![]() | LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA |
¿Qué es la Corte Internacional de Justicia?
Pueden recurrir a la Corte todas las partes en su Estatuto, que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Suiza y Nauru son los únicos Estados no Miembros que son partes en el Estatuto. Ninguna persona individual podrá recurrir a la Corte.
Todos los países que son partes en el Estatuto de la Corte pueden ser partes en los casos que les sean sometidos. Otros Estados pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.
Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.
Jurisdicción
La jurisdicción de la Corte se extiende a todos los
litigios que los Estados le sometan y a todos los asuntos
previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en tratados y
convenciones vigentes. Los Estados pueden obligarse por
anticipado a aceptar la jurisdicción de la Corte en casos
especiales, ya sea mediante la firma de un tratado o convención
en que se estipula que el caso sea sometido a la Corte o mediante
una declaración especial en ese sentido. Esas declaraciones de
aceptación obligatoria de la jurisdicción de la Corte pueden
excluir ciertos tipos de casos.
De conformidad con el Artículo 38 de su Estatuto, la Corte, al decidir las controversias que se le sometan, aplica:
Si las partes convienen en ello, la Corte también puede decidir un litigio sobre la base de la equidad.
Miembros
La Corte está integrada por 15 magistrados
elegidos por la Asamblea General y el Consejo de
Seguridad, en votaciones independientes. Se los elige por sus
méritos y no por su nacionalidad, y se intenta que estén
representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del
mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un
mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y
pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra
ocupación mientras dure su mandato.
Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas, denominadas "salas", cuando las partes lo soliciten. Las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por la Corte en pleno. La Corte ha constituido además una Sala de Asuntos Ambientales.