Plan
de Aplicación
XI. Marco institucional
para el desarrollo sostenible
137. Para la ejecución cabal del Programa 21
y el seguimiento de las conclusiones de la Cumbre
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y para
la solución de los nuevos problemas relacionados
con el desarrollo sostenible es esencial que
exista un marco institucional efectivo para el
desarrollo sostenible a todos los niveles. Las
medidas encaminadas a fortalecer ese marco deben
basarse en las disposiciones del Programa 21
y en el Plan para la ejecución ulterior del Programa
21 de 1997 y en los principios de la Declaración
de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo,
y deberían fomentar la consecución de los objetivos
de desarrollo convenidos en el plano internacional,
incluidos los de la Declaración del Milenio,
teniendo en cuenta el Consenso de Monterrey y
las conclusiones pertinentes de otras conferencias
importantes de las Naciones Unidas y los acuerdos
internacionales concertados desde 1992. El marco
deberá responder a las necesidades de todos los
países, teniendo en cuenta las necesidades específicas
de los países en desarrollo, incluidos los medios
de ejecución. Deberá promover el fortalecimiento
de los órganos y las organizaciones internacionales
que se ocupan del desarrollo sostenible, respetando
sus mandatos actuales, y el fortalecimiento de
las instituciones regionales, nacionales y locales
pertinentes.
138. La buena gestión es esencial para el desarrollo
sostenible. Las políticas económicas correctas,
las instituciones democráticas sólidas y atentas
a las necesidades de la población y las infraestructuras
mejoradas constituyen la base del crecimiento
económico sostenido, la erradicación de la pobreza
y la creación de empleo. También son elementos
esenciales, que se refuerzan mutuamente, la libertad,
la paz y la seguridad, la estabilidad interna,
el respeto de los derechos humanos, incluido
el derecho al desarrollo, y el estado de derecho,
la igualdad entre los géneros, las políticas
orientadas hacia el mercado y una dedicación
general al mantenimiento de sociedades justas
y democráticas.
A. Objetivos
139. Deberían tomarse medidas para fortalecer
las disposiciones institucionales para el desarrollo
sostenible a todos los niveles en el marco del
Programa 2145 y
para seguir progresando a partir de los adelantos
conseguidos desde la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo;
esas medidas deberían culminar, entre otras cosas,
en el logro de los siguientes objetivos:
a) Fortalecer el compromiso de lograr el
desarrollo sostenible;
b) Integrar de forma equilibrada los aspectos
económico, social y ambiental del desarrollo
sostenible;
c) Fortalecer la ejecución del Programa 21,
entre otras cosas, mediante la movilización
de recursos financieros y tecnológicos y programas
de fomento de la capacidad, en particular,
para los países en desarrollo;
d) Reforzar la coherencia, la coordinación
y la supervisión;
e) Promover el estado de derecho y fortalecer
las instituciones gubernamentales;
f) Aumentar la eficacia y la eficiencia reduciendo
la superposición y la duplicación de las actividades
de las organizaciones internacionales del sistema
de las Naciones Unidas y de fuera del sistema,
sobre la base de sus mandatos y ventajas comparativas;
g) Fomentar la participación efectiva de
la sociedad civil y otros participantes en
la ejecución del Programa 21 y promover la
transparencia y la participación del público
en general;
h) Fortalecer la capacidad para el desarrollo
sostenible en todos los niveles, incluido el
local, en particular en los países en desarrollo;
i) Fortalecer la cooperación internacional
encaminada a reforzar la ejecución del Programa
21 y la aplicación de las conclusiones de la
Cumbre.
B. Fortalecimiento del
marco institucional para el desarrollo sostenible
a nivel internacional
140. La comunidad internacional debería:
a) Mejorar la integración de los objetivos
de desarrollo sostenible enunciados en el Programa
21 y apoyar la ejecución del Programa 21 y
de las conclusiones de la Cumbre en las políticas,
los programas de trabajo y las directrices
operacionales de los organismos, programas
y fondos competentes de las Naciones Unidas,
el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y las
instituciones financieras y comerciales internacionales
en el ámbito de sus mandatos, asegurando que
tengan plenamente en cuenta en sus actividades
los programas y las prioridades nacionales,
particularmente de los países en desarrollo,
así como, cuando proceda, de los países con
economías en transición, para lograr el desarrollo
sostenible;
b) Fortalecer la colaboración dentro del
sistema de las Naciones Unidas y entre éste
y las instituciones financieras internacionales,
el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y la
Organización Mundial del Comercio, recurriendo
a la Junta de Coordinación de los Jefes Ejecutivos
del Sistema de las Naciones Unidas, el Grupo
de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
el Grupo de Ordenación del Medio Ambiente,
y otros órganos de coordinación interinstitucional.
Es preciso tratar de fortalecer la cooperación
interinstitucional en todos los contextos pertinentes,
con especial insistencia en el nivel operacional
y con inclusión de arreglos de asociación sobre
cuestiones específicas, para dar apoyo, en
particular, a los países en desarrollo en sus
actividades encaminadas a ejecutar el Programa
21;
c) Fortalecer e integrar mejor las tres dimensiones
de las políticas y los programas de desarrollo
sostenible y promover la plena incorporación
de los objetivos de desarrollo sostenible en
los programas y las políticas de los órganos
que se ocupan fundamentalmente de cuestiones
sociales. En particular, debería afianzarse
la dimensión social del desarrollo sostenible
haciendo hincapié, entre otras cosas, en la
necesidad de seguir de cerca los resultados
de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social
y su examen quinquenal y teniendo en cuenta
sus informes, así como apoyando los sistemas
de protección social;
d) Aplicar cabalmente las conclusiones de
la decisión sobre buena gestión ambiental a
nivel internacional adoptada por el Consejo
de Administración del Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente en su séptimo
período extraordinario de sesiones46 e
invitar a la Asamblea General a que, en su
quincuagésimo séptimo período de sesiones,
examine la cuestión importante pero compleja
de establecer la composición universal del
Consejo de Administración/Foro Ambiental Ministerial
Mundial;
e) Intervenir activa y constructivamente
para que terminen a tiempo las negociaciones
sobre una convención amplia de las Naciones
Unidas contra la corrupción, que incluya la
cuestión de la repatriación a sus países de
origen de los fondos adquiridos ilícitamente;
f) Promover la responsabilidad y la rendición
de cuentas de las empresas y el intercambio
de prácticas eficientes en el contexto del
desarrollo sostenible, incluso, según proceda,
mediante el diálogo entre todos los interesados,
por ejemplo, por conducto de la Comisión sobre
el Desarrollo Sostenible y otras iniciativas;
g) Aplicar medidas concretas para aplicar
el Consenso de Monterrey en todos los niveles.
141. La buena gestión de los asuntos públicos
a nivel internacional es indispensable para el
logro de un desarrollo sostenible. A fin de garantizar
un medio económico internacional dinámico y favorable,
es importante promover la buena gestión económica
mundial encarando las modalidades financieras,
comerciales, tecnológicas y de inversión a nivel
internacional que repercuten en las perspectivas
de desarrollo de los países en desarrollo. A
esos efectos, la comunidad internacional debería
tomar todas las medidas necesarias y apropiadas,
incluidos el apoyo a la reforma estructural y
macroeconómica, una solución amplia del problema
de la deuda externa y un aumento del acceso a
los mercados para los países en desarrollo. Es
necesario apoyar los esfuerzos de reforma de
la estructura financiera internacional mediante
una mayor transparencia y la participación efectiva
de los países en desarrollo en los procesos de
adopción de decisiones. Un sistema comercial
multilateral universal, basado en normas, abierto,
no discriminatorio y equitativo, así como una
liberalización comercial significativa pueden
estimular considerablemente el desarrollo en
todo el mundo y beneficiar a los países en todas
las etapas de desarrollo.
142. Para promover la cooperación internacional
para el desarrollo sostenible y lograr un sistema
económico mundial que beneficie a todos es fundamental
contar con un sistema de las Naciones Unidas
dinámico y eficaz. A tal fin, es indispensable
una firme dedicación al logro de los ideales
de las Naciones Unidas y los principios consagrados
en el derecho internacional y en la Carta de
las Naciones Unidas, así como al fortalecimiento
del sistema de las Naciones Unidas y otras instituciones
multilaterales y a la promoción de su mejor funcionamiento.
Los Estados deben también cumplir con el compromiso
contraído de negociar y terminar tan pronto como
sea posible una convención de las Naciones Unidas
contra la corrupción en todos sus aspectos, incluida
la cuestión de la repatriación a los países de
origen de los fondos adquiridos ilícitamente
y la promoción de una mayor cooperación para
eliminar el blanqueo de dinero.
C. Papel de la Asamblea
General
143. La Asamblea General de las Naciones Unidas
debería adoptar el desarrollo sostenible como
elemento clave del marco general de las actividades
de las Naciones Unidas, en particular, para conseguir
los objetivos de desarrollo acordados a nivel
internacional, incluidos los contenidos en la
Declaración del Milenio, y dar una dirección
política general a la ejecución del Programa
21 y su examen.
D. Papel del Consejo
Económico y Social
144. De conformidad con las disposiciones pertinentes
de la Carta de las Naciones Unidas y las disposiciones
del Programa 21 relativas al Consejo Económico
y Social y con las resoluciones 48/162 y 50/227
de la Asamblea General, en que se reafirmaba
el papel del Consejo como mecanismo central para
la coordinación de las actividades del sistema
de las Naciones Unidas y sus organismos especializados
y para la supervisión de sus órganos subsidiarios,
en particular de sus comisiones orgánicas, y
para el fomento de la ejecución del Programa
21 mediante el fortalecimiento de la coordinación
a nivel de todo el sistema, el Consejo debería:
a) Aumentar su función de supervisar la coordinación
a nivel de todo el sistema y la integración
equilibrada de los aspectos económicos, sociales
y ambientales en las políticas y programas
de las Naciones Unidas encaminados a fomentar
el desarrollo sostenible;
b) Organizar el examen periódico de los temas
relacionados con el desarrollo sostenible en
el contexto de la ejecución del Programa 21,
incluidos los medios de ejecución. La Comisión
sobre el Desarrollo Sostenible podría formular
recomendaciones con respecto a esos temas;
c) Aprovechar plenamente la serie de sesiones
de alto nivel, de coordinación, las dedicadas
a las actividades operacionales y las de carácter
general para tener debidamente en cuenta todos
los aspectos pertinentes de la labor de las
Naciones Unidas sobre el desarrollo sostenible.
En ese contexto, el Consejo debería alentar
la participación activa de los grupos principales
en la serie de sesiones de alto nivel y en
la labor de sus comisiones orgánicas pertinentes,
de conformidad con los reglamentos respectivos;
d) Promover una mayor coordinación, complementariedad,
eficacia y eficiencia de las actividades de
sus comisiones orgánicas y otros organismos
subsidiarios que sean pertinentes para la ejecución
del Programa 21;
e) Dar por terminada la labor del Comité sobre
Energía y Recursos Naturales para el Desarrollo
y transferir sus funciones a la Comisión sobre
el Desarrollo Sostenible;
f) Velar por que exista un estrecho vínculo
entre el papel del Consejo en el seguimiento,
de manera continua y coordinada, de las decisiones
adoptadas en la Cumbre y su papel en el seguimiento
del Consenso de Monterrey. Con ese fin, el
Consejo debería explorar formas de establecer
arreglos relacionados con sus reuniones con
las instituciones de Bretton Woods y con la
Organización Mundial del Comercio, conforme
se establece en el Consenso de Monterrey;
g) Redoblar sus esfuerzos para velar por
que se incorporen las cuestiones de género
como parte integrante de sus actividades relacionadas
con la ejecución coordinada del Programa 21.
E. Papel y función de
la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
145. La Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
debería seguir siendo la comisión de alto nivel
que se ocupa del desarrollo sostenible dentro del
sistema de las Naciones Unidas y servir de foro
para el examen de los temas relativos a la integración
de las tres dimensiones del desarrollo sostenible.
Aunque el papel, las funciones y el mandato de
la Comisión que se establecieron en las partes
pertinentes del Programa 21 y se aprobaron en la
resolución 47/191 de la Asamblea General siguen
siendo pertinentes, es preciso fortalecer la Comisión,
teniendo en cuenta la función de las instituciones
y organizaciones pertinentes. Un papel acrecentado
de la Comisión debería incluir el examen y la supervisión
de los progresos realizados en la ejecución del
Programa 21 y el fomento de la coherencia en la
ejecución, las iniciativas y las asociaciones.
146. En ese contexto, la Comisión debería hacer
mayor hincapié en las medidas que faciliten la
ejecución a todos los niveles, incluida la promoción
y facilitación de asociaciones en las que participen
los gobiernos, las organizaciones internacionales
y las partes interesadas pertinentes con miras
a la ejecución del Programa 21.
147. La Comisión debería:
a) Examinar y evaluar los progresos realizados
y seguir promoviendo la ejecución del Programa
21;
b) Centrarse en los aspectos intersectoriales
de las cuestiones sectoriales concretas y proporcionar
un foro para una mejor integración de las políticas,
entre otras cosas, mediante la interacción
entre los ministros que se ocupan de las diversas
dimensiones y sectores del desarrollo sostenible
en las series de sesiones de alto nivel;
c) Encarar los nuevos problemas y oportunidades
relacionados con la ejecución del Programa
21;
d) Concentrar la atención en las medidas
relacionadas con la ejecución del Programa
21 y limitar las negociaciones en los períodos
de sesiones de la Comisión, celebrándolos cada
dos años;
e) Limitar el número de temas que se tratan
en cada período de sesiones.
148. En relación con su función facilitadora
de la ejecución, la Comisión debería hacer
hincapié en los siguientes aspectos:
a) Examinar los progresos y seguir promoviendo
la ejecución del Programa 21. En este contexto,
la Comisión debería determinar los factores
que condicionen la ejecución y formular recomendaciones
encaminadas a superarlos;
b) Actuar como centro de coordinación para
el examen de las asociaciones que promueven
el desarrollo sostenible, incluido el intercambio
de la experiencia adquirida, los progresos
logrados y las prácticas
óptimas;
c) Examinar las cuestiones relativas a la
asistencia financiera y la transferencia de
tecnología para el desarrollo sostenible, así como
el fomento de la capacidad, aprovechando al
máximo la información existente. A ese respecto,
la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
podría estudiar la utilización más eficaz de
los informes nacionales y la experiencia regional
y con ese fin formular las recomendaciones
apropiadas;
d) Ofrecer un foro para analizar e intercambiar
experiencias sobre medidas que contribuyan
a la planificación del desarrollo sostenible,
la adopción de decisiones y la aplicación de
estrategias de desarrollo sostenible. A este
respecto, la Comisión podría estudiar la utilización
más eficaz de los informes nacionales y regionales;
e) Tener en cuenta los adelantos jurídicos
importantes en el ámbito del desarrollo sostenible,
prestando debida atención al papel de los órganos
intergubernamentales pertinentes en el fomento
de la ejecución del Programa 21 en lo que respecta
a los instrumentos y mecanismos internacionales.
149. Con respecto a las modalidades prácticas
y al programa de trabajo de la Comisión, ésta
debería adoptar decisiones concretas sobre esas
cuestiones en su próximo período de sesiones,
una vez que se haya preparado el programa de
trabajo temático de la Comisión. En particular,
deberían examinarse las siguientes cuestiones:
a) Estudiar en forma equilibrada la ejecución
de todos los mandatos de la Comisión contenidos
en la resolución 47/191;
b) Seguir facilitando una participación más
directa y sustantiva de las organizaciones
internacionales y los grupos principales en
la labor de la Comisión;
c) Prestar mayor atención a las contribuciones
científicas al desarrollo sostenible, por ejemplo,
recurriendo a la comunidad científica y alentando
a las redes científicas nacionales, regionales
e internacionales a que participen en la labor
de la Comisión;
d) Favorecer la contribución de los educadores
al desarrollo sostenible, incluso, cuando proceda,
en las actividades de la Comisión;
e) Ocuparse del calendario y la duración
de las reuniones entre períodos de sesiones.
150. Adoptar nuevas medidas para promover prácticas óptimas
y el aprovechamiento de la experiencia adquirida
en el ámbito del desarrollo sostenible y promover
también la utilización de métodos contemporáneos
de reunión y difusión de datos, y en particular
una mayor utilización de las tecnologías de la
información.
F. Papel de las instituciones
internacionales
151. Destacar la necesidad de que las instituciones
internacionales dentro y fuera del sistema de
las Naciones Unidas incluidas las instituciones
financieras multilaterales, la Organización Mundial
del Comercio y el Fondo para el Medio Ambiente
Mundial, intensifiquen, dentro de sus mandatos,
sus iniciativas de cooperación para:
a) Fomentar un apoyo eficaz y colectivo
a la ejecución del Programa 21 en todos los
niveles;
b) Aumentar la eficacia y la coordinación
de las instituciones internacionales en la
ejecución del Programa 21, la aplicación
de las decisiones adoptadas en la Cumbre
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, los
aspectos pertinentes para el desarrollo sostenible
de la Declaración del Milenio, el Consenso
de Monterrey y las conclusiones de la cuarta
Reunión Ministerial de la Organización Mundial
del Comercio, celebrada en Doha en noviembre
de 2001.
152. Pedir al Secretario General de las Naciones
Unidas que, por conducto de la Junta de Coordinación
de los Jefes Ejecutivos del Sistema de las Naciones
Unidas, entre otras cosas mediante iniciativas
de colaboración oficiosas, siga promoviendo la
cooperación y la coordinación interinstitucional
a nivel de todo el sistema en lo que respecta
al desarrollo sostenible, adopte medidas apropiadas
para facilitar el intercambio de información
y siga manteniendo informado al Consejo Económico
y Social y a la Comisión de las medidas que se
estén adoptando para ejecutar el Programa 21.
153. Fortalecer significativamente el apoyo
para los programas de fomento de la capacidad
en materia de desarrollo sostenible del Programa
de las Naciones Unidas para el Desarrollo, sobre
la base de la experiencia obtenida con el programa
Capacidad 21, como mecanismos importantes para
dar apoyo a las actividades de fomento de la
capacidad para el desarrollo en los planos local
y nacional, en particular en los países en desarrollo.
154. Fortalecer la cooperación entre el Programa
de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
y otros órganos y organismos especializados de
las Naciones Unidas, las instituciones de Bretton
Woods y la Organización Mundial del Comercio,
dentro de sus respectivos mandatos.
155. El Programa de las Naciones Unidas para
el Medio Ambiente, el Centro de las Naciones
Unidas para los Asentamientos Humanos, el Programa
de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio
y Desarrollo, dentro de los límites de sus mandatos,
deberían fortalecer su contribución a los programas
de desarrollo sostenible y la ejecución del Programa
21 en todos los niveles, en particular, en la
esfera de la creación de capacidad.
156. Para promover la ejecución eficaz del
Programa 21 en el plano internacional, también
será
preciso:
a) Racionalizar el calendario de reuniones
internacionales sobre el desarrollo sostenible
y, según proceda, reducir el número de reuniones,
su duración y el tiempo que se dedica a las
conclusiones negociadas para asignar más tiempo
a cuestiones prácticas relacionadas con la
ejecución;
b) Alentar las iniciativas de colaboración
entre todos los agentes pertinentes en apoyo
de los logros alcanzados en la Cumbre Mundial
sobre el Desarrollo Sostenible. En este contexto,
en el establecimiento ulterior de asociaciones
de colaboración y en el seguimiento de dichas
asociaciones se debería tomar nota de la labor
preparatoria de la Cumbre;
c) Aprovechar plenamente los adelantos en
la esfera de las tecnologías de la información
y las comunicaciones.
157. El fortalecimiento del marco institucional
internacional en pro del desarrollo sostenible
es un proceso evolutivo. Es necesario seguir
examinando permanentemente los arreglos pertinentes,
determinar las carencias, eliminar la duplicación
de funciones y seguir tratando de lograr una
mayor integración, eficiencia y coordinación
de las dimensiones económica, social y ambiental
del desarrollo sostenible con miras a ejecutar
el Programa 21.
G. Fortalecimiento de
los arreglos institucionales en pro del desarrollo
sostenible en el plano regional
158. Es necesario esforzarse activamente para
ejecutar el Programa 21 y aplicar las conclusiones
de la Cumbre de manera eficaz en los planos regional
y subregional, por conducto de las comisiones
regionales y otras instituciones y órganos regionales
y subregionales.
159. Es necesario mejorar la coordinación y
cooperación intrarregionales para el desarrollo
sostenible entre las comisiones regionales, los
fondos, programas y organismos de las Naciones
Unidas, los bancos regionales de desarrollo y
otras instituciones y órganos regionales y subregionales.
Esto deberá incluir, según proceda, el apoyo
al desarrollo, el mejoramiento y la aplicación
de estrategias regionales convenidas de desarrollo
sostenible y planes de acción que reflejen las
prioridades nacionales y regionales.
160. En particular, y teniendo en cuenta las
disposiciones pertinentes del Programa 21, las
comisiones regionales, en colaboración con otros órganos
regionales y subregionales, deberían:
a) Promover la integración equilibrada de
las tres dimensiones del desarrollo sostenible
en su labor, entre otras cosas, mediante la
ejecución del Programa 21. Con ese fin, las
comisiones regionales deberían aumentar su
capacidad por medio de acciones internas y
recibir, cuando proceda, apoyo externo;
b) Facilitar y promover una integración equilibrada
de las dimensiones económica, social y ambiental
del desarrollo sostenible en la labor de los órganos
regionales, subregionales y de otra índole,
por ejemplo, facilitando y fortaleciendo el
intercambio de experiencias, incluidas las
experiencias nacionales, las prácticas óptimas,
los estudios de casos y la experiencia en asociaciones
de colaboración relacionadas con la ejecución
del Programa 21;
c) Contribuir a la movilización de asistencia
técnica y financiera y facilitar la aportación
de financiación suficiente para la ejecución
de programas y proyectos regionales y subregionales
convenidos sobre desarrollo sostenible, entre
otras cosas, para abordar el objetivo de la
erradicación de la pobreza;
d) Seguir fomentando la participación de
los diversos interesados y alentar las asociaciones
para apoyar la ejecución del Programa 21 en
los planos regional y subregional.
161. Se deberá prestar apoyo a las iniciativas
y programas de desarrollo sostenible acordados
en los planos regional y subregional, como la
Nueva Iniciativa para el Desarrollo de África
y los aspectos interregionales del Programa de
Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños
Estados Insulares en Desarrollo, acordado a nivel
mundial.
H. Fortalecimiento de
los marcos institucionales para el desarrollo
sostenible en el plano nacional
162. Los Estados deberían:
a) Seguir fomentando enfoques coherentes
y coordinados para los marcos institucionales
de desarrollo sostenible en todos los niveles
nacionales, incluso, cuando proceda, mediante
el establecimiento o el fortalecimiento de
las autoridades existentes y de los mecanismos
necesarios para la elaboración, coordinación
y aplicación de políticas y la aplicación de
las leyes;
b) Tomar medidas inmediatas para conseguir
avances en la formulación y elaboración de
estrategias nacionales de desarrollo sostenible
y comenzar a aplicarlas para el año 2005. Con
ese fin, y según proceda, se deberán respaldar
las estrategias mediante la cooperación internacional,
teniendo en cuenta las necesidades especiales
de los países en desarrollo, en particular
los menos adelantados. Estas estrategias, que
según proceda podrían formularse como estrategias
de reducción de la pobreza que integren los
aspectos económicos, sociales y ambientales
del desarrollo sostenible, deberán aplicarse
de conformidad con las prioridades nacionales
de cada país.
163. Cada país tiene la responsabilidad primordial
de su propio desarrollo sostenible, y es imprescindible
insistir en la función de las políticas y estrategias
de desarrollo nacionales. Todos los países deberían
promover el desarrollo sostenible en el plano
nacional, entre otras cosas, promulgando y aplicado
leyes claras y eficaces que apoyen el desarrollo
sostenible. Todos los países deberían fortalecer
las instituciones gubernamentales, incluso mediante
el suministro de la infraestructura necesaria
y el fomento de la transparencia, la responsabilidad
y las instituciones administrativas y judiciales
justas.
164. Todos los países deberían promover la
participación pública, incluso mediante medidas
encaminadas a proporcionar acceso a la información
en lo que respecta a la legislación, los reglamentos,
las actividades, las políticas y los programas.
También deberían promover la plena participación
pública en la formulación y aplicación de políticas
de desarrollo sostenible. Las mujeres deberían
poder participar plenamente y en un pie de igualdad
en la formulación de políticas y la adopción
de decisiones.
165. Seguir fomentando el establecimiento
y el mejoramiento de consejos o estructuras de
coordinación sobre el desarrollo sostenible en
el plano nacional y local, a fin de poder tratar
a un alto nivel las políticas de desarrollo sostenible.
En este contexto, debería fomentarse la participación
de los diversos interesados.
166. Se deberían respaldar las iniciativas
de todos los países, en particular los países
en desarrollo, así como de los países con economías
en transición, encaminadas a mejorar los mecanismos
institucionales nacionales de desarrollo sostenible,
incluso en el plano local. Esto podría incluir
la promoción de criterios intersectoriales para
la formulación de estrategias y planes de desarrollo
sostenible, tales como, cuando proceda, estrategias
de reducción de la pobreza, coordinación de la
ayuda, promoción de enfoques participativos y
mejoramiento de los análisis de política, la
capacidad de gestión y de ejecución, y la inclusión
de una perspectiva de género en todas esas actividades.
167. Mejorar el papel y la capacidad de las
autoridades locales, así como de los diversos
interesados, en la ejecución del Programa 21
y la aplicación de las conclusiones de la Cumbre
y en el fortalecimiento del apoyo permanente
de los programas de aplicación local del Programa
21 y otras iniciativas y alianzas conexas y alentar,
en particular, las asociaciones entre las autoridades
locales y los demás niveles de la administración
y las partes interesadas con el fin de avanzar
hacia el desarrollo sostenible, como se pide,
entre otras cosas, en el Programa de Hábitat47.
I. Participación de
los grupos principales
168. Promover las alianzas entre los agentes
gubernamentales y no gubernamentales, incluidos
todos los grupos principales y los grupos de
voluntarios, para los programas y actividades
encaminados a lograr el desarrollo sostenible
en todos los niveles.
169. Reconocer la consideración que se debe
prestar a la posible relación entre el medio
ambiente y los derechos humanos, incluido el
derecho al desarrollo, con la plena y transparente
participación de los Estados Miembros de las
Naciones Unidas y los Estados observadores.
170. Fomentar y apoyar la participación de
los jóvenes en los programas y las actividades
relacionados con el desarrollo sostenible, por
ejemplo, dando apoyo a los consejos juveniles
locales o su equivalente y alentando su establecimiento
en los lugares en que no los haya.
_________________________
45 Las referencias
que figuran en el presente capítulo al texto
del Programa 21 incluyen el Programa 21, el
Plan para la ulterior ejecución del Programa
21 y las conclusiones de la Cumbre.
46 UNEP/GCSS.VII/6,
anexo I.
47 A/CONF.165/14,
cap.I, resolución 1, anexo II.
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