientes para las
reformas de la educacio'n y vigilar la
aplicacio'n de esas reformas
Medidas que han de adoptarse
84. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Proporcionar al sector educativo los recursos
financieros necesarios mediante la reasignacio'n dentro
de ese sector, a fin de garantizar un aumento de
recursos para la ensen~anza ba'sica, segu'n proceda;
b) Establecer, en los niveles apropiados, un mecanismo de
vigilancia de la aplicacio'n de las reformas educativas
y de las medidas conexas en los ministerios pertinentes,
y establecer programas de asistencia te'cnica, segu'n
proceda, para examinar las cuestiones planteadas por las
actividades de vigilancia.
85. Medidas que han de adoptar los gobiernos y, en los casos en
que proceda, las instituciones privadas y pu'blicas, las
fundaciones, los institutos de investigacio'n y las organizaciones
no gubernamentales:
a) En los casos en que sea necesario, movilizar fondos
adicionales de las instituciones privadas y pu'blicas,
las fundaciones, las instituciones de investigacio'n y
las organizaciones no gubernamentales para que las
mujeres y las nin~as, asi' como los nin~os y los
hombres, en pie de igualdad, puedan terminar su
educacio'n, haciendo especial hincapie' en las
poblaciones desatendidas;
b) Proporcionar financiacio'n para programas especiales,
como los programas de matema'ticas, ciencias y
tecnologi'a de computadoras, a fin de aumentar las
oportunidades de todas las nin~as y mujeres.
86. Medidas que han de adoptar las instituciones multilaterales
de desarrollo, incluidos el Banco Mundial, los bancos regionales
de desarrollo, los donantes bilaterales y las fundaciones:
a) Considerar la posibilidad de aumentar la financiacio'n
para atender con cara'cter prioritario las necesidades
de educacio'n y capacitacio'n de las nin~as y las
mujeres en los programas de asistencia para el
desarrollo;
b) Considerar la posibilidad de colaborar con los gobiernos
beneficiarios a fin de garantizar que se mantengan o
aumenten los niveles de financiacio'n para la educacio'n
de la mujer en los programas de ajuste estructural y
recuperacio'n econo'mica, incluidos los programas de
pre'stamos y de estabilizacio'n.
87. Medidas que han de adoptar, a nivel mundial, las
organizaciones internacionales e intergubernamentales, en
particular la Organizacio'n de las Naciones Unidas para la
Educacio'n, la Ciencia y la Cultura:
a) Contribuir a la evaluacio'n de los progresos logrados
utilizando indicadores educacionales elaborados por
o'rganos nacionales, regionales e internacionales, e
instar a los gobiernos a que, al aplicar medidas para
eliminar las diferencias entre las mujeres y los hombres
y entre los nin~os y las nin~as en cuanto a las
oportunidades de educacio'n y formacio'n y los niveles
alcanzados en todos los campos, en particular en los
programas de ensen~anza primaria y de alfabetizacio'n;
b) Proporcionar asistencia te'cnica, cuando la soliciten, a
los pai'ses en desarrollo a fin de reforzar su capacidad
de vigilar los progresos realizados en la reduccio'n de
las diferencias entre la mujer y el hombre en la
ensen~anza, la formacio'n y la investigacio'n, y en los
niveles de logros en todas las esferas, particularmente
en la ensen~anza ba'sica y la eliminacio'n del
analfabetismo;
c) Realizar una campan~a internacional de promocio'n del
derecho de las mujeres y las nin~as a la educacio'n;
d) Asignar un porcentaje mi'nimo de asistencia a la
ensen~anza ba'sica para las mujeres y las nin~as.
Objetivo estrate'gico B.6. Promover la educacio'n y la
capacitacio'n
permanentes de las nin~as y las mujeres
Medidas que han de adoptarse
88. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones
educativas y las comunidades:
a) Garantizar la disponibilidad de una amplia gama de
programas de ensen~anza y formacio'n que lleven a la
adquisicio'n permanente por las mujeres y las nin~as de
los conocimientos y las capacidades necesarios para
vivir en sus comunidades y naciones, contribuir a ellas
y beneficiarse de ellas;
b) Proporcionar apoyo a los servicios de guarderi'a y de
otra i'ndole que permitan a las madres continuar su
educacio'n;
c) Crear programas flexibles de ensen~anza, capacitacio'n y
readiestramiento para un aprendizaje permanente que
facilite la transicio'n entre las actividades de las
mujeres en todas las etapas de su vida.
C. La mujer y la salud*
* La Santa Sede formulo' una reserva general sobre esta
seccio'n. La reserva debe interpretarse con referencia a la
declaracio'n hecha por el representante de la Santa Sede en la
cuarta sesio'n de la Comisio'n Principal, celebrada el 14 de
septiembre de 1995 (ve'ase el capi'tulo V del presente informe,
pa'rrafo 11).
89.La mujer tiene derecho a disfrutar del ma's alto nivel posible
de salud fi'sica y mental. El disfrute de ese derecho es esencial
para su vida y su bienestar y para su capacidad de participar en
todas las esferas de la vida pu'blica y privada. La salud no es
so'lo la ausencia de enfermedades o dolencias, sino un estado de
pleno bienestar fi'sico, mental y social. La salud de la mujer
incluye su bienestar emocional, social y fi'sico; contribuyen a
determinar su salud tanto factores biolo'gicos como el contexto
social, poli'tico y econo'mico en que vive. Ahora bien, la
mayori'a de las mujeres no goza de salud ni de bienestar. El
principal obsta'culo que impide a la mujer alcanzar el ma's alto
nivel posible de salud es la desigualdad entre la mujer y el
hombre y entre mujeres en diferentes regiones geogra'ficas, clases
sociales y grupos indi'genas y e'tnicos. Sin embargo, la salud y
el bienestar eluden a la mayori'a de las mujeres. Uno de los
principales obsta'culos al logro del ma'ximo grado posible de
salud para las mujeres es la desigualdad, tanto entre hombres y
mujeres como entre mujeres de distintas regiones geogra'ficas,
clases sociales y grupos indi'genas y e'tnicos. En foros
nacionales e internacionales, las mujeres han hecho hincapie' en
que la igualdad, incluidas las obligaciones familiares
compartidas, el desarrollo y la paz son condiciones necesarias
para gozar de un nivel o'ptimo de salud durante todo el ciclo
vital.
90. El acceso de la mujer a los recursos ba'sicos de salud,
incluidos los servicios de atencio'n primaria de la salud, y su
utilizacio'n de esos recursos es diferente y desigual en lo
relativo a la prevencio'n y el tratamiento de las enfermedades
infantiles, la malnutricio'n, la anemia, las enfermedades
diarreicas, las enfermedades contagiosas, el paludismo y otras
enfermedades tropicales y la tuberculosis, entre otras afecciones.
Las oportunidades de la mujer tambie'n son diferentes y desiguales
en lo relativo a la proteccio'n, la promocio'n y el mantenimiento
de la salud. En muchos pai'ses en desarrollo, causa especial
preocupacio'n la falta de servicios obste'tricos de emergencia.
En las poli'ticas y programas de salud a menudo se perpetu'an los
estereotipos de ge'nero y no se consideran las diferencias
socioecono'micas y otras diferencias entre mujeres, ni se tiene
plenamente en cuenta la falta de autonomi'a de la mujer respecto
de su salud. La salud de la mujer tambie'n se ve sujeta a
discriminaciones por motivos de ge'nero en el sistema de salud y
por los servicios me'dicos insuficientes e inadecuados que se
prestan a las mujeres.
91. En muchos pai'ses, especialmente en pai'ses en desarrollo y
en particular los menos adelantados, una disminucio'n de los
gastos de salud pu'blica y, en ciertos casos, el ajuste
estructural, contribuyen al empeoramiento de los sistemas de
salubridad pu'blica. Adema's, la privatizacio'n de los sistemas
de atencio'n de la salud y sin garanti'as adecuadas de acceso
universal a la atencio'n de la salud asequible reduce au'n ma's la
disponibilidad de los servicios de atencio'n de la salud. Esa
situacio'n no so'lo afecta directamente a la salud de nin~as y
mujeres, sino que adema's impone obligaciones desproporcionadas a
la mujer, que no recibe el apoyo social, psicolo'gico y econo'mico
que necesita al no reconocerse a menudo sus mu'ltiples funciones,
incluidas las funciones relacionadas con la familia y la
comunidad.
92. Es preciso lograr que la mujer pueda ejercer el derecho a
disfrutar el ma's alto nivel posible de salud durante todo su
ciclo vital en pie de igualdad con el hombre. Las mujeres padecen
muchas de las afecciones que padecen los hombres, pero de
diferente manera. La incidencia de la pobreza y la dependencia
econo'mica en la mujer, su experiencia de la violencia, las
actitudes negativas hacia las mujeres y las nin~as, la
discriminacio'n racial y otras formas de discriminacio'n, el
control limitado que muchas mujeres ejercen sobre su vida sexual y
reproductiva y su falta de influencia en la adopcio'n de
decisiones son realidades sociales que tienen efectos
perjudiciales sobre su salud. La falta de alimento para las
nin~as y mujeres y la distribucio'n desigual de los alimentos en
el hogar, el acceso insuficiente al agua potable, al saneamiento y
al combustible, sobre todo en las zonas rurales y en las zonas
urbanas pobres, y las condiciones de vivienda deficientes pesan en
exceso sobre la mujer y su familia y repercuten negativamente en
su salud. La buena salud es indispensable para vivir en forma
productiva y satisfactoria y el derecho de todas las mujeres a
controlar todos los aspectos de su salud y en particular su propia
fecundidad es fundamental para su emancipacio'n.
93. En el acceso a los servicios de nutricio'n y de atencio'n de
la salud, la discriminacio'n contra las nin~as, consecuencia
frecuente de la preferencia por los hijos varones, pone en peligro
su salud y bienestar presentes y futuros. Las condiciones que
fuerzan a las nin~as al matrimonio, el embarazo y la reproduccio'n
a edad temprana y las someten a pra'cticas perjudiciales, como la
mutilacio'n genital, acarrean grandes riesgos para su salud. Las
adolescentes necesitan tener acceso a servicios de salud y
nutricio'n durante su crecimiento; sin embargo, a menudo carecen
de ese acceso. El asesoramiento y el acceso a la informacio'n y a
los servicios relativos a la salud sexual y reproductiva de los
adolescentes siguen siendo insuficientes o inexistentes; no se
suele tomar en consideracio'n el derecho de las muchachas a la
intimidad, la confidencialidad, el respeto y el consentimiento
fundamentado. Desde los puntos de vista biolo'gico y psicosocial,
las adolescentes son ma's vulnerables que los varones al abuso
sexual, la violencia y la prostitucio'n y a las consecuencias de
las relaciones sexuales prematuras y sin proteccio'n. La
tendencia a tener experiencias sexuales a temprana edad, sumada a
la falta de informacio'n y servicios, aumenta el riesgo de
embarazos no deseados y a edad prematura, asi' como de contraer el
VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual y de abortar en
condiciones peligrosas. La maternidad prematura sigue siendo un
obsta'culo para el progreso educacional, econo'mico y social de la
mujer en todo el mundo. En li'neas generales, el matrimonio y la
maternidad prematuros pueden reducir dra'sticamente las
oportunidades de educacio'n y empleo de las nin~as y,
probablemente, perjudicar a largo plazo la calidad de su vida y de
la vida de sus hijos. No se suele ensen~ar a los adolescentes a
respetar la libre determinacio'n de la mujer y a compartir con
ella la responsabilidad que conllevan las cuestiones relativas a
la sexualidad y a la reproduccio'n.
94. La salud reproductiva es un estado general de bienestar
fi'sico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o
dolencias, en todos los aspectos relacionados con el sistema
reproductivo y sus funciones y procesos. En consecuencia, la
salud reproductiva entran~a la capacidad de disfrutar de una vida
sexual satisfactoria y sin riesgos y de procrear, y la libertad
para decidir hacerlo o no hacerlo, cua'ndo y con que' frecuencia.
Esta u'ltima condicio'n lleva impli'cito el derecho del hombre y
la mujer a obtener informacio'n y de planificacio'n de la familia
de su eleccio'n, asi' como a otros me'todos para la regulacio'n de
la fecundidad que no este'n legalmente prohibidos, y acceso a
me'todos seguros, eficaces, asequibles y aceptables, el derecho a
recibir servicios adecuados de atencio'n de la salud que permitan
los embarazos y los partos sin riesgos y den a las parejas las
ma'ximas posibilidades de tener hijos sanos. En consonancia con
esta definicio'n de salud reproductiva, la atencio'n de la salud
reproductiva se define como el conjunto de me'todos, te'cnicas y
servicios que contribuyen a la salud y al bienestar reproductivos
al evitar y resolver los problemas relacionados con la salud
reproductiva. Incluye tambie'n la salud sexual, cuyo objetivo es
el desarrollo de la vida y de las relaciones personales y no
meramente el asesoramiento y la atencio'n en materia de
reproduccio'n y de enfermedades de transmisio'n sexual.
95. Teniendo en cuanta la definicio'n que antecede, los derechos
reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya esta'n
reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos
internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos
pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso. Esos
derechos se basan en el reconocimiento del derecho ba'sico de
todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente
el nu'mero de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el
intervalo entre e'stos y a disponer de la informacio'n y de los
medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel ma's elevado de
salud sexual y reproductiva. Tambie'n incluye su derecho a
adoptar decisiones relativas a la reproduccio'n sin sufrir
discriminacio'n, coacciones ni violencia, de conformidad con lo
establecido en los documentos de derechos humanos. En ejercicio
de este derecho, las parejas y los individuos deben tener en
cuenta las necesidades de sus hijos nacidos y futuros y sus
obligaciones con la comunidad. La promocio'n del ejercicio
responsable de esos derechos de todos deben ser la base primordial
de las poli'ticas y programas estatales y comunitarios en la
esfera de la salud reproductiva, incluida la planificacio'n de la
familia. Como parte de este compromiso, se debe prestar plena
atencio'n, a la promocio'n de relaciones de respeto mutuo e
igualdad entre hombres y mujeres, y particularmente a las
necesidades de los adolescentes en materia de ensen~anza y de
servicios con objeto de que puedan asumir su sexualidad de modo
positivo y responsable. La salud reproductiva esta' fuera del
alcance de muchas personas de todo el mundo a causa de factores
como: los conocimientos insuficientes sobre la sexualidad humana
y la informacio'n y los servicios insuficientes o de mala calidad
en materia de salud reproductiva; la prevalencia de
comportamientos sexuales de alto riesgo; las pra'cticas sociales
discriminatorias; las actitudes negativas hacia las mujeres y las
nin~as; y el limitado poder de decisio'n que tienen muchas mujeres
respecto de su vida sexual y reproductiva. En la mayori'a de los
pai'ses, los adolescentes son particularmente vulnerables a causa
de su falta de informacio'n y de acceso a los servicios
pertinentes. Las mujeres y los hombres de ma's edad tienen
problemas especiales en materia de salud reproductiva, que no
suelen encararse de manera adecuada.
96. Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener
control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida
su salud sexual y reproductiva, y decidir libremente respecto de
esas cuestiones, sin verse sujeta a la coercio'n, la
discriminacio'n y la violencia. Las relaciones igualitarias entre
la mujer y el hombre respecto de las relaciones sexuales y la
reproduccio'n, incluido el pleno respeto de la integridad de la
persona, exigen el respeto y el consentimiento reci'procos y la
voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las
consecuencias del comportamiento sexual.
97. Adema's, la salud de la mujer esta' expuesta a riesgos
particulares debidos a la inadecuacio'n y a la falta de servicios
para atender las necesidades relativas a la salud sexual y
reproductiva. En muchas partes del mundo en desarrollo, las
complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto se cuentan
entre las principales causas de mortalidad y morbilidad de las
mujeres en edad reproductiva. Existen en cierta medida problemas
similares en algunos pai'ses con economi'a en transicio'n. El
aborto en condiciones peligrosas pone en peligro la vida de un
gran nu'mero de mujeres y representa un grave problema de salud
pu'blica, puesto que son las mujeres ma's pobres y jo'venes las
que corren ma's riesgos. La mayori'a de las muertes, problemas de
salud y lesiones se pueden evitar, mejorando el acceso a servicios
adecuados de atencio'n de la salud, incluidos los me'todos de
planificacio'n de la familia eficaces y sin riesgos y la atencio'n
obste'trica de emergencia, reconociendo el derecho de la mujer y
del hombre a la informacio'n y al acceso a me'todos seguros,
eficaces, asequibles y aceptables de planificacio'n de la familia,
asi' como a otros me'todos li'citos que decidan adoptar para el
control de la fecundidad, y al acceso a servicios adecuados de
atencio'n de la salud que permitan que el embarazo y el parto
transcurran en condiciones de seguridad y ofrezcan a las parejas
las mayores posibilidades de tener un hijo sano. Habri'a que
examinar estos problemas y los medios para combatirlos sobre la
base del informe de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, con particular referencia a los
pa'rrafos pertinentes del Programa de Accio'n de la Conferencia
14/. En la mayor parte de los pai'ses, la falta de atencio'n de
los derechos reproductivos de la mujer limita gravemente sus
oportunidades en la vida pu'blica y privada, incluidas las
oportunidades de educacio'n y pleno ejercicio de sus derechos
econo'micos y poli'ticos. La capacidad de la mujer para controlar
su propia fecundidad constituye una base fundamental para el
disfrute de otros derechos. La responsabilidad compartida por la
mujer y el hombre de las cuestiones relativas al comportamiento
sexual y reproductivo tambie'n es indispensable para mejorar la
salud de la mujer.
98. El VIH/SIDA y otras enfermedades transmitidas por contacto
sexual, cuyo contagio es a veces consecuencia de la violencia
sexual, tienen efectos devastadores en la salud de la mujer, en
particular de las adolescentes y jo'venes. Las mujeres no suelen
tener el poder necesario para insistir en que se adopten
pra'cticas sexuales libres de riesgo y tienen un acceso reducido a
la informacio'n y a los servicios de prevencio'n y tratamiento.
Las mujeres, que representan la mitad de los adultos que contraen
el VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual, han hecho
hincapie' en que su vulnerabilidad social y las relaciones de
poder desiguales entre la mujer y el hombre constituyen
obsta'culos para el sexo libre de riesgos, en sus esfuerzos por
reducir la propagacio'n de las enfermedades de transmisio'n
sexual. Las consecuencias del VIH/SIDA no so'lo afectan a la
salud de la mujer, sino tambie'n a su funcio'n de madre y
encargada del cuidado de otros y a su contribucio'n al apoyo
econo'mico de su familia. Es preciso examinar desde la
perspectiva de ge'nero los efectos del VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual en la sociedad, el desarrollo
y la salud.
99. La violencia sexual y basada en el ge'nero, incluidos los
malos tratos fi'sicos y psicolo'gicos, la trata de mujeres y
nin~as, asi' como otras formas de malos tratos y la explotacio'n
sexual exponen a las nin~as y a las mujeres a un alto riesgo de
padecer traumas fi'sicos y mentales, asi' como enfermedades y
embarazos no deseados. Esas situaciones suelen disuadir a las
mujeres de utilizar los servicios de salud y otros servicios.
100. Los trastornos mentales relacionados con la marginalizacio'n,
la impotencia y la pobreza, junto con el trabajo excesivo,
el estre's y la frecuencia cada vez mayor de la violencia en el
hogar, asi' como el uso indebido de sustancias, se cuentan entre
otras cuestiones de salud que preocupan cada vez ma's a la mujer.
En todo el mundo, las mujeres, especialmente las jo'venes, fuman
cada vez ma's cigarrillos, con los graves efectos que ello acarrea
para su salud y la de sus hijos. Tambie'n han cobrado importancia
las cuestiones relacionadas con la salud ocupacional, pues un
nu'mero cada vez mayor de mujeres realiza trabajos poco
remunerados en el mercado laboral estructurado o no estructurado
en condiciones tediosas e insalubres. El ca'ncer de mama,
de cuello del u'tero y otros ca'nceres del sistema reproductivo,
asi' como la infertilidad, afectan a un nu'mero cada vez mayor de
mujeres; esas afecciones son evitables o curables con un
diagno'stico precoz.
101. Con el aumento de la esperanza de vida y el nu'mero cada vez
mayor de ancianas, la salud de las mujeres de edad avanzada exige
una atencio'n particular. Las perspectivas a largo plazo de la
salud de la mujer sufren transformaciones en la menopausia que,
sumadas a afecciones cro'nicas y a otros factores, como la mala
nutricio'n y la falta de actividad fi'sica, pueden aumentar el
riesgo de enfermedades cardiovasculares y osteoporosis. Tambie'n
merecen una atencio'n particular otras enfermedades asociadas al
envejecimiento y las relaciones entre el envejecimiento y la
discapacidad de la mujer.
102. Al igual que el hombre, la mujer, sobre todo en las zonas
rurales y en las zonas urbanas pobres, esta' cada vez ma's
expuesta a los riesgos que entran~an para la salud las
cata'strofes ambientales y la degradacio'n del medio ambiente.
Los diversos peligros, contaminantes y sustancias que se
encuentran en el medio ambiente afectan a la mujer de forma
diferente que al hombre, por lo que su exposicio'n a esos factores
tiene consecuencias diferentes.
103. La calidad de la atencio'n de la salud de la mujer suele ser
deficiente en diversos aspectos, segu'n las circunstancias
locales. En muchos casos, no se trata a la mujer con respeto, no
se le garantiza la privacidad y la confidencialidad ni se le
ofrece informacio'n completa sobre las opciones y los servicios a
su alcance. Adema's, en algunos pai'ses se suelen recetar ma's
medicamentos de los necesarios o dosis ma's altas para tratar las
afecciones propias de la mujer, lo cual lleva a intervenciones
quiru'rgicas innecesarias y una medicacio'n inadecuada.
104. Las estadi'sticas sobre salud no se suelen reunir, desglosar
y analizar de forma sistema'tica por edad, sexo y situacio'n
socioecono'mica basa'ndose en criterios demogra'ficos establecidos
utilizados para atender los intereses y resolver los problemas de
subgrupos, haciendo especial hincapie' en los
elementos vulnerables y marginados y otras variables pertinentes.
En muchos pai'ses no existen datos recientes y fidedignos sobre la
mortalidad y la morbilidad de la mujer, ni sobre las afecciones y
enfermedades que afectan a la mujer en particular. Se sabe
relativamente poco sobre las formas en que los factores sociales y
econo'micos afectan a la salud de nin~as y mujeres de todas las
edades, sobre la prestacio'n de servicios de salud a nin~as y
mujeres y las modalidades de su utilizacio'n de esos servicios y
sobre el valor de los programas de prevencio'n de enfermedades y
de promocio'n de la salud de las mujeres. No se han hecho
investigaciones suficientes sobre temas de importancia para la
salud de la mujer, y a menudo se carece de fondos para esas
investigaciones. Las investigaciones sobre las enfermedades
coronarias, por ejemplo, y los estudios epidemiolo'gicos de muchos
pai'ses suelen basarse u'nicamente en el ana'lisis de pacientes
varones. Los ensayos cli'nicos con mujeres encaminados a
establecer informacio'n ba'sica sobre las dosis, los efectos
secundarios y la eficacia de medicamentos, incluidos los
anticonceptivos, son notablemente raros y, cuando los hay, no se
suelen ajustar a las normas e'ticas de investigacio'n y ensayo.
Muchos protocolos de terapias de drogas y otros tratamientos
me'dicos que se aplican a la mujer, asi' como muchas
intervenciones que se le practican, se basan en investigaciones
sobre pacientes varones que no se han sometido a un ana'lisis o
ajuste posterior para dar cabida a las diferencias entre uno y
otro sexo.
105. En la lucha contra las desigualdades en materia de salud,
asi' como contra el acceso desigual a los servicios de atencio'n
de la salud y su insuficiencia, los gobiernos y otros agentes
deberi'an promover una poli'tica activa y visible de integracio'n
de una perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas,
a fin de que se haga un ana'lisis de los efectos en uno y otro
sexo de las decisiones antes de adoptarlas.
Objetivo estrate'gico C.1. Fomentar el acceso de la mujer durante
toda su vida a servicios de atencio'n de la salud y a informacio'n y servicios
conexos adecuados, de bajo costo y de buena calidad
Medidas que han de adoptarse
106. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en colaboracio'n
con las organizaciones no gubernamentales y organizaciones de
empleadores y trabajadores y con el respaldo de instituciones
internacionales:
a) Respaldar y cumplir los compromisos contrai'dos en el
Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional
sobre la Poblacio'n y el Desarrollo segu'n se
establecio' en el informe de dicha Conferencia, y la
Declaracio'n y Programa de Accio'n sobre Desarrollo
Social adoptados en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Social 15/ celebrada en Copenhague, asi' como las
obligaciones de los Estados partes con arreglo a la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer y otros acuerdos
internacionales pertinentes, de satisfacer las
necesidades de las nin~as y las mujeres de todas las
edades en materia de salud;
b) Reafirmar el derecho al disfrute del ma's alto nivel
posible de salud fi'sica y mental, proteger y promover
el respeto de ese derecho de la mujer y de la nin~a, por
ejemplo, incorpora'ndolo en las legislaciones
nacionales; examinar las leyes en vigor, incluidas las
relativas a la atencio'n de salud, y las poli'ticas
conexas, cuando sea oportuno, para poner de manifiesto
el intere's por la salud de la mujer y asegurarse de que
responden a las nuevas funciones y responsabilidades de
la mujer, dondequiera que vivan;
c) Concebir y ejecutar, en colaboracio'n con mujeres y
organizaciones locales, programas de salud con
orientacio'n de ge'nero que prevean, por ejemplo,
servicios de salud descentralizados, presten atencio'n a
las necesidades de la mujer durante toda su vida y a sus
mu'ltiples funciones y responsabilidades, su limitada
disponibilidad de tiempo, las necesidades especiales de
la mujer de los medios rurales y la mujer con
discapacidades y las diversas necesidades de la mujer
segu'n su edad y su condicio'n socioecono'mica y
cultural, entre otras cosas; hacer participar a la
mujer, especialmente la mujer indi'gena y la mujer de
las comunidades locales, en la determinacio'n de las
prioridades y la preparacio'n de programas de atencio'n
de salud; y suprimir todos los obsta'culos que impiden
el acceso de la mujer a los servicios de salud y ofrecer
toda una serie de servicios de asistencia sanitaria;
d) Posibilitar el acceso de la mujer a los sistemas de
seguridad social en condiciones de igualdad con el
hombre durante toda su vida;
e) Proporcionar servicios de atencio'n primaria de salud
ma's accesibles, econo'micos y de calidad que incluyan
la atencio'n de la salud sexual y reproductiva, que
comprende servicios de planificacio'n de la familia y la
informacio'n al respecto, y concedan especial
importancia a los servicios de maternidad y de
obstetricia de urgencia como se acordo' en el Programa
de Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo;
f) Reformular los sistemas de informacio'n, los servicios y
la capacitacio'n en materia de salud destinados a los
trabajadores de la salud, de manera que respondan a las
necesidades en materia de ge'nero y se hagan eco de las
perspectivas de los usuarios con respecto a la capacidad
de comunicacio'n y relacio'n personal y del derecho del
usuario a la privacidad y confidencialidad. Estos
servicios y los servicios de informacio'n y
capacitacio'n deben basarse en un enfoque integral;
g) Asegurarse de que todos los servicios y trabajadores
relacionados con la atencio'n de salud respetan los
derechos humanos y siguen normas e'ticas, profesionales
y no sexistas a la hora de prestar servicios a la mujer,
para lo cual se debe contar con el consentimiento
responsable, voluntario y bien fundado de e'sta.
Alentar la preparacio'n, aplicacio'n y divulgacio'n de
co'digos de e'tica orientados por los co'digos
internacionales de e'tica me'dica al igual que por los
principios e'ticos que rigen a otros profesionales de la
salud;
h) Adoptar todas las medidas necesarias para acabar con las
intervenciones me'dicas perjudiciales para la salud,
innecesarias desde un punto de vista me'dico o
coercitivas y con los tratamientos inadecuados o la
administracio'n excesiva de medicamentos a la mujer,
y hacer que todas las mujeres dispongan de informacio'n
completa sobre las posibilidades que se les ofrecen,
incluidos los beneficios y efectos secundarios posibles,
por personal debidamente capacitado;
i) Fortalecer y reorientar los servicios de salud, en
particular la atencio'n primaria de salud, con el fin de
dar acceso universal a servicios de salud de calidad
para nin~as y mujeres y de reducir las enfermedades y la
morbilidad derivada de la maternidad y alcanzar a nivel
mundial el objetivo convenido de reducir la mortalidad
derivada de la maternidad como mi'nimo en un 50% de los
valores de 1990 para el an~o 2000 y en otro 50% para el
an~o 2015; garantizar que cada sector del sistema de
salud ofrezca los servicios necesarios; y tomar las
medidas oportunas para que se ofrezcan servicios de
salud reproductiva, a trave's del sistema de atencio'n
primaria de salud, a todas las personas en edad de
recibirla lo antes posible y no ma's tarde del
an~o 2015;
j) Reconocer y afrontar las consecuencias que tienen para
la salud los abortos peligrosos, por ser una cuestio'n
de gran importancia para la salud pu'blica, tal como se
acordo' en el pa'rrafo 8.25 del Programa de Accio'n de
la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo14;
k) A la luz de lo dispuesto en el pa'rrafo 8.25 del
Programa de Accio'n de la Conferencia Internacional
sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, donde se establece
que: "En ningu'n caso se debe promover el aborto como
me'todo de planificacio'n de la familia. Se insta a
todos los gobiernos y a las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a
incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a
ocuparse de los efectos que en la salud tienen los
abortos realizados en condiciones no adecuadas 16/ como
un importante problema de salud pu'blica y a reducir el
recurso al aborto mediante la prestacio'n de ma's
amplios y mejores servicios de planificacio'n de la
familia. Las mujeres que tienen embarazos no deseados
deben tener fa'cil acceso a informacio'n fidedigna y a
asesoramiento comprensivo. Cualesquiera medidas o
cambios relacionados con el aborto que se introduzcan en
el sistema de salud se pueden determinar u'nicamente a
nivel nacional o local de conformidad con el proceso
legislativo nacional. En los casos en que el aborto no
es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en
condiciones adecuadas. En todos los casos, las mujeres
deberi'an tener acceso a servicios de calidad para
tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se
deberi'an ofrecer con prontitud servicios de
planificacio'n de la familia, educacio'n y asesoramiento
postaborto que ayuden tambie'n a evitar la repeticio'n
de los abortos", considerar la posibilidad de revisar
las leyes que preve'n medidas punitivas contra las
mujeres que han tenido abortos ilegales;
l) Prestar especial atencio'n a las necesidades de las
nin~as, en particular la promocio'n de actividades
saludables, como las actividades fi'sicas; adoptar
medidas concretas para reducir las diferencias por
motivos de ge'nero en las tasas de morbilidad y
mortalidad de las muchachas en situacio'n desfavorecida,
y al mismo tiempo alcanzar las metas aprobadas a nivel
internacional en materia de reduccio'n de la mortalidad
de lactantes y de nin~os, y concretamente reducir para
el an~o 2000 la tasa de mortalidad de lactantes y de
nin~os menores de 5 an~os en una tercera parte de los
valores de 1990, o de 50 a 70 por 1.000 nacidos vivos si
esa cifra es menor; para el an~o 2015 se deberi'a
alcanzar una tasa de mortalidad de lactantes de 35 por
1.000 nacidos vivos y una tasa de mortalidad de nin~os
menores de 5 an~os de menos de 45 por 1.000;
m) Conseguir que las nin~as dispongan en todo momento de la
informacio'n y los servicios necesarios en materia de
salud y nutricio'n a medida que van creciendo, con el
fin de facilitar una transicio'n saludable de la nin~ez
a la edad adulta;
n) Preparar informacio'n, programas y servicios para ayudar
a la mujer a comprender y asimilar los cambios
relacionados con la edad, y abordar las necesidades en
materia de salud de las mujeres de edad avanzada,
prestando especial atencio'n a las que tengan problemas
de tipo fi'sico o psicolo'gico;
o) Conseguir que las muchachas y las mujeres de cualquier
edad que tengan discapacidades reciban servicios de
apoyo;
p) Formular poli'ticas especiales, preparar programas y
promulgar las leyes necesarias para reducir y eliminar
los riesgos para la salud relacionados con el medio
ambiente y con el trabajo de la mujer en el hogar, en el
lugar de trabajo y en cualquier otra parte, prestando
atencio'n a las mujeres embarazadas y lactantes;
q) Integrar los servicios de salud mental en los sistemas
de atencio'n primaria de la salud u otros sistemas
pertinentes, elaborar programas de apoyo y capacitar a
los trabajadores atencio'n primaria de la salud para que
puedan reconocer y tratar a las nin~as y a las mujeres
de todas las edades que hayan sido vi'ctimas de
cualquier tipo de violencia, especialmente violencia en
el hogar, abusos sexuales u otro tipo de abuso durante
conflictos armados y de otra i'ndole;
r) Promover la informacio'n pu'blica sobre las ventajas de
la lactancia materna; estudiar las posibles maneras de
aplicar plenamente el Co'digo Internacional de
Comercializacio'n de Suceda'neos de la Leche Materna
(OMS/UNICEF), y ofrecer a las madres apoyo legal,
econo'mico, pra'ctico y emocional para que puedan
amamantar a sus hijos;
s) Establecer mecanismos que respalden y posibiliten la
participacio'n de organizaciones no gubernamentales, en
particular organizaciones de mujeres, grupos
profesionales y otros o'rganos dedicados al mejoramiento
de la salud de las nin~as y las mujeres en la
elaboracio'n de poli'ticas, la formulacio'n de
programas, segu'n sea oportuno, y su ejecucio'n en el
sector de la salud y sectores conexos en todos los
niveles;
t) Prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales
dedicadas a la salud de la mujer y ayudar a establecer
redes con el objeto de mejorar la coordinacio'n y la
colaboracio'n entre todos los sectores relacionados con
la salud;
u) Racionalizar las poli'ticas de adquisicio'n de
medicamentos y asegurarse de que exista una oferta
permanente de medicamentos de calidad, anticonceptivos y
suministros y equipo de otro tipo, sobre la base de la
lista de medicamentos esenciales de la OMS; y garantizar
la seguridad de los fa'rmacos y dispositivos me'dicos
mediante mecanismos nacionales de regulacio'n de la
aprobacio'n de fa'rmacos;
v) Facilitar el acceso a tratamientos adecuados y servicios
de rehabilitacio'n para toxico'manas y sus familias;
w) Propiciar y alcanzar la seguridad alimentaria a nivel
nacional y en el hogar, segu'n sea oportuno, y poner en
marcha programas destinados a mejorar el estado de
nutricio'n de todas las nin~as y mujeres, cumpliendo los
compromisos contrai'dos en el Plan de Accio'n sobre
Nutricio'n de la Conferencia Internacional sobre
Nutricio'n 17/, incluida la reduccio'n a nivel mundial
de la malnutricio'n grave y moderada de los nin~os
menores de 5 an~os en un 50% de los niveles de 1990 para
el an~o 2000, concediendo especial atencio'n a las
diferencias entre los sexos en materia de nutricio'n, y
la reduccio'n de la anemia ferrope'nica de las nin~as y
las mujeres en un tercio de los niveles de 1990 para el
an~o 2000;
x) Garantizar la disponibilidad y el acceso universal al
agua apta para el consumo y el saneamiento e instalar
sistemas eficaces de distribucio'n pu'blica lo antes
posible;
y) Garantizar el acceso pleno y en condiciones de igualdad
a la infraestructura y los servicios de atencio'n de
salud para las mujeres indi'genas.
Objetivo estrate'gico C.2. Fortalecer los programas de
prevencio'n
que promueven la salud de la mujer
Medidas que han de adoptarse
107. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en cooperacio'n con
las organizaciones no gubernamentales, los medios de informacio'n,
el sector privado y las organizaciones internacionales
pertinentes, entre ellas los o'rganos adecuados de las Naciones
Unidas:
a) Dar prioridad a los programas de educacio'n formal y no
formal que apoyan a la mujer y le permiten desarrollar
su autoestima, adquirir conocimientos, tomar decisiones
y asumir responsabilidades sobre su propia salud, lograr
el respeto mutuo en asuntos relativos a la sexualidad y
fecundidad, e informar a los hombres sobre la
importancia de la salud y el bienestar de las mujeres,
prestando especial atencio'n a los programas, tanto para
hombres como para mujeres, en que se hace hincapie' en
la eliminacio'n de las actitudes y pra'cticas nocivas,
entre ellas la mutilacio'n genital femenina, la
preferencia por los hijos varones (que lleva al
infanticidio femenino y a la seleccio'n prenatal del
sexo), los matrimonios a edad temprana, en particular en
la infancia, la violencia contra la mujer, la
explotacio'n sexual, los malos tratos sexuales, que a
veces llevan a la infeccio'n con el VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual, el uso indebido de
drogas, la discriminacio'n contra las nin~as y las
mujeres en la distribucio'n de alimentos y otras
actitudes y pra'cticas perjudiciales que afectan a la
vida, la salud y el bienestar de las mujeres,
y reconocer que algunas de estas pra'cticas pueden
constituir violaciones de los derechos humanos y los
principios me'dicos e'ticos;
b) Aplicar poli'ticas sociales, de desarrollo humano, de
educacio'n y de empleo encaminadas a eliminar la pobreza
entre las mujeres a fin de reducir su susceptibilidad a
las enfermedades y mejorar su salud;
c) Alentar a los hombres a que participen en condiciones de
igualdad en el cuidado de los hijos y el trabajo
dome'stico y a que aporten la parte que les corresponde
de apoyo financiero a sus familias, incluso cuando no
vivan con ellas;
d) Reforzar las leyes, reformar las instituciones y
promover normas y pra'cticas que eliminen la
discriminacio'n contra las mujeres y alentar tanto a las
mujeres como a los hombres a asumir la responsabilidad
de su comportamiento sexual con respecto a la
procreacio'n; garantizar el pleno respeto a la
integridad de la persona, tomar medidas para garantizar
las condiciones necesarias para que las mujeres ejerzan
sus derechos con respecto a la procreacio'n y eliminar
las leyes y pra'cticas coercitivas;
e) Preparar y difundir informacio'n accesible, mediante
campan~as de salud pu'blica, los medios de
comunicacio'n, buenos servicios de asesoramiento y el
sistema educacional, con el objeto de garantizar que las
mujeres y los hombres, en particular las jo'venes y los
jo'venes, puedan adquirir conocimientos sobre su salud,
especialmente informacio'n sobre la sexualidad y la
reproduccio'n, teniendo en cuenta los derechos del nin~o
de acceso a la informacio'n, privacidad,
confidencialidad, respeto y consentimiento informado,
asi' como los derechos, deberes y responsabilidades de
los padres y de otras personas juri'dicamente
responsables de los nin~os de facilitar, con arreglo a
las capacidades que vaya adquiriendo el nin~o,
orientacio'n apropiada en el ejercicio por el nin~o de
los derechos reconocidos en la Convencio'n sobre los
Derechos del Nin~o y de conformidad con la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer. En todas las medidas
que afecten a los nin~os, una de las consideraciones
primordiales sera' el bienestar del propio nin~o;
f) Crear y apoyar programas en el sistema educacional, en
el lugar de trabajo, y en la comunidad para que las
nin~as y las mujeres de todas las edades puedan
participar en los deportes, las actividades fi'sicas y
de recreo puestas a su disposicio'n sobre la misma base
en que participan los hombres y los muchachos en las
actividades puestas a la disposicio'n de ellos;
g) Reconocer las necesidades especi'ficas de los
adolescentes y aplicar programas adecuados concretos,
por ejemplo de educacio'n e informacio'n sobre
cuestiones de salud sexual y reproductiva y sobre
enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el
VIH/SIDA, teniendo en cuenta los derechos del nin~o y
los derechos, deberes y responsabilidades de los padres
tal y como se afirma en el pa'rrafo 107 e);
h) Establecer poli'ticas que reduzcan la carga
desproporcionada y cada vez mayor que recae sobre las
mujeres que desempen~an mu'ltiples funciones dentro de
la familia y de la comunidad proporciona'ndoles apoyo
suficiente y programas con cargo a los servicios de
salud y sociales;
i) Adoptar normas que garanticen que las condiciones de
trabajo, entre ellas la remuneracio'n y el ascenso de
las mujeres a todos los niveles del sistema de salud no
sean discriminatorias y se ajusten a pautas justas y
profesionales a fin de permitirles trabajar con
eficacia;
j) Garantizar que la informacio'n y capacitacio'n en
materia de salud y nutricio'n formen parte integrante de
todos los programas de alfabetizacio'n de adultos y de
los programas escolares desde el nivel primario;
k) Formular y aplicar campan~as de difusio'n y programas de
informacio'n y educacio'n que informen a las mujeres y a
las muchachas sobre los riesgos para la salud y los
riesgos conexos que plantea el uso indebido de drogas y
la adiccio'n, y preparar estrategias y programas que
desalienten el uso indebido de drogas y la adiccio'n y
promuevan la rehabilitacio'n y la recuperacio'n;
l) Formular y aplicar programas amplios y coherentes para
la prevencio'n, el diagno'stico y el tratamiento de la
osteoporosis, afeccio'n que sufren sobre todo las
mujeres;
m) Establecer y/o fortalecer programas y servicios,
incluidas campan~as en los medios de comunicacio'n, que
se ocupen de la prevencio'n, la deteccio'n precoz y el
tratamiento del ca'ncer de mama, el ca'ncer
cervicouterino y otros ca'nceres del sistema
reproductivo;
n) Reducir los riesgos ambientales que plantean una amenaza
cada vez mayor a la salud, especialmente en las regiones
y las comunidades pobres; aplicar un planteamiento
preventivo, de conformidad con lo acordado en la
Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo aprobada por la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 18/
e incluir informacio'n sobre los riesgos para la salud
de las mujeres relacionados con el medio ambiente en la
supervisio'n de la aplicacio'n del Programa 21 19/;
o) Crear conciencia entre las mujeres, los profesionales de
salud, los encargados de determinar poli'ticas y el
pu'blico en general sobre los riesgos para la salud,
graves pero que pueden prevenirse, que plantea el
consumo de tabaco y la necesidad de adoptar medidas
normativas y de informacio'n para reducir el ha'bito de
fumar como actividades importantes de promocio'n de la
salud y prevencio'n de enfermedades;
p) Garantizar que los programas de las facultades de
medicina y otros programas de formacio'n sanitaria
incluyan cursos sobre la salud de la mujer generales,
obligatorios y que tengan en cuenta los aspectos
relacionados con el ge'nero;
q) Adoptar medidas especi'ficas preventivas para proteger a
las mujeres, los jo'venes y los nin~os de todo maltrato,
abuso sexual, explotacio'n, tra'fico y violencia, por
ejemplo en la formulacio'n y la aplicacio'n de las
leyes, y prestar proteccio'n juri'dica y me'dica y otro
tipo de asistencia.
Objetivo estrate'gico C.3. Tomar iniciativas en que se
tenga en cuenta el ge'nero para
hacer frente a las enfermedades
de transmisio'n sexual, el
VIH/SIDA y otras cuestiones de
salud sexual y reproductiva
Medidas que han de adoptarse
108. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los organismos
internacionales, incluidas las organizaciones pertinentes de las
Naciones Unidas, los donantes bilaterales y multilaterales y las
organizaciones no gubernamentales:
a) Garantizar la participacio'n de las mujeres, en
particular de las infectadas con el VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual o afectadas por la
pandemia del VIH/SIDA, en todas las decisiones relativas
al desarrollo, la aplicacio'n, la supervisio'n y la
evaluacio'n de las poli'ticas y los programas sobre el
VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual;
b) Revisar y enmendar las leyes y combatir las pra'cticas,
segu'n sea pertinente, que puedan contribuir a la
susceptibilidad de las mujeres a la infeccio'n con el
VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual, entre
otras cosas promulgando leyes contra las pra'cticas
socioculturales que contribuyen a ello y, aplicar leyes,
poli'ticas y pra'cticas que protejan a las mujeres, las
adolescentes y las nin~as de la discriminacio'n basada
en el VIH/SIDA;
c) Alentar a todos los sectores de la sociedad, incluido el
sector pu'blico, asi' como a las organizaciones
internacionales, a que formulen poli'ticas y pra'cticas
compasivas y de apoyo, no discriminatorias, en relacio'n
con el VIH/SIDA, que protejan los derechos de las
personas infectadas;
d) Reconocer el alcance de la pandemia VIH/SIDA en sus
pai'ses, teniendo en cuenta en especial su repercusio'n
en las mujeres, con miras a garantizar que las mujeres
infectadas no sean estigmatizadas ni sufran
discriminacio'n, incluso durante los viajes;
e) Preparar programas y estrategias multisectoriales que
tengan en cuenta el ge'nero para poner fin a la
subordinacio'n social de las mujeres y las nin~as y
garantizar su potenciacio'n e igualdad social y
econo'mica; facilitar la promocio'n de programas para
informar a los hombres y capacitarles para que asuman
sus responsabilidades en la prevencio'n del VIH/SIDA y
otras enfermedades de transmisio'n sexual;
f) Facilitar el desarrollo de estrategias de la comunidad
que protejan a las mujeres de todas las edades del VIH y
otras enfermedades de transmisio'n sexual, proporcionen
atencio'n y apoyo a las nin~as y a las mujeres afectadas
y a sus familias y movilicen a todas las partes de la
comunidad en respuesta a la pandemia del VIH/SIDA para
que ejerzan presio'n sobre todas las autoridades
responsables a fin de que respondan de manera puntual,
efectiva, sostenible y que tenga en cuenta el ge'nero;
g) Apoyar y fortalecer la capacidad nacional de crear y
mejorar poli'ticas y programas sobre el VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual que tengan en cuenta
el ge'nero, incluido el suministro de recursos y
facilidades a las mujeres que tienen a su cargo la
responsabilidad principal del cuidado, o el apoyo
econo'mico de personas infectadas por el VIH/SIDA o que
esta'n afectadas por la pandemia, y a los
sobrevivientes, en particular nin~os o ancianos;
h) Impartir seminarios y educacio'n y formacio'n
especializada a los padres, a los encargados de adoptar
decisiones y a quienes crean opinio'n a todos los
niveles de la comunidad, incluidas las autoridades
religiosas y tradicionales, sobre la prevencio'n del
VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisio'n sexual y
sus consecuencias en las mujeres y en los hombres de
todas las edades;
i) Impartir a todas las mujeres y los trabajadores de la
salud toda la informacio'n y educacio'n pertinentes
sobre las enfermedades de transmisio'n sexual, inclusive
el VIH/SIDA, y sobre el embarazo, asi' como las
consecuencias para el bebe', incluso la lactancia
materna;
j) Prestar asistencia a las mujeres y a sus organizaciones
oficiales y no oficiales para que establezcan y ampli'en
programas eficaces de educacio'n e informacio'n de sus
iguales y participen en la elaboracio'n, aplicacio'n y
supervisio'n de estos programas;
k) Prestar plena atencio'n a la promocio'n de relaciones de
ge'nero mutuamente respetuosas y justas y, en
particular, a las necesidades de educacio'n y de
servicios de los adolescentes para que puedan encarar su
sexualidad de manera positiva y responsable;
l) Preparar programas especi'ficos para varones de todas
las edades, y para los varones adolescentes,
reconociendo las funciones parentales a que se hace
referencia en el pa'rrafo 107 e) supra, con objeto de
proporcionar informacio'n completa y fidedigna sobre
conducta sexual responsable y sin riesgo, que incluya
me'todos voluntarios pertinentes y eficaces adoptados
por los varones para la prevencio'n del VIH/SIDA y otras
enfermedades de transmisio'n sexual, mediante, entre
otros, la abstinencia y el uso de preservativos;
m) Garantizar la prestacio'n, mediante el sistema de
atencio'n primaria de la salud, del acceso universal de
las parejas y las personas a servicios de prevencio'n de
las enfermedades de transmisio'n sexual, entre ellas el
VIH/SIDA, pertinentes y asequibles, y ampliar la
prestacio'n de asesoramiento y de servicios de
diagno'stico voluntario y confidencial y de tratamiento
para las mujeres; garantizar el suministro y la
distribucio'n a los servicios sanitarios de
preservativos de calidad, asi' como de medicinas para el
tratamiento de las enfermedades sexuales, en la medida
de lo posible;
n) Apoyar los programas que tengan en cuenta que el mayor
riesgo que corren las mujeres de contraer el VIH se
relaciona con un comportamiento de alto riesgo, que
incluye el uso de sustancias intravenosas y la
influencia de la droga, el comportamiento sexual no
protegido e irresponsable, y tomar medidas preventivas
pertinentes;
o) Apoyar y acelerar las investigaciones orientadas hacia
la accio'n sobre me'todos asequibles, controlados por
las mujeres, para prevenir el VIH y otras enfermedades
de transmisio'n sexual, sobre estrategias que permitan a
las mujeres protegerse de las enfermedades de
transmisio'n sexual, entre ellas el VIH/SIDA, y sobre
me'todos de atencio'n, apoyo y tratamiento propios de
las mujeres, garantizando su participacio'n en todos los
aspectos de tales investigaciones;
p) Apoyar e iniciar investigaciones que se ocupen de las
necesidades de las mujeres y de las situaciones que las
aparten, incluidas investigaciones sobre la infeccio'n
por el VIH y otras enfermedades de transmisio'n sexual
en las mujeres, sobre me'todos de proteccio'n
controlados por las mujeres, por ejemplo microbicidas no
espermicidas, y sobre actitudes y pra'cticas arriesgadas
masculinas y femeninas.
Objetivo estrate'gico C.4. Promover la investigacio'n y
difundir
informacio'n sobre a salud de
la mujer
Medidas que han de adoptarse
109. Medidas que han de adoptar los gobiernos, el sistema de las
Naciones Unidas, los profesionales de salud, las instituciones de
investigacio'n, las organizaciones no gubernamentales, los
donantes, las industrias farmace'uticas y los medios de
comunicacio'n, segu'n convenga:
a) Impartir formacio'n a los investigadores e introducir
sistemas que permitan el uso de los datos reunidos,
analizados y desglosados, entre otras cosas, por sexo y
edad y otros criterios demogra'ficos establecidos y
variables socioecono'micas, en la determinacio'n de
poli'ticas, segu'n convenga, la planificacio'n,
supervisio'n y evaluacio'n;
b) Promover investigaciones, tratamientos y tecnologi'as
que tengan en cuenta el ge'nero y que se centren en las
mujeres, y vincular los conocimientos tradicionales e
indi'genas con la medicina moderna, poniendo la
informacio'n a disposicio'n de las mujeres para
permitirles tomar decisiones informadas y responsables;
c) Aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de direccio'n
en las profesiones de la salud, incluso entre los
investigadores y cienti'ficos, para alcanzar la igualdad
lo antes posible;
d) Aumentar el apoyo financiero y de otra i'ndole de todas
las fuentes a las investigaciones preventivas,
biome'dicas, del comportamiento, epidemiolo'gicas y de
los servicios de la salud sobre cuestiones relativas a
la salud de las mujeres y a las investigaciones sobre
las causas sociales, econo'micas y poli'ticas de los
problemas de salud de las mujeres y sus consecuencias,
incluida la repercusio'n de las desigualdades de ge'nero
y de edad, especialmente con respecto a las enfermedades
cro'nicas y no transmisibles, en particular las
enfermedades y afecciones cardiovasculares, los
ca'nceres, las infecciones y lesiones del aparato
reproductivo, el VIH/SIDA y otras enfermedades de
transmisio'n sexual, la violencia dome'stica, la salud
en el trabajo, las incapacidades, los problemas
sanitarios relacionados con el medio ambiente, las
enfermedades tropicales y los aspectos de salud que
plantea el envejecimiento;
e) Informar a las mujeres sobre los factores que aumentan
los riesgos de desarrollar ca'nceres e infecciones del
aparato reproductivo, para que puedan tomar decisiones
bien informadas sobre su salud;
f) Apoyar y financiar investigaciones sociales,
econo'micas, poli'ticas y culturales sobre la manera en
que las desigualdades basadas en el ge'nero afectan la
salud de las mujeres, que incluyan cuestiones de
etiologi'a, epidemiologi'a, prestacio'n y utilizacio'n
de servicios y resultado final del tratamiento;
g) Prestar apoyo a la investigacio'n de los sistemas y las
operaciones de los servicios de salud para fortalecer el
acceso y mejorar la calidad de la prestacio'n de
servicios, garantizar un apoyo adecuado a las mujeres
que prestan servicios de salud y examinar modalidades
relativas a la prestacio'n de servicios de salud a las
mujeres y de la utilizacio'n de tales servicios por las
mujeres;
h) Prestar apoyo financiero e institucional a la
investigacio'n sobre me'todos y tecnologi'as seguros,
eficaces, asequibles y aceptables para la salud
reproductiva y sexual de las mujeres y los hombres,
incluidos me'todos ma's seguros, eficaces, asequibles y
aceptables para la regulacio'n de la fecundidad incluida
la planificacio'n natural de la familia para ambos
sexos, me'todos para la proteccio'n contra el VIH/SIDA y
otras enfermedades de transmisio'n sexual y me'todos
sencillos y baratos para el diagno'stico de tales
enfermedades, entre otras cosas. Estas investigaciones
deben guiarse en todas las etapas por los usuarios y han
de llevarse a cabo desde la perspectiva de la distinta
condicio'n entre varones y mujeres, en particular desde
la perspectiva de ge'nero, y realizarse en estricta
conformidad con normas de investigacio'n biome'dica,
juri'dicas, e'ticas, me'dicas y cienti'ficas
internacionalmente aceptadas;
i) Dado que el aborto sin condiciones de seguridad16
plantea una grave amenaza a la salud y la vida de las
mujeres, deben promoverse las investigaciones
encaminadas a comprender y encarar con mayor eficacia
las condiciones que determinan el aborto inducido y sus
consecuencias, incluidos sus efectos futuros en la
fecundidad, la salud reproductiva y mental y en la
pra'ctica anticonceptiva, adema's de las investigaciones
sobre el tratamiento de complicaciones planteadas por
los abortos, y los cuidados con posterioridad al aborto;
j) Reconocer y alentar la atencio'n tradicional de la salud
de efectos beneficiosos, especialmente la practicada por
mujeres indi'genas, con objeto de preservar e incorporar
el valor de la atencio'n tradicional a la salud en la
prestacio'n de servicios sanitarios, y apoyar las
investigaciones encaminadas a alcanzar este objetivo;
k) Elaborar mecanismos para evaluar y difundir los datos
disponibles y los resultados de las investigaciones a
los investigadores, los encargados de adoptar
poli'ticas, los profesionales de la salud y los grupos
de mujeres, entre otros;
l) Seguir de cerca las investigaciones sobre el genoma
humano y otras investigaciones gene'ticas conexas desde
la perspectiva de la salud de la mujer y difundir
informacio'n y los resultados de estudios realizados de
conformidad con las normas e'ticas aceptadas.
Objetivo estrate'gico C.5. Aumentar los recursos y
supervisar el
seguimiento de la salud de las
mujeres
Medidas que han de adoptarse
110. Medidas que han de adoptar los gobiernos a todos los niveles,
en colaboracio'n con las organizaciones no gubernamentales,
especialmente las organizaciones de mujeres y de jo'venes:
a) Aumentar las asignaciones presupuestarias para la
atencio'n primaria de la salud y los servicios sociales,
con suficiente apoyo a nivel secundario y terciario,
prestar especial atencio'n a la salud reproductiva y
sexual de las muchachas y las mujeres; y dar prioridad a
los programas de salud en las zonas rurales y en las
zonas urbanas pobres;
b) Elaborar planteamientos innovadores para la
financiacio'n de los servicios de salud mediante la
promocio'n de la participacio'n de la comunidad y la
financiacio'n local; aumentar, cuando sea necesario, las
consignaciones presupuestarias para los centros de salud
de las comunidades y los programas y servicios basados
en la comunidad que se ocupan de necesidades en materia
de salud especi'ficas de las mujeres;
c) Establecer servicios de salud que incorporen las
cuestiones relacionadas con el ge'nero en la labor de
promover sobre la base de la comunidad, la
participacio'n y la autoayuda, asi' como programas de
salud preventiva formulados especialmente;
d) Establecer objetivos y plazos, cuando convenga, para
mejorar la salud de las mujeres y para planificar,
aplicar, supervisar y evaluar los programas, sobre la
base de evaluaciones de la repercusio'n en materia de
ge'nero utilizando datos cualitativos y cuantitativos
desglosados por sexo, edad, otros criterios
demogra'ficos establecidos, y variables
socioecono'micas;
e) Establecer, cuando convenga, mecanismos ministeriales e
interministeriales para supervisar la aplicacio'n de las
reformas de las poli'ticas y los programas de salud de
las mujeres y establecer cuando proceda, s de
coordinacio'n a alto nivel en los organismos nacionales
de planificacio'n responsables de la supervisio'n para
garantizar que en todos los organismos y los programas
gubernamentales competentes se de' la debida importancia
a las preocupaciones sobre la salud de la mujer.
111. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las Naciones Unidas
y sus organismos especializados, las instituciones financieras
internacionales, los donantes bilaterales y el sector privado,
segu'n convenga:
a) Formular poli'ticas favorables a la inversio'n en la
salud de la mujer y cuando convenga, aumentar los
cre'ditos para estas inversiones;
b) Proporcionar asistencia material, financiera y
logi'stica adecuada a las organizaciones no
gubernamentales de jo'venes para fortalecerlas y
permitirles ocuparse de las preocupaciones relativas a
los jo'venes en la esfera de la salud con inclusio'n de
la salud sexual y reproductiva;
c) Dar mayor prioridad a la salud de la mujer y establecer
mecanismos para coordinar y aplicar los objetivos de la
salud de la Plataforma de Accio'n y los acuerdos
internacionales que sean pertinentes para garantizar el
progreso.
D. La violencia contra la mujer
112. La violencia contra la mujer impide el logro de los objetivos
de igualdad, desarrollo y paz. La violencia contra la mujer viola
y menoscaba o impide su disfrute de los derechos humanos y las
libertades fundamentales. La inveterada incapacidad de proteger y
promover esos derechos y libertades en los casos de violencia
contra la mujer es un problema que incumbe a todos los Estados y
exige que se adopten medidas al respecto. Desde la Conferencia de
Nairobi se ha ampliado considerablemente el conocimiento de las
causas, las consecuencias y el alcance de esa violencia, asi' como
las medidas encaminadas a ponerle fin. En todas las sociedades,
en mayor o menor medida, las mujeres y las nin~as esta'n sujetas a
malos tratos de i'ndole fi'sica, sexual y psicolo'gica, sin
distincio'n en cuanto a su nivel de ingresos, clase y cultura. La
baja condicio'n social y econo'mica de la mujer puede ser tanto
una causa como una consecuencia de la violencia de que es
vi'ctima.
113. La expresio'n "violencia contra la mujer" se refiere a todo
acto de violencia basado en el ge'nero que tiene como resultado
posible o real un dan~o fi'sico, sexual o psicolo'gico, incluidas
las amenazas, la coercio'n o la privacio'n arbitraria de la
libertad, ya sea que ocurra en la vida pu'blica o en la privada.
Por consiguiente, la violencia contra la mujer puede tener, entre
otras, las siguientes formas:
a) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica en la
familia, incluidos los golpes, el abuso sexual de las nin~as en el
hogar, la violencia relacionada con la dote, la violacio'n por el
marido, la mutilacio'n genital y otras pra'cticas tradicionales
que atentan contra la mujer, la violencia ejercida por personas
distintas del marido y la violencia relacionada con la
explotacio'n;
b) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica al nivel de
la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos
sexuales, el hostigamiento y la intimidacio'n sexuales en el
trabajo, en instituciones educacionales y en otros a'mbitos, la
trata de mujeres y la prostitucio'n forzada;
c) La violencia fi'sica, sexual y psicolo'gica perpetrada o
tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.
114. Entre otros actos de violencia contra la mujer cabe sen~alar
las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones
de conflicto armado, en particular los asesinatos, las violaciones
sistema'ticas, la esclavitud sexual y los embarazos forzados.
115. Los actos de violencia contra la mujer tambie'n incluyen la
esterilizacio'n forzada y el aborto forzado, la utilizacio'n
coercitiva o forzada de anticonceptivos, el infanticidio de nin~as
y la determinacio'n prenatal del sexo.
116. Algunos grupos de mujeres, como las que pertenecen a grupos
minoritarios, las indi'genas, las refugiadas, las mujeres que
emigran, incluidas las trabajadoras migratorias, las mujeres
pobres que viven en comunidades rurales o distantes, las mujeres
indigentes, las mujeres recluidas en instituciones o ca'rceles,
las nin~as, las mujeres con discapacidades, las mujeres de edad,
las mujeres desplazadas, las mujeres repatriadas, las mujeres
pobres y las mujeres en situaciones de conflicto armado,
ocupacio'n extranjera, guerras de agresio'n, guerras civiles y
terrorismo, incluida la toma de rehenes, son tambie'n
particularmente vulnerables a la violencia.
117. Los actos o las amenazas de violencia ya se trate de los
actos que ocurren en el hogar o en la comunidad o de los actos
perpetrados o tolerados por el Estado, infunden miedo e
inseguridad en la vida de las mujeres e impiden lograr la
igualdad, el desarrollo y la paz. El miedo a la violencia,
incluido el hostigamiento, es un obsta'culo constante para la
movilidad de la mujer, que limita su acceso a actividades y
recursos ba'sicos. La violencia contra la mujer tiene costos
sociales, sanitarios y econo'micos elevados para el individuo y la
sociedad. La violencia contra la mujer es uno de los mecanismos
sociales fundamentales mediante los que se coloca a la mujer en
una posicio'n de subordinacio'n frente al hombre. En muchos
casos, la violencia contra las mujeres y las nin~as ocurre en la
familia o en el hogar, donde a menudo se tolera la violencia. El
abandono, el abuso fi'sico y sexual y la violacio'n de las nin~as
y las mujeres por miembros de la familia y otros habitantes de la
casa, asi' como los casos de abusos cometidos por el marido u
otros familiares, no suelen denunciarse, por lo que son difi'ciles
de detectar. Aun cuando se denuncien, a menudo sucede que no se
protege a las vi'ctimas ni se castiga a los agresores.
118. La violencia contra la mujer es una manifestacio'n de las
relaciones de poder histo'ricamente desiguales entre mujeres y
hombres, que han conducido a la dominacio'n de la mujer por el
hombre, la discriminacio'n contra la mujer y a la interposicio'n
de obsta'culos contra su pleno desarrollo. La violencia contra la
mujer a lo largo de su ciclo vital dimana esencialmente de pautas
culturales, en particular de los efectos perjudiciales de algunas
pra'cticas tradicionales o consuetudinarias y de todos los actos
de extremismo relacionados con la raza, el sexo, el idioma o la
religio'n que perpetu'an la condicio'n inferior que se asigna a la
mujer en la familia, el lugar de trabajo, la comunidad y la
sociedad. La violencia contra la mujer se ve agravada por
presiones sociales, como la vergu"enza de denunciar ciertos actos;
la falta de acceso de la mujer a informacio'n, asistencia letrada
o proteccio'n juri'dica; la falta de leyes que prohi'ban
efectivamente la violencia contra la mujer; el hecho de que no se
reformen las leyes vigentes; el hecho de que las autoridades
pu'blicas no pongan el suficiente empen~o en difundir y hacer
cumplir las leyes vigentes; y la falta de medios educacionales y
de otro tipo para combatir las causas y consecuencias de la
violencia. Las ima'genes de violencia contra la mujer que
aparecen en los medios de difusio'n, en particular las
representaciones de la violacio'n o la esclavitud sexual, asi'
como la utilizacio'n de mujeres y nin~as como objetos sexuales, y
la pornografi'a, son factores que contribuyen a que se perpetu'e
esa violencia, que perjudica a la comunidad en general, y en
particular a los nin~os y los jo'venes.
119. La adopcio'n de un enfoque integral y multidisciplinario que
permita abordar la complicada tarea de crear familias, comunidades
y Estados libres de la violencia contra la mujer es no so'lo una
necesidad, sino una posibilidad real. La igualdad, la
colaboracio'n entre mujeres y hombres y el respeto de la
dignidad humana deben permear todos los estadios del proceso de
socializacio'n. Los sistemas educacionales deberi'an promover el
respeto propio, el respeto mutuo y la cooperacio'n entre mujeres y
hombres.
120. La falta de suficientes estadi'sticas y datos desglosados por
sexo sobre el alcance de la violencia dificulta la elaboracio'n de
programas y la vigilancia de los cambios. La documentacio'n e
investigacio'n insuficientes de la violencia dome'stica, el
hostigamiento sexual y la violencia contra las mujeres y nin~as,
en privado y en pu'blico, incluso el lugar de trabajo,
obstaculizan los esfuerzos encaminados a preparar estrategias
concretas de intervencio'n. La experiencia obtenida en varios
pai'ses demuestra que es posible movilizar a mujeres y hombres a
fin de superar la violencia en todas sus formas, y que pueden
adoptarse medidas pu'blicas eficaces para hacer frente tanto a las
causas como a las consecuencias de la violencia. Son aliados
necesarios para el cambio los grupos de hombres que se movilizan
contra la violencia basada en el ge'nero.
121. Las mujeres pueden ser vulnerables a los actos de violencia
perpetrados por personas que ocupan puestos de autoridad tanto en
situaciones de conflicto como en otras situaciones. La
capacitacio'n de todos los funcionarios en derecho humanitario y
derechos humanos y el castigo de quienes cometen actos de
violencia contra la mujer contribuiri'an a impedir que esa
violencia fuera cometida por funcionarios pu'blicos en quienes las
mujeres deberi'an poder confiar, como los funcionarios de la
polici'a y de las ca'rceles y las fuerzas de seguridad.
122. La eliminacio'n efectiva de la trata de mujeres y nin~as para
el comercio sexual es un problema internacional urgente. Es
preciso examinar y fortalecer la aplicacio'n del Convenio para la
represio'n de la trata de personas y de la explotacio'n de la
prostitucio'n ajena de 1949, asi' como otros instrumentos
pertinentes 20/. El empleo de mujeres en redes internacionales de
prostitucio'n y trata de personas se ha convertido en una de las
principales actividades de la delincuencia organizada
internacional. Se invita a la Relatora Especial de la Comisio'n
de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer, que ha
considerado esas actividades como otra causa de la violacio'n de
los derechos humanos y las libertades de mujeres y nin~as, a que,
conforme a su mandato, aborde como cuestio'n urgente el tema de la
trata internacional de personas para el comercio sexual, asi' como
los temas de la prostitucio'n forzada, la violacio'n, el abuso
sexual y el turismo sexual. Las mujeres y las nin~as que son
vi'ctimas de ese comercio internacional corren mayores riesgos de
encontrarse en situaciones violentas, asi' como de quedar
embarazadas contra su voluntad y de contraer enfermedades de
transmisio'n sexual, incluida la infeccio'n con el VIH/SIDA.
123. Cuando aborden cuestiones relacionadas con la violencia
contra la mujer, los gobiernos y otras entidades debera'n
propiciar la integracio'n activa y visible de una perspectiva de
ge'nero en todas las poli'ticas y programas, a fin de que se
puedan analizar las consecuencias para la mujer y el hombre antes
de adoptar decisiones.
Objetivo estrate'gico D.1. Adoptar medidas integradas para
prevenir
y eliminar la violencia contra la mujer
Medidas que han de adoptarse
124. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Condenar la violencia contra la mujer y abstenerse de
invocar ninguna costumbre, tradicio'n o consideracio'n
de cara'cter religioso para eludir las obligaciones con
respecto a su eliminacio'n que figuran en la
Declaracio'n sobre la Eliminacio'n de la Violencia
contra la Mujer;
b) No cometer actos de violencia contra la mujer y tomar
las medidas necesarias para prevenir, investigar y, de
conformidad con las leyes nacionales en vigor, castigar
los actos de violencia contra la mujer, ya hayan sido
cometidos por el Estado o por particulares;
c) Introducir sanciones penales, civiles, laborales y
administrativas en las legislaciones nacionales, o
reforzar las vigentes, con el fin de castigar y reparar
los dan~os causados a las mujeres y las nin~as vi'ctimas
de cualquier tipo de violencia, ya sea en el hogar, el
lugar de trabajo, la comunidad o la sociedad;
d) Adoptar o aplicar las leyes pertinentes, y revisarlas y
analizarlas perio'dicamente a fin de asegurar su
eficacia para eliminar la violencia contra la mujer,
haciendo hincapie' en la prevencio'n de la violencia y
el enjuiciamiento de los responsables; adoptar medidas
para garantizar la proteccio'n de las mujeres vi'ctimas
de la violencia, el acceso a remedios justos y eficaces,
inclusive la reparacio'n de los dan~os causados, la
indemnizacio'n y la curacio'n de las vi'ctimas y la
rehabilitacio'n de los agresores;
e) Trabajar activamente para ratificar o aplicar todas las
normas e instrumentos internacionales relacionados con
la violencia contra la mujer, incluidos los contenidos
en la Declaracio'n Universal de Derechos Humanos 21/, el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos13,
el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales
y Culturales13 y la Convencio'n contra la Tortura y
Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
22/;
f) Aplicar la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas
las formas de discriminacio'n contra la mujer, teniendo
en cuenta la recomendacio'n general 19, aprobada por el
Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n
contra la Mujer en su 11~ peri'odo de sesiones 23/;
g) Promover la integracio'n activa y visible de una
perspectiva basada en el ge'nero en todas las poli'ticas
y programas en materia de violencia contra la mujer;
alentar vigorosamente, respaldar y aplicar las medidas y
los programas destinados a desarrollar los conocimientos
y propiciar la comprensio'n de las causas, las
consecuencias y los mecanismos de la violencia contra la
mujer entre los responsables de la aplicacio'n de esas
poli'ticas, como los funcionarios encargados del
cumplimiento de la ley, los miembros de la polici'a y
los asistentes sociales, el personal me'dico y el
personal judicial, asi' como entre las personas que se
dedican a actividades relacionadas con las minori'as,
los migrantes y los refugiados, y establecer estrategias
para impedir que las mujeres vi'ctimas de la violencia
vuelvan a sufrirla por la prescindencia del ge'nero en
las leyes o en las pra'cticas de aplicacio'n de la ley o
los procedimientos judiciales;
h) Ofrecer a las mujeres vi'ctimas de la violencia acceso a
los sistemas judiciales y, segu'n con lo previsto en las
leyes nacionales, a soluciones justas y eficaces para
reparar el dan~o de que han sido objeto, e informarles
acerca de su derecho a obtener compensacio'n a trave's
de esos mecanismos;
i) Aprobar y aplicar leyes contra los responsables de
pra'cticas y actos de violencia contra la mujer, como la
mutilacio'n genital femenina, el feticidio femenino, la
seleccio'n prenatal del sexo y la violencia relacionada
con la dote, y respaldar con determinacio'n los
esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales y
locales por eliminar esas pra'cticas;
j) Formular y aplicar, a todos los niveles apropiados,
planes de accio'n para erradicar la violencia contra la
mujer;
k) Adoptar todas las medidas necesarias, especialmente en
el a'mbito de la ensen~anza, para modificar los modelos
de conducta sociales y culturales de la mujer y el
hombre, y eliminar los prejuicios y las pra'cticas
consuetudinarias y de otro tipo basadas en la idea de la
inferioridad o la superioridad de uno de los sexos y en
funciones estereotipadas asignadas al hombre y la mujer;
l) Crear mecanismos institucionales, o reforzar los
existentes, a fin de que las mujeres y las nin~as puedan
dar parte de los actos de violencia cometidos contra
ellas e interponer denuncias al respecto en condiciones
de seguridad y confidencialidad, y sin temor a castigos
o represalias;
m) Garantizar el acceso de las mujeres con discapacidad a
la informacio'n y los servicios disponibles en el
a'mbito de la violencia contra la mujer;
n) Instaurar, mejorar o promover, segu'n resulte apropiado,
asi' como financiar la formacio'n de personal judicial,
letrado, me'dico, social, pedago'gico y de polici'a e
inmigracio'n para evitar los abusos de poder que dan pie
a la violencia contra la mujer, y sensibilizar a esas
personas en cuanto a la naturaleza de los actos y las
amenazas de violencia basados en la diferenciacio'n de
ge'nero, para conseguir que las mujeres vi'ctimas
reciban un trato justo;
o) Promulgar nuevas leyes cuando sea necesario y reforzar
las vigentes en que se prevean penas para los miembros
de la polici'a o de las fuerzas de seguridad o cualquier
otro agente del Estado que cometa actos de violencia
contra la mujer en el desempen~o de sus funciones;
revisar las leyes vigentes y adoptar medidas eficaces
contra los responsables de esos actos de violencia;
p) Asignar recursos suficientes en el presupuesto del
Estado y movilizar recursos locales para actividades
relacionadas con la eliminacio'n de la violencia contra
la mujer, incluso recursos para la aplicacio'n de planes
de accio'n a todos los niveles apropiados;
q) Incluir, en los informes presentados de conformidad con
los instrumentos pertinentes de derechos humanos de las
Naciones Unidas, informacio'n sobre la violencia contra
la mujer y sobre las medidas adoptadas para aplicar la
Declaracio'n de las Naciones Unidas sobre la
Eliminacio'n de la Violencia contra la Mujer;
r) Cooperar con la Relatora Especial de la Comisio'n de
Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer en
el cumplimiento de su mandato y proporcionarle toda la
informacio'n solicitada; colaborar tambie'n con otros
responsables en la materia, como el Relator Especial de
la Comisio'n de Derechos Humanos sobre la cuestio'n de
la tortura y el Relator Especial de la Comisio'n de
Derechos Humanos sobre ejecuciones extrajudiciales
sumarias, y arbitrarias en todo lo que atan~e a la
violencia contra la mujer;
s) Recomendar a la Comisio'n de Derechos Humanos que
renueve el mandato de la Relatora Especial sobre la
violencia contra la mujer cuando llegue a su fin en 1997
y, de ser necesario, que lo actualice y lo refuerce.
125. Medidas que han de adoptar los gobiernos, incluidos los
gobiernos locales, las organizaciones populares, las
organizaciones no gubernamentales, las instituciones de
ensen~anza, los sectores pu'blico y privado, en particular las
empresas, y los medios de informacio'n, segu'n proceda:
a) Establecer centros de acogida y servicios de apoyo
dotados de los recursos necesarios para auxiliar a las
nin~as y mujeres vi'ctimas de la violencia y prestarles
servicios me'dicos, psicolo'gicos y de asesoramiento,
asi' como asesoramiento letrado a ti'tulo gratuito o de
bajo costo, cuando sea necesario, adema's de la
asistencia que corresponda para ayudarles a encontrar
medios de vida suficientes;
b) Establecer servicios lingu"i'stica y culturalmente
accesibles para las mujeres y nin~as inmigrantes,
incluidas las trabajadoras migratorias, que sean
vi'ctimas de la violencia en razo'n de su sexo;
c) Reconocer la vulnerabilidad frente a la violencia y a
otras formas de maltrato de las inmigrantes, incluidas
las trabajadoras migratorias, cuya condicio'n juri'dica
en el pai's de acogida depende de empleadores que pueden
explotar su situacio'n;
d) Apoyar las iniciativas de las organizaciones femeninas y
de las organizaciones no gubernamentales de todo el
mundo encaminadas a despertar la conciencia sobre el
problema de la violencia contra la mujer y contribuir a
su eliminacio'n;
e) Organizar, apoyar y financiar campan~as de educacio'n y
capacitacio'n de las comunidades encaminadas a despertar
la conciencia de que la violencia contra la mujer
constituye una violacio'n de sus derechos humanos y
alentar en las comunidades locales el empleo de me'todos
tradicionales e innovadores apropiados de resolucio'n de
conflictos que tengan en cuenta el ge'nero;
f) Reconocer, apoyar y promover el papel fundamental que
desempen~an las instituciones intermedias, como los
centros de atencio'n primaria de salud, los centros de
planificacio'n de la familia, los servicios de salud que
existen en las escuelas, los servicios de proteccio'n de
madres y recie'n nacidos, los centros para familias de
inmigrantes y otros similares en materia de informacio'n
y educacio'n relativas a los malos tratos;
g) Organizar y financiar campan~as de informacio'n y
programas de educacio'n y capacitacio'n a fin de
sensibilizar a las nin~as y los varones, a las mujeres y
los hombres, acerca de los efectos personales y sociales
negativos de la violencia en la familia, la comunidad y
la sociedad; ensen~arles a comunicarse sin violencia; y
fomentar la instruccio'n de las vi'ctimas y de las
vi'ctimas potenciales de modo que puedan protegerse y
proteger a otros de esas formas de violencia;
h) Difundir informacio'n sobre la asistencia de que
disponen las mujeres y las familias que son vi'ctimas de
la violencia;
i) Proporcionar, financiar y promover servicios de
asesoramiento y rehabilitacio'n para los autores de
actos de violencia y promover el estudio de las
posibilidades de realizar nuevas actividades de
asesoramiento y rehabilitacio'n para prevenir nuevos
casos de violencia;
j) Despertar la conciencia acerca de la responsabilidad de
los medios de comunicacio'n de promover ima'genes no
estereotipadas de mujeres y hombres y de eliminar los
patrones de conducta generadores de violencia que en
ellos se presentan, asi' como alentar a los responsables
del contenido del material que se difunde a que
establezcan directrices y co'digos de conducta
profesionales; y despertar tambie'n la conciencia sobre
la importante funcio'n de los medios de informacio'n en
lo tocante a informar y educar a la poblacio'n acerca de
las causas y los efectos de la violencia contra la mujer
y a estimular el debate pu'blico sobre el tema.
126. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores,
los sindicatos, las organizaciones populares y juveniles y las
organizaciones no gubernamentales, segu'n proceda:
a) Desarrollar programas y procedimientos tendientes a
eliminar el hostigamiento sexual y otras formas de
violencia contra la mujer de todas las instituciones de
ensen~anza, lugares de trabajo y dema's a'mbitos;
b) Desarrollar programas y procedimientos encaminados a
educar y a despertar la conciencia sobre los actos de
violencia contra la mujer que constituyen delito y
violan sus derechos humanos;
c) Desarrollar programas de asesoramiento, rehabilitacio'n
y apoyo para nin~as, adolescentes y jo'venes que hayan
sido o sean objeto de relaciones abusivas, en particular
las que viven en hogares o instituciones en que exista
esa clase de relaciones;
d) Adoptar medidas especiales para eliminar la violencia
contra las mujeres, en particular las especialmente
vulnerables, como las jo'venes, las refugiadas, las
desplazadas interna y externamente, las que sufren
discapacidad y las trabajadoras migratorias, entre ellas
medidas encaminadas a hacer cumplir la legislacio'n
vigente y a elaborar, segu'n proceda, nueva legislacio'n
para las trabajadoras migratorias tanto en los pai'ses
de origen como en los de acogida.
127. Medidas que ha de adoptar el Secretario General de las
Naciones Unidas:
Prestar a la Relatora Especial de la Comisio'n de Derechos
Humanos sobre la violencia contra la mujer toda la asistencia
necesaria, en particular el personal y los recursos
indispensables para desempen~ar todas sus funciones,
especialmente para llevar a cabo y supervisar misiones, ya
sea en forma independiente o conjuntamente con otros
relatores especiales y grupos de trabajo, y la ayuda
necesaria para que pueda celebrar consultas perio'dicas con
el Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra
la Mujer y con todos los o'rganos establecidos en virtud de
tratados.
128. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
internacionales y las organizaciones no gubernamentales:
Alentar la difusio'n y aplicacio'n de las directrices del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
(ACNUR) sobre la proteccio'n de las refugiadas y la
prevencio'n y atencio'n de los casos de violencia sexual
contra los refugiados.
Objetivo estrate'gico D.2.
Estudiar las causas y las consecuencias de la violencia contra la mujer y la
eficacia de las medidas de prevencio'n
Medidas que han de adoptarse
129. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
regionales, las Naciones Unidas, otras organizaciones
internacionales, los institutos de investigacio'n, las
organizaciones femeninas y juveniles y las organizaciones no
gubernamentales, segu'n corresponda:
a) Promover la investigacio'n, recoger datos y elaborar
estadi'sticas, especialmente en lo concerniente a la
violencia en el hogar, relacionadas con la frecuencia de
las distintas formas de violencia contra la mujer, y
fomentar las investigaciones sobre las causas, la
naturaleza, la gravedad y las consecuencias de esta
violencia, asi' como sobre la eficacia de las medidas
aplicadas para impedirla y reparar sus efectos;
b) Difundir ampliamente los resultados de los estudios e
investigaciones;
c) Apoyar e iniciar investigaciones sobre las consecuencias
de los actos de violencia, por ejemplo las violaciones,
para las mujeres y las nin~as, y publicar la
informacio'n y las estadi'sticas resultantes;
d) Alentar a los medios de informacio'n a que examinen las
consecuencias de los estereotipos basados en el ge'nero,
incluidos los que se perpetu'an en los avisos
comerciales que promueven la violencia y las
desigualdades basadas en el ge'nero, asi' como tambie'n
la manera en que se transmiten durante el ciclo vital, y
a que adopten medidas para eliminar esas ima'genes
negativas con miras a promover una sociedad sin
violencia.
Objetivo estrate'gico D.3. Eliminar la trata de mujeres y a
prestar
asistencia a las vi'ctimas de la
violencia
derivada de la prostitucio'n y la
trata
de mujeres
Medidas que han de adoptarse
¡ Medidas que han de adoptar los gobiernos de los pai'ses de
origen, tra'nsito y destino y las organizaciones regionales e
internacionales, segu'n proceda:
a) Examinar la posibilidad de ratificar y dar cumplimiento
a los convenios internacionales relativos a la trata de
personas y a la esclavitud;
b) Adoptar medidas apropiadas para abordar las causas
fundamentales, incluidos los factores externos, que
promueven la trata de mujeres y nin~as para fines de
prostitucio'n y otras formas de sexo comercializado, los
matrimonios forzados y el trabajo forzado, con el objeto
de eliminar la trata de mujeres, entre ellas las
encaminadas a fortalecer la legislacio'n vigente, con
miras a proteger mejor los derechos de las mujeres y las
nin~as y a castigar a los autores por la vi'a penal y
civil;
c) Intensificar la cooperacio'n y las medidas concertadas
de todas las autoridades e instituciones pertinentes con
miras a desmantelar las redes nacionales, regionales e
internacionales de traficantes;
d) Asignar recursos a la formulacio'n de programas amplios
encaminados a sanar y rehabilitar en la sociedad a las
vi'ctimas de la trata de mujeres, entre ellos los de
formacio'n profesional, asistencia letrada y atencio'n
de salud confidencial, y adoptar medidas de cooperacio'n
con las organizaciones no gubernamentales para la
atencio'n social, me'dica y psicolo'gica de las
vi'ctimas;
e) Elaborar programas y poli'ticas de educacio'n y
capacitacio'n y examinar la posibilidad de promulgar
legislacio'n encaminada a impedir el turismo y el
tra'fico sexuales, haciendo particular hincapie' en la
proteccio'n de las jo'venes y los nin~os.
E. La mujer y los conflictos armados
131. Un entorno que mantenga la paz mundial y promueva y proteja
los derechos humanos, la democracia y el arreglo paci'fico de las
controversias, de conformidad con los principios de la abstencio'n
de la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad
territorial o la independencia poli'tica y del respeto a la
soberani'a, enunciados en la Carta de las Naciones Unidas,
constituye un importante factor para el adelanto de la mujer. La
paz esta' indisolublemente unida a la igualdad entre las mujeres y
los hombres y al desarrollo. Los conflictos armados y de otra
i'ndole, el terrorismo y la toma de rehenes subsisten en muchas
partes del mundo; la agresio'n, la ocupacio'n extranjera, y los
conflictos e'tnicos y de otra naturaleza son una realidad que
afecta constantemente a las mujeres y a los hombres en
pra'cticamente todas las regiones. Siguen producie'ndose en
diferentes partes del mundo violaciones abiertas y sistema'ticas y
situaciones que constituyen graves obsta'culos para el pleno
disfrute de los derechos humanos. Tales violaciones y obsta'culos
incluyen, adema's de la tortura y de los tratos o castigos
crueles, inhumanos y degradantes, las ejecuciones sumarias y
arbitrarias, las desapariciones, las detenciones arbitrarias,
todas las formas de racismo y de discriminacio'n racial, la
ocupacio'n y la dominacio'n extranjeras, la xenofobia, la pobreza,
el hambre y otras denegaciones de los derechos econo'micos,
sociales y culturales, la intolerancia religiosa, el terrorismo,
la discriminacio'n contra las mujeres y la inobservancia de la
ley. A veces se desconoce sistema'ticamente el derecho
internacional humanitario, como tal, que prohi'be los ataques
contra las poblaciones civiles, y frecuentemente se violan los
derechos humanos en relacio'n con situaciones de conflicto armado
que afectan a la poblacio'n civil, especialmente las mujeres, los
nin~os, los ancianos y los discapacitados. Las violaciones de los
derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado
son violaciones de los principios fundamentales de los derechos
humanos y del derecho internacional humanitario. Las violaciones
masivas de los derechos humanos, especialmente en forma de
genocidio, la depuracio'n e'tnica como estrategia be'lica y sus
consecuencias, la violacio'n, incluyendo la violacio'n
sistema'tica de mujeres en situaciones de guerra, que dan lugar a
e'xodos en masa de refugiados y de personas desplazadas,
constituyen pra'cticas abominables que son condenadas
ene'rgicamente y a las que hay que poner fin inmediatamente, al
tiempo que hay que castigar a los perpetradores de tales
cri'menes. Algunas de esas situaciones de conflicto armado tienen
su origen en la conquista o la colonizacio'n de un pai's por otro
y en la perpetuacio'n de esa situacio'n colonial mediante la
represio'n estatal y militar.
132. En el Convenio de Ginebra relativo a la proteccio'n de las
personas civiles en tiempo de guerra de 1949 y en sus Protocolos
Adicionales de 1977 24/ se establece que las mujeres sera'n
especialmente amparadas contra todo atentado a su honor y, en
particular, contra los tratos humillantes y degradantes, contra la
violacio'n, contra el forzamiento a la prostitucio'n y contra todo
atentado a su pudor. En la Declaracio'n y el Programa de Accio'n
de Viena aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos
se sen~ala adema's que "las violaciones de los derechos humanos de
la mujer en situaciones de conflicto armado constituyen
violaciones de los principios fundamentales de los derechos
humanos y del derecho humanitario internacionales" 25/. Todas las
violaciones de este tipo, incluyendo en particular el asesinato,
la violacio'n, incluyendo la violacio'n sistema'tica, la
esclavitud sexual y el embarazo forzado, exigen una respuesta
particularmente eficaz. Continu'an ocurriendo en diferentes
partes del mundo situaciones y violaciones evidentes y
sistema'ticas que constituyen graves obsta'culos al pleno goce de
los derechos humanos. Esas violaciones y obsta'culos comprenden,
asi' como la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes
o la detencio'n sumaria y arbitraria, todas las formas de racismo,
discriminacio'n racial, xenofobia, denegaciones de los derechos
econo'micos, sociales y culturales e intolerancia religiosa.
133. Las violaciones de los derechos humanos en situaciones de
conflicto armado y de ocupacio'n militar son violaciones de los
principios fundamentales de los derechos humanos y el derecho
humanitario internacionales enunciados en los instrumentos
internacionales de derechos humanos y en los Convenios de Ginebra
de 1949 y sus Protocolos Adicionales. Siguen cometie'ndose
violaciones abiertas de los derechos humanos y aplica'ndose
poli'ticas de depuracio'n e'tnica en las zonas asoladas por la
guerra y ocupadas. Esas pra'cticas han dado lugar, entre otras
cosas, a corrientes masivas de refugiados y de otras personas
desplazadas, que necesitan la proteccio'n internacional, asi' como
de personas internamente desplazadas, la mayori'a de las cuales
son mujeres, muchachas adolescentes y nin~os. Las vi'ctimas
civiles, en su mayor parte mujeres y nin~os, con frecuencia son
ma's numerosas que las bajas producidas entre los combatientes.
Adema's, las mujeres con frecuencia atienden a los combatientes
heridos y, como consecuencia del conflicto, encuentran
inesperadamente que han pasado a ser el u'nico progenitor y la
u'nica encargada del hogar y de los parientes ancianos.
134. En un mundo de constante inestabilidad y violencia, hay que
aplicar con urgencia me'todos de cooperacio'n para lograr la paz y
la seguridad. La igualdad de acceso a las estructuras de poder y
la plena participacio'n de las mujeres en ellas y en todos los
esfuerzos para la prevencio'n y solucio'n de conflictos son
fundamentales para el mantenimiento y fomento de la paz y la
seguridad. Aunque las mujeres han comenzado a desempen~ar una
funcio'n importante en la solucio'n de conflictos, en el
mantenimiento de la paz y en los mecanismos de defensa y de
relaciones exteriores, siguen estando insuficientemente
representadas en los niveles de adopcio'n de decisiones. Para que
las mujeres desempen~en en pie de igualdad una funcio'n en la
tarea de lograr y mantener la paz, deben alcanzar
responsabilidades poli'ticas y econo'micas y estar representadas
debidamente en todos los niveles del proceso de adopcio'n de
decisiones.
135. Aunque hay comunidades enteras que sufren las consecuencias
de los conflictos armados y del terrorismo, las mujeres y las
nin~as se ven particularmente afectadas a causa de su condicio'n
en la sociedad y de su sexo. Las partes en los conflictos a
menudo violan a las mujeres con impunidad, utilizando a veces la
violacio'n sistema'tica como ta'ctica de guerra y de terrorismo.
Los efectos de la violencia contra la mujer y de la violacio'n de
los derechos humanos de la mujer en tales situaciones son
experimentados por mujeres de todas las edades, que sufren
desplazamientos, pe'rdida del hogar y de los bienes, pe'rdida o
desaparicio'n involuntaria de parientes cercanos, pobreza y
separacio'n y desintegracio'n de la familia y que son vi'ctimas de
actos de asesinato, terrorismo, torturas, desapariciones
involuntarias, esclavitud sexual, violaciones, abusos sexuales y
embarazos forzados en situaciones de conflicto armado,
especialmente como resultado de poli'ticas de depuracio'n e'tnica
y otras formas de violencia nuevas e incipientes. Ello se ve
agravado por las trauma'ticas consecuencias de cara'cter social,
econo'mico y psicolo'gico causadas por los conflictos armados y la
ocupacio'n y dominacio'n extranjeras, consecuencias que se sufren
durante toda la vida.
136. Las mujeres y los nin~os constituyen el 80% de los millones
de refugiados y otras personas desplazadas del mundo, incluidos
los desplazados internos. Se ven amenazados con la privacio'n de
sus propiedades, bienes y servicios y de su derecho de regresar a
su hogar de origen, asi' como con la violencia y la inseguridad.
Habri'a que prestar especial atencio'n a la violencia sexual
contra las mujeres y las nin~as desarraigadas, que se emplea como
me'todo de persecucio'n en campan~as sistema'ticas de terror e
intimidacio'n, y al hecho de que se obligue a los miembros de un
determinado grupo e'tnico, cultural o religioso a huir abandonando
sus hogares. Las mujeres tambie'n pueden verse obligadas a huir a
causa de un miedo bien fundado de sufrir persecuciones por las
razones enumeradas en la Convencio'n sobre el Estatuto de los
Refugiados de 1951 y el Protocolo de 1967, incluida la
persecucio'n en forma de violencia sexual u otros tipos de
persecucio'n basados en el ge'nero, y siguen siendo vulnerables a
la violencia y la explotacio'n durante su huida, en los pai'ses de
asilo y de reasentamiento, asi' como durante y despue's de la
repatriacio'n. Con frecuencia, en algunos pai'ses de asilo las
mujeres encuentran dificultades para que se las reconozca como
refugiadas cuando invocan motivos basados en ese tipo de
persecucio'n.
137. Las mujeres refugiadas, desplazadas y migrantes en la
mayori'a de los casos muestran fortaleza, resistencia y habilidad
y pueden contribuir en forma positiva en los pai'ses de
reasentamiento o al regresar a su pai's de origen. Es necesario
que participen debidamente en las decisiones que las afectan.
138. Muchas organizaciones no gubernamentales de mujeres han
pedido que se reduzcan los gastos militares en todo el mundo, asi'
como el comercio, el tra'fico y la proliferacio'n de armas a nivel
internacional. Las personas ma's afectadas por los conflictos y
los gastos militares excesivos son las que viven en la pobreza,
que se ven privadas de servicios ba'sicos debido a la falta de
inversio'n en dichos servicios. Las mujeres pobres, especialmente
las mujeres de las zonas rurales, tambie'n sufren los efectos de
la utilizacio'n de armas que puedan considerarse excesivamente
nocivas o de efectos indiscriminados. Hay ma's de 100 millones de
minas terrestres contra personal diseminadas en 64 pai'ses. Es
preciso resolver las repercusiones negativas que tienen para el
desarrollo los gastos militares excesivos, el comercio de armas y
las inversiones para la produccio'n y adquisicio'n de armas. Al
mismo tiempo, el mantenimiento de la seguridad y la paz nacionales
es un importante factor para el crecimiento econo'mico y el
desarrollo y para la potenciacio'n de la mujer.
139. Durante los conflictos armados y la destruccio'n de las
comunidades, la funcio'n de las mujeres es decisiva. Ellas
procuran conservar el orden social en medio de los conflictos
armados y de otra i'ndole. Las mujeres aportan una contribucio'n
importante, aunque con frecuencia no reconocida, como educadoras
en pro de la paz tanto en sus familias como en sus sociedades.
140. Para conseguir una paz duradera es imprescindible impartir,
desde temprana edad, una educacio'n que promueva una cultura de
paz en que se defienda la justicia y la tolerancia para todas las
naciones y los pueblos. Esa educacio'n debe incluir elementos de
solucio'n de conflictos, mediacio'n, disminucio'n de prejuicios y
respeto por la diversidad.
141. Al encarar los conflictos armados o de otra i'ndole, deberi'a
fomentarse un criterio activo y visible de incorporar en todas las
poli'ticas y programas una perspectiva de ge'nero, de manera que
antes de adoptar una decisio'n se analicen los efectos sobre la
mujer y el hombre respectivamente.
Objetivo estrate'gico E.1. Incrementar la participacio'n de
la mujer en la solucio'n de los
conflictos a niveles de adopcio'n
de decisiones y proteger a las
mujeres que viven en situaciones
de conflictos armados o de otra
i'ndole o bajo ocupacio'n
extranjera
Medidas que han de adoptarse
142. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las instituciones
intergubernamentales internacionales y regionales:
a) Promover la participacio'n de la mujer en condiciones de
igualdad y la igualdad de oportunidades para la
participacio'n de la mujer en todos los foros y
actividades en pro de la paz a todos los niveles, en
particular al nivel de adopcio'n de decisiones, incluso
en la Secretari'a de las Naciones Unidas, teniendo
debidamente en cuenta la distribucio'n geogra'fica
equitativa de conformidad con el Arti'culo 101 de la
Carta de las Naciones Unidas;
b) Integrar una perspectiva de ge'nero en la solucio'n de
los conflictos armados o de otra i'ndole y la ocupacio'n
extranjera y procurar lograr un equilibrio de ge'nero al
proponer o promover candidatos para ocupar puestos
judiciales y de otra i'ndole en todos los organismos
internacionales pertinentes como los Tribunales
Internacionales de las Naciones Unidas para la antigua
Yugoslavia y para Rwanda, la Corte Internacional de
Justicia y otras instituciones relacionadas con el
arreglo paci'fico de controversias;
c) Hacer que estos o'rganos puedan tratar debidamente las
cuestiones relacionadas con el ge'nero impartiendo la
formacio'n apropiada a los fiscales, a los magistrados y
a otros funcionarios que se ocupan de los casos
relativos a violaciones, embarazos forzados en
situaciones de conflicto armado, atentados al pudor y
otras formas de violencia contra la mujer en los
conflictos armados, incluyendo el terrorismo, e integrar
una perspectiva de ge'nero en su labor.
Objetivo estrate'gico E.2. Reducir los gastos militares
excesivos y limitar la
disponibilidad de armamentos
Medidas que han de adoptarse
143. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Aumentar y hacer ma's ra'pida, atendiendo a las
consideraciones relativas a la seguridad nacional, la
conversio'n de recursos militares e industrias conexas a
objetivos de desarrollo y de paz;
b) Explorar medios innovadores de generar nuevos recursos
financieros pu'blicos y privados, entre otras cosas,
mediante la reduccio'n adecuada de los gastos militares
excesivos, inclusive los gastos militares y el comercio
de armamentos en el plano mundial, y las inversiones
para la produccio'n y adquisicio'n de armas, teniendo en
cuenta las exigencias de la seguridad nacional, para
permitir la posible asignacio'n de fondos adicionales al
desarrollo social y econo'mico, en particular para el
adelanto de la mujer;
c) Adoptar medidas para investigar y castigar a los
miembros de la polici'a, las fuerzas armadas, las
fuerzas de seguridad y otras fuerzas que realicen actos
de violencia contra las mujeres, violaciones del derecho
internacional humanitario y violaciones de los derechos
humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado;
d) Aunque es necesario reconocer las necesidades legi'timas
de la defensa nacional, tambie'n hay que reconocer y
abordar los peligros que para la sociedad representan
los conflictos armados, los efectos negativos de los
gastos militares excesivos, el comercio de armamentos,
sobre todo de armamentos particularmente nocivos o de
efectos indiscriminados, y las inversiones excesivas
para la produccio'n y adquisicio'n de armas; de modo
ana'logo, debe reconocerse la necesidad de luchar contra
el tra'fico ili'cito de armas, la violencia, la
delincuencia, la produccio'n, la utilizacio'n y el
tra'fico ili'citos de drogas y el tra'fico de mujeres y
nin~os;
e) Reconociendo que el uso indiscriminado de minas
terrestres antipersonal afecta especialmente a las
mujeres y los nin~os:
i) Comprometerse a tratar activamente de ratificar, si
no lo han hecho todavi'a, la Convencio'n de las
Naciones Unidas de 1981 sobre prohibiciones o
restricciones del empleo de ciertas armas
convencionales que puedan considerarse
excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados,
especialmente el Protocolo sobre prohibiciones o
restricciones del empleo de minas, armas trampa y
otros artefactos (Protocolo II) 26/, con miras a
que su ratificacio'n sea universal para el an~o
2000;
ii) Comprometerse a considerar seriamente la
posibilidad de fortalecer la Convencio'n a fin de
promover una reduccio'n de las vi'ctimas y el
sufrimiento intenso causado a la poblacio'n civil
por el uso indiscriminado de minas terrestres;
iii) Comprometerse a promover la asistencia para la
remocio'n de minas, especialmente facilitando el
intercambio de informacio'n, la transferencia de
tecnologi'a y la promocio'n de la investigacio'n
cienti'fica en relacio'n con los medios para la
remocio'n de minas;
iv) En el marco de las Naciones Unidas, comprometerse a
apoyar los esfuerzos por coordinar un programa de
asistencia para la remocio'n de minas que
constituya una respuesta comu'n sin discriminacio'n
innecesaria;
v) Adoptar en la fecha ma's pro'xima posible, si no lo
han hecho ya, una moratoria de la exportacio'n de
minas terrestres antipersonal, incluso a entidades
no gubernamentales, observando con satisfaccio'n
que muchos Estados ya han declarado moratorias de
la exportacio'n, transferencia o la venta de dichas
minas;
vi) Comprometerse a seguir alentando los esfuerzos
internacionales encaminados a resolver los
problemas causados por las minas terrestres
antipersonal, con miras a su eliminacio'n total,
reconociendo que los Estados podra'n avanzar con
mayor eficacia hacia el logro de ese objetivo a
medida que se desarrollen otras opciones viables y
humanas;
f) Reconociendo la destacada funcio'n que las mujeres han
desempen~ado en el movimiento pro paz:
i) Trabajar activamente hacia el desarme general y
completo bajo un control internacional estricto y
efectivo;
ii) Apoyar las negociaciones sobre la conclusio'n, sin
demora, de un tratado universal de prohibicio'n
completa de los ensayos nucleares que sea
multilateral y efectivamente verificable y que
contribuya al desarme nuclear y a la prevencio'n de
la proliferacio'n de las armas nucleares en todos
sus aspectos;
iii) En tanto entra en vigor un tratado de prohibicio'n
completa de los ensayos nucleares, proceder con la
ma'xima prudencia en lo que se refiere a tales
ensayos.
Objetivo estrate'gico E.3. Promover formas no violentas de
solucio'n de conflictos y
reducir la incidencia de
las violaciones de los derechos
humanos en las situaciones de
conflicto
Medidas que han de adoptarse
144. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Examinar la posibilidad de ratificar los instrumentos
internacionales que contengan disposiciones relativas a
la proteccio'n de las mujeres y los nin~os en los
conflictos armados, o de adherirse a esos instrumentos,
inclusive el Convenio de Ginebra relativo a la
proteccio'n debida a las personas civiles en tiempo de
guerra de 1949, el Protocolo Adicional a los Convenios
de Ginebra de 1949 relativo a la proteccio'n de las
vi'ctimas de los conflictos armados internacionales
(Protocolo I) y la proteccio'n de las vi'ctimas de los
conflictos armados sin cara'cter internacional
(Protocolo II)24;
b) Respetar plenamente en los conflictos armados las normas
del derecho internacional humanitario y adoptar todas
las medidas necesarias para proteger a las mujeres y los
nin~os, en particular contra la violacio'n, la
prostitucio'n forzada y cualquier otra forma de
agresio'n con cara'cter sexual;
c) Reforzar la funcio'n de la mujer y garantizar una
representacio'n paritaria de la mujer en todos los
niveles de adopcio'n de decisiones en las instituciones
nacionales e internacionales que puedan formular o
incluir la formulacio'n de poli'ticas con respecto a
cuestiones relativas al mantenimiento de la paz, la
diplomacia preventiva y las actividades conexas y en
todas las etapas de los procesos de mediacio'n y las
negociaciones de paz; tomando nota de las
recomendaciones concretas formuladas por el Secretario
General en su plan de accio'n estrate'gico para el
mejoramiento de la condicio'n de la mujer en la
Secretari'a (1995-2000) (A/49/587, secc. IV).
145. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y regionales:
a) Reafirmar el derecho a la libre determinacio'n de todos
los pueblos, en particular de los pueblos bajo
dominacio'n colonial u otra forma de dominacio'n
extranjera u ocupacio'n extranjera, y la importancia de
la realizacio'n efectiva de ese derecho, segu'n se
enuncia, entre otras cosas, en la Declaracio'n y
Programa de Accio'n de Viena2, aprobados por la
Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos;
b) Alentar la diplomacia, la negociacio'n y el arreglo
paci'fico de las controversias, de conformidad con la
Carta de las Naciones Unidas, en particular los
pa'rrafos 3 y 4 del Arti'culo 2;
c) Instar a que se identifique y condene la pra'ctica
sistema'tica de la violacio'n y otras formas de tratos
inhumanos y degradantes utilizados contra las mujeres
como instrumento deliberado de guerra y de depuracio'n
e'tnica, y adoptar medidas para asegurar que se
proporcione asistencia a las vi'ctimas de esos abusos
para su rehabilitacio'n fi'sica y mental;
d) Reafirmar que la violacio'n en el curso de un conflicto
armado constituye un crimen de guerra y, en ciertas
circunstancias, puede considerarse un crimen de lesa
humanidad y un acto de genocidio segu'n se define en la
Convencio'n para la Prevencio'n y la Sancio'n del Delito
de Genocidio 27/; y adoptar todas las medidas necesarias
para proteger a las mujeres y a los nin~os contra esos
actos y fortalecer los mecanismos para investigar y
castigar a todos los responsables y procesar a los
perpetradores;
e) Aplicar y reforzar las normas enunciadas en los
instrumentos internacionales humanitarios y los
instrumentos internacionales de derechos humanos para
evitar todos los actos de violencia contra las mujeres
en situaciones de conflicto armado y en conflictos de
otra i'ndole; realizar investigaciones completas de
todos los actos de violencia cometidos contra las
mujeres durante las guerras, incluidas las violaciones,
en particular las violaciones sistema'ticas, la
prostitucio'n forzada y otras formas de agresiones
deshonestas, y la esclavitud sexual; enjuiciar a todos
los criminales responsables de los cri'menes de guerra
contra las mujeres y proporcionar compensacio'n plena a
las mujeres vi'ctimas;
f) Instar a la comunidad internacional a que condene todas
las formas y manifestaciones de terrorismo y adopte
medidas contra e'l;
g) Tener en cuenta los problemas relacionados con el
ge'nero al elaborar programas de formacio'n para todo el
personal sobre derecho internacional humanitario y
derechos humanos y recomendar que se de' ese tipo de
formacio'n a quienes participan en operaciones de
asistencia humanitaria y de mantenimiento de la paz de
las Naciones Unidas, en particular con objeto de
prevenir la violencia contra la mujer;
h) Desalentar la adopcio'n y abstenerse de toda medida
unilateral contraria al derecho internacional y la Carta
de las Naciones Unidas que impidan que se alcance
plenamente el desarrollo econo'mico y social de las
poblaciones de los pai'ses afectados, en particular las
mujeres y los nin~os, que dan~e su bienestar y cree
obsta'culos para el pleno disfrute de sus derechos
humanos, incluyendo el derecho de toda persona a un
nivel de vida adecuado, a la salud, la alimentacio'n, la
atencio'n me'dica y los servicios sociales necesarios.
La Cuarta Conferencia reafirma que los alimentos y las
medicinas no deben utilizarse como instrumento de
presio'n poli'tica;
i) Adoptar medidas de conformidad con el derecho
internacional con miras a aliviar las repercusiones
negativas para las mujeres y los nin~os de las sanciones
econo'micas.
Objetivo estrate'gico E.4. Promover la contribucio'n
de la mujer al logro de
una cultura de paz
Medidas que han de adoptarse
146. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las instituciones
intergubernamentales internacionales y regionales y las
organizaciones no gubernamentales:
a) Promover la solucio'n paci'fica de los conflictos y la
paz, la reconciliacio'n y la tolerancia mediante la
educacio'n, la capacitacio'n, la accio'n comunitaria y
los programas de intercambio de jo'venes, en particular
de mujeres;
b) Alentar la realizacio'n de investigaciones sobre la paz
en que participen mujeres para examinar las
repercusiones sobre las mujeres y los nin~os de los
conflictos armados y el cara'cter y la contribucio'n de
la participacio'n de las mujeres en los movimientos de
paz nacionales, regionales e internacionales; realizar
investigaciones e individualizar mecanismos innovadores
para limitar la violencia y solucionar los conflictos, a
fin de difundirlos entre el pu'blico y para su
utilizacio'n por mujeres y hombres;
c) Realizar y difundir investigaciones sobre los efectos
fi'sicos, psicolo'gicos, econo'micos y sociales sobre
las mujeres, especialmente las jo'venes y las nin~as, de
los conflictos armados, con miras a elaborar poli'ticas
y programas para solucionar las consecuencias de esos
conflictos;
d) Examinar la posibilidad de crear programas educativos
para nin~as y nin~os a fin de fomentar una cultura de
paz centrada en la solucio'n de conflictos por medios no
violentos y en la promocio'n de la tolerancia.
Objetivo estrate'gico E.5. Proporcionar proteccio'n,
asistencia y capacitacio'n a
las mujeres refugiadas,
a otras mujeres desplazadas
que necesitan proteccio'n
internacional y a las
desplazadas internamente
Medidas que han de adoptarse
147. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y otras instituciones
encargadas de proporcionar proteccio'n, asistencia y capacitacio'n
a las mujeres refugiadas, a otras mujeres desplazadas que
necesitan proteccio'n internacional y a las mujeres desplazadas
internamente, como la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Refugiados y el Programa Mundial de
Alimentos, segu'n proceda:
a) Adoptar medidas para asegurar que las mujeres participen
plenamente en la planificacio'n, disen~o, aplicacio'n,
supervisio'n y evaluacio'n de todos los proyectos y
programas a corto y largo plazo que proporcionan
asistencia a las mujeres refugiadas, a otras mujeres
desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y a
las mujeres desplazadas internamente, e inclusive en la
gestio'n de los campamentos de refugiados y de los
recursos para los refugiados; asegurar que las mujeres y
nin~as refugiadas y desplazadas tengan acceso directo a
los servicios proporcionados;
b) Ofrecer proteccio'n y asistencia adecuadas a las mujeres
y nin~os
internamente desplazados y encontrar soluciones para las
causas fundamentales de su desplazamiento a fin de poder
evitarlo y, cuando proceda, facilitar su regreso o
reasentamiento;
c) Adoptar medidas para proteger la seguridad y la
integridad fi'sica de las refugiadas, otras mujeres
desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y
las mujeres desplazadas internamente durante su
desplazamiento y a su regreso a sus comunidades de
origen, inclusive mediante programas de rehabilitacio'n;
adoptar medidas eficaces para proteger de la violencia a
las mujeres refugiadas o desplazadas; realizar una
investigacio'n imparcial y exhaustiva de las violaciones
de esa i'ndole y enjuiciar a los responsables;
d) Adoptar todas las medidas necesarias, con el pleno
respeto y la observancia estricta del principio de la no
devolucio'n de refugiados, para garantizar el derecho de
las mujeres refugiadas y desplazadas a regresar
voluntariamente a sus lugares de origen en condiciones
de seguridad y dignidad, asi' como su derecho a la
proteccio'n despue's del regreso;
e) Adoptar medidas, en el plano nacional y con la
cooperacio'n internacional cuando proceda, de
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas para
encontrar soluciones duraderas a los problemas de las
mujeres desplazadas internamente, inclusive haciendo
efectivo su derecho a regresar voluntariamente en
condiciones de seguridad a sus hogares de origen;
f) Asegurar que la comunidad internacional y sus
organizaciones internacionales proporcionen recursos
financieros y de otra i'ndole para el socorro de
emergencia y asistencia de otro tipo a largo plazo,
teniendo en cuenta las necesidades, recursos y
posibilidades concretas de las mujeres refugiadas, otras
mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n
internacional y las mujeres desplazadas internamente; al
proporcionar proteccio'n y asistencia debera'n adoptarse
todas las medidas adecuadas para eliminar la
discriminacio'n contra las mujeres y las jo'venes a fin
de garantizar la igualdad de acceso apropiado y
suficientes alimentos, agua y vivienda, educacio'n,
servicios sociales y de atencio'n de la salud, inclusive
de la salud reproductiva, y atencio'n y servicios de
maternidad encaminados a luchar contra las enfermedades
tropicales;
g) Facilitar la disponibilidad de material docente, en el
idioma apropiado - tambie'n en las situaciones de
emergencia - a fin de reducir al mi'nimo la
interrupcio'n de la ensen~anza entre los nin~os
refugiados y desplazados;
h) Aplicar normas internacionales para garantizar la
igualdad de acceso y la igualdad de trato de mujeres y
hombres en lo que respecta a los procedimientos de
determinacio'n del estatuto de refugiado y concesio'n de
asilo, incluido el pleno respeto y la observancia
estricta del principio de no devolucio'n por medio,
entre otras cosas, de la adaptacio'n de las normas
nacionales de inmigracio'n a los instrumentos
internacionales pertinentes, y considerar la posibilidad
de reconocer como refugiadas a las mujeres cuya
solicitud de reconocimiento de la condicio'n de
refugiada se base en un miedo bien fundado de sufrir
persecuciones por las razones enumeradas en la
Convencio'n de 1951 28/ y el Protocolo de 1967 29/,
sobre el Estatuto de los Refugiados incluida la
persecucio'n en forma de violencia sexual u otros tipos
de persecucio'n relacionados con el ge'nero y facilitar
el acceso a funcionarios especialmente capacitados,
especialmente funcionarias, para entrevistar a las
mujeres cuando se trate de experiencias delicadas o
dolorosas, como la agresio'n sexual;
i) Apoyar y promover los esfuerzos de los Estados dirigidos
a desarrollar criterios y directrices sobre las
respuestas a la persecucio'n dirigida especi'ficamente a
las mujeres, mediante el intercambio de informacio'n
sobre las iniciativas de los Estados para formular tales
criterios y directrices y la supervisio'n a fin de
lograr su aplicacio'n justa y consecuente;
j) Promover la autosuficiencia de las mujeres refugiadas,
otras mujeres desplazadas que necesitan proteccio'n
internacional y las mujeres internamente desplazadas y
ofrecer programas para las mujeres, en particular las
jo'venes, de formacio'n de liderazgo y adopcio'n de
decisiones en las comunidades de refugiados y
repatriados;
k) Lograr que se protejan los derechos humanos de las
refugiadas y las mujeres desplazadas y que e'stas
conozcan esos derechos; garantizar el reconocimiento de
la importancia vital de la reunificacio'n de las
familias;
l) Ofrecer, segu'n resulte apropiado, a las mujeres
reconocidas como refugiadas programas de formacio'n
profesional, incluyendo en esos programas la ensen~anza
de idiomas, la capacitacio'n para el establecimiento de
empresas en pequen~a escala, la planificacio'n de la
familia y la asistencia a las vi'ctimas de todas las
formas de violencia contra la mujer, incluso la
rehabilitacio'n de las vi'ctimas de la tortura y de los
traumas. Los gobiernos y otros donantes deberi'an
contribuir adecuadamente a los programas de asistencia
para las mujeres refugiadas, otras mujeres desplazadas
que necesiten proteccio'n internacional y las mujeres
desplazadas internamente, especialmente teniendo en
cuenta los efectos que tiene sobre los pai'ses de asilo
el aumento de las necesidades de la atencio'n a grandes
cantidades de refugiados y la necesidad de aumentar la
base de donantes y de que la carga pueda repartirse ma's
ampliamente;
m) Aumentar la conciencia del pu'blico sobre la
contribucio'n que aportan las mujeres refugiadas a los
pai'ses de reasentamiento; promover el entendimiento de
sus derechos humanos y de sus necesidades y capacidades
y fomentar el entendimiento y la aceptacio'n mutuos por
medio de programas educacionales que promuevan la
concordia entre las culturas y las razas;
n) Proporcionar servicios ba'sicos y de apoyo a las mujeres
desplazadas de sus lugares de origen a consecuencia del
terrorismo, la violencia, el tra'fico de drogas en otras
razones relacionadas con situaciones de violencia;
o) Desarrollar la conciencia de los derechos humanos de las
mujeres y proporcionar, cuando resulte apropiado,
ensen~anza y capacitacio'n en materia de derechos
humanos al personal militar y policial que actu'a en
zonas de los conflictos armados y en zonas donde hay
refugiados.
148. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Difundir y aplicar las Directrices del ACNUR sobre la
proteccio'n de las mujeres refugiadas y las directrices
sobre la evaluacio'n y el cuidado de las vi'ctimas de
traumas y violencia, o elaborar directrices ana'logas,
en estrecha cooperacio'n con las mujeres refugiadas y en
todos los sectores de los programas para refugiados;
b) Proteger a las mujeres y a los nin~os que emigran como
miembros de una familia del abuso o la denegacio'n de
sus derechos humanos por parte de los patrocinadores y
examinar la posibilidad de prorrogar su estancia en caso
de que se disuelva la relacio'n familiar, dentro de los
li'mites de la legislacio'n nacional.
Objetivo estrate'gico E.6. Proporcionar asistencia a las
mujeres de las colonias
Medidas que han de adoptarse
149. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales:
a) Apoyar y promover la aplicacio'n del derecho de todos
los pueblos a la libre determinacio'n enunciado en la
Declaracio'n y el Programa de Accio'n de Viena, entre
otros instrumentos, proporcionando programas especiales
para dirigentes y programas de formacio'n en adopcio'n
de decisiones;
b) Aumentar la conciencia pu'blica, segu'n proceda, por
conducto de los medios de comunicacio'n social, la
educacio'n a todos los niveles y programas especiales
destinados a lograr un mejor entendimiento de la
situacio'n de la mujer en las colonias y en los
territorios no auto'nomos.
F. La mujer y la economi'a
150. El grado de acceso de la mujer y el hombre a las estructuras
econo'micas de sus sociedades y sus respectivas oportunidades de
ejercer poder en ellas son considerablemente diferentes. En la
mayor parte del mundo es escasa o nula la presencia de mujeres en
los niveles de adopcio'n de decisiones econo'micas, incluida la
formulacio'n de poli'ticas financieras, monetarias, comerciales y
de otra i'ndole, asi' como los sistemas fiscales y los regi'menes
salariales. Dado que a menudo esas poli'ticas determinan la forma
en que las mujeres y los hombres deciden, entre otras cosas, co'mo
dividira'n su tiempo entre el trabajo remunerado y el no
remunerado en el marco de esas poli'ticas, la evolucio'n real de
esas estructuras y poli'ticas econo'micas incide directamente en
el acceso de la mujer y el hombre a los recursos econo'micos, en
su poder econo'mico y, por ende, en su situacio'n reci'proca en el
plano individual y familiar, asi' como en la sociedad en su
conjunto.
151. En muchas regiones, la participacio'n de la mujer en el
trabajo remunerado en el u'ltimo decenio ha aumentado notablemente
y se ha transformado tanto en el mercado laboral estructurado como
en el no estructurado. Aunque siguen trabajando en los sectores
agri'cola y pesquero, las mujeres han comenzado a participar cada
vez ma's en las microempresas y empresas de pequen~a y mediana
escala y, en algunas regiones, han adquirido ma's preponderancia
en el sector no estructurado, cada vez de mayor envergadura.
Debido, entre otras cosas, a una situacio'n econo'mica difi'cil y
a la falta de poder de negociacio'n proveniente de la desigualdad
basada en el ge'nero, muchas mujeres se han visto obligadas a
aceptar salarios bajos y condiciones de trabajo deficientes, por
lo que frecuentemente se las ha preferido a los hombres. En
cambio, un nu'mero cada vez mayor de mujeres se ha incorporado en
la fuerza de trabajo por su propia eleccio'n, al cobrar una mayor
conciencia de sus derechos y al hacerlos valer. Tras incorporarse
a la fuerza de trabajo, algunas han logrado promociones y mejores
salarios y condiciones de trabajo. No obstante, las mujeres se
han visto particularmente afectadas por la situacio'n econo'mica y
por el proceso de reestructuracio'n, que han impuesto cambios en
la naturaleza del empleo y, en algunos casos, provocado la
eliminacio'n de puestos de trabajo, incluso para las profesionales
y las trabajadoras especializadas. Adema's, muchas mujeres han
ingresado en el sector no estructurado a falta de otras
oportunidades. La participacio'n de la mujer y las conside-
raciones de ge'nero todavi'a esta'n ausentes en gran medida, pero
deberi'an integrarse, en el proceso de elaboracio'n de poli'ticas
de las instituciones multilaterales que definen las condiciones y,
en cooperacio'n con los gobiernos, establecen las metas de los
programas de ajuste estructural y de los pre'stamos y las subven-
ciones.
152. La discriminacio'n en los sistemas de educacio'n y
capacitacio'n, asi' como en las pra'cticas de contratacio'n,
remuneracio'n, ascenso y movilidad horizontal, las condiciones de
trabajo inflexibles, la falta de acceso a los recursos
productivos, la distribucio'n inadecuada de las tareas familiares,
junto con la falta o insuficiencia de servicios tales como los de
guarderi'a siguen restringiendo el empleo asi' como las
oportunidades econo'micas, profesionales y de otra i'ndole y la
movilidad de las mujeres, aumentan los problemas relacionados con
su participacio'n en las actividades econo'micas. Adema's,
hay obsta'culos psicolo'gicos que dificultan la participacio'n de
la mujer en la formulacio'n de poli'ticas econo'micas y en algunas
regiones, restringen el acceso de las mujeres y las nin~as a la
educacio'n y la capacitacio'n para la gestio'n econo'mica.
153. La participacio'n de la mujer en la fuerza laboral sigue
aumentando; en casi todas partes ha aumentado el trabajo de la
mujer fuera del hogar, aunque no se ha aligerado en consecuencia
su carga de trabajo no remunerado en el hogar y en la comunidad.
Los ingresos que aporta la mujer son cada vez ma's necesarios en
hogares de todo tipo. En algunas regiones han aumentado las
actividades empresariales y otras actividades auto'nomas de la
mujer, en particular en el sector no estructurado. En muchos
pai'ses son mujeres la mayori'a de los trabajadores empleados en
condiciones especiales, a saber, las personas que trabajan en
forma temporal, eventual, las que tienen varios empleos a jornada
parcial, los trabajadores por contrata y los que trabajan en su
propio domicilio.
154. Las trabajadoras migratorias, entre ellas las trabajadoras
dome'sticas, contribuyen con sus remesas a la economi'a del pai's
de donde provienen y tambie'n contribuyen a la economi'a del pai's
donde trabajan mediante su participacio'n en la fuerza de trabajo.
Sin embargo, las mujeres que migran padecen en el pai's a donde
van un alto nivel de desempleo en comparacio'n con los
trabajadores migratorios y los hombres que migran.
155. A causa de la poca atencio'n que se ha prestado a los
ana'lisis de ge'nero, a menudo se pasan por alto la contribucio'n
y los intereses de la mujer en las estructuras econo'micas, tales
como los mercados y las instituciones financieras, los mercados
laborales, la economi'a como disciplina acade'mica, la
infraestructura econo'mica y social, los sistemas fiscales y de
seguridad social, asi' como en la familia y en el hogar. En
consecuencia, es posible que muchas poli'ticas y programas sigan
contribuyendo a la desigualdad entre la mujer y el hombre. En los
casos en que se ha avanzado en la integracio'n de perspectivas de
ge'nero, tambie'n ha aumentado la eficacia de los programas y las
poli'ticas.
156. Aunque muchas mujeres han mejorado su situacio'n en las
estructuras econo'micas, la mayor parte, sobre todo las que
tropiezan con impedimentos adicionales, siguen sin poder alcanzar
la autonomi'a econo'mica y medios de vida sostenibles para ellas y
las personas a su cargo. Las mujeres suelen realizar actividades
econo'micas de diversa i'ndole en forma combinada, desde el
trabajo asalariado y las actividades agri'colas y pesqueras de
subsistencia hasta las actividades del sector no estructurado. No
obstante, las barreras juri'dicas y consuetudinarias que impiden
la propiedad o el acceso a la tierra, los recursos naturales, el
capital, el cre'dito, la tecnologi'a y otros medios de
produccio'n, asi' como las diferencias salariales, contribuyen a
obstaculizar el progreso econo'mico de la mujer. La mujer
contribuye al desarrollo no so'lo mediante su trabajo remunerado
sino tambie'n mediante una importante labor no remunerada. Por
otra parte, la mujer participa en la produccio'n de bienes y
servicios para el mercado y el consumo de los hogares, en la
agricultura, la produccio'n de alimentos o las empresas
familiares. Aunque ha sido incluida en el Sistema de Cuentas
Nacionales de las Naciones Unidas y, por consiguiente, en las
normas internacionales de las estadi'sticas del trabajo, esta
labor no remunerada, en particular la relacionada con la
agricultura, sigue siendo a menudo subvalorada y no se registra
debidamente. Por otra parte, la mujer sigue realizando tambie'n
la mayor parte de la labor dome'stica y de la labor comunitaria no
remunerada, como el cuidado de los nin~os y de las personas de
ma's edad, la preparacio'n de alimentos para la familia, la
proteccio'n del medio ambiente y la prestacio'n de asistencia
voluntaria a las personas y los grupos vulnerables y
desfavorecidos. Esta labor no se suele medir en te'rminos
cuantitativos y no se valora en las cuentas nacionales. La
contribucio'n de la mujer al desarrollo se ve seriamente
subestimada y, por consiguiente, su reconocimiento social es
limitado. La plena visibilidad del tipo, el alcance y la
distribucio'n de esta labor no remunerada contribuira' tambie'n a
que se compartan mejor las responsabilidades.
157. Aunque se han creado algunas nuevas oportunidades de empleo
para las mujeres como consecuencia de la internacionalizacio'n de
la economi'a, tambie'n han surgido tendencias que han agravado las
desigualdades entre las mujeres y los hombres. Al mismo tiempo,
la internacionalizacio'n incluida la integracio'n econo'mica,
puede crear presiones sobre la situacio'n del empleo de la mujer
para adaptarse a las nuevas circunstancias y para buscar nuevas
fuentes de empleo a medida que cambian las modalidades del
comercio. Es preciso realizar nuevos ana'lisis de los efectos de
la internacionalizacio'n en la situacio'n econo'mica de la mujer.
158. Esas tendencias se han caracterizado por los salarios bajos,
poca o ninguna proteccio'n de las normas laborales, deficientes
condiciones de trabajo particularmente con respecto a la seguridad
y la salud ocupacional de la mujer, bajos niveles de
especializacio'n profesional y la falta de seguridad social y
seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado como en el
no estructurado. El desempleo de la mujer es un problema grave
que va en aumento en muchos pai'ses y sectores. Las trabajadoras
jo'venes del sector no estructurado y el sector rural y las
trabajadoras migrantes siguen siendo las categori'as menos
protegidas por la legislacio'n laboral y las leyes de
inmigracio'n. Las mujeres, particularmente las que son jefas del
hogar con nin~os pequen~os, tienen escasas oportunidades de empleo
debido, entre otras cosas, a que las condiciones de trabajo no son
flexibles y a que los hombres y la sociedad no comparten lo
suficiente las responsabilidades familiares.
159. En los pai'ses que esta'n sufriendo una transformacio'n
poli'tica, econo'mica y social fundamental, los conocimientos de
la mujer, si se utilizaran mejor, podri'an hacer una importante
contribucio'n a la vida econo'mica de los pai'ses respectivos. Se
deberi'a ampliar y apoyar au'n ma's esa contribucio'n, y
aprovechar mejor las potencialidades de la mujer.
160. La falta de empleos en el sector privado y las reducciones de
servicios pu'blicos y de los puestos correspondientes han afectado
de manera desproporcionada a la mujer. En algunos pai'ses, las
mujeres se hacen cargo de un mayor volumen de trabajo no remune-
rado, como el cuidado de los nin~os, de los enfermos o de los
ancianos, compensando asi' la pe'rdida de los ingresos familiares,
sobre todo cuando no se dispone de servicios pu'blicos. En muchos
casos, en las estrategias de creacio'n de empleo no se ha prestado
suficiente atencio'n a ocupaciones y sectores en que han
predominado las mujeres; tampoco se ha promovido como es debido el
acceso de la mujer a ocupaciones y sectores en que
tradicionalmente han predominado los hombres.
161. Muchas de las mujeres que tienen un trabajo remunerado
tropiezan con obsta'culos que les impiden realizar su potencial.
Si bien cada vez es ma's frecuente que haya algunas mujeres en los
niveles administrativos inferiores, a menudo la discriminacio'n
psicolo'gica impide que sigan ascendiendo. La experiencia del
hostigamiento sexual es una afrenta a la dignidad de la
trabajadora e impide a las mujeres efectuar una contribucio'n
acorde con sus capacidades. La inexistencia de un entorno de
trabajo propicio para la familia, incluida la falta de servicios
de guarderi'a infantil apropiados y asequibles y los horarios de
trabajo poco flexibles, impiden adema's a las mujeres realizar su
pleno potencial.
162. En el sector privado, tanto en las empresas transnacionales
como en las nacionales, las mujeres esta'n ausentes en gran medida
de los niveles ejecutivos y de gestio'n, lo cual denota que las
poli'ticas y pra'cticas de contratacio'n y ascenso son
discriminatorias. El entorno laboral desfavorable, asi' como el
nu'mero limitado de oportunidades de empleo disponibles, han
llevado a muchas mujeres a buscar otras opciones. Cada vez hay
ma's mujeres empleadas por cuenta propia y propietarias y
administradoras de microempresas o de empresas pequen~as y
medianas. La expansio'n del sector no estructurado en muchos
pai'ses, y de la empresa auto'noma e independiente se debe en gran
parte a las mujeres, cuyas iniciativas y pra'cticas tradicionales,
de colaboracio'n y de autoayuda en los sectores productivo y
mercantil representan un recurso econo'mico fundamental. Mediante
el acceso al capital y su control, el cre'dito y otros recursos,
la tecnologi'a y la capacitacio'n, las mujeres pueden aumentar la
produccio'n, la comercializacio'n y los ingresos para el
desarrollo sostenible.
163. Habida cuenta de que la continuacio'n de las desigualdades
coexiste con progresos tangibles, es necesario replantear las
poli'ticas de empleo a fin de incluir en ellas una perspectiva de
ge'nero y sen~alar una gama ma's amplia de oportunidades, asi'
como hacer frente a las posibles consecuencias negativas para la
mujer de las actuales estructuras de trabajo y empleo. Para
lograr la plena igualdad entre la mujer y el hombre en su
contribucio'n a la economi'a, se requieren esfuerzos decididos
para que se reconozca y aprecie por igual la influencia que el
trabajo, la experiencia, los conocimientos y los valores tanto de
la mujer como del hombre, tienen en la sociedad.
164. Al tratar la cuestio'n del potencial econo'mico y la
independencia econo'mica de la mujer, los gobiernos y otros
interesados deberi'an fomentar una poli'tica activa y evidente que
consista en lograr que en todas las poli'ticas y programas de
cara'cter general se incorpore una perspectiva de ge'nero de
manera que antes de adoptar decisiones, se analicen los efectos
que han de tener tanto para la mujer como para el hombre.
Objetivo estrate'gico F.1. Promover la independencia y
los derechos
econo'micos de la mujer,
incluidos el
acceso al empleo, a condiciones
de
trabajo apropiadas y al control
de los
recursos econo'micos
Medidas que han de adoptarse
165. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen los
derechos de la mujer y el hombre a una remuneracio'n
igual por el mismo trabajo o por un trabajo de igual
valor;
b) Aprobar y aplicar leyes contra la discriminacio'n por
motivos de sexo, en el mercado de trabajo, con especial
consideracio'n a las trabajadoras de ma's edad, en la
contratacio'n y el ascenso, en la concesio'n de
prestaciones laborales y de seguridad social y en las
condiciones de trabajo;
c) Adoptar medidas apropiadas para tener en cuenta el papel
y las funciones reproductivas de la mujer y eliminar las
pra'cticas discriminatorias de los empleadores, tales
como no contratar o despedir a mujeres debido al
embarazo o la lactancia materna, o exigir pruebas de
utilizacio'n de anticonceptivos, y adoptar medidas
eficaces para garantizar que las mujeres embarazadas,
las mujeres con licencia de maternidad o las mujeres que
se reintegran al mercado laboral despue's de tener hijos
no sufran discriminacio'n alguna;
d) Elaborar mecanismos y tomar medidas positivas que
permitan a la mujer participar plenamente y en
condiciones de igualdad en la formulacio'n de poli'ticas
y en la definicio'n de estructuras por medio de
organizaciones como los ministerios de hacienda y
comercio, las comisiones econo'micas nacionales, los
institutos de investigacio'n econo'mica y otros
organismos fundamentales, asi' como mediante su
participacio'n en los o'rganos internacionales
pertinentes;
e) Emprender reformas legislativas y administrativas que
otorguen a la mujer iguales derechos que los hombres a
los recursos econo'micos, incluso a la propiedad y el
control de la tierra y otros bienes, al cre'dito, a la
herencia, a los recursos naturales y a la tecnologi'a
nueva apropiada;
f) Revisar los sistemas nacionales de impuestos sobre la
renta y de impuestos sobre la herencia y los sistemas de
seguridad social con objeto de eliminar cualquier
posible discriminacio'n contra la mujer;
g) Tratar de llegar a un conocimiento ma's completo en
materia de trabajo y empleo, entre otras cosas, mediante
actividades para medir y comprender mejor el tipo, el
alcance y la distribucio'n del trabajo no remunerado,
particularmente el trabajo de cuidar de los familiares a
cargo y el trabajo no remunerado realizado para las
empresas o explotaciones agri'colas familiares, y
estimular el intercambio y la difusio'n de informacio'n
sobre los estudios y la experiencia en esta materia,
inclusive la formulacio'n de me'todos para determinar su
valor en te'rminos cuantitativos que permitan
eventualmente la posibilidad de reflejar dicho valor en
cuentas que puedan producirse por separado, aunque de
manera coherente con las cuentas nacionales ba'sicas;
h) Revisar y reformar las leyes que regulen el
funcionamiento de las instituciones financieras a fin de
que e'stas presten servicios a las mujeres en las mismas
condiciones que se aplican a los hombres;
i) Facilitar, a los niveles apropiados, que los procesos
presupuestarios sean ma's abiertos y transparentes;
j) Revisar y aplicar poli'ticas nacionales que apoyen los
mecanismos nacionales de ahorro, cre'dito y pre'stamo
para la mujer;
k) Lograr que las poli'ticas nacionales relacionadas con
los acuerdos comerciales internacionales y regionales no
tengan efectos perjudiciales para las actividades
econo'micas nuevas y tradicionales de la mujer;
l) Velar por que todas las empresas, incluidas las empresas
transnacionales, cumplan las leyes y co'digos
nacionales, las normas de seguridad social, los
acuerdos, instrumentos y convenios internacionales
vigentes, incluidos los relativos al medio ambiente, y
otras leyes pertinentes;
m) Modificar las poli'ticas de empleo a fin de facilitar la
reestructuracio'n de los regi'menes laborales de manera
que promuevan la posibilidad de compartir las
responsabilidades familiares;
n) Establecer mecanismos y otros foros que permitan a las
empresarias y a las trabajadoras contribuir a la
formulacio'n de las poli'ticas y programas que este'n
elaborando los ministerios econo'micos y las
instituciones financieras;
o) Promulgar y hacer cumplir leyes que garanticen la
igualdad de oportunidades, adoptar medidas positivas y
asegurar su cumplimiento en los sectores pu'blico y
privado por distintos medios;
p) Utilizar en la formulacio'n de las poli'ticas
macroecono'micas y microecono'micas y sociales el
ana'lisis de ge'nero a fin de vigilar las repercusiones
de ge'nero y modificar las poli'ticas en los casos en
que esas repercusiones sean perjudiciales;
q) Fomentar poli'ticas y medidas que tengan en cuenta el
ge'nero a fin de crear las condiciones para que la mujer
pueda participar en un pie de igualdad con el hombre en
los campos te'cnico, administrativo y empresarial;
r) Reformar las leyes o aplicar poli'ticas nacionales en
apoyo del establecimiento de una legislacio'n laboral
que garantice la proteccio'n de todas las trabajadoras,
incluidas las pra'cticas de trabajo seguras, el derecho
a organizarse y el acceso a la justicia.
Objetivo estrate'gico F.2. Facilitar el acceso de la
mujer, en
condiciones de igualdad, a
los recursos,
el empleo, los mercados y el
comercio
Medidas que han de adoptarse
166. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Fomentar y respaldar el trabajo por cuenta propia de la
mujer y la creacio'n de pequen~as empresas y fortalecer
el acceso de las mujeres al cre'dito y al capital en
condiciones apropiadas e iguales a las que se conceden a
los hombres mediante la promocio'n de instituciones
dedicadas a fomentar la capacidad empresarial de la
mujer, incluidos, segu'n proceda, planes de cre'dito
mutuo y no tradicional, asi' como nuevos tipos de
relaciones con instituciones financieras;
b) Fortalecer la concesio'n de iniciativas por el Estado,
en su cara'cter de empleador, para crear una poli'tica
de oportunidades iguales para las mujeres y los hombres;
c) Mejorar, a nivel nacional y local, el potencial de
generacio'n de ingresos de las mujeres de las zonas
rurales facilitando la igualdad de acceso y el control
de los recursos productivos, la tierra, el cre'dito, el
capital, los derechos de propiedad, los programas de
desarrollo y las estructuras cooperativas;
d) Fomentar y fortalecer las microempresas, las nuevas
empresas pequen~as, las empresas cooperativas, la
ampliacio'n de los mercados y otras oportunidades de
empleo y, segu'n proceda, facilitar la transicio'n del
sector no estructurado al sector estructurado,
particularmente en las zonas rurales;
e) Crear y modificar programas que reconozcan y fortalezcan
el papel decisivo de la mujer en la seguridad
alimentaria y proporcionar a las productoras remuneradas
y no remuneradas, especialmente a las que se dedican a
actividades de produccio'n de alimentos, como la
agricultura, la pesca y la acuicultura asi' como a las
empresas urbanas, igualdad de acceso a tecnologi'as
apropiadas, transporte, servicios de extensio'n,
comercializacio'n y facilidades de cre'dito a nivel
local y comunitario;
f) Crear mecanismos apropiados y fomentar instituciones
intersectoriales que permitan a las cooperativas de
mujeres aumentar al ma'ximo su acceso a los servicios
necesarios;
g) Incrementar la proporcio'n de mujeres entre el personal
de los servicios de extensio'n y otros servicios
gubernamentales que proporcionan asistencia te'cnica o
administran programas econo'micos;
h) Revisar, reformular si conviene y aplicar poli'ticas,
incluso en el a'mbito de la legislacio'n relativa a las
empresas, el comercio y los contratos, y de los
reglamentos gubernamentales a fin de asegurar que no
existan discriminaciones contra las empresas pequen~as y
medianas de propiedad de mujeres en las zonas rurales y
urbanas;
i) Proporcionar ana'lisis, asesoramiento y coordinacio'n
respecto de poli'ticas que integren las necesidades y
los intereses de las mujeres empleadas, las trabajadoras
por cuenta propia y las empresarias en las poli'ticas,
los programas y los presupuestos sectoriales e
interministeriales;
j) Procurar lograr la igualdad de acceso de las mujeres a
una capacitacio'n laboral eficaz, al readiestramiento,
el asesoramiento y los servicios de colocacio'n que no
se limiten a las esferas de empleo tradicionales;
k) Eliminar los obsta'culos de poli'tica y reglamentacio'n
con que tropiezan las mujeres en los programas sociales
y de desarrollo que desalientan la iniciativa privada e
individual;
l) Salvaguardar y promover el respeto de los derechos
fundamentales de los trabajadores, inclusive la
prohibicio'n del trabajo forzoso y del trabajo infantil,
la libertad de asociacio'n y el derecho a organizarse y
a concertar contratos colectivos; establecer la igualdad
de remuneracio'n para la mujer y el hombre por trabajo
de igual valor y la no discriminacio'n en el empleo,
respetando plenamente los convenios de la Organizacio'n
Internacional del Trabajo en el caso de los Estados
partes en esos convenios y teniendo en cuenta los
principios en que se fundan esos convenios en el caso de
los pai'ses que no son Estados partes en ellos, a fin de
lograr un crecimiento econo'mico sostenido y un
desarrollo sostenible de cara'cter genuino.
167. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los bancos
centrales y los bancos nacionales de desarrollo, asi' como las
instituciones bancarias privadas, segu'n proceda:
a) Aumentar la participacio'n de la mujer, incluidas las
mujeres empresarias, en juntas consultivas y otros foros
para que las empresarias de todos los sectores y sus
organizaciones puedan contribuir a la formulacio'n y el
examen de las poli'ticas y los programas que elaboren
los ministerios de economi'a y las instituciones
bancarias;
b) Movilizar al sector bancario para que conceda ma's
pre'stamos y la refinanciacio'n mediante incentivos y la
formacio'n de intermediarios que se ocupen de las
necesidades de las mujeres empresarias y productoras en
las zonas rurales y urbanas, y para que incluya a las
mujeres en sus o'rganos directivos y en la
planificacio'n y la adopcio'n de decisiones;
c) Estructurar servicios que queden al alcance de las
mujeres de las zonas rurales y urbanas que participan en
microempresas y empresas pequen~as y medianas, prestando
especial atencio'n a las mujeres jo'venes, a las mujeres
de bajos ingresos, a las que pertenezcan a minori'as
e'tnicas y raciales, y a las mujeres indi'genas, que
carezcan de acceso al capital y a los bienes; y ampliar
el acceso de la mujer a los mercados financieros
seleccionando y alentando reformas financieras en la
supervisio'n y la reglamentacio'n que respalden los
esfuerzos directos e indirectos de las instituciones
financieras para atender mejor las necesidades de
cre'dito y otras necesidades financieras de las
microempresas y las empresas pequen~as y medianas de
propiedad de mujeres;
d) Asegurar que las prioridades de la mujer se incluyan en
los programas de inversiones pu'blicas para la
infraestructura econo'mica, como el agua y el
saneamiento, la electrificacio'n y la conservacio'n de
energi'a, el transporte y la construccio'n de caminos,
fomentar una mayor participacio'n de las mujeres
beneficiarias en las etapas de planificacio'n y
ejecucio'n de proyectos para asegurar el acceso a los
empleos y los contratos.
168. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
no gubernamentales:
a) Prestar especial atencio'n a las necesidades de la mujer
al difundir informacio'n sobre los mercados, el comercio
y los recursos e impartir capacitacio'n adecuada en esas
esferas;
b) Alentar estrategias de desarrollo econo'mico de la
comunidad que se basen en asociaciones entre los
gobiernos, y alentar a los miembros del sector privado a
que creen empleos y se ocupen de la situacio'n social de
las personas, las familias y las comunidades.
169. Medidas que han de adoptar los proveedores de financiacio'n
multilaterales, los bancos de desarrollo regionales y los
organismos de financiacio'n bilaterales y privados, en los planos
internacional, regional y subregional:
a) Examinar, reformular, cuando proceda, y ejecutar
poli'ticas, programas y proyectos para procurar que una
mayor proporcio'n de recursos quede a disposicio'n de
las mujeres en las zonas rurales y apartadas;
b) Elaborar disposiciones flexibles de financiacio'n para
financiar instituciones intermediarias que este'n
orientadas a las actividades econo'micas de la mujer, y
fomentar la autosuficiencia y el aumento de la capacidad
y rentabilidad de las empresas econo'micas de propiedad
de mujeres;
c) Elaborar estrategias para consolidar y ampliar su
asistencia al sector de las microempresas y las empresas
pequen~as y medianas, a fin de ampliar las oportunidades
de participacio'n plena de la mujer y para obrar de
consuno a fin de coordinar y afianzar la eficacia de ese
sector, aprovechando la experiencia y los recursos
financieros de sus propias organizaciones, al igual que
los de los organismos bilaterales, los gobiernos y las
organizaciones no gubernamentales.
170. Medidas que han de adoptar las organizaciones
internacionales, multilaterales y bilaterales de cooperacio'n para
el desarrollo:
Prestar apoyo, mediante el suministro de capital o de
recursos, a las instituciones financieras que atienden a las
mujeres empresarias y productoras de bajos ingresos que
administran empresas pequen~as y microempresas en los
sectores estructurado y no estructurado.
171. Medidas que han de adoptar los gobiernos o las instituciones
financieras multilaterales:
Examinar las reglas y los procedimientos de las instituciones
financieras nacionales e internacionales del sector
estructurado que constituyen un obsta'culo para repetir el
prototipo del Banco Grameen, que proporciona servicios de
cre'dito a las mujeres rurales.
172. Medidas que han de adoptar las organizaciones
internacionales:
Prestar apoyo adecuado a los programas y proyectos destinados
a fomentar actividades empresariales sostenibles y
productivas entre las mujeres, en especial las que se
encuentran en situacio'n desventajosa.
Objetivo estrate'gico F.3. Proporcionar servicios comerciales,
capacitacio'n y acceso a los mercados,
informacio'n y tecnologi'a,
particularmente a las mujeres de bajos ingresos
Medidas que han de adoptarse
173. Medidas que han de adoptar los gobiernos [en cooperacio'n con
las organizaciones no gubernamentales y el sector privado]:
a) Proporcionar infraestructura pu'blica para asegurar
la igualdad de acceso a los mercados para los
empresarios de ambos sexos;
b) Elaborar programas que proporcionen capacitacio'n y
readiestramiento a las mujeres, especialmente en nuevas
tecnologi'as y servicios asequibles en gestio'n de
empresas, desarrollo de productos, financiacio'n,
control de la produccio'n y la calidad,
comercializacio'n y aspectos juri'dicos de la actividad
comercial;
c) Proporcionar programas de divulgacio'n para informar a
las mujeres de bajos ingresos y a las mujeres pobres,
especialmente en las zonas rurales y apartadas, de las
oportunidades de acceso a los mercados y las
tecnologi'as, y prestar asistencia para aprovechar
dichas oportunidades;
d) Crear servicios de apoyo no discriminatorios para las
empresas de propiedad de mujeres, incluidos fondos de
inversio'n, y tener especialmente en cuenta a las
mujeres, sobre todo las de bajos ingresos, en los
programas de promocio'n del comercio;
e) Difundir informacio'n sobre mujeres empresarias que
hayan tenido e'xito en actividades econo'micas
tradicionales y no tradicionales y sobre la preparacio'n
necesaria para obtener ese e'xito y facilitar la
creacio'n de redes y el intercambio de informacio'n;
f) Adoptar medidas para asegurar la igualdad de acceso de
la mujer a la capacitacio'n permanente en el lugar de
trabajo, incluidas las mujeres desempleadas, las madres
solteras, las mujeres que se reintegran al mercado
laboral tras abandonar temporalmente el empleo por un
peri'odo prolongado debido a responsabilidades
familiares y otras causas, y las mujeres desplazadas por
nuevas formas de produccio'n o por reducciones del
personal, y aumentar los incentivos a las empresas para
que incrementen el nu'mero de centros de formacio'n
profesional y capacitacio'n que capaciten a la mujer en
esferas no tradicionales;
g) Prestar servicios de apoyo asequibles, como servicios de
guarderi'a de buena calidad, flexibles y asequibles, que
tengan en cuenta las necesidades de los trabajadores de
ambos sexos.
174. Medidas que han de adoptar las organizaciones empresariales
locales, nacionales, regionales e internacionales y las
organizaciones no gubernamentales interesadas en las cuestiones
relacionadas con la mujer:
Abogar en todos los niveles por la promocio'n y el apoyo de
los negocios y las empresas de propiedad de mujeres,
incluidas las del sector no estructurado, y por la igualdad
de acceso de la mujer a los recursos productivos.
Objetivo estrate'gico F.4. Reforzar la capacidad econo'mica y las
redes comerciales de la mujer
Medidas que han de adoptarse
175. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Adoptar poli'ticas que alienten a las organizaciones
empresariales, organizaciones no gubernamentales,
cooperativas, fondos rotatorios de pre'stamo,
cooperativas de ahorro y cre'dito, organizaciones
populares, grupos femeninos de autoayuda y otros
proyectos a fin de que presten servicios a las
empresarias en las zonas rurales y urbanas;
b) Integrar una perspectiva de ge'nero en todas las
poli'ticas de reestructuracio'n econo'mica y ajuste
estructural y elaborar programas para las mujeres que se
vean afectadas por la reestructuracio'n econo'mica,
incluidos los programas de ajuste estructural, y para
mujeres que trabajan en el sector no estructurado;
c) Adoptar poli'ticas para crear un entorno que propicie el
establecimiento de grupos de autoayuda para la mujer,
asi' como organizaciones y cooperativas de trabajadoras
por medio de formas no convencionales de apoyo, y
reconociendo el derecho a la libertad de asociacio'n y
el derecho a organizarse;
d) Prestar apoyo a los programas que mejoren la
autosuficiencia de grupos especiales de mujeres, como
las mujeres jo'venes, las mujeres con discapacidad, las
mujeres ancianas y las mujeres que pertenezcan a
minori'as raciales y e'tnicas;
e) Fomentar la igualdad entre el hombre y la mujer mediante
la promocio'n de estudios de la mujer y la utilizacio'n
de los resultados de los estudios e investigaciones
sobre el ge'nero en todas las esferas, incluidas, las
esferas econo'mica, cienti'fica y tecnolo'gica;
f) Prestar apoyo a las actividades econo'micas de las
mujeres indi'genas teniendo en cuenta sus conocimientos
tradicionales, de manera de mejorar su situacio'n y
desarrollo;
g) Adoptar poli'ticas que ampli'en o mantengan la
proteccio'n que prestan las leyes laborales y las
disposiciones sobre bienestar social a las personas que
realizan trabajo remunerado en el hogar;
h) Reconocer y alentar la contribucio'n de las
investigaciones efectuadas por las cienti'ficas y las
tecno'logas;
i) Asegurar que las poli'ticas y las reglamentaciones no
discriminen contra las microempresas y las empresas
pequen~as y medianas administradas por mujeres.
176. Medidas para los intermediarios financieros, los institutos
nacionales de capacitacio'n, las cooperativas de ahorro y
cre'dito, las organizaciones no gubernamentales, las asociaciones
de mujeres, las organizaciones profesionales y el sector privado,
segu'n proceda:
a) Impartir capacitacio'n a los niveles nacional, regional
e internacional en diversas materias te'cnicas,
comerciales y financieras que permita a las mujeres, en
especial a las jo'venes, participar en la formulacio'n
de poli'ticas econo'micas en esos niveles;
b) Proporcionar servicios comerciales, incluso informacio'n
sobre el comercio y la distribucio'n, el desarrollo y la
creacio'n de nuevos productos, transferencia de
tecnologi'a y el control de calidad, a las empresas
comerciales de propiedad de mujeres, incluso en los
sectores de exportacio'n de la economi'a;
c) Promover vi'nculos te'cnicos y comerciales y crear
empresas mixtas entre empresarias en los planos
nacional, regional e internacional para apoyar las
iniciativas surgidas de la comunidad;
d) Fortalecer la participacio'n de la mujer, incluso la
mujer marginada, en cooperativas de produccio'n y
comercializacio'n mediante la prestacio'n de apoyo en
materia de comercializacio'n y financiacio'n,
especialmente en zonas rurales y apartadas;
e) Fomentar y fortalecer las microempresas de mujeres, las
empresas pequen~as nuevas, las empresas cooperativas,
los mercados ampliados y otras oportunidades de empleo
y, cuando proceda, facilitar la transicio'n del sector
no estructurado al estructurado, en las zonas rurales y
urbanas;
f) Invertir capital y crear carteras de inversio'n que
financien empresas comerciales de propiedad de mujeres;
g) Prestar la debida atencio'n a la prestacio'n de
asistencia te'cnica, servicios de asesoramiento,
capacitacio'n y readiestramiento a la mujer en relacio'n
con el ingreso a la economi'a de mercado;
h) Prestar apoyo a redes de cre'dito y empresas
innovadoras, incluidos los sistemas de ahorro
tradicionales;
i) Establecer redes para empresarias, incluso oportunidades
para que las mujeres ma's experimentadas aconsejen a las
menos experimentadas;
j) Alentar a las organizaciones comunitarias y a las
autoridades pu'blicas a crear fondos de pre'stamo para
empresarias, aprovechando modelos de pequen~as
cooperativas que hayan tenido e'xito.
177. Medidas que ha de adoptar el sector privado, incluidas las
empresas transnacionales y nacionales:
a) Adoptar poli'ticas y establecer mecanismos para otorgar
contratos sobre bases no discriminatorias;
b) Contratar mujeres para ocupar puestos directivos, de
adopcio'n de poli'ticas y de gestio'n y proporcionarles
programas de capacitacio'n, todo ello en un pie de
igualdad con los hombres;
c) Cumplir las leyes nacionales en materia de trabajo,
medio ambiente, proteccio'n de los consumidores, salud y
seguridad, sobre todo las que afectan a la mujer.
Objetivo estrate'gico F.5. Eliminar la segregacio'n en el trabajo
y todas las formas de discriminacio'n
en el empleo
Medidas que han de adoptarse
178. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los empleadores,
los empleados, los sindicatos y las organizaciones de mujeres:
a) Aplicar y hacer cumplir leyes y reglamentos y promover
co'digos de conducta que aseguren la aplicacio'n en pie
de igualdad de las Normas Internacionales del Trabajo,
como el Convenio No. 100 relativo a la Igualdad de
Remuneracio'n entre la Mano de Obra Masculina y la Mano
de Obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor;
b) Promulgar y hacer cumplir las leyes e introducir medidas
de aplicacio'n, incluso mecanismos de recurso y el
acceso a la justicia en caso de incumplimiento, a fin de
prohibir la discriminacio'n directa e indirecta por
motivos de sexo, estado civil o situacio'n familiar en
relacio'n con el acceso al empleo y las condiciones de
empleo, con inclusio'n de la capacitacio'n, los
ascensos, la salud y la seguridad, y en relacio'n con el
despido y la seguridad social de los trabajadores,
incluso la proteccio'n legal contra el hostigamiento
sexual y racial;
c) Promulgar y hacer cumplir leyes y elaborar poli'ticas
aplicables en el lugar de trabajo contra la
discriminacio'n por motivo de ge'nero en el mercado de
trabajo, con especial consideracio'n a las trabajadoras
de ma's edad, en la contratacio'n y los ascensos y en la
concesio'n de las prestaciones de empleo y la seguridad
social, asi' como en lo relativo a las condiciones de
trabajo discriminatorias y el hostigamiento sexual; se
deben establecer mecanismos para revisar y vigilar
perio'dicamente esas leyes;
d) Eliminar las pra'cticas discriminatorias utilizadas por
los empleadores basadas en las funciones reproductivas
de la mujer, incluida la denegacio'n de empleo y el
despido de mujeres debido al embarazo o la lactancia;
e) Elaborar y promover programas y servicios de empleo para
las mujeres que ingresan por primera vez o se
reincorporan al mercado de trabajo, especialmente las
mujeres pobres de las zonas urbanas y rurales, las
mujeres jo'venes y las mujeres que se hayan visto
afectadas por programas de ajuste estructural;
f) Aplicar y supervisar programas de empleo equitativo y de
accio'n positiva en los sectores pu'blico y privado para
superar la discriminacio'n siste'mica contra las mujeres
en el mercado de trabajo, en particular contra las
mujeres con discapacidad y las mujeres de otros grupos
desfavorecidos, en las esferas de la contratacio'n, la
retencio'n y los ascensos, y la formacio'n profesional
de las mujeres en todos los sectores;
g) Eliminar la segregacio'n en las ocupaciones,
especialmente promoviendo una participacio'n igual de la
mujer en trabajos de alta especializacio'n y en los
puestos de direccio'n y mediante otras medidas, tales
como el asesoramiento y la colocacio'n, que promuevan
las perspectivas de carrera y la movilidad ascendente en
el mercado de trabajo, y estimulando la diversificacio'n
de las posibilidades ocupacionales de las mujeres y los
hombres; alentar a las mujeres a realizar trabajos no
tradicionales, especialmente en la esfera de la ciencia
y la tecnologi'a, y alentar a los hombres a buscar
empleo en el sector social;
h) Reconocer que la negociacio'n colectiva constituye un
derecho y es un mecanismo importante para eliminar las
desigualdades en la remuneracio'n de las mujeres y
mejorar las condiciones de trabajo;
i) Promover la eleccio'n de mujeres como dirigentes
sindicales y asegurar que se garantice a las dirigentes
sindicales la proteccio'n en el empleo y la seguridad
fi'sica en el desempen~o sus funciones;
j) Asegurar el acceso a los programas especiales que se
elaboren para permitir a las mujeres con discapacidad
obtener y mantener un puesto de trabajo y asegurar su
acceso a la ensen~anza y a la formacio'n a todos los
niveles adecuados, de conformidad con las Normas
Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las
personas con discapacidad 30/; modificar las condiciones
de trabajo, en la medida de lo posible, a fin de
adecuarlas a las necesidades de las mujeres con
discapacidad, a las que se debe ofrecer proteccio'n
legal contra la pe'rdida infundada del puesto de trabajo
debido a su discapacidad;
k) Incrementar los esfuerzos por eliminar las diferencias
entre la remuneracio'n de las mujeres y de los hombres,
adoptar medidas para aplicar el principio de la
remuneracio'n igual por el mismo trabajo o por un
trabajo de igual valor mediante el mejoramiento de la
legislacio'n, incluido el cumplimiento de la
legislacio'n y las normas laborales internacionales, y
promover los planes de evaluacio'n de las funciones con
criterios imparciales en cuanto al ge'nero;
l) Establecer o fortalecer los mecanismos de decisio'n
judicial en materias relacionadas con la discriminacio'n
en la remuneracio'n;
m) Fijar plazos para eliminar todas las formas de trabajo
infantil que sean contrarias a las normas
internacionalmente aceptadas y asegurar el pleno
cumplimiento de las leyes vigentes al respecto y, cuando
proceda, promulgar la legislacio'n necesaria para
aplicar la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o y
las normas de la Organizacio'n Internacional del Trabajo
a fin de proteger a los nin~os que trabajan, sobre todo
los nin~os de la calle, mediante la provisio'n de
servicios adecuados de salud y educacio'n y otros
servicios sociales;
n) Asegurar que en las estrategias para eliminar el trabajo
infantil se aborden tambie'n, cuando proceda, las
demandas excesivas que se hacen a algunas nin~as en lo
relativo a las labores no remuneradas en su propio hogar
y en otros hogares;
o) Revisar, analizar y, segu'n proceda, reformular las
escalas de sueldos y salarios en las profesiones en que
predominan las mujeres, como la ensen~anza, la
enfermeri'a y la atencio'n de los nin~os, con miras a
mejorar su categori'a y aumentar la remuneracio'n
conexa;
p) Facilitar el empleo productivo de las trabajadoras
migrantes documentadas (incluidas las mujeres
reconocidas como refugiadas con arreglo a la Convencio'n
sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951), mediante
un mayor reconocimiento de la educacio'n y de los
ti'tulos, diplomas y credenciales extranjeros y la
adopcio'n de un criterio integral en lo que respecta a
la formacio'n necesaria para incorporarse al mercado de
trabajo, formacio'n que debe incluir la ensen~anza del
idioma del pai's.
Objetivo estrate'gico F.6. Fomentar la armonizacio'n de las
responsabilidades de la mujeres
y los hombres en lo que respecta
al trabajo y la familia
Medidas que han de adoptarse
179. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Adoptar poli'ticas para asegurar la proteccio'n
apropiada de las leyes laborales y los beneficios de la
seguridad social a los empleos en jornada parcial y los
empleos temporales, a los trabajadores estacionales y a
los que trabajan en el hogar, para promover las
perspectivas de carrera sobre la base de condiciones de
trabajo que concilien las responsabilidades laborales
con las familiares;
b) Asegurar que las mujeres y los hombres puedan decidir
libremente y en un pie de igualdad si trabajan en
jornada completa o jornada parcial, y examinar la
posibilidad de proporcionar una proteccio'n adecuada a
los trabajadores ati'picos en lo relativo al acceso al
empleo, las condiciones de trabajo y la seguridad
social;
c) Asegurar, mediante leyes, incentivos o esti'mulos que se
den oportunidades adecuadas a las mujeres y los hombres
para obtener licencias y prestaciones de maternidad o
paternidad; promover que la distribucio'n de las
responsabilidades del hombre y la mujer respecto de la
familia en pie de igualdad, incluso mediante leyes,
incentivos o esti'mulos apropiados, y promover adema's
que se facilite la lactancia a las madres trabajadoras;
d) Elaborar poli'ticas, entre otras cosas, en la esfera de
la ensen~anza, para modificar las aptitudes que
refuerzan la divisio'n del trabajo sobre la base del
ge'nero, con objeto de promover el concepto de las
responsabilidades familiares compartidas en lo que
respecta al trabajo dome'stico, en particular en lo
relativo a la atencio'n de los nin~os y los ancianos;
e) Mejorar el desarrollo de tecnologi'as que faciliten el
trabajo profesional, asi' como el trabajo dome'stico, y
promover el acceso a esas tecnologi'as, estimular la
autosuficiencia y las actividades generadoras de
ingresos, transformar dentro del proceso productivo los
papeles establecidos en funcio'n del ge'nero y dar a las
mujeres la posibilidad de cambiar los trabajos mal
remunerados por otros mejores;
f) Examinar una serie de poli'ticas y programas, incluso
las leyes sobre seguridad social y los regi'menes
fiscales, de conformidad con las prioridades y las
poli'ticas nacionales, para determinar co'mo promover la
igualdad de ge'nero y la flexibilidad en el modo en que
las personas dividen su tiempo entre la educacio'n y la
formacio'n, el empleo remunerado, las responsabilidades
familiares, las actividades voluntarias y otras formas
de trabajo, descanso y esparcimiento socialmente
u'tiles, y en el modo en que obtienen beneficios de esas
actividades.
180. Medidas que han de adoptar, segu'n proceda, los gobiernos, el
sector privado y las organizaciones no gubernamentales, los
sindicatos y las Naciones Unidas:
a) Adoptar, con la participacio'n de los o'rganos
gubernamentales y las asociaciones de empleadores y
empleados pertinentes, medidas adecuadas para que las
mujeres y los hombres puedan obtener licencias
temporales, tener la posibilidad de transferir sus
prestaciones laborales y su jubilacio'n y hacer arreglos
para modificar el horario de trabajo sin sacrificar sus
perspectivas de perfeccionamiento profesional y de
carrera;
b) Elaborar y suministrar programas educacionales mediante
campan~as innovadoras en los medios de informacio'n y
programas de ensen~anza a nivel escolar y comunitario a
fin de promover la igualdad de ge'nero y la exclusio'n
de los estereotipos basados en el ge'nero de los papeles
que desempen~an las mujeres y los hombres dentro de la
familia; proporcionar servicios e instalaciones de
apoyo, como guarderi'as en el lugar de trabajo y
horarios de trabajo flexibles;
c) Promulgar y aplicar leyes para luchar contra el acoso
sexual y otras formas de hostigamiento en todos los
lugares de trabajo.
G. La mujer en el ejercicio del poder y la adopcio'n
de decisiones
181. La Declaracio'n Universal de Derechos Humanos establece que
toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su
pai's. La habilitacio'n y autonomi'a de la mujer y el
mejoramiento de su condicio'n social, econo'mica y poli'tica son
fundamentales para el logro de un gobierno y una administracio'n
transparentes y responsables y del desarrollo sostenible en todas
las esferas de la vida. Las relaciones de poder que impiden que
las mujeres puedan vivir plenamente funcionan a muchos niveles de
la sociedad, desde el ma's personal al ma's pu'blico. La
consecucio'n del objetivo de igualdad de participacio'n de la
mujer y el hombre en la adopcio'n de decisiones proporcionara' un
equilibrio que reflejara' de una manera ma's exacta la
composicio'n de la sociedad y se necesita para reforzar la
democracia y promover su correcto funcionamiento. La igualdad en
la adopcio'n de decisiones poli'ticas ejerce un poder de
intercesio'n sin el cual es muy poco probable que resulte viable
la integracio'n real de la igualdad en la formulacio'n de
poli'ticas gubernamentales. A ese respecto, la participacio'n
equitativa de la mujer en la vida poli'tica desempen~a un papel
crucial en el proceso general de adelanto de la mujer. La
participacio'n igualitaria de la mujer en la adopcio'n de
decisiones no so'lo es una exigencia ba'sica de justicia o
democracia sino que puede considerarse una condicio'n necesaria
para que se tengan en cuenta los intereses de la mujer. Sin la
participacio'n activa de la mujer y la incorporacio'n del punto de
vista de la mujer a todos los niveles del proceso de adopcio'n de
decisiones no se podra'n conseguir los objetivos de igualdad,
desarrollo y paz.
182. A pesar de que en la mayori'a de los pai'ses existe un
movimiento generalizado de democratizacio'n, la mujer suele estar
insuficientemente representada en casi todos los niveles de
gobierno, sobre todo a nivel de los ministerios y otros o'rganos
ejecutivos, y ha avanzado poco en el logro de poder poli'tico en
los o'rganos legislativos o en lo que respecta al cumplimiento del
objetivo aprobado por el Consejo Econo'mico y Social de que para
1995 haya un 30% de mujeres en puestos directivos. A nivel
mundial, so'lo un 10% de los escan~os de los o'rganos legislativos
y un porcentaje inferior de los cargos ministeriales esta'n
ocupados por mujeres. De hecho, en algunos pai'ses, incluso en
los que esta'n experimentando cambios poli'ticos, econo'micos y
sociales fundamentales, ha disminuido significativamente el
nu'mero de mujeres representadas en los o'rganos legislativos.
Aunque las mujeres constituyen por lo menos la mitad del
electorado de casi todos los pai'ses y han adquirido el derecho a
votar y a desempen~ar cargos pu'blicos en casi todos los Estados
Miembros de las Naciones Unidas, la proporcio'n de candidatas a
cargos pu'blicos es realmente muy baja. Las modalidades
tradicionales de muchos partidos poli'ticos y estructuras
gubernamentales siguen siendo un obsta'culo para la participacio'n
de la mujer en la vida pu'blica. Las actitudes y pra'cticas
discriminatorias, las responsabilidades con respecto a la familia
y la crianza de los hijos y el elevado costo que supone aspirar a
cargos pu'blicos y mantenerse en ellos son factores que pueden
disuadir a las mujeres de ocupar puestos poli'ticos. Las mujeres
que ocupan puestos poli'ticos y de adopcio'n de decisiones en los
gobiernos y los o'rganos legislativos contribuyen a redefinir las
prioridades poli'ticas al incluir en los programas de los
gobiernos nuevos temas que atienden y responden a las
preocupaciones en materia de ge'nero, los valores y las
experiencias de las mujeres y ofrecen nuevos puntos de vista sobre
cuestiones poli'ticas generales.
183. La mujer ha demostrado una considerable capacidad de
liderazgo en organizaciones comunitarias y no oficiales, asi' como
en cargos pu'blicos. Sin embargo, los estereotipos sociales
negativos en cuanto a las funciones de la mujer y el hombre,
incluidos los estereotipos fomentados por los medios de difusio'n,
refuerzan la tendencia a que las decisiones poli'ticas sigan
siendo predominantemente una funcio'n de los hombres. Asimismo,
la escasa representacio'n de la mujer en puestos directivos en el
campo de las artes, la cultura, los deportes, los medios de
comunicacio'n, la educacio'n, la religio'n y el derecho, ha
impedido que la mujer pueda ejercer suficiente influencia en
muchas instituciones clave.
184. Debido a su acceso limitado a las vi'as tradicionales de
poder, como son los o'rganos de decisio'n de los partidos
poli'ticos, las organizaciones patronales y los sindicatos, la
mujer ha conseguido acceder al poder a trave's de estructuras
alternativas, particularmente en el sector de las organizaciones
no gubernamentales. A trave's de las organizaciones no
gubernamentales y las organizaciones de base popular, las mujeres
han podido dar expresio'n a sus intereses y preocupaciones e
incluir las cuestiones relativas a la mujer en los programas
nacionales, regionales e internacionales.
185. La desigualdad en el terreno pu'blico tiene muchas veces su
rai'z en las actitudes y pra'cticas discriminatorias y en el
desequilibrio en las relaciones de poder entre la mujer y el
hombre que existen en el seno de la familia, como se define en el
pa'rrafo 29 supra. La desigual divisio'n del trabajo y de las
responsabilidades en los hogares, que tiene su origen en unas
relaciones de poder tambie'n desiguales, limita las posibilidades
que tiene la mujer de encontrar tiempo para adquirir los
conocimientos necesarios para participar en la adopcio'n de
decisiones en foros pu'blicos ma's amplios, y, por lo tanto, sus
posibilidades de adquirirlos. Al repartirse ma's equitativamente
esas responsabilidades entre la mujer y el hombre, no so'lo se
proporciona una mejor calidad de vida a las mujeres y a sus hijas,
sino que tambie'n se les dan ma's oportunidades de configurar y
elaborar poli'ticas, pra'cticas y gastos pu'blicos, de forma que
sus intereses puedan ser reconocidos y tenidos en cuenta.
Las redes y modalidades no oficiales de adopcio'n de decisiones a
nivel de las comunidades locales, que reflejan un espi'ritu
predominantemente masculino, restringen la capacidad de la mujer
de participar en pie de igualdad en la vida poli'tica, econo'mica
y social.
186. El hecho de que haya una proporcio'n tan baja de mujeres
entre los encargados de adoptar decisiones econo'micas y
poli'ticas a los niveles local, nacional, regional e internacional
obedece a la existencia de barreras tanto estructurales como
ideolo'gicas que deben superarse mediante la adopcio'n de medidas
positivas. Los gobiernos, las empresas transnacionales y
nacionales, los medios de comunicacio'n de masas, los bancos, las
instituciones acade'micas y cienti'ficas y las organizaciones
regionales e internacionales, incluidas las del sistema de las
Naciones Unidas, no aprovechan plenamente las aptitudes que tiene
la mujer para la administracio'n de alto nivel, la formulacio'n de
poli'ticas, la diplomacia y la negociacio'n.
187. La distribucio'n equitativa del poder y de la adopcio'n de
decisiones en todos los niveles depende de que los gobiernos y
otros agentes realicen ana'lisis estadi'sticos de ge'nero e
incorporen una perspectiva de ge'nero al proceso de formulacio'n
de poli'ticas y de ejecucio'n de programas. La igualdad en la
adopcio'n de decisiones es esencial para potenciar el papel de la
mujer. En algunos pai'ses, la adopcio'n de medidas positivas ha
llevado a una representacio'n de un 33,3% o ma's en los gobiernos
locales y nacionales.
188. Las instituciones de estadi'stica nacionales, regionales e
internacionales no tienen todavi'a la capacidad necesaria para
presentar las cuestiones relacionadas con la igualdad de trato de
mujeres y hombres en las esferas econo'mica y social. No se
utilizan todavi'a suficientemente las bases de datos y las
metodologi'as existentes en la importante esfera de la adopcio'n
de decisiones.
189. Al abordar la cuestio'n de la desigualdad entre la mujer y el
hombre en el ejercicio del poder y en la adopcio'n de decisiones a
todos los niveles, los gobiernos y otros agentes deberi'an
promover una poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una
perspectiva de ge'nero en todas las poli'ticas y programas, de
modo que antes de que se adopten las decisiones se analicen sus
efectos para la mujer y el hombre, respectivamente.
Objetivo estrate'gico G.1. Adoptar medidas para garantizar a
la mujer igualdad de acceso y la
plena participacio'n en las
estructuras de poder y en la
adopcio'n
de decisiones
Medidas que han de adoptarse
190. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Comprometerse a establecer el objetivo del equilibrio
entre mujeres y hombres en los o'rganos y comite's
gubernamentales, asi' como en las entidades de la
administracio'n pu'blica y en la judicatura, incluidas,
entre otras cosas, la fijacio'n de objetivos concretos y
medidas de aplicacio'n a fin de aumentar sustancialmente
el nu'mero de mujeres con miras a lograr una
representacio'n paritaria de las mujeres y los hombres,
de ser necesario mediante la adopcio'n de medidas
positivas en favor de la mujer, en todos los puestos
gubernamentales y de la administracio'n pu'blica;
b) Adoptar medidas, incluso, cuando proceda, en los
sistemas electorales, que alienten a los partidos
poli'ticos a integrar a las mujeres en los cargos
pu'blicos electivos y no electivos en la misma
proporcio'n y en las mismas categori'as que los hombres;
c) Proteger y promover la igualdad de derechos de las
mujeres y los hombres en materia de participacio'n en
actividades poli'ticas y libertad de asociacio'n,
incluida su afiliacio'n a partidos poli'ticos y
sindicatos;
d) Examinar el efecto diferencial de los sistemas
electorales en la representacio'n poli'tica de las
mujeres en los o'rganos electivos y examinar, cuando
proceda, la posibilidad de ajustar o reformar esos
sistemas;
e) Vigilar y evaluar los progresos logrados en la
representacio'n de las mujeres mediante la reunio'n, el
ana'lisis y la difusio'n regular de datos cuantitativos
y cualitativos sobre las mujeres y los hombres en todos
los niveles de los diversos puestos de adopcio'n de
decisiones en los sectores pu'blico y privado, y
difundir anualmente datos sobre el nu'mero de mujeres y
hombres empleados en diversos niveles en los gobiernos;
garantizar que las mujeres y los hombres tengan igual
acceso a toda la gama de nombramientos pu'blicos y
establecer, dentro de estructuras gubernamentales,
mecanismos que permitan vigilar los progresos realizados
en esa esfera;
f) Apoyar a las organizaciones no gubernamentales y los
institutos de investigacio'n que realicen estudios sobre
la participacio'n y la influencia de las mujeres en la
adopcio'n de decisiones y en el a'mbito de adopcio'n de
decisiones;
g) Alentar una mayor participacio'n de la mujer indi'gena
en la adopcio'n de decisiones a todos los niveles;
h) Promover y garantizar, segu'n proceda, que las
organizaciones que reciban financiacio'n pu'blica
adopten poli'ticas y pra'cticas no discriminatorias a
fin de aumentar el nu'mero y elevar la categori'a de las
mujeres en sus organizaciones;
i) Reconocer que las responsabilidades compartidas entre
las mujeres y los hombres en el a'mbito laboral y en la
familia fomentan una mayor participacio'n de la mujer en
la vida pu'blica, y adoptar medidas apropiadas para
lograr ese objetivo, incluidas medidas encaminadas a
hacer compatibles la vida familiar y la profesional;
j) Procurar lograr el equilibrio entre ambos sexos en las
listas de candidatos nacionales designados para su
eleccio'n o nombramiento para los o'rganos de las
Naciones Unidas, los organismos especializados y otras
organizaciones auto'nomas del sistema de las Naciones
Unidas, en particular para puestos de categori'a
superior.
191. Medidas que han de adoptar los partidos poli'ticos:
a) Considerar la posibilidad de examinar la estructura y
los procedimientos de los partidos a fin de eliminar
todas las barreras que discriminen directa o
indirectamente contra la participacio'n de la mujer;
b) Considerar la posibilidad de establecer iniciativas que
permitan a las mujeres participar plenamente en todas
las estructuras internas de adopcio'n de decisiones y en
los procesos de nombramiento por designacio'n o
eleccio'n;
c) Considerar la posibilidad de incorporar las cuestiones
de ge'nero a su programa poli'tico tomando medidas para
lograr que las mujeres puedan participar en la
direccio'n de los partidos poli'ticos en pie de igualdad
con los hombres.
192. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos
nacionales, el sector privado, los partidos poli'ticos, los
sindicatos, las organizaciones de empleadores, las instituciones
de investigacio'n y acade'micas, los o'rganos subregionales y
regionales y las organizaciones no gubernamentales e
internacionales:
a) Adoptar medidas positivas para conseguir que exista un
nu'mero decisivo de mujeres dirigentes, ejecutivas y
administradoras en puestos estrate'gicos de adopcio'n de
decisiones;
b) Crear o fortalecer, segu'n proceda, mecanismos para
vigilar el acceso de la mujer a los niveles superiores
de adopcio'n de decisiones;
c) Revisar los criterios de contratacio'n y nombramiento
para los o'rganos consultivos y de adopcio'n de
decisiones y el ascenso a puestos superiores para
garantizar que tales criterios son pertinentes y no
discriminan contra la mujer;
d) Alentar los esfuerzos de las organizaciones no
gubernamentales, los sindicatos y el sector privado para
conseguir la igualdad entre mujeres y hombres en sus
distintas categori'as, incluida la participacio'n igual
en sus o'rganos de adopcio'n de decisiones y en las
negociaciones en todos los sectores y a todos los
niveles;
e) Desarrollar estrategias de comunicacio'n para fomentar
el debate pu'blico sobre los nuevos papeles que las
mujeres y los hombres en la sociedad y en la familia,
segu'n se define e'sta en el pa'rrafo 29 supra;
f) Reestructurar los programas de contratacio'n y
desarrollo profesional para velar por que las mujeres, y
especialmente las jo'venes, tengan igualdad de acceso a
la capacitacio'n en asuntos de gestio'n, conocimientos
empresariales, te'cnicos y de jefatura, comprendida la
capacitacio'n en el empleo;
g) Desarrollar programas de adelanto profesional para
mujeres de todas las edades mediante la planificacio'n
profesional, la preparacio'n para funciones
determinadas, la orientacio'n profesional, el
asesoramiento individual, la capacitacio'n y el
readiestramiento;
h) Alentar y apoyar la participacio'n de las organizaciones
no gubernamentales de mujeres en las conferencias de las
Naciones Unidas y en sus procesos preparatorios;
i) Proponer como objetivo y apoyar el equilibrio entre las
mujeres y los hombres en la composicio'n de las
delegaciones ante las Naciones Unidas y ante otros foros
internacionales.
193. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:
a) Aplicar las poli'ticas y medidas existentes y adoptar
otras nuevas en materia de empleo y categori'as
superiores a fin de lograr una igualdad general de
mujeres y hombres, especialmente en el cuadro orga'nico
y categori'as superiores, para el an~o 2000, teniendo
debidamente en cuenta la importancia de contratar
personal con arreglo a una distribucio'n geogra'fica lo
ma's amplia posible, de conformidad con el pa'rrafo 3
del Arti'culo 101 de la Carta de las Naciones Unidas;
b) Desarrollar mecanismos para presentar a mujeres como
candidatas para el nombramiento a puestos superiores en
las Naciones Unidas, los organismos especializados y
otras organizaciones y o'rganos del sistema de las
Naciones Unidas;
c) Seguir reuniendo y difundiendo datos cuantitativos y
cualitativos sobre la mujer y el hombre en la adopcio'n
de decisiones y analizar las repercusiones diferenciales
en la adopcio'n de decisiones y vigilar los progresos
realizados hacia el logro del objetivo del Secretario
General de que para el an~o 2000 este'n adjudicados a
mujeres el 50% de los puestos administrativos y de
adopcio'n de decisiones.
194. Medidas que han de adoptar las organizaciones de mujeres, las
organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, los
interlocutores sociales, los productores, las organizaciones
industriales y las organizaciones profesionales:
a) Fomentar y reforzar la solidaridad entre las mujeres
mediante la informacio'n, la educacio'n y las
actividades de sensibilizacio'n;
b) Defender a la mujer en todos los niveles para que pueda
influir en las decisiones, procesos y sistemas
poli'ticos, econo'micos y sociales y esforzarse por
conseguir que los representantes elegidos actu'en
responsablemente en lo que respecta a su compromiso
respecto de la problema'tica del ge'nero;
c) Establecer, conforme a las leyes sobre la proteccio'n de
los datos, bases de datos sobre la mujer y sus
calificaciones para utilizarlos en el nombramiento de
mujeres a puestos superiores de adopcio'n de decisiones
y de asesoramiento y para difundirlos entre los
gobiernos, las organizaciones regionales e
internacionales y la empresa privada, los partidos
poli'ticos y otros o'rganos pertinentes.
Objetivo estrate'gico G.2. Aumentar la capacidad de
la mujer de participar en
la adopcio'n de decisiones
y en los niveles
directivos
Medidas que han de adoptarse
195. Medidas que han de adoptar los gobiernos, los o'rganos
nacionales, el sector privado, los partidos poli'ticos, los
sindicatos, las organizaciones de empleadores, los o'rganos
subregionales y regionales, las organizaciones no gubernamentales
e internacionales y las instituciones de ensen~anza:
a) Proporcionar capacitacio'n para ocupar puestos
directivos y fomentar la autoestima con el fin de
prestar asistencia a las mujeres y a las nin~as,
especialmente a las que tienen necesidades especiales, a
las mujeres con discapacidades y a las mujeres que
pertenecen a minori'as raciales y e'tnicas, para que
refuercen su autoestima y para alentarlas a ocupar
puestos de adopcio'n de decisiones;
b) Aplicar criterios transparentes para los puestos de
adopcio'n de decisiones y garantizar que los o'rganos
selectivos tengan una composicio'n equilibrada entre
mujeres y hombres;
c) Crear un sistema de asesoramiento para las mujeres que
carecen de experiencia y, en particular, ofrecer
capacitacio'n, incluida la capacitacio'n para puestos
directivos y para la adopcio'n de decisiones, para tomar
la palabra en pu'blico y para la autoafirmacio'n, asi'
como en lo que respecta a hacer campan~as poli'ticas;
d) Proporcionar a mujeres y hombres una capacitacio'n que
tenga en cuenta el ge'nero con el fin de fomentar
relaciones de trabajo no discriminatorias y el respeto
por la diversidad en el trabajo y en los estilos de
administracio'n;
e) Desarrollar mecanismos y proporcionar capacitacio'n para
alentar a la mujer a participar en los procesos
electorales, las actividades poli'ticas y otros sectores
relacionados con las actividades de direccio'n.
H. Mecanismos institucionales para el adelanto
de la mujer
196. Se han creado en casi todos los Estados Miembros mecanismos
nacionales para el adelanto de la mujer orientados, entre otras
cosas, a disen~ar, fomentar, aplicar, ejecutar, vigilar, evaluar,
estimular y movilizar el apoyo de poli'ticas que promuevan el
adelanto de la mujer. Los mecanismos nacionales adoptan formas
diversas y tienen una eficacia desigual, y en algunos casos se han
reducido. Marginados a menudo en las estructuras nacionales de
gobierno, estos mecanismos se ven, con frecuencia, perjudicados
debido a mandatos poco claros, falta de personal, capacitacio'n,
datos adecuados y recursos suficientes y un apoyo insuficiente de
los dirigentes poli'ticos nacionales.
197. En los planos regional e internacional, los mecanismos y las
instituciones destinados a promover el adelanto de la mujer como
parte integrante del desarrollo poli'tico, econo'mico, social y
cultural general y de las iniciativas en materia de desarrollo y
de derechos humanos tropiezan con problemas similares derivados de
la falta de compromiso en los niveles superiores.
198. En sucesivas conferencias internacionales se ha subrayado la
necesidad de tener en cuenta los factores relacionados con el
ge'nero en la planificacio'n de las poli'ticas y los programas.
Sin embargo, en muchos casos esto no se ha realizado.
199. Se han fortalecido los o'rganos regionales dedicados al
adelanto de la mujer, conjuntamente con los mecanismos
internacionales, tales como la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer y el Comite' para la Eliminacio'n
de la Discriminacio'n contra la Mujer. Sin embargo, los limitados
recursos disponibles siguen obstaculizando la plena aplicacio'n de
sus mandatos.
200. En muchas organizaciones se han elaborado metodologi'as
orientadas a realizar un ana'lisis de las poli'ticas y programas
desde el punto de vista del ge'nero y a tener en cuenta las
distintas repercusiones de las poli'ticas en uno y otro sexo;
estas metodologi'as esta'n disponibles, pero, a menudo, no se
aplican o no se utilizan en forma coherente.
201. Los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer son
los organismos centrales de coordinacio'n de poli'ticas de los
gobiernos. Su tarea principal es prestar apoyo en la
incorporacio'n de la perspectiva de la igualdad de ge'neros en
todas las esferas de poli'tica y en todos los niveles de gobierno.
Para lograr un funcionamiento eficaz de los mecanismos nacionales
es preciso que:
a) Se los considere en las instancias ma's altas de
gobierno que sea posible, y que este'n bajo la
responsabilidad de un ministro del gabinete;
b) Existan mecanismos o procesos institucionales que
agilicen, segu'n proceda, la planificacio'n
descentralizada, la aplicacio'n y la vigilancia con
miras a lograr la participacio'n de las organizaciones
no gubernamentales y organizaciones comunitarias,
empezando por las de base;
c) Se disponga de suficientes recursos presupuestarios y
capacidad profesional;
d) Haya oportunidades para ejercer influencia en la
formulacio'n de todas las poli'ticas gubernamentales.
202. Al abordar la cuestio'n de los mecanismos para la promocio'n
del adelanto de la mujer, los gobiernos y otros agentes deben
fomentar la formulacio'n de poli'ticas activas y visibles para la
incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero en todas las
poli'ticas y programas de modo que, antes de que se adopten las
decisiones, se realice un ana'lisis de sus posibles efectos para
uno y otro sexo.
Objetivo estrate'gico H.1. Crear o fortalecer
mecanismos
nacionales y otros o'rganos
gubernamentales
Medidas que han de adoptarse
203. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Velar por que la responsabilidad de las cuestiones
relacionadas con el adelanto de la mujer recaiga en las
esferas ma's altas de gobierno que sea posible; en
muchos casos esta tarea podri'a estar a cargo de un
ministro del gabinete;
b) Crear, sobre la base de un so'lido compromiso poli'tico,
un mecanismo nacional, cuando no exista, y fortalecer,
segu'n proceda, los mecanismos nacionales existentes
para el adelanto de la mujer en las instancias ma's
altas de gobierno que sea posible; el mecanismo deberi'a
tener mandatos y atribuciones claramente definidos; la
disponibilidad de recursos suficientes y la capacidad y
competencia para influir en cuestiones de poli'ticas y
formular y examinar la legislacio'n seri'an elementos
decisivos; entre otras cosas, deberi'a realizar un
ana'lisis de poli'ticas y llevar a cabo funciones de
fomento, comunicacio'n, coordinacio'n y vigilancia de la
aplicacio'n;
c) Proporcionar capacitacio'n en el disen~o y el ana'lisis
de datos segu'n una perspectiva de ge'nero;
d) Establecer procedimientos que permitan al mecanismo
recopilar informacio'n sobre cuestiones de poli'tica, en
todas las esferas del gobierno, en una fase temprana y
utilizarla en el proceso de formulacio'n y examen de
poli'ticas dentro del gobierno;
e) Informar perio'dicamente a los o'rganos legislativos
acerca del progreso alcanzado, segu'n proceda, en la
aplicacio'n de las medidas encaminadas a incorporar la
problema'tica del ge'nero, teniendo en cuenta la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n;
f) Alentar y promover la participacio'n activa de la amplia
y diversa gama de agentes institucionales en los
sectores pu'blico, privado y voluntario, a fin de
trabajar por la igualdad entre la mujer y el hombre.
Objetivo estrate'gico H.2. Integrar perspectivas de ge'nero
en las legislaciones, poli'ticas,
programas y proyectos estatales
Medidas que han de adoptarse
204. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Velar por que, antes de adoptar decisiones en materia de
poli'ticas, se realice un ana'lisis de sus repercusiones
en las mujeres y los hombres;
b) Revisar perio'dicamente las poli'ticas, los programas y
los proyectos nacionales, asi' como su ejecucio'n,
evaluando la repercusio'n de las poli'ticas de empleo e
ingresos a fin de garantizar que las mujeres sean las
beneficiarias directas del desarrollo y que toda su
contribucio'n al desarrollo, tanto remunerada como no
remunerada, se tenga en cuenta en la poli'tica y la
planificacio'n econo'micas;
c) Promover estrategias y objetivos nacionales relacionados
con la igualdad entre mujeres y hombres a fin de
eliminar los obsta'culos al ejercicio de los derechos de
la mujer y erradicar todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer;
d) Trabajar con los miembros de los o'rganos legislativos,
segu'n proceda, a fin de promover la introduccio'n en
todas las legislaciones y poli'ticas de una perspectiva
de ge'nero;
e) Encomendar a todos los ministerios el mandato de
estudiar la poli'tica y los programas desde el punto de
vista del ge'nero y teniendo en cuenta la Plataforma de
Accio'n; confiar la responsabilidad del cumplimiento de
ese mandato al nivel ma's alto posible; establecer o
reforzar una estructura de coordinacio'n
interministerial para cumplir ese mandato y vigilar los
progresos hechos y mantener el enlace con los mecanismos
pertinentes.
205. Medidas que han de adoptar los mecanismos nacionales:
a) Facilitar la formulacio'n y aplicacio'n de poli'ticas
gubernamentales sobre la igualdad entre mujeres y
hombres, elaborar estrategias y metodologi'as adecuadas,
y promover la coordinacio'n y la cooperacio'n dentro del
gobierno central a fin de conseguir que una perspectiva
de ge'nero se incorpore normalmente en todos los
procesos de formulacio'n de poli'ticas;
b) Promover y establecer relaciones de cooperacio'n con las
dependencias pertinentes del gobierno, los centros de
estudio e investigacio'n sobre la mujer, las
instituciones acade'micas y educacionales, el sector
privado, los medios de difusio'n, las organizaciones no
gubernamentales, especialmente las organizaciones de
mujeres, y todos los dema's agentes de la sociedad
civil;
c) Emprender actividades centradas en la reforma juri'dica
con relacio'n a, entre otras cosas, la familia, las
condiciones de empleo, la seguridad social, el impuesto
sobre la renta, la igualdad de oportunidades en la
educacio'n, las medidas positivas para promover el
adelanto de la mujer, y la percepcio'n de actitudes y de
una cultura favorables a la igualdad, y tambie'n
promover una perspectiva de ge'nero en las reformas
juri'dicas de las poli'ticas y los programas;
d) Promover una mayor participacio'n de la mujer como
agente activa y beneficiaria en el proceso de
desarrollo; lo cual tendri'a como resultado mejorar la
calidad de la vida para todos;
e) Establecer vi'nculos directos con o'rganos nacionales,
regionales e internacionales relacionados con el
adelanto de la mujer;
f) Dar capacitacio'n y asesoramiento a los organismos
gubernamentales a fin de que tengan en cuenta en sus
poli'ticas y programas una perspectiva de ge'nero.
Objetivo estrate'gico H.3. Preparar y difundir datos e
informacio'n destinados a la
planificacio'n y la evaluacio'n
desglosados por sexo
Medidas que han de adoptarse
206. Medidas que han de adoptar los servicios nacionales,
regionales e internacionales de estadi'stica, asi' como los
o'rganos gubernamentales y los organismos de las Naciones Unidas
pertinentes, en cooperacio'n con las organizaciones de
investigacio'n y documentacio'n, en sus respectivas esferas de
actuacio'n:
a) Tratar de velar por que se recojan, compilen, analicen y
presenten por sexo y edad estadi'sticas sobre la persona
que reflejen los problemas y cuestiones relativos al
hombre y la mujer en la sociedad;
b) Recoger, compilar, analizar y presentar perio'dicamente
datos desglosados por edad, sexo, indicadores
socioecono'micos y otros pertinentes, incluido el
nu'mero de familiares a cargo, para utilizarlos en la
planificacio'n y aplicacio'n de poli'ticas y programas;
c) Asegurar la participacio'n de las organizaciones y
centros de estudio e investigacio'n sobre la mujer en la
elaboracio'n y ensayo de indicadores y me'todos de
investigacio'n adecuados para mejorar los ana'lisis de
ge'nero, asi' como en la vigilancia y evaluacio'n de las
medidas para alcanzar las metas de la Plataforma de
Accio'n;
d) Designar o nombrar personal para fortalecer los
programas de reunio'n de estadi'sticas con una
orientacio'n de ge'nero y asegurar su coordinacio'n,
supervisio'n y vinculacio'n a todos los dema's campos
estadi'sticos, y preparar resultados en que se integren
las estadi'sticas correspondientes a los diversos
a'mbitos de que se trata;
e) Mejorar la obtencio'n de datos sobre toda la
contribucio'n de la mujer y del hombre a la economi'a,
incluyendo su participacio'n en el sector no
estructurado;
f) Desarrollar un conocimiento ma's integral de todas las
formas de trabajo y empleo mediante:
i) La mejora de la reunio'n de datos sobre el trabajo
no remunerado que ya este' incluido en el Sistema
de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas, por
ejemplo, en la agricultura, especialmente la
agricultura de subsistencia, y otros tipos de
actividades de produccio'n que no son de mercado;
ii) La mejora de los me'todos de medicio'n en que
actualmente se subestima el desempleo y el empleo
insuficiente de la mujer en el mercado de la mano
de obra;
iii) La elaboracio'n de me'todos, en los foros
apropiados, para evaluar cuantitativamente el valor
del trabajo no remunerado que no se incluye en las
cuentas nacionales, por ejemplo, el cuidado de los
familiares a cargo y la preparacio'n de alimentos,
para su posible inclusio'n en cuentas especiales u
otras cuentas oficiales que se preparara'n por
separado de las cuentas nacionales ba'sicas pero en
consonancia con e'stas, con miras a reconocer la
contribucio'n econo'mica de la mujer y a que se
haga evidente la desigualdad en la distribucio'n
del trabajo remunerado y el no remunerado entre
mujeres y hombres;
g) Desarrollar una clasificacio'n internacional de
actividades para las estadi'sticas sobre el uso del
tiempo en que se aprecien las diferencias entre mujeres
y hombres en lo relativo al trabajo remunerado y no
remunerado, y reunir datos desglosados por sexo. En el
plano nacional y teniendo en cuenta las limitaciones
nacionales:
i) Hacer estudios perio'dicos sobre el uso del tiempo
para medir cuantitativamente el trabajo no
remunerado, registrando especialmente las
actividades que se realizan simulta'neamente con
actividades remuneradas u otras actividades no
remuneradas;
ii) Medir cuantitativamente el trabajo no remunerado
que no se incluye en las cuentas nacionales y
tratar de mejorar los me'todos para que se analice
su valor y se indique con exactitud en cuentas
sate'lites u otras cuentas oficiales que se
preparara'n separadamente de las cuentas nacionales
ba'sicas pero en consonancia con e'stas;
h) Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de
datos sobre la medicio'n de la pobreza entre hombres y
mujeres, incluido el acceso a los recursos;
i) Fortalecer los sistemas de estadi'sticas vitales e
incorporar el ana'lisis de ge'nero en las publicaciones
e investigaciones; dar prioridad a las caracteri'sticas
propias de cada sexo en la estructuracio'n de la
investigacio'n y en la obtencio'n y el ana'lisis de
datos a fin de mejorar la informacio'n sobre la
morbilidad; y mejorar la obtencio'n de datos sobre el
acceso a los servicios de salud, incluido el acceso a
los servicios completos de salud sexual y reproductiva,
maternidad y planificacio'n de la familia, dando
prioridad especial a las madres adolescentes y al
cuidado de los ancianos;
j) Desarrollar mejores datos desagregados por sexo y edad
sobre las vi'ctimas y los autores de todas las formas de
violencia contra la mujer, como la violencia dome'stica,
el hostigamiento sexual, la violacio'n, el incesto y el
abuso sexual, y la trata de mujeres y nin~as, asi' como
sobre la violencia por parte de agentes del Estado;
k) Perfeccionar los conceptos y me'todos de obtencio'n de
datos sobre la participacio'n de las mujeres y de los
hombres con discapacidades, incluido su acceso a los
recursos.
207. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Asegurar la preparacio'n perio'dica de una publicacio'n
de estadi'sticas sobre ge'nero en que se presenten e
interpreten datos pertinentes sobre mujeres y hombres en
forma que resulte u'til para una amplia gama de usuarios
no te'cnicos;
b) Velar por que en cada pai's los productores y usuarios
de las estadi'sticas revisen perio'dicamente la utilidad
del sistema oficial de estadi'sticas y el grado en que
mide las cuestiones de ge'nero, y elaborar un plan de
las mejoras necesarias, cuando proceda;
c) Desarrollar y estimular el desarrollo de estudios
cuantitativos y cualitativos por parte de las
organizaciones de investigacio'n, los sindicatos, los
empleadores, el sector privado y las organizaciones no
gubernamentales, sobre la distribucio'n del poder y la
influencia en la sociedad, en que se indique el nu'mero
de mujeres y de hombres en cargos superiores, tanto en
el sector pu'blico como en el privado;
d) Utilizar, en la formulacio'n de poli'ticas y en la
ejecucio'n de programas y proyectos, datos que reflejen
mejor las cuestiones de ge'nero.
208. Medidas que han de adoptar las Naciones Unidas:
a) Promover el desarrollo de me'todos para hallar formas
ma's adecuadas de obtener, comparar y analizar datos
referentes a los derechos humanos de las mujeres,
incluida la violencia contra la mujer, para su uso por
todos los o'rganos pertinentes de las Naciones Unidas;
b) Promover el desarrollo ulterior de me'todos
estadi'sticos para mejorar los datos relacionados con la
mujer en el desarrollo econo'mico, social, cultural y
poli'tico;
c) Preparar cada cinco an~os nuevas ediciones de La Mujer
en el Mundo y distribuirlas ampliamente;
d) Ayudar a los pai'ses que lo soliciten a desarrollar
poli'ticas y programas de ge'nero;
e) Asegurar que los informes, datos y publicaciones
pertinentes de la Divisio'n de Estadi'stica de la
Secretari'a de las Naciones Unidas y del Instituto
Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la
Promocio'n de la Mujer sobre los progresos alcanzados a
nivel nacional e internacional se transmitan a la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer perio'dicamente y de forma coordinada.
209. Medidas que han de adoptar los donantes bilaterales y las
instituciones multilaterales de desarrollo:
Alentar y apoyar el desarrollo de una capacidad nacional en
los pai'ses en desarrollo y en los pai'ses con economi'as en
transicio'n mediante el suministro de recursos y asistencia
te'cnica, de modo que los pai'ses puedan medir plenamente el
trabajo realizado por las mujeres y los hombres, incluidos el
trabajo remunerado y el no remunerado, y, cuando proceda,
usar cuentas sate'lites u otras cuentas oficiales para el
trabajo no remunerado.
I. Los derechos humanos de la mujer
210. Los derechos humanos y las libertades fundamentales son
patrimonio inalienable de todos los seres humanos; su promocio'n y
proteccio'n es la responsabilidad primordial de los gobiernos.
211. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos reafirma el
solemne compromiso de todos los Estados de cumplir su obligacio'n
de promover el respeto universal, asi' como la observancia y
proteccio'n de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todos de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas, otros instrumentos relativos a los derechos humanos y el
derecho internacional. El cara'cter universal de esos derechos y
libertades no admite cuestionamiento.
212. La promocio'n y proteccio'n de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales debe considerarse un objetivo prioritario
de las Naciones Unidas, de conformidad con sus propo'sitos y
principios, en particular para los fines de la cooperacio'n
internacional. En el marco de estos propo'sitos y principios, la
promocio'n y proteccio'n de todos los derechos humanos es un
intere's legi'timo de la comunidad internacional. E'sta debe
tratar los derechos humanos en forma global, justa y equitativa,
en pie de igualdad y con el mismo intere's. La Plataforma de
Accio'n reafirma la importancia de que se garantice la
universalidad, objetividad e imparcialidad en el examen de las
cuestiones de derechos humanos.
213. La Plataforma de Accio'n reafirma que todos los derechos
humanos, es decir, los derechos civiles, culturales, econo'micos,
poli'ticos y sociales, incluido el derecho al desarrollo, son
universales, indivisibles e interdependientes y esta'n
relacionados entre si', segu'n se expresa en la Declaracio'n y
Programa de Accio'n de Viena aprobados por la Conferencia Mundial
de Derechos Humanos. Dicha Conferencia reafirmo' que los derechos
humanos de la mujer y de la nin~a son parte inalienable,
integrante e indivisible de los derechos humanos universales. El
disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales por la mujer y la nin~a
constituye una prioridad para los gobiernos y las Naciones Unidas
y es esencial para el adelanto de la mujer.
214. La igualdad de derechos de la mujer y el hombre se menciona
expli'citamente en el Prea'mbulo de la Carta de las Naciones
Unidas. En todos los principales instrumentos internacionales de
derechos humanos se incluye el sexo entre los motivos por los
cuales se prohi'be a los Estados toda discriminacio'n.
215. Los gobiernos no so'lo deben abstenerse de violar los
derechos humanos de todas las mujeres, sino tambie'n trabajar
activamente para promover y proteger esos derechos. El
reconocimiento de la importancia de los derechos humanos de la
mujer se refleja en el hecho de que las tres cuartas partes de los
Estados Miembros de las Naciones Unidas se han adherido a la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer.
216. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se reafirmo'
con toda claridad que los derechos humanos de la mujer, en todo su
ciclo vital, son inalienables y constituyen parte integrante e
indivisible de los derechos humanos universales. En la
Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo se
reafirmaron los derechos reproductivos de la mujer y el derecho al
desarrollo. Tanto la Declaracio'n de los Derechos del Nin~o 31/
como la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11 garantizan los
derechos del nin~o y sostienen el principio de la no
discriminacio'n por motivo de sexo.
217. La brecha entre la existencia de derechos y la posibilidad de
disfrutarlos efectivamente se deriva del hecho de que los
gobiernos no esta'n verdaderamente empen~ados en promover y
proteger esos derechos y no informan por igual a las mujeres y a
los hombres acerca de ellos. La falta de mecanismos apropiados de
presentacio'n de recursos a nivel nacional e internacional, y la
insuficiencia de medios a ambos niveles agravan el problema. En
la mayor parte de los pai'ses se han adoptado medidas para
incorporar en el derecho nacional los derechos garantizados por la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer. Varios pai'ses han establecido
mecanismos encaminados a fortalecer la capacidad de la mujer para
ejercer sus derechos.
218. Para proteger los derechos humanos de la mujer es necesario
que, dentro de lo posible, se evite recurrir a las reservas y que
se procure que ninguna de ellas sea incompatible con el objeto y
el propo'sito de la Convencio'n o incompatible de cualquier otra
forma con el derecho internacional de los tratados. Los derechos
humanos de la mujer, tal como han sido definidos por los
instrumentos internacionales de derechos humanos, so'lo sera'n
letra muerta si no se reconocen plenamente y se protegen, aplican,
realizan y hacen cumplir efectivamente, tanto en el derecho como
en la pra'ctica nacional, en los co'digos de familia, civiles,
penales, laborales y comerciales y en las reglamentaciones
administrativas.
219. En los pai'ses que todavi'a no son partes en la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer y en otros instrumentos internacionales de
derechos humanos, o en los que han formulado reservas que sean
incompatibles con el objeto o el propo'sito de la Convencio'n, o
en los que todavi'a no se han revisado las leyes nacionales para
aplicar las normas internacionales, la igualdad de jure de la
mujer sigue sin conseguirse. El pleno disfrute de la igualdad de
derechos por la mujer se ve obstaculizado por las discrepancias
existentes entre las leyes de algunos pai'ses y el derecho
internacional y los instrumentos internacionales de derechos
humanos. La existencia de procedimientos administrativos
excesivamente complejos, la falta de sensibilizacio'n de los
o'rganos judiciales respecto de los derechos humanos de la mujer y
la falta de una vigilancia adecuada de las violaciones de los
derechos humanos de todas las mujeres, junto con una
representacio'n insuficiente de la mujer en los sistemas de
justicia, la escasez de informacio'n sobre los derechos existentes
y la persistencia de determinadas actitudes y pra'cticas
perpetu'an la desigualdad de facto de la mujer. Tambie'n
perpetu'a esa desigualdad de facto el incumplimiento de, entre
otras cosas, las leyes o los co'digos de la familia, civiles,
penales, laborales y comerciales, o de los reglamentos y normas
administrativos que tienen por objeto asegurar el pleno disfrute
por la mujer de los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
220. Toda persona debe tener derecho a participar en el desarrollo
cultural, econo'mico, poli'tico y social, a contribuir a ese
desarrollo y a disfrutar de e'l. En muchos casos, las mujeres y
las nin~as sufren discriminacio'n en la asignacio'n de recursos
econo'micos y sociales, lo que constituye una violacio'n directa
de sus derechos econo'micos, sociales y culturales.
221. Los derechos humanos de todas las mujeres y de las nin~as
deben constituir una parte integrante de las actividades de las
Naciones Unidas relativas a los derechos humanos. Es menester
intensificar los esfuerzos por integrar la igualdad de derechos y
los derechos humanos de todas las mujeres y las nin~as en las
actividades de las Naciones Unidas a nivel de todo el sistema y
abordar esas cuestiones regular y sistema'ticamente por intermedio
de los o'rganos y mecanismos competentes. Para ello, entre otras
cosas, es necesario mejorar la cooperacio'n y la coordinacio'n
entre la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y la Comisio'n de Derechos Humanos, incluidos sus
relatores especiales y expertos independientes, los grupos de
trabajo y la Subcomisio'n de Prevencio'n de Discriminaciones y
Proteccio'n a las Minori'as, la Comisio'n sobre el Desarrollo
Sostenible, la Comisio'n de Desarrollo Social, la Comisio'n de
Prevencio'n del Delito y Justicia Penal, y el Comite' para la
Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer y otros
o'rganos de derechos humanos creados en virtud de tratados, y
todas las entidades competentes del sistema de las Naciones
Unidas, incluidos los organismos especializados. Tambie'n es
necesario establecer lazos de cooperacio'n para fortalecer,
racionalizar y simplificar el sistema de derechos humanos de las
Naciones Unidas y para promover su efectividad y eficacia,
teniendo en cuenta la necesidad de evitar duplicaciones
innecesarias y superposiciones de mandatos y tareas.
222. Para lograr la meta de la realizacio'n universal de los
derechos humanos de todos, los instrumentos internacionales de
derechos humanos deben aplicarse de forma de tener en cuenta con
ma's claridad el cara'cter sistema'tico y siste'mico de la
discriminacio'n contra la mujer, indicado patentemente por los
ana'lisis de ge'nero.
223. Teniendo presentes el Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo14 y la
Declaracio'n de Viena y el Programa de Accio'n2 aprobados en la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la Cuarta Conferencia
Mundial de la Mujer reafirma que los derechos a la procreacio'n se
basan en decidir libre y responsablemente el nu'mero de hijos, el
espaciamiento de los nacimientos y el momento en que desean tener
hijos y a disponer de la informacio'n y de los medios necesarios
para ello, asi' como en el reconocimiento del derecho a alcanzar
el nivel ma's elevado de salud sexual y reproductiva. Tambie'n
incluyen su derecho a adoptar decisiones en lo que se refiere a la
reproduccio'n sin sufrir discriminacio'n, coacciones ni violencia,
de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos
humanos.
224. La violencia contra la mujer constituye una violacio'n de sus
derechos humanos y libertades fundamentales y un obsta'culo o un
impedimento para el disfrute de esos derechos. Teniendo en cuenta
la Declaracio'n sobre la eliminacio'n de la violencia contra la
mujer, y la labor de los Relatores Especiales, la violencia basada
en el ge'nero, como los golpes y otras formas de violencia en el
hogar, el maltrato sexual, la esclavitud y explotacio'n sexuales,
y la trata internacional de mujeres y nin~os, la prostitucio'n
impuesta y el hostigamiento sexual, asi' como la violencia contra
la mujer derivada de los prejuicios culturales, el racismo y la
discriminacio'n racial, la xenofobia, la pornografi'a, la
depuracio'n e'tnica, el conflicto armado, la ocupacio'n
extranjera, el extremismo religioso y antirreligioso y el
terrorismo, son incompatibles con la dignidad y el valor de la
persona humana y deben eliminarse. Es menester prohibir y
eliminar todo aspecto nocivo de ciertas pra'cticas tradicionales,
habituales o modernas que violan los derechos de la mujer. Los
gobiernos deben adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar
todas las formas de violencia contra la mujer en la vida privada y
pu'blica, ya sean perpetradas o toleradas por el Estado o por
personas privadas.
225. Muchas mujeres enfrentan otras barreras para el disfrute de
sus derechos humanos debido a factores tales como su raza, idioma,
origen e'tnico, cultura, religio'n, incapacidades o clase
socioecono'mica o debido a que son indi'genas, migrantes,
incluidas las trabajadoras migrantes, desplazadas o refugiadas.
Tambie'n pueden encontrarse en situacio'n desventajosa y
marginadas por falta de conocimientos generales y por el no
reconocimiento de sus derechos humanos, asi' como por los
obsta'culos que encuentran para tener acceso a la informacio'n y a
los mecanismos de recurso en caso de que se violen sus derechos.
226. Los factores que causan la huida de las refugiadas, otras
desplazadas que necesitan proteccio'n internacional y las
desplazadas internamente pueden ser diferentes de los que afectan
a los hombres. Esas mujeres siguen siendo vulnerables a los
abusos de sus derechos humanos durante y despue's de su huida.
227. Si bien las mujeres esta'n utilizando cada vez ma's el
sistema judicial para ejercer sus derechos, en muchos pai'ses la
ignorancia de esos derechos constituye un obsta'culo para el pleno
disfrute de sus derechos humanos y el logro de la igualdad. La
experiencia adquirida en muchos pai'ses ha demostrado que es
posible habilitar a la mujer y motivarla para hacer valer sus
derechos, sea cual fuere su nivel de educacio'n o situacio'n
socioecono'mica. Los programas encaminados a impartir
conocimientos juri'dicos elementales y las estrategias basadas en
los medios de informacio'n han sido eficaces para ayudar a la
mujer a comprender la vinculacio'n entre sus derechos y otros
aspectos de su vida y para demostrar que es posible emprender
iniciativas eficaces en funcio'n de los costos para ayudarla a
obtener esos derechos. El suministro de educacio'n sobre derechos
humanos es esencial para promover una comprensio'n de los derechos
humanos de la mujer, incluido el conocimiento de los mecanismos de
recurso para reparar las violaciones de sus derechos. Es
necesario que todas las personas, especialmente las mujeres en
situacio'n vulnerable, tengan pleno conocimiento de sus derechos y
acceso al recurso juri'dico contra las violaciones de esos
derechos.
228. Es menester proteger a las mujeres que se dedican a la
defensa de los derechos humanos. Los gobiernos tienen el deber de
garantizar que las mujeres que trabajan paci'ficamente a ti'tulo
personal o dentro de una organizacio'n a favor de la promocio'n y
proteccio'n de los derechos humanos puedan disfrutar plenamente de
todos los derechos establecidos en la Declaracio'n Universal de
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Poli'ticos y el Pacto Internacional de Derechos Econo'micos,
Sociales y Culturales. Las organizaciones no gubernamentales, las
organizaciones de mujeres y los grupos feministas han desempen~ado
una funcio'n catali'tica en la promocio'n de los derechos humanos
de la mujer mediante actividades populares, el establecimiento de
redes y la defensa de los intereses de la mujer, y los gobiernos
deben alentar y apoyar a dichas organizaciones y facilitar su
acceso a la informacio'n con objeto de que lleven a cabo esas
actividades.
229. Al ocuparse del disfrute de los derechos humanos, los
gobiernos y otros interesados deben promover una poli'tica activa
y visible encaminada a incorporar una perspectiva de ge'nero en
todas las poli'ticas y los programas de manera que, antes de que
se adopten decisiones, se analicen los efectos que han de tener
para las mujeres y los hombres.
Objetivo estrate'gico I.1. Promover y proteger los derechos
humanos de la mujer, mediante la
plena aplicacio'n de todos los
instrumentos de derechos
humanos, especialmente la
Convencio'n sobre la eliminacio'n
de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer
Medidas que han de adoptarse
230. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Trabajar activamente para ratificar los tratados
internacionales y regionales de derechos humanos,
adherirse a ellos y aplicarlos;
b) Ratificar la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas
las formas de discriminacio'n contra la mujer y
adherirse a ella y garantizar su aplicacio'n, de manera
que sea posible lograr la ratificacio'n universal de la
Convencio'n para el an~o 2000;
c) Limitar el alcance de cualesquiera reservas que se
formulen a la Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas
las formas de discriminacio'n contra la mujer, formular
las reservas en la forma ma's precisa y restringida
posible, asegurar que ninguna reserva sea incompatible
con el objeto y el propo'sito de la Convencio'n o en
otra forma contraria al derecho de los tratados
internacionales y examinar perio'dicamente esas reservas
con miras a retirarlas; y retirar las reservas que sean
contrarias al objeto y al propo'sito de la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer o en otra forma
incompatibles con el derecho de los tratados
internacionales;
d) Considerar la posibilidad de establecer planes de
accio'n nacionales en los que se determinen medidas para
mejorar la promocio'n y proteccio'n de los derechos
humanos, incluidos los derechos humanos de la mujer, tal
como se recomendo' en la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos;
e) Crear o fortalecer instituciones nacionales
independientes para la proteccio'n y promocio'n de esos
derechos, incluidos los derechos humanos de la mujer,
como se recomendo' en la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos;
f) Elaborar un programa amplio de educacio'n sobre derechos
humanos con objeto de aumentar la conciencia de la mujer
acerca de sus derechos humanos y aumentar la conciencia
de otras personas acerca de los derechos humanos de la
mujer;
g) Si son Estados partes, aplicar la Convencio'n mediante
un examen de todas las leyes, poli'ticas, pra'cticas y
procedimientos nacionales, con objeto de asegurar que
cumplan las obligaciones establecidas en la Convencio'n;
todos los Estados debera'n emprender una revisio'n de
todas las leyes, poli'ticas, pra'cticas y procedimientos
nacionales a fin de garantizar que se cumplan las
obligaciones internacionales en materia de derechos
humanos al respecto;
h) Incluir los aspectos relacionados con el ge'nero en la
presentacio'n de informes con arreglo a todas las dema's
convenciones e instrumentos de derechos humanos,
incluidos los convenios de la OIT, con objeto de que se
analicen y examinen los derechos humanos de la mujer;
i) Presentar informes oportunos al Comite' para la
Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer
acerca de la aplicacio'n de la Convencio'n, ajusta'ndose
cabalmente a las directrices establecidas por el Comite'
y haciendo intervenir, cuando corresponda, a las
organizaciones no gubernamentales o teniendo en cuenta
sus contribuciones en la preparacio'n de los informes;
j) Facilitar al Comite' para la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer el pleno cumplimiento de
su mandato concediendo suficiente tiempo para la
celebracio'n de reuniones mediante la amplia
ratificacio'n de la revisio'n aprobada el 22 de mayo de
1995 por los Estados partes en la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer respecto del pa'rrafo 1 del arti'culo 20
32/, y promoviendo me'todos de trabajo eficaces;
k) Apoyar el proceso iniciado por la Comisio'n de la
Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer con miras a
redactar un proyecto de protocolo facultativo de la
Convencio'n sobre la eliminacio'n de todas la formas de
discriminacio'n contra la mujer, que pudiera entrar en
vigor lo antes posible, sobre un procedimiento
relacionado con el derecho de peticio'n, teniendo en
cuenta el informe del Secretario General sobre el
protocolo facultativo, incluidas las opiniones relativas
a su viabilidad;
l) Adoptar medidas urgentes para lograr la ratificacio'n
universal de la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o
o la adhesio'n a ella antes de fines de 1995 y la plena
aplicacio'n de la Convencio'n con objeto de garantizar
la igualdad de derechos de nin~as y nin~os; y exhortar a
aquellos que todavi'a no se han adherido a la
Convencio'n a que lo hagan a fin de lograr la
aplicacio'n universal de la Convencio'n sobre los
Derechos del Nin~o para el an~o 2000;
m) Abordar los agudos problemas de los nin~os, entre otras
cosas mediante el apoyo a las actividades que se
realicen dentro del sistema de las Naciones Unidas con
objeto de adoptar medidas internacionales eficaces para
la prevencio'n y la erradicacio'n del infanticidio
femenino, el trabajo infantil perjudicial, la venta de
nin~os y sus o'rganos, la prostitucio'n infantil, la
pornografi'a infantil y otras formas de abuso sexual y
considerar la posibilidad de contribuir a la redaccio'n
de un posible proyecto de protocolo facultativo a la
Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o;
n) Fortalecer la aplicacio'n de todos los instrumentos
pertinentes de derechos humanos con objeto de combatir y
eliminar, incluso mediante la cooperacio'n
internacional, la trata organizada de mujeres y nin~os,
incluso la trata con fines de explotacio'n sexual,
pornografi'a, prostitucio'n y turismo sexual, y
suministrar servicios sociales a las vi'ctimas; esto
debe comprender disposiciones sobre cooperacio'n
internacional para enjuiciar y castigar a los culpables
de explotacio'n organizada de mujeres y nin~os;
o) Teniendo en cuenta la necesidad de asegurar el pleno
respeto de los derechos humanos de las mujeres
indi'genas, considerar la posibilidad de redactar una
declaracio'n sobre los derechos de las personas
indi'genas para que sea aprobada por la Asamblea General
dentro del Decenio Internacional de las Poblaciones
Indi'genas del Mundo y alentar la participacio'n de las
mujeres indi'genas en el grupo de trabajo que elabore el
proyecto de declaracio'n, de conformidad con las
disposiciones relativas a la participacio'n de
organizaciones de personas indi'genas.
231Ñ Medidas que han de adoptar los organismos y o'rganos e
instituciones pertinentes de las Naciones Unidas, todos los
o'rganos de derechos humanos del sistema de las Naciones Unidas,
asi' como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Refugiados, a la vez que promueven una mayor eficacia y
eficiencia mediante el mejoramiento de la coordinacio'n de los
diversos o'rganos, mecanismos y procedimientos y tienen en cuenta
la necesidad de evitar duplicaciones innecesarias de sus mandatos
y tareas:
a) Prestar atencio'n cabal, igual y sostenida a los
derechos humanos de la mujer en el ejercicio de sus
mandatos para promover el respeto universal de todos los
derechos humanos, a saber, los derechos civiles,
culturales, econo'micos, poli'ticos y sociales, incluido
el derecho al desarrollo, y la proteccio'n de esos
derechos;
b) Asegurar la aplicacio'n de las recomendaciones de la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos en el sentido de
que se integren e incorporen plenamente los derechos
humanos de la mujer;
c) Elaborar un programa amplio de poli'tica para la
incorporacio'n de los derechos humanos de la mujer en
todo el sistema de las Naciones Unidas, incluso en las
actividades relativas a los servicios de asesoramiento,
asistencia te'cnica, metodologi'a de presentacio'n de
informes, evaluacio'n de los efectos en materia de
ge'nero, coordinacio'n, informacio'n pu'blica y
educacio'n en derechos humanos, y desempen~ar un papel
activo en la ejecucio'n de ese programa;
d) Garantizar la integracio'n y la plena participacio'n de
la mujer como agente y beneficiaria en el proceso de
desarrollo, y reiterar los objetivos establecidos para
la accio'n mundial en favor de la mujer en lo que
respecta al desarrollo sostenible y equitativo, segu'n
se establecio' en la Declaracio'n de Ri'o sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo18;
e) Incluir en sus actividades informacio'n sobre las
violaciones de los derechos humanos relacionadas con el
ge'nero e integrar las conclusiones en todos sus
programas y actividades;
f) Procurar que haya colaboracio'n y coordinacio'n en la
labor de todos los o'rganos y mecanismos de derechos
humanos con objeto de asegurar que se respeten los
derechos humanos de la mujer;
g) Fortalecer la cooperacio'n y coordinacio'n entre la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer, la Comisio'n de Derechos Humanos, la Comisio'n de
Desarrollo Social, la Comisio'n de Desarrollo
Sostenible, la Comisio'n de Prevencio'n del Delito y
Justicia Penal, los o'rganos de fiscalizacio'n creados
en virtud de tratados de derechos humanos de las
Naciones Unidas, incluidos el Comite' para la
Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer, el
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la
Mujer, el Instituto Internacional de Investigaciones y
Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer, el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y otras
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas,
dentro de sus respectivos mandatos, en la promocio'n de
los derechos humanos de la mujer, y mejorar la
cooperacio'n entre la Divisio'n para el Adelanto de la
Mujer y el Centro de Derechos Humanos;
h) Establecer una cooperacio'n eficaz entre el Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos y la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
para los Refugiados y otros o'rganos pertinentes, dentro
de sus respectivos mandatos, teniendo en cuenta la
estrecha vinculacio'n existente entre las violaciones
masivas de derechos humanos, especialmente en forma de
genocidio, la depuracio'n e'tnica, violacio'n
sistema'tica de mujeres en situaciones de guerra y las
corrientes de refugiados y otros desplazamientos y el
hecho de que las mujeres refugiadas, desplazadas y
repatriadas pueden ser objeto de formas especiales de
abuso de los derechos humanos;
i) Fomentar la incorporacio'n de una perspectiva de ge'nero
en los programas de accio'n nacionales y las
instituciones nacionales de derechos humanos, en el
contexto de los programas de servicios de asesoramiento
en derechos humanos;
j) Impartir capacitacio'n sobre los derechos humanos de la
mujer a todo el personal y los funcionarios de las
Naciones Unidas, especialmente a los que se ocupan de
actividades de derechos humanos y de socorro
humanitario, y promover su comprensio'n de los derechos
humanos de la mujer, de manera que reconozcan las
violaciones de esos derechos y se ocupen de dichas
violaciones y que puedan tener plenamente en cuenta los
aspectos de su trabajo que se relacionan con el ge'nero;
k) Al examinar la aplicacio'n del Plan de Accio'n para el
Decenio de las Naciones Unidas para la Educacio'n en la
Esfera de los Derechos Humanos (1995-2004), se debera'n
tener en cuenta los resultados de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer.
Objetivo estrate'gico I.2. Garantizar la igualdad y la
no discriminacio'n ante la
ley y en
la pra'ctica
Medidas que han de adoptarse
232. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Dar prioridad a la promocio'n y proteccio'n del disfrute
pleno y amplio, por mujeres y hombres en condiciones de
igualdad, de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales sin distincio'n de ningu'n tipo en cuanto
a raza, color, sexo, idioma, religio'n, opiniones
poli'ticas o de otra i'ndole, ori'genes nacionales o
sociales, bienes, nacimiento u otra condicio'n;
b) Proporcionar garanti'as constitucionales o promulgar
leyes apropiadas para prohibir la discriminacio'n por
razones de sexo de todas las mujeres y las nin~as de
todas las edades y garantizar a las mujeres, sea cual
fuere su edad, la igualdad de derechos y el pleno
disfrute de esos derechos;
c) Incorporar el principio de la igualdad de mujeres y
hombres en su legislacio'n y garantizar, mediante leyes
y otros medios apropiados, la realizacio'n pra'ctica de
ese principio;
d) Revisar las leyes nacionales incluidas las normas
consuetudinarias y las pra'cticas juri'dicas en las
esferas del derecho de familia, el derecho civil, penal,
laboral y comercial con objeto de asegurar la
aplicacio'n de los principios y procedimientos de todos
los instrumentos internacionales de derechos humanos
pertinentes mediante la legislacio'n nacional, revocar
cualesquiera leyes restantes que discriminen por motivos
de sexo y eliminar el sesgo de ge'nero en la
administracio'n de justicia;
e) Fortalecer y fomentar la elaboracio'n de programas de
proteccio'n de los derechos humanos de la mujer en las
instituciones nacionales de derechos humanos que
ejecutan programas, tales como las comisiones de
derechos humanos o la institucio'n del ombudsman,
acorda'ndoles la condicio'n y los recursos apropiados
asi' como acceso al gobierno para prestar asistencia a
los particulares, en especial a las mujeres, y procurar
que esas instituciones presten la debida atencio'n a los
programas relacionados con la violacio'n de los derechos
humanos de la mujer;
f) Adoptar medidas para garantizar que se respeten y
protejan plenamente los derechos humanos de la mujer,
incluidos los derechos mencionados de los pa'rrafos 94 a
96 supra;
g) Adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar la
violencia contra la mujer, que constituye una violacio'n
de los derechos humanos, derivada de pra'cticas nocivas
relacionadas con la tradicio'n o la costumbre, los
prejuicios culturales y el extremismo;
h) Prohibir la mutilacio'n genital femenina dondequiera que
ocurra y apoyar vigorosamente las actividades de las
organizaciones no gubernamentales y comunitarias y las
instituciones religiosas encaminadas a eliminar tales
pra'cticas;
i) Impartir ensen~anza y capacitacio'n sobre derechos
humanos en que se tengan en cuenta los aspectos
relacionados con el ge'nero a los funcionarios
pu'blicos, incluidos, entre otros, el personal policial
y militar, los funcionarios penitenciarios, el personal
me'dico y de salud y los asistentes sociales, incluidas
las personas que se ocupan de las cuestiones
relacionadas con la migracio'n y los refugiados, y los
maestros a todos los niveles del sistema de ensen~anza,
y facilitar tambie'n ese tipo de ensen~anza y
capacitacio'n a los funcionarios judiciales y a los
miembros del parlamento con objeto de que puedan cumplir
mejor sus responsabilidades pu'blicas;
j) Promover el derecho de las mujeres, en un pie de
igualdad, a ser miembro de sindicatos y otras
organizaciones profesionales y sociales;
k) Establecer mecanismos eficaces para investigar las
violaciones de los derechos humanos de la mujer
perpetradas por cualquier funcionario pu'blico y adoptar
las medidas juri'dicas y punitivas necesarias con
arreglo a las leyes nacionales;
l) Revisar y enmendar las leyes y los procedimientos
penales, segu'n sea necesario, para eliminar toda
discriminacio'n contra la mujer con objeto de procurar
que la legislacio'n y los procedimientos penales
garanticen una proteccio'n efectiva contra los delitos
dirigidos contra la mujer o que la afecten en forma
desproporcionada, asi' como el enjuiciamiento por esos
delitos, sea cual fuere la relacio'n entre el
perpetrador y la vi'ctima, y procurar que las mujeres
acusadas, vi'ctimas o testigos no se conviertan otra vez
en vi'ctimas ni sufran discriminacio'n alguna en la
investigacio'n de los delitos y el juicio
correspondiente;
m) Garantizar que las mujeres tengan el mismo derecho que
los hombres a ser jueces, abogados, funcionarios de otro
tipo en los tribunales, asi' como funcionarios
policiales y funcionarios penitenciarios, entre otras
cosas;
n) Fortalecer los mecanismos administrativos existentes o
establecer otros posibles mecanismos administrativos de
fa'cil acceso, gratuitos, o a precios asequibles, asi'
como programas de asistencia juri'dica para ayudar a las
mujeres en situacio'n desventajosa a pedir reparacio'n
por las violaciones de sus derechos;
o) Asegurar que todas las mujeres y las organizaciones no
gubernamentales y sus miembros que trabajen en la esfera
de la proteccio'n y promocio'n de todos los derechos
humanos, a saber, civiles, culturales, econo'micos,
poli'ticos y sociales, incluido el derecho al
desarrollo, disfruten plenamente de todos los derechos
humanos y libertades de conformidad con la Declaracio'n
Universal de Derechos Humanos y todos los dema's
instrumentos de derechos humanos, y de la proteccio'n de
las leyes nacionales;
p) Fortalecer y alentar la aplicacio'n de las
recomendaciones que figuran en las Normas Uniformes
sobre la igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad30, prestando especial atencio'n a
garantizar la no discriminacio'n y el disfrute de todos
los derechos humanos y las libertades fundamentales, en
un pie de igualdad, por las mujeres y las nin~as con
discapacidad, incluido su acceso a la informacio'n y los
servicios en la esfera de la violencia contra la mujer,
asi' como su participacio'n activa y su contribucio'n
econo'mica en todos los aspectos de la sociedad;
q) Alentar la elaboracio'n de programas de derechos humanos
en que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con
el ge'nero.
Objetivo estrate'gico I.3. Fomentar la adquisicio'n de
conocimientos
juri'dicos elementales
Medidas que han de adoptarse
233. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
no gubernamentales, las Naciones Unidas y otras organizaciones
internacionales, segu'n corresponda:
a) Traducir, siempre que sea posible, a los idiomas locales
e indi'genas y en otras formas apropiadas para las
personas con discapacidad y las personas poco
alfabetizadas y dar publicidad a las leyes y la
informacio'n relativas a la igualdad de condicio'n y a
los derechos humanos de todas las mujeres, incluidos la
Declaracio'n Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Poli'ticos, el Pacto
Internacional de Derechos Econo'micos, Sociales y
Culturales, la Convencio'n sobre la eliminacio'n de
todas las formas de discriminacio'n contra la mujer, la
Convencio'n Internacional sobre la Eliminacio'n de todas
las Formas de Discriminacio'n Racial 33/, la Convencio'n
sobre los Derechos del Nin~o, la Convencio'n contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes, la Declaracio'n sobre el Derecho al
Desarrollo 34/ y la Declaracio'n sobre la Eliminacio'n
de la Violencia contra la Mujer, asi' como los
resultados de las conferencias y cumbres de las Naciones
Unidas que sean pertinentes y en los informes nacionales
presentados al Comite' sobre la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer y divulgarlos;
b) Dar publicidad a esa informacio'n y divulgarla en formas
fa'ciles de comprender y en otras formas posibles que
sean apropiadas para las personas con discapacidad, y
para las personas poco alfabetizadas;
c) Divulgar informacio'n sobre la legislacio'n nacional y
sus efectos sobre la mujer, incluidas directrices
fa'cilmente asequibles sobre co'mo utilizar el sistema
judicial para ejercer los propios derechos;
d) Incluir informacio'n sobre los instrumentos y las normas
internacionales y regionales en las actividades de
informacio'n pu'blica y de ensen~anza de los derechos
humanos y en los programas de educacio'n y capacitacio'n
para adultos, particularmente para grupos tales como los
militares, la polici'a y otro personal encargado de
hacer cumplir la ley, los funcionarios del poder
judicial y los miembros de las profesiones juri'dica y
de salud para asegurar la proteccio'n eficaz de los
derechos humanos;
e) Facilitar ampliamente y dar publicidad a la informacio'n
sobre la existencia de mecanismos nacionales, regionales
e internacionales para pedir reparacio'n cuando se
violen los derechos humanos de la mujer;
f) Alentar a los grupos locales y regionales de mujeres, a
las organizaciones no gubernamentales pertinentes, a los
educadores y a los medios de informacio'n, coordinar sus
actividades y cooperar con ellos para ejecutar programas
de ensen~anza de los derechos humanos a fin de que la
mujer tenga conciencia de sus derechos humanos;
g) Promover la educacio'n sobre los derechos humanos y
juri'dicos de la mujer en los planes de estudio
escolares a todos los niveles y emprender campan~as
pu'blicas, inclusive en los idiomas ma's ampliamente
utilizados en el pai's, acerca de la igualdad de mujeres
y hombres en la vida pu'blica y privada, incluidos sus
derechos dentro de la familia y los instrumentos de
derechos humanos pertinentes con arreglo al derecho
nacional e internacional;
h) Promover en todos los pai'ses la ensen~anza en materia
de derechos humanos y de derecho internacional
humanitario para los miembros de las fuerzas armadas y
de las fuerzas nacionales de seguridad, incluidos los
asignados a las operaciones de mantenimiento de la paz
de las Naciones Unidas, en forma sistema'tica y
permanente, recorda'ndoles que deben respetar los
derechos de la mujer en todo momento tanto dentro del
servicio como fuera de e'l, y sensibiliza'ndolos a ese
respecto, prestando especial atencio'n a las normas
sobre la proteccio'n de las mujeres y los nin~os y a la
proteccio'n de los derechos humanos en situaciones de
conflicto armado;
i) Adoptar medidas apropiadas para garantizar que las
mujeres refugiadas y desplazadas, las mujeres migrantes
y las trabajadoras migrantes se sensibilicen en lo que
respecta a sus derechos humanos y a los mecanismos de
recurso de que disponen.
J. La mujer y los medios de difusio'n
234. En el u'ltimo decenio, los avances en la tecnologi'a de la
informacio'n han facilitado el desarrollo de una red mundial de
comunicaciones que trasciende las fronteras nacionales y que
influye en las poli'ticas estatales, las actitudes privadas y el
comportamiento, en especial de los nin~os y adultos jo'venes.
Existe en todas partes la posibilidad de que los medios de
comunicacio'n contribuyan en mucha mayor medida al adelanto de la
mujer.
235. Aunque ha aumentado el nu'mero de mujeres que hacen carrera
en el sector de las comunicaciones, pocas son las que han llegado
a ocupar puestos directivos o que forman parte de juntas
directivas y o'rganos que influyen en la poli'tica de los medios
de difusio'n. Se nota la desatencio'n a la cuestio'n del ge'nero
en los medios de informacio'n por la persistencia de los
estereotipos basados en el ge'nero que divulgan las organizaciones
de difusio'n pu'blicas y privadas locales, nacionales e
internacionales.
236. Hay que suprimir la proyeccio'n constante de ima'genes
negativas y degradantes de la mujer en los medios de
comunicacio'n, sean electro'nicos, impresos, visuales o sonoros.
Los medios impresos y electro'nicos de la mayori'a de los pai'ses
no ofrecen una imagen equilibrada de los diversos estilos de vida
de las mujeres y de su aportacio'n a la sociedad en un mundo en
evolucio'n. Adema's, los productos violentos y degradantes o
pornogra'ficos de los medios de difusio'n tambie'n perjudican a la
mujer y su participacio'n en la sociedad. Los programas que
insisten en presentar a la mujer en sus papeles tradicionales
pueden ser igualmente restrictivos. La tendencia mundial al
consumismo ha creado un clima en el que los anuncios y mensajes
comerciales a menudo presentan a la mujer como consumidora y se
dirigen a las muchachas y a las mujeres de todas las edades en
forma inapropiada.
237. Deberi'a potenciarse el papel de la mujer mejorando sus
conocimientos teo'ricos y pra'cticos y su acceso a la tecnologi'a
de la informacio'n, lo que aumentara' su capacidad de luchar
contra las ima'genes negativas que de ella se ofrecen a escala
internacional y de oponerse a los abusos de poder de una industria
cada vez ma's importante. Hay que instaurar mecanismos de
autorregulacio'n en los medios de difusio'n y fortalecerlos, asi'
como idear me'todos para erradicar los programas en los que haya
sesgo de ge'nero. La mayori'a de las mujeres, sobre todo en los
pai'ses en desarrollo, carecen de acceso efectivo a las infopistas
electro'nicas, que esta'n en vi'as de expansio'n y, por lo tanto,
no pueden crear redes que les ofrezcan nuevas fuentes de
informacio'n. Asi' pues, es necesario que las mujeres intervengan
en la adopcio'n de las decisiones que afectan al desarrollo de las
nuevas tecnologi'as, a fin de participar plenamente en su
expansio'n y en el control de su influencia.
238. Al abordar el problema de la movilizacio'n de los medios de
difusio'n, los gobiernos y otros sectores deberi'an fomentar una
poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una perspectiva de
ge'nero en sus poli'ticas y programas.
Objetivo estrate'gico J.1. Aumentar el acceso de la mujer
y su participacio'n en la expresio'n de sus ideas y la adopcio'n de
decisiones en los medios de difusio'n y por conducto de ellos, asi' como en
las nuevas tecnologi'as de comunicacio'n
Medidas que han de adoptarse
239. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Fomentar la educacio'n, la capacitacio'n y el empleo de
la mujer a fin de promover y asegurar su igual acceso a
todas las esferas y niveles de los medios de difusio'n;
b) Fomentar la investigacio'n de todos los aspectos de la
imagen de la mujer en los medios de difusio'n para
determinar las esferas que requieren atencio'n y accio'n
y examinar las actuales poli'ticas de difusio'n con
miras a integrar una perspectiva de ge'nero;
c) Promover la participacio'n plena y equitativa de la
mujer en los medios de difusio'n, incluida la
participacio'n en la gestio'n, la produccio'n de
programas, la educacio'n, la capacitacio'n y la
investigacio'n;
d) Procurar que se distribuyan equitativamente los
nombramientos de mujeres y hombres en todos los o'rganos
consultivos, de gestio'n, de reglamentacio'n o de
supervisio'n, incluidos los relacionados con los medios
de difusio'n privados y estatales o pu'blicos;
e) Alentar a esos o'rganos, en la medida en que ello no
atente contra la libertad de expresio'n, a que aumenten
el nu'mero de programas destinados a la mujer y
realizados por mujeres, para velar por que las
necesidades y los problemas de la mujer se traten en
forma apropiada;
f) Estimular y reconocer las redes de comunicacio'n de
mujeres, entre ellas las redes electro'nicas y otras
nuevas tecnologi'as aplicadas a la comunicacio'n, como
medio para la difusio'n de informacio'n y el intercambio
de ideas, incluso en el plano internacional, y brindar
apoyo a los grupos de mujeres que participan en todos
los a'mbitos de los medios de difusio'n y de los
sistemas de comunicacio'n a ese efecto;
g) Alentar la utilizacio'n creativa de programas en los
medios de difusio'n nacionales, y proporcionar medios o
incentivos a ese efecto, con miras a divulgar
informacio'n sobre las diversas formas culturales de la
poblacio'n auto'ctona, y el desarrollo de los aspectos
sociales y educacionales conexos en el marco del derecho
nacional;
h) Garantizar la libertad de los medios de difusio'n y su
proteccio'n subsiguiente dentro del marco del derecho
nacional y alentar, de manera compatible con la libertad
de expresio'n, la participacio'n positiva de los medios
de difusio'n en las cuestiones sociales y de desarrollo.
240. Medidas que han de adoptar los sistemas de difusio'n
nacionales e internacionales:
Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la
libertad de expresio'n, mecanismos reglamentarios, incluidos
los voluntarios, que permitan a los sistemas de
comunicaciones internacionales y a los medios de difusio'n
presentar una imagen equilibrada y diferenciada de la mujer y
que fomenten una mayor participacio'n de la mujer y el hombre
en las esferas de la produccio'n y la adopcio'n de
decisiones.
241. Medidas que han de adoptar los gobiernos, segu'n proceda, o
los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer:
a) Fomentar la organizacio'n de programas de educacio'n y
capacitacio'n de la mujer a fin de que se prepare
informacio'n destinada a los medios de difusio'n,
incluida la financiacio'n de actividades experimentales
y la utilizacio'n de nuevas tecnologi'as aplicadas a la
comunicacio'n, a la ciberne'tica y a la comunicacio'n
espacial y por sate'lite, ya sea en la esfera pu'blica o
privada;
b) Alentar la utilizacio'n de los sistemas de
comunicacio'n, incluidas las nuevas tecnologi'as, como
medio de fortalecer la participacio'n de la mujer en los
procesos democra'ticos;
c) Facilitar la compilacio'n de una lista de especialistas
en los medios de difusio'n en cuestiones relacionadas
con la mujer;
d) Alentar la participacio'n de la mujer en la elaboracio'n
de directrices profesionales y co'digos de conducta u
otros mecanismos apropiados de autorregulacio'n para
fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de la
mujer en los medios de difusio'n.
242. Medidas que han de adoptar las organizaciones no
gubernamentales y las asociaciones profesionales de difusio'n:
a) Estimular la creacio'n de grupos de control que puedan
vigilar a los medios de difusio'n y celebrar consultas
con ellos a fin de velar por que las necesidades y los
problemas de la mujer se reflejen en forma apropiada;
b) Capacitar a la mujer para que pueda utilizar mejor la
tecnologi'a de la informacio'n aplicada a la
comunicacio'n y a los medios de difusio'n, incluso en el
plano internacional;
c) Crear redes entre las organizaciones no gubernamentales,
las organizaciones femeninas y las organizaciones de
difusio'n profesionales y elaborar programas de
informacio'n para esas organizaciones, a fin de que se
reconozcan las necesidades concretas de la mujer en los
medios de difusio'n, y facilitar una mayor
participacio'n de la mujer en la comunicacio'n, en
particular en el plano internacional, en apoyo del
dia'logo Sur-Sur y Norte-Norte entre esas organizaciones
con miras, entre otras cosas, a promover los derechos
humanos de la mujer y la igualdad entre la mujer y el
hombre;
d) Alentar al sector de los medios de difusio'n y a las
instituciones de ensen~anza y de capacitacio'n en
materia de medios de difusio'n a que elaboren, en los
idiomas apropiados, formas de difusio'n destinadas a los
grupos tradicionales auto'ctonos y a otros grupos
e'tnicos, tales como la narracio'n, el teatro, la
poesi'a y el canto, que reflejen sus culturas y a que
utilicen esas formas de comunicacio'n para difundir
informacio'n sobre cuestiones sociales y de desarrollo.
Objetivo estrate'gico J.2. Fomentar una imagen
equilibrada y no estereotipada de la mujer en los medios de difusio'n
Medidas que han de adoptarse
243. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales, en la medida en que no atenten contra la libertad
de expresio'n:
a) Fomentar la investigacio'n y la aplicacio'n de una
estrategia de informacio'n, educacio'n y comunicacio'n
orientada a estimular la presentacio'n de una imagen
equilibrada de las mujeres y las jo'venes y de las
mu'ltiples funciones que ellas desempen~an;
b) Alentar a los medios de difusio'n y a los organismos de
publicidad a que elaboren programas especiales para
fomentar el intere's en la Plataforma de Accio'n;
c) Fomentar una capacitacio'n que tenga en cuenta los
aspectos relacionados con el ge'nero para los
profesionales de los medios de difusio'n, incluidos los
propietarios y los administradores, a fin de alentar la
creacio'n y la utilizacio'n de ima'genes no
estereotipadas, equilibradas y diferenciadas de la mujer
en los medios de difusio'n;
d) Alentar a los medios de difusio'n a que se abstengan de
presentar a la mujer como un ser inferior y de
explotarla como objeto sexual y bien de consumo, en
lugar de presentarla como un ser humano creativo, agente
principal, contribuyente y beneficiaria del proceso de
desarrollo;
e) Fomentar la idea de que los estereotipos sexistas que se
presentan en los medios de difusio'n son
discriminatorios para la mujer, degradantes y ofensivos;
f) Adoptar medidas efectivas, que incluyan normas
legislativas pertinentes, contra la pornografi'a y la
proyeccio'n de programas en los que se muestren escenas
de violencia contra mujeres y nin~os en los medios de
difusio'n.
244. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n de
masas y las organizaciones de publicidad:
a) Elaborar, en la medida en que ello no atente contra la
libertad de expresio'n, directrices profesionales y
co'digos de conducta y otras formas de autorregulacio'n
para fomentar la presentacio'n de ima'genes no
estereotipadas de la mujer;
b) Establecer, en la medida en que ello no atente contra la
libertad de expresio'n, directrices profesionales y
co'digos de conducta respecto de los materiales de
contenido violento, degradante o pornogra'fico sobre la
mujer en los medios de informacio'n, incluso en la
publicidad;
c) Introducir una perspectiva de ge'nero en todas las
cuestiones de intere's para las comunidades, los
consumidores y la sociedad civil;
d) Aumentar la participacio'n de la mujer en la adopcio'n
de decisiones en los medios de informacio'n en todos los
niveles.
245. Medidas que han de adoptar los medios de informacio'n, las
organizaciones no gubernamentales y el sector privado, en
colaboracio'n, cuando corresponda, con los mecanismos nacionales
encargados de la promocio'n de la mujer:
a) Fomentar la participacio'n en pie de igualdad en las
responsabilidades familiares, mediante campan~as en los
medios de difusio'n que hagan hincapie' en la igualdad
de ge'nero y en la exclusio'n de los estereotipos
basados en el ge'nero de los papeles que desempen~an las
mujeres y los hombres dentro de la familia, y que
difundan informacio'n tendiente a eliminar el abuso
dome'stico de co'nyuges y nin~os y todas las formas de
violencia contra la mujer, incluso la violencia en el
hogar;
b) Producir y/o difundir materiales en los medios de
difusio'n sobre las mujeres dirigentes, entre otras
cosas, como li'deres que asumen sus posiciones de
liderazgo con experiencias muy diversas que incluyen,
sin limitarse a ellas, sus experiencias respecto del
logro de un equilibrio entre sus responsabilidades en el
trabajo y en la familia, como madres, profesionales,
administradoras y empresarias, para servir de modelos,
particularmente para las jo'venes;
c) Fomentar campan~as de amplio alcance que utilicen los
programas de educacio'n pu'blica y privada para difundir
informacio'n y fomentar la conciencia acerca de los
derechos humanos de la mujer;
d) Apoyar el desarrollo de nuevos medios optativos y la
utilizacio'n de todas las formas de comunicacio'n, y
proporcionar financiacio'n, segu'n proceda, para
difundir la informacio'n dirigida a la mujer y sobre la
mujer y sus intereses;
e) Elaborar criterios y capacitar a expertos para que
apliquen el ana'lisis de ge'nero a los programas de los
medios de difusio'n.
K. La mujer y el medio ambiente
246. El ser humano es el elemento central del desarrollo
sostenible. Tiene derecho a una vida saludable y productiva en
armoni'a con la naturaleza. La funcio'n de la mujer en la
creacio'n de modalidades de consumo y produccio'n sostenibles y
ecolo'gicamente racionales y de me'todos para la ordenacio'n de
los recursos naturales es sumamente importante, como se reconocio'
en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y
el Desarrollo y en la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, y se dejo' plasmado en todo el
Programa 21. En el u'ltimo decenio ha aumentado considerablemente
la preocupacio'n por el agotamiento de los recursos, la
degradacio'n de los sistemas naturales y los peligros de las
sustancias contaminantes. Esas condiciones de degradacio'n causan
la destruccio'n de ecosistemas fra'giles y el desplazamiento de
comunidades, en particular el de las mujeres que forman parte de
ellas, de las actividades productivas y representan una amenaza
cada vez mayor para un medio ambiente seguro y saludable. La
pobreza y la degradacio'n del medio ambiente esta'n estrechamente
vinculadas entre si'. Aunque la pobreza crea ciertos tipos de
tensiones ambientales, la principal causa del continuo deterioro
del medio ambiente mundial son las modalidades insostenibles de
consumo y produccio'n, especialmente en los pai'ses
industrializados, que son motivo de gran preocupacio'n, ya que
agravan la pobreza y los desequilibrios. El aumento del nivel de
los mares como consecuencia del calentamiento de la Tierra
constituye una amenaza grave e inmediata para las personas que
viven en pai'ses insulares y zonas costeras. La utilizacio'n de
sustancias que provocan una disminucio'n del ozono, como los
productos con clorofluorocarburos y halogenados y los bromuros de
metilo (con los cuales se fabrican pla'sticos y espumas)
perjudican considerablemente la atmo'sfera, ya que permiten que
lleguen a la superficie de la Tierra niveles excesivos de rayos
ultravioleta dan~inos. Ello afecta gravemente a la salud de las
personas porque provoca tasas ma's altas de ca'ncer de la piel,
dan~os a la vista y debilita las defensas del organismo. Tambie'n
tiene graves consecuencias para el medio ambiente, especialmente
los cultivos y la vida marina.
247. Todos los Estados y todas las personas debera'n cooperar en
la tarea fundamental de erradicar la pobreza, como requisito
indispensable para alcanzar el desarrollo sostenible, a fin de
reducir las desigualdades de los niveles de vida y atender mejor
las necesidades de la mayori'a de la poblacio'n mundial. Los
huracanes, los tifones y otros desastres naturales y, adema's, la
destruccio'n de los recursos, la violencia, los desplazamientos y
otros efectos derivados de la guerra, los conflictos armados y de
otra i'ndole, el uso y el ensayo de armas nucleares y la
ocupacio'n extranjera pueden tambie'n contribuir a la degradacio'n
del medio ambiente. El deterioro de los recursos naturales
desplaza a las comunidades y especialmente a las mujeres que
forman parte de ellas, de las actividades generadoras de ingresos,
a la vez que aumenta considerablemente la cantidad de trabajo no
remunerado que es necesario realizar. Tanto en las zonas urbanas
como en las rurales, la degradacio'n del medio ambiente repercute
negativamente en la salud, el bienestar y la calidad de vida de la
poblacio'n en general, y sobre todo de las nin~as y mujeres de
todas las edades. Es fundamental conceder una atencio'n y un
reconocimiento particulares a la funcio'n y situacio'n especial de
las mujeres que viven en las zonas rurales y las que trabajan en
el sector agri'cola, en el que el acceso a la capacitacio'n, la
tierra, los recursos naturales y productivos, los cre'ditos, los
programas de desarrollo y las estructuras de cooperativas pueden
ayudarlas a participar en mayor medida en el desarrollo
sostenible. Los riesgos ambientales en el hogar y en el lugar de
trabajo pueden tener consecuencias desproporcionadas para la salud
de la mujer, debido a que su vulnerabilidad a los efectos to'xicos
de diversos productos qui'micos es variable. Esos riesgos son
particularmente elevados en las zonas urbanas y en las zonas de
ingresos bajos donde existe una alta concentracio'n de
instalaciones industriales contaminantes.
248. Mediante la gestio'n y el uso de los recursos naturales, la
mujer sostiene a su familia y a la comunidad. Como consumidora,
cuidadora de su familia y educadora, su funcio'n es fundamental
para la promocio'n del desarrollo sostenible, como lo es su
preocupacio'n por la calidad y el cara'cter sostenible de la vida
para las generaciones actuales y futuras. Los gobiernos han
manifestado su intencio'n de crear un nuevo paradigma de
desarrollo en el que se integre la preservacio'n del medio
ambiente con la justicia y la igualdad de ge'nero dentro de una
misma generacio'n y entre distintas generaciones, como se afirma
en el capi'tulo 24 del Programa 2119.
249. La mujer sigue en gran medida sin participar en el proceso de
formulacio'n de poli'ticas y adopcio'n de decisiones en materia de
ordenacio'n, conservacio'n, proteccio'n y rehabilitacio'n del
medio ambiente y los recursos naturales; su experiencia y
aptitudes en la defensa y la vigilancia de la ordenacio'n adecuada
de los recursos naturales siguen muy a menudo marginadas de los
o'rganos normativos y de adopcio'n de decisiones, asi' como de los
puestos directivos en las instituciones de ensen~anza y los
organismos relacionados con el medio ambiente. Son pocas las
mujeres que reciben capacitacio'n profesional en la ordenacio'n de
los recursos naturales y tienen capacidad normativa, por ejemplo
como expertas en planificacio'n de la ordenacio'n territorial,
agronomi'a, silvicultura, ciencias marinas y derecho ambiental.
Incluso cuando reciben capacitacio'n profesional en la ordenacio'n
de los recursos naturales, no suelen tener una representacio'n
suficiente en las instituciones oficiales con capacidad normativa
a nivel nacional, regional e internacional. Por lo general, la
mujer no participa en pie de igualdad en la gestio'n de las
instituciones financieras y las empresas cuyas decisiones son las
que ma's afectan a la calidad del medio ambiente. Adema's,
existen deficiencias institucionales en la coordinacio'n entre las
organizaciones no gubernamentales de mujeres y las instituciones
nacionales que se ocupan de cuestiones ambientales, pese al
ra'pido aumento y la importancia de las organizaciones no
gubernamentales de mujeres que se dedican a esas cuestiones a
todos los niveles.
250. La mujer ha desempen~ado a menudo funciones de liderazgo o
tomado la iniciativa para promover una e'tica del medio ambiente,
disminuir el uso de recursos y reutilizar y reciclar recursos para
reducir al ma'ximo los desechos y el consumo excesivo. La mujer
puede influir en forma considerable en las decisiones en materia
de consumo sostenible. Adema's, su contribucio'n a la ordenacio'n
del medio ambiente, por ejemplo, a trave's de campan~as para los
jo'venes y las comunidades destinadas a proteger el medio
ambiente, suele tener lugar a nivel local, donde es ma's necesaria
y decisiva una accio'n descentralizada sobre cuestiones de medio
ambiente. La mujer, y en particular la mujer indi'gena, tiene
conocimientos especiales de los vi'nculos ecolo'gicos y de la
ordenacio'n de los ecosistemas fra'giles. En muchas comunidades,
la mujer es la principal fuerza de trabajo para la produccio'n de
subsistencia, por ejemplo, la recoleccio'n de mariscos; asi' pues,
su funcio'n es fundamental para el abastecimiento de alimentos y
la nutricio'n, la mejora de las actividades de subsistencia y del
sector no estructurado y la proteccio'n del medio ambiente. En
algunas regiones, la mujer suele ser el miembro ma's estable de la
comunidad, ya que el hombre a menudo trabaja en lugares lejanos y
deja a la mujer para que proteja el medio ambiente y vele por una
distribucio'n adecuada de los recursos dentro del hogar y la
comunidad.
251. Las medidas estrate'gicas necesarias para una buena
ordenacio'n del medio ambiente exigen un me'todo global,
multidisciplinario e intersectorial. La participacio'n y el
liderazgo de la mujer son fundamentales en todos los aspectos de
dicho me'todo. En las recientes conferencias mundiales de las
Naciones Unidas sobre el desarrollo, asi' como las conferencias
regionales preparatorias de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer, se ha reconocido que las poli'ticas en materia de
desarrollo sostenible en que no se cuente con la participacio'n
del hombre y la mujer no lograra'n sus resultados a largo plazo.
Han solicitado la participacio'n eficaz de la mujer en la
generacio'n de conocimientos y educacio'n ambiental, la adopcio'n
de decisiones y la gestio'n en todos los niveles. Las
experiencias y contribuciones de la mujer a un medio ambiente
ecolo'gicamente racional deben ocupar un lugar prioritario en el
programa para el siglo XXI. Mientras la contribucio'n de la mujer
a la ordenacio'n del medio ambiente no reciba reconocimiento y
apoyo, el desarrollo sostenible seguira' siendo un objetivo
difi'cil de alcanzar.
252. Los gobiernos y otros agentes, en el contexto de la falta del
reconocimiento y el apoyo debidos a la contribucio'n de la mujer
en la conservacio'n y ordenacio'n de los recursos naturales y la
proteccio'n del medio ambiente, debera'n propiciar la integracio'n
activa y visible de una perspectiva de ge'nero en todas las
poli'ticas y programas, incluido un ana'lisis de las consecuencias
para la mujer y el hombre antes de adoptar decisiones.
Objetivo estrate'gico K.1. Lograr la participacio'n
activa de la mujer en la
adopcio'n de decisiones
relativas al medio ambiente
en todos los niveles
Medidas que han de adoptarse
253. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en todos los
niveles, con inclusio'n de las autoridades municipales segu'n
proceda:
a) Asegurar oportunidades a las mujeres, inclusive las
pertenecientes a poblaciones indi'genas, para que
participen en la adopcio'n de decisiones relativas al
medio ambiente en todos los niveles, incluso como
administradoras, elaboradoras de proyectos y
planificadoras y como ejecutoras y evaluadoras de los
proyectos relativos al medio ambiente;
b) Facilitar y fomentar el acceso de la mujer a la
informacio'n y la educacio'n, inclusive en las esferas
de la ciencia, la tecnologi'a y la economi'a,
promoviendo de ese modo sus conocimientos, aptitudes y
oportunidades de participacio'n en las decisiones
relativas al medio ambiente;
c) Estimular, con sujecio'n a las leyes nacionales y de
conformidad con el Convenio sobre la Diversidad
Biolo'gica 35/, la proteccio'n y utilizacio'n efectiva
de los conocimientos, innovaciones y pra'cticas de las
mujeres de las comunidades indi'genas y locales,
incluidas las pra'cticas relativas a las medicinas
tradicionales, la diversidad biolo'gica y las
tecnologi'as indi'genas, y tratar de asegurar que sean
respetados, mantenidos, promovidos y preservados de modo
ecolo'gicamente sostenible, y promover su aplicacio'n
ma's amplia con la aprobacio'n y participacio'n de
quienes disponen de esos conocimientos; adema's,
salvaguardar los derechos existentes de propiedad
intelectual de esas mujeres que se protegen en el
derecho nacional e internacional; tratar activamente,
cuando sea necesario, de encontrar medios adicionales
para proteger y utilizar efectivamente esos
conocimientos, innovaciones y pra'cticas, con sujecio'n
a las leyes nacionales y de conformidad con el Convenio
sobre la Diversidad Biolo'gica y el derecho
internacional pertinente y alentar la divisio'n justa y
equitativa de los beneficios obtenidos de la
utilizacio'n de esos conocimientos, innovaciones y
pra'cticas;
d) Adoptar medidas adecuadas para reducir los riesgos para
la mujer resultantes de peligros ambientales
identificados, tanto en el hogar como en el trabajo y en
otros ambientes, inclusive la aplicacio'n adecuada de
tecnologi'as poco contaminantes, teniendo en cuenta el
enfoque preventivo convenido en la Declaracio'n de Ri'o
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo18;
e) Adoptar medidas para integrar una perspectiva de ge'nero
en el disen~o y la utilizacio'n, entre otras cosas, de
mecanismos de gestio'n de recursos, te'cnicas de
produccio'n y desarrollo de las infraestructuras en las
zonas rurales y urbanas, que sean ecolo'gicamente
racionales y sostenibles;
f) Adoptar medidas que reconozcan el papel social de las
mujeres como productoras y consumidoras a fin de que
puedan adoptar medidas ambientales eficaces, junto con
los hombres, en sus hogares, comunidades y lugares de
trabajo;
g) Promover la participacio'n de las comunidades locales,
particularmente de las mujeres, en la individualizacio'n
de las necesidades en materia de servicios pu'blicos,
planificacio'n del espacio y disen~o y creacio'n de
infraestructuras urbanas.
254. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y las instituciones del sector privado, segu'n
proceda:
a) Tener en cuenta el efecto que ha de tener la
consideracio'n del ge'nero en la labor de la Comisio'n
sobre el Desarrollo Sostenible y otros o'rganos
pertinentes de las Naciones Unidas y en las actividades
de las instituciones financieras internacionales;
b) Promover la participacio'n de la mujer e incluir una
perspectiva de ge'nero en la elaboracio'n, la
aprobacio'n y la ejecucio'n de proyectos financiados con
cargo al Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras
organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas;
c) Alentar el disen~o de proyectos en los sectores de
intere's para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial
que beneficien a las mujeres, y el disen~o de proyectos
administrados por mujeres;
d) Establecer estrategias y mecanismos, en particular en
los niveles ma's ba'sicos, para aumentar la
proporcio'n de mujeres que participan como dirigentes,
planificadoras, administradoras, cienti'ficas y asesoras
te'cnicas en el disen~o, desarrollo y ejecucio'n de
poli'ticas y programas para la ordenacio'n de recursos
naturales y la proteccio'n y conservacio'n del medio
ambiente y que se benefician de esas actividades;
e) Alentar a las instituciones sociales, econo'micas,
poli'ticas y cienti'ficas a que se ocupen del deterioro
del medio ambiente y de las repercusiones que ello tiene
sobre las mujeres.
255. Medidas que han de adoptar las organizaciones no
gubernamentales y el sector privado:
a) Asumir la defensa de las cuestiones relativas a la
ordenacio'n del medio ambiente y el aprovechamiento de
los recursos naturales que preocupan a las mujeres y
proporcionar informacio'n a fin de contribuir a la
movilizacio'n de recursos para la proteccio'n y
conservacio'n del medio ambiente;
b) Facilitar el acceso de las agricultoras, pescadoras y
pastoras a conocimientos, aptitudes, servicios de
comercializacio'n y tecnologi'as ecolo'gicamente
racionales a fin de apoyar y fortalecer sus papeles
decisivos y su experiencia en el aprovechamiento de los
recursos y la conservacio'n de la diversidad biolo'gica.
Objetivo estrate'gico K.2. Integrar las preocupaciones y
perspectivas
de ge'nero en las poli'ticas y
programas en
favor de desarrollo sostenible
Medidas que han de adoptarse
256. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Integrar a las mujeres, incluidas las mujeres
indi'genas, sus perspectivas y conocimientos, en
condiciones de igualdad con los hombres, en la adopcio'n
de decisiones en materia de ordenacio'n sostenible de
los recursos y en la formulacio'n de poli'ticas y
programas de desarrollo sostenible, particularmente los
destinados a atender y prevenir la degradacio'n
ambiental de la tierra;
b) Evaluar las poli'ticas y programas desde el punto de
vista de su repercusio'n sobre el medio ambiente y de la
igualdad de acceso y de utilizacio'n por la mujer de los
recursos naturales;
c) Asegurar que se realicen investigaciones adecuadas para
evaluar de que' modo y en que' medida las mujeres son
particularmente susceptibles o esta'n particularmente
expuestas al deterioro del medio ambiente y a los
peligros derivados de e'ste, inclusive, cuando proceda,
la realizacio'n de investigaciones y la reunio'n de
datos sobre grupos concretos de mujeres, sobre todo
mujeres de bajos ingresos, mujeres indi'genas y mujeres
pertenecientes a minori'as;
d) Integrar los conocimientos y las pra'cticas
tradicionales de las mujeres rurales en relacio'n con el
uso y la ordenacio'n sostenibles de los recursos cuando
se elaboren programas de ordenacio'n del medio ambiente
y de divulgacio'n;
e) Integrar los resultados de investigaciones que reflejen
la problema'tica del ge'nero en las poli'ticas con el
fin de crear asentamientos humanos sostenibles;
f) Promover el conocimiento de la funcio'n de las mujeres y
fomentar las investigaciones sobre esta funcio'n, en
particular de las mujeres rurales e indi'genas, en la
recoleccio'n y produccio'n de alimentos, la
conservacio'n del suelo, el riego y la ordenacio'n de
cuencas hidrogra'ficas, el saneamiento, la ordenacio'n
de las zonas costeras y el aprovechamiento de los
recursos marinos, el control integrado de las plagas, la
planificacio'n del uso de la tierra, la conservacio'n de
los bosques y la silvicultura comunitaria, la pesca, la
prevencio'n de los desastres naturales y las fuentes de
energi'a nuevas y renovables, prestando especial
atencio'n a los conocimientos y a las experiencias de
las mujeres indi'genas;
g) Elaborar una estrategia de cambio para eliminar todos
los obsta'culos que impiden la participacio'n plena y
equitativa de las mujeres en el desarrollo sostenible y
su acceso a los recursos y el control de e'stos en un
pie de igualdad;
h) Fomentar la educacio'n de las nin~as y las mujeres de
todas las edades en las esferas de la ciencia, la
tecnologi'a, la economi'a y otras disciplinas
relacionadas con el medio ambiente natural, de manera
que puedan hacer elecciones bien fundadas y proporcionar
informacio'n bien fundamentada en la determinacio'n de
las prioridades econo'micas, cienti'ficas y ambientales
locales para la ordenacio'n y el uso apropiado de los
recursos y ecosistemas naturales y locales;
i) Elaborar programas para lograr la participacio'n de
mujeres profesionales y cienti'ficas, asi' como de
trabajadoras te'cnicas, administrativas y de oficina, en
la ordenacio'n del medio ambiente, elaborar programas de
capacitacio'n de nin~as y mujeres en esas esferas,
aumentar las oportunidades de contratacio'n y promocio'n
de las mujeres en esas esferas y poner en pra'ctica
medidas especiales encaminadas a promover los
conocimientos especializados y la participacio'n de la
mujer en dichas actividades;
j) Individualizar y fomentar tecnologi'as ecolo'gicamente
racionales disen~adas, elaboradas y perfeccionadas con
la participacio'n de la mujer que sean adecuadas tanto
para las mujeres como para los hombres;
k) Apoyar el desarrollo de un acceso equitativo de las
mujeres a la infraestructura de vivienda, el agua apta
para el consumo y las tecnologi'as energe'ticas seguras,
tales como la energi'a eo'lica y solar, la biomasa y
otras fuentes renovables, por medio de la evaluacio'n de
las necesidades de participacio'n, la planificacio'n de
la energi'a y la formulacio'n de poli'ticas energe'ticas
a escala local y nacional;
l) Lograr que para el an~o 2000 todos tengan acceso a agua
limpia y que se disen~en y apliquen planes de
proteccio'n y conservacio'n ambiental para rehabilitar
los sistemas de abastecimiento de agua contaminados y
reconstruir las cuencas hidrogra'ficas dan~adas.
257. Medidas que han de adoptar las organizaciones
internacionales, las organizaciones no gubernamentales y las
instituciones del sector privado:
a) Lograr la participacio'n de la mujer en las industrias
de la comunicacio'n a fin de aumentar los conocimientos
sobre los temas ambientales, en particular sobre las
repercusiones de los productos, las tecnologi'as y los
procesos industriales sobre el medio ambiente y la
salud;
b) Alentar a los consumidores a que hagan uso de su poder
adquisitivo para fomentar la fabricacio'n de productos
ecolo'gicamente correctos y alentar las inversiones en
actividades y tecnologi'as ecolo'gicamente racionales y
productivas en la agricultura, la pesca, el comercio y
la industria;
c) Apoyar las iniciativas de las mujeres consumidoras
mediante la promocio'n de la comercializacio'n de
alimentos orga'nicos y servicios de reciclado, la
informacio'n sobre productos y el etiquetado de
productos, incluido el etiquetado de los contenedores de
productos qui'micos to'xicos y de plaguicidas, en
te'rminos y con si'mbolos comprensibles para los
consumidores, independientemente de su edad y grado de
alfabetizacio'n.
Objetivo estrate'gico K.3. Fortalecer o establecer mecanismos a
nivel
regional, nacional e internacional para
evaluar los efectos de las poli'ticas
de
desarrollo y medio ambiente en la mujer
Medidas que han de adoptarse
258. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
regionales e internacionales y las organizaciones no
gubernamentales, segu'n resulte apropiado:
a) Ofrecer asistencia te'cnica a las mujeres, en particular
en los pai'ses en desarrollo, en los sectores de la
agricultura, las pesqueri'as, la pequen~a empresa, el
comercio y la industria, a fin de lograr el fomento
continuo del desarrollo de los recursos humanos y la
elaboracio'n de tecnologi'as ecolo'gicamente racionales,
asi' como de las empresas de mujeres;
b) Elaborar bases de datos y sistemas de informacio'n y
supervisio'n y llevar a cabo investigaciones,
metodologi'as y ana'lisis de poli'ticas participatorios
y dina'micos en que se tengan en cuenta el ge'nero, con
la colaboracio'n de las instituciones acade'micas y de
las investigadoras locales, sobre las cuestiones
siguientes:
i) Los conocimientos y la experiencia de la mujer en
la ordenacio'n y conservacio'n de los recursos
naturales para su inclusio'n en las bases de datos
y los sistemas de informacio'n en la esfera del
desarrollo sostenible;
ii) Las consecuencias para la mujer de la degradacio'n
del medio ambiente y de los recursos naturales
derivada, entre otras cosas, de unas pautas de
produccio'n y consumo no sostenibles, la sequi'a,
la mala calidad del agua, el calentamiento de la
atmo'sfera, la desertificacio'n, la elevacio'n del
nivel del mar, los desechos peligrosos, los
desastres naturales, los productos qui'micos
to'xicos y los residuos de plaguicidas, los
residuos radiactivos, los conflictos armados;
iii) Ana'lisis de los vi'nculos estructurales entre
ge'nero, medio ambiente y desarrollo, en
determinados sectores tales como la agricultura, la
industria, la pesca, la silvicultura, la salud
ambiental, la diversidad biolo'gica, el clima, los
recursos hi'dricos y el saneamiento;
iv) Medidas encaminadas a elaborar e incluir ana'lisis
ambientales, econo'micos, culturales, sociales y
que incluyan una orientacio'n de ge'nero como paso
fundamental para la preparacio'n y la vigilancia de
programas y poli'ticas;
v) Programas encaminados a crear centros rurales y
urbanos de capacitacio'n, investigacio'n y recursos
que permitan difundir tecnologi'as ecolo'gicamente
racionales destinadas a las mujeres;
c) Velar por que se cumplan plenamente las obligaciones
internacionales pertinentes, incluso cuando proceda, las
disposiciones del Convenio de Basilea y otros convenios
relativos al movimiento transfronterizo de desechos
peligrosos (que incluyan desechos to'xicos) y el Co'digo
de Pra'ctica del Organismo Internacional de Energi'a
Ato'mica relativo al movimiento de los desechos
radiactivos; promulgar y hacer cumplir reglamentaciones
para la gestio'n ecolo'gicamente racional del
almacenamiento y los movimientos; considerar la
posibilidad de tomar medidas para prohibir los
movimientos que no se hagan en condiciones de seguridad
y con las debidas garanti'as; y velar por el estricto
control y gestio'n de los desechos peligros y los
desechos radiactivos de conformidad con las obligaciones
internacionales y regionales pertinentes, y eliminar la
exportacio'n de esos desechos a pai'ses que, en forma
aislada o en virtud de acuerdos internacionales,
prohi'ban su importacio'n;
d) Fomentar la coordinacio'n dentro y entre las
instituciones para aplicar la presente Plataforma de
Accio'n y el capi'tulo 24 del Programa 21, entre otras
cosas, pidiendo a la Comisio'n sobre el Desarrollo
Sostenible que, por conducto del Consejo Econo'mico y
Social, solicite informacio'n a la Comisio'n de la
Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer al examinar la
aplicacio'n del Programa 21 en lo que respecta a las
mujeres y el medio ambiente.
L. La nin~a
259. En la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o se reconoce
que "Los Estados partes respetara'n los derechos enunciados en la
presente Convencio'n y asegurara'n su aplicacio'n a cada nin~o
sujeto a su jurisdiccio'n, sin distincio'n alguna,
independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la
religio'n, la opinio'n poli'tica o de otra i'ndole, el origen
nacional, e'tnico o social, la posicio'n econo'mica, los
impedimentos fi'sicos, el nacimiento o cualquier otra condicio'n
del nin~o, de sus padres o de sus representantes legales"
(pa'rrafo 1 del arti'culo 2)11. No obstante, los indicadores de
que se dispone demuestran que en muchos pai'ses se discrimina
contra la nin~a desde las primeras fases de la vida, durante toda
su nin~ez y hasta la edad adulta. En algunas partes del mundo, el
nu'mero de hombres excede del de mujeres en un 5%. Los motivos de
esta disparidad son, entre otros, las actitudes y pra'cticas
perjudiciales, como la mutilacio'n genital de las mujeres, la
preferencia por los hijos varones, que se traduce a su vez en el
infanticidio de las nin~as y en la seleccio'n del sexo antes del
nacimiento, el matrimonio precoz, incluyendo el matrimonio de las
nin~as, la violencia contra la mujer, la explotacio'n sexual, el
abuso sexual, la discriminacio'n contra la nin~a en las raciones
alimentarias y otras pra'cticas que afectan a la salud y al
bienestar. Como resultado de todo ello, menos nin~as que nin~os
llegan a la edad adulta.
260. Las nin~as suelen ser consideradas inferiores y se les
ensen~a a ponerse siempre en u'ltimo lugar, con lo que se les
quita el sentido de su propia dignidad. La discriminacio'n y el
descuido de que son objeto en la infancia pueden ser el comienzo
de una espiral descendente que durara' toda la vida, en la que la
mujer se vera' sometida a privaciones y excluida de la vida social
en general. Deben adoptarse iniciativas para preparar a la nin~a
a participar, activa y eficazmente y en pie de igualdad con el
nin~o, en todos los niveles de la direccio'n en las esferas
social, econo'mica, poli'tica y cultural.
261. Los medios educativos viciados por prejuicios basados en el
ge'nero, como los programas de estudios, materiales y pra'cticas,
las actitudes de los profesores y las relaciones dentro del aula,
refuerzan las desigualdades de ge'nero ya existentes.
262. Puede ser que la nin~a y la adolescente reciba, de sus
padres, profesores o compan~eros y de los medios de comunicacio'n,
una multiplicidad de mensajes conflictivos y contradictorios en
cuanto al papel que le toca desempen~ar. Es preciso que mujeres y
hombres colaboren con los nin~os y los jo'venes para desarraigar
los estereotipos persistentes basados en el ge'nero, teniendo en
cuenta los derechos del nin~o y los derechos, deberes y
obligaciones de los padres, como se indica en el pa'rrafo 267
infra.
263. Aunque el nu'mero de nin~os instruidos ha aumentado en los
u'ltimos 20 an~os en algunos pai'ses, los nin~os se han
beneficiado proporcionalmente mucho ma's que las nin~as. En 1990,
habi'a 130 millones de nin~os sin acceso a la escuela primaria; de
ellos, 81 millones eran nin~as. Esto puede atribuirse a factores
tales como las actitudes dictadas por la costumbre, el trabajo
infantil, el matrimonio precoz, la falta de dinero y de servicios
escolares adecuados, los embarazos de adolescentes y las
desigualdades basadas en el ge'nero existentes tanto en la
sociedad en general como en la familia, que se definen en el
pa'rrafo 29 supra. En algunos pai'ses, la escasez de maestras
puede coartar la matriculacio'n de las nin~as. En muchos casos, a
las nin~as se las pone a realizar labores dome'sticas pesadas a
una edad muy temprana, y se espera que atiendan al mismo tiempo a
sus quehaceres dome'sticos y educativos, lo que tiene a menudo
como resultado un bajo rendimiento en los estudios y el abandono
precoz de la escuela.
264. El porcentaje de nin~as en la ensen~anza secundaria sigue
siendo significativamente bajo en muchos pai'ses. No suele
alentarse a las nin~as a seguir estudios cienti'ficos o
tecnolo'gicos ni se les da oportunidad de hacerlo, con lo que se
las priva de los conocimientos que necesitan para su vida
cotidiana y para hallar oportunidades de empleo.
265. Se estimula menos a la nin~a que al nin~o a participar en las
funciones sociales, econo'micas y poli'ticas de la sociedad y a
aprender acerca de esas funciones, con el resultado de que no se
le deparan las mismas oportunidades de acceder a los procesos de
adopcio'n de decisiones que al nin~o.
266. La discriminacio'n que se practica contra la nin~a en el
acceso a la nutricio'n y a los servicios de salud fi'sica y mental
pone en peligro su salud presente y futura. Se estima que en los
pai'ses en desarrollo 450 millones de mujeres adultas han tenido
un desarrollo detenido a causa de la malnutricio'n
proteicocalo'rica en la infancia.
267. La Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el
Desarrollo reconocio', en el pa'rrafo 7.3 del Programa de
Accio'n14, que "se debe prestar plena atencio'n a la promocio'n de
relaciones de respeto mutuo e igualdad entre mujeres y hombres, y
particularmente a las necesidades de los adolescentes en materia
de ensen~anza y de servicios, con objeto de que puedan asumir su
sexualidad de modo positivo y responsable", teniendo en cuenta el
derecho del nin~o a la informacio'n, a la intimidad, la
confidencialidad, el respeto y el consentimiento con conocimiento
de causa, asi' como las responsabilidades, derechos y obligaciones
de los padres y tutores en lo que respecta a proporcionar al
nin~o, con arreglo a la evolucio'n de sus capacidades, un
asesoramiento y orientacio'n apropiados para el ejercicio de los
derechos reconocidos en la Convencio'n sobre los Derechos del
Nin~o y de conformidad con la Convencio'n sobre la eliminacio'n de
todas las formas de discriminacio'n contra la mujer. En todas las
acciones referentes a los nin~os, la consideracio'n primordial
sera' el intere's superior del nin~o. Debe prestarse apoyo a la
educacio'n sexual integral de los jo'venes, con el respaldo y la
gui'a de los padres, en la que se subraye la responsabilidad de
los varones con respecto de su propia sexualidad y fecundidad y en
la que se les ayude a asumir esas responsabilidades.
268. Cada an~o, ma's de 15 millones de nin~as de entre 15 y 19
an~os de edad traen hijos al mundo. La maternidad a edades muy
tempranas entran~a complicaciones durante el embarazo y el parto y
constituye un riesgo para la salud de la madre muy superior a la
media. Los niveles de morbilidad y mortalidad entre los hijos de
madres jo'venes son ma's elevados. La maternidad precoz sigue
constituyendo un impedimento para la mejora de la condicio'n
educativa, econo'mica y social de la mujer en todas las partes del
mundo. En general, el matrimonio y la maternidad precoces pueden
reducir gravemente las oportunidades educativas y de empleo y
pueden afectar a largo plazo negativamente la calidad de vida de
la mujer y de sus hijos.
269. La violencia sexual y las enfermedades de transmisio'n
sexual, incluido el VIH/SIDA, tienen un efecto devastador en la
salud del nin~o, y la nin~a es ma's vulnerable que el varo'n a las
consecuencias de las relaciones sexuales sin proteccio'n y
prematuras. A menudo se ejercen presiones sobre la nin~a para que
se entregue a actividades sexuales. Debido a factores tales como
su juventud, las presiones sociales, la falta de leyes que la
protejan o el hecho de que e'stas no se hagan cumplir, la nin~a es
ma's vulnerable a todo tipo de violencia, especialmente la sexual,
inclusive la violacio'n, el abuso sexual, la explotacio'n sexual,
la trata, posiblemente la venta de sus o'rganos y tejidos, y los
trabajos forzados.
270. La nin~a con discapacidad se enfrenta con otras barreras y es
preciso que se le garantice la no discriminacio'n y el disfrute,
en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y las
libertades fundamentales, de conformidad con las Normas Uniformes
sobre la igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad30.
271. Algunos nin~os son especialmente vulnerables, en particular
los abandonados, los que carecen de hogar y los desplazados, los
nin~os de la calle, los que viven en zonas de conflicto y aquellos
contra los que se discrimina por pertenecer a una etnia o raza
minoritaria.
272. Deben eliminarse en consecuencia todos los obsta'culos a fin
de permitir que las nin~as, sin excepcio'n, desarrollen su pleno
potencial y todas sus capacidades mediante la igualdad de acceso a
la educacio'n y a la formacio'n, a la nutricio'n, a los servicios
de salud fi'sica y mental y a la informacio'n conexa.
273. Al ocuparse de las cuestiones relativas a la infancia y la
juventud, los gobiernos deben promover una poli'tica activa y
manifiesta en el sentido de incorporar una perspectiva de ge'nero
en todas las poli'ticas y programas de forma que antes de adoptar
cualquier decisio'n se analice de que' forma afectara' a la nin~a
y al nin~o, respectivamente.
Objetivo estrate'gico L.1. Eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la nin~a
Medidas que han de adoptarse
274. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) En el caso de los Estados que au'n no han firmado o
ratificado la Convencio'n de las Naciones Unidas sobre
los Derechos del Nin~o, adoptar medidas urgentes para
firmar y ratificar la Convencio'n, teniendo presente que
en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos se insto'
ene'rgicamente a que se firmara antes de fines de 1995,
y en el caso de los Estados que han firmado y ratificado
la Convencio'n, garantizar su pleno cumplimiento
adoptando todas las medidas legislativas,
administrativas y de otra i'ndole que sean necesarias y
fomentando un entorno que posibilite y aliente el pleno
respeto de los derechos del nin~o;
b) De conformidad con el arti'culo 7 de la Convencio'n
sobre los Derechos del Nin~o11, adoptar medidas para
garantizar la inscripcio'n del nin~o inmediatamente
despue's de su nacimiento y su derecho desde ese momento
a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la
medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser
cuidado por ellos;
c) Adoptar disposiciones para velar por que el nin~o cuente
con el adecuado apoyo econo'mico de sus padres mediante,
entre otras medidas, la garanti'a del cumplimiento de
las leyes relativas a la manutencio'n del nin~o;
d) Eliminar las injusticias y los obsta'culos en relacio'n
con los derechos sucesorios a que se enfrentan las
nin~as de modo que todos los nin~os puedan disfrutar sus
derechos sin discriminacio'n mediante, por ejemplo, la
promulgacio'n y aplicacio'n de leyes que garanticen la
igualdad de derechos sucesorios y asegure la igualdad de
derecho a la herencia con independencia del sexo;
e) Promulgar y hacer que se cumplan estrictamente las leyes
destinadas a velar por que so'lo se contraiga matrimonio
con el libre y pleno consentimiento de los contrayentes;
adema's, promulgar y hacer que se cumplan estrictamente
las leyes relativas a la edad mi'nima para expresar
consentimiento y contraer matrimonio y elevar la edad
mi'nima para contraer matrimonio cuando sea necesario;
f) Desarrollar y aplicar poli'ticas, planes de accio'n y
programas amplios para la supervivencia, proteccio'n,
desarrollo y adelanto de la nin~a a fin de promover y
proteger su pleno disfrute de sus derechos humanos y
para velar por la igualdad de oportunidades de la nin~a;
dichos planes deben formar parte integrante del proceso
global de desarrollo;
g) Velar por que se desglosen por sexo y edad todos los
datos relativos al nin~o en cuanto a salud, educacio'n y
otros sectores, a fin de incluir una perspectiva de
ge'nero en la planificacio'n, la aplicacio'n y la
vigilancia de esos programas.
275. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:
a) Desglosar la informacio'n y los datos sobre la infancia
por sexo y edad, emprender investigaciones sobre la
situacio'n de la nin~a e integrar, segu'n proceda, los
resultados en la formulacio'n de poli'ticas, programas y
decisiones para el adelanto de la nin~a;
b) Generar apoyo social a la observancia de las leyes sobre
la edad mi'nima para contraer matrimonio, especialmente
proporcionando a las nin~as oportunidades educativas.
Objetivo estrate'gico L.2. Eliminar las actitudes y las
pra'cticas
culturales que perjudican a la nin~a
Medidas que han de adoptarse
276. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Alentar y apoyar, segu'n proceda, a las organizaciones
no gubernamentales y a las organizaciones de base
comunitaria en su labor de fomento de la evolucio'n de
las actitudes y pra'cticas negativas para la nin~a;
b) Poner en marcha programas de educacio'n y elaborar
material dida'ctico y libros de texto que sensibilicen e
informen a los adultos sobre los efectos perjudiciales
para la nin~a que entran~an determinadas pra'cticas
tradicionales o impuestas por la costumbre;
c) Elaborar y aprobar programas de estudios, material
dida'ctico y libros de texto que mejoren el concepto de
si' misma de la nin~a, su vida y sus oportunidades de
trabajo, especialmente en a'reas en que la mujer ha
estado tradicionalmente menos representada, como las
matema'ticas, la ciencia y la tecnologi'a;
d) Adoptar medidas de forma que la tradicio'n y la
religio'n y sus expresiones no constituyan motivo de
discriminacio'n contra las nin~as.
277. Medidas que han de adoptar los gobiernos, las organizaciones
internacionales y segu'n proceda, las organizaciones no
gubernamentales:
a) Promover un entorno educativo en el que se eliminen las
barreras que impiden la asistencia a las escuelas de las
nin~as casadas o embarazadas y las madres jo'venes,
inclusive, segu'n proceda, mediante servicios de
guarderi'a asequibles y accesibles, asi' como mediante
la educacio'n de los padres, para alentar a las que
tengan que ocuparse de sus hijos y sus hermanos cuando
au'n esta'n en edad escolar a reemprender o continuar
sus estudios hasta completar la ensen~anza;
b) Alentar a las instituciones de educacio'n y a los medios
de informacio'n a que adopten y proyecten una imagen de
la nin~a y el nin~o equilibrada y libre de estereotipos
y a que se esfuercen en eliminar la pornografi'a
infantil y las representaciones degradantes o violentas
de la nin~a;
c) Eliminar todas las formas de discriminacio'n contra la
nin~a y las causas ba'sicas de la preferencia por los
hijos varones, que resultan en pra'cticas dan~inas e
inmorales como la seleccio'n prenatal del sexo y el
infanticidio femenino; esto se ve a menudo agravado por
la utilizacio'n cada vez ma's frecuente de te'cnicas que
permiten determinar el sexo del feto, desembocando todo
ello en el aborto de fetos del sexo femenino;
d) Desarrollar poli'ticas y programas en los que se de'
prioridad a los programas oficiales y no oficiales que
ayuden a la nin~a y le permitan adquirir conocimientos,
desarrollar el sentido de su propia dignidad y asumir la
responsabilidad de su propia vida; y prestar especial
atencio'n a los programas destinados a educar a mujeres
y hombres, especialmente los padres, sobre la
importancia de la salud fi'sica y mental y del bienestar
de la nin~a, incluidos la eliminacio'n de la
discriminacio'n contra la nin~a en la racio'n
alimentaria, el matrimonio precoz, la violencia ejercida
contra ella, su mutilacio'n genital, la prostitucio'n
infantil, el abuso sexual, la violacio'n y el incesto.
Objetivo estrate'gico L.3. Promover y proteger los derechos
de la nin~a e intensificar la
conciencia de sus necesidades y
su potencial
Medidas que han de adoptarse
278. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:
a) Concientizar a los gobernantes, planificadores,
administradores y encargados de aplicar las poli'ticas
en todos los planos, asi' como a las familias y
comunidades, de la situacio'n desfavorable en que se
encuentran las nin~as;
b) Hacer que las nin~as, sobre todo las que pasan por
circunstancias difi'ciles, cobren conciencia de sus
propias posibilidades e instruirlas acerca de los
derechos que les corresponden conforme a todos los
instrumentos internacionales de derechos humanos,
incluida la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o, de
la legislacio'n promulgada en su favor y de las diversas
medidas que han adoptado tanto las organizaciones
gubernamentales como las no gubernamentales a fin de
mejorar su condicio'n;
c) Educar a las mujeres, los hombres, las nin~as y los
nin~os para que se esfuercen por mejorar la situacio'n
de las nin~as y exhortarlos a trabajar en pro del
respeto mutuo y de la colaboracio'n en pie de igualdad
entre los jo'venes de ambos sexos;
d) Favorecer la igualdad en la prestacio'n de los servicios
y el suministro de aparatos apropiados a las nin~as con
discapacidades y proporcionar a sus familias los
servicios de apoyo pertinentes, cuando proceda.
Objetivo estrate'gico L.4. Eliminar la discriminacio'n contra
las nin~as en la educacio'n y en la
formacio'n profesional
Medidas que han de adoptarse
279. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) Velar por que la totalidad de las nin~as y los nin~os
tenga acceso universal y en condiciones de igualdad a la
ensen~anza primaria y pueda completarla, y suprimir las
diferencias existentes actualmente entre nin~as y
nin~os, conforme a lo estipulado en el arti'culo 28 de
la Convencio'n de las Naciones Unidas sobre los Derechos
del Nin~o11; garantizar asimismo el acceso en
condiciones de igualdad de oportunidades a la educacio'n
secundaria para el an~o 2005 y a la educacio'n superior,
incluida la formacio'n profesional y te'cnica, para
todas las nin~as y nin~os, incluidos los discapacitados
y los especialmente dotados;
b) Adoptar medidas para incluir los programas de
alfabetizacio'n funcional y de aritme'tica elemental, en
particular destinados a las nin~as que no asisten a la
escuela, en los programas de desarrollo;
c) Fomentar la instruccio'n en materia de derechos humanos
en los programas de ensen~anza e incluir en la
educacio'n la idea de que los derechos humanos de la
mujer y la nin~a son parte inalienable e indivisible de
los derechos humanos universales;
d) Aumentar la tasa de matri'cula escolar y las tasas de
retencio'n de las nin~as proporcionando los recursos
presupuestarios apropiados y movilizando el apoyo de la
comunidad y de los padres mediante campan~as y horarios
escolares flexibles, incentivos, becas, programas de
acceso para muchachas no escolarizadas y otras medidas;
e) Elaborar programas y materiales de capacitacio'n para
maestros y educadores que les permitan cobrar conciencia
de su propia funcio'n en el proceso educativo y aplicar
estrategias efectivas de ensen~anza en que se tengan en
cuenta los aspectos relacionados con el ge'nero;
f) Adoptar medidas para que las maestras y profesoras
universitarias tengan las mismas posibilidades y la
misma categori'a que sus colegas del sexo masculino.
280. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:
a) Proporcionar educacio'n y capacitacio'n a las nin~as
para que tengan mayores oportunidades de encontrar
empleo y de acceder a los puestos de adopcio'n de
decisiones;
b) Proporcionar educacio'n a las muchachas para que
conozcan mejor, desde el punto de vista teo'rico y
pra'ctico, el funcionamiento de los sistemas
econo'micos, financieros y poli'ticos;
c) Garantizar a las nin~as con discapacidades el acceso a
la educacio'n y la capacitacio'n apropiadas, a fin de
que puedan participar plenamente en la sociedad;
d) Fomentar la participacio'n plena e igual de las
muchachas en actividades no acade'micas como los
deportes, el teatro y los actos culturales.
Objetivo estrate'gico L.5. Eliminar la discriminacio'n contra las
nin~as
en el a'mbito de la salud y la
nutricio'n
Medidas que han de adoptarse
281. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:
a) Difundir informacio'n pu'blica sobre la erradicacio'n de
las pra'cticas discriminatorias contra las nin~as en
materia de distribucio'n de alimentos, nutricio'n y
acceso a los servicios de salud;
b) Concientizar a las nin~as, los padres, los maestros y la
sociedad sobre la buena salud y la nutricio'n en general
y sobre los peligros para la salud y los problemas de
otra i'ndole que entran~an los embarazos precoces;
c) Fortalecer y reformar la educacio'n sanitaria y los
servicios de salud, sobre todo los programas de
atencio'n primaria de la salud incluidas la salud sexual
y reproductiva, crear buenos programas de salud que
satisfagan las necesidades fi'sicas y mentales de las
muchachas y para atender las necesidades de las madres
jo'venes, las mujeres embarazadas y las madres
lactantes;
d) Establecer programas de educacio'n entre compan~eros y
de divulgacio'n destinados a intensificar la labor
individual y colectiva con miras a disminuir la
vulnerabilidad de las muchachas al VIH/SIDA y a otras
enfermedades de transmisio'n sexual; conforme a lo
acordado en el Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo, y a
lo establecido en el informe de la presente Conferencia,
reconociendo las funciones de los padres mencionadas en
el pa'rrafo 267 de la presente Plataforma de Accio'n;
e) Velar por que las muchachas, sobre todo las
adolescentes, reciban educacio'n e informacio'n en
materia de fisiologi'a reproductiva, salud reproductiva
y salud sexual, conforme a lo acordado en el Programa de
Accio'n de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, y a lo establecido en el
informe de esa Conferencia, asi' como en materia de
pra'cticas responsables de planificacio'n de la familia,
vida de familia, salud reproductiva, enfermedades de
transmisio'n sexual, transmisio'n y prevencio'n del
VIH/SIDA, reconociendo las funciones de los padres
mencionadas en el pa'rrafo 267.
f) Incorporar la formacio'n sanitaria y nutricional para
las nin~as a los programas de alfabetizacio'n y los
planes de estudio acade'mico desde la ensen~anza
primaria;
g) Hacer hincapie' en la responsabilidad que incumbe a los
adolescentes por lo que respecta a la salud y las
actividades sexuales y reproductivas mediante la
prestacio'n de los servicios y el asesoramiento
apropiados, como se indica en el pa'rrafo 267;
h) Elaborar programas de informacio'n y capacitacio'n que
se ocupen de las necesidades de salud especiales de las
nin~as, destinados a las personas encargadas de
planificar y ejecutar las poli'ticas de salud;
i) Adoptar todas las medidas oportunas para abolir las
pra'cticas tradicionales que perjudican la salud de los
nin~os, conforme a lo estipulado en el arti'culo 24 de
la Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11.
Objetivo estrate'gico L.6. Eliminar la explotacio'n econo'mica
del trabajo infantil y proteger a
las nin~as que trabajan
Medidas que han de adoptarse
282. Medidas que han de adoptar los gobiernos:
a) De conformidad con lo dispuesto en el arti'culo 32 de la
Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o11, proteger a
los nin~os contra la explotacio'n econo'mica y contra el
desempen~o de cualquier trabajo que pueda ser peligroso
o entorpecer su educacio'n, o que sea nocivo para su
salud o para su desarrollo fi'sico, mental, espiritual,
moral o social;
b) Fijar en la legislacio'n nacional una edad mi'nima de
admisio'n en el empleo para los nin~os, incluidas las
nin~as, de conformidad con las normas laborales
internacionales existentes y la Convencio'n sobre los
Derechos del Nin~o, en todos los sectores de actividad;
c) Proteger a las nin~as que trabajan mediante las medidas
siguientes:
i) Fijar una edad o edades mi'nimas de admisio'n en el
empleo;
ii) Vigilar estrictamente las condiciones de trabajo
(respeto de la jornada laboral, la prohibicio'n de
que trabajen las nin~as a quienes se lo impide la
legislacio'n nacional, la inspeccio'n de las
condiciones de higiene y salud en el trabajo);
iii) Otorgar proteccio'n de la seguridad social;
iv) Establecer una capacitacio'n y una educacio'n
permanentes;
d) Reforzar, en caso necesario, la legislacio'n que
reglamenta el trabajo infantil y fijar multas u otras
sanciones apropiadas para garantizar el cumplimiento
efectivo de la legislacio'n;
e) Inspirarse en las normas de trabajo internacionales
vigentes, incluidas, en su caso, las normas de la OIT
sobre la proteccio'n de los nin~os trabajadores, al
elaborar la legislacio'n y las poli'ticas laborales
nacionales.
Objetivo estrate'gico L.7. Erradicar la violencia contra
las nin~as
Medidas que han de adoptarse
283. Medidas que han de adoptar los gobiernos, segu'n proceda, y
las organizaciones internacionales y no gubernamentales:
a) Adoptar medidas eficaces para promulgar y aplicar la
legislacio'n a fin de garantizar la seguridad de las
muchachas frente a toda forma de violencia en el
trabajo, incluidos los programas de capacitacio'n y los
programas de apoyo; y adoptar medidas para erradicar el
acoso sexual de las muchachas en las instituciones de
educacio'n y de otra i'ndole;
b) Adoptar las medidas legislativas, administrativas,
sociales y educativas oportunas para defender a las
nin~as, tanto en la familia como en la sociedad, contra
toda forma de violencia fi'sica o mental, lesiones o
abusos, abandono o trato negligente, malos tratos o
explotacio'n, incluido el abuso sexual;
c) Impartir capacitacio'n en materia de ge'nero a las
personas que trabajan en programas de tratamiento,
rehabilitacio'n y de asistencia de otra i'ndole
destinados a las muchachas vi'ctimas de la violencia y
promover programas de informacio'n, apoyo y
capacitacio'n para e'stas;
d) Promulgar y aplicar leyes que protejan a las muchachas
contra toda forma de violencia, como la eleccio'n
prenatal del sexo y el infanticidio femenino, la
mutilacio'n genital, el incesto, los abusos sexuales, la
explotacio'n sexual, la prostitucio'n y la pornografi'a
infantiles, y establecer programas seguros y
confidenciales y servicios de apoyo me'dico, social y
psicolo'gico apropiados para cada edad destinados a las
nin~as que son vi'ctimas de la violencia.
Objetivo estrate'gico L.8. Fomentar la conciencia de las
nin~as y su
participacio'n en la vida social,
econo'mica
y poli'tica
Medidas que han de adoptarse
284. Medidas que han de adoptar los gobiernos y las organizaciones
internacionales y no gubernamentales:
a) Facilitar a las muchachas el acceso a la educacio'n y la
informacio'n sobre cuestiones sociales, culturales,
econo'micas y poli'ticas, y a los medios de
comunicacio'n que se ocupan de estas cuestiones, y
permitirles expresar sus opiniones;
b) Respaldar a las organizaciones no gubernamentales, y
sobre todo a las destinadas a la juventud, en su labor
de promocio'n de la igualdad y la participacio'n de las
muchachas en la sociedad.
Objetivo estrate'gico L.9. Fortalecer la funcio'n de la familia*
en cuanto
a mejorar la condicio'n de las nin~as
Medidas que han de adoptarse
285. Medidas que han de adoptar los gobiernos, en colaboracio'n
con las organizaciones no gubernamentales:
a) Elaborar poli'ticas y programas para ayudar a la
familia, como se define en el pa'rrafo 29 supra, en sus
funciones de apoyo, educacio'n y crianza, haciendo
especial hincapie' en la erradicacio'n de la
discriminacio'n contra las nin~as en el seno familiar;
b) Crear un entorno que fortalezca la familia, tal como se
define en el pa'rrafo 29 supra, con miras a adoptar
medidas de apoyo y prevencio'n que protejan y respeten a
las nin~as y promuevan su potencial;
c) Educar y estimular a los padres y los encargados para
que traten de igual modo a las nin~as y a los nin~os y
para que procuren que tanto las nin~as como los nin~os
compartan las responsabilidades familiares, tal como se
definen en el pa'rrafo 29 supra.
* Segu'n se define en el pa'rrafo 29 supra.
CAPI'TULO V
Disposiciones institucionales
286. En la Plataforma de Accio'n se establece un conjunto de
medidas que han de dar lugar a cambios fundamentales. Es
indispensable que se adopten medidas inmediatas y responsables a
fin de lograr los objetivos para el an~o 2000. Su aplicacio'n
debe estar a cargo fundamentalmente de los gobiernos, pero depende
tambie'n de una gran variedad de instituciones del sector
pu'blico, privado y no gubernamental a nivel comunitario,
nacional, subregional y regional e internacional.
287. Durante el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer
(1976-1985), se crearon en los planos nacional, regional e
internacional numerosas instituciones dedicadas especi'ficamente
al adelanto de la mujer. En el plano internacional, se
establecieron el Instituto Internacional de Investigaciones y
Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer (INSTRAW), el Fondo
de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y el
Comite' encargado de vigilar la aplicacio'n de la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer. Esas entidades, junto con la Comisio'n de la
Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y su secretari'a, la
Divisio'n para el Adelanto de la Mujer, pasaron a ser las
principales instituciones de las Naciones Unidas dedicadas
especi'ficamente al adelanto de la mujer a nivel mundial. En el
plano nacional, varios pai'ses crearon o fortalecieron mecanismos
nacionales de planificacio'n, defensa, y control de los progresos
alcanzados en el adelanto de la mujer.
288. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por las
instituciones nacionales, subregionales y regionales e
internacionales, tanto pu'blicas como privadas, se facilitari'a si
hubiera transparencia, una mayor vinculacio'n entre las redes y
organizaciones y una corriente de informacio'n constante entre
todos los interesados. Tambie'n es preciso contar con objetivos
claros y mecanismos de rendicio'n de cuentas. Debe haber
vi'nculos con otras instituciones en los planos nacional,
subregional y regional e internacional y con las redes y
organizaciones dedicadas al adelanto de la mujer.
289. Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de
la comunidad tienen una funcio'n especi'fica que desempen~ar en la
creacio'n de un clima social, econo'mico, poli'tico e intelectual
basado en la igualdad entre la mujer y el hombre. Las mujeres
deben participar activamente en la aplicacio'n y vigilancia de la
Plataforma de Accio'n.
290. La aplicacio'n eficaz de la Plataforma tambie'n exigira' la
modificacio'n de la estructura interna de las instituciones y
organizaciones, incluidos los valores, actitudes, normas y
procedimientos que se contrapongan al adelanto de la mujer. Se
debe eliminar el acoso sexual.
291. Las instituciones nacionales, subregionales y regionales e
internacionales deben contar con mandatos amplios y claros y con
la autoridad, los recursos y los mecanismos de rendicio'n de
cuentas que se requieran para cumplir las funciones establecidas
en la Plataforma de Accio'n. Sus me'todos de funcionamiento deben
garantizar una aplicacio'n eficiente y eficaz de la Plataforma.
Debe existir un compromiso claro respecto de las normas y los
esta'ndares internacionales de igualdad entre la mujer y el hombre
como base para toda la accio'n.
292. Para garantizar la aplicacio'n eficaz de la Plataforma de
Accio'n y promover el adelanto de la mujer en los planos nacional,
subregional y regional e internacional, los gobiernos, el sistema
de las Naciones Unidas y otras organizaciones pertinentes deben
apoyar una poli'tica activa y visible de incorporacio'n de una
perspectiva de ge'nero, entre otras cosas, en la vigilancia y
evaluacio'n de todos los programas y poli'ticas.
A. Actividades en el plano nacional
293. Los gobiernos son los principales responsables de la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Es indispensable contar
con un compromiso al ma's alto nivel poli'tico para su
aplicacio'n, y los gobiernos deben adoptar un papel rector en la
coordinacio'n, la supervisio'n y la evaluacio'n de los progresos
que se alcancen en el adelanto de la mujer. La Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer es una conferencia de compromiso y accio'n
nacional e internacional. Ello requiere el compromiso de los
gobiernos y de la comunidad internacional. La Plataforma de
Accio'n forma parte de un proceso permanente y tiene efecto
catali'tico, ya que contribuira' a los programas y a lograr
resultados pra'cticos que beneficien a las nin~as y a las mujeres
de todas las edades. Se exhorta a los Estados y a la comunidad
internacional a que acepten este desafi'o estableciendo
compromisos de accio'n. Como parte de este proceso, muchos
Estados han establecido ya compromisos de accio'n que se recogen,
entre otras cosas, en sus declaraciones nacionales.
294. Los mecanismos y las instituciones nacionales para el
adelanto de la mujer deben participar en la formulacio'n de
poli'ticas oficiales y fomentar la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n por medio de diversos o'rganos e instituciones, incluido
el sector privado, y, cuando sea necesario, deben impulsar la
elaboracio'n de nuevos programas para el an~o 2000 en esferas que
no correspondan a las instituciones existentes.
295. Debe alentarse el apoyo y la participacio'n de una variedad
amplia y diversa de instituciones, tales como o'rganos
legislativos, instituciones acade'micas y de investigacio'n,
asociaciones de profesionales, sindicatos, cooperativas, grupos
comunitarios locales, organizaciones no gubernamentales, incluidas
organizaciones de mujeres y grupos feministas, medios de
difusio'n, grupos religiosos, organizaciones de jo'venes y grupos
culturales, asi' como organizaciones financieras y organizaciones
sin fines de lucro.
296. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n exige la adopcio'n
de medidas encaminadas a establecer o fortalecer los mecanismos
nacionales para el adelanto de la mujer al nivel poli'tico ma's
elevado, procedimientos apropiados y personal para la
coordinacio'n en los ministerios y entre ministerios y otras
instituciones con el mandato y la capacidad de ampliar la
participacio'n de la mujer e incorporar el ana'lisis de ge'nero en
los programas y poli'ticas. La primera etapa del proceso para
todas las instituciones debe consistir en el examen de sus
objetivos, programas y procedimientos operacionales en funcio'n de
las medidas que se piden en la Plataforma. Una actividad
importante debe ser promover la conciencia y el apoyo del pu'blico
respecto de los objetivos de la Plataforma de Accio'n, entre otras
cosas, por conducto de los medios de comunicacio'n y la educacio'n
pu'blica.
297. En consulta con las instituciones y organizaciones no
gubernamentales pertinentes, los gobiernos deben comenzar a
formular estrategias de aplicacio'n de la Plataforma cuanto antes
y de preferencia para fines de 1995 y deben preparar sus
estrategias y planes de accio'n de ser posible para fines de 1996.
En el proceso de planificacio'n deben participar personas del ma's
alto nivel de autoridad gubernamental y representantes apropiados
de la sociedad civil. Las estrategias de aplicacio'n deben ser
amplias y contar con calendarios para los objetivos y datos de
referencia sobre la vigilancia e incluir propuestas relativas a la
asignacio'n y reasignacio'n de recursos relacionados con la
aplicacio'n. Cuando sea necesario, se obtendra' el apoyo de la
comunidad internacional, inclusive en materia de financiacio'n.
298. Se debe alentar a las organizaciones no gubernamentales a que
contribuyan a la formulacio'n y aplicacio'n de las estrategias o
los planes de accio'n nacionales. Tambie'n se les debe animar a
formular sus propios programas con el objeto de complementar las
actividades del gobierno. Se debe alentar a las organizaciones de
mujeres y a los grupos feministas a que, en colaboracio'n con
otras organizaciones no gubernamentales, organicen redes, segu'n
convenga, y a que promuevan y apoyen la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n por los gobiernos y los o'rganos regionales
e internacionales.
299. Los gobiernos deben comprometerse a establecer un equilibrio
entre el hombre y la mujer, entre otras cosas, mediante la
creacio'n de mecanismos especiales en todas las comisiones
designadas por los gobiernos, las juntas y otros o'rganos
oficiales pertinentes, segu'n proceda, asi' como en todos los
o'rganos, instituciones y organizaciones internacionales,
especialmente mediante la presentacio'n y promocio'n de
candidatas.
300. Las organizaciones regionales e internacionales, en
particular las instituciones de desarrollo y sobre todo el
INSTRAW, el UNIFEM y los donantes bilaterales, deben brindar
asistencia financiera y asesoramiento a los mecanismos nacionales
a fin de incrementar su capacidad de reunir informacio'n,
establecer redes y desempen~ar su mandato, y adema's fortalecer
los mecanismos internacionales para promover el adelanto de la
mujer, mediante sus mandatos respectivos, en cooperacio'n con los
gobiernos.
B. Actividades en el plano subregional y regional
301. Las comisiones regionales de las Naciones Unidas y otras
estructuras subregionales y regionales deben alentar a las
instituciones nacionales pertinentes a que vigilen y apliquen la
Plataforma de Accio'n de conformidad con sus mandatos, y
prestarles la asistencia necesaria. Ello debe hacerse en
coordinacio'n con la aplicacio'n de las plataformas o los planes
de accio'n regionales respectivos y en estrecha colaboracio'n con
la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer,
habida cuenta de la necesidad de coordinar las actividades
complementarias de las conferencias de las Naciones Unidas en las
esferas econo'mica, social, de derechos humanos y esferas conexas.
302. A fin de facilitar el proceso regional de aplicacio'n,
vigilancia y evaluacio'n, el Consejo Econo'mico y Social debe
considerar la posibilidad de adaptar la capacidad institucional de
las comisiones regionales de las Naciones Unidas, dentro del marco
de sus mandatos, y especialmente de sus dependencias y centros de
coordinacio'n encargados del adelanto de la mujer, para que se
ocupen de cuestiones relacionadas con el ge'nero a la luz de la
Plataforma de Accio'n y de las plataformas y planes de accio'n
regionales. Conviene que, cuando resulte apropiado, se examine,
entre otras cosas, el aumento de la capacidad en este sentido.
303. En el marco de sus mandatos actuales, las comisiones
regionales deben integrar en sus actividades generales las
cuestiones relativas a la mujer y la perspectiva de ge'nero y
tambie'n deben examinar la conveniencia de establecer mecanismos y
procesos para garantizar la aplicacio'n y vigilancia de la
Plataforma de Accio'n y de las plataformas y planes de accio'n
regionales. De acuerdo con sus mandatos, las comisiones
regionales deben colaborar en las cuestiones relacionadas con el
ge'nero, con otras organizaciones intergubernamentales,
organizaciones no gubernamentales, instituciones financieras y de
investigacio'n regionales y con el sector privado.
304. Las oficinas regionales de los organismos especializados del
sistema de las Naciones Unidas deben, cuando resulte apropiado,
formular y dar a conocer un plan de accio'n para aplicar la
Plataforma de Accio'n que incluya la determinacio'n de calendarios
y recursos. En la asistencia te'cnica y las actividades
operacionales en el plano regional deben establecerse objetivos
claramente definidos para la promocio'n de la mujer. Con tal fin,
se requiere una coordinacio'n permanente entre o'rganos y
organismos de las Naciones Unidas.
305. Se debe prestar apoyo a las organizaciones no gubernamentales
de cada regio'n en sus esfuerzos por crear redes para coordinar
las actividades de promocio'n y de divulgacio'n de informacio'n
sobre la Plataforma de Accio'n mundial y las plataformas o los
planes de accio'n regionales correspondientes.
C. Actividades en el plano internacional
1. Naciones Unidas
306. Es preciso que la Plataforma de Accio'n se aplique con la
colaboracio'n de todos los o'rganos y organizaciones del sistema
de las Naciones Unidas durante el peri'odo 1995-2000, de forma
especi'fica y como parte integrante de una programacio'n ma's
general. En el peri'odo 1995-2000 se debe mejorar el marco
internacional de cooperacio'n en cuestiones de ge'nero a fin de
garantizar la aplicacio'n integrada y amplia de la Plataforma de
Accio'n, la adopcio'n de medidas complementarias y las actividades
de evaluacio'n, habida cuenta de los resultados obtenidos en las
reuniones de alto nivel y las conferencias mundiales de las
Naciones Unidas. El hecho de que los gobiernos se hayan
comprometido en todas las reuniones en la cumbre y conferencias a
promover la plenitud de derechos de la mujer en diferentes esferas
exige la coordinacio'n de las estrategias complementarias de la
Plataforma de Accio'n. El Programa de Desarrollo y el Programa de
Paz deben tener en cuenta la Plataforma de Accio'n de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer.
307. Se debe fortalecer la capacidad institucional del sistema de
las Naciones Unidas a fin de que pueda desempen~ar y coordinar su
responsabilidad de aplicar la Plataforma de Accio'n; tambie'n
conviene aumentar su experiencia y mejorar sus me'todos de trabajo
respecto de la promocio'n del adelanto de la mujer.
308. El sistema de las Naciones Unidas debe asignar al nivel ma's
alto posible la responsabilidad de garantizar que en todos los
programas y poli'ticas se aplique la Plataforma de Accio'n y se
integre una perspectiva de ge'nero.
309. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de
las Naciones Unidas en lo relativo a apoyar la igualdad y la
promocio'n de la mujer en el plano nacional y a aumentar su
capacidad de alcanzar los objetivos de la Plataforma de Accio'n,
es preciso renovar, reformar y revitalizar las distintas partes de
ese sistema. Esto incluiri'a el examen y el fortalecimiento de
las estrategias y los me'todos de trabajo de los diversos
mecanismos de las Naciones Unidas para la promocio'n de la mujer
con miras a racionalizar y, segu'n convenga, reforzar sus
funciones de asesoramiento, esti'mulo y vigilancia en relacio'n
con los o'rganos y organismos principales. Se necesitan para ello
dependencias especiales que se encarguen de las cuestiones
relacionadas con la mujer y el ge'nero, pero es preciso tambie'n
elaborar nuevas estrategias a fin de impedir que se produzca una
marginacio'n involuntaria en lugar de una inclusio'n efectiva del
componente de ge'nero en todas las operaciones.
310. Al aplicar las recomendaciones de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer, todas las entidades del sistema de las
Naciones Unidas interesadas en el adelanto de la mujer deben
contar con los recursos y el apoyo necesarios para realizar
actividades complementarias. En la formulacio'n de poli'ticas, la
planificacio'n, la programacio'n y la presupuestacio'n generales
deben integrarse debidamente a las actividades de los centros de
coordinacio'n de cuestiones relacionadas con el ge'nero en las
organizaciones.
311. Las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales
deben tomar medidas, de conformidad con la Plataforma de Accio'n,
para eliminar los obsta'culos que se oponen al adelanto de la
mujer en sus organizaciones.
Asamblea General
312. En su calidad de o'rgano intergubernamental superior de las
Naciones Unidas, la Asamblea General es el principal o'rgano
encargado de la formulacio'n de poli'ticas y la evaluacio'n de
cuestiones relativas a las medidas complementarias de la
Conferencia y, por consiguiente, debe integrar las cuestiones de
ge'nero en todos sus trabajos. La Asamblea debe medir los
progresos alcanzados en la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n, teniendo en cuenta que las cuestiones relativas a la
mujer guardan relacio'n con aspectos tanto sociales como
poli'ticos y econo'micos. En su quincuage'simo peri'odo de
sesiones, que ha de celebrarse en 1995, la Asamblea tendra' a la
vista el informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
Con arreglo a su resolucio'n 49/161, tambie'n examinara' el
informe del Secretario General sobre las actividades
complementarias de la Conferencia, teniendo presentes las
recomendaciones de la Conferencia. La Asamblea debe incluir las
actividades complementarias de la Conferencia como parte de su
labor constante de promocio'n de la mujer. Examinara' la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en 1996, 1998 y 2000.
Consejo Econo'mico y Social
313. En el contexto de la funcio'n que le asigna la Carta de las
Naciones Unidas y de conformidad con las resoluciones de la
Asamblea General 45/264, 46/235 y 48/162, el Consejo Econo'mico y
Social se encargara' de la coordinacio'n en todo el sistema de la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y formulara'
recomendaciones al respecto. Debe invitarse al Consejo a examinar
la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, prestando la debida
atencio'n a los informes de la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer. En su calidad de o'rgano de
coordinacio'n, se debe invitar al Consejo a examinar el mandato de
la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer,
habida cuenta de la necesidad de contar con una coordinacio'n
eficaz con las dema's comisiones interesadas y las actividades
complementarias de la Conferencia. El Consejo debe incorporar los
asuntos relativos al ge'nero en su examen de todas las cuestiones
normativas, teniendo en cuenta las recomendaciones preparadas por
la Comisio'n. Debe considerar la posibilidad de dedicar por lo
menos una serie de sesiones de alto nivel antes del an~o 2000 a la
promocio'n de la mujer y a la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n con una participacio'n activa, entre otros, de los
organismos especializados, incluidos el Banco Mundial y el Fondo
Monetario Internacional.
314. El Consejo debe examinar la posibilidad de dedicar antes del
an~o 2000 por lo menos una serie de sesiones de coordinacio'n a
promover el adelanto de la mujer, basa'ndose en el plan revisado
de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la
mujer.
315. El Consejo debe dedicar antes del an~o 2000 por lo menos una
serie de sesiones sobre actividades operacionales a coordinar las
actividades de desarrollo relacionadas con el ge'nero basa'ndose
en el plan revisado de mediano plazo a nivel de todo el sistema
para el adelanto de la mujer con miras a adoptar directrices y
procedimientos para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n por
los fondos y los programas del sistema de las Naciones Unidas.
316. El Comite' Administrativo de Coordinacio'n (CAC) debe
examinar la forma en que las entidades participantes puedan
coordinar mejor sus actividades, entre otras cosas, mediante los
procedimientos existentes a nivel interinstitucional para
garantizar la coordinacio'n en todo el sistema con miras a la
aplicacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n y la
adopcio'n de medidas complementarias.
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer
317. Se invita a la Asamblea General y al Consejo Econo'mico y
Social, de conformidad con sus respectivos mandatos, a examinar el
mandato de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la
Mujer, teniendo en cuenta la Plataforma de Accio'n y la necesidad
de coordinacio'n con otras comisiones interesadas y las
actividades complementarias de la Conferencia, y de que se aplique
un criterio a nivel de todo el sistema para su puesta en
pra'ctica.
318. En su calidad de comisio'n orga'nica que presta asistencia al
Consejo Econo'mico y Social, la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer debe desempen~ar una funcio'n
central en la vigilancia de la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n y debe asesorar al Consejo al respecto. Es preciso que la
Comisio'n disponga de un mandato claro y de los recursos
financieros y humanos suficientes, mediante la redistribucio'n de
recursos en el presupuesto ordinario de las Naciones Unidas que le
permitan desempen~ar ese mandato.
319. La Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer
debe prestar asistencia al Consejo Econo'mico y Social al
coordinar con las organizaciones pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas la presentacio'n de informes sobre la aplicacio'n
de la Plataforma de Accio'n. La Comisio'n debe aprovechar las
aportaciones de otras organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas y de otras fuentes, segu'n proceda.
320. Al formular su programa de trabajo para el peri'odo 1996-
2000, la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer
debe examinar las esferas de especial preocupacio'n de la
Plataforma de Accio'n y analizar la posibilidad de integrar en su
programa las actividades complementarias de la Conferencia Mundial
sobre la Mujer. En este contexto, la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer podri'a examinar la manera de
seguir promoviendo su funcio'n catali'tica en la incorporacio'n de
los criterios sobre ge'nero en las actividades principales de las
Naciones Unidas.
Otras comisiones orga'nicas
321. En el marco de sus mandatos, otras comisiones orga'nicas del
Consejo Econo'mico y Social tambie'n deben tomar en consideracio'n
la Plataforma de Accio'n y garantizar la integracio'n en sus
actividades respectivas de los aspectos de ge'nero.
Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer
y otros o'rganos creados en virtud de tratados
322. Al cumplir sus responsabilidades con arreglo a la Convencio'n
sobre la eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n
contra la mujer, el Comite' para la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer debe, en el marco de su mandato,
tomar en consideracio'n la Plataforma de Accio'n cuando examine
los informes presentados por los Estados partes.
323. Se invita a los Estados partes en la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la
mujer a que, cuando presenten informes con arreglo al arti'culo 18
de la Convencio'n, incluyan informacio'n sobre las medidas
adoptadas para aplicar la Plataforma de Accio'n a fin de facilitar
la tarea del Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n
contra la Mujer de velar por que la mujer ejerza efectivamente los
derechos garantizados por la Convencio'n.
324. Se debe reforzar la capacidad del Comite' para la
Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la Mujer de vigilar la
aplicacio'n de la Convencio'n proporciona'ndole los recursos
humanos y financieros con cargo al presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas, inclusive la asistencia de asesores juri'dicos y,
con arreglo a la resolucio'n 49/164 de la Asamblea General y la
decisio'n adoptada por la reunio'n de los Estados partes en la
Convencio'n, celebrada en mayo de 1995, suficiente tiempo de
reuniones para el Comite'. El Comite' debe aumentar su
coordinacio'n con otros o'rganos de derechos humanos creados en
virtud de tratados, teniendo presentes las recomendaciones de la
Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena.
325. En el marco de su mandato, otros o'rganos creados en virtud
de tratados tambie'n deben tomar en consideracio'n la aplicacio'n
de la Plataforma de Accio'n y garantizar la integracio'n de la
igualdad de situacio'n y los derechos humanos de la mujer en sus
actividades.
Secretari'a de las Naciones Unidas
Oficina del Secretario General
326. Se pide al Secretario General que se encargue de la
coordinacio'n de las poli'ticas en las Naciones Unidas respecto
de la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y la incorporacio'n
de una perspectiva de ge'nero en todas las actividades del sistema
de las Naciones Unidas en el marco del mandato de los o'rganos
interesados. El Secretario General debe examinar medidas
concretas para garantizar la coordinacio'n eficaz de la
aplicacio'n de tales objetivos. A esos efectos, se invita al
Secretario General a crear un puesto de categori'a superior en la
Oficina del Secretario General, sobre la base de los recursos
humanos y financieros actuales, para que le asesore sobre
cuestiones relativas al ge'nero y le ayude a velar por la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n a nivel de todo el
sistema, en estrecha cooperacio'n con la Divisio'n para el
Adelanto de la Mujer.
Divisio'n para el Adelanto de la Mujer
327. La principal funcio'n de la Divisio'n para el Adelanto de la
Mujer del Departamento de Coordinacio'n de Poli'ticas y de
Desarrollo Sostenible es prestar servicios sustantivos a la
Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y otros
o'rganos intergubernamentales en lo tocante al adelanto de la
mujer, asi' como al Comite' para la Eliminacio'n de la
Discriminacio'n contra la Mujer. Se ha designado al Comite' como
centro de coordinacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias de
Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer.
A la luz del examen del mandato de la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer mencionado en el pa'rrafo 313
supra, tambie'n sera' preciso evaluar las funciones de la
Divisio'n para el Adelanto de la Mujer. Se pide al Secretario
General que asegure el funcionamiento eficaz de la Divisio'n,
entre otras cosas, proporciona'ndole suficientes recursos
financieros y humanos con cargo al presupuesto ordinario de las
Naciones Unidas.
₫6 La Divisio'n debe examinar los obsta'culos que se oponen al
adelanto de la mujer mediante el ana'lisis de las repercusiones de
ge'nero al preparar los estudios de poli'ticas para la Comisio'n
de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer y mediante el
apoyo de otros o'rganos subsidiarios. Despue's de la celebracio'n
de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer debe desempen~ar
una funcio'n coordinadora al preparar la revisio'n del plan de
mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la
mujer para el peri'odo 1996-2001 y debe seguir actuando como
secretari'a de la coordinacio'n interinstitucional para el
adelanto de la mujer. Conviene que la Divisio'n siga manteniendo
una corriente de informacio'n con las comisiones nacionales, las
instituciones nacionales para la promocio'n de la mujer y las
organizaciones no gubernamentales en lo tocante a la aplicacio'n
de la Plataforma de Accio'n.
Otras dependencias de la Secretari'a de las Naciones Unidas
329. Las diversas dependencias de la Secretari'a de las Naciones
Unidas deben examinar sus programas para determinar la mejor forma
de contribuir a la aplicacio'n coordinada de la Plataforma de
Accio'n. Las propuestas para la aplicacio'n de la Plataforma
deben reflejarse en la revisio'n del plan de mediano plazo a nivel
de todo el sistema para el adelanto de la mujer para el peri'odo
1996-2001, asi' como en el proyecto de plan de mediano plazo de
las Naciones Unidas para el peri'odo 1998-2002. El contenido de
las actividades dependera' de los mandatos de las oficinas de que
se trate.
330. Se deben establecer o reforzar los vi'nculos en la
Secretari'a a fin de garantizar que en todas sus actividades
figure como elemento central la perspectiva de ge'nero.
331. La Oficina de Recursos Humanos, en colaboracio'n con los
administradores de programas de todo el mundo y de conformidad con
el plan de accio'n estrate'gico para el mejoramiento de la
situacio'n de la mujer en la Secretari'a (1995-2000), debe
continuar concediendo prioridad a la contratacio'n y el ascenso de
mujeres en puestos sujetos a distribucio'n geogra'fica, sobre todo
en las categori'as superiores encargadas de la formulacio'n de
poli'ticas y la adopcio'n de decisiones, a fin de alcanzar los
objetivos establecidos en las resoluciones 45/125 y 45/239 C de la
Asamblea General y reafirmados en las resoluciones 46/100, 47/93,
48/106 y 49/167. El servicio de capacitacio'n debe disen~ar y
desarrollar programas perio'dicos de capacitacio'n con
orientacio'n de ge'nero o incluir en todas sus actividades
formacio'n en esa esfera.
332. El Departamento de Informacio'n Pu'blica debe procurar
integrar una perspectiva de ge'nero en sus actividades generales
de informacio'n y, con cargo a los recursos existentes, reforzar y
mejorar sus programas sobre la mujer y la nin~a. Con tal fin, el
Departamento debe formular una estrategia de comunicaciones para
los diversos medios de difusio'n a fin de apoyar la aplicacio'n de
la Plataforma de Accio'n, teniendo plenamente en cuenta las nuevas
tecnologi'as. Los productos perio'dicos del Departamento tambie'n
deben promover los objetivos de la Plataforma, sobre todo en los
pai'ses en desarrollo.
333. La Divisio'n de Estadi'stica del Departamento de Informacio'n
Econo'mica y Social y Ana'lisis de Poli'ticas debe desempen~ar la
funcio'n importante de coordinar la labor internacional en materia
de estadi'sticas descrita anteriormente en el objetivo
estrate'gico H.3 del capi'tulo IV.
Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n para la
Promocio'n de la Mujer
334. El INSTRAW tiene el mandato de promover las investigaciones y
la capacitacio'n sobre la situacio'n de la mujer y el desarrollo.
A la luz de la Plataforma de Accio'n, el INSTRAW debe examinar su
programa de trabajo y elaborar un programa para llevar a la
pra'ctica los aspectos de la Plataforma de Accio'n que
corresponden a su mandato. Debe determinar los tipos de
investigacio'n y de metodologi'as de investigacio'n a los que
habra' de atribuirse prioridad, fortalecer las capacidades
nacionales para realizar estudios sobre la mujer e investigaciones
en materia de ge'nero, incluida la situacio'n de la nin~a, y
establecer redes de instituciones de investigacio'n que puedan
movilizarse para esos fines. Tambie'n debe determinar los tipos
de ensen~anza y capacitacio'n que el Instituto puede realmente
apoyar y promover.
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer
335. El UNIFEM tiene el mandato de aumentar las opciones y
oportunidades para el desarrollo econo'mico y social de la mujer
en los pai'ses en desarrollo proporcionando asistencia te'cnica y
financiera para incorporar la cuestio'n del adelanto de la mujer
en el desarrollo a todos los niveles. Por consiguiente, el UNIFEM
debe examinar y reforzar su programa de trabajo a la luz de la
Plataforma de Accio'n y de las recomendaciones de recientes
reuniones de alto nivel y conferencias, en las que se destaca la
necesidad de habilitar a la mujer en las esferas social y
econo'mica. Con tal fin, se debe reforzar al UNIFEM a fin de
permitirle iniciar medidas y actividades concretas para la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Debe incrementarse la
funcio'n de promocio'n del UNIFEM fomentando la toma de conciencia
internacional de la potenciacio'n del papel de la mujer y el
dia'logo poli'tico multilateral sobre el tema, y es preciso que se
pongan a disposicio'n del UNIFEM recursos suficientes.
Organismos especializados y otras organizaciones del sistema de
las Naciones Unidas
336. Para reforzar su apoyo a la accio'n en el plano nacional y
aumentar su contribucio'n a las actividades complementarias
coordinadas que realicen las Naciones Unidas, cada organizacio'n
debe estipular las medidas concretas que tenga previstas,
inclusive los objetivos y las metas para efectuar un ajuste de las
prioridades y reorientar los recursos a fin de atender las
prioridades mundiales enunciadas en la Plataforma de Accio'n.
Debe existir un deslinde claro de responsabilidad y rendicio'n de
cuentas. Las propuestas quedara'n reflejadas a su vez en el plan
de mediano plazo a nivel de todo el sistema para el adelanto de la
mujer para el peri'odo 1996-2001.
337. Cada organizacio'n debe comprometerse al nivel ma's alto
posible y, en el cumplimiento de sus objetivos, debe adoptar
medidas para aumentar y apoyar el papel y la responsabilidad de
sus centros de coordinacio'n sobre cuestiones relativas a la
mujer.
338. Adema's, los organismos especializados cuyos mandatos
incluyan la prestacio'n de asistencia te'cnica a los pai'ses en
desarrollo, en particular a los pai'ses de A'frica y a los pai'ses
menos adelantados, deben colaborar en mayor medida para garantizar
la promocio'n continua del adelanto de la mujer.
339. El sistema de las Naciones Unidas debe examinar la asistencia
te'cnica que convenga y proporcionar esa asistencia y otras formas
de asistencia a los pai'ses con economi'a en transicio'n a fin de
facilitar la solucio'n de sus problemas especi'ficos relacionados
con el adelanto de la mujer.
340. Cada organizacio'n debe conceder mayor prioridad a la
contratacio'n y el ascenso de las funcionarias del cuadro
orga'nico con miras a alcanzar un mayor equilibrio entre los
sexos, sobre todo al nivel de adopcio'n de decisiones. En la
contratacio'n del personal y la determinacio'n de las condiciones
de servicio, la consideracio'n principal debe ser la necesidad de
garantizar los niveles ma's altos de eficiencia, competencia e
integridad. Se debe tener en cuenta la importancia de contratar
personal en base a una distribucio'n geogra'fica lo ma's amplia
posible. Las organizaciones deben informar perio'dicamente a sus
o'rganos rectores sobre los progresos alcanzados con tal fin.
341. Conviene mejorar la coordinacio'n de las actividades
operacionales de las Naciones Unidas para el desarrollo en el
plano nacional por conducto del sistema de coordinadores
residentes de conformidad con las resoluciones pertinentes de la
Asamblea General, en particular la resolucio'n 47/199, teniendo
plenamente en cuenta la Plataforma de Accio'n.
2. Otras instituciones y organizaciones internacionales
342. Al aplicar la Plataforma de Accio'n, se alienta a las
instituciones financieras internacionales a examinar y revisar sus
poli'ticas, procedimientos y dotacio'n de personal para asegurar
que las inversiones y los programas beneficien a la mujer y
contribuyan asi' al desarrollo sostenible. Se las alienta
tambie'n a aumentar el nu'mero de mujeres en puestos de categori'a
superior, aumentar la capacitacio'n del personal en el ana'lisis
de ge'nero y establecer poli'ticas y directrices para lograr que
se examinen plenamente las consecuencias diferentes que tienen
para la mujer y el hombre los programas de pre'stamos y otras
actividades. A este respecto, las instituciones de Bretton Woods,
las Naciones Unidas, asi' como sus fondos y programas y los
organismos especializados, deberi'an establecer dia'logos
sustantivos regulares, incluso el dia'logo a nivel de terreno,
para lograr una coordinacio'n ma's eficaz y efectiva de su
asistencia a fin de aumentar la eficacia de sus programas en
beneficio de las mujeres y sus familias.
343. La Asamblea General debe examinar la posibilidad de invitar a
la Organizacio'n Mundial del Comercio a estudiar en que' forma
puede contribuir a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n,
inclusive mediante la cooperacio'n con el sistema de las Naciones
Unidas.
344. Las organizaciones no gubernamentales internacionales tienen
un importante papel que desempen~ar en la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n. Es preciso que se estudie la posibilidad
de establecer un mecanismo de colaboracio'n con las organizaciones
no gubernamentales para promover la aplicacio'n de la Plataforma a
diversos niveles.
CAPI'TULO VI
Disposiciones financieras
345. Los recursos financieros y humanos han sido generalmente
insuficientes para el adelanto de la mujer, y ello ha contribuido
a la lentitud del progreso alcanzado hasta la fecha en la
aplicacio'n de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el
futuro para el adelanto de la mujer. Para aplicar plena y
eficazmente la Plataforma de Accio'n, incluidos los compromisos
pertinentes contrai'dos en cumbres y conferencias anteriores de
las Naciones Unidas, se requerira' la voluntad poli'tica de
aportar los recursos humanos y financieros que se necesitan para
la promocio'n de la mujer. Para esto sera' a su vez necesario que
en las decisiones presupuestarias sobre poli'ticas y programas se
integre una perspectiva de ge'nero, al mismo tiempo que una
financiacio'n adecuada de los programas encaminados a lograr la
igualdad entre la mujer y el hombre. Para aplicar la Plataforma
de Accio'n, sera' preciso movilizar fondos de todas las fuentes y
de todos los sectores. Tal vez resulte necesario reformular las
poli'ticas y reasignar recursos dentro de los programas y entre
ellos, aunque es probable que haya modificaciones de poli'tica que
no tengan necesariamente consecuencias financieras. Tambie'n
podra' ser necesario movilizar recursos adicionales, tanto
pu'blicos como privados, incluso recursos provenientes de fuentes
innovadoras de financiacio'n.
A. En el plano nacional
346. La principal responsabilidad de la aplicacio'n de los
objetivos estrate'gicos de la Plataforma de Accio'n corresponde a
los gobiernos. Para lograr esos objetivos, los gobiernos
deberi'an tomar medidas para revisar sistema'ticamente la manera
en que las mujeres se benefician de los gastos del sector
pu'blico; ajustar los presupuestos para lograr la igualdad de
acceso a los gastos del sector pu'blico, tanto para aumentar la
capacidad productiva como para satisfacer las necesidades
sociales; y lograr los compromisos en materia de ge'nero
contrai'dos en otras cumbres y conferencias de las Naciones
Unidas. Para elaborar buenas estrategias nacionales de
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, los gobiernos deberi'an
asignar suficientes recursos, incluidos los necesarios para llevar
a cabo ana'lisis de las repercusiones de ge'nero. Los gobiernos
tambie'n deberi'an alentar a las organizaciones no
gubernamentales, al sector privado y a otras instituciones a que
movilicen recursos adicionales.
347. Deberi'an asignarse recursos suficientes a los mecanismos
nacionales para el adelanto de la mujer, asi' como a todas las
instituciones apropiadas que puedan contribuir a la aplicacio'n y
supervisio'n de la Plataforma de Accio'n.
348. Donde au'n no se hayan establecido mecanismos nacionales para
el adelanto de la mujer, o donde todavi'a no este'n establecidos
de manera permanente, los gobiernos deberi'an hacer todo lo
posible por destinar recursos suficientes y constantes a esos
fines.
349. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n,
los gobiernos deberi'an reducir, segu'n resulte apropiado, los
gastos militares excesivos y las inversiones para la produccio'n y
adquisicio'n de armas de manera compatible con las necesidades de
seguridad nacional.
350. Deberi'a alentarse a las organizaciones no gubernamentales,
al sector privado y a otros integrantes de la sociedad civil a que
estudiaran la posibilidad de asignar los recursos necesarios para
la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n. Los gobiernos
deberi'an crear un entorno favorable para la movilizacio'n de
recursos por las organizaciones no gubernamentales, en particular
las organizaciones y redes de la mujer, grupos feministas,
el sector privado y otros integrantes de la sociedad civil a fin
de permitirles hacer contribuciones para ese fin. Deberi'a
fortalecerse y aumentarse la capacidad de las organizaciones no
gubernamentales en ese aspecto.
B. En el plano regional
351. Se deberi'a solicitar a los bancos de desarrollo regionales,
las asociaciones de negocios y otras instituciones regionales que
contribuyan a la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en sus
actividades de concesio'n de cre'ditos y de otro tipo y que ayuden
a movilizar recursos para ese fin. Tambie'n se los deberi'a
alentar a que tomen en cuenta la Plataforma de Accio'n en sus
poli'ticas y modalidades de financiacio'n.
352. Las organizaciones subregionales y regionales y las
comisiones regionales de las Naciones Unidas deberi'an prestar
asistencia, en caso necesario y en el marco de sus actuales
mandatos, en la movilizacio'n de fondos para la aplicacio'n de la
Plataforma de Accio'n.
C. En el plano internacional
353. Se deberi'an asignar recursos financieros suficientes en el
plano internacional para la aplicacio'n de la Plataforma de
Accio'n en los pai'ses en desarrollo, en particular en A'frica y
en los pai'ses menos adelantados. Para fortalecer la capacidad
nacional de los pai'ses en desarrollo de aplicar la Plataforma de
Accio'n sera' necesario esforzarse por alcanzar el objetivo
convenido para la asistencia oficial para el desarrollo del 0,7%
del producto nacional bruto de los pai'ses desarrollados a la
brevedad posible, asi' como aumentar el porcentaje de
financiacio'n correspondiente a las actividades destinadas a
aplicar la Plataforma de Accio'n. Adema's, los pai'ses que
brindan cooperacio'n para el desarrollo deberi'an realizar un
ana'lisis cri'tico de sus programas de asistencia con miras a
mejorar la calidad y la eficacia de la ayuda mediante la
integracio'n de un criterio de ge'nero.
354. Se deberi'a invitar a las instituciones financieras
internacionales, con inclusio'n del Banco Mundial, el Fondo
Monetario Internacional, el Fondo Internacional de Desarrollo
Agri'cola y los bancos regionales de desarrollo, a que examinaran
sus subsidios y sus pre'stamos y a que asignaran pre'stamos y
donaciones a los programas que tienen por objeto la aplicacio'n de
la Plataforma de Accio'n, especialmente en A'frica y en los
pai'ses menos adelantados.
355. El sistema de las Naciones Unidas deberi'a proporcionar
cooperacio'n te'cnica y otras formas de asistencia a los pai'ses
en desarrollo, en particular en A'frica, y a los pai'ses menos
adelantados para la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n.
356. La aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n en los pai'ses con
economi'as en transicio'n requerira' la prestacio'n constante de
cooperacio'n y asistencia internacionales. Las organizaciones y
o'rganos del sistema de las Naciones Unidas, incluidos los
organismos te'cnicos y sectoriales, deberi'an facilitar las
actividades de elaboracio'n y aplicacio'n de poli'ticas y
programas para el adelanto de la mujer en esos pai'ses. A este
efecto, se deberi'a invitar al Fondo Monetario Internacional y al
Banco Mundial a que apoyaran esas actividades.
357. Deberi'an llevarse a la pra'ctica las conclusiones de la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social en lo que respecta a la
gestio'n y reduccio'n de la deuda, con miras a facilitar la
realizacio'n de los objetivos de la Plataforma de Accio'n.
358. Para facilitar la aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n,
los pai'ses desarrollados y los pai'ses en desarrollo interesados
deberi'an contraer el compromiso mutuo de asignar, en promedio, el
20% de la asistencia oficial para el desarrollo y el 20% del
presupuesto nacional a programas sociales ba'sicos y, en tal
sentido, deberi'an tener en cuenta una perspectiva de ge'nero.
359. Los fondos y programas de desarrollo del sistema de las
Naciones Unidas deberi'an emprender de inmediato un ana'lisis de
la medida en que sus programas y proyectos esta'n orientados a la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n y, en los pro'ximos ciclos
de programacio'n, asegurar la idoneidad de los recursos destinados
a la eliminacio'n de las disparidades entre mujeres y hombres en
sus actividades de asistencia te'cnica y financiacio'n.
360. En reconocimiento de las funciones de los fondos, programas y
organismos especializados de las Naciones Unidas, en particular
las funciones especiales del UNIFEM y el INSTRAW en la
potenciacio'n del papel de la mujer y, por tanto, en la
aplicacio'n de la Plataforma de Accio'n, dentro de sus respectivos
mandatos, entre otras cosas, mediante sus actividades de
investigacio'n, capacitacio'n e informacio'n para el adelanto de
la mujer, asi' como la prestacio'n de asistencia te'cnica y
financiera para incluir una perspectiva basada en el ge'nero en
las actividades de desarrollo, los recursos proporcionados por la
comunidad internacional deben ser suficientes y deberi'an
mantenerse en un nivel adecuado.
361. A fin de mejorar la eficiencia y la eficacia del sistema de
las Naciones Unidas en sus esfuerzos por promover el adelanto de
la mujer y de aumentar su capacidad para alcanzar los objetivos de
la Plataforma de Accio'n, es necesario renovar, reformar y
reactivar los diversos componentes del sistema de las Naciones
Unidas, en particular la Divisio'n para el Adelanto de la Mujer de
la Secretari'a de las Naciones Unidas, asi' como otras
dependencias y o'rganos subsidiarios que tienen el mandato
concreto de promover el adelanto de la mujer. En este sentido, se
exhorta a los organismos rectores pertinentes del sistema de las
Naciones Unidas a que presten especial atencio'n a la aplicacio'n
eficaz de la Plataforma de Accio'n y revisen sus poli'ticas,
programas, presupuestos y actividades con miras a lograr la
utilizacio'n ma's efectiva y eficaz posible de los fondos
dedicados a ese fin. Tambie'n sera' necesario asignar recursos
adicionales con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones
Unidas para aplicar la Plataforma de Accio'n.
Notas
1/ Informe de la Conferencia Mundial para el Examen y la
Evaluacio'n de los Logros del Decenio de las Naciones Unidas para
la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, Nairobi, 15 a 26 de julio
de 1985 (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta:
S.85.IV.10), cap. I, secc. A.
2/ Informe de la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos, Viena, 14 a 25 de junio de 1993 (A/CONF.157/24 (Part I)),
cap. III.
3/ Resolucio'n 34/180 de la Asamblea General, anexo.
4/ Resolucio'n 45/164 de la Asamblea General.
5/ Resolucio'n 44/82 de la Asamblea General.
6/ Resolucio'n 48/126 de la Asamblea General.
7/ A/47/308-E/1992/97, anexo.
8/ Resolucio'n 48/104 de la Asamblea General.
9/ Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena, Informe
de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, cap. III, pa'rr. 5.
10/ Ve'ase Instrumentos juri'dicos en que se incorporan
los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales
multilaterales (Ginebra, secretari'a del GATT, 1994).
11/ Resolucio'n 44/25 de la Asamblea General, anexo.
12/ Informe Final de la Conferencia Mundial sobre
Educacio'n para Todos: Satisfaccio'n de las Necesidades Ba'sicas
de Aprendizaje, Jomtien, Tailandia, 5 a 9 de marzo de 1990,
Comisio'n Interinstitucional (PNUD, UNESCO,
UNICEF, Banco Mundial) de la Conferencia Mundial sobre Educacio'n
para Todos, Nueva York, 1990, ape'ndice 1.
13/ Resolucio'n 2200 A (XXI) de la Asamblea General,
anexo.
14/ Informe de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994
(publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta:
S.95.XIII.18), cap. I, resolucio'n 1, anexo.
15/ Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social,
Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995 (A/CONF.166/9), cap. I,
resolucio'n 1, anexos I y II.
16/ Se entiende por aborto peligroso el procedimiento
realizado por personas que no poseen las calificaciones
necesarias, o en un medio en que no existen los requisitos
me'dicos mi'nimos, o ambas cosas, con objeto de poner
te'rmino a un embarazo no deseado (definicio'n basada en la
publicacio'n de la Organizacio'n Mundial de la Salud The
Prevention and Management of Unsafe Abortion, informe de un grupo
de trabajo te'cnico, Ginebra, abril de 1992 (WHO/MSM/92.5)).
17/ Informe Final de la Conferencia Internacional sobre
Nutricio'n, Roma, 5 a 11 de diciembre de 1992 (Roma, Organizacio'n
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacio'n,
1993), parte II.
18/ Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Ri'o de Janeiro, 3 a 14
de junio de 1992 vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia
(publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de venta: S.93.I.8
y correcciones), resolucio'n 1, anexo I.
19/ Ibi'd., resolucio'n 1, anexo II.
20/ Resolucio'n 317 (IV) de la Asamblea General, anexo.
21/ Resolucio'n 217 A (III) de la Asamblea General.
22/ Resolucio'n 39/46 de la Asamblea General, anexo.
23/ Documentos Oficiales de la Asamblea General,
cuadrage'simo se'ptimo peri'odo de sesiones, Suplemento No. 38
(A/47/38), cap. I.
24/ Naciones Unidas, Recueil des Traite's, vol. 75, No.
973, pa'g. 287.
25/ Informe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos
..., cap. III, secc. II, pa'rr. 38.
26/ Ve'ase Anuario de las Naciones Unidas sobre Desarme,
vol. 5: 1980 (publicacio'n de las Naciones Unidas, nu'mero de
venta: S.81.IX.4), ape'ndice VII.
27/ Resolucio'n 260 A (III) de la Asamblea General,
anexo.
28/ Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 189, No. 2545.
29/ Ibi'd., vol. 606, No. 8791.
30/ Resolucio'n 48/96 de la Asamblea General, anexo.
31/ Resolucio'n 1386 (XIV) de la Asamblea General, anexo.
32/ Ve'ase CEDAW/SP/1995/2.
33/ Resolucio'n 2106 A (XX) de la Asamblea General,
anexo.
34/ Resolucio'n 41/128 de la Asamblea General, anexo.
35/ Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
Convenio sobre la Diversidad Biolo'gica (Centro de Actividad del
Programa de Derecho e Instituciones Ambientales), junio de 1992.
Resolucio'n 2
Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno
de la Repu'blica Popular de China*
La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer,
Habie'ndose reunido en Beijing del 4 al 15 de septiembre de
1995 por invitacio'n del Gobierno de la Repu'blica Popular de
China,
1. Expresa su profundo reconocimiento a la Excma. Sra. Chen
Muhua, Vicepresidenta del Comite' Permanente del Congreso Nacional
Popular de la Repu'blica Popular de China por su destacada
contribucio'n, como Presidenta de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, al e'xito de la Conferencia;
2. Expresa su profunda gratitud al Gobierno de la
Repu'blica Popular de China por haber hecho posible que la
Conferencia se celebrara en Beijing y por los excelentes
servicios, instalaciones y personal que puso generosamente a su
disposicio'n;
3. Pide al Gobierno de la Repu'blica Popular de China que
haga llegar a la ciudad de Beijing y al pueblo de la Repu'blica
Popular de China la gratitud de la Conferencia por la hospitalidad
y la ca'lida bienvenida extendida a sus participantes.
* Aprobada en la 16~ sesio'n plenaria, que se celebro' el
15 de septiembre de 1995; ve'anse los pormenores en el capi'tulo
VIII.
Resolucio'n 3
Credenciales de los representantes ante la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer*
La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer,
Habiendo examinado el informe de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes 1/ y la recomendacio'n que alli' figura,
Aprueba el informe de la Comisio'n de Verificacio'n de
Poderes.
* Aprobada en la 12~ sesio'n plenaria, que se celebro' el
12 de septiembre de 1995; ve'anse los pormenores en el capi'tulo
VI.
1/ A/CONF.177/14.
Capi'tulo II
ASISTENCIA Y ORGANIZACIO'N DE LOS TRABAJOS
A. Fecha y lugar de celebracio'n de la Conferencia
1. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebro' en
Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, de conformidad con las
resoluciones 45/129 y 46/98 de la Asamblea General. Durante ese
peri'odo, la Conferencia celebro' 16 sesiones plenarias.
B. Consultas previas a la Conferencia
2. Los di'as 2 y 3 de septiembre de 1995 se celebraron consultas
previas a la Conferencia, que estuvieron abiertas a todos los
Estados invitados a participar en ella para examinar diversas
cuestiones de organizacio'n y de procedimiento. Estas y otras
consultas oficiosas se realizaron bajo la presidencia del Excmo.
Sr. Li Zhaoxing, Viceministro de Relaciones Exteriores de la
Repu'blica Popular de China. Se presento' a la Conferencia el
informe de las consultas (A/CONF.177/L.4) y las recomendaciones
que figuran en e'l fueron aceptadas como base para la
organizacio'n de los trabajos de la Conferencia.
C. Asistencia
3. Estuvieron representados en la Conferencia los siguientes
Estados y organizaciones regionales de integracio'n econo'mica:
Afganista'n
Albania
Alemania
Andorra
Angola
Antigua y Barbuda
Argelia
Argentina
Armenia
Australia
Austria
Azerbaiya'n
Bahamas
Bahrein
Bangladesh
Barbados
Belaru's
Be'lgica
Belice
Benin
Bhuta'n
Bolivia
Bosnia y Herzegovina
Botswana
Brasil
Brunei Darussalam
Bulgaria
Burkina Faso
Burundi
Cabo Verde
Camboya
Cameru'n
Canada'
Chad
Chile
China
Chipre
Colombia
Comoras
Comunidad Europea
Congo
Costa Rica
Co^te d'Ivoire
Croacia
Cuba
Dinamarca
Djibouti
Dominica
Ecuador
Egipto
El Salvador
Emiratos A'rabes
Unidos
Eritrea
Eslovaquia
Eslovenia
Espan~a
Estados Unidos de
Ame'rica
Estonia
Etiopi'a
ex Repu'blica
Yugoslava de
Macedonia
Federacio'n de Rusia
Fiji
Filipinas
Finlandia
Francia
Gabo'n
Gambia
Georgia
Ghana
Grecia
Guatemala
Guinea
Guinea-Bissau
Guinea Ecuatorial
Guyana
Haiti'
Honduras
Hungri'a
India
Indonesia
Ira'n
(Repu'blica
Isla'mica
del)
Iraq
Irlanda
Islandia
Islas Cook
Islas Marshall
Islas Salomo'n
Israel
Italia
Jamahiriya A'rabe Libia
Jamaica
Japo'n
Jordania
Kazaksta'n
Kenya
Kirguista'n
Kiribati
Kuwait
Lesotho
Letonia
Li'bano
Liberia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Madagascar
Malasia
Malawi
Maldivas
Mali'
Malta
Marruecos
Mauricio
Mauritania
Me'xico
Micronesia (Estados
Federados de)
Mo'naco
Mongolia
Mozambique
Myanmar
Namibia
Nauru
Nepal
Nicaragua
Ni'ger
Nigeria
Niue
Noruega
Nueva Zelandia
Oma'n
Pai'ses Bajos
Pakista'n
Palau
Panama'
Papua Nueva Guinea
Paraguay
Peru'
Polonia
Portugal
Qatar
Reino Unido de Gran
Bretan~a e Irlanda
del Norte
Repu'blica A'rabe
Siria
Repu'blica
Centroafricana
Repu'blica Checa
Repu'blica de Corea
Repu'blica
Democra'tica Popular
Lao
Repu'blica de Moldova
Repu'blica Dominicana
Repu'blica Popular
Democra'tica de
Corea
Repu'blica Unida de
Tanzani'a
Rumania
Rwanda
Saint Kitts y Nevis
Samoa
San Marino
Santa Luci'a
Santa Sede
Santo Tome' y
Pri'ncipe
San Vicente y las
Granadinas
Senegal
Seychelles
Sierra Leona
Singapur
Sri Lanka
Suda'frica
Suda'n
Suecia
Suiza
Suriname
Swazilandia
Tailandia
Tayikista'n
Togo
Tonga
Trinidad y Tabago
Tu'nez
Turkmenista'n
Turqui'a
Tuvalu
Ucrania
Uganda
Uruguay
Uzbekista'n
Vanuatu
Venezuela
Viet Nam
Yemen
Zaire
Zambia
Zimbabwe
4. Asistio' a la Conferencia el observador de Palestina.
5. Los siguientes miembros asociados de las comisiones
regionales estuvieron representados por observadores:
Samoa Americana
Mancomunidad de las Islas Marianas Septentrionales
Guam
Macao
Antillas Neerlandesas
Puerto Rico
6. Estuvieron representadas las secretari'as de las siguientes
comisiones regionales:
Comisio'n Econo'mica para A'frica
Comisio'n Econo'mica para Europa
Comisio'n Econo'mica para Ame'rica Latina y el Caribe
Comisio'n Econo'mica y Social para Asia y el Paci'fico
Comisio'n Econo'mica y Social para Asia Occidental
7. Estuvieron representados los siguientes o'rganos y programas
de las Naciones Unidas:
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo
Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
Fondo de Poblacio'n de las Naciones Unidas
Universidad de las Naciones Unidas
Programa Mundial de Alimentos
Organismo de Obras Pu'blicas y Socorro de las Naciones Unidas
para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente
Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos
(Ha'bitat)
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados
Instituto Internacional de Investigaciones y Capacitacio'n
para la Promocio'n de la Mujer
Instituto de Investigacio'n de las Naciones Unidas para el
Desarrollo Social
Centro de Comercio Internacional
Dependencia Comu'n de Inspeccio'n
Comite' para la Eliminacio'n de la Discriminacio'n contra la
Mujer
8. Estuvieron representados los siguientes organismos
especializados y organizaciones conexas:
Organizacio'n Internacional del Trabajo
Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentacio'n
Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Educacio'n, la
Ciencia y la Cultura
Organizacio'n Mundial de la Salud
Banco Mundial
Fondo Monetario Internacional
Organizacio'n Meteorolo'gica Mundial
Organizacio'n Mari'tima Internacional
Organizacio'n Mundial de la Propiedad Intelectual
Fondo Internacional de Desarrollo Agri'cola
Organizacio'n de las Naciones Unidas para el Desarrollo
Industrial
Organismo Internacional de Energi'a Ato'mica
9. Estuvieron representadas las siguientes organizaciones
intergubernamentales:
Banco Africano de Desarrollo
Banco Asia'tico de Desarrollo
Banco Interamericano de Desarrollo
Centro Africano de Formacio'n e Investigacio'n
Administrativas para el Desarrollo
Comisio'n de las Comunidades Europeas
Comisio'n del Paci'fico Meridional
Comisio'n Preparatoria de la Organizacio'n para la
Prohibicio'n de las Armas Qui'micas
Comite' Internacional de la Cruz Roja
Comunidad de Estados Independientes
Comunidad del Caribe
Consejo de Europa
Consejo No'rdico
Consejo No'rdico de Ministros
Federacio'n Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de
la Media Luna Roja
Foro del Paci'fico Meridional
Instituto de Gestio'n para A'frica Oriental y Meridional
Liga de los Estados A'rabes
Organismo de Cooperacio'n Cultural y Te'cnica
Organizacio'n de Cooperacio'n y Desarrollo Econo'micos
Organizacio'n de la Conferencia Isla'mica
Organizacio'n de la Unidad Africana
Organizacio'n de los Estados Americanos
Organizacio'n Internacional para las Migraciones
Parlamento Latinoamericano
Secretari'a del Commonwealth
Sistema Econo'mico Latinoamericano
10. Un gran nu'mero de organizaciones no gubernamentales fueron
acreditadas en la Conferencia por la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer, en su decisio'n 39/2, y el Consejo
Econo'mico y Social, en su decisio'n 1995/229.
D. Apertura de la Conferencia y eleccio'n de la Presidenta
11. El Representante Especial del Secretario General de las
Naciones Unidas declaro' abierta la Conferencia y dio lectura al
discurso del Secretario General.
12. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
la Conferencia eligio' Presidenta por aclamacio'n a la Excma. Sra.
Chen Muhua, Vicepresidenta del Comite' Permanente del Congreso
Popular Nacional de la Repu'blica Popular de China.
13. La Secretaria General de la Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer, Sra. Gertrude Mongella, hizo uso de la palabra.
14. Formularon declaraciones inaugurales la Excma. Sra. Mohtarma
Benazir Bhutto, Primera Ministra del Pakista'n; la Excma. Sra.
Vigdis Finnbogadottir, Presidenta de Islandia; la Excma. Sra.
Begum Khaleda Zia, Primera Ministra de Bangladesh; la Excma. Sra.
Doctora Speciosa Wandira Kazibwe, Vicepresidenta y Ministra del
Ge'nero y de Desarrollo Comunitario de Uganda; y la Excma.
Sra. Nguyen Thi Binh, Vicepresidenta de Viet Nam.
E. Mensajes de Jefes de Estado o de Gobierno
15. Se recibieron mensajes del Excmo. Sr. Heydor Aliyev,
Presidente de Azerbaiya'n; el Excmo. Sr. Meles Zenawi, Primer
Ministro de Etiopi'a; el Excmo. Sr. Capita'n de Aviacio'n J. J.
Rawlings, Presidente de Ghana; el Excmo. Sr. Fidel V. Ramos,
Presidente de Filipinas; el Excmo. Sr. Boris Yeltsin, Presidente
de la Federacio'n de Rusia; el Excmo. Sr. Abdon Diouf, Primer
Ministro del Senegal; y la Excma. Sra. Profesora Tansu Ciller,
Primera Ministra de Turqui'a, en los que formulaban votos por el
e'xito de la Conferencia.
F. Aprobacio'n del reglamento
16. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
la Conferencia aprobo' el reglamento provisional (A/CONF.177/2)
que habi'a sido aprobado por la Comisio'n de la Condicio'n
Juri'dica y Social de la Mujer, en su calidad de o'rgano
preparatorio de la Conferencia, en su 39~ peri'odo de sesiones, y
por la Asamblea General en su decisio'n 49/482, de 21 de abril de
1995.
G. Aprobacio'n del programa
17. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
la Conferencia aprobo' el programa provisional (A/CONF.177/1)
recomendado por la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social
de la Mujer, en su calidad de o'rgano preparatorio de la
Conferencia, en el anexo I de su resolucio'n 39/1. El programa
aprobado era el siguiente:
1. Apertura de la Conferencia.
2. Eleccio'n de la Presidenta.
3. Aprobacio'n del reglamento.
4. Aprobacio'n del programa y otras cuestiones de
organizacio'n.
5. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos de la
Presidenta.
6. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el
establecimiento de la Comisio'n Principal.
7. Credenciales de los representantes en la Conferencia:
a) Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes;
b) Informe de la Comisio'n de Verificacio'n de
Poderes.
8. Debate general:
a) Segundo examen y evaluacio'n de la aplicacio'n de
las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el
futuro para el adelanto de la mujer hasta el an~o
2000;
b) Principales conclusiones y recomendaciones de las
conferencias preparatorias regionales;
c) Prioridades y compromisos nacionales.
9. Plataforma de Accio'n.
10. Aprobacio'n de la Declaracio'n y de la Plataforma de
Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
11. Aprobacio'n del informe de la Conferencia.
H. Eleccio'n de los miembros de la Mesa distintos
de la Presidenta
18. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
la Conferencia hizo suyas las recomendaciones relativas a la
composicio'n de la Mesa y la distribucio'n de los cargos que
figuraba en el pa'rrafo 4 del documento A/CONF.177/3.
19. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' Vicepresidentes
de los siguientes grupos regionales:
Estados de A'frica (siete vicepresidentes): Botswana, el
Congo, Kenya, Marruecos, Nigeria, el Senegal y el Suda'n;
Estados de Asia (seis vicepresidentes): Bangladesh, el
Japo'n, Jordania, Malasia, el Pakista'n y la Repu'blica
A'rabe Siria;
Estados de Europa oriental (tres vicepresidentes):
Azerbaiya'n, la ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia y
Rumania;
Estados de Ame'rica Latina y el Caribe (cinco
vicepresidentas): Bahamas, el
Brasil,
Colombia, Cuba, y Panama';
Estados de Europa occidental y otros Estados (seis
vicepresidentes): Australia, Espan~a, Grecia, Nueva
Zelandia, Portugal y Suecia.
20. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' Vicepresidente ex
officio del pai's anfitrio'n al Excmo. Sr. Li Zhaoxing,
Viceministro de Relaciones Exteriores de la Repu'blica Popular de
China.
21. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' a la Sra. Netumbo
Nandi-Ndaiwah (Namibia) Relatora General de la Conferencia.
22. En la misma sesio'n, la Conferencia eligio' a la Sra.
Patricia B. Licuanan (Filipinas) Presidenta de la Comisio'n
Principal.
I. Organizacio'n de los trabajos, inclusive el establecimiento
de la Comisio'n Principal de la Conferencia
23. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
la Conferencia, de conformidad con las recomendaciones formuladas
en las consultas previas a la Conferencia, que figuran en los
pa'rrafos 15 a 18 del documento A/CONF.177/L.4, aprobo' la
organizacio'n de sus trabajos.
J. Nombramiento de los miembros de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes
24. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre,
de conformidad con el arti'culo 4 del reglamento de la Conferencia
y las recomendaciones formuladas en las consultas previas a la
Conferencia que figuraban en el pa'rrafo 19 del documento
A/CONF.177/L.4, la Conferencia establecio' una Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes integrada por China, los Estados Unidos
de Ame'rica, la Federacio'n de Rusia, Fiji, Honduras, Namibia,
Portugal, Suriname y el Togo, en el entendimiento de que, si
alguno de esos Estados no participaba en la Conferencia, lo
reemplazari'a otro Estado del mismo grupo regional.
Capi'tulo III
DEBATE GENERAL
1. La Conferencia celebro' un debate general sobre: a) el
segundo examen y evaluacio'n de la aplicacio'n de las Estrategias
de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer
hasta el an~o 2000; b) las principales conclusiones y
recomendaciones de las conferencias preparatorias regionales; y c)
las prioridades y los compromisos nacionales (tema 8), en las
sesiones plenarias segunda a 15~, del 5 al 15 de septiembre de
1995. Se dirigieron a la Conferencia representantes de Estados;
observadores; organismos especializados; o'rganos, programas y
oficinas de las Naciones Unidas; organizaciones
intergubernamentales; organizaciones no gubernamentales, y
observadores de los miembros asociados de las comisiones
regionales. Todos los oradores manifestaron su satisfaccio'n por
los esfuerzos hechos por el Gobierno anfitrio'n y la secretari'a
para preparar la Conferencia.
2. En la segunda sesio'n plenaria, celebrada el 5 de septiembre,
la Conferencia escucho' las declaraciones de las Primeras Damas de
Panama' y del Brasil y de los representantes de Filipinas,
Espan~a, Turqui'a, Indonesia, el Japo'n, Italia, Nueva Zelandia,
Be'lgica, Me'xico y Sri Lanka.
3. En la tercera sesio'n plenaria, celebrada el 5 de septiembre,
la Conferencia escucho' las declaraciones de las Primeras Damas de
la Repu'blica de Corea, el Ecuador, Ghana y Benin; de su Alteza
Real la Princesa Basma Bint Talal de Jordania, y de los
representantes de Ucrania, Namibia, China, Islandia, la India,
Tailandia, la Repu'blica Unida de Tanzani'a, el Senegal, Chile,
Portugal, el Reino Unido de Gran Bretan~a e Irlanda del Norte,
Antigua y Barbuda, Tu'nez, la Santa Sede y Nepal.
4. En la misma sesio'n hicieron declaraciones los Directores
Generales de la Organizacio'n Mundial de la Salud y de la
Organizacio'n de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentacio'n. Formularon adema's declaraciones el Adjunto de la
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados, los
Directores Ejecutivos del Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia y del Fondo de Poblacio'n de las Naciones Unidas y el
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Su Majestad la Reina Fabiola de Be'lgica y el representante del
Comite' Directivo Internacional para el Adelanto de la Mujer
Campesina hicieron asimismo sendas declaraciones. Tambie'n
formularon declaraciones los representantes de las siguientes
organizaciones no gubernamentales: Foro de las organizaciones no
gubernamentales en Beijing, National Organization of Arab/American
Women y Committee for Asian Women.
5. En la cuarta sesio'n plenaria, celebrada el 6 de septiembre,
hicieron declaraciones la Primera Dama de Egipto, Su Alteza Real
el Pri'ncipe Sobandla Dlamini de Swazilandia y los representantes
de Irlanda, la Repu'blica Popular Democra'tica de Corea, Alemania,
Zimbabwe, Malta, Marruecos, el Gabo'n, el Peru' y Argelia.
6. En la misma sesio'n hizo una declaracio'n el Administrador
del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Tambie'n
formulo' una declaracio'n el representante de la Comisio'n de las
Comunidades Europeas.
7. En la quinta sesio'n plenaria, celebrada el 6 de septiembre,
la Conferencia escucho' declaraciones de las Primeras Damas de El
Salvador, Suriname, Djibouti y Guinea Ecuatorial; de Su Alteza
Real la Princesa Norodom Marie Ranariddh de Camboya y de los
representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Australia,
Dinamarca, Suda'frica, Guinea, Lituania, el Canada', Zambia, Fiji,
Finlandia, Malasia, Luxemburgo, Suecia, Polonia, Mongolia, Guyana,
Singapur, el Pakista'n, Mozambique y el Togo.
8. En la misma sesio'n formulo' una declaracio'n el Subdirector
General de la Organizacio'n Internacional del Trabajo. Hicieron
declaraciones el Director Ejecutivo del Programa Mundial de
Alimentos, un Inspector de la Dependencia Comu'n de Inspeccio'n,
el Director Ejecutivo del Programa de las Naciones Unidas para el
Medio Ambiente y el Secretario Ejecutivo de la Comisio'n
Econo'mica y Social para Asia y el Paci'fico. Los representantes
de la Organizacio'n Internacional para las Migraciones y la
secretari'a del Commonwealth, organizaciones intergubernamentales,
hicieron declaraciones. Tambie'n formularon declaraciones
representantes de las siguientes organizaciones no
gubernamentales: Confederacio'n Internacional de Organizaciones
Sindicales Libres, Family Life Counselling y All India Women's
Conference.
9. En la sexta sesio'n plenaria, celebrada el 7 de septiembre,
la Conferencia escucho' una declaracio'n de la Primera Dama del
Li'bano y de los representantes de Austria, Hungri'a, la
Argentina, Eslovaquia, Letonia, los Emiratos A'rabes Unidos,
Noruega, Francia y Santa Luci'a.
10. En la misma sesio'n, hizo una declaracio'n el Director
General de la Organizacio'n de las Naciones Unidas para el
Desarrollo Industrial. Tambie'n formulo' una declaracio'n la
Presidenta del Comite' para la eliminacio'n de todas las formas de
discriminacio'n contra la mujer.
11. En la se'ptima sesio'n plenaria, celebrada el 7 de
septiembre, la Conferencia escucho' declaraciones de Su Majestad
la Reina Halaevalu Mata'aho de Tonga y de los representantes de
Grecia, Nicaragua, Co^te d'Ivoire, Chipre, Suiza, Bulgaria,
Venezuela, el Cameru'n, Trinidad y Tabago, Rwanda, el Paraguay, la
Repu'blica Centroafricana, Vanuatu, la Repu'blica Checa, el
Ni'ger, Bahrein y Georgia. El observador de Macao hizo una
declaracio'n. El observador de Palestina tambie'n formulo' una
declaracio'n.
12. En la misma sesio'n, hicieron declaraciones el Rector de la
Universidad de las Naciones Unidas, el Secretario Ejecutivo de la
Comisio'n Econo'mica para Europa y el Subsecretario General del
Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos y
Secretario General de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
los Asentamientos Humanos (Ha'bitat II). Tambie'n formularon
declaraciones los representantes de la Liga de los Estados
A'rabes, el Consejo de Europa y la Agencia de Cooperacio'n
Cultural y Te'cnica. Hicieron adema's declaraciones los
representantes de las siguientes organizaciones no
gubernamentales: Alianza Cooperativa Internacional, International
Coalition on Women and Credit, Accio'n Familiar, Federacio'n
Democra'tica Internacional de Mujeres, Federacio'n Internacional
del Derecho a la Vida, Network for Women in Development: Europe y
Congreso Isla'mico Mundial.
13. En la octava sesio'n, celebrada el 8 de septiembre, hicieron
declaraciones la Primera Dama de Burundi y los representantes de
Kenya, Liechtenstein, Cuba, Estonia, Croacia, Jamaica, las
Bahamas, Belice, Rumania y Viet Nam.
14. En la misma sesio'n, formulo' una declaracio'n el Director
General de la Organizacio'n de las Naciones Unidas para la
Educacio'n, la Ciencia y la Cultura. Tambie'n hizo una
declaracio'n el Director de la Divisio'n de Cooperacio'n
Econo'mica entre Pai'ses en Desarrollo y de los Programas
Especiales de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio
y Desarrollo.
15. En la novena sesio'n plenaria, celebrada el 8 de septiembre,
la Conferencia escucho' sendas declaraciones de las Primeras Damas
de Nigeria y Bolivia, de Su Alteza Real la Princesa Sonam Chodron
Wangchuck de Bhuta'n y de los representantes de Honduras, Angola,
Oma'n, Mauritania, la Federacio'n de Rusia, los Pai'ses Bajos,
Israel, Dominica, el Afganista'n, Kirguista'n, la Jamahiriya
A'rabe Libia y Guinea-Bissau. Formulo' una declaracio'n el
observador de las Antillas Neerlandesas.
16. En la misma sesio'n hizo una declaracio'n el representante de
la Organizacio'n Meteorolo'gica Mundial. Tambie'n formularon
declaraciones el Director Ejecutivo del Centro de Comercio
Internacional; el Coordinador Ejecutivo de los Voluntarios de las
Naciones Unidas; el Secretario General Adjunto de Servicios de
Gestio'n y de Apoyo al Desarrollo, de la Secretari'a de las
Naciones Unidas; el Secretario Ejecutivo de la Comisio'n
Econo'mica para A'frica; y el Director del Fondo de Desarrollo de
las Naciones Unidas para la Mujer. Hicieron declaraciones los
representantes de las siguientes organizaciones
intergubernamentales: Organizacio'n de la Conferencia Isla'mica y
Banco Asia'tico de Desarrollo. Adema's, formularon declaraciones
los representantes de las siguientes organizaciones no
gubernamentales: Federacio'n Internacional de Planificacio'n de
la Familia, Unio'n Interparlamentaria, Liga Musulmana Mundial,
National Council of Negro Women, Disabled Peoples International y
Centro Europeo de Cooperacio'n Internacional.
17. En la 10~ sesio'n plenaria, celebrada el 11 de septiembre, la
Conferencia oyo' declaraciones de las representantes de Colombia,
Maldivas, Liberia, Barbados, la Repu'blica de Moldova, Mauricio,
Papua Nueva Guinea, Burkina Faso y el Uruguay.
18. En la misma sesio'n formularon declaraciones la representante
del Fondo Monetario Internacional y la representante de la
Organizacio'n Mundial de la Salud, en nombre del Programa conjunto
y copatrocinado de las Naciones Unidas sobre el virus de
inmunodeficiencia humana/si'ndrome de inmunodeficiencia adquirida.
La Directora interina del Instituto Internacional de
Investigaciones y Capacitacio'n para la Promocio'n de la Mujer
hizo una declaracio'n. Tambie'n formulo' una declaracio'n la
representante del Banco Interamericano de Desarrollo,
organizacio'n intergubernamental.
19. En la 11~ sesio'n plenaria, celebrada el 11 de septiembre,
formularon declaraciones las representantes de Bosnia y
Herzegovina, Malawi, el Congo, la Repu'blica Isla'mica del Ira'n,
Belaru's, Tuvalu, el Suda'n, Guatemala, el Iraq, la Repu'blica
Democra'tica Popular Lao, la ex Repu'blica Yugoslava de Macedonia,
San Vicente y las Granadinas, Armenia, San Marino, Myanmar, las
Comoras, Saint Kitts y Nevis, Qatar y Cabo Verde.
20. En la misma reunio'n formulo' una declaracio'n la
representante del Organismo Internacional de Energi'a Ato'mica.
Hicieron declaraciones representantes de las siguientes
organizaciones intergubernamentales: la Organizacio'n de los
Estados Americanos, el Comite' Internacional de la Cruz Roja, la
Federacio'n Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la
Media Luna Roja, la Organizacio'n de la Unidad Africana, el Banco
Africano de Desarrollo y el Consejo No'rdico. La representante de
la Comisio'n Mundial sobre la Salud de la Mujer formulo' una
declaracio'n. Tambie'n formularon declaraciones representantes de
las siguientes organizaciones no gubernamentales: la Federacio'n
Internacional de Productores Agri'colas, la Comisio'n de Gestio'n
de los Asuntos Pu'blicos Mundiales, la Liga Internacional de
Mujeres pro Paz y Libertad, Grassroots Organizations Operating
Together in Sisterhood y Women Fisheries Network.
21. En la 12~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre, la
Conferencia oyo' declaraciones de las Primeras Damas de Gambia y
de Kazaksta'n y de las representantes de Santo Tome' y Pri'ncipe,
Bangladesh, Turkmenista'n, Haiti', Eritrea, Sierra Leona, Samoa,
Lesotho y Madagascar y de la observadora de Guam.
22. En la misma reunio'n formulo' una declaracio'n la
representante de la Asociacio'n del Asia Meridional para la
Cooperacio'n Regional.
23. En la 13~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre,
hicieron declaraciones las representantes de Botswana, la
Repu'blica A'rabe Siria, la Repu'blica Dominicana, Mali',
Azerbaiya'n, las Islas Marshall, el Zaire, los Estados Federados
de Micronesia, el Yemen, Etiopi'a, el Chad, Costa Rica, Brunei
Darussalam, Eslovenia, Uzbekista'n, Albania, Nauru, las Islas
Salomo'n, Tayiskista'n, las Islas Cook, Kiribati y Kuwait.
24. En la misma reunio'n, la representante de la Organizacio'n
Mari'tima Internacional hizo una declaracio'n. Tambie'n formulo'
una declaracio'n la representante de la Organizacio'n de Obras
Pu'blicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de
Palestina en el Cercano Oriente. La Presidenta del Comite'
ministe'riel de coordination "femmes et developpement" hizo una
declaracio'n. Tambie'n hizo una declaracio'n la representante del
Parlamento Latinoamericano, organizacio'n intergubernamental.
Formularon declaraciones representantes de las siguientes
organizaciones no gubernamentales: Agence de recherches
d'information et formation pour les femmes, Women's Environment
and Development Organization, Somali Women's Trust, Association
pour le progre`s et la de'fense des droits des femmes maliennes y
Foro de Educadoras Africanas.
25. En la 14~ sesio'n plenaria, celebrada el 13 de septiembre, la
Conferencia oyo' una declaracio'n de la representante de Palau.
26. En la misma sesio'n, la representante de la Oficina de
Gestio'n de Recursos Humanos de la Secretari'a de las Naciones
Unidas formulo' una declaracio'n. Tambie'n hicieron declaraciones
representantes de las siguientes organizaciones no
gubernamentales: Development Alternatives with Women for a New
Era, Interaction: American Council for Voluntary International
Actions, Flora Trista'n, el Comite' de Coordinacio'n de
Organizaciones Judi'as, el Grupo Africano de Femnet, Housewives in
Dialogue, Global Network Women and Politics, International Gay and
Lesbian Human Rights Commission, Older Women's Network Australia,
Asociacio'n Mundial de las Gui'as Scout, Network of African Rural
Women's Associations, Federacio'n Polaca para la Mujer y la
Planificacio'n de la Familia, Grupo Juri'dico Internacional de
Derechos Humanos, Centre for Women's Global Leadership,
Fe'de'ration Europe'enne des femmes actives au foyer, Anglican
Communion, Organizacio'n A'rabe de Derechos Humanos, Education
International, Federacio'n Mundial de Asociaciones pro Naciones
Unidas, Federacio'n Sindical Mundial, Choisir y Federacio'n
Internacional de Mujeres Universitarias.
27. En la 15~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre, el
Presidente del Peru' formulo' una declaracio'n.
28. En la misma sesio'n, la Conferencia oyo' una declaracio'n del
Presidente del Banco Mundial. Asimismo, formulo' una declaracio'n
el representante de la Coalicio'n de Organizaciones no
Gubernamentales de Jo'venes acreditada ante la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer.
Capi'tulo IV
INFORME DE LA COMISIO'N PRINCIPAL
A. Organizacio'n de los trabajos
1. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre
de 1995, la Conferencia aprobo' la organizacio'n de los trabajos,
segu'n lo establecido en el documento A/CONF.177/3, y decidio'
asignar el tema 9 del programa (Plataforma de Accio'n) a la
Comisio'n Principal, la que habi'a de presentar sus
recomendaciones a la Conferencia.
2. La Comisio'n Principal celebro' seis sesiones, del 5 al 14
de septiembre de 1995. Tambie'n celebro' varias reuniones
oficiosas.
3. La Comisio'n Principal tuvo ante si' los siguientes
documentos:
a) Nota de la Secretari'a sobre las propuestas que habra'n
de examinarse durante la preparacio'n de un proyecto de
declaracio'n y del proyecto de Plataforma de Accio'n
(A/CONF.177/L.1);
b) Nota de la Secretari'a por la que se transmite el
informe del grupo de contacto oficioso sobre cuestiones relativas
al ge'nero (A/CONF.177/L.2);
c) Nota del Secretario General en la que figuran las
enmiendas al texto del proyecto de Plataforma de Accio'n
convenidas en las consultas oficiosas celebradas por la Presidenta
de la Comisio'n de la Condicio'n Juri'dica y Social de la Mujer
del 31 de julio al 4 de agosto de 1995 (A/CONF.177/L.3).
4. La Sra. Patricia B. Licuanan (Filipinas) fue elegida por
aclamacio'n Presidenta de la Comisio'n Principal en la primera
sesio'n plenaria de la Conferencia, celebrada el 4 de septiembre.
5. La Comisio'n Principal, en su primera sesio'n, celebrada el 5
de septiembre, eligio' por aclamacio'n los siguientes miembros de
la Mesa:
Vicepresidentas: Zelmira Regazolli (Argentina)
Irene Freudenschuss-Reichl (Austria)
Natalia Drozd (Belaru's)
Relatora: Selma Ashipala (Namibia)
6. Tambie'n en la primera sesio'n, la Comisio'n Principal
establecio' dos grupos de trabajo y nombro' Presidenta del Grupo
de Trabajo I a la Sra. Amma Yeboaa (Ghana) y del Grupo de Trabajo
II a la Sra. Irene Freudenschuss-Reichl (Austria).
7. En la segunda sesio'n, celebrada el 11 de septiembre,
formularon declaraciones los representantes de Mauricio, Espan~a,
Francia, Benin, Mauritania, Tu'nez, el Paraguay, Letonia, la
Repu'blica Isla'mica del Ira'n, la Santa Sede, el Iraq, Guatemala,
el Canada' y Chile. La Presidenta de la Comisio'n y la Secretaria
de la Conferencia tambie'n formularon declaraciones.
8. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre,
formularon declaraciones los representantes de Egipto, el Peru',
la Repu'blica A'rabe Siria, Bahrein, Malta, el Paraguay, Kuwait,
Colombia, Costa Rica, el Ecuador y Mauritania.
B. Examen del proyecto de Plataforma de Accio'n
9. En las sesiones tercera y sexta, celebradas los di'as 12 y 14
de septiembre, la Comisio'n Principal examino' las enmiendas y
correcciones al proyecto de Plataforma de Accio'n (A/CONF.177/L.1
y A/CONF.177/L.3) convenidas por los Grupos de Trabajo I y II y en
el transcurso de consultas oficiosas.
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y los conflictos
armados*
10. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n E
(La mujer y los conflictos armados) del capi'tulo IV (Objetivos
estrate'gicos y medidas), del proyecto de Plataforma de Accio'n.
Formularon declaraciones los representantes de la Argentina,
Noruega, Benin, el Canada', Nigeria, Filipinas (en nombre de los
Estados Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de
los 77), Espan~a, Guatemala, el Cameru'n, Indonesia, la Santa
Sede, Jamaica, Bolivia, el Ecuador, el Suda'n, la Jamahiriya
A'rabe Libia, los Estados Unidos de Ame'rica, Malta, Argelia,
Australia, el Peru', la Repu'blica A'rabe Siria, Namibia, Chile,
Kuwait, Belice, Guinea Ecuatorial y Liberia. La Vicepresidenta de
la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una
declaracio'n.
11. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n E del
capi'tulo IV, y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto
enmendado y corregido (A/CONF.177/L.5/Add.9 y Corr.1). Formularon
declaraciones los representantes de Malta, Chipre, la Santa Sede,
Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Fiji, la India, la
Repu'blica A'rabe Siria y Cuba. La Vicepresidenta de la
Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una
declaracio'n.
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer en el ejercicio del
poder y la adopcio'n de decisiones*
12. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n G
del capi'tulo IV (La mujer en el ejercicio del poder y la
adopcio'n de decisiones) del proyecto de Plataforma de Accio'n.
Formularon declaraciones los representantes de Benin, Argelia,
Nigeria, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), el Peru',
Mauritania y la Argentina. La Vicepresidenta de la Comisio'n,
Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n.
13. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n G del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto
enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/ Add.11 y Corr.1).
El representante del Japo'n formulo' una declaracio'n.
Objetivos estrate'gicos y medidas: La mujer y la pobreza*
14. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n A
del capi'tulo IV (La mujer y la pobreza) del proyecto de
Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los
representantes de la Argentina, el Pakista'n, Benin, los Estados
Unidos de Ame'rica, Argelia y Filipinas. La Vicepresidenta de la
Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una
declaracio'n.
15. En las sesiones cuarta y quinta celebradas el 14 de
septiembre, la Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la
seccio'n A del capi'tulo IV.
16. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales a la seccio'n A del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto,
enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'ase
A/CONF.177/L.5/Add.5 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21).
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y los medios de
difusio'n*
17. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n J
del capi'tulo IV (La mujer y los medios de difusio'n) del proyecto
de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los
representantes del Paraguay, la Argentina, el Peru', Mauricio y
los Estados Unidos de Ame'rica. La Presidenta del Grupo de
Trabajo I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo' una declaracio'n.
18. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n J del
capitulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto,
enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.14 y Corr.1).
Disposiciones institucionales
19. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado del capi'tulo V
(Disposiciones institucionales) del proyecto de Plataforma de
Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de Espan~a
(en nombre de la Comunidad Europea), Kuwait y los Estados Unidos
de Ame'rica.
20. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones al capi'tulo V.
Formularon declaraciones los representantes de los Estados Unidos
de Ame'rica y Espan~a.
21. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales al capi'tulo V y
recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado,
corregido y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.17 y
Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los
representantes de la Santa Sede, la Repu'blica Isla'mica del
Ira'n, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las
Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China),
Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Egipto, Kuwait, el
Canada', Namibia, Nigeria, Malta, Bahrein, Noruega, el Yemen,
Suiza, Oma'n, Australia, Suriname, Botswana, Cuba, Suda'frica,
Benin, Belice, Estonia, Marruecos, Bolivia, Israel, Jordania, la
Repu'blica A'rabe Siria, Jamaica, la Jamahiriya A'rabe Libia,
Mauritania, Chile, el Senegal y el Suda'n. La Secretaria General
de la Conferencia y la Presidenta de la Comisio'n tambie'n
formularon declaraciones.
Disposiciones financieras
22. En la tercera sesio'n, celebrada el 12 de septiembre, la
Comisio'n Principal examino' un texto enmendado y corregido del
capi'tulo VI (Disposiciones financieras) del proyecto de
Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los
representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Espan~a (en
nombre de la Comunidad Europea), Nigeria y Tu'nez.
23. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' el texto del capi'tulo VI, enmendado y
corregido, y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase
A/CONF.177/L.5/Add.18).
Declaracio'n de objetivos
24. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal examino' un texto enmendado del capi'tulo I
(Declaracio'n de objetivos) del proyecto de Plataforma de Accio'n.
Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en
nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que
pertenecen al Grupo de los 77), Letonia (en nombre de los Estados
de Europa oriental), China, Colombia, Benin, Espan~a (en nombre de
la Comunidad Europea), los Estados Unidos de Ame'rica, Argelia,
Cuba, el Ecuador, Bolivia y la India. La Presidenta de la
Comisio'n tambie'n formulo' una declaracio'n.
25. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal, tras aceptar una revisio'n oral al capi'tulo
I, aprobo' y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto
enmendado y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.1).
Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en
nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que
pertenecen al Grupo de los 77 y de China), el Suda'n, los Estados
Unidos de Ame'rica, Noruega, Espan~a (en nombre de la Comunidad
Europea) y el Japo'n.
Contexto mundial
26. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y correcciones al
capi'tulo II (Contexto mundial) del proyecto de Plataforma de
Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de
Guatemala, la Santa Sede, Bulgaria, la Federacio'n de Rusia, la
India, el Pakista'n, los Estados Unidos de Ame'rica, el Canada',
el Suda'n, Malta, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea),
Malasia, Mauritania e Israel. La Presidenta del Grupo de Trabajo
I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo' una declaracio'n.
27. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales al capi'tulo II y
recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado,
corregido y oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/ L.5/Add.2 y
Corr.1).
Esferas de especial preocupacio'n**
28. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado del capi'tulo III
(Esferas de especial preocupacio'n) del proyecto de Plataforma de
Accio'n. Formularon declaraciones los representantes del
Pakista'n, los Estados Unidos de Ame'rica, Bulgaria y la
Federacio'n de Rusia.
29. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales al capi'tulo III
y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto enmendado y
oralmente revisado (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.3 y
A/CONF.177/L.5/Add.21). Formularon declaraciones los
representantes de la Santa Sede, la Repu'blica Isla'mica del
Ira'n, Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las
Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China),
Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Egipto, Kuwait, el
Canada', Namibia, Nigeria, Malta, Bahrein, Noruega, el Yemen,
Suiza, Oma'n, Australia, Suriname, Botswana, Cuba, Suda'frica,
Benin, Belice, Estonia, Marruecos, Bolivia, Israel, Jordania, la
Repu'blica A'rabe Siria, Jamaica, la Jamahiriya A'rabe Libia,
Mauritania, Chile, el Senegal y el Suda'n. La Secretaria General
de la Conferencia y la Presidenta de la Comisio'n tambie'n
formularon declaraciones.
Objetivos estrate'gicos y medidas: educacio'n y capacitacio'n de
la mujer*
30. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y correcciones a la
seccio'n B del capi'tulo IV (Educacio'n y capacitacio'n de la
mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon
declaraciones los representantes del Suda'n, Benin, China, la
Federacio'n de Rusia, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea),
el Yemen y la Repu'blica A'rabe Siria. La Vicepresidenta de la
Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una
declaracio'n.
31. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' otras correcciones a la seccio'n B del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto,
enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.6 y Corr.1).
Formularon declaraciones los representantes de Espan~a, la
Jamahiriya A'rabe Libia, Benin y los Estados Unidos de Ame'rica.
La Vicepresidenta de la Comisio'n Sra. Freudenschuss-Reichl,
tambie'n formulo' una declaracio'n.
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y la salud*
32. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n C
del capi'tulo IV (La mujer y la salud) del proyecto de Plataforma
de Accio'n. Formularon declaraciones los representantes de
Barbados, Nicaragua, la Repu'blica Dominicana, Malta, Mauritania,
la Jamahiriya A'rabe Libia, el Suda'n, Honduras, la Santa Sede,
Marruecos, el Yemen, el Iraq, los Emiratos A'rabes Unidos,
Nigeria, Kuwait, Benin, la Repu'blica A'rabe Siria, Jordania, la
Repu'blica Isla'mica del Ira'n, Tu'nez, Oma'n, Bahrein, el Japo'n,
el Senegal, Bangladesh, Indonesia y Belice. La Secretaria General
de la Conferencia y la Vicepresidenta de la Comisio'n,
Sra. Freudenschuss-Reichl, tambie'n formularon declaraciones.
33. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n C del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto,
enmendado y corregido, (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.7 y
A/CONF.177/L.5/Add.21).
Objetivos estrate'gicos y medidas: la violencia contra la mujer*
34. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n D
del capi'tulo IV (La violencia contra la mujer) del proyecto de
Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los
representantes de Jamaica, Haiti' y la Federacio'n de Rusia.
35. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n D del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto,
enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.8 y Corr.1).
Formularon declaraciones los representantes de Espan~a (en nombre
de la Comunidad Europea), la Federacio'n de Rusia, Filipinas (en
nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas
que pertenecen al Grupo de los 77 y de China), la Argentina y
Azerbaiya'n. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra.
Freudenschuss-Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n.
Objetivos estrate'gicos y medidas: los derechos humanos de la
mujer*
36. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n I
del capi'tulo IV (Los derechos humanos de la mujer) del proyecto
de Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones
el representante de Espan~a y la Vicepresidenta de la Comisio'n,
Sra. Freudenschuss-Reichl.
37. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n I del
capi'tulo IV.
38. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales a la seccio'n I
del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el
texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'anse
A/CONF.177/L.5/Add.13 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21).
Formularon declaraciones los representantes del Suda'n y del
Canada'.
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y la economi'a*
39. En la cuarta sesio'n celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n F
del capi'tulo IV (La mujer y la economi'a) del proyecto de
Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los representante
del Yemen, Espan~a, los Estados Unidos de Ame'rica, Benin y
Vanuatu. La Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-
Reichl, tambie'n formulo' una declaracio'n.
40. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' revisiones orales a la seccio'n F del
capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto
enmendado y oralmente revisado (ve'anse A/CONF.177/L.5/Add.10 y
A/CONF.177/L.5/Add.21).
Objetivos estrate'gicos y medidas: la mujer y el medio ambiente*
41. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado de la seccio'n K
del capi'tulo IV (La mujer y el medio ambiente) del proyecto de
Plataforma de Accio'n. Formularon declaraciones los
representantes de Belice, la Repu'blica A'rabe Siria, los Estados
Unidos de Ame'rica, los Emiratos A'rabes Unidos y Oma'n.
42. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' correcciones a la seccio'n K del
capi'tulo IV, y recomendo' a la Conferencia que aprobara el texto
enmendado y corregido (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.15 y Corr.1).
Formularon declaraciones los representantes de la India,
Australia, Espan~a (en nombre de la Comunidad Europea), Filipinas
(en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que
pertenecen al del Grupo de los 77 y de China), los Estados Unidos
de Ame'rica y la Federacio'n de Rusia.
43. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, el
representante de los Estados Unidos de Ame'rica y la
Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl,
tambie'n formularon declaraciones.
Objetivo estrate'gicos y medidas: la nin~a*
44. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n L
del capi'tulo IV (La nin~a) del proyecto de Plataforma de Accio'n
y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase
A/CONF.117/L.5/Add.16). Formularon declaraciones los
representantes de los Estados Unidos de Ame'rica, Espan~a (en
nombre de la Comunidad Europea), el Suda'n, la Santa Sede, la
Jamahiriya A'rabe Libia, los Emiratos A'rabes Unidos, Mauritania,
la Repu'blica A'rabe Siria, Oma'n, el Iraq, Kuwait, Zimbabwe,
Argelia, Egipto, Tu'nez, Bangladesh, Marruecos y el Yemen. La
Presidenta del Grupo de Trabajo I, Sra. Yeboaa, tambie'n formulo'
una declaracio'n.
Objetivos estrate'gicos y medidas: mecanismos institucionales
para el adelanto de la mujer*
45. En la cuarta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' el texto enmendado de la seccio'n H
del capi'tulo IV (Mecanismos institucionales para el adelanto de
la mujer) del proyecto de Plataforma de Accio'n. Formularon
declaraciones los representantes de Espan~a (en nombre de la
Comunidad Europea), los Estados Unidos de Ame'rica y Nepal. La
Vicepresidenta de la Comisio'n, Sra. Freudenschuss-Reichl,
tambie'n formulo' una declaracio'n.
46. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las correcciones a la seccio'n H del
capi'tulo IV.
47. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las revisiones orales a la seccio'n H
del capi'tulo IV y recomendo' a la Conferencia que aprobara el
texto enmendado, corregido y oralmente revisado (ve'anse
A/CONF.177/L.5/Add.12 y Corr.1 y A/CONF.177/L.5/Add.21).
Formularon declaraciones los representantes de la Santa Sede,
Filipinas (en nombre de los Estados Miembros de las Naciones
Unidas que pertenecen al Grupo de los 77 y de China) y Espan~a (en
nombre de la Comunidad Europea).
Esferas de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III y
ti'tulos de las secciones y objetivos estrate'gicos enumerados en
el capi'tulo IV
48. En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las enmiendas y correcciones a las
esferas de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III
del proyecto de Plataforma de Accio'n y a los ti'tulos de las
secciones y objetivos estrate'gicos que figuran en el capi'tulo IV
y recomendo' a la Conferencia que los aprobara en su forma
corregida y enmendada (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.19). Formularon
declaraciones los representantes de los Estados Unidos de
Ame'rica, Jamaica, Espan~a, Filipinas, la Santa Sede, la
Federacio'n de Rusia, la Repu'blica A'rabe Siria y Malta.
Objetivos estrate'gicos y medidas: introduccio'n
49. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' un texto enmendado y oralmente
revisado de los pa'rrafos introductorios del capi'tulo IV
(Objetivos estrate'gicos y medidas) del proyecto de
Plataforma de Accio'n y recomendo' a la Conferencia que lo
aprobara (ve'ase A/CONF.177/L.5/Add.4). Formularon declaraciones
los representantes del Canada', Benin, Egipto, la Repu'blica
Isla'mica del Ira'n, Espan~a, el Ecuador, la Jamahiriya A'rabe
Libia, Nueva Zelandia, Israel, Suiza, la Repu'blica A'rabe Siria,
Jordania, Uganda, Belice, Suda'frica, Kuwait, el Senegal,
Eslovenia, Ghana, Australia, Bangladesh, Cuba, Co^te d'Ivoire,
Argelia, Suda'n, los Estados Unidos de Ame'rica, Nigeria,
Guatemala, Barbados, Chile, Letonia, los Emiratos A'rabes Unidos,
Jamaica, el Brasil, Colombia, el Yemen, Bolivia, Noruega,
Venezuela y las Islas Cook.
* En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' las enmiendas y correcciones a los
ti'tulos de las secciones y de los objetivos estrate'gicos que
figuran en el capi'tulo IV del proyecto de Plataforma de Accio'n
(ve'ase el pa'rrafo 48 infra).
** En la quinta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' enmiendas y correcciones a las esferas
de especial preocupacio'n enumeradas en el capi'tulo III del
proyecto de plataforma de accio'n (ve'ase el pa'rrafo 48 infra).
C. Examen del proyecto de declaracio'n
50. En la sexta sesio'n, celebrada el 14 de septiembre, la
Comisio'n Principal aprobo' el texto del proyecto de declaracio'n
en su forma oralmente revisada sobre la base de consultas
oficiosas y recomendo' a la Conferencia que lo aprobara (ve'ase
A/CONF.177/L.5/Add.20). Formularon declaraciones los
representantes del Yemen, Filipinas (en nombre de los Estados
Miembros de las Naciones Unidas que pertenecen al Grupo de los
77), el Paraguay, Tu'nez, Colombia y China.
*
* *
51. Tras la aprobacio'n del proyecto de declaracio'n y del
proyecto de Plataforma de Accio'n por la Comisio'n Principal,
formularon declaraciones los representantes del Paraguay, el
Uruguay, los Estados Unidos de Ame'rica, Marruecos, Jordania,
Lituania (tambie'n en nombre de Estonia y Letonia), Mauritania,
Eslovenia, el Suda'n, el Iraq, la Repu'blica A'rabe Siria, Oma'n,
Tu'nez, el Yemen, Ghana, la India, Benin, Filipinas (en nombre de
los Estados Miembros de las Naciones Unidas pertenecientes al
Grupo de los 77 y China) y Espan~a (en nombre de la Comunidad
Europea). La Presidenta de la Comisio'n formulo' una declaracio'n
final.
Capi'tulo V
APROBACIO'N DE LA DECLARACIO'N DE BEIJING Y DE
LA PLATAFORMA DE ACCIO'N
1. En la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de
1995, la Conferencia examino' el tema 10 del programa (Aprobacio'n
de la Declaracio'n y de la Plataforma de Accio'n de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer). La Presidenta de la
Comisio'n Principal de la Conferencia, Patricia B. Licuanan
(Filipinas) formulo' una declaracio'n.
2. En la misma sesio'n, el representante de Filipinas, en nombre
de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son miembros
del Grupo de los 77, presento' un proyecto de resolucio'n
(A/CONF.177/L.9) en el cual la Conferencia aprueba la Declaracio'n
y la Plataforma de Accio'n de Beijing y recomienda a la Asamblea
General en su quincuage'simo peri'odo de sesiones que las haga
suyas. A continuacio'n la Conferencia aprobo' el proyecto de
resolucio'n (ve'ase el texto en la resolucio'n 1, capi'tulo I).
3. Una vez aprobado el proyecto de resolucio'n, formularon
declaraciones de cara'cter general y sobre la interpretacio'n o
formularon reservas sobre la Declaracio'n y la Plataforma de
Accio'n de Beijing los representantes de los siguientes Estados:
Peru', Kuwait, Egipto, Filipinas, Santa Sede, Malasia, Ira'n
(Repu'blica Isla'mica del), Jamahiriya A'rabe Libia, Ecuador,
Indonesia, Mauritania, Oma'n, Malta, Argentina, Brunei Darussalam,
Francia, Yemen, Suda'n, Repu'blica Dominicana, Costa Rica,
Emiratos A'rabes Unidos, Venezuela, Bahrein, Li'bano, Tu'nez,
Mali', Benin, Guatemala, India, Argelia, Iraq, Vanuatu, Etiopi'a,
Marruecos, Djibouti, Qatar, Nicaragua, Togo, Liberia, Repu'blica
A'rabe Siria, Pakista'n, Nigeria, Comoras, Bolivia, Colombia,
Bangladesh, Honduras, Jordania, Ghana, Repu'blica Centroafricana,
Camboya, Maldivas, Suda'frica, Repu'blica Unida de Tanzani'a,
Brasil, Panama', El Salvador, Madagascar, Chad, Cameru'n, Ni'ger,
Gabo'n, Estados Unidos de Ame'rica y Canada'. El observador de
Palestina formulo' tambie'n una declaracio'n.
Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n de
la Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing
4. Los representantes de algunos pai'ses formularon
declaraciones y pidieron a la Secretari'a que las hiciera constar
en acta. Dichas declaraciones se reproducen a continuacio'n.
5. La representante de la Argentina presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
El concepto de familia a que se refieren los documentos
de la Conferencia se entiende como la unio'n de mujer y
varo'n, donde nacen, se nutren y educan los hijos. Ninguna
definicio'n ni recomendacio'n de estos documentos debilita la
responsabilidad primaria de los padres en la educacio'n de
sus hijos, incluyendo la educacio'n sobre temas sexuales, que
debe ser respetada por los Estados segu'n lo dispone la
Convencio'n sobre los Derechos del Nin~o.
Ninguna referencia de estos documentos al derecho al
control sobre cuestiones relativas a la sexualidad, incluida
la salud sexual y reproductiva, puede ser interpretada como
limitativa del derecho a la vida ni abrogatoria de la condena
del aborto como me'todo de control de la fertilidad o
instrumento de poli'ticas de poblacio'n. (Conforme al
arti'culo 75, inciso 23 de la Constitucio'n de la Nacio'n
Argentina, arti'culo 16 de la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la
mujer y pa'rrafo 41 del Programa de Accio'n de Viena aprobado
por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos.) Ninguna
propuesta de los documentos podra' interpretarse para
justificar programas de esterilizacio'n femenina o masculina
como variable de ajuste para erradicar la pobreza.
La delegacio'n argentina participo' del consenso para
adoptar el pa'rrafo 106 k) de la Plataforma de Accio'n que
recomienda a los gobiernos considerar la posibilidad de
revisar el derecho que impone sanciones a la madre que comete
un aborto. Esta posicio'n fue asumida teniendo en cuenta la
tradicio'n juri'dica argentina, la jurisprudencia de nuestros
tribunales y las circunstancias atenuantes que generalmente
se han considerado, sin que ello signifique una propuesta
para despenalizar el aborto ni eximir de su responsabilidad
criminal a quienes puedan ser coautores o parti'cipes de este
delito.
Las referencias al Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo contenidas
en los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer deben entenderse en el contexto de las reservas que el
Gobierno de la Repu'blica Argentina formulo' y que constan en
el correspondiente informe (A/CONF.171/13 y Add.1).
La delegacio'n argentina mantiene en todo lo que es
pertinente a los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer, las reservas formuladas con respecto al Plan
de Accio'n Regional para la Integracio'n de la Mujer en el
Desarrollo Econo'mico y Social de Ame'rica Latina y el
Caribe, adoptadas en Santiago de Chile en junio de 1995.
6. La representante de Costa Rica presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
Costa Rica es un Estado de derecho so'lido, respetuoso
de la ley, con una decidida vocacio'n de respeto a los
derechos humanos y promotor de la tolerancia, que forma parte
del consenso mundial que ha reconocido que existen
desigualdades que obligan a las mujeres a vivir situaciones
desventajosas y que e'stas deben ser corregidas.
Consecuentemente, Costa Rica ha adoptado, firmado y
ratificado todos los instrumentos que promueven la igualdad
de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, y ha ido
adecuando su legislacio'n nacional a estos instrumentos,
especialmente en relacio'n con la Convencio'n sobre la
eliminacio'n de todas las formas de discriminacio'n contra la
mujer.
No obstante, somos conscientes de que en nuestro pai's
existen nuevos retos y que queda mucho por resolver en
materia de promocio'n de las mujeres, asi' como que el
adelanto de las mujeres es crucial para el logro del
desarrollo humano sostenible.
Conscientes de que el conjunto de medidas contenidas en
la Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer es congruente con las poli'ticas de promocio'n
de las mujeres que se impulsan en nuestro pai's, deseamos
manifestar ante la comunidad internacional nuestra adhesio'n
a la Plataforma, adhesio'n que es respetuosa de la diversidad
sociocultural de las naciones, y que en el plano nacional
supondra' su armonizacio'n con el marco juri'dico vigente, en
estricto apego a nuestras mejores tradiciones, creencias y
valores.
Desde este punto de vista, Costa Rica desea hacer
constar que entiende que cuando se habla en la Plataforma de
los derechos humanos de las mujeres relativos a la
sexualidad, e'stos se refieren, al igual que los de los
hombres, a la capacidad que tienen la mujer y el hombre de
lograr y mantener la salud sexual y reproductiva, en un marco
de relaciones de igualdad y respeto mutuo.
En relacio'n con el objetivo estrate'gico de la
Plataforma, que plantea la reduccio'n de los gastos
militares, asi' como limitar la disponibilidad de armamentos,
sustentado en el inciso 12 del pa'rrafo 70 del capi'tulo IV
sobre integracio'n social del Programa de Accio'n de la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Costa Rica reitera su
vocacio'n por la paz y la declaracio'n hecha en dicha Cumbre
acerca de la necesidad de que los conflictos y las
diferencias entre naciones y pueblos y entre grupos sociales,
"deben resolverse mediante la negociacio'n, el dia'logo y la
bu'squeda del consenso, y que los recursos que se gastan en
armas podri'an ser mucho mejor invertidos en el desarrollo
social de los pueblos".
Finalmente, queremos ratificar y reiterar ante la
comunidad internacional que es tarea prioritaria de las
mujeres y los hombres la bu'squeda de la eliminacio'n de toda
forma de discriminacio'n, de acuerdo al principio del respeto
a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.
7. La representante de la Repu'blica Dominicana presento' la
siguiente declaracio'n escrita:
En base a las reglas de procedimiento de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Repu'blica Dominicana
apoya el acuerdo general alcanzado en la Plataforma de
Accio'n y ratifica su compromiso de cumplir dicho acuerdo.
La Repu'blica Dominicana, signataria de la Convencio'n
Americana sobre Derechos Humanos y de acuerdo con la
Constitucio'n y las leyes de la Repu'blica, confirma que toda
persona tiene derecho a la vida y que e'sta comienza desde el
momento de la concepcio'n.
En consecuencia, acepta el contenido de los te'rminos
"salud reproductiva", "salud sexual", "maternidad sin
riesgos", "derechos reproductivos", "derechos sexuales" y
"regulacio'n de la fertilidad" en la Plataforma de Accio'n
haciendo reserva expresa del contenido de dichos te'rminos, y
de cualesquiera otros, cuando en los mismos se incluya como
componente el aborto o la interrupcio'n del embarazo.
Ratificamos la posicio'n asumida por el pai's en la
Conferencia sobre la Poblacio'n y el Desarrollo y estas
reservas aplicara'n a todos los acuerdos regionales e
internacionales que se refieran a estos conceptos.
En conformidad a las reglas antes mencionadas
solicitamos que esta declaracio'n de reserva se incorpore en
su totalidad al informe final de esta Conferencia.
8. La representante de Egipto presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La participacio'n de Egipto en la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer refleja su conviccio'n de la
importancia de las cuestiones que afectan a la mujer y la
promocio'n de su bienestar. Se trata de la continuacio'n de
la participacio'n de Egipto en las tres conferencias
anteriores sobre la mujer, adema's de su actuacio'n como
anfitrio'n en una de las conferencias internacionales ma's
importantes, la Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n
y el Desarrollo.
La delegacio'n de Egipto deseari'a hacer constar el
hecho de que su entendimiento de los textos que figuran en la
Plataforma de Accio'n de la Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer que atan~en a las relaciones sexuales y
reproductivas se basa en el entendimiento de que estas
relaciones se dan en el marco del vi'nculo matrimonial y que
se entiende que la familia es la unidad ba'sica de la
sociedad. El cumplimiento por Egipto de las recomendaciones
que figuran en la Plataforma de Accio'n estara' condicionado
al respeto pleno de los derechos de soberani'a nacional y de
los diversos valores morales y religiosos, al respeto de
nuestra Constitucio'n y a los preceptos de la ley, con la
gui'a divina de nuestra ley religiosa verdadera y tolerante.
La delegacio'n de Egipto tambie'n desea hacer constar
que su interpretacio'n y entendimiento de los pa'rrafos que
se refieren a los derechos de herencia de la Plataforma de
Accio'n, especialmente el inciso d) del pa'rrafo 274, se
hara' en el contexto del pleno respeto de las leyes sobre la
herencia de la ley chera'mica y de conformidad con las
disposiciones de la ley y la Constitucio'n.
La delegacio'n de Egipto pide que se incluya
i'ntegramente esta declaracio'n en el informe oficial de la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
9. Los representantes de Estonia, Letonia y Lituania presentaron
la siguiente declaracio'n escrita:
Estonia, Letonia y Lituania desean formular una reserva
con respecto al pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n.
Creemos que es fundamental que en la declaracio'n de
objetivos se refleje un firme compromiso de la comunidad
internacional con todas las mujeres del mundo y que el
mensaje sea de a'mbito total. El pa'rrafo 5 en su forma
actual es de cara'cter excluyente y contrario al principio de
universalidad, que debe aplicarse a todos los Estados
Miembros de las Naciones Unidas.
Los cambios en ese pa'rrafo suponen tambie'n una
infraccio'n del reglamento, habida cuenta que se han
introducido nuevas formas de expresio'n en un texto que no
figuraba entre corchetes y que ya habi'a sido acordado en el
documento A/CONF.177/L.1 en la reunio'n preparatoria de la
Conferencia celebrada en marzo de 1995.
Las preocupaciones y necesidades de los pai'ses de
economi'as en transicio'n han quedado marginadas en el
pa'rrafo 5, con lo que se debilita la Plataforma de Accio'n.
Por este motivo, nuestras delegaciones deploran sentirse en
la obligacio'n de hacer constar en acta la presente reserva.
10. La representante de Guatemala presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
Con el objeto de que se incorpore al informe final de la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, mi delegacio'n
desea manifestar que, por razones de intere's para mi pai's,
Guatemala presenta la siguiente declaracio'n de reservas:
a) Que Guatemala tiene el derecho soberano de aplicar
las recomendaciones contenidas en la Plataforma de Accio'n de
conformidad con lo estipulado en nuestra Constitucio'n
Poli'tica, leyes nacionales y tratados y convenciones
internacionales de los cuales Guatemala es parte, por lo que
ninguna de las disposiciones y recomendaciones de esta
Conferencia y de la Plataforma de Accio'n puede o debe
interpretarse de forma que contradiga dichos instrumentos
legales. Asimismo, la aplicacio'n de dichas recomendaciones
se hara' de acuerdo con las prioridades de desarrollo de
nuestro pai's y respetando plenamente los diversos valores
religiosos, e'ticos y culturales, asi' como la conviccio'n
filoso'fica de nuestro pueblo multie'tnico, multilingu"e y
pluricultural y de forma compatible con los derechos humanos
internacionales universalmente reconocidos;
b) Que Guatemala ratifica en su totalidad las reservas
presentadas por nuestro pai's al Programa de Accio'n de la
Conferencia Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo
y las reservas presentadas a la Declaracio'n y Programa de
Accio'n de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social,
especialmente en relacio'n a los temas, te'rminos,
condiciones y disposiciones contenidas en los mismos y que se
repiten y utilizan de nuevo en esta Plataforma de Accio'n.
Asimismo, el Gobierno de Guatemala, se reserva la
interpretacio'n de la Plataforma de Accio'n en forma expresa
de acuerdo con su irrestricto respeto al derecho a la vida
desde el momento de su concepcio'n, asi' como su irrestricto
respeto al derecho que tienen los padres de escoger la
educacio'n que ha de impartirse a sus hijos menores.
Ratifica y garantiza la proteccio'n social, econo'mica y
juri'dica de la familia sobre la base legal del matrimonio,
la igualdad de los derechos de los co'nyuges, la paternidad
responsable y el derecho de las personas a decidir libremente
el nu'mero y espaciamiento de sus hijos, asi' como la
dignidad de la maternidad.
En apego a los criterios e'ticos, morales, legales,
culturales y naturales de la poblacio'n guatemalteca,
interpreta el concepto ge'nero u'nicamente como ge'nero
femenino y ge'nero masculino para referirse a mujeres y
hombres y se reserva la interpretacio'n de la expresio'n
"estilo de vida", por no estar claro su significado en estos
documentos.
11. El representante de la Santa Sede presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
"Mirando este gran proceso de liberacio'n de la mujer",
se ve que ha sido un camino difi'cil "no exento de errores",
pero con la meta de un futuro mejor para la mujer. Esas son
las palabras de Juan Pablo II. Y sigue diciendo: "Es
necesario continuar en este camino!". La delegacio'n de la
Santa Sede une su voz a la del Papa y dice: "Es necesario
continuar en este camino!".
El camino de la mujer ha estado jalonado por comienzos
en falso y desengan~os, asi' como por logros
resplandecientes. Hubo momentos, como durante la revolucio'n
industrial, en que se intercambiaron formas antiguas de
opresio'n por otras nuevas, y otros en los que prevalecieron
la inteligencia y la buena voluntad.
Los documentos que tenemos ante nosotros reflejan esa
historia compleja y desigual de la bu'squeda de la mujer.
Aunque esta'n llenos de promesas, a menudo faltan los
compromisos concretos y, en algunos aspectos, cabri'a
preguntarse si las consecuencias a largo plazo redundara'n
realmente en bien de la mujer.
La delegacio'n de la Santa Sede ha trabajado con ahi'nco
de manera constructiva y con espi'ritu de buena voluntad para
que los documentos respondan mejor a las aspiraciones de la
mujer. No cabe duda de que lo ma's palpitante de ellos esta'
contenido en las secciones relativas a las necesidades de las
mujeres que viven en la pobreza, las estrategias para el
desarrollo, la alfabetizacio'n y la educacio'n, la
eliminacio'n de la violencia contra la mujer, la cultura de
la paz y el acceso al empleo, la tierra, el capital y la
tecnologi'a. Complace a mi delegacio'n observar que existe
una estrecha correspondencia entre estos temas y las
ensen~anzas sociales cato'licas.
No obstante, mi delegacio'n faltari'a a sus obligaciones
para con la mujer si no indicara tambie'n algunas esferas
decisivas en las que esta' en firme desacuerdo con el texto.
Mi delegacio'n lamenta observar en el texto un
individualismo exagerado, en el que se debilitan algunas
disposiciones pertinentes de la Declaracio'n Universal de
Derechos Humanos - por ejemplo, el derecho a "cuidados y
asistencia especiales" para la maternidad. Esta selectividad
constituye asi' un paso ma's en la colonizacio'n del amplio y
rico discurso sobre los derechos universales por un lenguaje
libertario y empobrecido. No cabe duda de que esta reunio'n
internacional podri'a haber hecho por la mujer y la nin~a
algo ma's que abandonarlas a su suerte con todos sus
derechos!
Ciertamente tenemos que hacer algo ma's por la nin~a de
los pai'ses pobres que prodigar las buenas palabras en pro
del acceso a la educacio'n, la salud y los servicios
sociales, al tiempo que se evita cuidadosamente todo
compromiso concreto de recursos nuevos y adicionales para ese
fin.
No cabe duda de que podemos hacer algo mejor que
ocuparnos de las necesidades de las nin~as y las mujeres en
materia de salud dedicando una atencio'n desproporcionada a
la salud sexual y reproductiva. Adema's, podri'a entenderse
que el lenguaje ambiguo en lo que atan~e a un control
irrestricto sobre la sexualidad y la fertilidad implica un
respaldo social al aborto y la homosexualidad.
En un documento en el que se respete la dignidad de la
mujer, su salud debe tratarse en todo su alcance. En un
documento en el que se respete la inteligencia de la mujer
debe dedicarse por lo menos tanta atencio'n a la educacio'n
ba'sica como a la fecundidad.
Es porque mi delegacio'n tiene la esperanza de que estos
documentos, que en algunos aspectos esta'n en pugna consigo
mismos, redundara'n finalmente en bien de la mujer, por lo
que desea unirse al consenso, u'nicamente por lo que respecta
a aquellos aspectos ya mencionados de los documentos que la
Santa Sede considera positivos y u'tiles para el bienestar
real de la mujer.
Desafortunadamente, la participacio'n de la Santa Sede
en el consenso so'lo puede ser parcial debido a que existen
numerosos aspectos de los documentos que son incompatibles
con lo que la Santa Sede y otros pai'ses consideran favorable
para el verdadero adelanto de la mujer. Esos aspectos se
sen~alan en las reservas que mi delegacio'n expone a
continuacio'n.
Mi delegacio'n confi'a en que las propias mujeres
superara'n las limitaciones de estos documentos y extraera'n
lo mejor de ellos. Como tambie'n dijo el Papa Juan Pablo II
"el camino es largo y complejo, sin embargo debe ser
emprendido decididamente y seguido hasta el final".
Quisiera pedir que el texto de la presente declaracio'n,
las reservas que se formulan oficialmente a continuacio'n y
la declaracio'n sobre la interpretacio'n del te'rmino
"ge'nero" se incluyan en el informe de la Conferencia.
Reservas y declaraciones en cuanto a la interpretacio'n
La Santa Sede, de conformidad con su naturaleza y con la
misio'n que le es propia, al unirse parcialmente al consenso
sobre los documentos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre
la Mujer, desea expresar su postura por lo que se refiere a
esos documentos y formular reservas con respecto a algunos de
los conceptos utilizados en ellos.
La Santa Sede desea reafirmar la dignidad y el valor de
la mujer y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y
lamenta que en la Plataforma de Accio'n no se haya reafirmado
expli'citamente este concepto.
La Santa Sede, en consonancia con la Declaracio'n
Universal de Derechos Humanos, subraya que la familia es el
elemento fundamental de la sociedad y esta' basada en el
matrimonio y en la asociacio'n igualitaria entre el marido y
la mujer, al que esta' encomendada la transmisio'n de la
vida. Lamenta que en la Plataforma de Accio'n no figure
ninguna referencia a este elemento fundamental de la sociedad
sin acompan~arla de un lenguaje trivial que la condicione
(ve'ase, por ejemplo, el objetivo estrate'gico L.9).
La Santa Sede so'lo puede interpretar expresiones tales
como el "derecho de la mujer a controlar su propia
sexualidad", el "derecho de la mujer a controlar su propia
fecundidad" o "las parejas y los individuos", como referentes
al ejercicio responsable de la sexualidad dentro del
matrimonio. Al mismo tiempo, la Santa Sede condena
firmemente todas las formas de violencia y explotacio'n
ejercidas contra la mujer y la nin~a.
La Santa Sede reafirma las reservas expresadas a la
conclusio'n de la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo, celebrada en El Cairo del 5 al 13
de septiembre de 1994, que figuran en el informe de dicha
Conferencia, en relacio'n con la interpretacio'n dada a las
expresiones "salud reproductiva", "salud sexual" y "derechos
reproductivos". En particular, la Santa Sede reitera que no
considera que el aborto o los servicios que le conciernen
sean una dimensio'n de la salud reproductiva o de los
servicios de salud reproductiva. La Santa Sede no apoya
ninguna forma de legislacio'n que reconozca legalmente el
aborto.
Por lo que se refiere a las expresiones "planificacio'n
de la familia" o "variedad ma's amplia de servicios de
planificacio'n de la familia" y otras expresiones relativas a
los servicios de planificacio'n de la familia o de
regulacio'n de la fecundidad, no debe en modo alguno
interpretarse la actuacio'n de la Santa Sede durante esta
Conferencia como una modificacio'n de su postura, ya bien
conocida con respecto a los me'todos de planificacio'n de la
familia que la Iglesia Cato'lica considera moralmente
inaceptables o en relacio'n con servicios de planificacio'n
de la familia en los que no se respeten la libertad de los
co'nyuges, la dignidad humana o los derechos humanos de los
interesados. La Santa Sede no apoya en modo alguno los
anticonceptivos o la utilizacio'n de preservativos, ya sean
como medio de planificacio'n de la familia o en programas de
prevencio'n de VIH/SIDA.
La Santa Sede sostiene que nada de lo que figura en la
Plataforma de Accio'n o en otros documentos a los que se
alude en ella ha de interpretarse en el sentido de que sobre
cualquier profesional de la salud o servicio de salud recaiga
la obligacio'n de prestar servicios, o cooperar en su
prestacio'n o remitir a ellos o procurarlos, a los que por su
creencia religiosa o conviccio'n moral o e'tica tenga
objeciones.
La Santa Sede interpreta todas las referencia a la
expresio'n "embarazos forzados" como instrumento especi'fico
en los conflictos armados en el contexto en el que aparece en
la Declaracio'n y Programa de Accio'n de Viena, parte II,
pa'rr. 38.
La Santa Sede entiende la expresio'n "ge'nero" segu'n se
describe en la declaracio'n que figura infra.
La Santa Sede no se une al consenso sobre la totalidad
de la seccio'n C del capi'tulo IV, en relacio'n con la salud;
desea formular una reserva general con respecto a toda la
seccio'n y pide que esta reserva general se haga constar en
el capi'tulo. En esta seccio'n se dedica una atencio'n
totalmente desproporcionada a la salud sexual y reproductiva
en comparacio'n con las otras necesidades de salud de la
mujer, incluidos los medios de hacer frente a la mortalidad y
la morbilidad maternas. Adema's, la Santa Sede no puede
aceptar la terminologi'a ambigua en relacio'n con el control
irrestricto sobre la sexualidad y la fecundidad,
especialmente porque podri'a interpretarse como un respaldo
social del aborto o de la homosexualidad. La reserva con
respecto a este capi'tulo no reduce, no obstante, el
compromiso de la Santa Sede de promover la salud de la mujer
y de la nin~a.
La Santa Sede no se une al consenso y formula una
reserva con respecto al inciso f) del pa'rrafo 232 en su
referencia a un texto (pa'rrafo 96) sobre el derecho de la
mujer a "tener control sobre las cuestiones relativas a su
sexualidad". Esta expresio'n ambigua puede entenderse como
un respaldo a las relaciones sexuales fuera del matrimonio
heterosexual. Pide que se haga constar esta reserva en el
pa'rrafo correspondiente. Por otra parte, la Santa Sede
desea unirse a la condena de la violencia contra la mujer
contenida en el pa'rrafo 96, asi' como a la afirmacio'n de la
importancia de las responsabilidades mutuas y compartidas, el
respeto y el libre consentimiento en las relaciones
conyugales, segu'n figuran en el pa'rrafo.
Con respecto a toda la seccio'n dedicada a los derechos
humanos, a excepcio'n de las citas o las repeticiones de
instrumentos de derechos humanos ya existentes, la Santa Sede
manifiesta su preocupacio'n por el exceso de individualismo
en el tratamiento de los derechos humanos. La Santa Sede
recuerda tambie'n que en el mandato de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer no se inclui'a la afirmacio'n de
nuevos derechos humanos.
Por lo que respecta a la frase los "derechos de la mujer
son derechos humanos", la Santa Sede la interpreta en el
sentido de que la mujer debe disfrutar plenamente de todos
los derechos humanos y libertades fundamentales.
Con respeto a todas las referencias a acuerdos
internacionales, la Santa Sede se reserva su posicio'n a este
respecto, especialmente en lo que se refiere a cualesquiera
otros acuerdos internacionales mencionados en los documentos,
de conformidad con su forma de aceptacio'n o no aceptacio'n
de aque'llos.
La Santa Sede pide que se hagan constar las presentes
reservas, junto con la siguiente declaracio'n sobre la
interpretacio'n del te'rmino "ge'nero" en el informe de la
Conferencia.
Declaracio'n sobre la interpretacio'n del te'rmino "ge'nero"
Al aceptar que la palabra "ge'nero" en el presente
documento ha de entenderse conforme al uso ordinario en el
contexto de las Naciones Unidas, la Santa Sede hace suyo el
uso ordinario de dicha palabra en las lenguas en las que
existe.
La Santa Sede entiende la palabra "ge'nero" sobre la
base de la identidad sexual biolo'gica, masculina o femenina.
Adema's, en la Plataforma de Accio'n misma se utiliza
claramente la expresio'n "ambos ge'neros".
La Santa Sede excluye asi' las interpretaciones dudosas
basadas en puntos de vista dudosos por los que se afirma que
la identidad sexual puede adaptarse indefinidamente con fines
nuevos y diferentes.
Tambie'n se disocia de la nocio'n biolo'gica
determinista de que las funciones y las relaciones de ambos
sexos esta'n determinadas de manera u'nica y esta'tica.
El Papa Juan Pablo insiste en el cara'cter distintivo y
complementario del hombre y la mujer. Al mismo tiempo, ha
aplaudido la asuncio'n de nuevas funciones por la mujer, ha
subrayado el grado en que el condicionamiento cultural ha
sido un obsta'culo para su progreso y ha exhortado a los
hombres a contribuir al "gran proceso de deliberacio'n de la
mujer" ("Carta a la Mujer", 6).
En su reciente "Carta a la Mujer", el Papa ha explicado
el punto de vista matizado de la Iglesia de la siguiente
forma: "es posible acoger tambie'n sin desventajas para la
mujer una cierta diversidad de papeles, en la medida en que
tal diversidad no es fruto de imposicio'n arbitraria, sino
que emana del cara'cter particular del ser masculino y
femenino".
12. La representante de Honduras presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
El Gobierno de la Repu'blica de Honduras, consecuente
con su vocacio'n democra'tica, se une al consenso de todos
los pueblos del mundo en la adopcio'n de la Plataforma de
Accio'n, considera'ndola un instrumento eficaz para la
promocio'n y el adelanto de la mujer hasta el an~o 2001 y de
cara al nuevo milenio. En este sentido reafirma su voluntad
y compromiso de ejecutar las acciones necesarias que
conduzcan a la implementacio'n de la misma.
Honduras contempla en su Carta Magna preceptos
constitucionales que garantizan que todos los hombres y
mujeres nacen libres e iguales en derecho, no existen clases
privilegiadas y todos los honduren~os son iguales ante la ley
(arti'culo 60).
Los arti'culos 65, 111 y 112 establecen que el derecho a
la vida es inviolable y que el Estado debe mantener la
proteccio'n sobre la institucio'n de la familia, el
matrimonio y la unio'n de hecho.
En la Convencio'n Americana sobre Derechos Humanos, de
la cual nuestro pai's es signatario, se reafirma que toda
persona tiene derecho a la vida desde el momento de la
concepcio'n, sobre la base de los principios morales,
e'ticos, religiosos y culturales que deben regir la
colectividad humana.
En este sentido, Honduras comparte los conceptos
relativos a la salud reproductiva, salud sexual y
planificacio'n familiar en la Plataforma de Accio'n, siempre
y cuando no se incluya el aborto o la interrupcio'n del
embarazo como me'todo de planificacio'n.
El Gobierno de la Repu'blica expresa que la familia es
la base fundamental de la sociedad, por lo que se compromete
a fortalecer todas las acciones que conduzcan al logro de
mayores niveles de bienestar, armonizando con los diferentes
sectores de la sociedad.
Finalmente, invitamos a la comunidad internacional a
apoyar los esfuerzos de los gobiernos y los pueblos para que
la implementacio'n de la Plataforma de Accio'n tenga el
e'xito esperado y por fin nuestras mujeres alcancen la
equidad, el desarrollo y la paz, tan necesarios para el
avance de nuestros pueblos.
13. La representante de Indonesia presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
Al tiempo que expresa su satisfaccio'n por la
aprobacio'n por consenso de la Declaracio'n de Beijing y de
la Plataforma de Accio'n, mi delegacio'n se siente poco
contenta de que las delegaciones que asisten a la Conferencia
hayan formulado numerosas reservas. Este hecho puede dar al
pu'blico la falsa impresio'n de que nuestro compromiso
conjunto de aplicar la Plataforma de Accio'n, que es
fundamental para los objetivos de igualdad, desarrollo y paz
para todas las mujeres, no va a ser fa'cil de lograr. Las
preocupaciones que se reflejan en las reservas - y mi
delegacio'n tambie'n formula algunas sobre determinados
pa'rrafos que no son conformes a los intereses nacionales de
Indonesia - no deben de ninguna manera constituir un
obsta'culo para nuestro propo'sito genuino de aplicar la
Plataforma de Accio'n, ya que todos sabemos que el espi'ritu
y objetivo de la cooperacio'n internacional a este respecto
es una cuestio'n de respeto mutuo y de apoyo a la causa
comu'n.
Finalmente, mi delegacio'n desea pedir que se haga
constar su reserva en el informe de la Conferencia.
14. El representante de la Repu'blica Isla'mica del Ira'n
presento' la siguiente declaracio'n escrita:
Quisiera hacer constar la reserva de la Repu'blica
Isla'mica del Ira'n sobre las siguientes cuestiones:
Aunque la familia es el elemento ba'sico de la sociedad
y desempen~a un papel importante en el adelanto de la mujer y
en la promocio'n del desarrollo humano, en la Plataforma de
Accio'n no se reconoce suficientemente su contribucio'n y la
importancia de su estabilidad e integridad.
Por lo que se refiere al pa'rrafo 96 y al inciso f) del
pa'rrafo 232, entendemos que sus disposiciones so'lo pueden
interpretarse en el contexto de la salud y en el marco de las
relaciones conyugales entre el hombre y la mujer. La
Repu'blica Isla'mica del Ira'n opina que los derechos a que
se alude en estos pa'rrafos quedan dentro de la categori'a de
los derechos humanos ya existentes y no establecen ningu'n
derecho nuevo.
La Repu'blica Isla'mica del Ira'n sostiene el principio
de que las relaciones sin riesgo y responsables entre el
hombre y la mujer so'lo pueden legitimarse en el marco del
matrimonio. Adema's, la frase "parejas e individuos" debe
interpretarse en ese contexto.
Por lo que se refiere a los programas que tienen por
objeto la salud sexual y reproductiva, y la educacio'n y los
servicios que les conciernen, la Repu'blica Isla'mica del
Ira'n opina que esa educacio'n y servicios deben estar
guiados por valores e'ticos y morales y que en ellos deben
respetarse la responsabilidad, derechos y deberes de los
padres, teniendo en cuenta la capacidad en evolucio'n de los
adolescentes.
Por lo que se refiere a la cuestio'n de la herencia, la
Repu'blica Isla'mica del Ira'n interpreta las referencias de
la Plataforma de Accio'n a esta cuestio'n de conformidad con
los principios del sistema econo'mico del Islam.
En nuestra interpretacio'n del concepto de igualdad se
tiene en cuenta el hecho de que, aunque la mujer, en cuanto a
derechos humanos y dignidad, es igual al hombre, sus
diferentes funciones y responsabilidades ponen de relieve la
necesidad de que exista un sistema de derechos equitativo en
el que se atiendan debidamente las prioridades y necesidades
peculiares de la mujer en sus mu'ltiples funciones.
La Repu'blica Isla'mica del Ira'n afirma su
determinacio'n de aplicar la Plataforma de Accio'n respetando
plenamente el Islam y los valores e'ticos de nuestra
sociedad.
15. El representante del Iraq presento' la siguiente declaracio'n
escrita:
La delegacio'n del Iraq formula reservas con respecto al
pa'rrafo 96 de la Plataforma de Accio'n porque es
incompatible con nuestros valores sociales y religiosos.
Nuestra reserva tambie'n se aplica al inciso f) del pa'rrafo
232 debido a la alusio'n que se hace en e'l al pa'rrafo 96.
La delegacio'n del Iraq acepta el texto del inciso d)
del pa'rrafo 274 sobre la base de su entendimiento de que no
esta' en conflicto con la ley chera'mica.
16. La representante de Israel presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de Israel en la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer desea presentar la siguiente
declaracio'n sobre la interpretacio'n del pa'rrafo 46 de la
Plataforma de Accio'n.
Israel hubiera preferido que se hiciera referencia
expli'cita a los obsta'culos especiales a los que ha de hacer
frente la mujer a causa de su orientacio'n sexual. No
obstante, habida cuenta de la interpretacio'n dada a las
palabras "otra condicio'n" por, entre otros, la Comisio'n de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas, entendemos las
palabras "otra condicio'n" en el sentido de que incluye la
orientacio'n sexual.
17. La representante del Japo'n presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
Mi delegacio'n desea confirmar su interpretacio'n del
inciso k) del pa'rrafo 106. La delegacio'n del Japo'n se
unio' al consenso sobre el inciso k) del pa'rrafo 106 en el
siguiente entendimiento.
Ha habido un debate permanente sobre este tema en
numerosos pai'ses. Algunos, inclusive el Japo'n, han
emprendido una revisio'n de la legislacio'n pertinente,
mientras que otros no lo han hecho. Teniendo esto en cuenta,
mi delegacio'n confirma que entiende que la legislacio'n
nacional so'lo puede examinarse a nivel nacional o local
teniendo debidamente en cuenta las circunstancias nacionales
y legislativas.
18. El representante de Kuwait presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de mi pai's concede gran importancia a la
Plataforma de Accio'n aprobada por esta Conferencia y cree en
su contribucio'n fundamental al adelanto de la mujer. No
obstante, al mismo tiempo deseari'a hacer constar una reserva
a todo lo que constituya una contravencio'n de la ley
chera'mica y de las costumbres y pra'cticas de nuestra
sociedad isla'mica, especialmente con respecto al inciso f)
del pa'rrafo 232, al inciso k) del pa'rrafo 106 y a los
pa'rrafos del 94 al 96.
La delegacio'n de Kuwait desea que su reserva conste en
el informe de la Conferencia.
19. El representante de la Jamahiriya A'rabe Libia presento' la
siguiente declaracio'n escrita:
Mi delegacio'n aprecia enormemente los esfuerzos
realizados por la Comisio'n Principal y por los grupos de
trabajo de la Conferencia para elaborar fo'rmulas que
representen las posiciones comunes de las delegaciones
participantes y que respeten las creencias de diversas
sociedades y los asuntos que les son propios. En este
sentido, la delegacio'n de Libia, en sus deliberaciones con
todos los grupos de trabajo y en las sesiones, ha hecho todo
lo posible por unirse al consenso general al que se encamina
la Plataforma de Accio'n.
A la luz de nuestra conviccio'n de la importancia del
dia'logo entre las diversas culturas y civilizaciones de los
pueblos del mundo para lograr la paz social universal, no
aceptamos el derecho de ninguna nacio'n o civilizacio'n a
imponer su cultura u orientacio'n poli'tica, econo'mica o
social a ninguna otra nacio'n o pueblo. En vista tambie'n de
nuestra conviccio'n del derecho soberano de cada Estado a
elaborar sus poli'ticas nacionales de conformidad con sus
convicciones religiosas, leyes y prioridades locales de
desarrollo social y econo'mico, entendemos que los te'rminos
y expresiones que aparecen en el documento y su aplicacio'n
estara'n dentro de los li'mites de lo que permiten nuestras
creencias y las leyes y tradiciones que conforman nuestra
conducta como sociedad. Sobre esta base, la delegacio'n de
nuestro pai's quisiera formular las siguientes reservas:
a) La expresio'n "relaciones sexuales y conducta
sexual" entre hombres y mujeres, adultos o no, fuera de la
legi'tima relacio'n conyugal, que figura en algunos
arti'culos;
b) La expresio'n "educacio'n sexual y salud
reproductiva" empleada con referencia a las personas que no
este'n casadas y fuera del a'mbito de la responsabilidad,
supervisio'n y cuidado de los padres;
c) La expresio'n "individuos" en relacio'n con el
derecho ba'sico de todas las parejas a decidir libre y
responsablemente el nu'mero, el espaciamiento y el momento en
que desean tener los hijos. Este derecho no se concede en
nuestra sociedad fuera del marco de una relacio'n conyugal
legi'tima. Esta expresio'n aparece en los pa'rrafos 95 y
223;
d) Todo el texto del pa'rrafo 96, ya que no es
compatible con nuestros valores sociales y culturales. Lo
mismo cabe decir del inciso f) del pa'rrafo 232;
e) Todo lo comprendido en el texto que aparece en el
inciso k) del pa'rrafo 106 y todo lo que se pretende con e'l
ya que es contrario a las leyes locales basadas en la ley
chera'mica. Lo mismo cabe decir del texto que aparece en el
inciso j) del pa'rrafo 106 por lo que se refiere al aborto,
ya que las leyes locales no permiten realizar abortos excepto
para salvar la vida de la madre;
f) El texto del inciso d) del pa'rrafo 274, que se
interpretara' y aplicara' de conformidad con la ley
chera'mica, que garantiza a las mujeres el derecho a heredar.
Confiamos en que la presente declaracio'n y reservas se
incluyan en el informe oficial de la Conferencia.
20. La representante de Malasia presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La Declaracio'n y la Plataforma de Accio'n de Beijing
son un logro para todas las mujeres del mundo. Mi
delegacio'n se siente complacida de unirse a la comunidad
internacional para expresar nuestro apoyo a la Plataforma,
especialmente en cuanto a las disposiciones que se refieren a
la pobreza, la educacio'n, la salud, la eliminacio'n de la
violencia contra la mujer en los conflictos civiles y armados
y la participacio'n activa de la mujer en la adopcio'n de
decisiones y el desarrollo econo'mico con el fin de lograr su
adelanto y su bienestar. No obstante, no podemos dejar de
observar ciertas diferencias entre las delegaciones derivadas
de la postura adoptada por un grupo de pai'ses ante
determinadas cuestiones. Aun cuando este grupo puede adoptar
sus propias normas y prioridades culturales, su insistencia
en otras ha resultado inevitablemente en que la Plataforma de
Accio'n haya ido acompan~ada de muchas reservas.
Deseo hacer constar que determinadas disposiciones de la
Plataforma de Accio'n siguen parecie'ndonos inaceptables,
pero, con el fin de lograr el consenso, no nos oponemos a su
aprobacio'n. No obstante, en vista de los diversos patrones
culturales y de la falta de claridad de determinadas palabras
y expresiones de la Plataforma, deseo hacer las siguientes
reservas y aclaraciones en nombre de la delegacio'n de
Malasia.
En primer lugar, la interpretacio'n de las expresiones
"familia", y de la expresio'n "individuos y parejas" a lo
largo del documento se refieren a la familia tradicional
formada a partir de un matrimonio o de una unio'n registrada
entre un hombre y una mujer, que comprende los hijos y los
miembros de la familia extensa.
En segundo lugar, tenemos la conviccio'n de que los
derechos reproductivos so'lo deben ser aplicables a las
parejas casadas formadas de la unio'n entre un hombre y una
mujer.
En tercer lugar, deseamos hacer constar que la
aprobacio'n del pa'rrafo 96 no significa que el Gobierno de
Malasia apoye la promiscuidad sexual, ninguna forma de
perversio'n sexual o la conducta sexual basado en la
homosexualidad o el lesbianismo.
En cuarto lugar, en el contexto del apartado k) del
pa'rrafo 106, deseamos apoyar el punto de vista de que debe
prestarse atencio'n a la prevencio'n del aborto en
condiciones de inseguridad y a la resolucio'n de forma
humanitaria de las complicaciones derivadas del aborto como
parte de la atencio'n a la salud reproductiva. No obstante,
el aborto no es legal ni permisible en Malasia y so'lo puede
practicarse por motivos me'dicos.
En quinto lugar, en el contexto del inciso k) del
pa'rrafo 108, aunque estamos de acuerdo en que la salud de
los adolescentes es una esfera que exige atencio'n debido al
aumento de los problemas derivados de los embarazos no
deseados de adolescentes, los abortos en condiciones de
inseguridad, las enfermedades de transmisio'n sexual y el
VIH/SIDA, creemos que no debe abdicarse de la orientacio'n de
los padres y que no deben aprobarse la permisividad sexual y
las pra'cticas sexuales y reproductivas no saludables de los
adolescentes.
Solicito que se hagan constar estas reservas en el acta
de la Conferencia.
21. El representante de Malta presento' la siguiente declaracio'n
escrita:
Al tiempo que se une al consenso sobre la Plataforma de
Accio'n, la delegacio'n de Malta quisiera declarar que se
reserva su posicio'n con respecto al empleo de expresiones
tales como "salud reproductiva", "derechos reproductivos" y
"control de la fecundidad", segu'n aparecen en diferentes
partes del documento. La interpretacio'n dada por Malta es
conforme a su legislacio'n nacional, en la que se considera
ilegal la interrupcio'n del embarazo mediante el aborto
inducido.
La delegacio'n de Malta se reserva tambie'n su postura
con respecto a las partes de la Plataforma de Accio'n en que
se hace referencia al Programa de Accio'n de la Conferencia
Internacional sobre la Poblacio'n y el Desarrollo. A este
respecto, la delegacio'n de Malta reafirma sus reservas,
segu'n figuran en el informe de dicha Conferencia
(A/CONF.171/13 y Add.1).
En particular, la delegacio'n de Malta no puede aceptar
sin reservas la expresio'n "circunstancias en las que el
aborto no es contrario a la ley", ya que la interrupcio'n del
embarazo mediante el procedimiento del aborto inducido es
ilegal en Malta.
La delegacio'n de Malta se reserva su postura sobre la
expresio'n "los abortos deben realizarse en condiciones de
seguridad", ya que la misma podri'a prestarse a mu'ltiples
interpretaciones que implicaran, entre otras cosas, que el
aborto puede realizarse en forma completamente libre de
riesgos me'dicos o psicolo'gicos, ignora'ndose al mismo
tiempo los derechos del no nacido.
Adema's, la delegacio'n de Malta se reserva su postura
sobre el empleo de la expresio'n "instrumentos
internacionales de derechos humanos" y "documentos de
consenso de las Naciones Unidas" siempre que se empleen en la
Plataforma de Accio'n, de conformidad con su anterior
aceptacio'n o no aceptacio'n de dichas expresiones.
Pedimos que se hagan constar en el informe de la
Conferencia las reservas formuladas.
22. La representante de Mauritania presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de mi pai's desea hacer constar sus
reservas con respecto a cualquier asunto que este' en pugna
con la ley chera'mica y los valores isla'micos, especialmente
el pa'rrafo 96, relativo a los derechos sexuales, el inciso
f) del pa'rrafo 232, el inciso j) del pa'rrafo 106, relativo
a los abortos ilegales, y el inciso d) del pa'rrafo 274,
relativo a la herencia.
23. El representante de Marruecos presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de Marruecos formula reservas con
respecto al pa'rrafo 96 y el inciso k) del pa'rrafo 106 del
Programa de Accio'n, cuyo contenido esta' en contradiccio'n
con los preceptos del Islam y no es conforme a sus valores
espirituales y sus tradiciones culturales. Formula asimismo
reservas al inciso f) del pa'rrafo 232, que se refiere al
pa'rrafo 96, y con respecto al apartado d) del pa'rrafo 274.
La delegacio'n de Marruecos desea que se hagan constar
sus reservas en el informe de la Conferencia.
24. El representante de Nepal presento' la siguiente declaracio'n
escrita:
Por lo que respecta a Nepal, la interpretacio'n del
pa'rrafo 26 excluira' la libertad de convertirse de la propia
religio'n o de la religio'n de otro.
25. La representante del Paraguay presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
Con respecto a la seccio'n C del capi'tulo IV, de la
Plataforma de Accio'n, el Gobierno del Paraguay ve con
satisfaccio'n que el mismo responde al contenido de su
Constitucio'n Nacional y especialmente en su arti'culo 61,
estableciendo que "el Estado reconoce el derecho de las
personas a decidir libre y responsablemente el nu'mero y la
frecuencia del nacimiento de sus hijos, asi' como a recibir,
en coordinacio'n con los organismos pertinentes, educacio'n,
orientacio'n cienti'fica y servicios adecuados en la materia.
Se establecera'n planes especiales de salud reproductiva, y
salud materno infantil para la poblacio'n de escasos
recursos".
La delegacio'n del Paraguay aclara que, el concepto de
"me'todos para la regulacio'n de la fecundidad que no este'n
legalmente prohibidos", contenido en el pa'rrafo 94 de la
Plataforma de Accio'n, tendra' para la Repu'blica del
Paraguay el alcance que le permite su legislacio'n nacional.
Respecto al te'rmino "ge'nero" utilizado en los
documentos adoptados en el seno de esta Conferencia, el
Gobierno del Paraguay interpreta que dicho concepto se
refiere a ambos sexos: el hombre y la mujer, y con dicho
alcance ha sido incorporado en sus documentos nacionales.
26. La representante del Peru' presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
De conformidad con el arti'culo 34 del reglamento de la
Conferencia, la delegacio'n del Peru' acompan~a el acuerdo
general alcanzado para la aprobacio'n de la Declaracio'n y de
la Plataforma de Accio'n de Beijing, en tanto que los
principios y compromisos establecidos por esta Conferencia
son compatibles con aquellos sen~alados por la Constitucio'n
Poli'tica Peruana. Sin embargo, en concordancia con la
posicio'n asumida en la Conferencia Internacional sobre la
Poblacio'n y el Desarrollo y reafirmada en la Cumbre Mundial
sobre Desarrollo Social, asi' como en la Sexta Conferencia
Regional para la Integracio'n de la Mujer en el Desarrollo
Econo'mico y Social de Ame'rica Latina y el Caribe, la
delegacio'n del Peru' desea expresar su reserva
interpretativa respecto de los siguientes puntos:
La comunidad y el Estado protegen a la familia y
promueven el matrimonio, reconocie'ndolos como institutos
naturales y fundamentales de la sociedad. El origen esencial
de la familia y el matrimonio lo constituyen la relacio'n
personal que se establece entre hombre y mujer.
El derecho a la vida y la consideracio'n del concebido
como sujeto de derecho en todo cuanto le favorece constituyen
derechos fundamentales de la persona. En consecuencia, los
conceptos referidos a "salud reproductiva", "derechos
reproductivos" y "salud sexual o reproductiva" en la
Plataforma de Accio'n no pueden incluir al aborto como
me'todo de regulacio'n de la fecundidad o de planificacio'n
familiar.
Los conceptos referidos a la poli'tica de poblacio'n
deben ser entendidos siempre dentro de la proteccio'n y
promocio'n de la familia y el matrimonio, y de la paternidad
y maternidad responsables y la libertad de la familia y de la
persona a decidir.
Se entiende que los derechos sexuales esta'n referidos
solamente a la relacio'n heterosexual.
Los criterios en materia de asignacio'n de recursos
establecidos no pueden entenderse en modo alguno limitativos
del derecho que corresponde a los gobiernos para acceder a
tales recursos.
La referencia a derechos "existentes" de propiedad
intelectual en materia de conocimientos, innovaciones y
pra'cticas de las mujeres de las comunidades indi'genas y
locales, incluidas las pra'cticas relativas a medicinas
tradicionales, la diversidad biolo'gica y las tecnologi'as
indi'genas, en modo alguno puede significar limitacio'n a los
derechos que conforme a la legislacio'n nacional e
internacional corresponden a los pai'ses y sus habitantes.
27. La representante de la Federacio'n de Rusia presento' la
siguiente declaracio'n escrita:
Inciso p) del pa'rrafo 83
La Federacio'n de Rusia entiende que la palabra
"respete" que figura en el inciso p) del pa'rrafo 83
significara' que se respetara' la igualdad de ge'nero y la
diversidad cultural, religiosa y de otro tipo en las
instituciones educativas.
Inciso c) del pa'rrafo 191
La Federacio'n de Rusia entiende que el inciso c) del
pa'rrafo 191 significa que los partidos poli'ticos
determinara'n por si' mismos el procedimiento para nombrar
mujeres a la jefatura de sus o'rganos y que el Estado no
ejercera' presio'n sobre ellos para que lo hagan asi', y que
se creara'n al mismo tiempo iguales oportunidades para las
actividades de los partidos poli'ticos. Segu'n la
legislacio'n de Rusia, esta disposicio'n es aplicable no
so'lo a los partidos poli'ticos, sino tambie'n a los
movimientos poli'ticos.
Inciso e) del pa'rrafo 204
La Federacio'n de Rusia entiende el inciso e) del
pa'rrafo 204 en relacio'n con los mandatos de revisar las
poli'ticas y programas en el contexto de la igualdad de
derechos y de oportunidades. Los principios ba'sicos para
aplicar esta poli'tica esta'n consagrados en la Constitucio'n
de la Federacio'n de Rusia.
Inciso c) del pa'rrafo 258
La delegacio'n de la Federacio'n de Rusia entiende que
la cuestio'n a la que se refiere el inciso c) del pa'rrafo
258 no es otra que la del movimiento transfronterizo de
desechos peligrosos y radiactivos. La Federacio'n de Rusia
entiende que es preciso tener como objetivo el pleno
cumplimiento por los gobiernos, las organizaciones
gubernamentales internacionales y las organizaciones no
gubernamentales de los principios y normas internacionales
vigentes con respecto al tra'fico transfronterizo de desechos
radiactivos y peligrosos mediante la adopcio'n de medidas
especiales, inclusive la creacio'n de un marco juri'dico
nacional y la definicio'n de las diversas categori'as de
desechos. El tra'fico de estos materiales no debe constituir
una amenaza para la salud pu'blica.
28. El representante de Suda'frica presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de Suda'frica interpreta que el pa'rrafo
96, en el que se establece que los derechos humanos de la
mujer incluyen el derecho de ejercer control y decidir libre
y responsablemente las cuestiones que se refieren a su
sexualidad, inclusive la salud sexual y reproductiva, libre
de coercio'n, discriminacio'n y violencia, incluye el derecho
de estar libre de coercio'n, discriminacio'n y violencia por
motivo de la orientacio'n sexual.
La delegacio'n de Suda'frica desea manifestar muy
claramente que no quiere estar asociada con ninguna forma de
discriminacio'n.
29. El representante de Tu'nez presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La delegacio'n de Tu'nez, con referencia a los poderes
depositados, tiene el honor de confirmar que Tu'nez
interpretara' el pa'rrafo 96, el inciso f) del pa'rrafo 232 y
el inciso d) del pa'rrafo 274 del Programa de Accio'n con
arreglo a sus leyes y textos fundamentales.
Esto se declaro' en las sesiones de la Comisio'n
Plenaria celebradas los di'as 13 y 14 de septiembre de 1995.
Tu'nez rechazara' toda disposicio'n que sea contraria a sus
leyes y textos fundamentales. La delegacio'n de Tu'nez pide
que asi' conste en el documento de la Conferencia.
30. La representante de los Estados Unidos de Ame'rica presento'
la siguiente declaracio'n escrita:
Declaracio'n sobre la interpretacio'n de la Declaracio'n de
Beijing
Los Estados Unidos entienden que la frase "por la
presente adoptamos y nos comprometemos a aplicar la siguiente
Plataforma de Accio'n", que figura en la Declaracio'n, y
otras referencias semejantes que aparecen en todo el texto,
son compatibles con el hecho de que la Plataforma, la
Declaracio'n y los compromisos contrai'dos por los Estados (a
menos que tales Estados indiquen lo contrario) no son
juri'dicamente vinculantes y que consisten en recomendaciones
sobre la manera en que los Estados pueden y deben promover
los objetivos de la Conferencia. El compromiso a que se
alude en la Declaracio'n, en consecuencia, ma's que un
compromiso especi'fico de aplicar cada elemento de la
Plataforma, constituye un compromiso general de procurar la
aplicacio'n aute'ntica de las recomendaciones de la
Plataforma en general. En consecuencia, los Estados Unidos
aceptan esta frase con arreglo a este criterio, en el
entendimiento de que no modifica el estatuto de los
documentos o las recomendaciones que figuran en ellos.
Los Estados Unidos entienden que las referencias que
figuran en la Declaracio'n y en la Plataforma de Accio'n "al
desarrollo sostenible" han de interpretarse en consonancia
con los principios y poli'ticas establecidos en esta materia.
Segu'n se reconocio' en el Programa 21, nuestro objetivo a
largo plazo de conseguir que todo el mundo logre medios de
vida sostenibles implica la integracio'n simulta'nea de las
poli'ticas relativas a las cuestiones de desarrollo, gestio'n
de los recursos sostenibles y erradicacio'n de la pobreza.
En la Cumbre Mundial de Desarrollo Social, los Estados
reconocieron tambie'n que el desarrollo econo'mico, el
desarrollo social y la proteccio'n del medio ambiente son
elementos del desarrollo sostenible interdependientes y que
se refuerzan mutuamente.
Reserva sobre el pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n
Como ya han declarado en diversas ocasiones a lo largo
de la Conferencia y en sus preparativos, los Estados Unidos,
debido a los factores que condicionan la recaudacio'n de
fondos a nivel nacional, no pueden estar de acuerdo en
incrementar los fondos con destino a los asuntos a que se
refiere la Plataforma de Accio'n fuera del contexto de la
redistribucio'n de los recursos actuales, a menos que se
recurra a fuentes de ingresos distintas de las cuotas de los
gobiernos. En consecuencia, los Estados Unidos formulan una
reserva en cuanto al pa'rrafo 5 de la Plataforma de Accio'n.
Los Estados Unidos apoyan plenamente los objetivos de la
Conferencia y esta'n deseosos de colaborar con los dema's
para velar por que haya una asignacio'n de recursos adecuada
dentro del sistema de las Naciones Unidas y otras
organizaciones internacionales para cumplir los compromisos
contrai'dos en la Plataforma de Accio'n. En este sentido,
los Estados Unidos observan tambie'n que la mayor parte de
las medidas fundamentales que han de adoptarse de conformidad
con la Plataforma de Accio'n no exigen a la comunidad
internacional la aportacio'n de fondos adicionales y pueden
llevarse a cabo mediante la accio'n a nivel nacional y local.
Declaraciones sobre la interpretacio'n de distintos pa'rrafos
de la Plataforma de Accio'n
Pa'rrafo 17
Los Estados Unidos entienden la frase "transformacio'n
radical de la relacio'n entre la mujer y el hombre" del
pa'rrafo 17 como una referencia al logro de la plena igualdad
entre la mujer y el hombre. Es este el sentido en que los
Estados Unidos aceptan el pa'rrafo.
Pa'rrafo 26
En el pa'rrafo 26 de la Plataforma de Accio'n se
reconoce el importante papel que desempen~an las
organizaciones no gubernamentales y la importancia de
colaborar con ellas para alcanzar progresos. Los Estados
Unidos reconocen la necesidad de que los gobiernos creen un
entorno propicio en el que puedan desenvolverse las
organizaciones no gubernamentales y que ese entorno es
fundamental para que pueda aplicarse con e'xito la Plataforma
de Accio'n. Los Estados Unidos entienden que los gobiernos,
al pedir que las organizaciones no gubernamentales adopten
medidas para aplicar la Plataforma de Accio'n, se comprometen
a facilitar la labor dichas organizaciones a ese respecto.
Pa'rrafo 46
El Gobierno de los Estados Unidos mantiene una firme
poli'tica de no discriminacio'n por motivo de la orientacio'n
sexual y considera que la omisio'n de esa referencia en el
pa'rrafo 46 y en otros lugares de la Plataforma de Accio'n no
justifica en modo alguno este tipo de discriminacio'n en
ningu'n pai's.
Pa'rrafo 96
Los Estados Unidos entienden y aceptan que el pa'rrafo
96, que se refiere, entre otras cosas, a la igualdad en las
relaciones entre el hombre y la mujer, supone la aplicacio'n
de las actuales normas de la legislacio'n de derechos humanos
a estas esferas importantes de la vida del hombre y la mujer
y subraya de esta forma la importancia de eliminar la
coercio'n, la discriminacio'n y la violencia en las
relaciones entre el hombre y la mujer.
Pa'rrafo 131
Aun cuando los Estados Unidos reconocen que pueden
producirse, y de hecho se producen, violaciones de los
derechos humanos en situaciones de ocupacio'n extranjera en
todo el mundo, los Estados Unidos siguen teniendo reservas,
igual que en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de
Viena con respecto a cualquier implicacio'n de que la
ocupacio'n extranjera constituye en si' misma una violacio'n
de los derechos humanos.
Inciso l) del pa'rrafo 166
Los Estados Unidos entienden que la intencio'n de
incluir la expresio'n "igualdad de remuneracio'n para la
mujer y el hombre por trabajo de igual valor" tiene por
objeto promover la equidad de pago entre el hombre y la mujer
y acepta la recomendacio'n segu'n este criterio. Los Estados
Unidos lo aplican atenie'ndose al principio de "igual paga
por un trabajo igual".
Incisos b), e) y f) del pa'rrafo 206
Con respecto obtener a los incisos b), e) y f) del
pa'rrafo 206, los Estados Unidos intentara'n obtener
conocimientos ma's completos y mejorar la obtencio'n de datos
en relacio'n con la cuestio'n del trabajo no remunerado, en
la medida en que lo permitan los fondos disponibles. Nos
proponemos consultar, en un espi'ritu de cooperacio'n, con
organizaciones de investigacio'n y documentacio'n apropiadas.
Pa'rrafos 234 a 245
Varias instituciones, organizaciones y otras entidades
han pedido que se adopten medidas para aplicar la Plataforma.
Aunque muchas instituciones han participado en esta ocasio'n
como observadores y las organizaciones no gubernamentales han
hecho aportaciones u'tiles a las deliberaciones, so'lo los
gobiernos aprobara'n la Plataforma. En consecuencia, es
preciso subrayar que cuando en la Plataforma se mencionan las
medidas que pueden adoptar estos otros protagonistas se les
invita y alienta a la adopcio'n de las medidas que se
sugieren; no se exigen y no se pueden exigir esas medidas.
En este sentido, entendemos que las referencias a las
medidas que pueden adoptar los medios de comunicacio'n (como
las que se mencionan en la seccio'n J del capi'tulo IV y en
el pa'rrafo 33) tienen el cara'cter de sugerencias y
recomendaciones y no pueden interpretarse como una invasio'n
de la libertad de prensa y expresio'n, que son libertades
democra'ticas fundamentales.
Pa'rrafo 247
Los Estados Unidos quieren subrayar que interpretan la
segunda frase del pa'rrafo 247 en el sentido de que los
sucesos que se enumeran pueden ser causa de degradacio'n
ambiental en determinadas circunstancias pero no en otras.
Son tambie'n motivo de preocupacio'n para los Estados Unidos
las referencias al empleo y los ensayos de armamento nuclear
que aparecen en este pa'rrafo y que no parecen haber sido
examinados a fondo por el Grupo de Trabajo.
Pa'rrafo 293
Los Estados Unidos entienden y aceptan que las
referencias a los compromisos que figuran en el pa'rrafo 293,
las referencias a lo que se pide en los pa'rrafos 4 y 5 de
la Plataforma, y otras referencias semejantes en todo el
texto, comprendida la Declaracio'n, guardan consonancia con
el hecho de que la Plataforma, la Declaracio'n y los
compromisos contrai'dos por los Estados (a menos que dichos
Estados indiquen lo contrario) no son juri'dicamente
vinculantes y que consisten en recomendaciones sobre la forma
en que los Estados deben y pueden promover los derechos
humanos de la mujer. En consecuencia, los Estados Unidos
entienden y aceptan que con dichas expresiones, segu'n se
emplean en estos documentos se sugieren medidas pra'cticas
para contribuir a la promocio'n de los derechos humanos de la
mujer y no se modifica la condicio'n de los documentos o las
recomendaciones que figuran en ellos.
Pa'rrafo 353
Los Estados Unidos reiteran que, con respecto al
pa'rrafo 353, no esta'n incluidos entre los pai'ses que han
aceptado un "objetivo convenido" para la asistencia oficial
al desarrollo o se han comprometido a alcanzar ese objetivo.
Creemos que los gobiernos nacionales, y no los donantes
internacionales, han de ser los principales responsables del
desarrollo de sus respectivos pai'ses. Los objetivos
distraen de cuestiones ma's importantes como son la eficacia
y la calidad de la ayuda y las poli'ticas del pai's receptor.
Tradicionalmente los Estados Unidos han sido uno de los
donantes con mayor volumen de ayuda y continuara'n
colaborando con los pai'ses en desarrollo para facilitar
ayuda y apoyo a sus esfuerzos.
Adema's, los Estados Unidos entienden y aceptan la
referencia que figura en el pa'rrafo 353 al aumento de la
parte de la asistencia oficial para el desarrollo destinada a
los programas de desarrollo social solamente con respecto a
aquellos pai'ses que hayan aceptado el objetivo.
¡d El representante de Vanuatu presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
La Repu'blica de Vanuatu acude a la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer, que se celebra en Beijing, con dos
objetivos: el primero es mostrar solidaridad con la
comunidad mundial en relacio'n con el adelanto y los derechos
de la mujer, y el segundo, aprender de otros pai'ses que'
puede hacerse para mejorar la situacio'n de la mujer.
A este respecto, la delegacio'n de Vanuatu ha
participado plenamente en las sesiones plenarias de la
Conferencia, asi' como en la Comisio'n Principal y en los
grupos de trabajo.
La delegacio'n de Vanuatu reconoce el espi'ritu de
conciliacio'n y compromiso que se han hecho patentes para
finalizar la Plataforma de Accio'n. Al mismo tiempo, la
delegacio'n sen~ala que Vanuatu es un pai's pequen~o que
emerge de un firme pasado tradicional y que se halla ahora en
un proceso moderno de evolucio'n social econo'mica y
poli'tica.
En consecuencia, al tiempo que apoya la Plataforma de
Accio'n de esta importante Conferencia, la delegacio'n de
Vanuatu desea hacer constar que ese apoyo se brinda en el
pleno respeto de los principios constitucionales, religiosos
y tradicionales que este Estado soberano ha heredado y
conservado para el buen gobierno de nuestra nacio'n.
32. El representante de Venezuela presento' la siguiente
declaracio'n escrita:
En aras de agilizar el debate general para el logro del
consenso de la Plataforma de Accio'n, la delegacio'n oficial
de Venezuela desea hacer constar la siguiente declaracio'n de
reservas de nuestra delegacio'n, para que se incluyan en su
totalidad en el informe final de la Conferencia.
El concepto de planificacio'n familiar, salud sexual,
salud reproductiva, maternidad sin riesgo, regulacio'n de la
fertilidad, derecho reproductivo y derechos sexuales son
aceptados cuando no contemplen aborto o interrupcio'n
voluntaria del embarazo.
Igualmente, manifiesta reservas en cuanto a conceptos de
embarazo no deseado, ya que la mencio'n de "embarazo no
deseado" (unwanted pregnacy) puede significar por argumento
en contrario, aceptar el derecho de la madre embarazada
contra su voluntad a suprimir al nin~o (aborto), lo cual
esta' penado en Venezuela.
Tambie'n manifiesta reservas a menciones como "aborto en
condiciones peligrosas" (unsafe abortion), abortos sin
condiciones de seguridad, por cuanto el aborto, en cualquier
condicio'n, esta' penalizado en Venezuela excepto cuando se
trata del medio indispensable para salvar la vida de la
mujer.
Capi'tulo VI
INFORME DE LA COMISIO'N DE VERIFICACIO'N DE PODERES
1. En su primera sesio'n plenaria, celebrada el 4 de septiembre
de 1995, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, de
conformidad con el arti'culo 4 del reglamento de la Conferencia,
nombro' una Comisio'n de Verificacio'n de Poderes cuya
composicio'n se baso' en la de la Comisio'n de Verificacio'n de
Poderes de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su
cuadrage'simo noveno peri'odo de sesiones; la Comisio'n quedo'
integrada por los nueve miembros siguientes: China, Estados
Unidos de Ame'rica, Federacio'n de Rusia, Fiji, Honduras, Namibia,
Portugal, Suriname y Togo.
2. La Comisio'n de Verificacio'n de Poderes celebro' una
sesio'n, el 8 de septiembre de 1995.
3. El Sr. Pedro Catarino (Portugal) fue elegido por unanimidad
Presidente de la Comisio'n.
4. La Comisio'n tuvo ante si' un memorando del Secretario
General de fecha 7 de septiembre de 1995 relativo a la situacio'n
de las credenciales de los representantes que participaban en la
Conferencia. La Comisio'n recibio' de su secretari'a informacio'n
adicional sobre las credenciales recibida por el Secretario
General despue's de la publicacio'n del memorando.
5. Como se indica en el pa'rrafo 1 del memorando del Secretario
General, actualizado con la informacio'n adicional recibida, el
Secretario General recibio' las credenciales oficiales expedidas
por el Jefe de Estado o de Gobierno o por el Ministro de
Relaciones Exteriores, segu'n lo previsto en el arti'culo 3 del
reglamento, de representantes de los siguientes 106 Estados
participantes en la Conferencia: Albania, Alemania, Argelia,
Angola, Australia, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Belaru's,
Belice, Benin, Bhuta'n, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei
Darussalam, Cameru'n, Canada', Chile, Chipre, Congo, Croacia,
Cuba, Dinamarca, Egipto, El Salvador, Emiratos A'rabes Unidos,
Eslovaquia, Eslovenia, Espan~a, Estados Unidos de Ame'rica,
Estonia, Federacio'n de Rusia, Finlandia, Francia, Gambia, Guyana,
Haiti', Hungri'a, India, Iraq, Islas Salomo'n, Israel, Jamahiriya
A'rabe Libia, Jamaica, Japo'n, Jordania, Kenya, Kirguista'n,
Kuwait, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Madagascar,
Malasia, Malawi, Maldivas, Malta, Mauricio, Mauritania, Me'xico,
Mongolia, Mozambique, Myanmar, Namibia, Nauru, Ni'ger, Noruega,
Nueva Zelandia, Oma'n, Pai'ses Bajos, Pakista'n, Panama', Papua
Nueva Guinea, Paraguay, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de
Gran Bretan~a e Irlanda del Norte, Repu'blica Checa, Repu'blica de
Moldova, Repu'blica Popular Democra'tica de Corea, Repu'blica
Unida de Tanzani'a, Rumania, Samoa, San Marino, Santa Luci'a,
Santo Tome' y Pri'ncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona,
Singapur, Sri Lanka, Suda'n, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia,
Tailandia, Togo, Tonga, Trinidad y Tabago, Tu'nez, Turqui'a,
Uganda y Uzbekista'n.
6. Como se indica tambie'n en el pa'rrafo 1 del memorando del
Secretario General, en el caso de la Comunidad Europea, el
Presidente de la Comisio'n Europea presento' credenciales de sus
representantes, tal como se preve' en el arti'culo 3 del
reglamento.
7. Como se indica en el pa'rrafo 2 del memorando, actualizado
con la informacio'n adicional recibida, se recibio' informacio'n,
por facsi'mile o mediante cartas o notas verbales de ministerios,
embajadas, misiones permanentes ante las Naciones Unidas u otras
oficinas u autoridades gubernamentales, o por medio de oficinas
locales de las Naciones Unidas, sobre el nombramiento de los
representantes de los siguientes 83 Estados Miembros que
participari'an en la Conferencia: Afganista'n, Andorra, Antigua y
Barbuda, Argentina, Armenia, Austria, Azerbaiya'n, Bahrein,
Be'lgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Cabo
Verde, Camboya, Chad, Chile, Colombia, Comoras, Costa Rica,
Co^te d'Ivoire, Djibouti, Dominica, Ecuador, Eritrea, Etiopi'a, ex
Repu'blica Yugoslava de Macedonia, Fiji, Filipinas, Gabo'n,
Georgia, Ghana, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea
Ecuatorial, Honduras, Indonesia, Ira'n (Repu'blica Isla'mica del),
Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Italia, Kazaksta'n,
Kiribati, Lesotho, Li'bano, Luxemburgo, Mali', Marruecos,
Micronesia (Estados Federados de), Mo'naco, Nepal, Nicaragua,
Nigeria, Niue, Palau, Peru', Repu'blica A'rabe Siria, Repu'blica
Centroafricana, Repu'blica de Corea, Repu'blica Democra'tica
Popular Lao, Repu'blica Dominicana, Rwanda, Saint Kitts y Nevis,
Santa Sede, San Vicente y las Granadinas, Suda'frica, Tayikista'n,
Turkmenista'n, Tuvalu, Ucrania, Uruguay, Vanuatu, Venezuela,
Viet Nam, Yemen, Zaire, Zambia y Zimbabwe.
8. El Presidente propuso que la Comisio'n aceptara las
credenciales de todos los representantes mencionados en el
memorando del Secretario General, en la inteligencia de que las
credenciales oficiales de los representantes mencionados en el
pa'rrafo 2 del memorando del Secretario General se comunicari'an a
e'ste a la brevedad posible. El Presidente propuso el siguiente
proyecto de resolucio'n para que lo aprobara la Comisio'n:
"La Comisio'n de Verificacio'n de Poderes,
Habiendo examinado las credenciales de los
representantes ante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer mencionados en los pa'rrafos 1 y 2 del memorando del
Secretario General de fecha 7 de septiembre de 1995,
Acepta las credenciales de los representantes de que se
trata."
9. La Comisio'n aprobo' el proyecto de resolucio'n sin someterlo
a votacio'n.
10. Posteriormente, el Presidente propuso que la Comisio'n
recomendara a la Conferencia que aprobara un proyecto de
resolucio'n en el que se aprobara el informe de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes. La Comisio'n aprobo' la propuesta sin
someterla a votacio'n.
Medidas adoptadas por la Conferencia
11. En la 12~ sesio'n plenaria, celebrada el 12 de septiembre de
1995, la Conferencia examino' el informe de la Comisio'n de
Verificacio'n de Poderes (A/CONF.177/14).
12. La Conferencia aprobo' el proyecto de resolucio'n recomendado
por la Comisio'n en su informe (ve'ase el texto en la resolucio'n
3 del capi'tulo I). Los Estados y la organizacio'n de
integracio'n econo'mica regional que participaron en la
Conferencia figuran en el pa'rrafo 3 del capi'tulo II.
Capi'tulo VII
APROBACIO'N DEL INFORME DE LA CONFERENCIA
1. En la 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de
1995, el Relator General presento' y reviso' oralmente un proyecto
de informe de la Conferencia (A/CONF.177/L.7 y Add.1).
2. En la misma sesio'n, la Conferencia aprobo' el proyecto de
informe oralmente revisado y autorizado por el Relator General
para finalizar el informe, de conformidad con la pra'ctica de las
Naciones Unidas, con vistas a que se le presentara a la Asamblea
General en su quincuage'simo peri'odo de sesiones.
Capi'tulo VIII
CLAUSURA DE LA CONFERENCIA
1. En su 16~ sesio'n plenaria, celebrada el 15 de septiembre de
1995, el representante de Filipinas, en nombre de los Estados
Miembros de las Naciones Unidas que son miembros del Grupo de los
77, presento' un proyecto de resolucio'n (A/CONF.177/L.8) titulado
"Expresio'n de reconocimiento al pueblo y al Gobierno de la
Repu'blica Popular de China".
2. En la misma sesio'n, la Conferencia aprobo' el proyecto de
resolucio'n (ve'ase el texto en la resolucio'n 2, capi'tulo I).
3. Formularon declaraciones los representantes de Filipinas (en
nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son
miembros del Grupo de los 77), Espan~a (en nombre de la Comunidad
Europea), el Senegal (en nombre de los Estados de A'frica), Papua
Nueva Guinea (en nombre de los Estados de Asia), Ucrania (en
nombre de los Estados de Europa oriental), Barbados (en nombre de
los Estados de Ame'rica Latina y el Caribe) y Malta (en nombre de
los Estados de Europa occidental y otros Estados).
4. Tras las declaraciones formuladas por la Secretari'a General
de la Conferencia y por la Representante Especial del Secretario
General de las Naciones Unidas, la Presidenta de la Conferencia
hizo una declaracio'n y declaro' clausurada la Conferencia.
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