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Miembros en el año 201
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El Consejo de Seguridad se compone de cinco miembros permanentes — China, Francia, la Federación de Rusia,, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América — y 10 miembros no permanentes (indicando el año en que termina su mandato):

Alemania (2012) India (2012) Sudáfrica (2012)
Azerbaiyán (2013) Marruecos (2013) Togo (2013)
Colombia (2012) Pakistán (2013)  
Guatemala (2013) Portugal (2012)  

La Asamblea General eligió a Azerbaiyán, Guatemala, Marruecos, Pakistán y Togo como miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, para un mandato de dos años que comienza el 1° de enero de 2012. Los nuevos miembros reemplazan a Bosnia y Herzegovina, Brasil, Gabón, Líbano y Nigeria.

BÚSQUEDA DE MIEMBROS DESDE 1946:
 
 
 
 

Países elegidos miembros del Consejo de Seguridad

Países que nunca han sido elegidos miembros del Consejo de Seguridad

Estados Miembros con la respectiva fecha de admisión en las Naciones Unidas

Consejo de Seguridad

La Presidencia del Consejo de Seguridad rota mensualmente, según el listado de los Estados Miembros del Consejo de Seguridad en el orden alfabético inglés de sus nombres. Cada Estado Miembro representará la presidencia por un mes.

Los 10 miembros no permanentes elegidos por la Asamblea General por un período de dos años y no pueden ser reelegidos al término de su mandato. En virtud de una enmienda de fecha 17 de diciembre de 1963 (resolución 1991 A (XVIII)), que entró en vigor el 31 de agosto de 1965, la Asamblea General aumentó el número de miembros no permanentes del Consejo de Seguridad de 6 a 10.

Cada miembro del Consejo tiene un voto. Las decisiones sobre cuestiones de procedimientos serán tomadas por el voto afirmativo de nueve de los 15 miembros. Las decisiones sobre todas las demás cuestiones por el voto afirmativo de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Esta es la regla de "el gran poder de la unanimidad", a menudo referida como el poder del "veto".

Conforme a la Carta, todos los Miembros de las Naciones Unidas han acordado aceptar y cumplir con las decisiones del Consejo de Seguridad. Mientras otros órganos de las Naciones Unidas hacen recomendaciones a los Gobiernos, El Consejo tiene la facultad para tomar decisiones que los Estados Miembros, conforme a la Carta, están obligados a cumplir.


La información se basa principalmente en el documento A/64/100 (Anexo IV)

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