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La Misión de las Naciones Unidas para el
Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) fue establecida por
la resolución 690 (1991) del Consejo de Seguridad el
29 de abril de 1991, de acuerdo con "las propuestas de arreglo", tal
y como aceptaron el 30 de agosto de 1998 Marruecos y el Frente
Popular para la Liberación de Saguia el-Hamra y de Río de Oro
(Frente POLISARIO). El plan de aplicación del Secretario General,
aprobado por el Consejo de Seguridad, estableció un período de
transición durante el cual la responsabilidad de todas las
cuestiones relacionadas con un referéndum en el que los habitantes
del Sáhara Occidental eligiesen entre la independencia o la
integración con Marruecos recaería, única y exclusivamente, sobre el
Representante Especial del Secretario General. Éste sería ayudado en
su tarea por un Representante Especial Adjunto y por un grupo
formado por personal civil, militar y policía de las Naciones
Unidas, que se conocería como la Misión de las Naciones Unidas para
el Referéndum del Sáhara Occidental.
La MINURSO tenía el mandato de:
- Supervisar la cesación del fuego;
- Verificar la reducción de tropas de Marruecos en el
Territorio;
- Supervisar la restricción de las tropas de Marruecos y el
Frente POLISARIO a los lugares señalado;
- Tomar medidas con las partes para asegurar la liberación de
todos los prisioneros políticos o detenidos del Sáhara Occidental;
- Supervisar el intercambio de prisioneros de guerra (Comité
Internacional de la Cruz Roja);
- Hacer efectivo el programa de repatriación (Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados);
- Identificar y registrar a las personas con derecho a voto;
- Organizar y asegurar la realización de un referéndum libre y
justo, y dar a conocer los resultados.
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