Alemania
 

 [Original: inglés]
 [27 de abril de 1999]
Extraído de A/54/260

  La acumulación y proliferación excesivas e incontroladas de armas pequeñas y armas ligeras (en lo sucesivo denominadas "armas pequeñas") plantea una amenaza para la paz y la seguridad y reduce las perspectivas de desarrollo sostenible en numerosas regiones del mundo. La comunidad internacional ha reconocido la magnitud de este problema, cuya solución debe basarse en un criterio concertado para llevar a cabo la labor de reducir drásticamente los enormes depósitos de armas pequeñas no controladas en las zonas de crisis e impedir eficazmente la circulación continua de esas armas. Los problemas relativos a las armas pequeñas tienen numerosas causas fundamentales que exigen medidas eficaces. Por lo tanto, se requiere la aprobación de un criterio diferenciado que incluya medidas de prevención y represión y tenga en cuenta la complejidad del problema.

  En su resolución 53/77 E, la Asamblea General decidió convocar una conferencia internacional sobre el comercio ilícito de armas en todos sus aspectos, que se celebraría a más tardar en 2001. El contexto de esa resolución sugiere que la conferencia debe centrar su atención en las armas pequeñas fabricadas de conformidad con especificaciones militares. Además, es necesario abordar todos los aspectos de la circulación ilícita de esas armas. En el informe del Secretario General de 1997 sobre armas pequeñas y armas ligeras, preparado con la asistencia de un Grupo de Expertos Gubernamentales (A/52/298), se abordaron detalladamente esos aspectos. En su resolución 52/38 J, la Asamblea General prestó apoyo a los dos conjuntos de medidas de reducción y prevención contenidas en el informe y la Unión Europea las respaldó plenamente.

  En el informe de 1997, aunque se señala que la acumulación de armas pequeñas y armas ligeras se vuelve excesiva y desestabilizadora cuando un Estado, ya sea proveedor o receptor, no ejerce moderación en la producción, transferencia, adquisición y tenencia de esas armas más allá de su legítima defensa nacional o colectiva y su seguridad interna, se señala que no existe una única causa de la acumulación de armas pequeñas y su transformación ulterior en factor de inestabilidad y conflicto. En el informe se observa que conviene agrupar las diferentes causas en relación con los factores de la oferta y la demanda, aunque la distinción entre los dos factores no siempre resulta clara, y que el predominio de factores de oferta o de demanda varía según la subregión y el Estado, y según el período. La Unión Europea observa que las armas que han sido originalmente transferidas de forma lícita constituyen, en muchos casos por conducto de transacciones ilícitas ulteriores, las existencias que permiten luego abastecer las corrientes ilícitas de armas. La Unión Europea espera con interés el informe del Grupo de Expertos Gubernamentales sobre armas pequeñas y las opiniones del Grupo sobre el ámbito y los objetivos de la conferencia internacional.

   La Unión Europea prefiere decididamente que la conferencia internacional que debe celebrarse de conformidad con la resolución 53/77 E de la Asamblea General tenga un ámbito amplio y general. La conferencia debe abordar los aspectos de prevención y represión del problema de las armas pequeñas y concebir formas y medios de luchar y contribuir para poner fin a la acumulación y proliferación desestabilizadoras de las armas pequeñas, contribuir a la reducción de las acumulaciones existentes de esas armas a niveles consecuentes con las necesidades legítimas de seguridad y ayudar a resolver los problemas causados por esas acumulaciones.

  Por lo tanto, en una conferencia que trate todos los aspectos del comercio ilícito de armas pequeñas deben examinarse todos los factores importantes que se traducen en su acumulación excesiva e incontrolada, incluidos los que se mencionan en el informe de 1997 del Secretario General; estos factores son, entre otros:

  (a) El suministro encubierto de los gobiernos a entidades no estatales;

  (b) La exportación de excedentes de armas para fines exclusivamente comerciales;

  (c) El otorgamiento a gran escala de licencias de armas a civiles o la distribución deliberada de armas a la población por parte de los gobiernos o las fuerzas de la oposición en épocas de crisis o conflictos internos;

  (d) La falta de control del Estado sobre las armas en poder del Estado o de personas, incluidas las pérdidas de la fuerza de seguridad debidas al hurto, la corrupción o las afinidades étnicas y políticas;

  (e) El colapso del control gubernamental, la fragmentación de las existencias de armas del Estado heredadas por facciones y grupos armados en pugna de la población;

  (f) La incapacidad o la falta de voluntad de los Estados de garantizar la seguridad y los derechos de su población y la consiguiente demanda con fines de autoprotección, etc.

  La conferencia debería examinar también una amplia gama de medidas que deben aprobarse para resolver el problema de las armas pequeñas. Esas medidas podrían abarcar, entre otras cosas:

  (a) La adecuada regulación de la producción (incluido el marcado), la transferencia y la posesión de armas pequeñas, así como medidas de transparencia y creación de confianza;

  (b) La recogida y destrucción de todas las armas cuya posesión es ilegal o que no son necesarias para los fines de defensa nacional o colectiva y de seguridad interna;

  (c) El fortalecimiento de la cooperación internacional entre los servicios de policía, inteligencia, aduanas y control fronterizo;

  (d) La prestación de asistencia para la aplicación de medidas a nivel nacional para fortalecer el control de los gobiernos sobre la posesión, el comercio interno y las transferencias internacionales por conducto de mejores procedimientos jurídicos y administrativos, incluida la capacitación de oficiales de policía, de aduanas y control fronterizo;

  (e) La aplicación de un criterio amplio e integrado de seguridad y desarrollo;

  (f) Iniciativas regionales o subregionales sobre armas pequeñas;

  (g) La cooperación internacional o regional para prestar apoyo en la recogida y destrucción de armas pequeñas y armas ligeras en el contexto de la desmovilización al término de los conflictos;

  (h) Los criterios y las iniciativas para la recogida de armas pequeñas que circulan en forma no controlada o cuya posesión no esta reglamentada.

  La Unión Europea se siente alentada por las negociaciones que se están celebrando en Viena sobre el proyecto de protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones y otros materiales conexos que tiene lugar en el contexto de las negociaciones sobre el proyecto de convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. La Unión Europea expresa su esperanza de que las negociaciones sobre el proyecto de protocolo, que abarca un aspecto del problema de las armas pequeñas, concluyan antes de la celebración de la conferencia internacional.

  En opinión de la Unión Europea, el objetivo de la conferencia podría ser la elaboración de directrices políticamente vinculantes o de un instrumento jurídicamente vinculante. La conferencia debería aprobar también un programa de acción que abarcara todas las esferas de posible cooperación internacional en materia de armas pequeñas. El programa de la conferencia debe formularse de acuerdo con ello.

  Respecto de la preparación de la conferencia, la Unión Europea estima necesario que la comisión preparatoria celebre por lo menos dos reuniones; la Unión Europea preferiría que la comisión tuviese una composición abierta.

  En opinión de la Unión Europea, la conferencia debería celebrarse en 2001, teniendo en cuenta el abultado calendario de desarme de 2000 y la necesidad de celebrar una o más reuniones de la comisión preparatoria a fin de asegurar una cuidadosa preparación de la conferencia.

  Respecto del lugar de celebración de la conferencia, la Unión Europea expresa su reconocimiento por el ofrecimiento del Gobierno de Suiza de celebrar la conferencia en Ginebra.

  Los países asociados de Europa central y oriental (Bulgaria, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, la República Checa, Rumania) y el país asociado de Chipre, así como los países miembros de la Asociación Europea de Libre Intercambio que son miembros del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) han declarado su adhesión a esta respuesta común a la resolución 53/77 E de la Asamblea General.

Regreso a Opiniones de los Estados