Estados Miembros en mora bajo los términos del artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas

Al 16 de mayo de 2008, hay 7 Estados Miembros que están en mora según lo dispuesto en el Artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas, que dice lo siguiente::

"El Miembro de las Naciones Unidas que esté en mora en el pago de sus cuotas financieras * para los gastos de la Organización no tendrá voto en la Asamblea General cuando la suma adeudada sea igual o superior al total de las cuotas adeudadas por los dos años anteriores completos. La Asamblea General podrá, sin embargo, permitir que dicho Miembro vote si llegare a la conclusión de que la mora se debe a circunstancias ajenas a la voluntad de dicho Miembro."

  • República Centroafricanaa
  • Comorasa
  • Guinea-Bissaua
  • Liberiaa
  • Santo Tomé y Príncipea
  • Somaliaa
  • Tayikistána

a La Asamblea General, en virtud de su resolución 62/1 , de 15 de octubre de 2007, decidió que se permita a las Comoras, Guinea-Bissau, Liberia, la República Centroafricana, Santo Tomé y Príncipe, Somalia y Tayikistán votar en la Asamblea General hasta el final su sexagésimo segundo período de sesiones.

Fuente: A/61/709 + Add.1 + Add.2 + Add.3 + Add.4 + Add.5 + Add.6 + Add.7 + Add.8 + Add.9 | A/62/342 | A/62/657 + Add.1 + Add.2 + Add.3 + Add.4 + Add.5 + Add.6 + Add.7 + Add.8

Para más información visite el sitio de la Comisión de Cuotas *