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Décimo Congreso de las Naciones Unidas
sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente
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Los delincuentes tienen
derechos ... pero ¿y las víctimas?
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Si bien los delincuentes tienen actualmente varios derechos muy
bien establecidos, un número cada vez mayor de estudios ha
revelado que existe insatisfacción generalizada entre las
víctimas.
Más del 50% de las víctimas de
todo el mundo están descontentas con la forma en que las
trata la policía, y muchas otras quedan gravemente traumatizadas
por los sistemas de justicia penal, según el estudio internacional
de las víctimas de delitos, que se ha llevado a cabo en más
de 60 países en los últimos 10 años.
“Si los sistemas de justicia penal del mundo
fuesen empresas privadas, todos ellos terminarían cerrando,
porque la mitad de sus principales clientes —es•decir, las víctimas
de delitos— están insatisfechos con sus servicios”, dijo
Jan Van Dijk, oficial principal del Centro de las Naciones Unidas
para la Prevención Internacional del Delito y uno de los
principales iniciadores del estudio internacional de las víctimas
de delitos.
La queja más común de las víctimas
entrevistadas para el estudio era que la policía “no hacía
lo suficiente” o que “no recuperaba los bienes”. Alrededor del 20%
de las víctimas dijeron que la policía no las mantenía
informadas de la marcha del proceso. A nivel mundial, una de cada
cinco mujeres víctimas de violencia en el hogar o de violación,
y una de cada tres en América Latina, dijo que la policía
era “poco correcta” o “descortés”.
El Sr. Van Dijk observó que en algunos
países de América Latina y Asia la actitud de la policía
hacia las mujeres no estaba “a la altura de lo esperado”. “En el
Brasil, los políticos locales han abierto estaciones de policía
a cargo de mujeres exclusivamente para resolver esta situación”,
agregó.
Según la Comisión para la Defensa
de los Derechos Humanos, la policía de algunos países
de Asia rechaza sistemáticamente las denuncias de violencia
sexual y hostiga a las víctimas. En una nación asiática,
varios agentes del orden, entre ellos un jefe de policía,
insistieron en que en la mayoría de los casos de presunta
violación, la mujer había consentido en el acto sexual
y luego mentía para incriminar a su compañero.
En los países industrializados, las víctimas
estaban menos insatisfechas con la policía que en los países
en desarrollo, pero incluso allí el porcentaje de víctimas
insatisfechas ascendía al 25%, según determinó
el estudio internacional. Las víctimas de delitos de contacto,
como la violencia en el hogar y la violación, eran las más
insatisfechas, pues alrededor del 33% de las entrevistadas dijo
que la policía “no había hecho lo suficiente” y el
24% dijo que la policía “no estaba interesada”.
Las víctimas desean participación
Muchas víctimas de delitos se quejan de que no se les permite
participar en las decisiones esenciales adoptadas por el tribunal,
entre ellas, las relativas a la imposición de la pena y a
la libertad condicional. En algunos casos, las víctimas habrían
tratado a los perpetradores en forma diferente que los tribunales.
Por ejemplo, los estudios realizados han determinado que las•víctimas
prefieren las órdenes de prestación de servicios comunitarios—es
decir, trabajo comunitario no remunerado—a la pena de prisión
para los que reinciden en el delito de robo.
Con frecuencia se niega a las víctimas
el derecho a poner en conocimiento del tribunal, en una así
llamada declaración de las consecuencias para la víctima,
cualquier daño físico o emocional que les haya causado
el perpetrador. De conformidad con la National Organization for
Victims’ Assistance (NOVA) de los Estados Unidos, se pueden impedir
sistemáticamente esas declaraciones —que podrían influir
también en las decisiones de los tribunales— aun cuando están
garantizadas por la ley.
NOVA dio a conocer la experiencia de una mujer
y su familia que resultaron heridas en un accidente provocado por
un conductor ebrio. Después de que el demandado fue acusado
de delito grave, la mujer dijo al fiscal que deseaba formular una
declaración en audiencia pública sobre las consecuencias
para las víctimas, que era un derecho que le asistía
por ley. El juez rechazó la petición, alegando que
tenía un “calendario de casos muy recargado”.
Otra víctima se quejó de que sin
esa declaración, sus derechos no serían iguales a
los del perpetrador. “Cuando mi hijo de 16 años de edad murió
en un accidente provocado por un conductor ebrio, no se me permitió
formular una declaración sobre las consecuencias para la
víctima, ni comunicar al juez la forma en que la muerte de
mi hijo había afectado a nuestra familia. Sin embargo, el
acusado trajo consigo una procesión de testigos para que
declararan a su favor”, dijo a NOVA.
Los perpetradores cuentan con el respaldo de las constituciones
Los derechos de los perpetradores, que van desde el derecho a asistencia
letrada y a un juicio público, hasta el derecho a apelar,
están garantizados por las constituciones de los distintos
países y además están incorporados en el derecho
internacional. En cambio, los derechos de las víctimas están
citados sólo en un instrumento internacional —la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los principios fundamentales de justicia
para las víctimas de delitos y del abuso de poder, que fue
aprobada por la Asamblea General en 1985.
En la Declaración, las naciones convinieron
en elaborar planes de acción para ayudar a las víctimas
a obtener mejor acceso a los procedimientos judiciales, un trato
justo, resarcimiento de los daños y asistencia general en
los procedimientos judiciales. El documento dio origen a la promulgación
de nuevas leyes en varios países, así como a algunos
proyectos locales que tenían por objeto mejorar los derechos
de las víctimas.
El Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas
para la Mujer (UNIFEM) ha financiado proyectos destinados a ayudar
a las mujeres víctimas de violencia en el hogar y violencia
sexual en América Latina. Por ejemplo, actualmente presta
apoyo a una organización no gubernamental de Venezuela llamada
AVESA, que informa a las víctimas sobre sus derechos y además
enseña a la policía en qué forma debe comportarse
con las víctimas cuando éstas son mujeres.
“Esta organización no sólo ha
sido la primera en crear conciencia sobre la violencia en el hogar
y la violencia sexual y en educar a las víctimas acerca de
sus derechos, sino que además ha enseñado a la policía
que tiene la obligación de suministrar justicia para las
mujeres”, dijo la Asesora de Derechos Humanos del UNIFEM, Roxanna
Carrillo.
Sin embargo, a pesar de esos esfuerzos, por
lo general los avances en materia de derechos de las víctimas
han sido lentos. La policía y los fiscales de muchos países
siguen tratando a las víctimas con falta de respeto, las
mantienen a oscuras sobre la marcha del proceso y toman decisiones
de importancia fundamental sin ellas. A diferencia de los perpetradores,
rara vez se ofrece a las víctimas de delitos asistencia letrada
gratuita.
En un intento por volver a centrar la atención
en la Declaración de las Naciones Unidas sobre las víctimas,
los delegados que asistan al Décimo Congreso de las Naciones
Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente,
que se celebrará en Viena en abril de 2000, examinarán
los progresos alcanzados en materia de planes de acción nacionales
para mejorar los derechos de las víctimas. El Congreso centrará
especialmente la atención en la mejor protección de
las víctimas en los casos de delincuencia organizada.
Los derechos pueden estar en conflicto
Uno de los principales problemas de los derechos de las víctimas
es que pueden estar reñidos con los derechos de los perpetradores.
En la Declaración de las Naciones Unidas y en las enmiendas
de las constituciones nacionales se estipula que los derechos de
las víctimas no deben obstaculizar el derecho de los perpetradores
a un juicio equitativo.
“El conflicto más importante (entre los
derechos de los perpetradores y de las víctimas) es que las
víctimas quedan expuestas a repetidos contrainterrogatorios
en público sobre cuestiones delicadas, para satisfacer el
derecho del perpetrador a un juicio justo”, dijo el Sr. Van Dijk.
Algunas naciones han adoptado medidas para proteger a las víctimas
contra este tipo de arremetidas. El Tribunal Supremo de los Estados
Unidos, por ejemplo, decidió últimamente no reabrir
los juicios sobre violación —sobre la base de nuevas pruebas
de la defensa— porque ello podría infligir nuevos traumas
a la víctima.
Las declaraciones sobre las consecuencias para
las víctimas son también tremendamente controversiales.
Actualmente los expertos jurídicos discrepan acerca de si
se debe permitir que las víctimas o sus familias influyan
en el tribunal al hablar francamente al juez o al jurado acerca
de los daños físicos o emocionales sufridos.
Del mismo modo, tampoco hay consenso acerca
de si las víctimas deberían tener voz y voto con respecto
a la detención preventiva, los pactos entre el ministerio
fiscal y la defensa, la imposición de las penas, o la libertad
condicional del perpetrador. En algunos casos, la víctima
podría estar excesivamente motivada por el miedo a las represalias
o por el simple deseo de venganza, dicen las autoridades.
En los Estados Unidos, las víctimas han
realizado campañas a favor de la introducción de una
enmienda a la constitución federal, que les permitiría
asistir a todas las etapas esenciales de los procesos penales y
hacerse oír en ellas. Sostienen que esto no comprometería
los derechos de los perpetradores, sino que daría igual importancia
a los derechos de las víctimas.
Algunas naciones han puesto a prueba nuevos
métodos que tienen por objeto satisfacer tanto a los perpetradores
como a las víctimas. En Nueva Zelandia, un sistema de “justicia
restitutiva” intenta satisfacer a las víctimas, a los perpetradores
y a sus familias, reuniéndolos en forma extraoficial para
discutir el delito.
La justicia restitutiva tiene por objeto que
los perpetradores indemnicen a las víctimas por los daños,
y que la familia del perpetrador comparta la responsabilidad. El
método ha dado resultado en los casos de delincuencia juvenil,
pero no se sabe con certeza si daría resultado en los casos
de delitos más graves, como homicidio o violación.
Nuevos delitos, nuevas víctimas
Más recientemente, toda la cuestión de los derechos
se ha vuelto más compleja debido al fuerte aumento de los
delitos menos tradicionales, lo que ha traído consigo nuevos
tipos de víctimas.
Delitos como la estafa en gran escala de los
consumidores, la exageración de los precios, la contaminación
del medio ambiente y la corrupción flagrante victimizan a
grandes grupos de personas, más bien que a individuos.
El tráfico de drogas ilícitas,
muchas formas de extorsión sistematizada y el fraude contra
el Estado, han sido llamados “delitos sin víctimas”.
Aun cuando las víctimas son muy evidentes, como en el caso
de tráfico con fines de explotación sexual o de trabajo
forzoso, tal vez se necesite establecer un nuevo conjunto de derechos.
Tanto las víctimas como los autores pueden quedar retenidos
en países extranjeros, frustrados por problemas de idioma,
diferencias culturales u otros obstáculos que les impiden
ejercer sus derechos.
Las mujeres víctimas de tráfico
o los migrantes víctimas de redes de contrabandistas pueden
sentirse especialmente amenazados, ya que se los podría tratar
como prostitutas o inmigrantes ilegales y se les podría denegar
protección u otros servicios que corresponden a las víctimas.
Debido a su situación ilegal, las víctimas tal vez
no se atrevan a denunciar a las autoridades los delitos cometidos
contra ellas.
En algunos países, las autoridades judiciales pueden conceder
inmunidad a los testigos principales. Esto aumenta las posibilidades
de que la acusación tenga éxito, lo que de por sí
serviría de disuasivo para el tráfico ilegal.
Sin embargo, la promesa de inmunidad tal vez
no sea suficiente para las víctimas o los testigos de la
delincuencia organizada, que temen ser objeto de represalias si
prestan testimonio. Algunas naciones han establecido programas de
protección de testigos, que pueden ofrecer el cambio de identidad
después del juicio, pero tales programas son costosos. Se
necesita con urgencia ensayar métodos menos caros, tales
como el testimonio anónimo. Las víctimas de la delincuencia
organizada deberían beneficiarse con el proyecto de convención
contra la delincuencia organizada transnacional y sus tres protocolos
sobre el tráfico ilícito de armas de fuego, migrantes
y personas, especialmente mujeres y niños, que será
presentado para su aprobación a la Asamblea de las Naciones
Unidas dedicada al Milenio, que se celebrará en 2000. El
tratado incluye medidas de protección de los testigos y las
víctimas (véase el folleto informativo No. 1).
Derechos de los perpetradores
Los sistemas de justicia penal son diferentes en todo el mundo,
pero muchos establecen los siguientes derechos para los perpetradores:
• El derecho a no ser sometido a detención, registro e incautación
arbitrarios;
• El derecho a asistencia letrada;
• La presunción de inocencia;
• La calidad de la prueba exigida (más allá de toda
duda);
• El derecho a un juicio público ante un tribunal independiente;
• El derecho a poner a prueba las pruebas de la acusación
(por ejemplo, a interrogar a los testigos);
• El derecho a rendir y exigir pruebas;
• El derecho a apelar.
Derechos de las víctimas
En la Declaración de las Naciones Unidas sobre los principios
fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y
del abuso de poder de 1985, la comunidad internacional convino en
los siguientes derechos de las víctimas:
• El derecho a ser tratado con respeto y reconocimiento;
• El derecho a ser remitido a los servicios de apoyo apropiados;
• El derecho a recibir información acerca de la marcha del
proceso;
• El derecho a estar presente y aportar información para
la adopción de decisiones;
• El derecho a asistencia letrada;
• El derecho a la protección de su seguridad física
y su privacidad;
• El derecho a recibir indemnización, tanto del perpetrador
como del Estado.
Para mayor información, diríjase a:
Sr. Sandro Tucci
Portavoz del Director Ejecutivo
Oficina de las Naciones Unidas de Fiscalización
de Drogas y de Prevención del Delito
P.O. Box 500
A-1400 Viena, Austria
Teléfono: (43 1) 26060-5629
Fax: (43 1) 26060-5875
Correo-e: sandro.tucci@undcp.org
Sr. Bill Hass
Oficial de Información Pública
Sección de Desarrollo y Derechos Humanos
Departamento de Información Pública
de las Naciones Unidas
Oficina S-1040
Naciones Unidas
Nueva York, NY 10017, EE. UU.
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Fax: (212) 963-1186
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Publicado por el Departamento de Información
Pública de las Naciones Unidas
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