Enlaces relacionados

Asistencia de la ONU

En virtud del artículo 73 de la Carta de las Naciones Unidas, las Potencias administradoras de los territorios no autónomos tienen la obligación primordial de promover el bienestar de los habitantes de esos territorios. Las Potencias administradoras también se les anima a cooperar con las Naciones Unidas y ,cuando y donde fuere el caso, con otros organismos internacionales especializados.

El archivo siguiente proporciona información sobre una lista de los órganos de las Naciones Unidas que ofrecen asistencia a estos territorios en el ejercicio de su derecho a la libre determinación y en la mejora de sus condiciones económicas y sociales

Lo que la ONU puede hacer para ayudar a los territorios no autónomos Documento PDF en inglés