2. Seguimiento integrado y coordinado de las decisiones adoptadas en las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas , con arreglo al párrafo dos [1]de la resolución 57/270 de la Asamblea General:

 

 

        Observando este punto del programa, el Grupo de Trabajo tratará asuntos relativos a la labor de los órganos intergubernamentales de las Naciones Unidas y de los organismos especializados en el seguimiento de las conferencias.

        Esta situación ofrecerá la oportunidad de identificar las maneras de garantizar un examen bien coordinado e integrado de los asuntos relacionados con las conferencias realizado por estos órganos, con el fin de destacar el impacto del trabajo intergubernamental en la aplicación de las decisiones adoptadas en las mismas, hecho este que requeriría prestar atención a los respectivos papeles de estos órganos, sus relaciones, así como sus métodos de trabajo.  La Asamblea, en su resolución 57/270, reconocía la necesidad de continuar con los esfuerzos para hacer uso de la estructura existente "para el seguimiento y la aplicación coordinados e integrados de los compromisos alcanzados en la Cumbre del Milenio y en otras de las grandes conferencias y reuniones en la cumbre de las Naciones Unidas, y para destacar la coordinación, la eficacia y la eficiencia de las acciones en todos los niveles"(párrafo 6).  

        Los documentos finales de la conferencia (referencias en el anexo), las resoluciones de la Asamblea General (resolución adoptada más recientemente 57/270) y las decisiones del Consejo han ofrecido orientación sobre el papel respectivo de cada órgano de las Naciones Unidas en el seguimiento de las conferencias.  Asimismo, han destacado de manera notable el papel de la Asamblea General como el más alto de los mecanismos intergubernamentales en lo referente a la formulación y evaluación de políticas para asuntos relacionados con el seguimiento coordinado e integrado, y el del Consejo Económico y Social como el mecanismo central para la coordinación de todo el sistema y para la promoción del seguimiento coordinado de los resultados de las conferencias.  Además de las responsabilidades especificadas en las decisiones adoptadas en las conferencias y en las cumbres, las comisiones orgánicas y demás órganos intergubernamentales pertinentes deberían destacar de manera más profusa el papel de los principales foros sobre el seguimiento y el examen expertos de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas[2].   De igual manera, la Asamblea General especificó el papel de las Juntas Ejecutivas para la gestión de Fondos y programas, y su interacción con la Asamblea y el Consejo (especialmente en las resoluciones 48/162, 52/12B).  Se debe garantizar un enfoque coherente del seguimiento de las conferencias y vincular la aplicación y las políticas. 

        Una forma prometedora de garantizar un enfoque más integrado es la identificación de los temas comunes a las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas. Sobre esta base, los órganos intergubernamentales de la ONU podrán estructurar sus respectivas labores.   Esto permitiría respetar la naturaleza interconexa de las decisiones (de las conferencias) y la unidad temática de cada conferencia" (resolución 57/270, párrafo 2).    La Asamblea también señaló que "los asuntos temáticos plurisectoriales y su ulterior examen en todos los niveles de la estructura existente debería decidirse en el plano intergubernamental y centrarse en la aplicación de los resultados"[3].  Un documento de sesión separado hace hincapié en tales asuntos comunes y en cómo se pueden utilizar para garantizar un proceso de seguimiento más coherente.

        Observando este mismo asunto, el grupo de trabajo examinará los asuntos relacionados con las labores intergubernamentales de los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas en el seguimiento de las conferencias.  Los organismos especializados han desempeñado un papel muy importante en un número de grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en los ámbitos económico y social (tales como la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos, o la Conferencia Mundial sobre la Alimentación).   El trabajo de las juntas intergubernamentales de estos organismos especializados, y su relación con las Naciones Unidas, especialmente con la Asamblea General y con el Consejo Económico y Social, (cuyas responsabilidades en la coordinación y orientación del trabajo de los organismos especializados se reflejan en los artículos 63 y 64 de la Carta de la Naciones Unidas) es, así pues, una faceta importante de un proceso de seguimiento integrado de las conferencias.       

        Para asistir al Grupo de Trabajo en su cometido, ofrecen a continuación las referencias a los documentos y legislación existentes.   

El seguimiento integrado de las decisiones adoptadas en las conferencias   y el papel de los órganos intergubernamentales. 

Resoluciones y conclusiones convenidas de la Asamblea General y del Consejo Económico y Social relativas al papel de los órganos intergubernamentales en el proceso de seguimiento integrado de las conferencias:

 

Informes seleccionados elaborados por el Secretario General (sobre el seguimiento integrado y coordinado de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas):

Fortalecimiento de las Naciones Unidas: un programa para profundizar el cambio

Reestructuración y revitalización de las Naciones Unidas en los ámbitos económico, social y otros conexos

Programa de trabajo del Consejo Económico y Social y sus comisiones orgánicas

 

Informes del Secretario General relativos al trabajo de las comisiones regionales:

Financiación para el desarrollo

Desarrollo social

Cuestiones de género y el avance de la mujer 

Infancia

Envejecimiento

VIH/SIDA

Población y Desarrollo

  Desarrollo Sostenible

 

Asentamientos Humanos

Derechos Humanos 


   
Drogas

Países menos adelantados

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[1] En O.p. 2 de la resolución 57/270 se decidió que “ la labor del grupo de trabajo debería ser coherente con las disposiciones de la resolución 50/227 y que los mecanismos de seguimiento adoptados en las respectivas conferencias y cumbres de las Naciones Unidas deberían respetar la naturaleza interconexa de sus decisiones, así como la unidad temática de cada conferencia. Asímismo, destacó que los asuntos plurisectoriales para su ulterior examen a través de la estructura existente deberían decidirse en el plano intergubernamental y centrarse en la aplicación, teniendo en cuenta que el proceso de seguimiento coordinado e integrado de las decisiones de las conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en los ámbitos económico, social y conexos deberían ser justos y equilibrados, respetando el principio de multilateralismo y los contenidos en la Carta de las Naciones Unidas";

[2] La resolución 57/270 de la Asamblea destacó que "las comisiones orgánicas pertinentes y, según corresponda, otros órganos intergubernamentales pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, en lo que respecta a sus mandatos, deben cumplir con sus responsabilidades como se especifica en las decisiones adoptadas en las conferencias y cumbres de las Naciones Unidas. Además, deberían realzar su papel como principales foros para el seguimiento y examen experto de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas y, a este respecto, deben aumentar sus esfuerzos para impulsar la colaboración interinstitucional y la coordinación para aplicar las decisiones de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas";  

[3] En O.p. de la resolución 50/227 citada más arriba;


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9 de agosto de 2003