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Fondo Fiduciario del Secretario General para asistir a los Estados en el arreglo de controversias por conducto de la Corte Internacional de Justicia

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El Secretario General estableció el Fondo Fiduciario en 1989, con arreglo al Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas y tras consultas celebradas con el Presidente de la Corte Internacional de Justicia. De conformidad con el mandato del Fondo, se proporcionará asistencia financiera a los Estados para sufragar los gastos en que incurran en relación con: a) una controversia sometida a la Corte Internacional de Justicia mediante un acuerdo especial; o b) la ejecución de un fallo de la Corte derivado del acuerdo especial.

Mandato, directrices y reglamento

El mandato, las directrices y el reglamento figuran anexos al informe "Fondo Fiduciario del Secretario General para asistir a los Estados en el arreglo de controversias por conducto de la Corte Internacional de Justicia. Informe del Secretario General" (A/47/444, 7 de octubre de 1992).

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Comunicado de prensa del 4 de junio de 2004
 
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Información de contacto

Cualquier otra información que se precise puede solicitarse a la Oficina del Asesor Jurídico de la Oficina de Asuntos Jurídicos. Teléfono: +1 212 963 5350; fax: + 1 212 963 6430.

 

Esta página fue actualizada el 28 de enero de 2005
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