Sinopsis
El Grupo de Trabajo oficioso del Consejo de Seguridad sobre la documentación y otras cuestiones de procedimiento se estableció en junio de 1993 con el objetivo de mejorar y racionalizar los métodos que utiliza el Consejo de Seguridad para abordar asuntos relacionados con la documentación y otras cuestiones de procedimiento. El Grupo de Trabajo se reúne conforme a lo acordado por los miembros del Consejo de Seguridad.
El Grupo de Trabajo prepara recomendaciones, propuestas y sugerencias relacionadas con la documentación del Consejo y otras cuestiones de procedimiento para los miembros del Consejo. El 31 de enero de 2006 (S/2006/66
), el Consejo de Seguridad decidió interrumpir la práctica de rotación mensual de la presidencia del Grupo de Trabajo. Desde entonces, el Grupo de Trabajo ha estado presidido por un miembro del Consejo de Seguridad durante un período más prolongado, que en la actualidad es de 12 meses.
El 19 de julio de 2006, el Consejo de Seguridad aprobó una nota del Presidente del Consejo (S/2006/507
) ), cuyo objetivo era mejorar la eficiencia y transparencia de la labor del Consejo de Seguridad y la interacción y el diálogo con los países no miembros. El 19 de diciembre de 2007, el Consejo de Seguridad aprobó una nota del Presidente del Consejo de Seguridad (S/2007/749
) en la que figuran medidas adicionales acordadas previamente.
El 31 de diciembre de 2008, el Consejo de Seguridad aprobó una nota del Presidente del Consejo (S/2008/847
) y la consolidación y revisión de las disposiciones relativa a la relación sumaria de los asuntos que se hallan sometidos al Consejo de Seguridad (relación sumaria). El 27 de julio de 2010, el Consejo de Seguridad aprobó una nota del Presidente del Consejo de Seguridad (S/2010/507
) por el que se incorpora y amplia las notas anteriores, a las que reemplaza. Tras la aprobación, el Presidente del Consejo (Nigeria) leyó una declaración a la prensa (SC/9995
) que pone de relieve algunos de los nuevos elementos incorporados en S/2010/507.
El Grupo de Trabajo ha concentrado su labor, entre otras cosas, en la aplicación de las medidas existentes acordadas por los miembros del Consejo de Seguridad en el ámbito de la documentación y otras cuestiones de procedimiento, en particular las que figuran en la nota del Presidente del Consejo de Seguridad de 26 de julio de 2010 (S/2010/507
). El Grupo de Trabajo también ha orientado sus actividades a la interacción y el diálogo entre el Consejo de Seguridad y otros órganos pertinentes de las Naciones Unidas, la Secretaría y otros Estados Miembros de las Naciones Unidas. Asimismo, el Grupo de Trabajo ha abordado una amplia variedad de cuestiones prácticas relacionadas con la documentación y las normas de procedimiento del Consejo de Seguridad.