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  Misión Integrada de las Naciones Unidas en Timor-Leste
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( * inglés )

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La Misión Integrada de las Naciones Unidas en Timor-Leste (UNMIT) fue establecida por el Consejo de Seguridad en su resolución 1704 de fecha 25 de agosto de 2006, con el siguiente mandato:

  1. Prestar apoyo al Gobierno y a las instituciones pertinentes con miras a consolidar la estabilidad, fomentar una cultura de gobernanza democrática y facilitar el diálogo político entre las partes interesadas de Timor-Leste en su labor de poner en marcha un proceso de reconciliación nacional y promover la cohesión social;
  2. Prestar apoyo a Timor-Leste en todos los aspectos del proceso relativo a las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2007, incluso mediante apoyo técnico y logístico, asesoramiento en materia de política electoral y verificación o por otros medios;
  3. Asegurar, mediante la presencia de efectivos de policía de las Naciones Unidas, el restablecimiento y mantenimiento de la seguridad pública en Timor-Leste prestando apoyo a la policía nacional de Timor-Leste, como se prevé en el informe del Secretario General, lo que incluye el mantenimiento de la ley y la seguridad pública con carácter provisional hasta que se vuelva a constituir la policía nacional de Timor-Leste, prestar asistencia para continuar con la capacitación, el desarrollo institucional y el fortalecimiento, tanto de la policía nacional como del Ministerio del Interior, y prestar asistencia para la planificación y preparación de disposiciones en materia de seguridad en relación con las elecciones a fin de preparar adecuadamente a la policía nacional para que desempeñe su labor y cumpla sus funciones durante la celebración de las elecciones de 2007;
  4. Prestar apoyo al Gobierno de la República Democrática de Timor-Leste, cumplir funciones de enlace en relación con las labores de seguridad y establecer una presencia continua en los tres distritos fronterizos junto con los agentes de policía armados de las Naciones Unidas asignados a las comisarías de policía del distrito, mediante la presencia imparcial de oficiales de enlace militar de las Naciones Unidas;
  5. Prestar asistencia al Gobierno de la República Democrática de Timor- Leste en la realización de un examen amplio de la función y las necesidades futuras del sector de seguridad, incluidas las Falintil-Forças Armadas de Defesa de Timor- Leste, el Ministerio de Defensa, la policía nacional de Timor-Leste y el Ministerio del Interior, con miras a apoyarlo, proporcionándole asesores y en colaboración y coordinación con otros asociados, en el fortalecimiento de la creación de capacidad institucional, según proceda;
  6. Prestar asistencia, en colaboración y coordinación con otros asociados, para seguir afianzando la capacidad de las instituciones estatales y del Gobierno en ámbitos en donde se requieran conocimientos especializados, como el sector de la justicia, y promover un “pacto” entre Timor-Leste y la comunidad internacional para coordinar a los gobiernos, las Naciones Unidas y otras entidades multilaterales y bilaterales que contribuyen a los programas prioritarios;
  7. Prestar asistencia en la labor de seguir fortaleciendo la capacidad y los mecanismos de las instituciones y de la sociedad del país para vigilar, fomentar y proteger los derechos humanos y promover la justicia y la reconciliación, incluso respecto de las mujeres y los niños, y observar la situación en materia de derechos humanos e informar al respecto;
  8. Facilitar la prestación de asistencia de socorro y para la recuperación y el acceso a la población necesitada de Timor, con particular atención a los sectores de la sociedad que se encuentran en una situación más vulnerable, incluidos los desplazados dentro del país y las mujeres y los niños;
  9. Prestar asistencia en el cumplimiento de las recomendaciones pertinentes que figuran en el informe del Secretario General sobre la justicia y la reconciliación, incluida la asistencia a la Oficina del Fiscal General de Timor-Leste, proporcionando un equipo de personal investigador experimentado, para que se reanuden las funciones de investigación de la antigua Dependencia de Delitos Graves, a fin de concluir las investigaciones de casos pendientes de violaciones graves de los derechos humanos cometidas en el país en 1999;
  10. Coordinar su labor y cooperar con los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, así como con todos los asociados pertinentes, incluidas las instituciones financieras internacionales y los donantes, en el desempeño de las tareas anteriormente mencionadas que procedan, con miras a aprovechar al máximo la asistencia bilateral y multilateral existente y futura a Timor-Leste para la consolidación de la paz y la creación de capacidad después del conflicto, y prestar apoyo al Gobierno y a las instituciones pertinentes, en colaboración y coordinación con otros asociados, para formular políticas y estrategias de reducción de la pobreza y crecimiento económico a fin de preparar el plan de desarrollo de Timor-Leste;
  11. Incorporar perspectivas de género y relacionadas con los niños y los jóvenes en todas las políticas, programas y actividades de la Misión y, en colaboración con los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, prestar apoyo a la elaboración de una estrategia nacional para promover la igualdad entre los géneros y la potenciación de la mujer;
  12. Proporcionar información objetiva y exacta a la población de Timor- Leste, en particular en lo que respecta a las próximas elecciones de 2007, promoviendo el entendimiento de la labor de la UNMIT, y colaborar en la creación de capacidad de los medios de comunicación locales;
  13. Velar, con arreglo a su capacidad y en sus zonas de despliegue, y en coordinación con las fuerzas de seguridad internacionales, por la seguridad y la libre circulación del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, y proteger al personal, los locales, los servicios, y el equipo de las Naciones Unidas y el material de asistencia humanitaria relacionado con la operación; y
  14. Vigilar y examinar los progresos realizados en relación con lo dispuesto en los apartados a) a m) anteriores.
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Éste no es un documento oficial de las Naciones Unidas.
Preparado y mantenido en español por la Sección del Sitio Internet de la ONU
de la División de Noticias y Medios de Información del Departamento de Información Pública,
en colaboración con el Departamento de Operaciones de Paz.
El contenido de esta página es una traducción no oficial, elaborada con la participación
de la Facultad de Traducción de la Universidad de Salamanca.
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