
Fondo Fiduciario del Secretario General para asistir a los Estados en el arreglo de controversias por conducto de la Corte Internacional de Justicia
El Secretario General estableció el Fondo Fiduciario en 1989, con arreglo al Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas y tras consultas celebradas con el Presidente de la Corte Internacional de Justicia. De conformidad con el mandato del Fondo, se proporcionará asistencia financiera a los Estados para sufragar los gastos en que incurran en relación con: a) una controversia sometida a la Corte Internacional de Justicia mediante un acuerdo especial; o b) la ejecución de un fallo de la Corte derivado del acuerdo especial.
Mandato, directrices y reglamento
El mandato, las directrices y el reglamento figuran anexos al informe "Fondo Fiduciario del Secretario General para asistir a los Estados en el arreglo de controversias por conducto de la Corte Internacional de Justicia. Informe del Secretario General" (A/47/444, 7 de octubre de 1992).
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Comunicado de prensa del 4 de junio de 2004
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Esta página fue actualizada el 28 de enero de 2005
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