Nueva York, 11 a 13 de noviembre de 2001
Proyecto de informe de la Conferencia
I. Introducción
1. La Conferencia sobre medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares, convocada de conformidad con el artículo XIV del Tratado, fue inaugurada el 11 de noviembre de 2001 por el Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. Kofi A. Annan, quien en esa ocasión pronunció un discurso.
2. Participaron en la Conferencia los siguientes 109 Estados que ya habían depositado sus instrumentos de ratificación del Tratado antes de la apertura de la Conferencia y Estados signatarios que aún no habían depositado sus instrumentos de ratificación con anterioridad a la apertura de la Conferencia: Alemania, Andorra, Argelia, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bangladesh, Belarús, Bélgica, Bolivia, Brasil, Brunei Darussalam, Bulgaria, Cabo Verde, Camboya, Canadá, Chile, China, Chipre, Colombia, Congo, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Etiopía, ex República Yugoslava de Macedonia, Federación de Rusia, Fiji, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Georgia, Grecia, Guatemala, Haití, Hungría, Indonesia, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Jordania, Kazajstán, Kenya, Lesotho, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Madagascar, Malasia, Maldivas, Malta, Marruecos, México, Mónaco, Mongolia, Nauru, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Omán, Países Bajos, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Democrática Popular Lao, República de Moldova, República Dominicana, República Islámica del Irán, Rumania, San Marino, Santa Sede, Senegal, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suriname, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Ucrania, Uruguay, Uzbekistán, Venezuela, Viet Nam, Yugoslavia, Zambia y Zimbabwe.
3. De conformidad con el artículo 40 del reglamento, también asistieron a la Conferencia los siguientes Estados: Arabia Saudita, Barbados, Camerún, Cuba, Iraq, Jamahiriya Árabe Libia1, Pakistán, República Centroafricana y Sudán.
4. De conformidad con el artículo 41 del reglamento, asistieron a la Conferencia los siguientes organismos especializados, organizaciones conexas y organizaciones intergubernamentales: Foro de las Islas del Pacífico, Organismo Internacional de Energía Atómica y Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe.
5. De conformidad con el artículo 42 del reglamento, asistió a la Conferencia Palestina.
6. De conformidad con el artículo 43 del reglamento, asistieron a la Conferencia 24 organizaciones no gubernamentales.
7. En el documento CTBT-Art.XIV/2001/INF.2/Rev.1 figura una lista de las delegaciones que asistieron a la Conferencia, incluidos los Estados participantes, otros Estados, organismos especializados, organizaciones conexas, organizaciones intergubernamentales, entidades a las que se había concedido la condición de observadoras en la Asamblea General de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales.
II. Decisiones en materia de organización y procedimiento
8. En su primera sesión plenaria, celebrada el 11 de noviembre de 2001, la Conferencia, por aclamación, eligió Presidente de la Conferencia al Excmo. Sr. Miguel Marín Bosch (México). El Presidente pronunció un discurso en esa ocasión.
9. En esa misma sesión, la Conferencia aprobó el reglamento de la Conferencia (CTBT-Art.XIV/2001/2).
10. También en esa sesión, la Conferencia aprobó el programa provisional y el calendario de trabajo (CTBT-Art.XIV/2001/1/Rev.2), con los siguientes temas del programa:
1. Apertura de la Conferencia por el Secretario General de las Naciones Unidas.
2. Elección del Presidente.
3. Aprobación del reglamento.
4. Aprobación del programa y otros asuntos de organización.
5. Elección de las demás autoridades.
6. Credenciales de los representantes ante la Conferencia:
a) Nombramiento de la Comisión de Verificación de Poderes.
b) Informe de la Comisión de Verificación de Poderes.
7. Confirmación del Secretario de la Conferencia.
8. Declaración del Secretario Ejecutivo de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares.
9. Presentación de un informe sobre la marcha de las actividades de cooperación para facilitar la entrada en vigor del Tratado.
10. Intercambio general de opiniones entre los Estados ratificadores y signatarios sobre las medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares.
11. Declaraciones de los Estados no signatarios.
12. Declaración en nombre de las organizaciones no gubernamentales.
13. Examen y aprobación de un documento final.
14. Cuestiones derivadas del párrafo 3 del
artículo XIV del Tratado.
15. Aprobación del informe de la Conferencia.
16. Clausura de la Conferencia.
11. También en la misma sesión, de conformidad con el artículo 6 del reglamento, la Conferencia eligió Vicepresidentes de la Conferencia a los representantes de Austria, Eslovaquia, el Perú, la República de Corea y Sudáfrica.
12. En esa misma sesión, de conformidad con el artículo 11 del reglamento, la Conferencia confirmó el nombramiento por el Secretario General de las Naciones Unidas de la Sra. Hannelore Hoppe, Jefa de la Subdivisión de Armas de Destrucción en Masa, Departamento de Asuntos de Desarme, Secretaría de las Naciones Unidas, en calidad de Secretaria de la Conferencia.
13. También en esa sesión, de conformidad con el artículo 4 del reglamento y atendiendo a una propuesta del Presidente, la Conferencia estableció una Comisión de Verificación de Poderes integrada por los representantes de Chile, Japón, Kenya, Suecia y Ucrania. En su quinta sesión plenaria, celebrada el 13 de noviembre, la Conferencia aprobó el informe de la Comisión de Verificación de Poderes (CTBT-Art.XIV/2001/5).
III. Trabajos de la Conferencia
14. La Conferencia celebró un total de cinco sesiones plenarias y tuvo ante sí los siguientes documentos:
CTBT-Art.XIV/2001/1/Rev.2
Proyecto de programa provisional y proyecto de calendario para los trabajos
de la Conferencia
CTBT-Art.XIV/2001/2 y Corr.1
Proyecto de reglamento de la Conferencia
CTBT-Art.XIV/2001/3 y Corr.1
Documento de trabajo preparado por la Secretaría Técnica Provisional
de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de
prohibición completa de los ensayos nucleares para la Conferencia sobre
medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado (Nueva York, 2001)
CTBT-Art.XIV/2001/4
Carta de fecha 9 de noviembre de 2001 dirigida al Secretario General de las
Naciones Unidas por el Representante Permanente de la Federación de Rusia
ante las Naciones Unidas por la que se transmite el discurso del Presidente
de la Federación de Rusia, Sr. Vladimir C. Putin, dirigido a los participantes
e invitados en la Conferencia sobre medidas para facilitar la entrada en vigor
del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares
CTBT-Art.XIV/2001/5
Informe de la Comisión de Verificación de Poderes
CTBT-Art.XIV/2001/WP.1
Proyecto de declaración final
CTBT-Art.XIV/2001/WP.2
Proyecto de informe de la Conferencia
CTBT-Art.XIV/2001/INF.1
Nota informativa
CTBT-Art.XIV/2001/INF.2/Rev.1
Lista de participantes
15. En la primera sesión plenaria, el Sr. Wolfgang Hoffmann, Secretario Ejecutivo de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares, pronunció un discurso ante la Conferencia.
16. En esa misma sesión, el Sr. Nobuyasu Abe (Japón) presentó un informe sobre la marcha de las actividades de cooperación para facilitar la entrada en vigor del Tratado.
17. En las sesiones plenarias primera a quinta, celebradas del 11 al 13 de noviembre, en relación con el tema 10 del programa se celebró un intercambio general de opiniones entre los Estados ratificadores y signatarios sobre las medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado. Los representantes de los Estados participantes formularon declaraciones en el orden siguiente: Austria, Bélgica (en nombre de la Unión Europea y los Estados asociados Bulgaria, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Islandia, Letonia, Lituania, Malta, Noruega, Polonia, República Checa, Rumania y Turquía), Malta, Suecia, Finlandia, Irlanda, Perú, Federación de Rusia, República Checa, Eslovenia, México, Lesotho, Islandia, Australia, Indonesia, Bangladesh, Alemania, República de Corea, Egipto, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Nueva Zelandia, Países Bajos, Irán (República Islámica del), Belarús, Grecia, Argentina, Marruecos, Bulgaria, Tailandia, Nauru (en nombre del Grupo del Foro de las Islas del Pacífico), Polonia, Eslovaquia, Noruega, Malasia, Israel, Santa Sede, Senegal, Chile (en nombre del Grupo de Río), Suiza, Croacia, Argelia, Portugal, Venezuela, Canadá, Turquía, Luxemburgo, Paraguay, Azerbaiyán, Italia, Uruguay (en nombre del Grupo del MERCOSUR), Japón, China, Lituania, España, Hungría, Francia, Guatemala, Yugoslavia, Costa Rica, Ecuador, Ucrania, Uzbekistán, Brasil, Zambia, Filipinas, Singapur, Kazajstán, Colombia, Qatar, Chile, Dinamarca, Zimbabwe, Nicaragua, Sudáfrica, Viet Nam, Nigeria, Rumania, Armenia y Gabón.
18. En la quinta sesión plenaria, celebrada el 13 de noviembre, de conformidad con el artículo 40 del reglamento y en relación con el tema 11, el representante de la Jamahiriya Árabe Libia formuló una declaración.
19. En esa misma sesión, de conformidad con el artículo 43 del reglamento y en relación con el tema 12 del programa, la Sra. Rebecca Johnson, del Acronym Institute for Disarmament Diplomacy, hizo una declaración en nombre de las organizaciones no gubernamentales participantes en la Conferencia.
IV. Conclusión de la Conferencia
20. En la quinta sesión plenaria, celebrada el 13 de noviembre, en relación con el tema 13 del programa la Conferencia examinó y aprobó la Declaración final, cuyo texto figura en el anexo del presente informe. Al momento de la aprobación de la Declaración final, la Conferencia señaló que habían asistido representantes de los siguientes Estados no signatarios: Arabia Saudita, Barbados, Camerún, Cuba, Iraq, Jamahiriya Árabe Libia, Pakistán, República Centroafricana y Sudán. La Conferencia les dio la bienvenida y agradeció su presencia.
21. En esa misma sesión, la Conferencia examinó el tema 14 del programa, titulado Cuestiones derivadas del párrafo 3 del artículo XIV del Tratado, y tomó nota de las disposiciones contenidas en el párrafo 3 del artículo XIV del Tratado.
22. También en esa sesión, la Conferencia examinó y aprobó su informe.
Notas
1 La Jamahiriya Árabe Libia firmó el Tratado antes de que se clausurara la Conferencia el 13 de noviembre de 2001.
Anexo
Conferencia sobre medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado de
prohibición completa de los ensayos nucleares
(Nueva York, 2001)
Declaración final
1. Plenamente conscientes de las responsabilidades que asumimos al firmar el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, conforme a lo dispuesto en el artículo XIV del Tratado, y recordando la Declaración Final aprobada por la Conferencia celebrada en Viena, del 6 al 8 de octubre de 1999, nosotros, los ratificadores, junto con los Estados signatarios, nos reunimos en Nueva York del 11 al 13 de noviembre de 2001 para promover la entrada en vigor del Tratado a la mayor brevedad posible. Acogimos con beneplácito la presencia de representantes de Estados no signatarios, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales.
2. Reafirmamos nuestra firme decisión de promover la paz y la seguridad internacionales en todo el mundo y subrayamos la importancia de un tratado universal de prohibición completa de los ensayos nucleares internacional y eficazmente verificable como instrumento fundamental en el ámbito del desarme nuclear y la no proliferación en todos sus aspectos. Reiteramos que la cesación de todas las explosiones de ensayo de armas nucleares y de todas las demás explosiones nucleares, al restringir el desarrollo y la mejora cualitativa de las armas nucleares y poner fin al desarrollo de nuevos tipos avanzados de armas nucleares, constituye una medida eficaz de desarme nuclear y de no proliferación en todos sus aspectos y, por consiguiente, un paso importante en la realización de un proceso sistemático destinado a conseguir el desarme nuclear. Renovamos, en consecuencia, nuestro compromiso de trabajar por la ratificación universal del Tratado y su pronta entrada en vigor, conforme a lo dispuesto en el artículo XIV.
3. Examinamos los progresos generales alcanzados desde la apertura a la firma del Tratado y, en particular, los avances registrados después de la Conferencia celebrada en Viena del 6 al 8 de octubre de 1999. Tomamos nota con reconocimiento del apoyo abrumador manifestado en favor del Tratado. La Asamblea General de las Naciones Unidas y otros órganos multilaterales han exhortado a que se firme y ratifique el Tratado a la mayor brevedad posible y han instado a todos los Estados a que sigan ocupándose de la cuestión al más alto nivel político. Destacamos la importancia del Tratado y de su entrada en vigor para la adopción de medidas prácticas que propicien la realización de esfuerzos sistemáticos y progresivos en pro del desarme nuclear y la no proliferación, como quedó establecido en los foros internacionales sobre el desarme nuclear y la no proliferación celebrados en 2000. Consideramos que la cesación de todas las explosiones de ensayo de armas nucleares y de cualquier otra explosión nuclear contribuirá al logro de esos propósitos.
4. De conformidad con las disposiciones del artículo XIV del Tratado, examinamos el grado en que se había cumplido la exigencia enunciada en el párrafo 1 y decidimos por consenso qué medidas compatibles con el derecho internacional cabía adoptar para acelerar el proceso de ratificación con objeto de facilitar la pronta entrada en vigor del Tratado.
5. Desde la aprobación del Tratado por la Asamblea General de las Naciones Unidas y su apertura a la firma hace cinco años, se han logrado avances en el proceso de ratificación. Hasta la fecha 162 Estados lo han firmado y 87 Estados han depositado sus instrumentos de ratificación, cifras que representan un aumento de más del 70% en comparación con el número de ratificaciones registradas cuando se celebró la Conferencia en 1999. De los 44 Estados enumerados en el anexo 2 al Tratado cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado, 41 lo han firmado y, de este grupo, 31 también lo han ratificado. En el apéndice figura una lista de dichos Estados. El proceso de ratificación ha avanzado de manera sostenida, hecho que acogimos con satisfacción como prueba de la firme determinación de los Estados de no realizar ninguna explosión de ensayo de armas nucleares o cualquier otra explosión nuclear y de prohibir y prevenir cualquier explosión nuclear de esa índole en cualquier lugar sometido a su jurisdicción o control.
6. Pese a los progresos alcanzados y a nuestro firme apoyo al Tratado, observamos con preocupación que, cinco años después de su apertura a la firma, aún no ha entrado en vigor. Por consiguiente, subrayamos nuestra determinación de intensificar los esfuerzos encaminados a promover su entrada en vigor lo antes posible, de conformidad con las disposiciones del Tratado.
7. Después de que el Tratado quedó abierto a la firma, se llevaron a cabo explosiones nucleares. Los países que las realizaron declararon posteriormente que no realizarían más explosiones nucleares y manifestaron su voluntad de no demorar la entrada en vigor del Tratado.
8. A la luz del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, y teniendo en cuenta sus propósitos y objetivos, afirmamos que la realización de explosiones de ensayo de armas nucleares o cualquier otra explosión nuclear representa una grave amenaza a los esfuerzos mundiales en pro del desarme nuclear y la no proliferación.
9. Instamos a todos los Estados a que mantengan una moratoria de las explosiones de ensayo de armas nucleares o cualquier otra explosión nuclear y subrayamos la importancia de la firma y la ratificación del Tratado.
10. Tomamos conocimiento con satisfacción del informe que presentó a la Conferencia el Secretario Ejecutivo de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (OTPCE) sobre los progresos realizados por la Comisión Preparatoria y su Secretaría Técnica Provisional desde noviembre de 1996 en cumplimiento del requisito de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el establecimiento efectivo de la futura OTPCE.
11. A ese respecto, acogimos con satisfacción el impulso que han dado la Comisión Preparatoria y su Secretaría Técnica Provisional a los principales programas de la Comisión, como se señalaba en el informe del Secretario Ejecutivo. Acogimos igualmente con agrado los avances logrados en la creación de una infraestructura mundial para la verificación del Tratado, incluido el Sistema Internacional de Vigilancia, con miras a asegurar que, en el momento de la entrada en vigor, el régimen de verificación cumpla los requisitos de verificación del Tratado. Acogimos además con beneplácito la concertación de un número importante de convenios y arreglos conexos con Estados y organizaciones internacionales.
12. Convencidos de la importancia de lograr la adhesión universal al Tratado, acogiendo con beneplácito las ratificaciones de todos los Estados que ya lo han hecho desde la Conferencia de 1999, e insistiendo en particular en las medidas necesarias para lograr su pronta entrada en vigor, como se estipula en el artículo XIV del Tratado, nosotros:
a) Hacemos un llamamiento a todos los Estados que aún no hayan firmado el Tratado a que lo firmen y ratifiquen lo antes posible y se abstengan, entre tanto, de actos que puedan frustrar su objeto y propósito;
b) Hacemos un llamamiento a todos los Estados que hayan firmado el Tratado pero aún no lo hayan ratificado, en particular aquellos cuya ratificación es necesaria para su entrada en vigor, a que aceleren sus respectivos procesos de ratificación con miras a su pronta y feliz culminación;
c) Recordamos que dos de los tres Estados cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado pero que aún no lo han firmado han manifestado su voluntad de no demorar la entrada en vigor del Tratado, y les instamos a que lo firmen y ratifiquen lo antes posible;
d) Observamos que uno de los tres Estados cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado pero que aún no lo ha firmado no ha manifestado sus intenciones con respecto al Tratado, e instamos a dicho Estado a que firme y ratifique el Tratado lo antes posible a fin de facilitar su entrada en vigor;
e) Observamos la ratificación por parte de tres Estados poseedores de armas nucleares, e instamos a los dos restantes a que aceleren sus respectivos procesos de ratificación con miras a su pronta y feliz culminación;
f) En nuestro empeño por lograr la pronta entrada en vigor del Tratado, nos comprometemos a utilizar todos los medios a nuestro alcance de conformidad con el derecho internacional para continuar alentando la firma y ratificación del Tratado; e instamos a todos los Estados a que preserven el impulso generado por esta Conferencia y continúen ocupándose de la cuestión al más alto nivel político;
g) Acordamos que los Estados ratificadores elegirán a uno de entre ellos para promover la cooperación con miras a facilitar la pronta entrada en vigor del Tratado, mediante consultas oficiosas con todos los países interesados, y alentamos las iniciativas bilaterales, regionales y multilaterales dirigidas a promover la firma y ratificación por otros Estados;
h) Instamos a todos los Estados al intercambio de información y asesoramiento jurídicos y técnicos a fin de agilizar los procesos de firma, ratificación y aplicación del Tratado por los Estados interesados y a solicitud de éstos. Alentamos a la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares y al Secretario General de las Naciones Unidas a que apoyen activamente esos esfuerzos conforme a sus mandatos respectivos;
i) Hacemos un llamamiento a la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares a que prosiga sus actividades de cooperación internacional encaminadas a que se comprenda mejor el Tratado, entre las que se encuentran poner de manifiesto las ventajas de la aplicación de las tecnologías de verificación para fines pacíficos de conformidad con las disposiciones del Tratado, a fin de promover la firma y ratificación del Tratado por otros Estados;
j) Reiteramos el llamado a todos los sectores pertinentes de la sociedad civil para que lleven a cabo una labor de sensibilización y apoyo a los objetivos del Tratado y a su pronta entrada en vigor, conforme a lo dispuesto en el artículo XIV del Tratado.
13. Reafirmamos nuestra adhesión a las obligaciones fundamentales del Tratado y nuestra promesa de abstenernos de actos que puedan frustrar el objeto y el propósito del Tratado antes de su entrada en vigor.
14. Mantenemos nuestro firme compromiso de continuar esforzándonos por asegurar que, en el momento de la entrada en vigor, el régimen de verificación del Tratado estará en condiciones de cumplir los requisitos de verificación, de conformidad con las disposiciones del artículo IV del Tratado. En ese contexto, seguiremos prestando a la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares el apoyo que necesita para desempeñar sus funciones de la manera más eficiente y económica.
15. La Conferencia abordó la cuestión de la celebración de posibles conferencias en el futuro, expresó la determinación de los participantes de continuar la labor en pro de la entrada en vigor del Tratado y tomó nota de las disposiciones que figuraban en el párrafo 3 del artículo XIV del Tratado.
Apéndice de la declaración final de la Conferencia sobre medidas para facilitar la entrada en vigor del Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares, Nueva York, 2001
Lista de Estados
A. Estados que han ratificado el Tratado
| Alemania | Francia | Países Bajos |
| Argentina | Granada | Panamá |
| Australia | Gabón | Paraguay |
| Austria | Grecia | Perú |
| Azerbaiyán | Guyana | Polonia |
| Bangladesh | Hungría | Portugal |
| Belarús | Irlanda | Qatar |
| Bélgica | Islandia | Reino Unido de Gran |
| Benin | Italia | Bretaña e Irlanda del |
| Bolivia | Japón | Norte |
| Brasil | Jordania | República Checa |
| Bulgaria | Kenya | República de Corea |
| Camboya | Kiribati | República Democrática |
| Canadá | Lesotho | Popular Lao |
| Chile | Lituania | Rumania |
| Costa Rica | Luxemburgo | Santa Lucía |
| Croacia | Maldivas | Santa Sede |
| Dinamarca | Malí | Senegal |
| Ecuador | Malta | Sierra Leona |
| El Salvador | Marruecos | Singapur |
| Emiratos Árabes Unidos | México | Sudáfrica |
| Eslovaquia | Micronesia (Estados | Suecia |
| Eslovenia | Federados de) | Suiza |
| España | Mónaco | Tayikistán |
| Estonia | Mongolia | Turkmenistán |
| ex República Yugoslava | Namibia | Turquía |
| de Macedonia | Nauru | Ucrania |
| Federación de Rusia | Nicaragua | Uganda |
| Fiji | Nigeria | Uruguay |
| Filipinas | Noruega | Uzbekistán |
| Finlandia | Nueva Zelandia |
B. En el anexo 2 del Tratado se enumeran los 44 Estados siguientes, cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado de conformidad con lo dispuesto en el artículo XIV
| Alemania | Federación de Rusia | Reino Unido de Gran |
| Argelia | Finlandia | Bretaña e Irlanda del |
| Argentina | Francia | Norte |
| Australia | Hungría | República de Corea |
| Austria | India | República Democrática |
| Bangladesh | Indonesia | del Congo |
| Bélgica | Irán (República Islámica | República Popular |
| Brasil | del) | Democrática de Corea |
| Bulgaria | Israel | Rumania |
| Canadá | Italia | Sudáfrica |
| Chile | Japón | Suecia |
| China | México | Suiza |
| Colombia | Noruega | Turquía |
| Egipto | Países Bajos | Ucrania |
| Eslovaquia | Pakistán | Viet Nam | España | Perú |
| Estados Unidos | Polonia | |
| de América |
1. Estados enumerados en el anexo 2 del Tratado que lo han firmado y ratificado
| Alemania | España | Polonia |
| Argentina | Federación de Rusia | Reino Unido de Gran |
| Australia | Finlandia | Bretaña e Irlanda del |
| Austria | Francia | Norte |
| Bangladesh | Hungría | República de Corea |
| Bélgica | Italia | Rumania |
| Brasil | Japón | Sudáfrica |
| Bulgaria | México | Suecia |
| Canadá | Noruega | Suiza |
| Chile | Países Bajos | Turquía |
| Eslovaquia | Perú | Ucrania |
2. Estados enumerados en el anexo 2 del Tratado que lo han firmado pero no lo han ratificado
| Argelia | Estados Unidos de | Israel |
| China | América | República Democrática |
| Colombia | Indonesia | del Congo |
| Egipto | Irán (República Islámica | Viet Nam |
| del) |
3. Estados enumerados en el anexo 2 del Tratado que no lo han firmado
| India | Pakistán | República Popular Democrática de Corea |
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