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La Tercera Comisión aprueba un discutido texto sobre los derechos humanos en Belarús

[ 30 de noviembre del 2007 ]

  A pesar de la resistencia de algunos Estados Miembros, la Tercera Comisión (Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales) aprobó, el 21 de noviembre de 2007, su cuarto proyecto de resolución sobre la situación de los derechos humanos dedicada exclusivamente un país en concreto. La Comisión aprobó, con 68 votos a favor, 32 en contra y 76 abstenciones, un texto sobre Belarús, en el cual expresa su preocupación por las actividades del gobierno para silenciar a la oposición y a los defensores de los derechos humanos. El proyecto muestra la preocupación por las detenciones arbitrarias, la ausencia de la aplicación de los procedimientos debidos, y los juicios políticos a puerta cerrada.

El representante de Belarús rechazó el texto alegando que las acusaciones contra su gobierno eran "infundadas", mientras que el representante de los Estados Unidos, y que fue uno de los principales patrocinadores del texto, defendió que el proyecto de resolución contenía "un recuento honesto y verdadero de los hechos desafortunados sobre el terreno".

La Comisión aprobó por votación otros cuatro proyectos de resolución referidos a la utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación; la inadmisibilidad de ciertas prácticas que contribuyen a exacerbar las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia; al fortalecimiento de la función de las Naciones Unidas para mejorar la eficacia del principio de elecciones periódicas y genuinas y la promoción de la democratización , y el referido al derecho a la alimentación.

Otros seis proyectos fueron aprobados por consenso, como el referido a la tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes . Éste fue aprobado sin someterlo a votación después de que el representante de Belarús retirase una enmienda en que defendía la aceptación de específicas prácticas de interrogatorio, enmarcadas en los sistemas nacionales de aplicación de la ley .

Información adaptada del inglés. Comunicado de prensa GA/SHC/3910*

*en inglés

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