
Organos de vigilancia de los tratados de la ONU
En el plano institucional funcionan actualmente seis comités
establecidos en virtud de los principales tratados
internacionales de derechos humanos. La función más
importante de los comités, denominados también "órganos
creados en virtud de tratados", es supervisar la aplicación
de los respectivos tratados examinando los informes que
presentan los Estados en cumplimiento de los dispuesto en
esos tratados. Los órganos procuran establecer un diálogo
constructivo con los Estados Partes para ayudarles a
cumplir con las obligaciones que les imponen los tratados,
y mediante sugerencias y recomendaciones les orientan
respecto de las actividades futuras. A partir del menú
sobre los mecanismos convencionales (órganos que
supervisan la aplicación de los tratados) se puede
recuperar información acerca de los comités.
Tres de los órganos creados en virtud de tratados (el
Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la
Tortura y el Comité para la Eliminación de la
Discriminación Racial) aceptan también denuncias de
particulares sobre violaciones de los derechos humanos
por los Estados Partes y emiten dictámenes al respecto,
como se indica más adelante.
Los mecanismos establecidos fuera del marco de los
tratados por órganos de las Naciones Unidas, en
particular, aunque no exclusivamente, por la Comisión de
Derechos Humanos, se denominan mecanismos
extraconvencionales (relatores especiales/expertos
independientes). Estos mecanismos pueden ser específicos
para determinados países o de carácter temático.
Comprenden a los relatores especiales nombrados por la
Comisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de
Prevención de Discriminaciones y Protección a las
Minorías, los grupos de trabajo establecidos en el marco
de estos órganos y los representantes especiales del
Secretario General.
Toda persona puede señalar un problema relativo a los
derechos humanos a la atención de las Naciones Unidas, y
así lo hacen cada año miles de particulares de todas partes
del mundo. Los procedimientos para presentar denuncias
en virtud de los tratados están previstos en el Protocolo
Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, el artículo 22 de la Convención contra la Tortura
y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes y el artículo 14 de la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial. Esos procedimientos pueden
aplicarse en relación con los Estados Partes que han hecho
la ratificación (en el caso del Protocolo Facultativo) o una
declaración bajo el artículo apropiado (en el caso de las
mencionadas Convenciones) por la que reconocen la
competencia del órgano que supervisa la aplicación del
tratado pertinente para recibir y examinar las denuncias.
Estas últimas pueden dirigirse también a los mecanismos
extraconvencionales o al Grupo de Trabajo sobre
Comunicaciones de la Subcomisión de Prevención de
Discriminaciones y Protección a las Minorías, que puede
actuar respecto de todos los Estados. El menú sobre los
procedimientos de presentación de comunicaciones/
denuncias da acceso a información sobre los recursos que
tienen a disposición los particulares y los grupos que
desean que las Naciones Unidas intervengan en una
situación de violación de derechos humanos que les
concierne.
La Comisión de Derechos Humanos y el Consejo Económico y
Social han establecido varios procedimientos y mecanismos
extraconvencionales que se han confiado bien a grupos de trabajo
compuestos por expertos que actúan a título personal o bien a
particulares independientes denominados relatores especiales,
representantes o expertos. Los mandatos conferidos a esos
procedimientos y mecanismos consisten en examinar y vigilar ya sea
la situación de los derechos humanos en países o territorios
específicos (los llamados mecanismos o mandatos por país) o
fenómenos importantes de violaciones de los derechos humanos a
nivel mundial (los mecanismos o mandatos temáticos), e informar
públicamente al respecto en ambos casos. Esos procedimientos y
mecanismos se denominan colectivamente Procedimientos
Especiales de la Comisión de Derechos Humanos. Cabe señalar
asimismo que respecto de la situación en determinados países y de
las cuestiones temáticas conexas se han asignado funciones de
vigilancia y presentación de informes análogas directamente al
Secretario General (los llamados mandatos temáticos y por país
confiados al Secretario General). Actualmente existen 49 mandatos
(27 por país y 22 temáticos), entre ellos 18 (10 por país y 8
temáticos) confiados al Secretario General.
El sistema de los Procedimientos Especiales ocupa un lugar de
primera línea en la vigilancia internacional de las normas universales
de derechos humanos y en él recae la tarea de afrontar muchas de
las peores violaciones registradas en las situaciones más críticas.
Aunque nunca se concibió como un "sistema", el conjunto de
procedimientos y mecanismos en evolución que existe en esta esfera
constituye ahora claramente un sistema de protección de los
derechos humanos y funciona como tal.
Todos los Procedimientos Especiales tienen por objetivo central
mejorar la eficacia de las normas internacionales de derechos
humanos. Procuran entablar diálogos constructivos con los
gobiernos y recabar su cooperación en relación con situaciones,
incidentes y casos concretos, que examinan e investigan de manera
objetiva con vistas a comprender la situación y a recomendar a los
gobiernos soluciones a los problemas inherentes a la tarea de
garantizar el respeto de los derechos humanos. Regularmente se
recurre a diversos procedimientos de intervención urgente, cuando
aún existe la esperanza de prevenir posibles violaciones de los
derechos a la vida, a la integridad física y mental y a la seguridad de
la persona. Esta medida, junto con la capacidad del sistema de
Procedimientos Especiales para interceder ante los gobiernos al
más alto nivel y para informar públicamente, son instrumentos
importantes en los esfuerzos encaminados a aumentar la protección
internacional de los derechos humanos.
Mecanismos establecidos para examinar la situación de derechos humanos
en determinados países
Representante Especial del Secretario General sobre la situación de los derechos humanos en:
Camboya
Expertos independientes nombrados por el Secretario General sobre:
Guatemala (asistencia en materia de derechos humanos a)
Haiti (la situación de los derechos humanos en)
Somalia (asistencia en materia de derechos humanos a)
Representante Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en:
Irán (República Islámica del)
Comité Especial encargado de investigar las
Prácticas israelíes que afecten a los derechos humanos del pueblo palestino y otros habitantes árabes de los territorios ocupados
Relatores Especiales de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en:
Afganistán
Burundi
Cuba
Guinea Ecuatorial
Iraq
Myanmar
Palestina ocupada
República de Bosnia y Herzegovina, el estado de Bosnia y Herzegovina,
la República de Croacia y la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
República Democrática del Congo
Rwanda
Sudán
Mandatos confiados al Secretario General sobre:
Bougainville, de Papua Nueva Guinea (violaciones de derechos humanos en la isla de)
República de Chechenia de la Federación Rusa (la situación de los derechos humanos en)
Chipre (la cuestión de los derechos humanos en)
Timor Oriental (la situación de los derechos humanos en)
Estonia y Letonia (la situación de los derechos humanos en)
Kosovo (la situación de los derechos humanos en)
Territorios árabes ocupados, incluida Palestina
(cuestión de la violación de los derechos humanos en los)
Palestina ocupada (la situación en la)
Golán sirio ocupado (los derechos humanos en el)
Líbano meridional y Bekaa occidental (la situación de los derechos humanos en)
Mecanismos temáticos
Representante del Secretario General sobre:
Desplazados internos
Relatores Especiales sobre:
Efectos nocivos para el goce de los derechos humanos del traslado y vertimiento ilícitos de productos y desechos tóxicos
y peligrosos
Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
Formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y
formas conexas de intolerancia (en inglés)
Independencia de jueces y abogados (en inglés)
Intolerancia religiosa
Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (en inglés)
Tortura (en inglés)
Uso de mercenarios como medio de obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos
a la libre determinación (en inglés)
Venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (en inglés)
Violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias
Grupos de Trabajo sobre:
Desapariciones forzadas o involuntarias
Detención arbitraria
Mandatos temáticos confiados al Secretario General sobre:
Ciencia forense (derechos humanos y) (en inglés)
Cooperación con los representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unida (en inglés)
Exodos masivo(derechos humanos y) (en inglés)
Cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias (en inglés)
Mujeres víctimas de violaciones y sevicias en las zonas de conflicto armado de la ex-Yugoslavia,
especialmente en la República de Bosnia y Herzegovina (en inglés)
Procedimientos temáticos (derechos humanos y) (en inglés)
Protección de los derechos humanos de las personas infectadas con el virus de inmunodeficiencia humana
(VIH) y con el síndrome de inmunodeficiencia (en inglés)
Terrorismo (derechos humanos y) (en inglés)