El CCT, en sus informes S/2004/124 acerca de su revitalización,
y la Resolución 1535 (2004) del Consejo de Seguridad
han dado énfasis al papel del CCT, a través de
su Dirección Ejecutiva y sus Expertos, facilitando
la provisión de Asistencia Técnica.
El Director Ejecutivo y los Expertos del DECT tienen a cargo
las funciones siguientes:
Llevar a cabo actividades de enlace con los Estados, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales y los programas de asistencia técnica o de otra índole que puedan facilitar la aplicación de la resolución y mantener un directorio en línea de los ofrecimientos correspondientes;
Analizar las necesidades de asistencia de los Estados a los efectos de la aplicación de la resolución 1373 y asesorar al CCT sobre la importancia de las solicitudes en el marco de la resolución;
Informar al CCT y a los Estados interesados sobre las posibles vías de asistencia en las esferas en las que se hayan detectado necesidades en el marco del proceso de examen del CCT;
Examinar las fuentes disponibles de asistencia con miras a mejorar las posibles lagunas e informar al CCT de las medidas adoptadas sobre los asuntos relacionados con la financiación de la asistencia.