| Resoluciones del Consejo de Seguridad |
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| 2009 |
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| S/ RES/1896 |
30 de noviembre de 2009 |
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| 2008 |
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| S/ RES/1857 |
22 de diciembre de 2008 |
| S/ RES/1856 |
22 de diciembre de 2008 |
| S/ RES/1843 |
20 de noviembre de 2008 |
| S/ RES/1807 |
31 de marzo de 2008 |
| S/ RES/1804 |
13 de marzo de 2008 |
| S/ RES/1799 |
15 de febrero de 2008 |
| S/ RES/1797 |
30 de enero de 2008 |
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| 2007 |
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| S/ RES/1794 |
21 de diciembre de 2007 |
| S/ RES/1771 |
10 de agosto de 2007 |
| S/ RES/1768 |
31 de julio de 2007 |
| S/ RES/1756 |
15 de mayo de 2007 |
| S/ RES/1751 |
13 de abril de 2007 |
| S/ RES/1742 |
15 de febrero de 2007 |
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| 2006 |
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| S/RES/1736 |
22 de diciembre de
2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, autoriza a que, desde el 1º de
enero hasta el 15 de febrero de 2007, fecha en que termina el mandato actual
de la MONUC, se aumente la dotación militar de esa Misión en un máximo de 916
efectivos militares a fin de que se pueda mantener el batallón de infantería
y el hospital militar autorizados en el marco del mandato de la ONUB. |
| S/RES/1711 |
29 de septiembre de
2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar hasta el 15 de
febrero de 2007 el mandato de la MONUC, Decide prorrogar hasta la misma fecha
el aumento de los efectivos militares y de la policía civil y prorrogar hasta
el 31 de diciembre de 2006 la autorización para que transfiera temporalmente
como máximo un batallón de infantería, un hospital militar y 50 observadores
militares de la ONUB a la MONUC. |
| S/RES/1698 |
31 de julio de 2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, Reafirma las exigencias
formuladas en los párrafos 15, 18 y 19 de la resolución 1493, en el párrafo 5
de la resolución 1596 y en los párrafos 15 y 16 de la resolución 1649; |
| S/RES/1693 |
30 de junio de 2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar hasta el 30 de
septiembre de 2006 el aumento de los efectivos militares y de policía civil
de la MONUC autorizado en las resoluciones 1621 (2005) y 1635 (2005) |
| S/RES/1692 |
30 de junio de 2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide extender el incremento
autorizado en su resolución 1621 y 1635 hasta el 30 de septiembre |
| S/RES/1671 |
25 de abril de 2006
Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el
Consejo de Seguridad, autoriza el despliegue de la Eufor R.D. Congo en la República Democrática del Congo
por un período que finalizará cuatro meses después de la fecha de la primera
vuelta de las elecciones presidenciales y legislativas. El Consejo de
Seguridad, entre otras cosas, |
| S/RES/1669 |
10 de abril de 2006
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide autorizar al Secretario
General a que redespliegue temporalmente como
máximo, un batallón de infantería, un hospital militar y hasta 50
observadores militares de la ONUB a la MONUC, hasta el 1º de julio de 2006, |
| S/RES/1654 |
31 de enero de 2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, pide al Secretario General que,
en consulta con el Comité establecido en virtud del párrafo 8 de la
resolución 1533 (2004), vuelva a establecer el Grupo de Expertos a que se
hace referencia en el párrafo 10 de la resolución 1533 (2004) y el párrafo 21
de la resolución 1596 (2005) en el plazo de treinta días después de la
aprobación de la presente resolución y por un período que finalizará el 31 de
julio de 2006. |
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| 2005 |
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| S/RES/1649 |
21 de diciembre de
2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, deplora que los grupos armados
extranjeros que operan en la parte oriental de la República Democrática del
Congo no hayan depuesto aún las armas y exige que todos esos grupos procedan
voluntariamente, sin demora ni condiciones, a su desarme, repatriación y
reasentamiento. |
| S/RES/1635 |
28 de octubre de 2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, Decide prorrogar el mandato de la
MONUC hasta el 30 de septiembre de 2006, autoriza que se aumenten los
efectivos militares de la MONUC en 300 personas. Destaca el carácter temporal
del aumento a que se hace referencia en el párrafo que antecede y pide al
Secretario General que adopte las medidas necesarias con miras a reducir esos
efectivos adicionales o a repatriarlos a partir del 1º de julio de 2006 a más
tardar.. |
| S/RES/1628 |
30 de septiembre de
2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, Decide prorrogar hasta el 31 de
octubre de 2005 el mandato de la MONUC, establecido en sus resoluciones 1565
(2004), 1592 (2005), 1596 (2005) y 1621 (2005), aprobadas con arreglo al
Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.. |
| S/RES/1621 |
6 de septiembre de
2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, autoriza que se aumenten los
efectivos de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del
Congo (MONUC) en 841 personas, incluidos un máximo de cinco unidades de
policía constituidas de 125 efectivos cada una y el personal de policía
adicional.. |
| S/RES/1616 |
29 de julio de 2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, pide al Grupo de Expertos que
continúe cumpliendo su mandato, enunciado en las resoluciones 1533 (2004) y
1596 (2005).. |
| S/RES/1596 |
18 de abril de 2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, pide a la MONUC y a la Operación
de las Naciones Unidas en Burundi (ONUB) que, de conformidad con sus
respectivos mandatos y en los lugares en que tengan una presencia permanente,
presten asistencia para tal fin a las autoridades aduaneras competentes de la
República Democrática del Congo y de Burundi.. |
| S/RES/1592 |
30 de marzo de 2005
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar el mandato de la
MONUC, establecido en la resolución 1565 (2004), hasta el 1º de octubre de
2005. |
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| 2004 |
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| S/RES/1565 |
1° de octubre de 2004
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar el despliegue de
la MONUC hasta el 31 de marzo de 2005 |
| S/RES/1555 |
29 de julio de 2004
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar el mandato de la
MONUC, enunciado en las resoluciones 1493 y 1533, ambas aprobadas con arreglo
al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, hasta el 1º de octubre de
2004 |
| S/RES/1552 |
27 de julio de 2004
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar hasta el 31 de
julio de 2005 las disposiciones de los párrafos 20 a 22 de la resolución 1493
(2003) y la totalidad de las disposiciones de la resolución 1533 (2004) |
| S/RES/1533 |
12 de marzo de 2004
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide establecer un comité para
vigilar atentamente el cumplimiento del embargo de armas impuesto en su
resolución 1493, de 28 de julio de 2003 |
| S/RES/1522 |
15 de enero de 2004
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, acoge favorablemente los
esfuerzos que se están realizando para establecer una primera brigada
integrada y unificada en Kisangani |
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| 2003 |
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| S/RES/1501 |
26 de agosto de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, autoriza a los Estados miembros
de la Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia a que, dentro de los
límites de los medios de que dispongan los elementos de ella que no hayan
salido aún de Bunia antes del 1º de septiembre de
2003, presten asistencia al contingente de la MONUC desplegado en la ciudad y
en sus alrededores inmediatos |
| S/RES/1493 |
28 de julio de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar el mandato de la
MONUC hasta el 30 de julio de 2004, autoriza aumentar a 10.800 efectivos la
dotación militar de la MONUC y autoriza a la MONUC a utilizar todos los
medios que sean necesarios para cumplir su mandato en el distrito de Ituri y, según considere que esté dentro de sus
posibilidades, en Kivu del norte y del sur |
| S/RES/1489 |
26 de junio de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, decide prorrogar el mandato de la
MONUC hasta el 30 de julio de 2003 |
| S/RES/1484 |
30 de mayo de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, Autoriza el despliegue hasta el
1° de septiembre de 2003 de una Fuerza Multinacional Provisional de
Emergencia en Bunia en estrecha coordinación con la
MONUC y pide a los jefes de la Fuerza Multinacional Provisional de Emergencia
en Bunia que le informen periódicamente, por
conducto del Secretario General, sobre el cumplimiento de su mandato |
| S/RES/1468 |
20 de marzo de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, Acoge favorablemente el acuerdo a
que llegaron las partes congoleñas el 6 de marzo de 2003 en Pretoria sobre
los arreglos de transición, pide al Secretario General que aumente el número
de integrantes del componente de derechos humanos de la MONUC, y expresa su
apoyo a las orientaciones generales expuestas por el Secretario General en el
párrafo 59 de su último
informe sobre
el papel de la MONUC en apoyo al proceso de paz |
| S/RES/1457 |
24 de enero de 2003
El Consejo de Seguridad, entre otras cosas, pide al Secretario General que
otorgue un nuevo mandato al Grupo de Expertos encargado de examinar la
explotación ilegal de los recursos naturales y otras riquezas de la República
Democrática del Congo por un período de seis meses al final del cual el Grupo
debería presentar un informe al Consejo |
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| 2002 |
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| S/RES/1445 |
4 de diciembre de
2002
Hace suyas las recomendaciones formuladas por el Secretario General en su informe especial, apoya en particular el nuevo
concepto de las operaciones indicado en los párrafos 48 a 54 del informe y
autoriza la ampliación de la MONUC para que tenga un personal militar de
hasta 8.700 efectivos |
| S/RES/1417 |
14 de junio de 2002
La situación en República Democrática del Congo, decide prorrogar el mandato
de la MONUC hasta el 30 de junio de 2003 |
| S/RES/1399 |
19 de marzo de 2002
Condena la reanudación de los enfrentamientos en el enclave de Moliro y la captura de Moliro por la CCD-Goma, y subraya que esto constituye una grave violación de la
cesación del fuego |
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| 2001 |
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| S/RES/1376 |
9 de noviembre de
2001
Apoya la iniciación de la fase III del despliegue de la Misión de las
Naciones Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC) |
| S/RES/1355 |
15 de junio de 2001
Observa con satisfacción que se ha respetado la cesación del fuego entre las
partes del Acuerdo de Cesación de Fuego de Lusaka, reitera su llamamiento
urgente a todas las partes en el Acuerdo de Cesación del Fuego de Lusaka para
que apliquen el Acuerdo,; Decide prorrogar el mandato de la MONUC hasta el 15
de junio de 2002 y decide también examinar al menos cada cuatro meses el
progreso alcanzado, sobre la base de los informes del Secretario General;
Aprueba el concepto actualizado de operaciones expuesto por el Secretario
General en los párrafos 84 a 104 de su informe
del 8 de junio de 2001 (para. 31) |
| S/RES/1341 |
22 de febrero de 2001
Toma nota de los recientes progresos realizados con respecto a la cesación
del fuego, e insta urgentemente a todas las partes en el Acuerdo de Cesación
del Fuego de Lusaka a que no reanuden las hostilidades y a que lo apliquen,
al igual que los acuerdos alcanzados en Kampala y Harare y las resoluciones
pertinentes del Consejo de Seguridad; y hace suyo el nuevo concepto de
operaciones presentado por el Secretario General en su informe de 12 de
febrero de 2001 |
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| 2000 |
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| S/RES/1332 |
14 de diciembre de
2000
Decide prorrogar hasta el 15 de junio de 2001 el mandato de la MONUC |
| S/RES/1323 |
13 de octubre de 2000
Decide prorrogar hasta el 15 de diciembre de 2000 el mandato de la MONUC |
| S/RES/1316 |
23 de agosto de 2000
Decide prorrogar el mandato de la MONUC hasta el 15 de octubre de 2000;
Subraya que el objetivo de esta prórroga técnica del mandato de la MONUC es
dar tiempo para realizar nuevas actividades diplomáticas en apoyo del Acuerdo
de Cesación del Fuego y para que el Consejo considere el futuro mandato de la
MONUC y sus posibles ajustes |
| S/RES/1304 |
16 de junio de 2000
Pide a todas las partes que cesen las hostilidades en el territorio de la
República Democrática del Congo |
| S/RES/1291 |
24 de febrero de 2000
Autoriza la ampliación de la MONUC |
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| 1999 |
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| S/RES/1279 |
30 de noviembre de
1999
Decide que el personal autorizado con arreglo a las resoluciones del Consejo
de Seguridad 1258 (1999) y 1273 (1999), constituirá la Misión de las Naciones
Unidas en la República Democrática del Congo (MONUC) |
| S/RES/1273 |
5 de noviembre de
1999
Decide prorrogar hasta el 15 de enero de 2000 el mandato del personal de
enlace militar de las Naciones Unidas |
| S/RES/1258 |
6 de agosto de 1999
Acoge con satisfacción la firma del Acuerdo de Cesación del Fuego y autoriza
el despliegue del personal de enlace de las Naciones Unidas |
| S/RES/1234 |
9 de
abril de 1999
Exhorta a que se firme de inmediato un acuerdo de cesación del fuego |