Nuestro mandato
A raíz de la Cumbre Mundial en favor de la Infancia de 1990, las Naciones Unidas se han esforzado cada vez más en dar a conocer a todo el mundo la horrenda situación de los niños afectados por conflictos armados. En 1993, conforme a una recomendación del Comité de los Derechos del Niño, la Asamblea General aprobó la resolución 48/157, de 20 de diciembre de 1993, en la que se recomendó al Secretario General que designara un experto independiente que estudiase las consecuencias de los conflictos armados en los niños. La Sra. Graça Machel, ex Ministra de Educación de Mozambique, fue nombrada Experta del Secretario General y se le confió la misión de efectuar ese estudio con la asistencia especial del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En 1996, tras dos años de intensas investigaciones, consultas y visitas sobre el terreno, la Sra. Machel presentó su informe, titulado "Las repercusiones de los conflictos armados sobre los niños" (A/51/306 y Add.1), a la Asamblea General en su quincuagésimo primer período de sesiones.
En respuesta al informe Machel, la Asamblea General aprobó la resolución 51/77, en la que recomendó que el Secretario General nombrara, por un período de tres años, un Representante Especial encargado de la cuestión de las repercusiones de los conflictos armados sobre los niños. La Asamblea también pidió a los Estados y a las instituciones pertinentes que aportaran contribuciones voluntarias en apoyo de la labor del Representante Especial.
En septiembre de 1997, el Secretario General nombró al Sr. Olara A. Otunnu su Representante Especial para los niños en los conflictos armados. Al dar a conocer este nombramiento, el Secretario General subrayó la necesidad apremiante de que existiera un defensor público y una voz moral que se alzara en nombre de los niños cuyos derechos y bienestar han sido violados y siguen siéndolo en el contexto de los conflictos armados.
La función del Representante Especial es actuar como:
- Defensor - sensibilizando a la opinión pública acerca de las necesidades de los niños afectados por la guerra
- Catalizador - proponiendo ideas y enfoques para promover la protección de los niños en la guerra
- Coordinador - uniendo a los agentes principales dentro y fuera de la ONU para promover respuestas más concertadas y eficaces, y
- Facilitador - llevando a cabo iniciativas humanitarias y diplomáticas para desbloquear situaciones políticas difíciles
Elementos fundamentales del mandato:
- Evaluar los progresos que se consiguieron y las dificultades que se encontraron en el reforzamiento de la protección de la infancia en situaciones de conflictos armados.
- Difundir y promover la reunión de información sobre la difícil situación de los niños afectados por los conflictos
- Animar al desarrollo del establecimiento de redes de información y el fomento de la cooperación internacional para asegurar la protección y rehabilitación de los niños afectados por los conflictos
La Oficina no explota los programas directamente, sino que coopera con los organismos de la ONU, como el UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) y el DOMP (Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz), así como con organizaciones no gubernamentales que cuentan con programas en determinados países y zonas de conflicto.
Desde la creación del mandato de la Oficina del Representante Especial, se han logrado progresos importantes y tangibles. Véase: Progreso hasta la Fecha
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Extracto de la resolución 51/77 aprobada por la Asamblea General el 20 de febrero de 1997 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/615)]
51/77. Los derechos del niño La Asamblea General,
35. Recomienda que el Secretario General nombre, por un período de tres años, un Representante Especial encargado de la cuestión de los efectos de los conflictos armados en los niños y que asegure que se preste al Representante Especial el apoyo necesario para desempeñar eficazmente su mandato, alienta al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y a la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Centro de Derechos Humanos a que presten apoyo al Representante Especial y pide a los Estados y a otras instituciones que aporten contribuciones voluntarias para ese fin;
Ver el Mandato: A/RES/51/77 |
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