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Antecedentes El NPT es un
tratado internacional que marca un hito histórico y cuyo objetivo es
evitar la proliferación de las armas nucleares y la tecnología
armamentística, fomentar la cooperación en el uso pacífico de la
energía nuclear y promover la meta de conseguir el desarme nuclear,
así como el desarme general y completo. Este Tratado representa el
único compromiso vinculante en un tratado multilateral para alcanzar
la meta del desarme por parte de los Estados que poseen armas
nucleares. Abierto a la firma en 1968, el Tratado entró en vigor
en 1970. Para enero de 2000, un total de 187 partes se habían sumado
al Tratado, incluidos los cinco Estados que poseen armas nucleares.
El NPT ha sido ratificado por más países que ningún otro acuerdo de
limitación de armas y de desarme, lo que sirve como testimonio de su
relevancia. A fin de promover la meta de la no proliferación y
como medida para fomentar la confianza entre los Estados partes,
este Tratado establece un sistema de salvaguardias bajo la
responsabilidad del Organismo Internacional de Energía Atómica
(OIEA). Las salvaguardias se utilizan para verificar el
cumplimiento del Tratado mediante inspecciones dirigidas por el
OIEA. El Tratado fomenta la cooperación en la esfera de la
tecnología nuclear pacífica, así como la igualdad de acceso a esta
tecnología para todos los Estados partes, al tiempo que las
salvaguardias evitan la desviación de material fisionable hacia usos
armamentísticos.
Las
disposiciones del Tratado, en especial el artículo VIII, párrafo 3,
prevén un examen del funcionamiento del Tratado cada cinco años, una
disposición que fue reafirmada por los Estados partes en la
Conferencia de Examen y Prórroga del TNP de 1995.
La Conferencia
de 2000 de las Partes encargada del examen del Tratado sobre la No
Proliferación de las Armas Nucleares (TNP) se celebrará en las
Naciones Unidas en Nueva York del 24 de abril al 19 de mayo de 2000.
Esta Conferencia es la primera que se celebra tras la prórroga
indefinida del Tratado en la Conferencia de 1995. Los Estados partes
examinarán el cumplimiento de las disposiciones del Tratado desde
1995, tomando en consideración las decisiones tomadas en relación
con los principios y los objetivos para la no proliferación y el
desarme de las armas nucleares y la consolidación del proceso de
examen del Tratado, así como la resolución sobre Oriente Medio
adoptada en la Conferencia de 1995.
ENTRADA EN VIGOR: 5 de
marzo de 1970* GOBIERNOS DEPOSITARIOS: Federación Rusa, Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Estados Unidos de
América NÚMERO TOTAL DE PARTES A PARTIR DE ABRIL DE 2000: 187
Partes
____________
*El 11 de mayo de
1995, en virtud del artículo X, párrafo 2, la Conferencia de las
Partes encargada del examen y la prórroga del Tratado sobre la No
Proliferación de las Armas Nucleares decidió que el Tratado
continuaría en vigor de modo indefinido (véase la Decisión
3).
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