Organos de vigilancia de los tratados de la ONU

En el plano institucional funcionan actualmente seis comités establecidos en virtud de los principales tratados internacionales de derechos humanos. La función más importante de los comités, denominados también "órganos creados en virtud de tratados", es supervisar la aplicación de los respectivos tratados examinando los informes que presentan los Estados en cumplimiento de los dispuesto en esos tratados. Los órganos procuran establecer un diálogo constructivo con los Estados Partes para ayudarles a cumplir con las obligaciones que les imponen los tratados, y mediante sugerencias y recomendaciones les orientan respecto de las actividades futuras. A partir del menú sobre los mecanismos convencionales (órganos que supervisan la aplicación de los tratados) se puede recuperar información acerca de los comités.

Tres de los órganos creados en virtud de tratados (el Comité de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial) aceptan también denuncias de particulares sobre violaciones de los derechos humanos por los Estados Partes y emiten dictámenes al respecto, como se indica más adelante.

Los mecanismos establecidos fuera del marco de los tratados por órganos de las Naciones Unidas, en particular, aunque no exclusivamente, por la Comisión de Derechos Humanos, se denominan mecanismos extraconvencionales (relatores especiales/expertos independientes). Estos mecanismos pueden ser específicos para determinados países o de carácter temático. Comprenden a los relatores especiales nombrados por la Comisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, los grupos de trabajo establecidos en el marco de estos órganos y los representantes especiales del Secretario General.

Toda persona puede señalar un problema relativo a los derechos humanos a la atención de las Naciones Unidas, y así lo hacen cada año miles de particulares de todas partes del mundo. Los procedimientos para presentar denuncias en virtud de los tratados están previstos en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Esos procedimientos pueden aplicarse en relación con los Estados Partes que han hecho la ratificación (en el caso del Protocolo Facultativo) o una declaración bajo el artículo apropiado (en el caso de las mencionadas Convenciones) por la que reconocen la competencia del órgano que supervisa la aplicación del tratado pertinente para recibir y examinar las denuncias. Estas últimas pueden dirigirse también a los mecanismos extraconvencionales o al Grupo de Trabajo sobre Comunicaciones de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, que puede actuar respecto de todos los Estados. El menú sobre los procedimientos de presentación de comunicaciones/ denuncias da acceso a información sobre los recursos que tienen a disposición los particulares y los grupos que desean que las Naciones Unidas intervengan en una situación de violación de derechos humanos que les concierne.

La Comisión de Derechos Humanos y el Consejo Económico y Social han establecido varios procedimientos y mecanismos extraconvencionales que se han confiado bien a grupos de trabajo compuestos por expertos que actúan a título personal o bien a particulares independientes denominados relatores especiales, representantes o expertos. Los mandatos conferidos a esos procedimientos y mecanismos consisten en examinar y vigilar ya sea la situación de los derechos humanos en países o territorios específicos (los llamados mecanismos o mandatos por país) o fenómenos importantes de violaciones de los derechos humanos a nivel mundial (los mecanismos o mandatos temáticos), e informar públicamente al respecto en ambos casos. Esos procedimientos y mecanismos se denominan colectivamente Procedimientos Especiales de la Comisión de Derechos Humanos. Cabe señalar asimismo que respecto de la situación en determinados países y de las cuestiones temáticas conexas se han asignado funciones de vigilancia y presentación de informes análogas directamente al Secretario General (los llamados mandatos temáticos y por país confiados al Secretario General). Actualmente existen 49 mandatos (27 por país y 22 temáticos), entre ellos 18 (10 por país y 8 temáticos) confiados al Secretario General.

El sistema de los Procedimientos Especiales ocupa un lugar de primera línea en la vigilancia internacional de las normas universales de derechos humanos y en él recae la tarea de afrontar muchas de las peores violaciones registradas en las situaciones más críticas. Aunque nunca se concibió como un "sistema", el conjunto de procedimientos y mecanismos en evolución que existe en esta esfera constituye ahora claramente un sistema de protección de los derechos humanos y funciona como tal. Todos los Procedimientos Especiales tienen por objetivo central mejorar la eficacia de las normas internacionales de derechos humanos. Procuran entablar diálogos constructivos con los gobiernos y recabar su cooperación en relación con situaciones, incidentes y casos concretos, que examinan e investigan de manera objetiva con vistas a comprender la situación y a recomendar a los gobiernos soluciones a los problemas inherentes a la tarea de garantizar el respeto de los derechos humanos. Regularmente se recurre a diversos procedimientos de intervención urgente, cuando aún existe la esperanza de prevenir posibles violaciones de los derechos a la vida, a la integridad física y mental y a la seguridad de la persona. Esta medida, junto con la capacidad del sistema de Procedimientos Especiales para interceder ante los gobiernos al más alto nivel y para informar públicamente, son instrumentos importantes en los esfuerzos encaminados a aumentar la protección internacional de los derechos humanos.

Mecanismos establecidos para examinar la situación de derechos humanos en determinados países

Representante Especial del Secretario General sobre la situación de los derechos humanos en:
Camboya

Expertos independientes nombrados por el Secretario General sobre:
Guatemala (asistencia en materia de derechos humanos a)
Haiti (la situación de los derechos humanos en)
Somalia (asistencia en materia de derechos humanos a)


Representante Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en:
Irán (República Islámica del)

Comité Especial encargado de investigar las Prácticas israelíes que afecten a los derechos humanos del pueblo palestino y otros habitantes árabes de los territorios ocupados

Relatores Especiales de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en:
Afganistán
Burundi
Cuba
Guinea Ecuatorial
Iraq
Myanmar
Palestina ocupada
República de Bosnia y Herzegovina, el estado de Bosnia y Herzegovina,
la República de Croacia y la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
República Democrática del Congo
Rwanda
Sudán


Mandatos confiados al Secretario General sobre:
Bougainville, de Papua Nueva Guinea (violaciones de derechos humanos en la isla de)
República de Chechenia de la Federación Rusa (la situación de los derechos humanos en)
Chipre (la cuestión de los derechos humanos en)
Timor Oriental (la situación de los derechos humanos en)
Estonia y Letonia (la situación de los derechos humanos en)
Kosovo (la situación de los derechos humanos en)
Territorios árabes ocupados, incluida Palestina
(cuestión de la violación de los derechos humanos en los)
Palestina ocupada (la situación en la)
Golán sirio ocupado (los derechos humanos en el)
Líbano meridional y Bekaa occidental (la situación de los derechos humanos en)


Mecanismos temáticos

Representante del Secretario General sobre:
Desplazados internos

Relatores Especiales sobre:
Efectos nocivos para el goce de los derechos humanos del traslado y vertimiento ilícitos de productos y desechos tóxicos y peligrosos
Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias
Formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia (en inglés)
Independencia de jueces y abogados (en inglés)
Intolerancia religiosa
Promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (en inglés)
Tortura (en inglés)
Uso de mercenarios como medio de obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación (en inglés)
Venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (en inglés)
Violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias


Grupos de Trabajo sobre:
Desapariciones forzadas o involuntarias
Detención arbitraria


Mandatos temáticos confiados al Secretario General sobre:
Ciencia forense (derechos humanos y) (en inglés)
Cooperación con los representantes de los órganos de derechos humanos de las Naciones Unida (en inglés)
Exodos masivo(derechos humanos y) (en inglés)
Cuestión de las desapariciones forzadas o involuntarias (en inglés)
Mujeres víctimas de violaciones y sevicias en las zonas de conflicto armado de la ex-Yugoslavia, especialmente en la República de Bosnia y Herzegovina (en inglés)
Procedimientos temáticos (derechos humanos y) (en inglés)
Protección de los derechos humanos de las personas infectadas con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y con el síndrome de inmunodeficiencia (en inglés)
Terrorismo (derechos humanos y) (en inglés)