Carpeta de prensa
Hoja informativa 18

 

DECLARACIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE SEGURIDAD SOBRE LA CUESTIÓN DE LAS ARMAS PEQUEÑAS
24 September 1999, S/PRST/1999/28

En la 4048ª sesión del Consejo de Seguridad, celebrada el 24 de septiembre de 1999 para examinar el tema titulado "Armas pequeñas", el Presidente del Consejo de Seguridad hizo la declaración siguiente en nombre del Consejo:

""El Consejo de Seguridad recuerda su responsabilidad primordial, en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, de mantener la paz y la seguridad internacionales; por esa razón es inevitable que centre su atención en las armas pequeñas y ligeras, ya que son las de uso más frecuente en la mayor parte de los conflictos armados recientes.

"El Consejo de Seguridad observa con gran preocupación que la acumulación desestabilizadora de armas pequeñas ha contribuido al aumento de la intensidad y la duración de los conflictos armados. El Consejo observa además que el fácil acceso a las armas pequeñas puede ser un factor que contribuye a socavar los acuerdos de paz, complicar las actividades de consolidación de la paz y entorpecer el desarrollo político, económico y social. A ese respecto, el Consejo reconoce que las armas pequeñas plantean un problema, que es polifacético y abarca aspectos de seguridad, humanitarios y de desarrollo.

"El Consejo de Seguridad está profundamente preocupado por el hecho de que los países que participan en conflictos armados, acaban de salir de un conflicto armado o están situados cerca de zonas afectadas por conflictos armados prolongados son particularmente vulnerables a la violencia resultante de la utilización indiscriminada de armas pequeñas en esos conflictos. A ese respecto, el Consejo recuerda el informe del Secretario General sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, de 8 de septiembre (S/1999/957) y su resolución 1265 (1999), de 17 de septiembre de 1999.

"El Consejo de Seguridad destaca que se debería tener plenamente en cuenta el derecho de legítima defensa individual y colectiva reconocido en el Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas y los legítimos reclamos de seguridad de todos los países. El Consejo reconoce que el comercio de armas pequeñas en todo el mundo responde a motivos económicos y de seguridad legítimos. Teniendo presente el volumen considerable de ese comercio, el Consejo destaca la importancia fundamental de que existan normas y controles nacionales efectivos para las transferencias de armas pequeñas. Por otra parte, el Consejo alienta a los gobiernos de países exportadores de armas a ejercer el mayor grado de responsabilidad en esas transacciones.

"El Consejo de Seguridad destaca que la prevención del tráfico ilícito es una preocupación inmediata en la búsqueda mundial de medios para reducir la utilización ilícita de armas pequeñas, incluida su utilización por terroristas.

"El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito las diversas iniciativas en curso para afrontar este problema en los planos mundial y regional. En el plano regional, cabe mencionar entre esas iniciativas la moratoria aplicable a la producción y al comercio de armas pequeñas declarada por la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental, la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados, así como la Acción conjunta sobre armas pequeñas y el Código de conducta sobre la exportación de armas, de la Unión Europea. En el plano mundial, el Consejo acoge con beneplácito las negociaciones respecto de la elaboración de una convención internacional contra la delincuencia organizada transnacional, incluido un proyecto de protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones y otros materiales conexos.

"El Consejo de Seguridad resalta la importancia de la cooperación regional para abordar la cuestión del tráfico ilícito de armas pequeñas. Iniciativas como las de la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo y la Organización de Coordinación de los Comisionados de Policía de la Región del África Meridional ejemplifican la manera en que puede encauzarse la cooperación regional para abordar la cuestión de la proliferación de las armas pequeñas. El Consejo reconoce que, aunque a veces unas regiones puedan aprovechar la experiencia de otras, esa experiencia no puede extrapolarse sin tener en cuenta las características de cada región.

"El Consejo de Seguridad acoge también con beneplácito y alienta los esfuerzos por prevenir y combatir la acumulación excesiva y desestabilizadora y el tráfico ilícito de armas pequeñas e invita a los Estados Miembros a que promuevan la participación de la sociedad civil en esos esfuerzos.

"El Consejo de Seguridad toma nota con satisfacción de la atención cada vez mayor que se presta en el sistema de las Naciones Unidas a los problemas relacionados con la acumulación desestabilizadora de armas pequeñas. El Consejo acoge con beneplácito la iniciativa del Secretario General con respecto a las Medidas de coordinación en relación con las armas pequeñas, cuyo objetivo consiste en promover un enfoque coherente y coordinado de esa cuestión en el sistema de las Naciones Unidas.

"El Consejo de Seguridad toma nota de que, si bien las repercusiones humanitarias de las armas pequeñas en una situación de conflicto armado son indudablemente graves, no se dispone de un análisis detallado al respecto. Por consiguiente, el Consejo pide al Secretario General que incluya expresamente, en los estudios pertinentes que realiza en la actualidad, una exposición de las consecuencias humanitarias y socioeconómicas que tienen la acumulación excesiva y desestabilizadora y la transferencia de armas pequeñas y armas ligeras, así como su producción y comercio ilícitos.

"El Consejo de Seguridad pide que se apliquen de manera efectiva los embargos de armas impuestos por el Consejo en sus resoluciones pertinentes. El Consejo alienta a los Estados Miembros a que proporcionen a los Comités de Sanciones la información de que dispongan sobre presuntas violaciones de los embargos de armas y recomienda a los Presidentes de esos Comités que inviten a personas competentes de órganos, organizaciones y comités del sistema de las Naciones Unidas, así como de otras organizaciones intergubernamentales y regionales, y a otras partes interesadas, a que proporcionen información sobre cuestiones relativas a la aplicación y la ejecución de los embargos de armas.

"El Consejo de Seguridad pide también que se adopten medidas para impedir la entrada de armas en los países o las regiones que están envueltos en conflictos armados o saliendo de ellos. El Consejo alienta a los Estados Miembros a que declaren moratorias nacionales o regionales voluntarias de transferencia de armas y las respeten, con miras a facilitar el proceso de reconciliación en esos países o regiones. El Consejo recuerda que hay precedentes de moratorias de esa índole y que se ha prestado apoyo internacional para su aplicación.

"El Consejo de Seguridad reconoce la importancia de incorporar, cuando proceda, en determinados acuerdos de paz, con el consentimiento de las partes, y teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en cada caso dentro de los mandatos de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, unas condiciones claras para el desarme, la desmovilización y la reinserción de los excombatientes, incluida la eliminación segura y oportuna de armas y municiones. El Consejo pide al Secretario General que proporcione a los negociadores de acuerdos de paz un informe en el que consten las prácticas más idóneas basadas en la experiencia adquirida sobre el terreno.

"El Consejo de Seguridad pide al Secretario General que elabore un manual de referencia, que habrá de utilizarse sobre el terreno, relativo a los métodos ecológicamente seguros de destrucción de armas, a fin de facilitar a los Estados Miembros la eliminación de las armas que les hayan entregado voluntariamente los civiles o que hayan recuperado de excombatientes. El Consejo invita a los Estados Miembros a que faciliten la preparación de ese manual.

"El Consejo de Seguridad acoge con beneplácito las recomendaciones del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre armas pequeñas (A/54/258), incluida la de celebrar una conferencia internacional relativa al comercio ilícito de armas en todos sus aspectos, a más tardar en el año 2001, tomando nota del ofrecimiento de Suiza de acoger la conferencia. El Consejo de Seguridad alienta a los Estados Miembros a que participen de manera activa y constructiva en la conferencia y en todas las reuniones preparatorias, teniendo en cuenta las recomendaciones que figuran en la presente Declaración, para procurar que la conferencia constituya una aportación válida y duradera que permita reducir el tráfico ilícito de armas.""

 

Publicado por el Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas 
DPI/2195 (18)--mayo 2001

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