Protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo
Nombramiento del Relator Especial para los Derechos Humanos
La Comisión de Derechos Humanos nombró el 21 de abril de 2005, por un mandato de tres años, un Relator Especial encargado de la promoción y de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en el marco de la lucha contra el terrorismo. La creación del puesto de relator especial constituye un respaldo inequívoco y concreto de los Estados Miembros a la necesidad de destacar la importancia de honrar los compromisos en materia de derechos humanos como parte integrante de la lucha internacional contra el terrorismo.
La cuestión del terrorismo y los derechos humanos ha sido durante mucho tiempo uno de los temas del programa de derechos humanos de las Naciones Unidas, pero cobró más urgencia a raíz del ataque del 11 de septiembre de 2001 dado el aumento de los actos de terrorismo a escala mundial. Además de condenar el terrorismo de forma inequívoca y de reconocer el deber de los Estados de proteger del terrorismo a quienes viven en sus jurisdicciones, las Naciones Unidas han otorgado un estatus prioritario a la cuestión de la protección de los derechos humanos en el contexto de las medidas contra el terrorismo. El Secretario General, el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y otras personalidades del sistema de las Naciones Unidas han subrayado que se deben respetar de forma rigurosa las normas de derechos humanos.
La defensa de los derechos humanos y el mantenimiento del imperio de la ley en la lucha contra el terrorismo es el elemento central de las recomendaciones del Secretario General para una estrategia mundial contra el terrorismo. Defiende que el terrorismo es de por sí un atentado contra los derechos humanos y el imperio de la ley y que renunciar a ellos en la lucha contra el terrorismo sería dar la victoria a los terroristas. En sus recomendaciones a los Estados Miembros, el Secretario General insistió en que la defensa de los derechos humanos, no sólo de los sospechosos de terrorismo sino también de las víctimas del terrorismo, y de las demás personas afectadas por las consecuencias del terrorismo, era fundamental para todos los componentes de una estrategia eficaz contra el terrorismo. Al presentar su informe de 2 de mayo de 2006, señaló que la defensa de los derechos humanos “es una premisa que debe obedecer cualquier aspecto de toda estrategia eficaz contra el terrorismo; es el vínculo que une los diferentes componentes.” Pidió que los Estados Miembros velaran por que toda medida adoptada para combatir el terrorismo estuviera en consonancia con sus obligaciones establecidas en el derecho internacional, en particular los derechos humanos, el derecho de los refugiados y el derecho internacional humanitario, ya que toda estrategia que comprometa los derechos humanos le hará el juego a los terroristas.
La estrategia mundial contra el terrorismo que los Estados Miembros negociaron y aprobaron concuerda con el criterio de prestar una atención más firme a la defensa de los derechos humanos y al mantenimiento del imperio de la ley. El Plan de acción que los países acordaron por unanimidad contiene toda una sección sobre “medidas para asegurar el respeto de los derechos humanos de todas las personas y el imperio de la ley como base fundamental de la lucha contra el terrorismo”, mientras se reitera también la necesidad de defender los derechos humanos conjuntamente con las diversas iniciativas nuevas que se proponen.