Carpeta de prensa
Hoja informativa 23
INFORME DEL GRUPO DE EXPERTOS GUBERNAMENTALES SOBRE ARMAS PEQUEÑAS
27 de agosto de 1997, A/52/298
[Prólogo del Secretario General y recomendaciones]
En su resolución 50/70 B, de 12 de diciembre de 1995, la Asamblea General
pidió al Secretario General que, con ayuda de un grupo de expertos
gubernamentales, preparase un informe sobre "Armas pequeñas". Sobre la base de una representación geográfica equitativa, en abril de 1996
el Secretario General nombró a 16 expertos gubernamentales. El informe se preparó entre el 24 de junio de 1996 y el 18 de julio
de 1997. Durante ese período el Grupo celebró tres períodos de sesiones en
Nueva York: el primero de ellos, del 24 al 28 de junio de 1996, el segundo del
21 al 31 de enero de 1997, y el tercero del 7 al 18 de julio de 1997. El Grupo
se reunió también en Tokio del 26 al 28 de mayo de 1997 por invitación del
Gobierno del Japón.
El informe fue presentado oficialmente a la Asamblea General el 27 de agosto de
1997(A/52/298). El prólogo del Secretario General y las recomendaciones contenidos en el informe se detallan a continuación. [El texto completo del Informe puede obtenerse de: A/52/298]
Prólogo del Secretario General
"Debido a que se obtienen y utilizan con facilidad, las armas pequeñas y las
armas ligeras han constituido los instrumentos de violencia principales o únicos
en casi todos los conflictos recientes de los que se han ocupado las Naciones
Unidas. En manos de efectivos irregulares que actúan con poco respeto del
derecho internacional humanitario, estas armas han infligido cuantiosas pérdidas
de vidas humanas, de las que las mujeres y los niños representan casi el 80% de
las bajas. Por consiguiente, el mandato que la Asamblea General dio en su
resolución 50/70 B de que se preparase un informe sobre el fenómeno de las armas
pequeñas fue especialmente oportuno y atrajo una atención muy necesaria sobre lo
que ha llegado a ser una preocupación prioritaria en los esfuerzos dirigidos a
desembarazar al mundo del flagelo de la guerra y del lastre de los armamentos.
"Si bien las armas pequeñas y las armas ligeras no son de por sí la causa de
los conflictos en los cuales se utilizan, su proliferación repercute en la
intensidad y la duración de la violencia y alienta la beligerancia en lugar de
la solución pacífica de las diferencias no resueltas. Quizás lo más deplorable
es que observamos un círculo vicioso en el que la inseguridad conduce a una
mayor demanda de armas, que a su vez engendra mayor inseguridad, y así
sucesivamente.
"Algunos de los conflictos armados más prolongados que actualmente se
registran en el mundo son aquéllos en que un ciclo iterativo de violencia, el
menoscabo de la legitimidad política y la pérdida de viabilidad económica privan
al Estado de su autoridad para hacer frente a las causas y a las consecuencias
de la acumulación, proliferación y utilización excesivas de las armas pequeñas.
La adopción de medidas eficaces contra las armas pequeñas pondrían coto a ambos
extremos de ese espectro.
"Con ese fin, el Grupo de Expertos Gubernamentales ha preparado un informe
pragmático y orientado hacia los resultados, por el que estoy muy agradecido.
Los miembros del Grupo, firmemente empeñados en la tarea que les fue
encomendada, dedicaron más que sus conocimientos especializados: financiaron su
propio trabajo sobre el terreno que consideraron fundamental para obtener una
mejor comprensión de varios de los países y las subregiones afectados. Las
inquietudes expresas de las subregiones visitadas y los llamamientos que figuran
en los apéndices al informe del Grupo de Expertos merecen que se les examine con
prontitud.
"En su informe, el Grupo de Expertos recomienda algunas medidas prácticas
encaminadas a reducir el número de armas que ya están en circulación y a evitar
las acumulaciones en el futuro. La unanimidad con que el Grupo hizo estas
propuestas merece igualmente que la Asamblea General las apoye firmemente."
RECOMENDACIONES
"Las recomendaciones del Grupo abarcan, en primer lugar, medidas para
reducir la acumulación excesiva y desestabilizadora y la transferencia de armas
pequeñas y de armas ligeras en determinadas regiones del mundo donde ya se han
producido esas acumulaciones y transferencias. A estas medidas siguen otras
encaminadas a prevenir que esas acumulaciones y transferencias ocurran en el
futuro.
"El Grupo recomienda como medidas de reducción, que:
"a) Las Naciones Unidas adopten un criterio proporcional e integrado de la
seguridad y el desarrollo, que abarque la determinación de la asistencia
apropiada para las fuerzas de seguridad interna, iniciada en el caso de Malí y
de otros Estados del África occidental, y lo apliquen a otras regiones del mundo
donde los conflictos toquen a su fin y haya que tratar con urgencia serios
problemas de proliferación de las armas pequeñas y de las armas ligeras. La
comunidad de donantes debe apoyar este nuevo criterio en relación con esas
regiones del mundo;
"b) Las Naciones Unidas apoyen, con la asistencia de la comunidad de
donantes, todas las iniciativas pertinentes relacionadas con el desarme y la
desmovilización con posterioridad a los conflictos, por ejemplo, la eliminación
y destrucción de las armas, incluso programas de entrega de armas patrocinados a
nivel local por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales;
"c) Tan pronto se logre la reconciliación, las Naciones Unidas presten
asistencia en la convocación de un foro entre afganos para preparar, entre otras
cosas, un programa de rendición de cuentas, recuperación y destrucción de las
armas pequeñas y las armas ligeras sobre las que no se tiene información en el
Afganistán;
"d) En vista de los problemas derivados del exceso de armas pequeñas y
armas ligeras remanentes de muchos conflictos internos y de las experiencias ganadas en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, se
elaboren dos conjuntos de directrices a fin de:
"(i) Ayudar a los negociadores de los arreglos de paz en la elaboración de
planes para desarmar a los combatientes, en particular cuando se trate
de armas ligeras, pequeñas y municiones, e incluir en ellos planes de
recogida y eliminación de las armas, preferiblemente mediante su
destrucción;
"(ii) Prestar asistencia a las misiones de mantenimiento de la paz en el
desempeño de sus mandatos basados en los arreglos de paz;
"En la preparación de dichas directrices se debe consultar a ex negociadores de
lapaz y a exmiembros de las operaciones de mantenimiento de la paz de las
Naciones Unidas. A este respecto se debe considerar la posibilidad de
establecer un componente de desarme en las operaciones de mantenimiento de la
paz que emprendan las Naciones Unidas;
"e) Los Estados y las organizaciones regionales fortalezcan, cuando
proceda, la cooperación internacional y regional entre los oficiales de policía,
inteligencia, aduanas y control de fronteras en la lucha contra la distribución
y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y armas ligeras y en la represión de las
actividades delictivas relacionadas con el uso de esas armas;
"f) Se aliente el establecimiento de mecanismos y redes regionales de
intercambio de información en relación con los fines antes expuestos;
"g) Todas las armas cuya posesión por civiles no sea legal y que no se
requieran para los fines de la defensa nacional y la seguridad interna sean
recogidos y destruidos por los Estados con la mayor celeridad posible.
"El Grupo recomienda como medidas de prevención, que:
"a) Todos los Estados pongan en práctica las recomendaciones que figuran
en las Directrices para las transferencias internacionales de armas en el
contexto de la resolución 46/36 H de la Asamblea General, de 6 de diciembre
de 1991, aprobadas por la Comisión de Desarme en 1996;
"b) Todos los Estados señalen en sus leyes y reglamentos nacionales las
armas cuya posesión por civiles está permitida y las condiciones en que se
pueden utilizar;
"c) Todos los Estados garanticen la promulgación de las leyes, los
reglamentos y los procedimientos administrativos correspondientes para ejercer
un control efectivo sobre la posesión legítima de armas pequeñas y ligeras y
sobre su transferencia a fin de, entre otras cosas, prevenir el tráfico ilícito;
"d) Los Estados que acaben de salir de conflictos impongan o vuelvan a
imponer, tan pronto como sea factible, requisitos para la concesión de licencia
para toda posesión civil de armas pequeñas o ligeras en su territorio;
"e) Todos los Estados ejerzan moderación respecto de la transferencia del
excedente de armas pequeñas y de armas ligeras manufacturadas exclusivamente para su posesión y uso por las fuerzas militares y de policía. Todos los
Estados deberían examinar también la posibilidad de destruir los excedentes de
todas esas armas;
"f) Todos los Estados garanticen la protección de esas armas contra
pérdida por robo o corrupción, en particular en las instalaciones de
almacenamiento;
"g) Las Naciones Unidas insten a las organizaciones pertinentes, como la
Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) y la Organización
Mundial de Aduanas, así como a todos los Estados y a sus organismos nacionales
correspondientes a que cooperen estrechamente en la identificación de los grupos
y particulares que se dedican a actividades de tráfico ilícito, incluidas las
modalidades de transferencia que utilizan;
"h) Todos los Estados y las organizaciones regionales e internacionales
pertinentes intensifiquen sus esfuerzos de cooperación contra todos los aspectos
del tráfico ilícito mencionado en el presente informe que se relacionen con la
proliferación y acumulación de las armas pequeñas y ligeras;
"i) Las Naciones Unidas promuevan la adopción y aplicación de moratorias
regionales o subregionales, según proceda, sobre las transferencias y la
fabricación de armas pequeñas y de armas ligeras como acordaron los Estados
interesados;
"j) Las demás organizaciones regionales tomen nota de la labor de la
Organización de los Estados Americanos en la preparación de un proyecto de
convención interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas
de fuego, municiones, explosivos y otros materiales de esa índole, y aprovechen
esta labor, si procede;
"k) Las Naciones Unidas examinen la posibilidad de celebrar una
conferencia internacional sobre el comercio ilícito de armas en todos sus
aspectos para abordar las cuestiones definidas en el presente informe;
"l) Las Naciones Unidas inicien estudios para ayudar a prevenir el tráfico
y la distribución ilícitos de armas pequeñas y armas ligeras, sobre lo
siguiente:
"i) La viabilidad de establecer un sistema fiable para colocar marcas en
todas esas armas desde el momento de su fabricación;
"ii) La viabilidad de restringir la fabricación y el comercio de esas armas
a los fabricantes y tratantes autorizados por los Estados, y de
establecer una base de datos sobre esos fabricantes y tratantes
autorizados;
"m) Las Naciones Unidas inicien un estudio de todos los aspectos del
problema de las municiones y los explosivos."
Publicado por el Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas
DPI/2195 (23)--mayo 2001
Regresar al índice de la Carpeta de prensa
Preparado para Internet por el Departamento de Asuntos de Desarme