Acerca de la Asamblea General
Reglamento de la Asamblea General
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VII. SECRETARÍA
Funciones del Secretario General
Artículo 45
El Secretario General actuará como tal en todas las sesiones de la Asamblea General22, sus comisiones y sus subcomisiones. Podrá designar a un miembro de la Secretaría para que actúe en su lugar en dichas sesiones.
Artículo 46
El Secretario General proporcionará y dirigirá el personal requerido por la Asamblea General y por cualquier comisión u órgano subsidiario que aquélla establezca.
Funciones de la Secretaría
Artículo 47
La Secretaría recibirá, traducirá, imprimirá y distribuirá los documentos, informes y resoluciones de la Asamblea General, sus comisiones y sus órganos23; interpretará a otros idiomas los discursos pronunciados en las sesiones; redactará, imprimirá y distribuirá las actas de los períodos de sesiones24; custodiará y conservará en debida forma los documentos en los archivos de la Asamblea; distribuirá todos los documentos de la Asamblea a los Miembros de las Naciones Unidas y, en general, ejecutará todas las demás tareas que la Asamblea le encargue.
Memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización
Artículo 48
El Secretario General presentará a la Asamblea General una memoria anual y los informes suplementarios que sean necesarios sobre la labor de la Organización21. Comunicará la memoria anual a los Miembros de las Naciones Unidas por lo menos cuarenta y cinco días antes de la apertura del período de sesiones.
Notificación en virtud del Artículo 12 de la Carta
Artículo 4925
El Secretario General, con el consentimiento del Consejo de Seguridad, informará a la Asamblea General, en cada período de sesiones, sobre todo asunto relativo al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que estuviere tratando el Consejo de Seguridad, e informará asimismo a la Asamblea General, o a los Miembros de las Naciones Unidas si la Asamblea no estuviere reunida, tan pronto como el Consejo de Seguridad cese de tratar tales asuntos.
Reglas relativas a la Secretaría
Artículo 5026
La Asamblea General establecerá reglas relativas al personal de la Secretaría27.
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22 Artículo directamente basado en una disposición de la Carta (Art. 98).
23 Véase el anexo IV, párr. 107, y el anexo V, párrs. 25, 26 y 28 a 30.
24 Véase el anexo IV, párr. 108.
25 Este artículo reproduce textualmente una disposición de la Carta (Art. 12,
párr. 2).
26 Artículo directamente basado en una disposición de la Carta (Art. 101,
párr. 1).
27 Para el Estatuto del Personal de las Naciones Unidas, véase ST/SGB/Staff
Regulations/Rev.23 y Corr.1 y Amend.1 y 2 .