La Asamblea General: Qué es, Qué hace.

La Asamblea General es el principal órgano de deliberación de las Naciones Unidas. En él cada nación tiene un voto, y cada voto tiene el mismo valor. En la actualidad, son 192 los Estados Miembros de las Naciones Unidas.

La Asamblea General es el principal órgano de deliberación de las Naciones Unidas, y tiene derecho a debatir todos los asuntos que se encuentren dentro del ámbito de la Carta de las Naciones Unidas, incluidas las atribuciones y funciones del resto de órganos de las Naciones Unidas que le presentan informes a la Asamblea General. Aquí están representadas todas las naciones que son miembros de las Naciones Unidas. Cada delegación está compuesta de un máximo de cinco representantes y cinco suplentes y de tantos asesores y expertos como sea necesario. Actualmente, la Asamblea General está compuesta de 185 miembros.

Cada nación miembro tiene un voto, y todos ellos tienen el mismo valor. Las cuestiones importantes tales como las recomendaciones con relación al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, la elección de los miembros de los consejos de las Naciones Unidas, los asuntos relativos a la pertenencia a las Naciones Unidas y al funcionamiento del Sistema de Administración Fiduciaria, así como los temas financieros, se deciden por una mayoría de dos tercios de los miembros presentes y que voten. La abstención no se considera voto. El resto de cuestiones se deciden por mayoría simple, incluida la determinación de qué otras decisiones específicas se deben tomar mediante la mayoría de dos tercios.

La Asamblea General se reúne regularmente una vez al año. Asimismo, puede celebrar periodos extraordinarios de sesiones y periodos extraordinarios de sesiones de emergencia a petición del Consejo de Seguridad o de una mayoría de Miembros de las Naciones Unidas.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES

La Asamblea General también inicia investigaciones y hace recomendaciones para promover la cooperación internacional en la esfera política; estimular el desarrollo progresivo de la legislación internacional y su codificación; fomentar la cooperación internacional en las esferas económica, social, cultural, educativa y sanitaria; y ayudar en el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos sin distinción de raza, sexo, lengua o religión.

La Asamblea puede debatir cualquier problema internacional que le sea presentado por los Estados Miembros o por otros órganos de las Naciones Unidas. En relación con todos estos asuntos, incluidos los que afectan a la paz y a la seguridad internacionales, si el Consejo de Seguridad así lo requiere, la Asamblea puede recomendar que se adopten medidas. Asimismo, puede hacer recomendaciones relativas a los principios generales de la cooperación para mantener la paz y la seguridad, incluidos los relativos al desarme y a la regulación de los armamentos. La Asamblea sólo tiene capacidad para hacer recomendaciones, no para adoptar decisiones vinculantes; la fuerza de estas recomendaciones consiste en que representan la opinión de la mayoría de las naciones miembro.

PAZ Y SEGURIDAD

Mientras que el Consejo de Seguridad es fundamentalmente responsable de mantener la paz y la seguridad internacionales y está autorizado, en virtud del Capítulo VII de la Carta, para, en ciertas circunstancias, hacer uso de la fuerza militar para mantener o restablecer la paz, las funciones de la Organización para lograr la solución pacífica de conflictos, en virtud del Capítulo VI de la Carta, se han desarrollado a lo largo de un frente mucho más amplio.

El Capítulo VI exige la solución de los conflictos internacionales mediante la negociación, investigación, mediación, conciliación, arbitraje, resolución judicial, recurso a organismos regionales o a acuerdos, entre otros medios pacíficos. De conformidad con lo dispuesto en este Capítulo, cualquier Miembro de las Naciones Unidas puede presentar al Consejo de Seguridad o a la Asamblea General cualquier disputa o situación que pueda provocar tensión internacional o dar lugar a un conflicto. En tal caso, si el Consejo de Seguridad está tomando en consideración ese asunto, la Asamblea no estará autorizada para hacer recomendación alguna a menos que así lo solicite el Consejo de Seguridad. También un Estado no miembro de las Naciones Unidas puede presentar al Consejo de Seguridad o a la Asamblea General disputas en las que tome parte si acepta por anticipado, a los efectos de esa disputa, la obligación de resolver el conflicto de forma pacífica, tal y como se dispone en la Carta.

En los casos en los que parece haber una amenaza a la paz, una alteración del orden público o acto de agresión, y en los casos en los que el Consejo de Seguridad no actúe debido a la falta de unanimidad de sus miembros permanentes, la Asamblea puede convocar un periodo extraordinario de sesiones de emergencia dentro de las 24 horas siguientes a petición del Consejo, basándose éste en el voto de cualquiera de sus nueve miembros, o a petición de la mayoría de los miembros de las Naciones Unidas. En tal caso, la Asamblea puede hacer recomendaciones a los miembros para que adopten medidas colectivas, incluido, en el caso de una alteración del orden público o acto de agresión, el uso de la fuerza militar para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales. La Asamblea General elige a los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, así como a los miembros del Consejo Económico y Social y algunos miembros del Consejo de Administración Fiduciaria. Conjuntamente con el Consejo de Seguridad, elige a los jueces de la Corte Internacional de Justicia y, por recomendación del Consejo de Seguridad, nombra al Secretario General. La Asamblea General admite a nuevas Naciones como Miembros de las Naciones Unidas por recomendación del Consejo de Seguridad.

La Asamblea estudia y aprueba el presupuesto anual de toda la Organización y distribuye los gastos de las Naciones Unidas entre todos sus estados miembros. Asimismo, determina el porcentaje con el que cada estado miembro contribuirá para hacer frente a esos gastos considerando factores tales como los ingresos nacionales, una comparación de los ingresos per capita, las perturbaciones temporales de los ingresos nacionales y la capacidad para conseguir moneda extranjera.

DESCOLONIZACIÓN

En una declaración relativa a los Territorios No Autónomos, la Carta proclama que los intereses de los habitantes de los territorios que aún no hayan conseguido el gobierno autónomo completo son primordiales, y que los Estados Miembros que los administran aceptan ciertas obligaciones relativas a su bienestar, su fomento y desarrollo. En 1960, la Asamblea adoptó una declaración sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales en la que se proclamaba solemnemente "la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones". Un Comité Especial relativo a la aplicación de la Declaración -a menudo denominado Comité Especial de los 24-, examina la situación de los Territorios No Autónomos y hace sugerencias y recomendaciones a la Asamblea.

La Carta dispuso el establecimiento de un Sistema internacional de Administración Fiduciaria para la administración y supervisión de los Territorios en Fideicomiso encomendados a este sistema por los estados miembros; la Asamblea, con ayuda del Consejo de Administración Fiduciaria, cumple la función de las Naciones Unidas con respecto a todos los Territorios en Fideicomiso no calificados como estratégicos. El Consejo de Seguridad cumple esas mismas funciones en el caso de las zonas estratégicas. Entre los objetivos básicos del Sistema de Administración Fiduciaria figuran el fomento político, económico, social y educativo de los habitantes de los Territorios en Fideicomiso, así como el desarrollo progresivo hacia el gobierno autónomo o la independencia.

Además de tratar directamente ciertos asuntos en las sesiones plenarias, la Asamblea remite la mayoría de las cuestiones de su programa a una de sus siete comisiones principales. Estas comisiones debaten los puntos y después presentan propuestas para que sean aprobadas por la propia Asamblea en las sesiones plenarias. La votación en las comisiones y sub-comisiones se lleva a cabo por mayoría simple.

COMISIONES PRINCIPALES

Todos los Estados Miembros están representados en cada una de las siete comisiones principales. Dos de ellas se ocupan de las cuestiones políticas y de seguridad. Las otras se encargan de las cuestiones económicas y financieras; de los asuntos sociales, humanitarios y culturales; de las cuestiones relativas a la Administración Fiduciaria y a la información procedente de los Territorios No Autónomos; de los asuntos administrativos y presupuestarios; y de cuestiones legales.

La organización del trabajo del periodo de sesiones de la Asamblea es responsabilidad de la Mesa de la Asamblea General, que está compuesta por el Presidente, 17 Vicepresidentes y los Presidentes de las siete comisiones principales. La Mesa de la Asamblea General recomienda a la Asamblea qué temas deberían incluirse en el programa de cada periodo de sesiones.

En la apertura de cada periodo de sesiones, la Asamblea designa, de acuerdo con la propuesta del Presidente, una Comisión de Verificación de Poderes que informa sobre las credenciales de los delegados que asisten a ese periodo de sesiones.

Dos comisiones permanentes ayudan también a la Asamblea: la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto, y la Comisión de Cuotas. Ambas son designadas por el Asamblea.

¿Cómo obtiene un Estado o Gobierno nuevo el reconocimiento de las Naciones Unidas? ¿Cómo se une un país a la ONU en calidad de Estado Miembro?

El reconocimiento de un nuevo Estado o Gobierno es un acto que sólo los Estados y Gobiernos pueden conceder o denegar. En general, implica la disposición para asumir relaciones diplomáticas. Las Naciones Unidas no son ni un Estado ni un Gobierno y, por tanto, no poseen autoridad alguna para reconocer un Estado o Gobierno. Como organización de Estados independientes que es, puede admitir que un nuevo Estado se convierta en miembro o aceptar las credenciales de los representantes de un nuevo Gobierno.

La pertenencia a la Organización, de conformidad con lo dispuesto en el Párrafo I del Artículo 4 de la Carta de las Naciones Unidas, "está abierta a todos los Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo". Los Estados son admitidos como miembros de las Naciones Unidas mediante una decisión de la Asamblea General basada en la recomendación del Consejo de Seguridad. El procedimiento es, brevemente explicado, el siguiente:

    1. El Estado en cuestión presenta una solicitud al Secretario General, así como una declaración formal en la que manifiesta que acepta las obligaciones establecidas por la Carta.

    2. En primer lugar, el Consejo de Seguridad considera la solicitud. Para poder hacer una recomendación para la admisión de ese Estado, nueve de los quince miembros del Consejo deben votar a favor, siempre que ninguno de sus cinco miembros permanentes -es decir, China, Francia, la Federación Rusa, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos de América- haya votado en contra de la solicitud.

    3. Si el Consejo recomienda la admisión, esta recomendación se presenta a la Asamblea General para su examen. Es necesaria una mayoría de dos tercios en la Asamblea para admitir a un nuevo Estado, y la pertenencia a la Organización entra en vigor en la fecha en que se apruebe la resolución de admisión.

En cada periodo de sesiones, la Asamblea General examina las credenciales de todos los representantes de los Estados Miembros que participan en ese periodo de sesiones. Durante esa consideración, que, como rutina, tiene lugar primeramente en la Comisión de Verificación de Poderes, formada por nueve miembros, pero que puede producirse también en otro momento, es posible que se plantee el tema de si algún representante concreto ha sido acreditado por el Gobierno que ocupa el poder en ese preciso momento. Si este tema causa controversia, en última instancia se decide mediante una votación mayoritaria en la Asamblea. Se debe destacar que el cambio normal de Gobiernos, por ejemplo mediante elecciones democráticas, no plantea problemas relativos a las credenciales del representante del Estado en cuestión.

Para más información, póngase en contacto con la siguiente dirección: Dependencia de Información al Público, Naciones Unidas, GA-57, Nueva York, NY 10017; fax. 212-963-0071; correo electrónico: inquiries@un.org.



Documento no oficial– Tiene únicamente fines informativos. Julio de 2006