El MANDATO DEL COMITÉ
El mandato del Comité contra el Terrorismo está consignado en la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad, aprobada unánimemente el 28 de septiembre de 2001 tras los ataques terroristas perpetrados el 11 de septiembre en los Estados Unidos
Presidente del CCT, Ranko Vilović
El Presidente actual es el Sr. Ranko Vilović, Embajador y Representante Permanente de Croacia, que asumió su puesto en julio de 2009.
El Comité integrado por 15 miembros del Consejo, fue encargado de verificar la aplicación de la resolución 1373 (2001), en la que instaba a los Estados Miembros a que adoptasen una serie de medidas encaminadas a fortalecer la capacidad jurídica e institucional de cada país para combatir las actividades terroristas a nivel nacional, regional y mundial.
La resolución 1373 (2001) insta a los Estados Miembros a que:
- Tipifiquen como delito la financiación del terrorismo;
- Congelen sin dilación los fondos de las personas que participen en la comisión de actos de terrorismo;
- Denieguen cualquier tipo de apoyo financiero a grupos terroristas;
- Prohíban que se proporcione refugio o se preste cualquier tipo de asistencia o apoyo a las personas que comentan actos de terrorismo;
- Intercambien información con otros gobiernos en relación con cualquier grupo que cometa o se proponga cometer actos de terrorismo;
- Cooperen con otros gobiernos a fin de investigar, detectar, arrestar, extraditar y enjuiciar a personas que participen en la comisión de dichos actos; y
- Tipifiquen como delito en la legislación nacional el suministro de apoyo activo o pasivo a quienes cometan actos de terrorismo y enjuicien a las personas culpables de ese delito.
Asimismo, la resolución exhorta a los Estados a que se adhieran, tan pronto como sea posible, a los instrumentos internacionales pertinentes de lucha contra el terrorismo.
En marzo de 2004, en virtud de su resolución 1535 (2004), el Consejo de Seguridad constituyó la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo, cuyo objetivo es apoyar la labor del Comité y, por esa vía, fortalecer la capacidad de los Estados para combatir el terrorismo.
En septiembre de 2005, el Consejo de Seguridad aprobó la resolución 1624 (2005) sobre la incitación a la comisión de actos de terrorismo instado a los Estados Miembros de las Naciones Unidas a prohibir por ley la incitación a la comisión de actos de terrorismo, a prevenir esta conducta y a denegar cobijo a toda persona “respecto de la cual se disponga de información fidedigna y pertinente por la que haya razones fundadas para considerar que es culpable de incitar a la comisión de un acto o actos de terrorismo.”
Instando asimismo a los Estados a redoblar los esfuerzos internacionales para mejorar el diálogo y ampliar el entendimiento entre las civilizaciones, el Consejo ordena al Comité contra el Terrorismo que incorpore en su propio diálogo con los países los esfuerzos de los Estados dirigidos al cumplimiento de la resolución por parte de éstos.
MÉTODOS DE TRABAJO DEL COMITÉ
El Consejo de Seguridad supervisa el trabajo del Comité en función de programa de trabajo bienal y escucha la información presentada por el Presidente del Comité en las reuniones públicas del Consejo sobre amenazas a la paz y la seguridad internacionales, así como otros importantes informes.
En carta de fecha 15 de diciembre de 2006 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General concerniente al proceso mediante el cual la Dirección Ejecutiva presenta sus informes amplios semianuales
Si bien las sesiones del Comité son privadas, la aplicación de las resoluciones 1373 (2001) y 1624 (2005) es un proceso permanente, y el Comité trata de entablar un diálogo con todos los Estados Miembros, con la mira de reforzar las capacidades nacionales de supresión del terrorismo y propiciar la cooperación internacional entre el sistema de las Naciones Unidas, los Estados y los organismos intergubernamentales.
En su resolución 1373 (2001), el Consejo de Seguridad decidió que los Estados Miembros presentaran informes al Comité sobre las medidas que hubiesen adoptado o previesen adoptar para cumplir lo dispuesto en la resolución. Esos informes, de los que se han recibido ya más de 600 y a juicio de los expertos, constituye el más vasto volumen de información que existe en el mundo sobre la capacidad de cada uno de los 192 Estados Miembros de las Naciones Unidas para combatir el terrorismo.
La evaluación preliminar de la aplicación pretender ser un instrumento de diálogo entre el Comité y los Estados Miembros, ofreciendo una perspectiva de la situación de la lucha contra el terrorismo en cada país sobre la base de la información facilitada por los propios países, las organizaciones internacionales y otras fuentes públicas, y transmitida únicamente al país en cuestión, Se han preparado evaluaciones preliminares de la aplicación para los 192 Estados Miembros de las Naciones Unidas y se ha dado a cada país la oportunidad de revisarla y presentar observaciones o actualizar los datos para que el Comité pueda tener una perspectiva más exacta de lo que ocurre en cada lugar.
Sobre la base de la información que figura en las evaluaciones preliminares de la aplicación, la Dirección Ejecutiva del Comité Contra el Terrorismo preparó, en 2008, el primer estudio mundial de la aplicación de la resolución 1373 (2001) en las distintas regiones y subregiones del mundo. El estudio tenía por objeto determinar los avances realizados y detectar posibles lagunas, y proponer los ámbitos en los que deberían centrarse en el futuro inmediato las medidas contra el terrorismo adoptadas por la comunidad internacional. El estudio también incluía evaluaciones mundiales en las principales esferas temáticas contempladas en la resolución, en particular la legislación contra el terrorismo, el control de las fronteras, el cumplimiento de la ley, la lucha contra la financiación del terrorismo, la cooperación internacional y la protección de los derechos humanos en el contexto de la lucha contra el terrorismo.
VISITAS A LOS PAÍSES
En marzo de 2005, el Comité comenzó a realizar visitas in situ a los Estados Miembros. El propósito de las visitas, realizadas siempre con el consentimiento de los Estados interesados, es dar seguimiento, sobre el terreno y en la práctica, a la aplicación por los Estados Miembros de lo dispuesto en la resolución 1373 (2001), así como evaluar el carácter y el nivel de la asistencia que pueda necesitar un Estado en particular para poder aplicar plenamente la resolución.
Desde 2008, el Comité ha reconocido la necesidad de efectuar visitas más flexibles de acuerdo con las circunstancias de cada país y con la naturaleza de la amenaza terrorista a la que se enfrente.
Los equipos visitantes, bajo la égida de la Dirección Ejecutiva del Comité, incluyen expertos de otras organizaciones como la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y el Grupo de acción financiera sobre el blanqueo de capitales (GAFI). También participan en estas visitas otras organizaciones internacionales, regionales y subregionales, como la Unión Africana y la Unión Europea, así como representantes de órganos e instituciones especializados que se ocupan de aspectos concretos de la lucha contra el terrorismo y están en condiciones de prestar asistencia técnica para el fortalecimiento de la capacidad de los Estados.
Durante las visitas, los equipos de expertos se centran en las esferas que se enumeran a continuación y compilan sus observaciones en un informe en que formulan recomendaciones sobre las medidas que deben adoptarse sobre leyes relativas a la lucha contra el terrorismo, medidas para prevenir el uso de activos con fines delictivos, eficiencia de los servicios encargados de hacer cumplir la ley, cooperación internacional, control territorial y asistencia técnica.
El COMITÉ CONTRA EL TERRORISMO Y SU DIRECCIÓN EJECUTIVA
El Secretario General, Sr. Ban Ki-moon (derecha) con el Sr. Mike Smith, Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo. Nueva York 21 de diciembre de 2007
La Dirección Ejecutiva del Comité Contra el Terrorismo fue establecida en 2004 con el objetivo de fortalecer y coordinar el proceso de vigilancia de la aplicación de la resolución 1373 (2001).
Está encabezada por Mike Smith
, Director Ejecutivo, quien fue nombrado en la categoría de Subsecretario General y asumió su cargo el 19 de noviembre de 2007. En septiembre de 2005 se completó la dotación de personal a la Dirección Ejecutiva, que oficialmente entró en funcionamiento en diciembre de 2005 y se amplió su mandato hasta finales de 2010 en virtud de la resolución 1805 (2008) del Consejo de Seguridad.
La Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo está compuesta por unos 40 funcionarios, más de la mitad de los cuales son expertos en asuntos jurídicos que analizan los informes presentados por los Estados en esferas como la redacción de textos legislativos, la financiación del terrorismo, los controles fronterizos y aduaneros, la policía y el mantenimiento del orden público, el derecho relativo a los refugiados y a la migración, el tráfico de armas y la seguridad marítima y del transporte. La Dirección Ejecutiva también cuenta con un oficial superior de derechos humanos cuya tarea es asistir al Director Ejecutivo.
La Dirección Ejecutiva está dividida en dos secciones: la Oficina de Evaluación y Asistencia Técnica, que, a su vez, está dividida en tres grupos geográficos, con el fin de que los expertos puedan especializarse en regiones concretas del mundo, y la Oficina de Administración e Información.
Además, hay cinco grupos técnicos que trabajan horizontalmente en todos los aspectos cubiertos por la Oficina de Evaluación y Asistencia Técnica, definiendo cuestiones y criterios de evaluación en sus respectivas esferas de competencia técnica y trasladándolos luego a los tres grupos geográficos. Los grupos técnicos se ocupan, respectivamente, de los siguientes ámbitos: asistencia técnica; financiación del terrorismo; control de las fronteras, tráfico de armas y cumplimiento de la ley; cuestiones jurídicas generales, como legislación, extradición y asistencia jurídica mutua; y, por último, de las cuestiones planteadas por la resolución 1624 (2005); así como los aspectos de los derecho humanos en la lucha contra el terrorismo en el contexto de la resolución 1373 (2001).
La Oficina de Administración e Información cuenta con una Dependencia de Control de Calidad encargada de mejorar la calidad y uniformidad del lenguaje y el formato de los documentos de la Dirección Ejecutiva y de una Dependencia de Comunicaciones Públicas y Promoción encargada de impulsar las actividades de promoción.
la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo ha preparados dos informes (S/2006/737 y S/2008/29), en los que se resumen las respuestas proporcionadas hasta el momento por aproximadamente la mitad de los Estados Miembros de las Naciones Unidas.
COMPOSICIÓN ACTUAL DEL COMITÉ
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| Francia (presidente) |
Austria |
Costa Rica |
Jamahiriya Arabe Libia |
Estados Unidos |
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| Federación de Rusia |
China |
Croacia |
Turquía |
Uganda |
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| Viet Nam |
Burkina Faso | Japón |
México |
Reino Unido |
PRESIDENTES ANTERIORES
-
Mirjana Mladineo
, Embajadora y Representante Permanente de Croacia (2008)
-
Ricardo Alberto Arias
, Embajador y Representante Permanente de Panamá (2007)
-
Ellen Margrethe Løj
, Embajadora y Representante Permanente de Dinamarca (2005-2006)
-
Andrey I. Denisov
, Embajador y Representante Permanente de la Federación de Rusia (2004-05)
-
Alexander V. Konuzin
, Encargado de Negocios interino de la Federación de Rusia (2004)
-
Inocencio F. Arias
, Embajador y Representante Permanente de España (2003-04)
-
Sir Jeremy Greenstock
, Embajador y Representante Permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2001-03)
ENLACES RELACIONADOS
- Plan de organización de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo (2008)
- Organigrama de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo

- Medidas adoptadas para impartir carácter operativo a la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo
- Plan de organización de la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo
- Revitalización del Comité contra el Terrorismo














